miércoles, 31 de enero de 2024

IPC 2o23: Las políticas globales de gobiernos y organismos internacionales contra la corrupción se encuentran estancadas

España: el debilitamiento del sistema judicial es una de las causas fundamentales que no permite avanzar e incide en la bajada en el ranking mundial

La puntuación de España (60/100) en el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) 2023 publicado el 30.1.2024 por Transparency International, se ha mantenido igual que el año pasado (IPC 2022). Sin embargo, no es motivo ni de satisfacción ni de tranquilidad, ya que España baja un puesto en su posición en el ranking mundial (36/180) y cuatro con respecto al IPC 2020 (32/180).

Si bien la puntuación de España se mantiene igual que el año anterior, es relevante destacar que en los dos años precedentes experimentó dos descensos consecutivos, disminuyendo un punto en 2022 y otro en 2021. A pesar de mantenerse igual respecto al año anterior, la tendencia a la baja en los dos años anteriores evidencia un estancamiento y desafío persistente para avanzar en la prevención y lucha contra la corrupción.

En el ranking 2023, España se sitúa, junto con San Vicente y las Granadinas y Letonia, un puesto por encima de Botsuana (39/180), dos por encima de Catar (40/180), y dos puestos por debajo de Lituania y Portugal (puesto 34/80 y puntuación 61/180)1.

El estancamiento de este año, unido al descenso de los dos años anteriores, pone de manifiesto las dificultades en la que aún se encuentran las políticas públicas en España para mejorar la prevención y lucha contra la corrupción. Sin duda, se puede afirmar que la corrupción continúa siendo un problema grave que debe poner en alerta a la ciudadanía y a los poderes públicos. Es preciso recordar que entre 2012 y 2018, la calificación de España cayó siete puntos. En el año 2019 experimentó una mejora, que pudo mantener en el 2020, pero que ha descendido hasta la puntuación obtenida en el IPC 2022 y en el IPC 2023. En este sentido, España no logra remontar a la puntuación que tenía hace ocho años, si bien la diferencia es mucho menor: seguimos con cinco puntos menos de los que logró en 2012, cuando su puntuación fue de 65/100.

En la metodología seguida en el IPC solo se puede afirmar que hay una mejora significativa en la posición de un país cuando este logra elevar su puntuación de manera continua en años consecutivos.

Cabe recordar que, de acuerdo a la metodología del IPC, una mayor puntuación significa menor corrupción.

España no debe conformarse con la posición actual que nos sitúa por debajo de países que hace dos años estaban claramente lejos en su posición, como pueden ser Israel o Cabo Verde.

El ascenso en la puntuación requiere esfuerzos sustanciales a nivel institucional, normativo y jurisdiccional. La experiencia previa nos ha enseñado lo vulnerable que puede ser la posición de un país cuando los compromisos políticos no son reales y las medidas efectivas de prevención y lucha contra la corrupción no se logran implementar de forma efectiva.

España tiene que emprender un esfuerzo importante para mejorar su posición en próximas ediciones. Es preciso no solo abordar reformas legislativas, sino sobre todo implementar procedimientos y controles adecuados de integridad, transparencia y rendición de cuentas. Será esencial recuperar el buen funcionamiento de las instituciones -como por ejemplo la renovación del Consejo General del Poder Judicial- y llevar a cabo reformas institucionales necesarias para reducir de manera significativa el nivel de riesgos de corrupción en el sector público como la reforma de la Ley de Transparencia, la supresión del programa de visados dorados (Golden Visas), la mejora de la transparencia parlamentaria, la creación de la autoridad independiente de protección del informante o el impulso de la regulación de un registro de grupos de interés obligatorio.

ASPECTOS DESTACADOS A NIVEL MUNDIAL 

Transparencia Internacional muestra que la mayoría de los países han logrado mínimos o nulos avances en combatir la corrupción en el sector público. Durante doce años consecutivos, el promedio global del IPC se mantiene sin variaciones en 43 puntos, y más de dos tercios de los países obtienen una puntuación inferior a 50. Esto indica que siguen existiendo graves problemas de corrupción y falta de control.

La puntuación media de Europa Occidental y la Unión Europea (UE) en el IPC 2023, es de 65 sobre 100, descendiendo por primera vez en una década. A pesar de seguir siendo la región con mejor puntuación, las medidas anticorrupción siguen viéndose socavadas por el debilitamiento de los controles. La erosión de la integridad política contribuye a disminuir la confianza pública en la capacidad de los países para abordar los retos actuales de la región.

El IPC 2023 revela que los esfuerzos anticorrupción se han estancado o han disminuido en más de tres cuartas partes de los países de la región. De los 31 países evaluados, solo seis han mejorado su puntuación, mientras que ocho la han disminuido desde 2012.

Varias democracias de alto rango, como Suecia (82), Países Bajos (79), Islandia (72) y Reino Unido (71), han registrado las puntuaciones más bajas de su historia. Cabe destacar que el Reino Unido ha experimentado un descenso de seis puntos en los últimos cinco años.

DATOS GLOBALES DESTACADOS

Dinamarca (90) encabeza el índice por sexto año consecutivo, seguida de cerca por Finlandia y Nueva Zelanda con puntuaciones de 87 y 85, respectivamente. Debido al buen funcionamiento de sistemas de justicia, estos países también se encuentran entre los primeros puestos en el Índice de Estado de Derecho.

Somalia (11), Venezuela (13), Siria (13), Sudán del Sur (13) y Yemen (16) ocupan las posiciones inferiores en el índice. Todos estos países se ven afectados por crisis prolongadas, en su mayoría conflictos armados.

Hay 23 países -entre ellos algunas democracias que ocupan posiciones altas como Islandia (72), los Países Bajos (79), Suecia (82) y el Reino Unido (71), al igual que algunos estados autoritarios como Irán (24), Rusia (26), Tayikistán (20) y Venezuela (13)- que este año están en niveles mínimos históricos.

Desde el año 2018, 12 países han registrado un descenso significativo en las puntuaciones del IPC. La lista incluye a países de ingresos bajos y medianos como El Salvador (31), Honduras (23), Liberia (25), Myanmar (20), Nicaragua (17), Sri Lanka (34) y Venezuela (13), así como a economías de ingresos medianos-altos y altos como Argentina (37), Austria (71), Polonia (54), Turquía (34) y el Reino Unido (71).

Durante ese mismo período, ocho países mostraron mejoras en el IPC: Irlanda (77), Corea del Sur (63), Armenia (46), Vietnam (42), Maldivas (40), Moldavia (39), Angola (33) y Uzbekistán (31).Para conocer la puntuación individual de cada país y los cambios que ha tenido a lo largo del tiempo, así como un análisis de cada región, consulte la página del IPC 2023.

CORRUPCIÓN E INJUSTICIA

Contar con órganos judiciales e instituciones encargadas de la aplicación de la ley independientes, transparentes y dotadas de recursos suficientes es fundamental para contener la corrupción. A su vez, resulta clave evitar que el abuso del poder político, el soborno y otras formas de corrupción influyan en los sistemas de justicia para asegurar que estos sean eficaces.

La guerra de Rusia contra Ucrania (36) planteó desafíos inmensos a la gobernanza y la infraestructura de este último país, e incrementó los riesgos de corrupción. Sin embargo, Ucrania continuó escalando posiciones en el IPC, por 11 años consecutivos, al enfocarse en las reformas al sistema de justicia, incluida la reestructuración de los órganos de autogobierno judicial, una mayor independencia judicial y el fortalecimiento de la capacidad del órgano responsable de enjuiciar casos de corrupción. A pesar de estas mejoras, resulta preocupante que siga habiendo un número considerable de casos de corrupción de alto nivel.

El declive que registra Guatemala (33) es el resultado de tres gobiernos consecutivos implicados en prácticas corruptas. El Ministerio Público y el poder judicial se han utilizado para conceder impunidad a las clases dirigentes por sus prácticas corruptas y para atacar a quienes alzan la voz contra la corrupción. Esto dejó al Estado sin ninguna capacidad institucional para combatir la corrupción.

En África, los casos de corrupción y los problemas dentro de los sistemas de justicia son diversos, incluyendo señalamientos de soborno, extorsión e interferencia política en los sistemas de justicia de países como Nigeria (25). En Burundi (20) hubo casos de encarcelamiento de magistrados, y en la República Democrática del Congo (22) no se investigaron de manera efectiva casos que fueron llevados ante la justicia. Transparencia Internacional hace un llamado a los Estados para que otorguen a los sistemas de justicia la independencia, los recursos y la transparencia necesarios para perseguir eficazmente todos los delitos de corrupción y establecer los controles adecuados para prevenirla. A su vez, los Estados también deben adoptar leyes y procedimientos más eficientes para que las instituciones de justicia puedan preservar su integridad, imparcialidad y garantizar plena accesibilidad a la justicia para todas las personas.

martes, 30 de enero de 2024

Novedad editorial: Tratado de Derecho Local

Por IDL.UAM.- Este libro de Francisco Velasco se califica como Tratado. Y pretende serlo. Un tratado debe exponer el Derecho vigente con el mayor nivel de precisión posible. Pero no puede limitarse a esto. Debe, además, identificar dónde están los debates doctrinales y judiciales no resueltos; cuáles son las tendencias de cambio; o dónde el Derecho positivo muestra insuficiencias. Esta orientación académica se ha seguido en los 21 capítulos que componen el libro.

El Tratado se ha centrado en lo que podríamos llamar el Derecho local general. Esto es, han quedado fuera todos los sectores especiales, algunos tan relevantes como el Derecho urbanístico o el Derecho ambiental. La selección de los distintos capítulos ha seguido dos criterios complementarios. 

Se ha atendido, en primer lugar, a la estructura tradicional del Derecho local general. Por eso el Tratado dedica capítulos específicos al régimen constitucional local, a las competencias municipales o las provincias. Pero también se ha prestado atención a otros temas menos convencionales, pero que van cobrando importancia presente, tal es el caso de la protección de datos, la transparencia o la participación ciudadana.

Un proyecto tan complejo como este solo es posible cuando los autores, además de su competencia académica, ofrecen lo mejor de sí mismos para hacerlo posible. El grupo de personas que está detrás del Tratado derrocha disponibilidad, flexibilidad, compromiso y entusiasmo. Con tales virtudes, terminar este Tratado no era fácil, pero sí era cierto.

lunes, 29 de enero de 2024

(RE) MUNICIPALIZACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS II: LA SUBROGACIÓN DE LOS TRABAJADORES PROCEDENTES DE LA EMPRESA CONCESIONARIA

Esta regulación en materia de contratación pública tiene su reverso en la normativa en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas

Por Consuelo Doncel- albedriojuridico.- En el anterior post de este Blog, hablábamos sobre la decisión de la Administración de remunicipalizar un servicio público. Pues bien, una vez que se ha decidido llevar a cabo este proceso, ¿qué sucede con los trabajadores que venían prestando sus servicios en la empresa concesionaria? ¿Existe obligación por parte de la Administración de subrogarles? Y si es así, ¿en qué condiciones?

En primer lugar, encontramos una primera respuesta en el artículo 130.3º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que establece lo siguiente: “en caso de que una Administración Pública decida prestar directamente un servicio que hasta la fecha venía siendo prestado por un operador económico, vendrá obligada a la subrogación del personal que lo prestaba si así lo establece una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general.’’

Por lo tanto, cabe comenzar señalando que la subrogación de los trabajadores tendrá lugar cuando ésta venga impuesta por:

-Una norma legal

-Un convenio colectivo

-Un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general

Además, para que tenga lugar la subrogación, es necesario que aquello que se transmita sea susceptible de explotación económica independiente, esto es, de una transmisión de la actividad[1].

Esta regulación en materia de contratación pública tiene su reverso en la normativa en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas (en adelante AAPP). Así, el art. 44 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores) establece que “el cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma no extinguirá por sí mismo la relación laboral, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica, y, en general, cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiere adquirido el cedente.’’

Este precepto constituye una autentica garantía para los trabajadores quienes van a ver protegidos sus derechos ante una eventual novación subjetiva en la persona de su empleador. Conforme al mismo, el cambio de titularidad empresarial no puede extinguir -por sí mismo, como explicita el texto legal- las relaciones laborales preexistentes, sino que el nuevo empresario queda subrogado por imperativo legal en los derechos y obligaciones del anterior.

Por lo tanto, en los supuestos de remunicipalización deben mantenerse las condiciones laborales de aquellos trabajadores que resulten incorporados a la Administración como consecuencia de la subrogación y más concretamente aquellos derechos que hubiesen sido consolidados, tales como las condiciones retributivas de aquellos trabajadores que antes de la concesión formaban parte de ésta (STS de 12 de abril de 2011 (Rec. 132/2010).

Pero, ¿cómo se integra dicho personal en la Administración que reinternaliza el servicio? Lo cierto es que hasta hace relativamente poco tiempo, la jurisprudencia y especialmente el Tribunal Supremo, venían manteniendo una doctrina creada por éste, sin reflejo en la normativa, consistente en calificar al personal procedente de contratas como “indefinido no fijo”. Una figura de creación jurisprudencial, que como explica Ignasi Beltrán en su blog[2], “es la solución que fue pensada para tratar de dar respuesta a la confrontación entre dos principios en conflicto, a priori, irreconciliables: la estabilidad en el empleo frente a determinados comportamientos que la han quebrado y las reglas que disciplinan el acceso al empleo público (arts. 14, 23.2 y 103.3 CE; y 55 EBEP)”. Estas reglas de acceso al empleo público son sobradamente conocidos por todos: el respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad. No olvidemos que, al subrogarse este personal procedente de la contrata, éstos no se ven sometidos a las pruebas de acceso a la Administración como sí sucede con el resto del personal al servicio de las AAPP.

Precisamente, lo que se pretendía por parte del Tribunal Supremo era que estos trabajadores no adquirieran la condición de fijos en la Administración en la que pasaban a prestar sus servicios, precisamente por no haberse sometido a estas pruebas de acceso.

Sin embargo, la doctrina del Tribunal Supremo ha dado un giro radical a partir de la STS (Sala de lo Social), nº 85/2022, de 28 de enero, que viene a casar la anterior doctrina de la incorporación del personal procedentes de contratas cuando revierte a la Administración con la condición de “indefinido no fijo”, concluyendo que: “a la vista de cuanto antecede debemos unificar las dispares doctrinas enfrentadas. Lo hacemos afirmando que cuando una Administración Pública se subroga, por transmisión de empresa, en un contrato de trabajo que tenía carácter fijo debe mantenerse esa condición. Es inadecuado aplicar en este caso la categoría de personal indefinido no fijo, so pena de desconocer las exigencias derivadas de la Directiva 2001/23/ CE”.

Efectivamente, el Tribunal Supremo, acogiendo la doctrina Correia Moreira (STJUE de 13 de junio de 2019), viene a señalar que la modificación de las condiciones de trabajo (al convertir a un trabajador fijo en la concesionaria en indefinido no fijo en la Administración) sitúa a la trabajadora en una situación menos favorable que aquella en la que se encontraba antes de dicha transmisión, siendo ello incompatible con la Directiva comunitaria.

Así, continúa la Sentencia señalando que “no consideramos acertada la aplicación de la condición de PINF a quienes venían trabajando al amparo de contratos fijos y como consecuencia de una transmisión de empresa, resultan subrogados por una Administración Pública”, precisamente porque “la categoría de PINF surge para explicitar las consecuencias derivadas de previas conductas infractoras” y que “en nuestro caso no existe infracción de normas que pudiera remediarse mediante la aplicación de la cualidad de PINF” pues “la condición de PINF surge por una irregularidad de cuya responsabilidad no puede eximirse el sujeto empleador, lo que no es el caso de la reversión del servicio”, y ello porque “no estamos ante un tema de acceso al empleo público sino de asunción de relaciones laborales ya constituidas”.

Además, así lo ha reiterado nuevamente el Tribunal Supremo en su Sentencia 121/2022, de 8 de febrero, cuando establece que “aun en el sector público, tras la subrogación empresaria se conserva la modalidad de relación laboral preexistente (temporal fija, indefinida no fija). Así lo venimos exponiendo, especialmente tras la STS (Pleno) 85/2022, de 28 de enero”.

Sin embargo, la unificación de doctrina anteriormente mencionada viene a complementarse en la sentencia con algunas matizaciones que son igualmente importantes, y que exponemos a continuación:

En primer lugar, señala la Sentencia que en aquellos casos en que se considere y acredite que ha podido existir una fraudulenta incorporación como personal fijo a una empresa sobre la que se prevea que va a tener lugar su integración en la Administración, que deben activarse los resortes para evitar esta maniobra. Es decir, que el propio Tribunal Supremo es consciente de que esta nueva interpretación puede dar lugar a fraudes de ley destinados a incorporar personal en las concesionarias para que posteriormente pasen a formar parte de la Administración.

En segundo lugar, que la fijeza no está adquirida incondicionalmente en todo el ámbito de la empleadora, sino funcionalmente limitada al objeto de la transmisión, de lo que extraemos dos consecuencias fundamentales:

La primera de ellas, que estos trabajadores sólo pueden prestar servicios en el área al que han sido asignados y que coincidirá con las funciones que desempeñaban en la concesionaria.

Y la segunda, que si la Administración decidiera nuevamente externalizar el servicio al que se encuentran adscritos estos trabajadores, éstos se encontrarían sometidos nuevamente a un proceso de subrogación empresarial.

En palabras del Tribunal Supremo,  la fijeza “posee todo su sentido en tanto el desarrollo de las funciones permanezca adscrito o relacionado con la unidad productiva que se transmitió, pero pierde su fundamento y finalidad en el momento en que ya no suceda así. La fijeza no está adquirida incondicionalmente en todo el ámbito de la empleadora, sino funcionalmente limitada al objeto de la transmisión y sin perjuicio de que puedan acaecer vicisitudes que no nos corresponde ahora aventurar”.

Por tanto, la Sentencia del Tribunal Supremo 85/2022, en unificación de doctrina, viene a alterar la tradicional concepción del trabajador subrogado como “indefinido no fijo”, tomando un nuevo camino de los diferentes propuestos por la doctrina, y que se aproxima de forma notable a la creación de una nueva figura jurídica que es la del “personal subrogado” con las consecuencias jurídicas que ello conlleva tanto para los trabajadores como para la Administración.

En conclusión, la incorporación de dichos trabajadores no implica la adquisición de fijeza como tal, sino que se adquiere la condición de personal subrogado adscrito al Área que corresponda, con las limitaciones que hemos señalado con anterioridad.

Consuelo Doncel Rodríguez

[1] CASTILLO BLANCO, “La reinternalización de servicios públicos: aspectos administrativos y laborales, Estudios de Relaciones Laborales, 2017

[2] Un examen exhaustivo de esta figura puede consultarse en su Blog “Una mirada crítica a las relaciones laborales« 

domingo, 28 de enero de 2024

M30E: Transparency International España presenta los resultados del Índice de Percepción de la Corrupción 2023

El próximo martes, 30 de enero, Transparency International España presentará los resultados del Índice de Percepción de la Corrupción 2023, el principal indicador mundial de medición de la corrupción en el sector público, que proporciona una instantánea comparativa anual de 180 países y territorios.

El IPC de 2023 evalúa cómo han gestionado sus riesgos de corrupción los países a lo largo del tiempo, examinando los avances y los fracasos no sólo en el último año, sino en la última década y más allá. También analizaremos la conexión entre corrupción e injusticia, examinando en profundidad la necesidad de contar con unas instituciones judiciales y policiales independientes, transparentes y bien dotadas de recursos para prevenir y luchar contra la corrupción.

El encuentro es de acceso libre hasta completar aforo. Se requiere inscripción previa.

 Evento presencial: Presentación del Índice de Percepción de la Corrupción 2023.

Fecha: 30 de enero 2024, 10:00-11:30 CET.

Lugar: Salón de actos de la Fundación José Ortega y Gasset – Gregorio Marañón (C/ Fortuny, 53).

Link de inscripción: https://bit.ly/48vVeRZ

viernes, 26 de enero de 2024

Las sanciones impuestas a las personas jurídicas no son datos protegidos

 "El Tribunal Supremo ha tenido que recordar, una vez más, que la normativa de protección datos solo resulta de aplicación a las personas físicas, no a las jurídicas, incluso cuando se trata de la comisión de infracciones administrativas"

Por MABLANESCLIMENT.- El Tribunal Supremo, en la Sentencia de fecha 13/12/2023 (pinchar aquí), ha revocado una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que había declarado que, de la información relativa a las sanción impuesta a una persona jurídica titular de una residencia de la tercera edad, debía excluirse su identificación, es decir, su nombre, el del establecimiento del que es titular y su ubicación geográfica.

El razonamiento del TSJC era que, según lo dispuesto en el artículo 15.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso la información pública y buen gobierno (LTAIBG), la protección de datos personales relacionados con la comisión de infracciones administrativas que no conlleven amonestación pública se sitúa al mismo nivel de protección que el acceso a la información respecto de datos personales especialmente protegidos que revelan la ideología, la afiliación sindical, las creencias, el origen social, la salud, vida sexual y las infracciones penales, por lo que no cabe desvelar la identidad de la entidad sancionada.

En opinión del TSJC la revelación de la identidad de la persona jurídica titular de la residencia afecta, por un lado, a un colectivo especialmente vulnerable, como son las personas mayores, potenciales usuarios de las residencias sancionadas, y por otro, a los intereses reputacionales y económicos de dichas residencias.

No obstante, el Tribunal Supremo ha tenido que recordar, una vez más, que la normativa de protección datos solo resulta de aplicación a las personas físicas, no a las jurídicas, incluso cuando se trata de la comisión de infracciones administrativas.

El Alto Tribunal considera que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 27.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales, en relación con el artículo 15 de la LTAIBG, el régimen específico previsto para los datos en relación con la comisión de infracciones administrativas se refiere en exclusiva a las personas físicas, en consonancia con la naturaleza del derecho fundamental a la protección de datos como control del flujo de informaciones que conciernen a cada persona.

Hay que recordar que este derecho fundamental garantiza el control de cada ciudadano sobre sus datos personales (STC 292/2000, de 30 de septiembre). Su contenido se concreta en «el poder de disposición y control sobre los datos personales que faculta a la persona a decidir cuáles de estos datos proporcionar, sea el Estado o un particular, o cuáles puede este tercero recabar y, también permite al individuo saber quién posee estos datos personales y para qué, pudiendo oponerse a esa posesión o uso» (STC 76/2019, de 22 de mayo).

El Tribunal Supremo, de conformidad con el precedente anterior (Sentencia de fecha 4/5/2023, recurso nº 1200/2022, pinchar aquí), considera errónea la interpretación del TSJC al extender la aplicación de la normativa de la protección de datos a las personas jurídicas considerándolas titulares del derecho a la protección de datos, sin fundamento legal que lo permita.

Debe interpretarse en el sentido de que las limitaciones de acceso a la información pública, referidas a aquellos datos de carácter personal relativos a la comisión de infracciones administrativas que no conllevasen la amonestación publica del infractor, no son aplicables a las personas jurídicas. En consecuencia, el artículo 15.1 de la LTAIBG

Aunque el Tribunal Supremo no aborda esta cuestión, hay que tener en cuenta que el solicitante de la información sobre las sanciones impuestas a las residencias de la tercera edad puede ser un ciudadano cualquiera. No hace falta que tenga la condición de interesado.

Si el solicitante de información es también el denunciante, no hay ningún obstáculo a que pueda acceder a la misma. El hecho de que, con carácter general, el denunciante no pueda ser considerado como interesado (artículo 62.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), significa que la Administración no está obligada a notificarle los actos que dicte en el procedimiento sancionador y que no puede recurrirlos, carece de legitimación para ello.

No obstante, el denunciante, como cualquier ciudadano que no necesita justificar o motivar la solicitud, también puede acceder a la información sobre las sanciones impuestas a las personas jurídicas. La normativa sobre protección de datos no lo impide.

jueves, 25 de enero de 2024

Norman Foster impulsa la búsqueda de la ciudad ideal: compacta, caminable y verde

Foster -que diseñó las entradas al metro de Bilbao, conocidas popularmente como 'Fosteritos'- es una persona que no solamente hace arquitectura, sino que trae una idea de unión social, de cohesión social"

Revista de prensa. Por Redacción EFEverde.  Compacta, caminable, con buenos barrios, alta densidad de población y, sobre todo, verde. Esas son las características que tiene que tener la ciudad ideal a juicio de Norman Foster y trabajar para que las urbes del futuro sean así es el objetivo del primer máster del Instituto Normal Foster.


 
 
Parque central de Tres Cantos (Madrid)  
  
El arquitecto y urbanista británico ha explicado a EFE tras la inauguración  del Máster en Ciudades Sostenibles, que esas ciudades ideales "consumen menos energía, son buenas para el planeta y son deseables en términos de que la gente quiera visitarlas o vivir en ellas con sus familias".

  Aunque ha apuntado a Madrid como una de las ciudades que tiene muchas de esas características, en el curso impulsado desde su fundación han elegido tres ciudades para analizarlas y plantear cómo mejorarlas: Bilbao, Atenas y San Marino.

  Foster, que en 1999 recibió el Premio  Pritzker no solo por su trabajo brillante si no por ser un apasionado del medioambiente y por diseñar sus edificios en consecuencia, ha resaltado que son tres ciudades muy diferentes que van a tener la oportunidad de ser estudiadas con lo mejor de la parte educativa y con la experiencia práctica.

  Máster en Ciudades Sostenibles

Se trata, ha explicado, de que los estudiantes del máster, que son líderes cívicos del futuro, tengan acceso "a la tecnología para poder usar datos y mejorar la calidad de vida en las ciudades", es decir, "estar a la vanguardia en la lucha contra el cambio climático".

El máster da continuidad a cursos más cortos que ha desarrollado la fundación de Foster en los últimos cinco años y que se han centrado en buscar soluciones para un futuro que ya es una realidad. "En 2050 dos de cada tres personas vivirán en ciudades (...) se crearán 17 ciudades como Madrid" y las urbes serán las responsables del 70 por ciento de las emisiones de CO2 en el mundo.

 Los métodos que se probarán en esas tres localidades se podrán trasladar a cualquier parte del mundo. "Es importante que las ciudades aprendan unas de otras", ha señalado Foster durante la inauguración.

 El curso, que tendrá una duración de 12 meses, cuenta con la colaboración de la Universidad Autónoma de Madrid y de arquitectos como el chileno Alejandro Aravena, el indio Vishaan Chakrabarti; la decana de la Escuela de Arquitectura de Yale, Deborah Berke, o el director del grupo de investigación City Sciences del Instituto Tecnológico de Massachussetts (MIT), Kent Larson.

Para Aravena, Pritzker 2016 por una arquitectura que "conjuga hábilmente la responsabilidad social, las necesidades económicas y el diseño de hábitats humanos", las ciudades actuales "son como imanes que atraen personas, ideas, recursos y en general son mecanismos muy eficientes para mejorar calidad de vida".

Pero al mismo tiempo "son como bombas de tiempo, porque vivir concentrado genera fricciones", por lo que tratar de mejorar las ciudades es una oportunidad "de corrección de inequidades, porque las ciudades son vehículos muy eficientes para mejorar la calidad de vida sin tener que esperar a la redistribución del ingreso", ha resaltado a EFE.

Ese planteamiento es el que ha transmitido a los participantes en este máster, tanto estudiantes como profesores o representantes de las ciudades piloto de este programa.

Por parte de Bilbao estaba Eider Inunciaga, del Área Internacional del ayuntamiento bilbaíno, que ha destacado la importancia de "participar en un proyecto educativo que busca transformar la realidad desde una mirada integral".

"Foster -que diseñó las entradas al metro de Bilbao, conocidas popularmente como 'Fosteritos'- es una persona que no solamente hace arquitectura, sino que trae una idea de unión social, de cohesión social", que utiliza la cultura como una herramienta de transformación social.

Algo que también ha hecho Bilbao en las últimas décadas, con la cultura y, especialmente, la arquitectura, como "elemento para revitalizar la ciudad", que además apuesta por el buen transporte, la innovación y el medioambiente para mantener la calidad de vida de una ciudad que se reinventó tras la crisis industrial de los años ochenta.

En la presentación del curso han participado además representantes empresariales como Beatriz Corredor, presidenta del grupo español Redeia (antes Red Eléctrica) y miembro del Consejo Académico del Instituto Norman Foster.

Corredor ha apuntado la importancia del diseño de las ciudades para poder afrontar la transición ecológica y la transformación digital.

La exministra de Vivienda ha recordado que para el año 2050 el 80 por ciento de la población mundial vivirá en ciudades. Y "la energía y las telecomunicaciones pueden hacer mejor la vida de los ciudadanos".

"La digitalización va a permitir incorporar domótica para poder controlar, por ejemplo, paneles solares, y va a permitir también aplicarlo a los movimientos de flujos de personas y vehículos", ha precisado.

martes, 23 de enero de 2024

Las 10 mejores plataformas digitales que impulsan la transparencia en 2024

Desarrolladas por organismos públicos o privados, el ciudadano cuenta con una lista de herramientas digitales para conocer con detalle y en profundidad cómo se está efectuando la gestión pública.

Revista de prensa: hazrevista.org. Por Beatriz C. Martisi @Bc_MartisiLa tecnología marcó el 2023 con la publicación de sistemas de IA gratuitos para uso convencional, dando así un nuevo impulso a la evolución de la sociedad. El big data, los algoritmos o las llamadas API (Interfaz de Programación de Aplicaciones) son conceptos cada vez más presentes, especialmente en la realidad de las nuevas generaciones, por lo que cabe esperar que 2024 también esté marcado por el desarrollo de estas tecnologías hacia nuevos horizontes.

La transparencia pública no es ajena a la tecnología y gracias a ella es más fácil comprender cómo se gasta el dinero público, comprobar cómo los gobiernos progresan para alcanzar los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible), acceder fácilmente a la información sobre contratos públicos, o descargarse información relevante sobre los partidos políticos.

En un contexto donde la tecnología está omnipresente en las actividades cotidianas, Revista Haz hace una recopilación de las plataformas y aplicaciones webs desarrolladas por diferentes agentes sociales que actualmente sirven para impulsar la transparencia del sector público y son buenos ejemplos de cómo los datos abiertos pueden ser útiles para toda la sociedad.

Esta es nuestra selección para 2024:

-Kohesio es una plataforma pública online con información sobre los proyectos financiados por los fondos europeos en todos los Estados miembros.

 1.- Kohesio (Unión Europea)

Lanzada a finales de 2023, es una base de datos que permite el acceso fácil y abierto a la información sobre los proyectos cofinanciados por las políticas de cohesión de la Unión Europea durante el periodo 2014-2020.

Con más de un millón y medio de proyectos registrados y más de 500.000 beneficiarios, esta plataforma incluye información sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), el Fondo de Cohesión (FC) y el Fondo Social Europeo (FSE). Además está creada con herramientas de código abierto y estándares accesibles que siguen el protocolo W3C, lo que fomenta su uso inclusivo para cualquier usuario.

La Dirección General de Política Regional y Urbana de la UE se encarga de gestionar esta aplicación y gradualmente actualiza la información sobre los nuevos proyectos y beneficiarios para el período de programación 2021-2027.

Además, los datos de las listas de operaciones se agregan y normalizan para que los conjuntos sean publicados en formatos reutilizables (CSV/XLSX y RDF).

-CIDO permite encontrar toda la información de las Administraciones públicas catalanas en un único buscador.

2.-CIDO (Cataluña)

CIDO (Cercador d’Informació i Documentació Oficials; Buscador de información y Documentación oficiales, en castellano), es un servicio que difunde la información oficial de las instituciones del sector público catalán con la finalidad de garantizar el derecho de acceso a la información de las Administraciones públicas y contribuir a su transparencia.

La primera versión de este portal fue creada en el 2000 con la voluntad de acercar la información pública de una manera amigable para la ciudadanía. De este modo, el portal logra democratizar el derecho de acceso, ayuda a encontrar trabajo en el sector público catalán y recoge las oportunidades de negocio disponibles a través de los apartados de contratación pública y de subvenciones.

De forma paralela, CIDO brinda a la ciudadanía otros contenidos relacionados con el sector público, como son la normativa local, los convenios colectivos y la legislación que publica de manera agrupada por normas y procedimientos.

También es destacable que a través de su API de datos abiertos es posible acceder a más de 750.000 registros procedentes de más de 2 millones de anuncios oficiales, utilizando casi 4.000 fuentes de información pública.

 -En el Visualizador de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid se puede encontrar la relación de todas las subvenciones que esta Administración local ha realizado en los últimos años con sus respectivos beneficiarios.

 3.- Visualizador de subvenciones de Madrid

De manera gráfica y sencilla, esta página interactiva del Ayuntamiento de Madrid ofrece la información sobre todas las subvenciones otorgadas por el Consistorio y sus organismos autónomos.

Fue publicada en julio de 2022 y actualmente pueden consultarse los datos desde 2019 con la información actualizada a principio de cada trimestre, y lo más destacado es que los usuarios pueden descargarse los distintos gráficos para ser reutilizados, además de tener a su disposición la documentación de la API.

En los gráficos se muestran los datos de las convocatorias y de los beneficiarios, incluyendo el un listado de los ‘top 10’ por importe y por número de concesiones.

Con el fin de hacer la información más comprensible se muestra una serie de indicadores por cada año, como el número de concesiones, el importe concedido o el número de beneficiarios, así como las subvenciones por línea de financiación, tipo de beneficiario y gasto por área.

 -Una herramienta digital interactiva para la transparencia que explora más de 33.000 contratos del Gobierno cántabro y más de 4.500 licitadores.

 4. Contratos de Cantabria

Desarrollada por el ingeniero Jaime Gómez-Obregón en 2020, esta herramienta digital es un mapa sobre la contratación pública en Cantabria.

Gracias al buscador que recibe al usuario nada más entrar en la web, la aplicación permite explorar más de 33.000 contratos y 4.500 licitaciones otorgados por el Gobierno de la región. Esta información puede ser localizada según los intereses del ciudadano y también muestra un ranking de los principales contratistas del Gobierno cántabro a través de una visualización interactiva.

El objetivo de la plataforma es promover la transparencia y dotar a la sociedad civil de un nuevo instrumento para estar más informada.

El aspecto más destacado de esta aplicación web es que permite descargar toda la base de datos de contratos y dar una versión mejorada de la información publicada por el Portal de Transparencia del Gobierno.

 -Esta web desarrollada por el Gobierno de Navarra muestra el progreso en el cumplimiento de la Agenda 2030, las actividades que se realizan para ello y su impacto. 

5. ODS Navarra

La Agenda ODS es uno de los grandes desafíos de los gobiernos y mostrar cómo se van alcanzado cada uno de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible puede resultar todavía más complejo. Por este motivo, la web desarrollada por el Gobierno de Navarra y publicada a finales de 2019 es un buen ejemplo de rendición de cuentas para mostrar su progreso en la Agenda 2030.

Entre las principales características destacan los gráficos que simplifican la publicación de los datos de fuentes como el Instituto Nacional de Estadística (INE) o Eurostat.  En la aplicación se muestran las actividades que se están llevando a cabo para cumplir con la Agenda y el impacto que están teniendo dichas acciones según las distintas materias y regiones.

Además, se incluye un buscador por datos, documentos, aplicaciones y mapas, así como una API para explorar los datasets. La información se puede visualizar en castellano y euskera.

-Impulsada por el Ministerio de Interior, permite obtener información sobre los partidos políticos: desde direcciones electrónicas y teléfonos, hasta miembros de las distintas formaciones.

 6. Consulta de Registro de Partidos Políticos

Creada por el Ministerio del Interior, destaca porque permite realizar búsquedas de información sobre los partidos políticos españoles registrados por la Administración.

La aplicación presenta un aspecto austero y simple, y debe accederse a la sede electrónica del Ministerio con certificado digital, pero una vez dentro, el usuario puede realizar consultas sobre cualquiera de las formaciones registradas indicando diferentes parámetros como las siglas, seleccionando el tipo de formación de la que se trata (partido, unión o federación), o por fecha de inscripción, así como un texto específico que contenga el nombre de la formación.

Una vez que se muestran los resultados del buscador, el usuario puede pinchar sobre el nombre de las formaciones y aparece una nueva ventana con toda la información pública sobre dicha organización política. Esta información, además, puede descargarse en un fichero ‘pdf’.

Entre los contenidos más relevantes cabe señalar la información de contacto como números de teléfono y direcciones de email, símbolos y observaciones, así como información sobre miembros de la formación (coordinadores, secretario general, presidente).

 -RTP es un buscador de todos los puestos de funcionario en la Administración General del Estado.

 7. Buscador RTP del Estado

La organización de la Administración General del Estado puede ser un mar de datos que se dispersas entre las diferentes entidades, organismos e instituciones.

Gracias a esta plataforma desarrollada por Daniel Dianes Mazorra, el ciudadano cuenta con un buscador de todos los puestos de funcionarios existentes en la Administración General del Estado, a partir de una importación de datos de Excel de las Relaciones de Puestos de Trabajo (RTP) de todos los organismos.

Además, la aplicación permite filtrar la búsqueda por diferentes ítems, desde los distintos niveles, grupos, y ministerios, hasta por país, provincia o estado en el que se encuentra -vacante o no vacante-.

También incluye un apartado de ‘texto libre’ para delimitar más la búsqueda por centro directivo, unidad, localidad o nombre del puesto en concreto, como puede ser “Alcobendas”, “sanidad” o “informática”.

 -Opentender recoge y ofrece información sobre contratación pública en la UE.

 8.- Opentender (Unión Europea)

Esta plataforma ofrece información sobre las licitaciones públicas en 35 jurisdicciones de los 28 Estados miembros de la Unión Europea.

Entre los aspectos más reseñables destaca por permitir descargar de manera gratuita y en diferentes formatos el conjunto de datos de cada licitación. Su objetivo es realizar un análisis del mercado de compras públicas, ayudando a los compradores y vendedores a licitar de manera más efectiva y transparente.

Está desarrollado por diversas entidades como la Universidad de Cambridge, el Hertie School of Governance, el Government Transparency Institute, Datlab, la Fundación Open Knowledge Deutschland y Transcrime.

Para crear esta plataforma se han analizado más de 7 millones de registros de contratación en toda Europa, siendo casi 200.000 de España. Además, el portal incluye indicadores que facilitan el proceso de adquisición y con herramientas de visualización, que permiten analizar aspectos tan relevantes como la capacidad administrativa de los compradores o el grado de transparencia de las licitaciones.

-El objetivo de la plataforma Qué hacen los diputados es acortar distancias entre la ciudadanía y sus representantes políticos en el Congreso de los Diputados.

 9.- TiPi – Qué hacen los diputados (España)

La actividad política contiene una gran cantidad de información y muchas ramificaciones donde es posible perderse. Dentro de esta web se trata de ofrecer dicha información, pero con el valor añadido de estar clasificada de manera fácil y accesible para que el usuario pueda encontrar lo que busca sin perderse en el entramado de datos.

La información de esta plataforma se actualiza de forma automática cada 48 horas, ofreciendo así una información exacta y actual para conocer la realidad de la política española.

Entre las opciones más destacadas que ofrece está la posibilidad de seguir la actividad parlamentaria de los diputados, conocer el detalle de las iniciativas legislativas o establecer alertas personalizadas.

El objetivo de esta plataforma es dotar al usuario de una herramienta informativa que le permita tener una rendición de cuentas de sus representantes en el Congreso, a la vez que contribuye a aumentar la calidad del debate público y mejorar los procesos de toma de decisión.

Desarrollada por Civio, esta aplicación web muestra de un modo claro cómo se distribuye el presupuesto del Estado, de dónde vienen los ingresos y a qué se destina el gasto.

 10.- ¿Dónde van mis impuestos? (España)

El dinero público es un tema tan complejo como importante para la sociedad en general. Por este motivo, la aplicación web ¿Dónde van mis impuestos? resulta tan útil como interesante, ya que permite visualizar de manera fácil, rápida y atractiva cómo se distribuye el gasto anual de los Presupuestos Generales del Estado entre las diferentes partidas de la Administración Central y de la Seguridad Social.

Lo más relevante de esta web es que permite comprender de manera sencilla cómo se reparte el gasto público por las diferentes partidas gracias a las diferentes gráficas y visualizaciones. Además, se incluyen ejemplos, comparativas y explicaciones para ayudar al usuario a poner en contexto las grandes cantidades de dinero que maneja el Estado.

Inspirada en el proyecto internacional ‘Where does my money go?’ de la organización Open Knowledge Foundation, esta aplicación se ha desarrollado por Fundación Civio en colaboración con Pro Bono Publico, que impulsa la transparencia y la apertura de los datos públicos en España.

domingo, 21 de enero de 2024

Las 108 nacionalidades por decreto de 2023 fueron, en su gran mayoría, para nicaragüenses opositores al régimen de Daniel Ortega

También recibieron carta de naturaleza un alto cargo de banca de inversión, el exministro de Justicia de Colombia y ocho deportistas.

Por EVA BELMONTE, Fundación Civio.  Durante 2023, el Gobierno concedió 108 cartas de naturaleza. 98 de ellas fueron para nicaragüenses despojados de su nacionalidad o exiliados por el régimen de Daniel Ortega. El resto fueron a deportistas (8), el exministro de Justicia de Colombia y un alto cargo de la banca de inversión.

Una de las nacionalizaciones por decreto más destacadas del año pasado fue la de Sara Khadem, la ajedrecista iraní que, tras jugar sin velo en diciembre de 2022, y ante las posibles represalias que podría recibir en su país por hacerlo, se exilió en España. No fue la única deportista nacionalizada en 2023, aunque su caso es distinto al resto: no se trata de un fichaje para los equipos nacionales, sino acoger a una persona que ha defendido sus derechos que en su país está prohibido ejercer.

Final del formulario

Otros deportistas que recibieron carta de naturaleza son los yudokas Davit Kevlishvili y Ayumi Leiva Sánchez. También la baloncestista estadounidense Megan Gustafson, que juega en el Olympiacos griego; Aleksander Caric, jugador de balonmano en el Barça; Majida Maayouf, maratoniana; y Titi Futeu, jugador de rugby. Robin Le Norman, futbolista de origen francés que juega en la Real Sociedad.

Así, muy por detrás de los opositores nicaragüenses, esos ocho deportistas fueron el segundo tipo de nacionalidad por decreto más numeroso de 2023. De hecho, esta categoría supone el grupo más grande de entre quienes han recibido carta de naturaleza desde 1993, como desvelan los datos recopilados por Civio sobre el uso de esta medida durante 30 años.

Las primeras 13 cartas de naturaleza de 2024

De hecho, los primeros 13 nacionalizados por decreto de 2024 han sido también opositores nicaragüenses, que ya suman 111 en total. Entre las cartas de naturaleza publicadas hoy en el BOE destacan la de la poeta y novelista Gioconda Belli, la activista feminista Ana Quirós o el periodista Carlos Salinas, además de sacerdotes, políticos y otros opositores.

Estas nacionalidades por decreto son una medida especial (se conceden una decena o veintena al año), que se aprueba “cuando en el interesado concurren circunstancias excepcionales”, dice la norma.

miércoles, 17 de enero de 2024

Un País Posible: Mejorar la educación evitando la confrontación

"En España hemos pasado por alto la importancia de las políticas del profesorado durante las últimas cuatro décadas"

Por Lucas Gortazar. Nada es Gratis blog.- Traigo por aquí uno de los capítulos de Un País Posible, el libro que he coordinado junto a Toni Roldán, Jorge Galindo y Teresa Raigada, y que Antonio Cabrales, que además de ser “my partner in crime”reseñó hace unas semanas con la exquisita generosidad que le caracteriza. Cuando nos pusimos a pensar en el libro, discutimos mucho sobre el concepto de reformas pequeñas, del diagnóstico de los problemas de la economía y las políticas públicas. Nuestro mensaje a los autores era que lo importante era tratar de mirar a las reformas recientes, entender bien lo que los actores sociales y políticos pensaban sobre cada una de esas reformas y plantear algo apoyado por la evidencia y la investigación que estos pudieran comprar con cierta capacidad de impacto.

Eso es lo que tratamos de modestamente hacer Antonio y yo en el capítulo de educación no universitaria. Sobre educación universitaria, hay dos excelentes capítulos, el primero sobre cómo mejorar el acceso y la movilidad social en la educación superior con un foco especial en las becas universitarias (de Pepe Montalbán y Rosa Sanchís), y otro sobre cómo mejorar la atracción de talento investigador con programas que funcionan (de Andreu Más-Colell y Milagros Candela). En el ámbito de la educación no universitaria, tratamos de entender qué ha pasado a nivel político en la educación en los últimos años, repasamos los cambios de los principales indicadores educativos y planteamos algunas propuestas de cambios incrementales compartidos por un amplio espectro de actores para los próximos años.

Donde estamos en la política de la educación

La discusión política que obstaculiza las reformas educativas en España se ha intensificado debido al shock que ha supuesto la pandemia, y también por los cambios en marcha a nivel demográfico. Aunque no disponemos de evidencia rigurosa de lo anterior, un seguimiento del debate público y mediático desde 2019 permite entender que estamos ante un sector más polarizado y con menos capacidad de alcanzar acuerdos con capacidad de durar en el tiempo.

Además de los partidos políticos, los principales actores no políticos del sector educativo en España – los sindicatos docentes y las patronales de escuela concertada – se encuentran en posturas menos conciliadoras que las que ocupaban hace unos años. Los primeros están marcados por una mayor desafección del profesorado, explicada por el empeoramiento de las condiciones laborales, la burocratización de la profesión y la pandemia; esto podría estar explicando un aumento del corporativismo docente tanto por el aumento de la jornada escolar matinal, un modelo que perjudica a los alumnos y las familias, así como por los resultados de las últimas elecciones sindicales en las CCAA, donde los sindicatos típicamente corporativos han aumentado su representación. En cuanto a la escuela concertada, es llamativa su beligerancia con la nueva ley de educación (LOMLOE) cuando sí apoyó la ley que más se le parece, la LOE de 2006: esto podría tener que ver con la ansiedad de un sector acostumbrado a crecer ante la llegada del invierno demográfico a la escuela, que vendrá asociada a una pérdida de alumnos, puestos de trabajo y escuelas. Al invierno demográfico, algo que, por cierto, afectará de sobremanera a la educación pública, se le sumará el creciente aumento del gasto en pensiones y sanidad, lo que sugiere la necesidad de una gasto en educación mucho más quirúrgico y eficiente dado el escrutinio al que será sometido.

Donde estamos en el progreso educativo

En cuanto a los indicadores principales de la educación se han producido importantes mejoras en algunos de ellos, pero hay signos de preocupación inquietantes. Por un lado, el último lustro muestra una caída clara del abandono escolar temprano, del 17,3% en 2017 al 13,9% en 2022 debido fundamentalmente a la expansión de la FP, aunque habrá que ver, con la EPA de finales de este mes, en qué queda el dato de 2023. También es positiva la reducción de la tasa de repetición, aunque esta se explica en parte por las medidas excepcionales durante la pandemia. Finalmente, sabemos que la pandemia ha golpeado a los alumnos españoles en menor medida que en otros países, algo que junto con Andreu Arenas pudimos ver con datos del País Vasco y que contamos en este blog aquí.

Sin embargo, y esto no lo contamos en el capítulo porque los datos son recientes, tanto los resultados de las evaluaciones de PIRLS 2021 para 4º de Primaria en lectura como sobre todo los más recientes de PISA 2022 para los alumnos de 15 años muestran un empeoramiento de los resultados de aprendizaje en matemáticas y lectura, especialmente en algunas CCAA como Cataluña. Aun siendo una caída algo menor que la del resto de países de la UE, podría estar mostrando señales de agotamiento del sistema educativo ante un alumnado cada vez más diverso (por ejemplo, la mayor proporción de alumnado de origen inmigrante) y ante retos estructurales a los que se enfrentan los sistemas educativos en los últimos años (como por ejemplo, la creciente exposición a pantallas y redes sociales de los jóvenes).

Cinco propuestas para salir de la confrontación y mejorar la educación

Aunque en los últimos años se han tomado algunas buenas decisiones en materia educativa, como por ejemplo la ampliación de las becas y ayudas del Ministerio de Educación o las medidas contra la repetición de curso, no se han producido cambios estructurales en el último lustro en las cuestiones centrales del sistema escolar, como son las políticas de recursos humanos (políticas del profesorado), organización escolar (funcionamiento de las escuelas y equipos directivos) e inversiones (una vez se acaban los fondos Next Gen de la UE, volvemos a una senda de inversión que nunca superará el 4,5% del PIB). Tampoco ha habido cambios sustanciales en la evaluación educativa y el uso de datos, algo que podría aportar un cambio importante en la gobernanza del sistema.

Es especialmente llamativo la inacción en la cuestión de los profesores. En España hemos pasado por alto la importancia de las políticas del profesorado durante las últimas cuatro décadas. Es posible que la falta de ambición y, probablemente, la complejidad a nivel político asociada a este tipo de reformas, hayan impedido que avancemos en esta cuestión. Pero mientras seguimos en esta parálisis reformista, los retos asociados a la profesión son cada vez mayores. La gran oportunidad de transformar la educación en el largo plazo pasa por la transformación de la profesión docente.

Presentamos aquí las 5 propuestas más relevantes:

-Un plan de refuerzo escolar ambicioso a escala nacional que genere conocimiento puntero. Para ello, se destinaría una inversión de 1.500 millones de euros al año por parte del Ministerio de Educación mediante un Programa de Cooperación Territorial para financiar refuerzo escolar en todas sus modalidades: desdobles, más tiempo en la escuela, sesiones de refuerzo por las tardes, tutorías en pequeños grupos (en modalidad online y presencial) o programas de refuerzo en verano. Cada Comunidad Autónoma formalizaría una propuesta con un plan detallado de las actividades a desarrollar y una propuesta de diseño de evaluación causal para todos los programas (esto es, experimental o pseudo-experimental).

-Reformar el acceso a la profesión docente. En primer lugar, es necesario el número de plazas del Grado de Magisterio para Primaria y los Master de Formación del Profesorado en Secundaria. A la vez, nos parece una buena idea introducir una prueba selectiva basada en conocimientos y competencias para ambos itinerarios (Primaria y Secundaria), tal y como han hecho los gobiernos autonómicos de Cataluña e Islas Baleares para Primaria con cierto éxito.

-Poner en marcha un proceso de iniciación a la docencia (conocido como MIR docente). Aunque el Ministerio lo mencionaba en la propuesta de 2022 como una de sus prioridades, lo hacía con poca concreción y ambición. Es imperativo retomar esta propuesta para hacer más atractiva la profesión y más eficiente la llegada de los docentes al aula. De acuerdo con las estimaciones realizadas, financiarla podría suponer entre 500 y 700 millones al año.

-Poner en funcionamiento un portal de datos educativos, con una base de datos de alumnos y centros, ya sea desde el ámbito nacional o autonómico, al servicio de las escuelas, las familias y los investigadores, al estilo del INVALSI de Italia, y aprendiendo de las mejores prácticas autonómicas que ya se realizan en el Asturias, Baleares, País Vasco, Cataluña o Canarias.

-Poner en marcha el Número Identificativo de Alumno mandatado por la LOMLOE. Este identificador, de acuerdo con la ley, debería “facilitar el intercambio de la información relevante, el seguimiento de las trayectorias educativas individualizadas, incluyendo las medidas educativas que en su caso se hubieran podido aplicar”.

lunes, 15 de enero de 2024

Gobernanza abierta como mecanismo para solventar los problemas internos de la Administración

"Todas las organizaciones son, a nivel interno, conservadoras y las administraciones públicas todavía más"

Por Carles Ramió. espúblico blog.- La dimensión relacional de la gobernanza puede ser muy útil para transformar elementos internos de gestión de la propia Administración sobre los que hay consenso que han quedado anticuados o que no funcionan de manera correcta, pero, en cambio, es muy difícil poderlos reemplazar y modernizar. Todas las organizaciones son, a nivel interno, conservadoras y las administraciones públicas todavía más. Hay una manifiesta incapacidad de superar capturas sindicales y corporativas, de pensar fuera de la caja institucional tradicional, de salirse del sendero de dependencia, etc. Vamos a poner tres ejemplos.

El primer ejemplo es la enorme dificultad de transformar el actual y anticuado modelo de función pública (organización de recursos humanos) en sus múltiples dimensiones: renovación de los sistemas de selección, incorporación de la carrera horizontal y de la evaluación del desempeño, derechos y deberes laborales, etc. Ha habido durante las dos últimas décadas varios intentos para reformar el modelo de función pública pero el resultado ha sido nulo. El problema de fondo de este inmovilismo es que el debate se ha circunscrito entre “empleados”, entre funcionarios: funcionarios conservadores y empleados públicos sindicalizados que se oponen a cualquier reforma frente a funcionarios renovadores y expertos académicos (en su gran mayoría también funcionarios) que promueven las reformas. Son, por tanto, debates muy endogámicos que han resultado manifiestamente incapaces de diseñar e implantar un nuevo modelo de función pública. Además, el carácter corporativo de estos debates ha dificultado que los políticos se sientan involucrados y predispuestos para impulsar esta reforma ya que lo perciben como un tema muy técnico, en el que no hay una visión mayoritaria sobre el nuevo diseño y, por tanto, tratarlo políticamente puede ser una fuente de conflictos. Este escenario es ideal para que los dirigentes políticos de la Administración pública se inhiban en esta materia. En cambio, la situación podría ser muy distinta si se abriera este debate a la sociedad: a la ciudadanía, a los empresarios y a las entidades sociales. La propuesta seria abrir un foro ciudadano para definir las reglas del juego de la futura función pública en un espacio libre de capturas y de dependencias institucionales. Un debate entre “propietarios de la Administración” (ciudadanos y organizaciones socioeconómicas) y no entre “empleados” (públicos). Es evidente que la dinámica del debate sería mucho más abierta, creativa y también sensata y ponderada a nivel de equilibrar derechos y obligaciones laborales de los empleados públicos facilitando el diseño de un modelo moderno de función pública. Un informe elaborado por la ciudadanía y los actores sociales y económicos sobre este ámbito temático despertaría inmediatamente el interés de los dirigentes políticos y, además, se sentirían socialmente legitimados para implantar transformaciones dolorosas y conflictivas en clave sindical y corporativa.

Un segundo ejemplo sería la renovación de la contratación pública de la Administración. Se trata de un ámbito complejo en el que hay que articular, por una parte, la seguridad jurídica para evitar distorsiones heterodoxas y corruptas y, por otra parte, lograr un modelo eficaz y eficiente que fomente la calidad de la contratación pública. Tradicionalmente suele ponderarse el primer ingrediente y queda en una situación marginal el segundo. Otro problema es que el modelo es tan garantista y complejo que deja fuera de la contratación pública a las pequeñas empresas (muy mayoritarias en el país) y solo tienen capacidad de presentarse las grandes empresas con escala suficiente para atesorar buenos gabinetes técnicos y jurídicos. La propuesta sería someter la reforma y mejora de la contratación pública a una audiencia abierta conformada por ciudadanos, por pequeños y grandes empresarios, por la sociedad civil organizada y por expertos. Se puede especular que no serían nada desdeñables las propuestas que pudieran surgir en este foro para lograr un nuevo modelo de contratación pública mucho más fluido, más permeable a un amplio espectro de actores socioeconómicos y sin perder sus capacidades de seguridad jurídica.

Un tercer ejemplo sería el vinculado a retos emergentes de carácter interno de las administraciones públicas. Desafíos, cómo, por ejemplo, diseñar potentes sistemas internos de información (gobernanza de datos) o la introducción de la inteligencia artificial en la gestión pública. Se trata de temas en los que hay un déficit de conocimiento interno y que, por tanto, sería interesante abrirse al conocimiento externo tanto de carácter académico como empresarial. No hay muchas dudas que esta apertura a la sociedad permitiría ampliar horizontes siempre con la debida cautela de saber discriminar las posiciones fundamentadas exclusivamente en determinados intereses empresariales.    

sábado, 13 de enero de 2024

A vueltas con la Top5itis I: Algunas reflexiones sobre la noción de “interés general” en Economía

 "Algunos colegas defienden la categoría de las Top5 argumentando que las normas editoriales y de evaluación que se aplican en ellas son mucho más estrictas y mejores en términos de calidad, lo que justifica su estatus especial"

Por Roberto Serrano. Nada es Gratis blog. La Top5itis es una enfermedad que afecta a la ciencia económica. Se refiere a la obsesión de los economistas académicos con las así llamadas revistas “Top5” (Top Five, como Los Jackson 5; las 5 mejores revistas en Economía), también conocidas por ser las revistas que publican los artículos que se consideran de “interés general” para la profesión. Este artículo (Serrano 2024), que se organiza como dos entradas para Nada es Gratis, ofrece algunas reflexiones sobre la noción de “interés general” en Economía, y discute brevemente algunas de las prácticas que se pueden observar con frecuencia en las “revistas Top 5” (o directamente ya, en “las Top5”). La segunda entrada se publicará la semana próxima, para dar tiempo al posible debate que surja de la lectura de esta primera entrada.

Soy un micro-teórico. Sin embargo, mi estrategia para combatir la top5itis no se ha basado en demostrar teoremas. Para seguir concienciando sobre el tema, primero adopté un enfoque satírico en Serrano (2018). Ahora intento ir un poco más allá, aunque seguramente en una dirección igual de inusual para las prácticas habituales de los economistas académicos.

De hecho, el enfoque que sigo ahora es casi el de un periodista. Mi estrategia en esta ocasión es dar cuenta de muchas conversaciones informales que he mantenido con colegas de economía y de otras disciplinas. Para dejar claro mi objetivo desde el principio, me gustaría poner por delante las súplicas articuladas con toda claridad en Akerlof (2020) y en la última sección de Heckman y Moktan (2020), en cuanto a que la profesión de los economistas académicos haría bien si abandona su obsesión por las cinco mejores revistas.

La idea es que, en lugar de dicha obsesión, el complejo proceso para la evaluación de los logros de un investigador debería adoptar un enfoque más integral: además de utilizar estadísticos de referencia (recuentos de las principales revistas de interés general, recuentos de las principales revistas de campo, número citas, medidas multidimensionales de impacto, etc.), debería tener en cuenta también la valoración justa del contenido real que se desarrolla en la investigación que se está evaluando. Una mayor flexibilidad en la evaluación, con el equilibrio adecuado de originalidad, calidad e impacto, parece razonable. Y que quede algo claro: no abogo por rebajar los estándares, sino por mejorarlos. Concretamente, la profesión debería liberarse de la esclavitud a una única señal rígida, cuya calidad se ha difuminado a lo largo de los años por diferentes razones.

Esto es así al menos a juzgar por las decenas de correos electrónicos de apoyo que recibí tras mi artículo "Top5itis" (Serrano, 2018). Está claro que este es un tema que perturba mucho a muchos colegas de la profesión. En los mencionados correos electrónicos y en otras conversaciones privadas que mantuve, se me transmitieron muchas opiniones que expresaban frustración por la obsesión de la profesión con las Top5. Entre algunos de los problemas importantes que persisten se menciona la dificultad que encuentran las ideas innovadoras por abrirse paso, la creación de clubes de economistas asociados a algunas de estas revistas -el factor de endogamia o incesto, como se denomina en Heckman et al. (2017) (o véase también en Heckman y Moktan, 2020)-, y una percepción de falta de imparcialidad y transparencia en la revisión de algunos trabajos presentados a las mejores revistas. El impresionante análisis empírico de Heckman y Moktan (2020) también cuestiona la conexión entre las publicaciones Top5 y su calidad -aproximada por las citas- e impacto.

Mi propósito con estas líneas es hacer algunos comentarios al efecto, compartir algunas opiniones que me han transmitido y que me parecen de interés tanto para la investigación en economía como en otras disciplinas afines, y desde luego, sugerir mejoras en los procesos de revisión. Aunque estas ideas pueden ser útiles en general, es decir, para cualquier revista de economía, aplicarán más directamente a las Top5. De hecho, voy a ilustrar algunos de mis comentarios con historias reales muy amablemente compartidas por algunos de mis colegas en cuanto a sus experiencias con los Top5 journals. Creo que dar a conocer estas historias a través de estos párrafos puede contribuir al bien común, del mismo modo que cualquier otra acción que contribuya a la equidad y la transparencia en la evaluación de la profesión y en los métodos de revisión por pares. Por supuesto, en todos los casos se mantendrá el anonimato de las partes implicadas. Mi objetivo no es ofender ni avergonzar a nadie, sino contribuir a mejorar nuestros métodos de evaluación de la producción científica.

La etiqueta de "interés general

Las revistas del "top5" también se conocen como revistas de "interés general". En nuestra disciplina ha habido tradicionalmente clasificaciones de revistas. Incluso antes de la era de la top5itis, algunas revistas se percibían como más prestigiosas, lo que se manifestaba en gran medida por sus elevadas tasas de rechazo. Antiguamente, cuando la economía no estaba tan desarrollada como ahora (en términos de volumen de producción científica), las revistas más exigentes solían publicar trabajos de "interés general", con la idea de que dichos trabajos pudieran atraer la atención de economistas muy diversos.

Sin embargo, mi impresión sobre el estado actual de nuestra disciplina es que básicamente no hay generalistas en la profesión. Es decir, quizá como evolución natural de un campo maduro, todos nos hemos convertido en especialistas. Desde este punto de vista, parece un poco extraño seguir insistiendo en la terminología de "interés general". No me opongo a mantener esa etiqueta, pero en mi opinión, si la economía quiere seguir insistiendo en ella, la historia del pensamiento económico debería enseñarse en todos los programas superiores, para que las nuevas generaciones de economistas mejor formados sean capaces de evaluar las contribuciones en su campo a la luz de un panorama más amplio. La historia del pensamiento ha estado ausente durante muchas décadas de casi todos los programas de postgrado en economía. Tal vez por ello, ahora mismo no se me ocurren muchos economistas a los que calificaría de "generalistas" en el sentido de que dominen muchos campos diferentes.

Una manera de subrayar este punto es que dudo que la mayoría de los teóricos lean los últimos artículos de "interés general" en econometría publicados por algunas de las cinco revistas más importantes, o que la mayoría de los macroeconomistas lean los artículos de "interés general" en teoría publicados en las cinco revistas más importantes, y así sucesivamente. La afirmación puede reforzarse probablemente para que se mantenga dentro de las áreas: por ejemplo, dudo que un teórico interesado en juegos repetidos lea con atención el último artículo sobre elección social publicado en una de las 5 mejores revistas, y viceversa. Por tanto, quizá lo que publican esas revistas es otra cosa; quizá publican artículos que, en opinión de los evaluadores y editor implicados, representan un avance importante en una literatura, incluso si esa literatura puede ser una que no sea de interés general.

Una posible manifestación de que los editores de las revistas top5 también son especialistas es que a menudo eligen a los evaluadores de la lista de referencias del artículo a evaluar. No es una mala práctica, por supuesto, pero en algunos casos puede dar lugar a un excesivo poder de monopolio concedido a algunos evaluadores. He oído a varios colegas cómo, en algunos de sus envíos a estas revistas, se han enfrentado al mismo evaluador en dos, a veces tres de ellas, lo que en sí mismo crea una consecuencia indeseable. En mi opinión, no se debe conceder a una sola persona el poder de monopolio sobre el destino de un trabajo de investigación, y depender de un conjunto tan reducido de individuos parece especialmente extraño cuando el listón que se intenta superar es el del "interés general". Por cierto, muchas de estas historias me han llegado de académicos más noveles de la profesión, que en muchos casos están empezando su carrera. Dados los perversos incentivos creados por la top5itis, no es de extrañar que estos colegas sigan intentando agotar la lista completa de revistas top5, quizá bajo la creencia de que no hay vida fuera de ese reducido conjunto de revistas. Esta es, sin duda, otra consecuencia negativa de la enfermedad, ya que publicar en buenas revistas alternativas, como las muy exigentes revistas top del área del trabajo, es sin duda mejor que perder varios años con experiencias negativas en el Top5. Sin embargo, dados los incentivos actuales, dar el salto a centrarse en las revistas de área constituye una decisión difícil para todos aquellos que sufren las consecuencias de la top5itis. Y es que las creencias ex ante y ex post pueden ser muy diferentes a la hora de considerar las perspectivas de publicación de un determinado artículo.

El proceso de evaluación

Algunos colegas defienden la categoría de las Top5 argumentando que las normas editoriales y de evaluación que se aplican en ellas son mucho más estrictas y mejores en términos de calidad, lo que justifica su estatus especial. Aunque es posible que esto sea cierto – que muchas decisiones editoriales en las revistas Top5 son de alta calidad y los evaluadores exigen un listón más alto de significación para un artículo-, un abundante número de pruebas anecdóticas sugiere que en muchas ocasiones eso de la aplicación de estándares de calidad más altos no funciona bien. Permítanme señalar primero una tendencia peligrosa que he encontrado, otra consecuencia de la top5itis. Bajo la creencia de que una revista fuera del Top5 ya es de calidad inferior, algunos colegas me han confesado que no se esfuerzan demasiado cuando hacen evaluaciones para esas revistas. Este es un problema grave, es decir, el mito de las revistas del Top5 asociado a la top5itis nunca debería ser un argumento para justificar una evaluación descuidada para otras revistas. Una evaluación chapucera nunca está justificada y, de hecho, la buena evaluación debería ser entendida por todos nosotros como una parte esencial de la disciplina, ya que es la revisión por pares de alta calidad la clave para evaluar nuestra producción científica. Conviene citar en este punto el excelente y muy reputado artículo de Thomson (2011) sobre sugerencias para un buen proceso de evaluación.

En particular, lo que no parece aceptable es la práctica de los informes de evaluación de una sola línea o poco más, redactados por algunos evaluadores de revistas top5. Informes en los que lo único que se dice es que "el artículo objeto de examen no pertenece al Top5". Me preocupa que esta práctica haya sido fomentada en ocasiones por las propias revistas top5. Es decir, en mi opinión, los evaluadores no deberían rechazar un artículo porque esa no es su función. Después de que el editor de la revista haya decidido solicitar la opinión de revisores expertos, debe entenderse que ha decidido no rechazar el artículo y, por tanto, lo que el editor necesita en ese momento es un análisis y una evaluación razonablemente cuidadosos de la contribución del artículo realizada por colegas en los que confía. Y aunque dicho informe podría basarse en la afirmación "este artículo no tiene suficiente interés general", no creo que deba utilizarse como una afirmación infalible en sí misma. Debe ser razonada. Por ejemplo, si el resultado principal del artículo hace suposiciones indebidamente restrictivas sobre las preferencias en un modelo de emparejamiento, o suposiciones inverosímiles sobre la trayectoria de la política monetaria -y aquí, por supuesto, siempre hay lugar para cierta subjetividad en las evaluaciones- se puede argumentar por qué la etiqueta de "ausencia de interés general" podría estar justificada en ese caso.

La bola de cristal

La tarea de cualquier editor es exigente e importante. Se trata de decidir si una nueva investigación merece ser añadida al stock de conocimiento publicado. La tarea del editor de una Top5 es si cabe más importante y sin lugar a duda mucho más exigente dado el enorme impacto de sus decisiones. Imaginen que el editor de una de estas revistas rechaza un artículo que conecta la Literatura A con la Literatura B. Ella o Él no ve la relevancia de la conexión, o al menos no al nivel de ser considerada como de interés general. Mientras que el editor no sea conocido justamente por haber contribuido a la literatura A o a la literatura B, tal juicio puede verse como justo, más aún en la medida que los editores de estas revistas suelen ser prestigiosos académicos que tienen todo derecho a decidir la dirección editorial de la revista de la que son editores. El problema es si el editor va más allá de su derecho y escribe: “No preveo que la conexión que se propone pueda dar lugar a contribuciones importantes en las próximas décadas”. El uso de este tipo de bolas de cristal no debería formar parte de una buena labor editorial, puesto que en el mejor de los casos sólo puede catalogarse de práctica dudosa. Esto es, un buen editor, que ya de por sí se enfrenta a una difícil tarea, debería evitar cualquier tipo de prácticas que se asemejen a la adivinación.

El problema se agrava cuando todos estos procesos, carentes de rigor o más o menos superficiales, se contagian desde arriba, desde los comités editoriales de las revistas y a través de comportamientos poco sanos. Pero dejemos este asunto para la segunda parte del post, porque, además, este tipo de complicaciones pueden estar también relacionadas con algunos patrones que se observan a nuestro alrededor en otras disciplinas científicas.

(*) Traducido y adaptado a NeG por Luis Puch a partir de una primera versión generada automáticamente por DeepL.com

Referencias

Akerlof, G. A. (2020), “Sins of Omission and the Practice of Economics,” Journal of economic Literature 58, 405-418.

Heckman, J. and S. Moktan (2020), “Publishing and Promotion in Economics: The Tyranny of the Top5,” Journal of economic Literature 58, 419-470.

Heckman, J., Akerlof, G., Deaton, A., Fudenberg, D., and Hansen, L. (2017), “Publishing and Promotion in Economics: The Curse of the Top5,” discussion session at the American Economic Association annual meetings, https://www.aeaweb.org/webcasts/2017/curse.php

Serrano, R. (2018), “Top5itis,” Economics Bulletin 38, No. 2, p. A2.

Serrano, R. (2024), “Top5itis Revisited: Some Thoughts on the Notion of General Interest in Economics,” Ensayos, Revista de Economía, Vol. 43, no. 1, January 2024

Thomson, W. (2011), A Guide for the Young Economist, 2nd edition, M.I.T. Press, Cambridge, MA.