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Revista de prensa.- Leonoticias.es.- La Comisión de Transparencia de Castilla
y León, órgano colegiado adscrito al Procurador del Común, en una reciente
resolución, se ha declarado competente para conocer las reclamaciones que los
cargos electos locales presenten frente a actuaciones que les impidan tener
acceso a cuantos antecedentes, datos o cualquier información de la que disponga
la entidad local que haya sido solicitada para el ejercicio de la función de
representación política.
Con esa resolución, la Comisión de
Transparencia ha modificado el criterio que venía manteniendo hasta ahora,
con la lógica pretensión de garantizar a los cargos representativos locales el
acceso a la información en los mismos términos, cuando menos, que a cualquier
ciudadano, para lo que se basa en la aplicación supletoria de la Ley de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. Sobre la base
de ese cambio de criterio, mediante resolución dirigida a un Ayuntamiento le ha
instado para que proporcione a un concejal la información que había solicitado
y a la que no había podido acceder.
Hasta ahora, son numerosas las reclamaciones
de cargos públicos que solicitaban el acceso a la información a través
del Procurador del Común y por tanto la Administración podía aceptar
o rechazar sus resoluciones. Ahora, este hecho ya no se producirá, ya que las
resoluciones de la Comisión de Transparencia son vinculantes para las
Administraciones públicas a las que se dirigen y, por tanto, de obligado
cumplimiento para ellas, sin perjuicio de que puedan recurrirlas ante la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Efectividad del derecho
De esta forma, la Comisión de
Transparencia de Castilla y León, en la línea que vienen manteniendo algunos
otros órganos autonómicos de garantía del derecho a la información pública,
pretende facilitar el acceso a la información de los miembros de las entidades
locales, en cuanto presupuesto esencial del derecho constitucional de
participación en los asuntos públicos por medio de los representantes
políticos.
En consecuencia, el cambio de criterio
adoptado por la Comisión supone la manifestación de la voluntad del Comisionado
de Transparencia de Castilla y León, que la preside -cargo desempeñado por el
Procurador del Común-, de contribuir en mayor medida a garantizar la
efectividad del derecho a la información de nuestros representantes en las
entidades locales, mediante la aplicación de la novedosa legislación de
transparencia existente en España desde el año 2013 y en Castilla y León desde
2015
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