lunes, 31 de octubre de 2016

Novedad editorial: Claves para la Modernización de la Estructura Funcionarial: la Coexistencia Ordenada de Cuerpos y Puestos de Trabajo

Josefa Cantero Martínez: Claves para la Modernización de la Estructura Funcionarial: la Coexistencia Ordenada de Cuerpos y Puestos de Trabajo. Editorial Aranzadi. 43 € en papel


Thomson Aranzadi. La obra contiene un análisis detallado de la estructura de la función pública, de los dos elementos que la componen: el cuerpo de funcionarios, entendido como una agrupación de personas, de funcionarios públicos y el puesto de trabajo, concebido como una acotación de funciones.
-Aunque es una obra jurídica, contiene importantes aportaciones técnicas propias del diseño organizativo.

-Por vez primera se incorporan al ámbito del Derecho funcionarial los conocimientos técnicos sobre los puestos de trabajo en la Administración, cubriendo así un clásico vacío jurídico del régimen de la función pública.

-La obra contiene una visión mixta entre el derecho y las disciplinas propias de intervenciones avanzadas de gestión de los recursos humanos, entendidos estos como gestión de la diferencia en comportamientos laborales relevantes cuyos determinantes de conocimiento y destreza son la materia prima para justificar las agrupaciones de funcionarios y son, a su vez, la forma de satisfacer las responsabilidades enunciadas por las funciones que asumen.

-En el libro se propone una visión técnica más moderna y avanzada del cuerpo de funcionarios como un correlato lógico de las agrupaciones de puestos de trabajo, de las llamadas áreas funcionales.


-Dirigido a profesores universitarios, gestores de recursos humanos, funcionarios de cualquier Administración Pública con responsabilidad en la gestión de personal y en la realización de diseños organizativos, docentes de los másteres universitarios especializados en organización administrativa y alta dirección pública y cualquier persona preocupada por la Función pública.

Extracto: La obra contiene un estudio de la estructura actual de la función pública, basada en cuerpos de funcionarios que forzosamente han de convivir con puestos de trabajo. Se trata de dos elementos esenciales para el diseño organizativo que han respondido clásicamente a modelos teóricos diferentes y a la falta de diferenciación en la Administración entre persona y puesto. El cuerpo, entendido como agrupación de funcionarios, es el elemento subjetivo de la estructura y es propio de los denominados modelos cerrados de carrera. Ha desempeñado un papel absolutamente esencial en la conformación de nuestro régimen funcionarial.

Modelo superado

Sin embargo, el modelo estructural basado exclusivamente en el cuerpo está superado desde los años sesenta por la introducción de otro nuevo elemento objetivo, típico de los modelos abiertos, como es el puesto de trabajo. Su inserción apenas ha sido desarrollada por nuestros legisladores, lo que ha dado lugar a importantes disfunciones que afectan directamente a la gestión del personal y, con ello, a la propia eficacia de la Administración.

En esta obra se analizan todos estos problemas y se pretende superar este vacío legislativo dotando al puesto de trabajo de su contenido técnico. Se aportan novedosas ideas organizativas para lograr que esta necesaria convivencia entre puestos y cuerpos sea óptima o, al menos, armónica.

sábado, 29 de octubre de 2016

EPA: Las AA.PP acaparan el trabajo temporal

CSIF pide que se cubran las vacantes de las jubilaciones en las AA,PP.

Revista de prensa. Expansión.- La Administración registra 686.800 temporales en el tercer trimestre, la cifra más alta desde el primer trimestre de 2012.

Las administraciones públicas han tenido más de 686.800 personas con contrato temporal en el tercer trimestre del año, la cifra más alta de los últimos cuatro años, en concreto, desde el primer trimestre de 2012, cuando se registraron 711.800 temporales, según los últimos datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) que difundió el sindicato CSIF.

Recortes
Aunque las administraciones públicas, según los datos de la EPA, registran un leve incremento en el empleo público, todavía arrastra una pérdida de más de 300.000 puestos de trabajo, desde finales de 2011, cuando empezó la sangría en este ámbito con las políticas de recortes.

En el conjunto de las administraciones públicas, el empleo creció en 8.900 puestos de trabajo en el último trimestre y en 17.500 en el último año. No obstante, CSIF advierte de la pérdida de 25.500 puestos de trabajo en la Administración Central.

Además, 258.500 personas tienen más de 60 años y por tanto se jubilarán de manera inminente. Por este motivo, CSIF insiste en la urgencia de diseñar la oferta de empleo público eliminando la tradicional tasa de reposición. Es decir, reclamamos que se cubran todas las jubilaciones y además se refuercen aquellos destinos donde sea necesario, por el recorte de personal sufrido estos años

viernes, 28 de octubre de 2016

El presidente de la Femp pedirà al nuevo gobierno que los ayuntamientos puedan gastarse su superàvit

La FEMP ha dado a conocer la próxima devolución a los municipios del por el 'céntimo sanitario', que será de 78 millones de euros

Revista de prensa. E.P. Abel Caballero ha destacado que los municipios y las diputaciones están entre las administraciones "que mejor cumple con los requisitos de Europa" y, sin embargo, con ellas "se plantea una rigurosidad que no se aplica a otras administraciones". Además, solicitará "que se permita a los Ayuntamientos una posición sobre el techo de gasto acorde con las circunstancias de buena gestión" que tienen.

Así, el presidente de la FEMP ha asegurado que ese ahorro de superávit alcanza los 4.500 millones de euros, el 0,45% del PIB español. "En la Junta de Gobierno de la FEMP hemos coincidido todos en que los Ayuntamientos y Diputaciones queremos gastarlos en nuestras propias competencias", ha añadido en la rueda de prensa que ha tenido lugar al finalizar la Junta.

Según Caballero, el próximo Gobierno de España también tendrá que atender la financiación local porque, a su juicio es "la asignatura pendiente de la democracia española". "Queremos estar en la negociación de la financiación al mismo tiempo, conjuntamente o en paralelo, con las comunidades autónomas. No queremos que se tomen decisiones sobre los Presupuestos del Estado o de las Comunidades Autónomas, mientras nosotros quedamos como algo residual", ha subrayado.

Sobre esto, ha adelantado que ya se ha constituido un grupo de trabajo y que cuando se componga un nuevo Ministerio de Hacienda, se empezará a trabajar con la financiación local para que los próximos años sean "de grandes reformas" en cuanto a corporaciones locales.

Derogación de la  Lrsal
El presidente de la FEMP se ha referido también a la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL), anunciando que se planteará al Parlamento y al Gobierno de España la derogación de esta norma. "Se trata de una ley calamitosa, la más dañina para el municipalismo que se hizo en la democracia, y la queremos derogada".

Sobre esto ha recordado que no es la primera vez que se realiza esta petición, y que a pesar de que parte de la LRSAL ya ha quedado derogada por el Tribunal Constitucional, la FEMP quiere una nueva Ley "estable" y "pactada" con los ayuntamientos, diputaciones y grupos políticos.

Por otro lado, la alcaldesa de Logroño, Cuca Gamarra, se ha posicionado en contra de derogar la LRSAL porque, a su juicio, "ha sido una ley muy positiva" que ha permitido "sustentar las administraciones locales". "No ha habido ningún problema en ningún ayuntamiento de España para seguir prestando los servicios a los ciudadanos, ha sido un instrumento fundamental para que hoy los ayuntamientos españoles seamos instituciones responsables y saneadas", ha argumentado en declaraciones a los periodistas en la sede de la FEMP.

Para finalizar, la FEMP ha dado a conocer la próxima devolución a los municipios del por el 'céntimo sanitario', que será de 78 millones de euros. Caballero ha explicado que desde el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se ha remitido una carta a la Federación en la que Hacienda ha reconocido su error en el cobro del porcentaje del céntimo sanitario a los municipios y, en consecuencia, ha anunciado que procederá a retornar a los Consistorios esta cifra.

jueves, 27 de octubre de 2016

Carles Ramió: El incierto futuro del Estado

"La tecnología de la información está transformando de manera radical la economía y la sociedad. E incidirá en el futuro en el diseño y comportamiento de la política y de las instituciones públicas"

Por Carles Ramió. Blog EsPúblico. Este artículo parte de la hipótesis de que se está produciendo una concatenación de circunstancias que están generando unos cambios muy profundos en el mundo y que van a afectar tanto al futuro papel del Estado como de sus administraciones públicas.
Cambios tecnológicosEl primer elemento crítico es que estamos viviendo unos acentuados cambios tecnológicos como preludio de una gran revolución tecnológica y científica.  Esta revolución abarca un amplio espectro que oscila desde la biomedicina hasta los cambios productivos derivados de las impresoras 3D. Pero, a mi entender, la revolución tecnológica que tiene y tendrá más impacto es la que se deriva de los nuevos bienes informacionales. La tecnología de la información está transformando de manera radical la economía y la sociedad. E incidirá en el futuro en el diseño y comportamiento de la política y de las instituciones públicas.
El segundo elemento crítico reside precisamente en la economía. El sistema económico capitalista es un gran superviviente con una increíble capacidad de adaptación. Los cambios tecnológicos y las opciones ideológicas alternativas que han ido surgiendo con el tiempo han sido un acicate para la renovación y reforzamiento del modelo capitalista. Pero la revolución derivada de las tecnologías de la información implica un cambio de tal envergadura en innovación económica y social que no es evidente que el modelo capitalista lo pueda absorber con garantías. Algunos autores como Mason (2016) se atreven a formular, con una gran fortaleza argumental, un nuevo futuro de la mano de lo que denomina postcapitalismo. Las tecnologías de la información rompen varios axiomas de la economía clásica: la información, que es el principal recurso (el petróleo de nuestro futuro más inmediato), no es escasa sino infinita. Se quiebra el principio de la oferta y la demanda cuando resulta que un mismo actor es productor y consumidor de los bienes informacionales a los que es muy difícil, o imposible, poner un precio. La economía clásica se basa en que los recursos son escasos, en que hay una oferta y una demanda que permite fijar unos precios. Todo esto ya no existe en el mercado virtual de la información.
El tercer elemento crítico es la sociedad, los ciudadanos en un sentido colectivo, que se encuentran en ante un nuevo escenario dominado por tres vectores: por una parte, son muchos, quizás demasiados los seres humanos que rondarán por el mundo (explosión demográfica imparable) y tienen que competir duramente por unos recursos escasos (agua potable)) y por unos espacios físicos reducidos (fenómeno migratorio, concentración en grandes urbes). Por otra parte, se relacionan de forma distinta en un mundo virtual (redes sociales) que estimula una lógica colaborativa muy gratificante pero que está fuera de las lógicas clásicas del mercado que oscilan entre una nueva economía colaborativa y unos asfixiantes cuasimonopolios de las empresas tecnológicas (Keen, 2016). En tercer lugar, la sociedad está muy inquieta ante un cambio tan radical como profundo. Vive con una sensación angustiosa de absoluta incertidumbre.

En cuarto lugar está la política. La política es un arte difícil que consiste en buscar la satisfacción de los intereses de los ciudadanos, con objetivos egoístas, sectoriales y parciales, articulando un bien común y un interés general que satisfaga a la mayoría. Esta tarea siempre ha sido técnicamente difícil pero ahora es casi una quimera cuando la política  (y sus principales actores como los partidos y los líderes políticos) tienen poco poder ante unas poderosas multinacionales y una escasa capacidad de conducción social cuando los ciudadanos se nutren de tan diversas, rápidas e independientes fuentes de información. Los crispados ciudadanos les exigen soluciones a problemas más complejos que nunca precisamente en el momento en que la política posee los instrumentos más precarios.  Esta tensión es insoportable y la única solución política posible es recurrir al relato mágico del populismo y de la demagogia. Durante los próximos años vamos a vivir un gran periodo de esplendor de las formaciones y de los líderes políticos demagogos y chamánicos (Lapuente, 2015). Estos perfiles políticos van a hacer mucho daño pero los ciudadanos van a demorarse un tiempo en darse cuenta de ello, hipnotizados y calmados por unos relatos entre brillantes y nostálgicos pero de imposible implementación. Un tiempo político precioso que se va a perder seguramente durante las próximas décadas.
En quinto lugar aparece el Estado, que siempre ha estado en crisis pero que ahora vive en un “estado de crisis” (Bauman y Bordoni, 2016). El Estado como regulador de la actividad económica y social, el Estado como motor proveedor de bienestar y el Estado como suministrador de seguridad vive en un estado de crisis. Por una parte, la economía capitalista ha llegado a un punto de sofisticación de la mano de la globalización (por cierto una dinámica estimulada por los propios Estados) que es muy difícil de controlar estatalmente y de la falta de regulación pública (también propiciada por los propios Estados). Las grandes multinacionales, algunas de ellas derivadas de la revolución de las tecnologías de la información, juegan a lógicas monopolísticas, de oligopolio o de cártel que escapan totalmente de las manos de unos Estados que se han quedado pequeños y obsoletos. Por otra parte, la revolución tecnológica de la información ha generado una sociedad colaborativa con más capacidad crítica y empoderada para autosafisfacerse tanto de información como de determinados servicios que ya no pasan por los canales del Estado. Los Estados van perdiendo el monopolio de la información pública y política. Además, la sociedad gracias a la tecnología está generando un nuevo tipo de economía, la economía colaborativa, que desconcierta (fiscalmente pero también a nivel material) a los Estados. Finalmente los Estados se ven cada vez más incapacitados para garantizar la seguridad de sus ciudadanos. No les puede ofrecer la seguridad de un empleo o de un empleo digno, no puede ofrecer a los ciudadanos los mismos subsidios (por desempleo, etc.) y servicios que antes por un elevado déficit público derivado de un déficit fiscal. Ni tan siquiera los Estados, que poseen el monopolio de la violencia, pueden garantizar la seguridad física de los ciudadanos. Las nuevas metodologías del terrorismo yihadista han hecho muy vulnerables a las fuerzas de seguridad. Los ciudadanos miran desconcertados a estos Estados en su estado actual de impotencia y se muestran muy críticos con ellos.
Las administraciones públicas, como sexto ingrediente de esta compleja coctelería, representan los principales instrumentos de los Estados y de sus instituciones políticas y reciben, por tanto, todo el impacto negativo asociado al nuevo rol del Estado. Están en una crisis más aguda que nunca de legitimidad. Van perdiendo espacio y protagonismo, en el actual modelo de gobernanza, a favor de otros actores y sectores: las empresas, la economía social, los movimientos sociales y la nueva economía colaborativa.   Estos actores se han movido de la mano de la revolución tecnológica de la información y de la globalización y contraglobalización y las administraciones públicas ha perdido definitivamente su espacio de confort y se manifiestan, de momento, incapaces de posicionarse ante estas nuevas reglas del juego económicas y sociales. Por si fuera poco, las administraciones públicas mantienen una mirada reflexiva e impermeable a observar este entorno tan cambiante como complejo. Tienen una agenda con sus propios problemas derivados de interferencias externas pero también por problemas internos de diseño: precariedad fiscal y económica, interferencia excesiva de una política y unos políticos, populistas y chamánicos cada vez más intrusivos en temas profesionales, un sistema perverso de gestión de los recursos humanos que genera enormes externalidades negativas, falta de visión estratégica y de inteligencia institucional, etc.


 La Administración pública cada vez es más débil en este contexto de compleja gobernanza y va perdiendo poco a poco su rol de metagobernador (ocupar un lugar central y liderar el modelo de gobernanza).

martes, 25 de octubre de 2016

¿Cómo reasignar tareas a empleados públicos tras la implantación del funcionamiento electrónico?

"A veces en la Administración se deben tomar decisiones que suponen cambios drásticos con el pasado, e incluso se debe improvisar, pero esto no supone el fin del mundo"

Por Blog Víctor Almonacid.- O preguntado de otra manera: ¿Cómo reasignar tareas a empleados públicos cuyas funciones quedan sin contenido tras la implantación de la administración electrónica?

"Siempre que te pregunten si puedes hacer un trabajo, contesta que sí y ponte enseguida a aprender como se hace". (Franklin D. Roosevelt)

Ya en esta ocasión hablábamos de “reconversión” de los empleados públicos, en los siguientes términos:

Un cambio cualitativamente superior a la reconversión es la reinvención, que supone un replanteamiento prácticamente del 100% de las funciones de un empleado o colectivo. Pongamos esta vez como ejemplo al personal subalterno, conocidos también como “los alguaciles”. En una “administración electrónica” no van a poner más sellos ni cuños a golpe de antebrazo; ni trasladar voluminosos expedientes de un departamento a otro; ni realizar ingentes cantidades de fotocopias… Pero ni falta que les hace, puesto que su talento se puede emplear en tareas más útiles, constructivas e incluso dignas, y en todo caso más propias de la administración de hoy.

Entendemos que el principio constitucional de eficacia sirve de base para la ejecución de cualquier medida que, como en el caso del perfil profesional mencionado, evite que un empleado público pueda quedarse literalmente sin tareas que realizar si puede ser útil en otros quehaceres de la Administración, como siempre va a ser el caso.

Ya el art. 4 de la Ley de Régimen Jurídico recoge varios principios de actuación de las AAPP que avalarían, per se, tales medidas, incluyendo el citado de eficacia:

-Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión.
-Planificación y dirección por objetivos y control de la gestión y evaluación de los resultados de las políticas públicas.
-Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados.
-Economía, suficiencia y adecuación estricta de los medios a los fines institucionales.
-Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

Reasignación de funciones
Ni que decir tiene que la reasignación definitiva de funciones debe documentarse y articularse a través de la correspondiente modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Entidad, siendo en este sentido mucho más sencillo reconvertir al personal denominado “de administración general” que al de “administración especial”, toda vez que aunque funcionalmente sea igual de factible, a nivel jurídico formal es complicado –pero no imposible– asignar a un arquitecto al departamento de informática o convertir a un policía local en segunda actividad en el Community Manager de un Ayuntamiento. En nuestra opinión, no obstante, más allá de la utilidad o eficiencia que pueda derivar para la Administración, consideramos que estos nuevos puestos o tareas podrían suponer un enorme estímulo profesional para este tipo de empleados públicos.

A mayor abundamiento, el art. 81.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, dispone:

“Las Administraciones Públicas, de manera motivada, podrán trasladar a sus funcionarios, por necesidades de servicio o funcionales, a unidades, departamentos u organismos públicos o entidades distintos a los de su destino, respetando sus retribuciones, condiciones esenciales de trabajo, modificando, en su caso, la adscripción de los puestos de trabajo de los que sean titulares”.

Esta es una regulación refrendada por la normativa autonómica sobre función pública. Valga como ejemplo, en el mismo sentido, el art. 33 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, cuando señala: “Excepcionalmente, las administraciones públicas podrán asignar temporalmente a su personal, tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe siempre que resulten adecuadas a su cuerpo, agrupación profesional funcionarial o escala, cuando las necesidades del servicio lo justifiquen, sin merma en las retribuciones”. Estamos exactamente ante el mismo caso de cuando un entrenador saca a un delantero de defensa porque no le quedan más jugadores disponibles en el banquillo, o viceversa.

A veces en la Administración se deben tomar decisiones que suponen cambios drásticos con el pasado, e incluso se debe improvisar, pero esto no supone el fin del mundo

Por lo demás, y en el ámbito exclusivo de la Administración Local, recordemos que según el art. 41.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales, le corresponde al Alcalde la organización de los servicios administrativos. Es por ello que, formalmente hablando, igual que la asignación definitiva de nuevas funciones requiere una modificación puntual de la RPT, una eventual asignación temporal de funciones al empleado público debe realizarse preferiblemente mediante Decreto de Alcaldía, lo cual garantiza en mucha mayor medida el principio de seguridad jurídica que si se adopta de manera verbal, o mediante orden o circular del funcionario responsable del servicio.

No obstante, entendemos que en ámbito de las relaciones jerárquicas laborares, de forma concreta las que se encuadran dentro del ámbito de las Administraciones públicas, los principios de eficacia y economía procedimental son compatibles con el hecho de que determinadas órdenes jerárquicas se produzcan de forma verbal, a fin de no ralentizar o saturar la actividad administrativa con numerosas Resoluciones escritas. Según este razonamiento forma parte, por asi decirlo, del “día a día”, que en determinados momentos de necesidad se asignen, incluso verbalmente, tareas poco habituales a empleados públicos que no suelen desempeñarlas. Si finalmente estas tareas se fueren a prolongar en el tiempo más de lo previsto urge, en tal caso, algún tipo de formalización de los anteriormente citados.

«La administración electrónica es el uso de las TIC en las AAPP, combinado con cambios organizativos y nuevas aptitudes, con el fin de mejorar los servicios públicos y los procesos democráticos y reforzar el apoyo a las políticas públicas.» (Comisión Europea)



lunes, 24 de octubre de 2016

Administración Electrónica (Local) 2016: El Tangram Digital



Por Lorenzo Pérez Sarrión.- Blog EsPúblico.- La palabra “tangram” (como tantas otras) no está en el Diccionario de la Lengua Española. Y sin embargo, existe.

Wikipedia (https://es.wikipedia.org/wiki/Tangram) sí se refiere a este término:

 “El Tangram (chino七巧板pinyin: qī qiǎo bǎn; “siete tableros de astucia”, haciendo referencia a las cualidades que el juego requiere) es un juego chino muy antiguo, que consiste en formar siluetas de figuras con las siete piezas dadas sin solaparlas. Las 7 piezas, llamadas “Tans”, son las siguientes:

triángulos, dos construidos con la diagonal principal del mismo tamaño, los dos pequeños de la franja central también son del mismo tamaño.

Normalmente los “Tans” se guardan formando un cuadrado”.

La reciente entrada en vigor de las leyes 39 y 40 de 2015: el 2/X/2016 de una parte importante, y en diferido en un par de años más, entre otros aspectos, como siempre el último de la fila, el Archivo (Electrónico Unico), impone un nuevo escenario normativo al que adecuar –sí o sí- la actuación administrativa a través de la cual los legítimos representantes de las entidades locales deben ejecutar las competencias que la Constitución y las leyes les atribuye.

El innovador y exigente marco normativo (por una vez el legislador se ha adelantado a la realidad social a que atiende y sirve, demos gracias por ello y quítese los manguitos el empleado público que aun los tenga…) impone novedosas técnicas y herramientas tecnológicas que redefinen la actividad administrativa tal y como la veníamos concibiendo durante décadas, desde la óptica del procedimiento administrativo y, por tanto, exigen una adaptación al cambio por todos los actores que intervienen en el ámbito de su producción, tanto en la cadena de montaje (expediente administrativo electrónico)como en su estocaje (-este vocablo sí existe en el D.L.E. – http://dle.rae.es/?id=Gu1umDT–, Archivo Electrónico Único).

Esta adaptación va necesariamente vinculada al conocimiento, el cual requiere además de medios, formación –integral, sectorial y programada-. Las soluciones autodidactas, el voluntarismo aislado o los experimentos y ocurrencias, aun basados en la buena voluntad, no parecen estrategia adecuada ni suficiente. 

Sólo el que disponga de aquél, y desarrolle esa aptitud en un contexto de actitud propicia al cambio podrá –inasequible al desaliento- no perecer en el intento o quedarse en el camino. Nos ceñimos, aquí, al ámbito de los empleados públicos locales, y especialmente a los habilitados nacionales, llamados a ser, por vocación y por futuro, por formación, profesionalidad, independencia, rigor, y también por ley,

Hoja de ruta desde 2007
Y no será porque no estábamos avisados: ya en 2007, una Ley con el ordinal 11 (de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos), hoy derogada –pero poco…– imponía unos ítems para establecer Hojas de Ruta hacia el nuevo modelo de administraciones públicas, en un contexto de modernidad impuesto por Bruselas de forma decidida para todos sus Socios. Parámetros que imponían unos deberes concretos, en materia de seguridad, interoperabilidad, protección de datos o transparencia y que, de haberse cumplido, debían haber allanado el campo para la implementación de los deseos del legislador básico estatal de 2015. No es momento de cifras, excusas o lamentaciones. La realidad es la que es.
Las exigencias de las leyes 39 y 40 constituyen, pues,  una suerte de puzle, tangram o incluso rompecabezas, según el estadio en que se encuentre cada administración afectada, a cuyo efecto, bien pueden servir, según los casos, cualquiera de las tres acepciones del término (DLE):

m. Juego que consiste en componer determinada figura combinando cierto número de pedazos de madera o cartón, en cada uno de los cuales hay una parte de la figura.

m. coloq. Problema o acertijo de difícil solución.

m. Arma ofensiva compuesta de dos bolas de hierro o plomo sujetas a los extremos de un mango corto y flexible..

Estamos, en todo caso, ante piezas que hay que encajar y armar, de forma armónica (en un puzle no pueden sobrar ni faltar piezas), para configurar ese cuadrado en que se plasman, adecuadamente colocados, las distintas formas que lo componen. En otras palabras: losinputs en la cadena de montaje administrativa (electrónica, art 36 de la ley 39) deben concluir en el producto (mediante actos y acuerdos) que constituye la base del objeto de negocio de las EELL para con sus ciudadanos, a los que representan: la prestación de los servicios públicos de su competencia. Y lo debe ser, precisamente, a través de ese peculiaroutput en que se plasma el procedimiento administrativo a través de la única forma en que es posible: el expediente electrónico, como sin ambages impone el art. 70 de la Ley 39.

Habrá que conjugar, pues, legalidad –formal y material-, procedimiento (electrónico), tecnología, organización interna, cambio de cultura, formación, fehaciencia (tampoco aparece este término en el D.L.E., podríamos referirnos a  “certeza”, “veracidad”, aunque digamos, mejor, para entendernos, “fe pública”), integridad, interoperabilidad, seguridad, perdurabilidad o gestión documental (electrónica)  y cómo no, transparencia, todo ello para poner en funcionamiento este tangram digital cuyas piezas han sido esparcidas encima de la mesa de juego (administrativo-electrónico) y los empleados públicos locales hemos de colocar en su sitio.

* Lorenzo Pérez es Habilitado nacional en distintas subescalas. Actualmente desempeña el puesto de Secretario General del Pleno en el Ayuntamiento de Gandía. También es Abogado de la Generalitat Valenciana y Técnico Superior (excedente en ambos cuerpos). Es autor de diversas publicaciones, principalmente en materia de Derecho Administrativo local, Administración Electrónica y Modernización administrativa.

sábado, 22 de octubre de 2016

Daniel Iborra: Una propuesta para mejorar la calidad de nuestros dirigentes políticos

"Un Estado no puede ser eficiente si sus dirigentes no lo son". "El problema del político no es lo que cobra sino el daño que hace a la sociedad cuando es un incompetente"

Por Daniel Iborra. Blog Hay DerechoEn anteriores artículos,  hemos venido reiterando ideas que consideramos básicas: La competitividad del Estado dependerá de la relación entre el coste fiscal y la calidad del salario en especie    (servicios y prestaciones sociales) que proporciona a sus ciudadanos.

Un estado  ineficiente es el que descuida la calidad de su sistema productivo en todas sus bases ( educación, costes energéticos, sistemas de contratación laboral, promoción empresarial….) que es el fundamento de la riqueza nacional, del empleo y del sistema de protección social, el que se apropia de los recursos que tiene en administración, desviándolos a intereses partidistas y hasta personales y el que descuida la calidad  y los costos en la gestión de los servicios y prestaciones sociales.

Y para ello es esencial la competencia del gestor público, la calidad técnica de su equipo y la elaboración de un programa serio y solvente, dirigido al bien común y no a ganar las elecciones. Un Estado no puede ser eficiente si sus dirigentes no lo son.

De ahí que el problema del político no es lo que cobra sino el daño que hace a la sociedad cuando es un incompetente. La incompetencia histórica de nuestros dirigentes es la responsable de nuestra gran crisis económica y financiera y uno de los mayores problemas de nuestra democracia es el progresivo deterioro del nivel de nuestros políticos “.

En mi revisión que estoy haciendo de la prensa del período  2010/2 he encontrado este artículo Las elecciones catalanas del día 28” , de Joaquim Muns en La Vanguardia ( 14.11.10) del que os entresaco lo siguiente :

 “Es el momento de dejar de lado la manoseada retórica partidista que ya prácticamente no significan nada -derechas, izquierdas, progresistas, etc.- y prestar especial atención a la categoría intelectual y a la experiencia de los candidatos.

Escaso nivel de nuestros políticos
En nuestra sociedad se está produciendo un fenómeno lamentable y paradójico. Me refiero al continuo descenso del nivel de preparación de nuestros políticos en el preciso momento en que la gestión pública deviene más compleja y exigente.

La evolución cultural, social y económica de los últimos años a todos los niveles es vertiginosa. La crisis económica global que el mundo padece desde hace tres años, fruto de los desajustes y tensiones que produce este proceso acelerado de cambio, tiene dos consecuencias que, como electores, deberíamos tener en cuenta. Por un lado, la relativización de los programas electorales. 

Cada vez es más difícil que éstos puedan seguir la aceleración de la realidad. En segundo lugar y como corolario de ello, la competencia y la experiencia de los dirigentes pasan a ser la mejor garantía para afrontar con esperanza razonable de éxito las consecuencias de los problemas y crisis que nos han sacudido y que, desgraciada pero inevitablemente, seguirán azotándonos durante mucho tiempo.

El progreso de las naciones depende de muchos factores, pero creo que la experiencia de los últimos años está demostrando el creciente protagonismo de los líderes políticos bien preparados.

El caso de China es paradigmático. Aunque se comenta poco, el gran despegue de este país coincide con la llegada al poder de una clase política joven y muy preparada, en contraste con la gerontocracia forjada exclusivamente en las luchas internas del Partido Comunista que gobernó el país hasta los años ochenta. En la actualidad, tanto el Presidente Hu Jintao como el primer ministro Wen Jiabao son ingenieros; el primero especializado en temas hidráulicos y el segundo en geología.

Si nos desplazamos a la otra gran potencia emergente asiática, India, comprobamos con admiración que su primer ministro, Manmohan Singh, es graduado por las Universidades de Panjab, Cambridge y Oxford, con un doctorado en esta última. Si saltamos de continente a otro país que, como hemos podido comprobar recientemente, está haciendo las cosas muy bien, Chile, descubrimos que su presidente, Sebastián Piñera, es doctor por la Universidad de Harvard. No creo que se trate de casualidades; es más, cuesta encontrar un líder de un país serio y dinámico sin un título universitario.

Pero si los ciudadanos elevamos el grado de exigencia respecto a la preparación, competencia y experiencia de los gobernantes que elegimos y no nos dejamos deslumbrar por la cada vez más hueca retórica electoralista, podemos convertir las elecciones del día 28 en un punto y aparte.”

Meritocracia
Creo que es un buen momento para iniciar una reflexión  sobre lo que tenemos que hacer para integrar  a la gente más válida a la política.

Ya que, si ante los graves problemas económicos y sociales  descargamos nuestra ira en los que hemos escogido y les insultamos indiscriminadamente sin valorarles su dedicación personal, que en muchos casos es desproporcionada, les retiramos la compensación económica que corresponde a su verdadera valía y ocupación y les exigimos tanta responsabilidad ¿Estamos seguros que estamos allanando el camino para que en el futuro se dediquen a la política los mejores? ¿No nos estaremos equivocando nuevamente?

viernes, 21 de octubre de 2016

Novedad editorial CEMCI: Ciudadanía y redes sociales. Estrategias de comunicación para instituciones públicas

Novedad: Ciudadanía y redes sociales. Estrategias de comunicación para instituciones públicas, de Pablo Calero García. 80 págs. 18 €. Leer primeras páginas

Cemci.- Sinópsis.-Los nuevos medios sociales han revolucionado por completo la forma de comunicar en las instituciones públicas. Las redes sociales, especialmente, han abierto nuevos canales con los usuarios que han obligado a las administraciones a adaptar sus estrategias a estos nuevos espacios en los que los ciudadanos tienen un peso muy importante. Millones de personas hablan, discuten y actúan cada día en las redes sociales. Y las instituciones públicas deben estar presentes y saber gestionar, además, su presencia en ellas.

Este manual ofrece los conocimientos y herramientas necesarios para desarrollar una comunicación eficiente entre las instituciones públicas y la ciudadanía a través de las redes sociales. Mediante un análisis exhaustivo de este nuevo escenario, el presente libro ofrece las claves para entender la importancia de comunicar bien y exprimir al máximo las posibilidades que internet brinda en la difusión de la información.

Conexión con los ciudadanos 
Los contenidos del libro permiten conocer, de una manera muy práctica, cómo están presentes las administraciones en estos nuevos espacios y los objetivos que persiguen. A través de un repaso por el panorama actual, se puede comprender por qué es tan necesario trabajar bien la conexión con los ciudadanos y utilizar los mecanismos apropiados.

En definitiva, se trata de un conjunto de recomendaciones útiles para la labor diaria de quienes gestionan los perfiles y que en ningún caso tiene un carácter normativo: son fruto de la experiencia en la gestión de la comunicación online de instituciones de diferente tipo.

Índice:
Presentación
Introducción

CAPÍTULO I. Introducción a las redes sociales
1.- Una nueva forma de comunicación
2.- Las redes sociales en la administración pública. Cómo y por qué estar presente

CAPÍTULO II. Estrategias
1.- Cómo actuar en las redes sociales
2.- Buenas prácticas. Qué hacer y qué no hacer
3.- Redacción
4.- Contenidos

CAPÍTULO III. Habilidades
1.- Facebook
2.- Twitter
3.- Moderación de comentarios
4.- Gestión de crisis

CAPÍTULO IV. La función del gestor de comunidades
1.- Tareas.
2.- Herramientas

jueves, 20 de octubre de 2016

El fantasmal Reglamento disciplinario de 1986

"Me temo que es un buen asunto para que la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo estrene el flamante y recién estrenado recurso de casación"

Por José R. Chaves. Blog delaJusticia.com.- El Reglamento de Régimen Disciplinario de la administración del Estado, aprobado por R.D.33/1986, de 10 de Enero recoge el procedimiento y tipificación de faltas disciplinarias en muy graves, graves y leves, dándose la paradoja de que el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) solo tipifica las muy graves (con silencio respecto de menos graves y leves), aunque declara el principio de reserva legal.

Ante esta situación sigue manteniendo actualidad la alarmante situación de un importantísimo Reglamento cuyo ámbito natural de aplicación y destinatarios es el de la administración del estado y administración local, junto funcionarios de entes dependientes de los mismos, sin olvidar su aplicación supletoria para la administración autonómica.

Sin embargo, existe y subsiste la división de criterios de las Salas de los Tribunales Superiores de Justicia sobre una cuestión crucial que brotó hace seis años y todavía no se ha solventado ( momento en que comenté el caso y 
mi particular opinión bajo el título “muerte y resurrección del reglamento disciplinario estatal”).

Derogación 
Se trata nada más ni nada menos de la cuestión de si la tipificación de faltas graves y leves del reglamento disciplinario ha sido derogada por el EBEP con el consiguiente vacío legal, o si por el contrario subsiste vigente hasta que en el futuro se establezcan otras diferentes por norma con rango de ley. La primera tesis ( derogación) es la que mantiene la Sala de lo contencioso-administrativo de Valencia, pudiendo citar la reciente Sentencia de de 5 de Julio de 2016 (rec.305/2013), y la segunda tesis -mayoritariamente seguida por las restantes Salas- es la que mantiene por ejemplo, la Sala de lo contencioso-administrativo de Madrid, pudiendo citar la reciente Sentencia de 4 de Marzo de 2016(rec.643/2015)

Ambas posiciones judiciales están seriamente razonadas, pero de seguirse la tesis derogatoria no podrán imponerse sanciones por infracciones graves y leves hasta que una ley formal las tipifique ( lo que con la fortaleza del gobierno que vivimos, es poco menos que un utopía), y de seguirse la tesis de su vigencia, tales sanciones contarán con amparo legal.

Creo que estamos ante una situación que merece pronta resolución y dado que no parece que se apruebe una ley formal estatal a corto plazo solucionando del problema, me temo que es un buen asunto para que la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo estrene el flamante y recién estrenado recurso de casación  y aprecie “interés casacional” porque si no lo tiene esta cuestión en que se trata de una pura cuestión jurídica de inmensa importancia, no sé cual la puede tener.



miércoles, 19 de octubre de 2016

La escuela de negocios Esade y la consultora Pwc crean un observatorio para mejorar el sector público

Otra noticia de interés: INAP.  Los días 20 y 21 de octubre de se celebrará en el INAP el “IV Congreso sobre innovación tecnológica y Administración Pública”. Ver programa


Revista de prensa. La Vanguardia.- La escuela de negocios Esade y la consultora Pwc  han firmado un acuerdo para poner en marcha un Observatorio del Sector Público que impulsará la transformación de la administración y de las empresas públicas mediante la formación y la investigación, informó hoy Esade.
La empresas públicas también estarán en el radar del nuevo Observatorio
La firma del acuerdo ha contado con la participación del director general adjunto de Esade, Francisco Longo, y del presidente de la Fundación PwC, Jesús Díaz de la Hoz.

Tres áreas

El Observatorio del Sector Público Esade-PwC se estructura en tres grandes pilares: la formación de profesionales que trabajen en el sector público o se relacionen con las instituciones; el impulso de debates sobre lo público; y la generación de conocimiento que permita mejorar el funcionamiento de las organizaciones públicas.

martes, 18 de octubre de 2016

Varapalo judicial a las políticas sobre el empleo público español: cambios ineludibles en la oferta de empleo público y en los abusos en la interinidad

El TJUE afea  la conducta a nuestro país, en el que todas las AA.PP han impulsado el crecimiento del número de empleados interinos


Por Antonio Serrano Blog Hay Derecho. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con fecha 14 de septiembre de 2016, acaba de dictar tres sentencias, sobre otras tantas cuestiones prejudiciales planteadas por órganos jurisdiccionales españoles, interpretando, desde la primacía del derecho comunitario, la Directiva 1999/70/CE, sobre el trabajo de duración determinada y el Acuerdo marco que figura como anexo a la misma.

Alguna de estas sentencias ha tenido mucha repercusión mediática, pero su impacto no se ha calibrado suficientemente desde el punto de vista del varapalo que suponen al modelo de empleo público español, que va a hacer tambalear los endebles cimientos sobre los que está construido y que obliga a un cambio radical en las políticas seguidas hasta ahora, provocadoras de un inasumible nivel de interinidad, justificado hasta ahora en la falacia de la estabilidad presupuestaria.

En la primera de las sentencias (asunto Ana de Diego Porras y Ministerio de Defensa), de acuerdo con el derecho español el interino hasta ahora no tenía derecho a indemnización cuando el titular de la plaza se reincorporaba, pero el TJUE sienta la doctrina de que procede indemnizar también en este caso y que es discriminatorio denegar indemnización por finalización de contrato al trabajador con contrato de interinidad, mientras que sí se contempla para trabajadores fijos comparables (como sabemos, 20 días de salario por año, o 12 días de salario por año para los trabajadores de duración determinada).
En la segunda de las sentencias (asunto María Elena Pérez López y Servicio Madrileño de Salud (Comunidad de Madrid), ante sucesivos contratos en el sector de la sanidad pública, como continuación a la doctrina sentada en 2014, en la condena a Italia, en el caso Mascolo, declara que no hay razones objetivas para el empleo temporal -cuando las necesidades son permanentes y estables- y para que no se creen puestos estructurales.
En la tercera de estas sentencias (asunto Florentina Martínez Andrés y Servicio Vasco de Salud, y Juan Carlos Castrejana López y Ayuntamiento de Vitoria), el TJUE declara que se ha de reconocer al personal con vínculo administrativo, con abusos en la temporalidad, la misma situación que en el caso de los laborales indefinidos no fijos.
Altas tasas de interinidad
¿Qué suponen, en concreto, estas sentencias para el empleo público español, cuyas tasas de interinidad son insoportables? En primer lugar, que si los laborales interinos de la Administración deben ser indemnizados, también deben serlo los funcionarios interinos cuando se cubren reglamentariamente sus puestos, porque se produciría una discriminación sin base objetiva en trabajos comparables. Asimismo, que los tribunales españoles están obligados a crear un tertium genus de funcionario interino, a imagen de lo que el Tribunal Supremo hizo con el personal laboral indefinido pero no fijo, y que luego tuvo reflejo legal en el EBEP, ante los abusos en el empleo interino, blindando su puesto hasta que se provea reglamentariamente su plaza, y también con derechos indemnizatorios.
Pero hay que destacar, sobre todo, que de la doctrina del TJUE se desprende que estamos ante una enmienda a la totalidad a las políticas impulsadas por las diferentes leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado que, con la excusa de la estabilidad presupuestaria, han propiciado el aumento del empleo precario en las Administraciones Públicas españolas, para plazas estructurales, impidiendo el acceso de funcionarios de carrera, que habrían accedido de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, y que podrían haber ejercido sus cometidos con objetividad, imparcialidad e independencia, como ordena nuestra Constitución.
En su lugar, se ha generado un ejército de nuevos cesantes, volviendo a las prácticas clientelares decimonónicas, y así las restricciones a la oferta de empleo público, amparadas en las leyes anuales de presupuestos generales del Estado, han estado al servicio de una de las épocas más oscuras del empleo público.
Es desolador el panorama del conjunto de la Administración Pública, con una media de edad muy alta, que impide desarrollar las políticas de modernización de los aparatos administrativos, y que, sin bases objetivas, ve como se incrementa cada día que pasa el volumen de empleo precario, en lugar de tener un empleo de calidad, y que tiene sobre sus cabezas la espada de Damocles de la interinidad.
Sorprende que las críticas a los efectos de la reforma laboral en el ámbito privado, sin embargo, no se trasladen al ámbito público, en el que poco parecen importar los cientos de miles de empleados públicos interinos, que además suponen un mayor coste, frente a lo que se dice de contención del gasto, porque se debe cotizar por desempleo y porque ahora habrá, además, que indemnizar de acuerdo con la nueva jurisprudencia europea, y también con la de la sala de lo social del Tribunal Supremo, que en 2014 ya se pronunció a favor de indemnizar al personal laboral en los supuestos de amortización de plazas cubiertas interinamente o en los casos de provisiones reglamentarias de plazas.
Con complacencia sindical
El TJUE afea con ello la conducta a nuestro país, en el que, salvo algunas sentencias favorables, recaídas en recursos promovidos por la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, el gobierno estatal, la práctica generalidad de los gobiernos autonómicos y locales, muchas veces con la complacencia de los representantes sindicales, y con olvido de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, han impulsado el crecimiento del número de empleados interinos, bendiciendo unas ofertas de empleo público absolutamente vergonzosas, con la rechazable técnica de las tasas de reposición a su servicio.
Como ya dijo el TJUE, en la condena a Italia, en el caso Mascolo, Napolitano y otros, en sentencia de 26 de noviembre de 2014, no valen las excusas presupuestarias. ¿Y quién responde de ello ahora? Naturalmente seremos el conjunto de los españoles por unos gestores políticos incompetentes.
Afortunadamente, ahora hay una obligación de inaplicar las leyes de Presupuestos Generales del Estado, cuya oferta de empleo público no se ajuste a la clara doctrina comunitaria, con base en estas sentencias y en la primacía del Derecho de la Unión, tanto por parte de los órganos de las Administraciones Públicas como de los órganos jurisdiccionales, y si estos tienen dudas deberán plantear obligadamente una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Se ha abierto al fin un camino imparable.


lunes, 17 de octubre de 2016

La compleja sostenibilidad económica de la Administración pública del Futuro

"La economía colaborativa que si posea capacidad de generar negocio económico va a ser difícil de imponerle una elevada fiscalidad"

Carles Ramió. Blog EsPúblico.- La Administración pública de las próximas décadas va a vivir en una  compleja situación que pone totalmente en duda su sostenibilidad económica. Va a estar estrangulada por una pinza ya que, por una parte, se puede vaticinar una caída importante en sus ingresos fiscales y, por otra parte, un incremento enorme de su gasto ante las nuevas necesidades de los ciudadanos ocasionado por su envejecimiento.

En la vertiente de la reducción de los ingresos fiscales del sistema público es sencillo hacerse una idea ya que este proceso ya se ha iniciado con la reciente crisis económica de 2008. Los motivos para predecir en las próximas décadas una menor recaudación fiscal son: por una parte, la tendencia a una mayor polarización social entre un pequeño porcentaje que goza de una gran riqueza y un gran porcentaje sumido en la pobreza, con la destrucción de buena parte de la clase media de los países desarrollados, que es una tenencia inexorable del actual modelo capitalista que nadie sabe como revertir aunque casi todo el mundo lo considere indeseable.  Un informe de la OCDE sobre el futuro económico y social de los próximos 50 años  ofrece un panorama dantesco cuando especula como serán las ciudades desarrolladas del futuro (por ejemplo Los Ángeles) que se parecerán a la actual Manila, con rascacielos protegidos policialmente rodeados de enormes barriadas totalmente miserables. 

Escenarios sombríos
Por otra parte, según el mismo informe,  el crecimiento mundial se ralentizará hasta niveles del 2,7% anual por los efectos de la progresiva nivelación del mundo en vías de desarrollo con el mundo desarrollado. Si a estos dos escenarios le añadimos el nacimiento de una nueva economía (la economía colaborativa) el marco, sobre los futuros ingresos de los sistemas públicos, es muy sombrío:

-La concentración de la riqueza en unas pocas personas jurídicas (grandes multinacionales) y personas físicas implica unos bajísimos ingresos fiscales por la capacidad de estas grandes fortunas globales de mover su capital y escaparse de los sistemas fiscales nacionales.

-La cada vez más enorme base social de personas que viven en un modelo precario de mera subsistencia también genera un escenario de bajísimos ingresos fiscales. La clase media irá desapareciendo tanto por la lógica económica como por la insoportable presión fiscal que les habrán impuesto los Estados para resistir económicamente durante unos años. Entre unos y otros habrán matado a las gallinas sociales de los huevos de oro.

-Buena parte de la nueva economía colaborativa va a operar de forma gratuita sin posibilidad de aplicarle impuestos. La economía colaborativa que si posea capacidad de generar negocio económico va a ser difícil de imponerle una elevada fiscalidad.

Las soluciones a este panorama son evidentes: pasar de una fiscalidad sobre la renta a una fiscalidad sobre el consumo aunque en una situación de contracción económica tampoco se resuelve gran cosa. La opción más clara es la que sugiere Piketty (2014) que consiste en gravar la riqueza en vez de la renta. El problema es que para que esta opción sea posible haría falta avanzar en una gobernanza pública de carácter mundial para evitar la domiciliación de los más ricos en jurisdicciones especializadas. Vine a ser un dilema del prisionero de carácter mundial muy difícil de resolver políticamente.


Pero el peligro para la futura sostenibilidad económica de las administraciones públicas también tiene abierto el frente de los gastos que en los países desarrollados van a incrementar de manera espectacular. No hay que usar mucho la imaginación en este caso ya que solo mirando la pirámide demográfica cualquiera se puede hacer una idea de la magnitud de la tragedia. Sin algún tipo de acción gubernamental, el cambio demográfico causará estragos en las finanzas públicas. Como es bien sabido el proceso de envejecimiento tiene dos orígenes: en primer lugar, el incremento continuado de la longevidad; y en segundo lugar, el impacto diferido de la explosión del ciclo de fecundidad de la postguerra (en España en los años 60), que está haciendo crecer entre la población el número de ancianos y disminuir el de adultos más jóvenes.  

Standard & Poor´s (2011), la agencia de calificación crediticia, ha elaborado una proyección hasta 2050 para treinta países desarrollados y su pronóstico es desolador. “La presión del envejecimiento sobre los presupuestos se intensificará a partir de 2020. En un país desarrollado típico, el gasto público relacionado con la edad aumentará en torno al 9% del PIB entre 2010 y 2050”

Gasto social en España
En España el gasto en pensiones, atención sanitaria y en cuidados de larga duración para las personas mayores representaba en 2010 el 15% de su PIB, en el 2050 la proyección es que este gasto represente el 27,5% del PIB. Un incremento de más del 12%. El país en una situación más comprometida es Francia que ya está en el 23% (2010) y pasará  al 31%. Muy cerca de Francia están Alemania e Italia. Luego ya viene España. El problema son las pensiones y la atención sanitaria aunque en la mayoría de estos países la salud se erigirá en el mayor culpable. En el caso de España el problema es dual ya que el gasto en pensiones previsto para 2050 es en porcentaje del PIB de los más altos del mundo entre los países de referencia: más alto que Francia, Alemania, Suecia, etc. (solo hay dos países que lo superan en porcentaje de gasto en pensiones: Rusia y Brasil).