miércoles, 30 de agosto de 2023

Se puede obtener copia de los exámenes (preguntas, casos prácticos y respuestas) sin presentarse a la oposición

 "Lo importante es que cualquier persona, haya participado o no en las pruebas selectivas, puede solicitar los exámenes utilizados en las mismas (preguntas, casos prácticos y respuestas) con la finalidad de prepararse correctamente la oposición a la que desea presentarse en un futuro"

Por  MABLANESCLIMENT.- Una persona había solicitado a la entidad pública ADIF, una copia de los exámenes que se pusieron en las últimas oposiciones convocadas, en las que no se había presentado, con la finalidad de «prepararse mejor».

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno le dio la razón al solicitante de la información pública y ADIF presentó un recurso que acaba de ser desestimado por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 2, mediante Sentencia nº 93, de fecha 19/6/2023, que puede ser consultada pinchando aquí.

Varios fueron los motivos expuestos por la entidad ADIF para no facilitar una copia de los exámenes:

a) Interés particular: con la información solicitada no se pretende fiscalizar la actuación de ADIF respecto a la forma en que se han realizado y evaluado los exámenes. El hecho de poder contar con los exámenes para prepararse mejor las oposiciones en un futuro es una finalidad particular o privada que no se encuentra amparada por la Ley 19/2013, de transparencia.

Respecto a este motivo, el Juzgado recuerda que, recientemente, el Tribunal Supremo, en la Sentencia de fecha 12/11/2020 (recurso nº 5239/2019, pinchar aquí), ha declarado que no es necesario que el solicitante justifique los motivos de su petición de acceso a la información pública, ni la concurrencia de un interés privado o particular (en este caso, el objetivo es preparar mejor unas pruebas de acceso a ADIF) supone un motivo para desestimar la solicitud de acceso.

Además, a mayor abundamiento, el Juzgado destaca que «no falta el interés público en la información solicitada, pues permite conocer los procesos de evaluación de acceso al empleo público (con sus preguntas y sus respuestas) y, en particular, si son o no correctos. A la postre, ello redunda en una mayor confianza de los ciudadanos en el sistema de selección de los empleados públicos y de su ajuste a los principios constitucionales de mérito y capacidad».

b) Falta de legitimación para pedir la información: la entidad ADIF manifiesta que únicamente los participantes en un proceso de selección en una convocatoria pública de ingreso son quienes pueden obtener una copia de los exámenes. La persona que solicita la información no participó en ninguno de los procesos selectivos en los que se utilizaron dichos exámenes.

El Juzgador considera que dicha restricción de la legitimación no se puede justificar al amparo de la Ley 19/2013, de transparencia, ya que no se contempla en la misma esta limitación. Los exámenes son información pública y cualquier persona puede solicitar dicha información, haya participado o no en los procesos selectivos.

c) Posicionamiento ventajoso de la persona solicitante: ADIF afirma que si se facilita una copia de los exámenes, dicha persona se colocaría en una situación de ventaja respecto a otros participantes que no tuvieran dichos exámenes, por lo que se vulneraría el derecho fundamental a acceder a la función pública en condiciones de igualdad (artículo 23 de la Constitución Española).

Sin embargo, el Juzgado rechaza este motivo de oposición razonando que «nada impide que otros aspirantes puedan acceder igualmente a dichos exámenes. Lo único que denota la solicitud es que la persona es avispada y diligente a la hora de intentar prepararse para las pruebas. Y debería cundir el ejemplo con su forma de actuar».

La entidad ADIF explica que si la persona solicitante tiene las respuestas, las podría memorizar y superar el test de conocimientos, sin asegurarse que domina el temario exigido.

A este motivo, el Juzgado responde con contundencia preguntándose lo siguiente: «¿Quizás es que no varían los test de una oposición a otra? Si las pruebas fueran idénticas una tras otra convocatoria, estaríamos hablando de una supina negligencia de ADIF y no de un abuso de la solicitante».

d) Precedentes contrarios del propio Consejo de Transparencia: la entidad ADIF indica que el propio Consejo de Transparencia, en otras resoluciones anteriores a la recurrida, ha negado el derecho de acceso a los exámenes a las personas que no han participado en los procesos selectivos, de manera que el Consejo de Transparencia está vinculado por sus propios actos y no puede cambiar su criterio.

El Juzgado responde que, si el Consejo de Transparencia, ante dos casos idénticos, hubiera dictado resoluciones diferentes, únicamente cabría reprochárselo «si no hubiera razonado el cambio de criterio».

Finaliza el Juzgado su Sentencia recordando que no está vinculado por otras sentencias dictadas por los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, ni tampoco por otras sentencias del mismo Juzgado si hubieran sido dictadas por un Juzgador diferente.

En definitiva, lo importante es que cualquier persona, haya participado o no en las pruebas selectivas, puede solicitar los exámenes utilizados en las mismas (preguntas, casos prácticos y respuestas) con la finalidad de prepararse correctamente la oposición a la que desea presentarse en un futuro. Los exámenes y las plantillas utilizadas son información pública y cualquier ciudadano tiene derecho a solicitar una copia de los mismos.

martes, 29 de agosto de 2023

USO DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL (IA) EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. MAPA INTERACTIVO DE RELACIONES Y CONCEPTOS

 Melián Abogados blog.- Ya te habrás ido dando cuenta de que el uso de la Inteligencia Artificial (IA) incidirá en todas las facetas de la compra pública, transformándola y mejorando eficiencia y automatización.











Como es un lío transmitir todas estas relaciones y conceptos a través exclusivamente de texto, con la herramienta ONODO he creado este mapa interactivo en el que puedes ver el alcance omnicomprensivo que tendrá el uso de la Inteligencia Artificial en la contratación pública.

Naturalmente, la implementación de la Inteligencia Artificial en la contratación pública requiere una inversión significativa en tecnología y formación.

Los funcionarios públicos necesitan entender cómo funciona la IA y cómo interpretar sus resultados. Además, por descontado ya sabéis que como siempre habrá resistencias al cambio.

No soy amigo de los Hype y coincido en parte con quienes creen que no tiene sentido pensar en aprender a volar cuando no somos capaces de dar dos pasos.

Cuando, por ejemplo, sufrimos la racanería de servicios y utilidades de la Plataforma de Contratos del Sector Público o la falta de calidad de los datos de nuestra copta pública… ¿cómo podemos pensar en inteligencia artificial cuando no hemos sido capaces de resolver los problemas de compatibilidad elementales para pensar en un sistema más avanzado?

No obstante, la velocidad de vértigo con la que están evolucionando las aplicaciones de IA hace posible que cada día se necesite menos la mano humana para realizar las tareas intermedias que se requieren para aplicar la inteligencia artificial a, por ejemplo, la compra pública.

No será necesario suplicar para obtener el texto plano de una resolución o la hoja de cálculo de la que se ha obtenido determinada información. Los sistemas de IA son capaces de hacer esas tareas.

Augurio

Para quienes se preparan para resistirse a este cambio, no os molestéis, ¡nos va a pasar a todos por encima!

lunes, 28 de agosto de 2023

Colonización política y deterioro institucional en España

 “Muerta la notabilidad, acceden las medianías” (Mariano José de Larra, “Cuasi pesadilla política”)

Por Rafel Jiménez Asensio. La Mirada Institucional blog.- Preliminar: deterioro institucional y responsabilidades políticas

El enorme deterioro institucional que se está produciendo en nuestro país parece importar a muy pocas personas. Las instituciones nunca han sido apreciadas en España. Múltiples hechos de nuestro curso histórico así lo avalan. Desde el poder político y los propios partidos, las instituciones están siendo cada vez con mayor intensidad objeto de conquista y control, de apropiación partidista grosera. La (mala) política lo infecta todo. Para la ciudadanía, tales actitudes hacen crecer la desconfianza. La confianza es un intangible; muy difícil de construir, muy fácil de perder.

Algo serio ocurre, como ha sido perfectamente descrito por los sociólogos Lamo de Espinosa y Díez Nicolás, cuando el descrédito de los políticos arrastra el fracaso de la propia política, frecuentada en estos momentos por personas que no han hecho otra cosa en la vida (o quienes la hicieron, ya lo han olvidado) que vivir de la política en sus cómodas poltronas públicas giratorias habilitadas al efecto. Así, por ejemplo, los cuatro líderes políticos de las principales formaciones nacionales llevan décadas viviendo de la política; lo mismo puede decirse de casi todos los líderes territoriales. Enchufados al presupuesto que, como dijo mi venerado Galdós, se convierte, así, en “la forma numérica del restaurante nacional” (La desheredada).

Tal como reconociera Emerson, “una institución es la sombra alargada de un hombre”. Si la persona carece en el ejercicio de sus funciones de sentido institucional y obedece en sus actuaciones cotidianas a patrones clientelares o es mera correa de transmisión del partido que le aupó a tales cargos, la erosión de la confianza será inmediata e irreparable. La ciudadanía lo percibe, lo visualiza y se indigna, aunque pronto lo olvide; pues son tantos los desmanes que trabajo cuesta retener lo que se hizo y quién lo hizo. La memoria es frágil, y el periodismo de investigación prácticamente inexistente. Tan solo artículos sesudos de corte académico, que prácticamente nadie lee, se hacen eco de la cada día más acusada degradación institucional. En España la idea fuerza de instituciones sólidas (ODS 16), como premisa del desarrollo sostenible y de la propia Agenda 2030, ha sido tomada por los partidos políticos como una suerte de chirigota.

En efecto, como estudió Rafael Bustos, “las críticas a la democracia española se puedan resumir en la forma defectuosa con que los partidos han desempeñado su papel de intermediación entre los ciudadanos y el ejercicio del poder” (Calidad democrática, Marcial Pons, 2017). Además, a la mediocridad pasmosa de nuestros liderazgos políticos se une ahora la escasa (en algunos casos nula) sensibilidad institucional de nuestros gobernantes y de aquellos que se les oponen. Hugh Heclo ya advirtió que “los fallos institucionales –y la desconfianza que generan- son consecuencia de que las personas no logran estar a la altura de las expectativas que se atribuyen legítimamente a sus puestos de responsabilidad». Así concluía: «Cuando fallan las instituciones, quienes fallan en realidad son seres humanos de carne y hueso, y no unas abstracciones mentales” (Pensar institucionalmente, Paidós, 2010). Si los cargos institucionales son marionetas (como de hecho lo son) de los partidos que les propusieron, habrá que convenir que el mal tiene difícil remedio, por no concluir más tajantemente que no tiene ninguno.

En realidad, el deterioro y degradación institucional que vive España se remonta en el tiempo. Esto es algo que he estudiado en una contribución que se recogerá en un futuro libro (Los dueños del poder. Partidos y crisis institucional en España), una obra conjunta con Jesús López Medel, que esperamos ver pronto editada. Es obvio que ese profundo desgarro institucional procede de una concepción del clientelismo más añejo reconvertido ahora en un poder omnímodo de los partidos políticos en España, que han cerrado el círculo histórico del caciquismo, el amiguismo, el favoritismo y el nepotismo a través de la consagración fáctica de un Estado clientelar de partidos cada día más asfixiante y menos efectivo.

Es imposible entender de otro modo esa lógica perversa de ocupación desenfadada e intensiva de la alta Administración (sea estatal, autonómica o local) por la política de turno, fuente de prebendas sinfín en forma de cargos, empleos, contratos, subvenciones o ayudas a sus potenciales clientes políticos y amigos del poder, empresas «amigas», también de consultoría o despachos profesionales afines o, en fin, a los siempre ansiados votantes potenciales a quienes se pretende «estimular» el voto con generosas partidas de gasto público en la mano. Cada nuevo gobierno (y eso se ha vivido con énfasis devastador en varias comunidades autónomas y gobiernos locales recientemente) comienza a escribir la página de las políticas públicas en una hoja en blanco, con nueva nómina de cargos directivos, que – con excepciones contadas- son amateurs osados de la dirección pública y que muy poco o nada saben de lo que han de gestionar.

Lo mismo ocurre, también con dramáticas consecuencias, cuando de cubrir las instituciones de control del poder se trata, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico. Jesús López Medel en su determinante contribución al libro citado, lleva a cabo un detenido estudio analítico de las trayectorias políticas y ejecutivas de quienes han accedido a tales sinecuras, y deja patente el proceso de profunda politización que han sufrido las instituciones de control del poder en España, especialmente acentuado a partir de las últimas décadas y años. Los partidos actualmente ya solo buscan fieles lacayos, y ello conforta a sus beneficiarios con una especie de aurea mediocritas de la que se pavonean frotándose los ojos, que necesariamente impacta en sus desempeños institucionales respectivos; cargos por los que cobrarán un estipendio bastante superior al del presidente del Gobierno. Poltronas de oro y muy ansiadas. En una significativa parte, los designados son personas inapropiadas para ocupar tales cargos institucionales, pues a su condición resultan ajenas las notas de imparcialidad y profesionalidad que deben ser dominantes en esos cargos institucionales, y esto muestra la baja calidad de nuestro sistema institucional actual.

“La democracia (no la nuestra precisamente) descansa en el desarrollo de instituciones reflexivas e imparciales” (Pierre Rosanvallon, La Legitimidad democrática, Paidós, 2010). En efecto, difícilmente podrán llegar a ser imparciales en el ejercicio de un cargo público de control quienes en su vida profesional, institucional o política anterior no lo han sido nunca. Y según señaló también el magistral ensayista francés, «si la imparcialidad es una cualidad y no un estatus (…) se debe construir y validar permanentemente (y) la legitimidad por la imparcialidad debe ser incesantemente conquistada».  Convendría no olvidar esas premisas conceptuales y, al menos, no designar para tales cargos institucionales a políticos, ex altos cargos, militantes de partidos o a quienes ya han desempeñado otros cargos de elección o designación política en las administraciones públicas o en otras instituciones. Esta regla, hoy en día, es casi la excepción.

(*) Esta entrada se articula en dos capas. El lector interesado, tras el aperitivo preliminar, puede adentrarse en la segunda capa, más extensa donde se recogen y analizan algunos recientes textos que tienen por objeto el estado actual de las instituciones en España (Informe sobre el Estado de Derecho 2023 de la Comisión Europea, el libro España. Democracia menguante y el Manifiesto por la mejora institucional de la Fundación Hay Derecho) y que, por tanto, tal lectura requiere atención e interés sobre un tema que, a nuestro juicio (nunca imparcial), lo tiene. Pero es muy libre el lector de quedarse en el telegráfico resumen o entrar en su zona mollar.

PARA LEER MÁShttps://wordpress.com/page/rafaeljimenezasensio.com/6638

sábado, 26 de agosto de 2023

Contratación de actuaciones artísticas: algunas más originales y específicas que otras

 "La doctrina ha manifestado reiteradamente que no puede considerarse suficiente la existencia de una declaración responsable o un certificado de exclusividad emitido por la propia empresa, sino que es necesario que el órgano de contratación justifique y acredite dicha exclusividad"

MPBATET. La Parte Contratante... blog. Las Administraciones públicas han de contratar en muchas ocasiones actuaciones de artistas, grupos, bandas de música, orquestas, toros, espectáculos pirotécnicos, etc., que particularmente se realizan en la época estival, y no siempre es posible contratar sin licitación pública.

La legislación contractual, permite la utilización del procedimiento negociado sin publicidad por razones artísticas. Se podrá aplicar el artículo 168 2º LCSP, siempre que exista un solo empresario al que pueda encomendarse la ejecución de la prestación, siendo motivo indirecto y remoto el que ello sea debido a su especificidad técnica, artística o por motivos relacionados con la protección de derechos de exclusiva” (Informe 52/06 JCCA).

Es evidente que es posible utilizar el procedimiento negociado sin publicidad por razones artísticas cuando se ha de contratar a ciertos cantantes o grupos musicales que interpretan sus propias creaciones.

En estos casos, la contratación de las interpretaciones artísticas, se podrán realizar con los representantes de los artistas sin que ello altere el régimen jurídico del contrato. Sin embargo, debe quedar suficientemente justificado en el expediente que “además del carácter exclusivo de la actuación, esta deba realizarse necesariamente en el día y en el ámbito para el que se dispone la exclusiva” (Informe 8/2023 JCCA).

Igualmente, hay que tener en cuenta, que no podrán añadirse otras prestaciones adicionales a la actuación artística salvo que resulten imprescindibles para el desarrollo de la misma de una determinada forma y manera (Informe 8/2023 JCCA ). El resto de prestaciones que formen parte del espectáculo, deberán licitarse con publicidad y concurrencia.

Pero, ¿qué pasa con las actuaciones como las orquestas, bandas de música o espectáculos pirotécnicos?.

En estos casos, la situación se complica. La prestación ofrecida por una orquesta puede tener diferente naturaleza según los casos. Es posible que se trate de una actuación investida de un alto grado de originalidad y especialidad en su interpretación, de tal modo que no sea posible encomendarla a otra contratista, entonces se podrá acudir al artículo 168 2º LCSP (Informe 72/2021 JCCA). Pero, en otro caso, habrá que promover una licitación pública.

Igualmente, para utilizar el procedimiento negociado sin publicidad por razones artísticas en relación con las actuaciones de las bandas de música, se exige que las actuaciones tengan ese carácter de interpretaciones artísticas únicas. Desde luego, no es posible justificar que dichos servicios solo pueden ser encomendados a la banda de música preexistente en el municipio (Informe 1/2020 JCCA). 

Y es que la adjudicación de los contratos debe realizarse de forma ordinaria utilizando el procedimiento abierto o restringido, por lo que el empleo del procedimiento negociado sin publicidad por concurrir el supuesto del artículo 168 a) 2º LCSP, reviste un carácter excepcional, procediendo cuando es imposible promover la concurrencia porque existen razones técnicas, artísticas o de protección de derechos de exclusiva que comportan que solo una única empresa pueda ejecutar el contrato. 

El procedimiento negociado sin publicidad por razones artísticas debe ser objeto de una interpretación restrictiva. Su aplicación está sujeta a dos requisitos acumulativos, por una parte, que existan razones técnicas, artísticas o de derechos de exclusividad y, por otra parte, que esas razones hagan «absolutamente necesaria» la adjudicación del contrato a una empresa determinada. (TARC de la Junta de Andalucía, en la Resolución 104/2018).

La doctrina ha manifestado reiteradamente que no puede considerarse suficiente la existencia de una declaración responsable o un certificado de exclusividad emitido por la propia empresa, sino que es necesario que el órgano de contratación justifique y acredite dicha exclusividad. La acreditación de las razones de exclusividad, puede realizarse mediante un informe técnico en el que se ofrezcan argumentos suficientes como para considerar motivada la concurrencia de una sola empresa (Informe 23/10 JCCA, Informe 2/2020 JCCA de Canarias). 

Difícilmente un espectáculo pirotécnico cuente con un derecho de autor; tampoco una orquesta o una banda de música tendrán registrado un espectáculo concreto. Por ello, la exclusividad en estos casos, habrá que realizarla a través un informe técnico sobre el grado de originalidad del espectáculo, si es que realmente goza de ese carácter. 

Entiendo que también en la adquisición de toros, si se quiere tramitar un contrato negociado por especificidad, se deberá justificar la singularidad de los toros de determinada ganadería, es decir, si son de superior calidad, bravura, etc.

Por último, conviene indicar que aunque es posible que las actuaciones artísticas tengan una cuantía que permita la utilización del contrato menor, la reiteración de contrataciones menores año tras año, siempre que la contratación sea previsible y que las actuaciones tengan una similar naturaleza, elude los principios de la contratación pública y, por lo tanto, debe tramitarse un procedimiento de adjudicación con todas las garantías de publicidad, transparencia, libre acceso y libre concurrencia (Informe 2/2022 JCCA Valenciana)

viernes, 25 de agosto de 2023

Fiscalización de los planes antifraude aprobados por las Entidades Locales

"La participación en la ejecución del PRTR ha supuesto para las EELL la necesidad de disponer de medidas destinadas a la lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos de interés con las que la mayoría no contaban antes de la entrada en vigor de la Orden HFP/1030/2021"

Por Antonio Arias. Fiscalización.es blog.- El Tribunal de Cuentas de España ha hecho público un interesante y esperado informe de fiscalización (horizontal, de cumplimiento y operativa) para verificar si las entidades ejecutoras de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) han dispuesto de los planes de medidas antifraude (PMA) previstos en la normativa aplicable así como valorando los sistemas y procedimientos adoptados por las entidades para su aprobación, implantación y seguimiento, en relación con los cuatro elementos clave del «ciclo antifraude», esto es, la prevención, la detección, la corrección y la persecución.

Esta actuación se ha realizado de forma coordinada entre el Tribunal de Cuentas y los Órganos de Control Externo de las comunidades autónomas y sobre una muestra de 214 EELL de todo el territorio nacional adjudicatarias de recursos del MRR entre el 1 de octubre de 2021 y el 31 de marzo de 2022. La Administración de las CCAA tuvo ya su propio informe horizontal.

Cada órgano de control ha llevado a cabo la actuación sobre las entidades del ámbito territorial en el que desarrolla su competencia fiscalizadora y el Tribunal de Cuentas la ha efectuado sobre las de las comunidades autónomas sin órgano de control externo (Cantabria, Castilla-La Mancha1, Extremadura, La Rioja y Región de Murcia), así como sobre aquéllas en las que dichos órganos no participaron en esta actuación coordinada (Andalucía y Canarias). Veamos un resumen de sus resultados.

Principales conclusiones 

Ausencia de una fuente completa de información que incluyera la totalidad de las convocatorias financiadas con el MRR.

En septiembre de 2022 no existía una fuente de información completa que incluyera la totalidad de las convocatorias de ayudas y subvenciones con cargo al MRR para la ejecución de las medidas contenidas en el PRTR, así como las entidades beneficiarias de dichas convocatorias y los recursos asignados.

Dificultades para las EELL para determinar la obligatoriedad de aprobar un plan antifraude. En algunos casos las EELL tuvieron dificultades a la hora de considerarse o no entidades ejecutoras y, en consecuencia, estar sometidas a la obligación de aprobar un plan antifraude.

La normativa se fue clarificando durante el año 2022 hasta que el Ministerio de Hacienda y Función Pública publicó en marzo de 2023 en su web la obligatoriedad de aprobar un PMA para todas aquellas EELL beneficiarias de alguna subvención financiada con el MRR.

Escasa implantación de una cultura de lucha contra el fraude en las EELL antes de su participación en la ejecución del PRTR.

Poco más de la mitad de las entidades había efectuado a 30 de septiembre de 2022 autoevaluaciones de sus procedimientos para valorar el grado de cumplimiento de los principios de gestión del PRTR en materia antifraude y había previsto su reiteración en el tiempo. No obstante, el 11 % de las entidades que disponían de ellas no previeron su reiteración anual, como exige la Orden HFP/1030/2021.

El elevado número de entidades que no habían llevado a cabo estas autoevaluaciones, así como la reducida puntuación obtenida (el 39 % no alcanzó la mitad de la puntuación máxima, 64 puntos), ponen de manifiesto la escasa implantación de una cultura de lucha contra el fraude en las EELL antes de su participación en la ejecución del PRTR.

La gran mayoría de las entidades aprobó un PMA

El 83 % de las entidades había aprobado un plan antifraude al cierre de los trabajos, 170 entidades, y otro 8 % lo hizo con posterioridad, 17 entidades. No obstante, 56 entidades aprobaron sus planes con retraso respecto del plazo máximo de 90 días establecido en la Orden HFP/1030/2021.

El 9 % de las entidades incumplieron la obligación de aprobar un PMA, los ayuntamientos de Alcúdia, Arapiles, Baiona, Balsareny, Banyeres del Penedés, Bárcena de Campos, Daroca de Rioja, Fuente de Santa Cruz, Fuentesaúco, Higuera la Real, Mogente, Noja, Sahagún, Solana de Rioalmar, Traspinedo y Yeste, la Comarca de Cinca Medio y el Consorci del Bages per la Gestió de Residus.

La mayor parte de las entidades elaboró internamente sus planes.

El 69 % de las entidades desarrollaron los PMA internamente, de acuerdo con las recomendaciones del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Por su parte, el 28 % externalizó con terceros su elaboración, fundamentalmente a través de contratos menores, sin que se hubiera observado una concentración de adjudicatarios en los procedimientos de contratación, y el 3% se adhirió a los planes de otras administraciones públicas, realizando, únicamente, 1 de ellas las necesarias adaptaciones a su estructura organizativa y peculiaridades en la gestión.

Se incurrió en un gasto de casi 750.000 euros para el cumplimiento de las obligaciones en materia antifraude.

El 39 % de las 170 entidades que tenían aprobado un PMA al cierre de los trabajos incurrieron en gastos por importe de 740.960,39 euros, derivados de las contrataciones realizadas y otros instrumentos formalizados tanto para la elaboración de los planes como para el cumplimiento del resto de obligaciones de la Orden HFP/1030/2021.

Escasa implantación de las medidas antifraude contenidas en los planes.

En líneas generales, los PMA aprobados se articularon en torno a los cuatro elementos clave del ciclo antifraude, esto es, la prevención, la detección, la corrección y la persecución.

Sin embargo, la aplicación efectiva de los planes no fue completa, puesto que únicamente el 13 % de las entidades que los habían aprobado había desarrollado al cierre de los trabajos la totalidad de las medidas analizadas en ellos contenidas, los ayuntamientos de Alicante, Ávila, Bilbao, Castelló de la Plana, Donostia-San Sebastián, Ermua, Gijón, Girona, Lalín, Sant Feliu de Guíxols, Tarragona, Torrelavega, Valencia, Valladolid, Vitoria-Gasteiz y Zumarraga; las diputaciones provinciales de Burgos, Cádiz, Palencia, Pontevedra y Valladolid, y la Comarca del Ripollés.

Prevención del fraude: menos de la cuarta parte de las entidades disponía de todas las medidas analizadas.

Únicamente el 20 % de las entidades contaba con todas las medidas de prevención analizadas: habían suscrito declaraciones institucionales que sentaban las bases de sus políticas antifraude, habían constituido comités antifraude, contaban con códigos éticos, habían realizado evaluaciones del riesgo de fraude, disponían de medidas para prevenir los conflictos de interés, habían establecido procedimientos para evitar la doble financiación y se había recibido formación en la materia.

Las medidas más extendidas en las entidades, de mayor a menor grado, fueron:

Detección del fraude: menos de la mitad de las entidades contaba con todas las medidas analizadas.

El 41 % de las entidades contaba con todas las medidas de detección analizadas: consultaban información relevante contenida en bases de datos con el objetivo de poner de relieve potenciales fraudes y conductas irregulares que a priori puedan pasar inadvertidas, habían desarrollado catálogos de indicadores de riesgo de fraude y habían establecido canales de denuncia para informar de las posibles sospechas de fraude por quienes los hubiesen detectado.

Las medidas más extendidas en las entidades, de mayor a menor grado, eran:

10. Corrección y persecución del fraude

El 87 % de las entidades había establecido procedimientos que se activarían con esta finalidad en el supuesto de detectarse un posible fraude o su sospecha fundada.

11. Cumplimiento generalizado en materia de transparencia.

Con carácter general, era en los propios planes donde se establecía la necesidad de que las entidades los publicaran, si bien tres de los ayuntamientos no realizaron tal difusión.

Se observaron algunas deficiencias en relación con la publicación de las declaraciones anuales de bienes y actividades de los representantes locales y de las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables.

Valoración global

El resumen elaborado por el Gabinete de Comunicación del Tribunal destaca del informe que la participación en la ejecución del PRTR ha supuesto para las EELL la necesidad de disponer de medidas destinadas a la lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos de interés con las que la mayoría no contaban antes de la entrada en vigor de la Orden HFP/1030/2021.

Aunque la adaptación a estos requerimientos ha entrañado un importante esfuerzo para la mayoría de las entidades −agravado por las dificultades iniciales a las que se enfrentaron las entidades del sector público local para determinar si estaban o no obligadas a aprobar un plan de medidas antifraude−, los avances en esta materia se han limitado, con carácter general, a la aprobación de los planes, quedando pendiente la implantación efectiva de algunas de las medidas en ellos contenidas, así como el desarrollo de una cultura de lucha contra el fraude. Esto se ha debido, en parte, a la premura con la que las entidades tuvieron que aprobar los planes, no habiendo transcurrido, todavía, tiempo suficiente para interiorizar un cambio tan sustancial en las organizaciones.

Palencia: capital del control interno local

Os recuerdo que el tercer Congreso del Control Interno Local (CCIL 2023) destinará uno de sus primeros paneles paralelos al control sobre los planes antifraude “Alcance y forma de controlar su aplicación efectiva” donde podremos escuchar a Rafael López Sánchez, Jefe de Unidad en la Dirección de auditoría para la cohesión de la Comisión Europea y a Javier Font Miret, Jefe de división de control de fondos europeos II de la Oficina Nacional de Auditoría de la IGAE. En poco más de un mes, Palencia será la capital del control interno local, con cientos de asistentes previstos para participar en los diversos paneles y mesas redondas ofrecidos. Una confluencia planetaria que sólo se produce cada dos años y donde se percibe el mejor ambiente profesional.

martes, 22 de agosto de 2023

Nueva York prohíbe el uso de TikTok en los dispositivos de los empleados públicos

Revista de prensa. Por Miguel Terán. El Economista.- La guerra entre EEUU y TikTok tiene un nuevo capítulo, y es que la ciudad de Nueva York ha prohibido que todos los dispositivos de empleados públicos que hayan sido dados por alguna institución del ayuntamiento tienen terminantemente vetada la descarga de la red social china.

En este último año, y con TikTok comiéndose y revolucionando el mercado de las redes sociales, EEUU está tratando de reducir el uso de esta app entre sus ciudadanos. Esto según ellos, lo hacen para proteger la privacidad de los usuarios, ya que los datos que recopila la plataforma y quién tiene acceso pueden ser preocupantes.

Aunque también, y a pesar de que no lo digan, todo parece indicar que no les gusta que una red social china esté desbancando a las estadounidenses como Instagram, Twitter (ahora X) o Facebook. Es por ello que poco a poco, diferentes estados, ciudades o incluso instituciones estén vetando en la medida que puedan el uso de TikTok.

domingo, 20 de agosto de 2023

Sabor agridulce. Pensando en Contratos públicos e Inteligencia Artificial, por Juan Carlos García Melián

"Los algoritmos de IA pueden ser programados para verificar la completitud y precisión de los documentos de contratación, garantizando que los documentos contengan toda la información necesaria y que sean coherentes y precisos" 

Por MPBATET. La parte contratante..., blog.- Mi querido amigo Juan Carlos, en este post nos habla de un tema actual al que debemos prestar especial atención en las Administraciones Públicas, el uso de la Inteligencia Artificial. Por lo que se indica en el último párrafo del post podría pensarse que le he obligado a escribir en agosto. Pues, aunque no confirmo ni desmiento este hecho, creo que vale mucho la pena poder leer lo que nos cuenta.

En los primeros meses de este año recuerdo haber conversado con Victor Almonacid (cuya visión y pasión escrita en innumerables artículos sobre estos asuntos comparto) y también con mi compañero de profesión Esteban Umérez, (abducido como yo por las nuevas tecnologías) sobre  lo asombrosamente rápido que en apenas unos meses se habían desplegado y desarrollado múltiples plataformas de inteligencia artificial y la tormenta perfecta que ello representaba  con la denominada internet de las cosas (cualquier objeto puede transmitir información de diversa naturaleza a través de sensores en tiempo real) y el Big Data que permite consolidar, agregar y dividir datos procedentes de múltiples fuentes creando inmensos data sets. 

Para quienes andáis un poco en las nubes, en términos generales hablamos de inteligencia artificial (IA) para referirnos a la capacidad de las máquinas y sistemas informáticos para aprender de su propia experiencia y adaptar su comportamiento o sus respuestas, asemejándose su funcionamiento a la inteligencia humana. En la base de la inteligencia artificial están algoritmos matemáticos complejos, técnicas de aprendizaje profundo o Deep Learning, procesamiento de lenguaje natural y reconocimiento de imágenes, que impulsados por el aumento de capacidad de almacenamiento y recursos de procesamiento computacional de los ordenadores permite el manejo de grandes volúmenes de datos e información y que las máquinas puedan asumir autónomamente tareas y procesos complejos para los cuales siempre se ha necesitado la inteligencia humana.

En el ámbito público el ejercicio de las potestades que se ejercitan está absolutamente regulado y protocolizado, priman los intereses públicos sobre los privados y su actividad está regida -entre otros-, por los principios de legalidad, eficiencia, transparencia e igualdad; de tal manera que, de inicio, el ámbito público tiene un entorno ideal para el uso intensivo de la IA en la mejora de la eficiencia de los procedimientos administrativos. Eso, en el ámbito público en general, porque como ya habrás adivinado, el ámbito específico de la contratación pública es terreno especialmente abonado para el uso intensivo de la IA.

La IA y los errores

Para hacernos una idea, en un área que me interesa particularmente, que es el de la mejora del diseño de los documentos de contratación pública (legal desing), la IA ayuda a identificar y corregir errores, a mejorar la claridad y la concisión, y a hacer que los documentos sean más fáciles de entender para los licitadores, incrementando la participación y la competencia. En definitiva, haciendo más eficiente el proceso. 

La IA puede ayudar a diseñar plantillas de documentos para solicitudes de propuestas, términos de referencia y otros documentos de contratación. Estas plantillas consiguen estandarizar los formatos y asegurar que se incluyan todos los detalles necesarios. Los algoritmos de IA pueden ser programados para verificar la completitud y precisión de los documentos de contratación, garantizando que los documentos contengan toda la información necesaria y que sean coherentes y precisos. 

Algunos sistemas de IA, como los basados en procesamiento del lenguaje natural, pueden generar automáticamente documentos o partes de los mismos, proporcionando asistencia en la redacción de documentos, sugiriendo cambios para mejorar la claridad y la precisión, o para garantizar que el lenguaje sea inclusivo y no sesgado. 

La IA puede analizar los documentos de contratación identificar áreas de mejora, y los términos que a menudo son malinterpretados o que causan confusiones, o secciones que a menudo necesitan ser modificadas. Esta información será utilizada para mejorar los documentos de contratación en el futuro. 

Por poner algunos ejemplos prácticos: el Departamento de Defensa de los Estados Unidos utiliza la IA para revisar y verificar los documentos de contratación, identificando áreas donde falta información, o donde la información proporcionada es incorrecta o incoherente. Esto ayuda a garantizar que los documentos de contratación sean precisos y completos antes de ser enviados a los licitadores;  la ciudad de Chicago utiliza la IA para mejorar la claridad y la concisión de los documentos de los procedimientos de contratación, ayudando a facilitar a los licitadores la comprensión de los requisitos del contrato; por último, la ciudad de Londres utiliza la IA para hacer que los documentos de los procedimientos de contratación sean más fáciles de entender para los licitadores, aumentando como consecuencia el número de licitadores que participan en los procedimientos de contratación.

Sin perjuicio de las decisiones que el legislador europeo y nacional adopte, es conveniente que desde ya, las instituciones públicas vayan planteándose el establecimiento de directrices orientadas a proteger los derechos de los ciudadanos en relación al uso de la IA. De ordinario los ciudadanos, ¾también los contratistas¾, se sienten desasistidos frente a las Administraciones Públicas en una relación ausente de equilibrio. Quienes reclaman una respuesta sincera sobre los criterios que inspiran la mayor parte de las actuaciones de la administración o la evaluación de esas mismas actuaciones, raramente encuentran una respuesta. Y cuando la obtiene, habitualmente esta respuesta es meramente formularia, carente de solvencia lógica o se esconde en formatos inaccesibles que hacen imposible su comprobación o verificación. 

Y cuando no son los formatos son las formas. Un ejemplo muy sencillo de lo que digo y de la posición de desequilibrio del ciudadano frente a la administración nos lo recuerda el abogado Diego Gómez Fernández casi a diario con su cruzada (también la mía) contra el abuso de la cita previa obligatoria en la administración. Pues si así es el paisaje común, no es difícil imaginar cómo el uso descontrolado de estas tecnologías y la propia AI puede desequilibrar aún más la balanza y ahondar en la injusticia ¾por inaccesibles e incomprensibles¾ de las actuaciones administrativas. 

Hace muy poco, en LinkedIn, Jacinto Somoza nos recordaba en su mordaz estilo una interesante reflexión en relación a los “hype” (reacción o expectativa desmedida frente a una novedad) tecnológicos en los que se entretienen las administraciones públicas sin ser capaces de haber resuelto lo más básico y elemental para que siquiera esos “inventos”, resulten útiles y sirvan algo más que para lograr un efímero titular pomposo a mayor gloria del político de turno. 

Puede que en el presente momento en el uso de la IA haya algo de ese “hype” pero creedme, la IA es una realidad que irremediablemente nos va a alcanzar a todos en todos los campos. En la relación entre administración y ciudadanos también. Pensad que la IA va a permitir gestionar todos los datos y la información. Todos. Y hacerlo prescindiendo de la mano humana, al menos de entrada de la que intelectualmente incorpora nulo valor en los procesos administrativos. Mi recomendación administraciones públicas: si no lo habéis hecho ya, iros asomando poco a poco al uso de la IA. Al menos para entender qué es lo que te ha pasado por encima. 

Para que, en ese paso por encima, el ciudadano no vea perjudicados sus derechos frente a la administración, es necesario incorporar instrumentos del control respecto al uso de la IA. El primer paso en el establecimiento de esos mecanismos es la información (Para quien lo haya olvidado, información no es propaganda), la que permita a los ciudadanos conocer en qué relaciones con la administración se usan estas tecnologías, los algoritmos que se emplean, su explicación y la propia información generada por su uso. Pero además de la transparencia, es mecanismo necesario la rendición de cuentas en relación a su uso y en particular respecto del cumplimiento preciso de los objetivos predeterminados para habilitarlo. Los ciudadanos entonces podrán entender el alcance de estos sistemas de IA, advertir en su caso las deficiencias del sistema y promover su corrección. 

Precisamente la exigencia de transparencia y rendición de cuentas tiene un difícil encaje con el uso de plataformas de inteligencia artificial privadas. Una convivencia que será muy difícil de explicar. El desarrollo de plataformas de inteligencia artificial (hay muchas inteligencias artificiales, quizás la más conocida de ellas sea la denominada generativa, por ejemplo Chat GPT) es caro, muy caro. Al margen de la alta especialización de recursos humanos, requiere el uso de los sistemas de computación más avanzados e igual que ha ocurrido con los productos informáticos en la “nube” estas exigencias sólo están al alcance de las grandes corporaciones, todas ellas atentas a ofrecer sus plataformas de IA a las administraciones públicas, grandes tenedoras de la gasolina que alimenta la IA, los datos y la información. Y es aquí donde se deben establecer unas reglas claras si no queremos abandonarnos a los intereses de estas grandes corporaciones privadas y con ese abandono dejar en sus manos nuestros derechos. 

Los algoritmos que utilice la Administración en cualquier plataforma de IA deberían ser abiertos y accesibles al público, estableciendo obligatoriamente evaluaciones periódicas y públicas de su impacto en los derechos fundamentales que incidan en la satisfacción del principio de igualdad, transparencia y rendición de cuentas en la implementación de sistemas de IA en los servicios públicos y cómo estos sistemas cumplen con los objetivos de política pública. La divulgación pública y transparente de estos informes permitirán a los ciudadanos, verificar la información facilitada en ellos, comprobar el funcionamiento correcto de los sistemas, plantear sus dudas, proponer modificaciones y evitar resultados indeseables del uso de estos sistemas. 

Un último apunte: la implementación de los sistemas de inteligencia artificial, su desarrollo y mantenimiento puede crear una capa de complejidad que perjudique su comprensión por los ciudadanos y la identificación de las responsabilidades ante un eventual daño causado por el incorrecto funcionamiento del sistema.  Es necesario que, desde la misma recopilación de datos, la generación del algoritmo y su implementación, hasta su uso y aplicación el proceso, se haga de forma transparente, de tal manera que se conozca en cada momento quién es responsable de qué. De otro modo seremos siempre los ciudadanos los que de forma directa o indirecta asumamos el costo de los daños causados por el mal funcionamiento de estos sistemas. 

Y no quiero alargarme más en este escrito, que la pistola de la amistad que Pilar Batet me ha puesto en la sien empieza a dejar marca. Escribo estas líneas con el placer de escribir para un blog tan reputado y la amargura de ver el fuego devorar los montes de mi isla. Por eso hoy a la sombra de un de pino, sabor agridulce. 

viernes, 18 de agosto de 2023

La inteligencia artificial en las relaciones laborales de la Función Pública

"Una Función Pública limitada en su impronta profesional por la inteligencia artificial, que no da la formación correcta y adecuada,  pondrá en tela de juicio los sentires constitucionales y democráticos inherentes a toda la ciudadanía de este país"

Rafael Leopoldo Aguilera.-esPúblico blog.-  Vivimos unas circunstancias inciertas tras la dramática pandemia sanitaria. El presidente del Gobierno en el debate televisivo electoral, dijo literalmente la palabra: que estamos en guerra en Europa, y es cierto; nosotros formamos parte de esa guerra, de ese drama humano, el cual no está afectando a muchos niveles, especialmente, a nivel económico, de esto lo saben muy bien quienes tienen hipoteca. Pero nos están haciendo llegar modificaciones en todos los ámbitos tecnológicos que nos da miedo por la intensidad y extensión que no permiten su asimilación y que están relacionados con la aplicación normativa de la inteligencia artificial, que va a modificar muchas de nuestras actuaciones administrativas, conductas y comportamientos en el ámbito de la Función Pública.

Por lo que, necesitamos políticos que entiendan estas circunstancias, pero en estos debates televisivos o radiofónicos manipulados, nadie ha hablado de ello, más bien con pronunciamientos decimonónicos de otros temas cansinos, cuando estamos en una realidad distinta en este primer tercio del siglo XXI, un mundo que se transforma por segundos, y en cambio, no se habla de ello ni por los propios periodistas, y que avanza con un potencial de velocidad de difícil impregnación en la sapiencia y sabiduría del empleado público.

Tampoco hablaron los políticos en las elecciones generales de este mundo, del mundo exterior, de nuestro exterior, de toda la globalización que está marcando, no solo el país, sino nuestras vidas, las profesionales y las domésticas, y hasta el ocio productivo, y sí no entendemos el concierto internacional en el que estamos como floreros o palmeros no se puede hacer una buena política nacional en el sector tan amplio como el de la Función Pública.

Muchas de las cosas que han prometido electoralmente no se podrán cumplir, porque de implementarse será el exterior quienes nos lo digan sobre sí o no de su operatividad, sobre todo a un país, como el nuestro, que está quebrado con una deuda de cuarenta mil euros por cada habitante que tiene España. ¿Quién va a pagar esa deuda? Pues mientras no la paguemos serán los acreedores quienes nos dominarán y nos marcarán las pautas, y, por otro lado, la Unión Europea con las limosnas que nos dan para en ocasiones gastarlo disparatadamente y con poca o nula transparencia.

Los funcionarios, los empleados públicos, deberíamos de exigir a nuestros políticos que aborden estos problemas, que las políticas que se quieren aplicar en las relaciones laborales de la Función Pública, lo analicen y valoren de forma adecuada, desde la praxis profesional, y no se apliquen normas o conductas perjudiciales, a pesar de estar en un mundo tan complicado, de inseguridad jurídica, sobre todo ante la inteligencia artificial por orden y mandato de las élites tecnológicas que nos han hecho en un breve espacio de tiempo a un acusado mecanismo de digitalización y automatización, y no se sabe en qué va acabar o degenerar este nuevo mundo informático sobre todo, en la Función Pública como garantes del ordenamiento jurídico en la parte de responsabilidad que nos toca ejercer reglamentariamente.

Ahora, en las relaciones laborales tenemos una “nobleza” o “aristocracia” tecnológica que se nos hace más difícil acceder quienes con mucho esfuerzo y sacrificio escogimos otras vías alternativas de vocación humanística de servicio público, dejándonos a un elevado número de empleados en el rescoldo de la tibiezas para que trabajar en un sentido de vasallaje hacia la “nobleza tecnológica política” y los demás no signifiquemos nada, especialmente, sí somos sexagenarios y nos queda la espera con resignación del “sacramento del adiós”, sino, incluso, que no molestemos con las disciplinas del Derecho, Ciencias del Trabajo, Económicas, Graduados Sociales, Psicología y otras más, que son valedoras de la Justicia Social y Administrativa. 

Pues con esta robotización, las relaciones laborales no podrán ser las mismas a nivel de resilencia, empatía, sociabilidad y socialización, porque el lenguaje administrativo a utilizar será reducido a lo que las entrañas algorítmicas del ordenador nos mande hacer, no precisando el estatus jurídico funcionarial, porque serán estos instrumentos mecánicos etéreos, como venidos de la nada o el limbo, quienes nos dirán con conducta caciquil cómo proceder y actuar ante cualquier cuestión u hecho suscitado por las personas que se dirijan a la Administración Pública.

En conclusión, es difícil de esta forma “enlatada”, que los funcionarios en concordancia con la clase política podamos seguir luchando por garantizar nuestros derechos, nuestras necesidades e intereses como empleados públicos y ciudadanos, todo ello, con rectitud y concordancia en dar respuesta humana a las demandas e inquietudes de la ciudadanía, de nuestro prójimo, personas, mujeres y hombres, y solo la clase política, por ser “primus interpares”, desde su posicionamiento en el vértice, establecer válvulas constitucionales y democráticas, que nos permitan informar de forma fidedigna, de verdad, y tramitar los procedimientos y expedientes administrativos, desde los principios y valores deontológicos recogidos en el actual Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Una Función Pública limitada en su impronta profesional por la inteligencia artificial, que no da la formación correcta y adecuada,  pondrá en tela de juicio los sentires constitucionales y democráticos inherentes a toda la ciudadanía de este país.

jueves, 17 de agosto de 2023

LA POLÍTICA QUE EN ESPAÑA PUDO SER Y NUNCA FUE (*)

 Valera y Galdós (II), Derecha liberal e Izquierda templada

Por Rafael Jiménez Asensio. La Mirada Institucional.- Juan Valera y Benito Pérez Galdós, eran dos grandes escritores de generaciones sucesivas, difirieron en muchas cosas y tuvieron caracteres muy distintos. En esta suerte de “vidas paralelas”, como las ha bautizado Ramon Bosch parafraseando a Plutarco, aquí me interesa destacar que la visión política de ambos autores era marcadamente liberal, en un caso (Valera), con tintes conservadores o de centro; mientras que en el otro (Galdós), su impronta era liberal progresista con tendencia en los últimos años de su vida hacia un republicanismo centrado con simpatías hacia el socialismo (aspectos estos últimos que he tratado con detalle en el libro El legado de Galdós. Los mimbres de la política y de su cuarto oscuro en España). Sus orígenes sociales, orientaciones y caminos profesionales, fueron, asimismo, divergentes.

En cualquier caso, representan dos modos no antitéticos de ver España y su política, pues ambos escritores eran perfectos conocedores del sistema oligárquico y caciquil del que en mayor o menor medida (más Valera que Galdós) se beneficiaron puntualmente; pero también se hicieron eco de sus lacras, de forma más descriptiva en el caso del autor egabrense, y con una crítica mucho más directa y tenaz por lo que al autor canario respecta.

Juan Valera y Benito Pérez Galdós conformaron, así, dos formas distintas de comprender España y su política; pero, al margen de sus innegables distancias ideológicas, derecha liberal conservadora versus izquierda liberal-democrática (o de republicanismo templado), se trataba de dos autores alejados ambos radicalmente del fanatismo y del odio, con un afán de concordia en un país siempre desgarrado por un sectarismo atroz. Ciertamente, el pensamiento de Galdós tenía fuertes ribetes anticlericales frente a una Iglesia paralizante y ranciamente tradicional, mientras que el de Valera era más complaciente con ese hecho. El primero procuraba profundizar en la democratización del sistema, mientras que al segundo le inquietaba más el equilibrio de unas instituciones cuya arquitectura se basaba en el liberalismo doctrinario, aunque evolucionado hacia una mayor apertura electoral. La mirada hacia la mujer era, igualmente distinta, más avanzada en Galdós (quien fue un feminista avant la lettre) y más tradicional en Valera.

En cualquier caso, estas formas distintas de ver la política, que seguidamente se analizan en sus grandes rasgos a través de algunas de sus obras, no impiden concluir que tanto Valera (derecha conservadora liberal) como Galdós (izquierda liberal-democrática, con impacto social e incluso republicano) representaron dos modos civilizados de comprender y sobre todo practicar la política en España frente a los innumerables desmanes acaecidos en ese desgarrador y polarizado siglo XIX, que los hechos del siguiente siglo XX (con la dictadura primorriverista, la frustrada Segunda República y el largo y oscuro régimen totalitario/dictatorial/autoritario franquista) no hicieron sino agravar en la exageración.

En la España constitucional de 1978 se hallaba la esperanza de restaurar una convivencia política mínimamente armónica. Hubo un tiempo que, si bien es cierto, con dificultades sinfín, vivimos con la ilusión de lograrlo. Hoy día, avanzada la segunda década del siglo XXI, y arrastrados también por la ola de polarización que también ha echado hondas raíces en los países occidentales, pero con un  cultivo interno nada desdeñable, todo apunta que tal empeño comienza a ser un espejismo. Las tensiones entre las dos Españas y esa cuarta parte territorial (colgada con pinzas en algunos casos), siguen aún vigentes; más que nunca. Tal vez leyendo a estos geniales narradores clásicos aprendamos algo. Aunque, conociendo el paño, permítanme que me invada un notable escepticismo de que ello suceda. Aun así, merece la pena detenerse en dos inteligentes visiones de la España política, hoy tan ausentes y tan despreciadas por unos políticos, por lo común, y siento decirlo, tan poco cultivados y cada vez de menor talla. PARA LEER MÁS: https://wordpress.com/page/rafaeljimenezasensio.com/6602                                (*)  Esta entrada se articula en dos capas. El lector interesado, tras el aperitivo del resumen, puede adentrarse en la segunda capa, mucho más extensa (en realidad es más un breve artículo que una entrada) y que, por tanto, requiere atención e interés sobre un tema que, a nuestro juicio (nunca imparcial), lo tiene. Pero es muy libre el lector de quedarse en el telegráfico resumen o entrar en su zona mollar, con las advertencias antes indicadas. 

viernes, 11 de agosto de 2023

El turismo asfixia a Málaga: dos turistas por cada cinco habitantes

El modelo turístico de la capital de la Costa del Sol lleva aparejado diversos problemas, entre ellos el alza de los precios del alquiler y la expulsión de los residentes del centro histórico de la ciudad.

Revista de prensa. Por , Público. La masa sudorosa de humanos se mueve ordenadamente. Litros de crema solar chorrean desde la nuca hasta las manos que sujetan bolsas de Zara, de Bimba y Lola, de Desigual. El sol estalla en el cristal de todos los iPhones que apuntan a las cornisas y a la estatua del Marqués de Larios que da nombre a la calle comercial. Es verano en Málaga y los 'guiris' han tomado la ciudad.

Al menos dos de cada cinco personas que cruzan la calle Larios cada día son turistas, de acuerdo con los datos de junio de Medición del Turismo la Estadística experimental del INE. Ese mes, un total de 237.956 turistas extranjeros y nacionales visitaron la ciudad andaluza. Ello supone un 15% más que en el mismo mes de 2022; y un 57,85% más que en 2021, cuando todavía la pandemia restringía la movilidad nacional e internacional.

Sobre la postal, la ciudad se muestra inexpugnable. Veintitrés años de gobierno del popular Paco de la Torre han consolidado la imagen de Málaga como destino turístico preferente, sostenido sobre cuatro ejes: museos, playa, Semana Santa y Feria de agosto. A ello le ha acompañado una oleada de reformas urbanas –la mayoría centradas en el casco antiguo, zona de recreo turístico– y proyectos inmobiliarios grandilocuentes –desde las torres en los antiguos terrenos de Repsol al rascacielos del puerto–.

La inercia de este modelo ha sido bautizada en numerosas ocasiones como el "milagro malagueño", despertando a partes iguales tanto el interés de inversores extranjeros como la crítica de una parte de la sociedad civil malagueña.

El reverso de la turistificación es opuesto al triunfalismo de los grandes titulares. La apuesta por el monocultivo turístico tiene varias consecuencias. Una de las más evidentes es la dificultad de acceder a una vivienda en alquiler, debido tanto a la sustracción propiciada por el mercado de alquileres turísticos como por el alza sostenida de los precios, que cada vez demandan porcentajes más altos de un salario que no crece a la misma velocidad.

Otra es el desplome de los residentes en aquellos lugares acotados para el divertimento turístico. ¿Cuánta presión turística puede soportar una ciudad sin que afecte a su habitabilidad?

 Entre vecinos y turistas

Son palabras cada vez más habituales en los rellanos. "Esto es todo los días igual, parece un hotel". Lo dice Francisco, vecino de un bloque de pisos del centro de Málaga que llega a su portal cargado con las bolsas de la compra. En el tiempo en el que el ascensor aparece, varios grupos de turistas entran y salen.

A fecha del 10 de agosto de 2023, el Registro Turístico de Andalucía (RTA) cuenta con casi 10.000 viviendas con fines turísticos (VFT) inscritas en la ciudad de Málaga. En concreto, 9.971. Es un 44,7% más que en 2021, cuando el mismo registro contabilizaba 6.891 viviendas, según los datos publicados por el Ayuntamiento de Málaga.

La Estadística experimental de Medición de viviendas turísticas en España y su capacidad del INE hace una estimación más conservadora de las viviendas turísticas de la ciudad, pero con una tendencia alcista idéntica. De acuerdo con sus últimos datos, relativos a febrero de este año y extraídos de tres plataformas de alquiler vacacional, eran 6.252 las viviendas turísticas en Málaga, mientras que en agosto del año anterior había 5.952. Según los datos del INE, en apenas 6 meses, el incremento ha sido del 5,04%.

La mayoría de estas VFT están concentradas en el centro de la ciudad. En algunas zonas, como las colindantes con la Catedral o el entorno del Museo Picasso, las viviendas turísticas llegan a suponer el 39,90% del total de viviendas en dicha zona. Según estos datos, en la calle en la que vive Francisco, cerca de la emblemática plaza de La Merced, tres de cada diez (36,67%) viviendas son turísticas.

Ninguna estadística es capaz de vislumbrar, sin embargo, el número exacto de este tipo de viviendas en la ciudad. De hecho, Alejandra Ríos,  abogada del Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Málaga, estima que su número es mayor del que arrojan las diferentes fuentes oficiales. Así, apunta a la ilegalidad de muchas de las nuevas viviendas turísticas, que incluso "empiezan a proliferar en locales comerciales a pie de calle y en terrazas comunitarias".

Legales o ilegales, las VFT son viviendas cuyos propietarios sacan del mercado del alquiler de larga temporada para rentabilizarlas al máximo, reduciendo así la oferta del que es el único régimen de tenencia al que pueden acceder los grupos de población más vulnerables.

Con menos vivienda disponible para alquilar y la posibilidad de un mayor beneficio económico gracias al rentismo vacacional, el precio de la vivienda en Málaga ha saltado por las nubes en los últimos años. Según los datos que ofrece el portal inmobiliario Idealista, el precio del metro cuadrado de una vivienda en alquiler se situaba en julio de 2023 en 12,8€. Esto supone un 21,2% más que en 2022, cifra que se eleva hasta los 88,24% si se retroceden diez años.

Según los datos que proporciona el último informe de Indicadores Urbanos del INE, la renta neta media bruta anual por hogares para Málaga se situaba en 2020 en los 30.219 €, cifra que está por debajo de la media nacional. Con estos datos, desde el Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Málaga calculan que "una familia malagueña debe destinar casi el 50% de sus ingresos a pagar su renta mensual, y esto sin contar el pago de suministros".

Para el Sindicato, "el aumento del precio del alquiler en Málaga no está desvinculado de la problemática estatal de la vivienda, pero es cierto que aquí el turismo extractivista descontrolado genera una coyuntura más específica directamente relacionada con la escasa oferta que existe a consecuencia de las viviendas vacacionales".

Una presión turística desatada

El Observatorio de Medio Ambiente Urbano de Málaga (OMAU) lleva años advirtiendo de los peligros y amenazas que conlleva la saturación turística que vive la ciudad a través de informes periódicos y publicaciones como Aproximación al turismo en Málaga, redactada en conjunto con un equipo de investigadores de la Universidad de Málaga en 2020. A pesar de ello, los datos de 2023 muestran que la presión turística no ha dejado de crecer.

Según las estadísticas publicadas por AENA, el Aeropuerto Málaga-Costa del Sol recibió en el primer semestre de este año un total de 10.070.112 pasajeros: un 23,3% más que el mismo período del año anterior. De ellos, 8.161.116 fueron internacionales. Del mismo modo, también son más los cruceristas que han arribado al puerto de Málaga durante los primeros seis meses de 2023. En concreto, 194.812 frente a los 98.254 de 2022, esto es, un 98,3% más.

Otro dato que apunta al exacerbado crecimiento turístico en la capital de la Costa del Sol es el aumento de plazas en hoteles y hostales, fruto de la proliferación de estos establecimientos en los últimos años. A día de hoy, Málaga cuenta con 14.962 plazas hoteleras, de acuerdo al RTA. Si a ello se le suman las 51.587 de las VFT y las 7.597 de otro tipo de establecimientos turísticos (como apartamentos, casas rurales o camping), el total de plazas para turistas se alza hasta los 74.146. La misma estimación, realizada por el propio Ayuntamiento de Málaga en 2017, cifraba en 31.679 el total de plazas. Esto significa que en seis años se han incrementado un 134,05%.

Expulsión de los vecinos del centro

Una de las consecuencias más evidentes de la presión turística es el vaciamiento de determinadas zonas de la ciudad. En el caso de Málaga, esta presión se concentra en el centro, en el que se encuentran los atractivos turísticos de la ciudad: desde el teatro romano a la alcazaba, pasando por la mayoría de los museos. En este barrio viven actualmente un 13,56% de personas menos que en el año 2000, según el padrón municipal.

Para Kike España, investigador urbano e integrante del proyecto Overtourist City de la Universidad de Málaga, la sustitución del uso residencial por otros turísticos en esta zona de la ciudad es "una aberración urbana". Según el investigador, la relación entre visitante y ciudad difiere enormemente de la que tienen sus habitantes con ella. Apunta a que los visitantes no tienen relación con el gobernante, sus políticas o con el comercio local y todo el tejido al que este está engarzado. Inevitablemente, aquellos que vienen unos pocos días "no cuidan ni se preocupan de verdad por la ciudad, y esto genera una espiral de consumo rápido".

Subraya también que a esta situación no se ha llegado de casualidad, sino que es una consecuencia directa de un modelo impulsado desde el gobierno municipal. "Lo que ha hecho Paco de la Torre es concentrar todos los recursos públicos en el centro y usar este como dinamizador económico, atrayendo inversión y generando atracción turística". De esta manera, prosigue España, "se ha construido una manera concreta de ciudad, a partir de la coyuntura casual de que Picasso naciera aquí".

A partir de aquí, "la peatonalización del centro, en especial de los entornos de estos museos, ha sido vendida como una fórmula para mejorar la calidad de los vecinos de Málaga. La realidad es que ha servido para expulsar a la gente y convertir el centro de la ciudad en un parque de atracciones. El comercio tradicional ha sido destruido y la vía pública invadida sin control por las terrazas de los bares. El consumo es la única forma de uso que se permite. Esto, a su vez, ha elevado el precio del suelo, lo cual ha sido aprovechado por los inversores o los propietarios para hacer viviendas turísticas".

Este fenómeno tiene un efecto dominó sobre los barrios colindantes al centro, en una inercia que se salta la fase de gentrificación -sustitución de una población de clase más baja por otras con mayor poder adquisitivo- y pasa directamente a la de turistificación, que consiste en "sustituir a los habitantes por visitantes".

Desde su punto de vista, para Kike España esto tiene un impacto todavía más nocivo en el tejido de la ciudad. "Ya no se sustituye la panadería de barrio por la de muffins, sino que directamente se convierte en un nuevo bloque". Es decir, "desaparece la estructura para habitar la ciudad y esta se convierte en un decorado".