miércoles, 31 de mayo de 2017

Amalia López Acera: ¿Hay influencers en las administraciones públicas ?

Por Amalia López Acera. Con la aparición de las redes sociales han ido surgiendo nuevas palabras y conceptos ligados al uso de la mismas. Uno de ellos es el de “influencers”, que podríamos definir como una persona que ejercer un predominio o fuerza moral y que contribuye al éxito de un negocio.
Amalia López también es una influencer de las redes públicas
Aquí encontramos una de las claves que identifica a los influencers, y es que no tienen que ir ligado sólo al hecho de tener miles de seguidores, sino a conseguir que esos seguidores “hagan algo” ya sea porque se lo dices, sugieres o muestras. Es más, puedes tener pocos seguidores en número pero conseguir tener mucha influencia sobre ellos. Vamos, que de momento soy una super influencer sobre mi hija de 10 años aunque claro, tengo que tener algunos más para poder ser reconocida como tal.

En realidad este fenómeno de los influencers no es tan nuevo. Desde hace años muchas empresas y marcas recurren a personas conocidas que les ayuden a mejorar la imagen de su producto o servicio y por ende, a conseguir aumentar sus ventas e ingresos. Uno de los casos más evidentes han sido las campañas de Freixent donde contrataban a cantantes y estrellas de Hollywood y que nos mantenían a todos en vilo hasta conocer quien sería el protagonista del spot navideño de ese año.

Y es que los personajes conocidos o los famosos son unos de los tipos de influencers más habituales. Así encontramos deportistas, modelos, músicos e incluso periodistas que ponen su “cara”, además de su prestigio e imagen, al servicio de campañas publicitarias.

Sin embargo, con la aparición de internet y de las redes sociales ha surgido un fenómeno nuevo y es el de personas anónimas que han conseguido convertirse en influencers restando protagonismo incluso a muchos famosos.

Algunos de los casos más conocidos es por ejemplo el de la bloguera italiana Chiara Ferragni. Esta joven comenzó con 23 años a escribir un blog, The Blonde Salad, en el que daba consejos sobre moda. Hoy, cuando acaba de cumplir 30 años genera más de 10 millones de dólares al año, y sus 9,6 millones de seguidores en Instagram la han convertido en todo un icono en el que las grandes marcas del mundo de la moda se la rifan.


En España tenemos el caso de por ejemplo Dulceida o Isasaweis, que incluso ha tenido su propio programa de televisión en Antena 3. El mundo de la moda es especialmente proclive a los influencers, pero encontramos ejemplos en otros ámbitos como el caso de Kayla Itsines, una preparadora física australiana de 25 años que arrastra a miles de seguidores en todo el mundo con sus consejos sobre nutrición y su programa de entrenamiento de 12 semanas. Sus libros son best sellers mundiales y hace sesiones de entrenamiento por todo el mundo en donde congrega a más de 2.000 personas en cada una de ellas.

El fenómeno influencer se ha extendido a otros formatos como el del vídeo, y ahí nos encontramos con los youtubers, un auténtico fenómeno de masas como el caso del El Rubius. Este joven que tiene más de 24 millones de personas suscritas a su canal con el que consigue ingresos de más de 3.000 euros, sólo en concepto de publicidad, siendo además reclamo habitual de campañas publicitarias dirigidas a los más jóvenes.

Pero, y en las administraciones públicas, ¿tenemos también influencers? Vamos a ver algunas cuestiones.

Indice

No nos podemos comparar
Desde luego que hablar de millones de seguidores en el ámbito de las administraciones públicas es algo bastante complicado. No somos un sector tan interesante como el de la moda o los videojuegos, pero bueno, no podemos dejar de olvidar que en España somos cerca de 3,5 millones de personas las que trabajamos en las administraciones públicas.

Sin duda, somos un mercado interesante para muchas empresas, marcas y entidades. Quizá no hemos sabido explotar el potencial que como grupo tenemos: la dispersión geográfica, orgánica y administrativa sin duda no han contribuido a ello.

Mejoran la imagen de la administración pública en la que trabajan
Los influencers en las administraciones públicas los podemos encontrar en aquellas personas que cuentan con una gran marca personal que es un reflejo de su trabajo, talento y profesionalidad y que marcan la diferencia en la administración pública en la que están.

Lo he repetido en más de una ocasión y lo sigo afirmando, no es lo mismo tener un secretario de ayuntamiento que tener a Víctor Almonacid, el cual es sin duda un claro ejemplo de influencer en la administración pública.

Vimos cómo dejó su impronta en el Ayuntamiento de Alzira y ahora lo estamos constantando en su trabajo en el Consell Insular d`Eivissa, en donde en apenas unos meses ha conseguido una pequeña gran revolución bajo el lema “smart island”.

Influyen en la forma de trabajar
Los influencers de las administraciones públicas son sobre todo innovadores e intraemprededores natos que introducen nuevas formas de trabajo en las administraciones públicas en las que están.

Un ejemplo podría ser Fermín Cerezo que con su “mapas mentales” va poniendo patas arriba a la administración pública a la que llega.

Hacen visible a la administración pública de forma positiva
Los influencers de las administraciones públicas deberían tener reconocido parte de ese trabajo, ya que están consiguiendo poner en valor el trabajo que se realiza en las administraciones públicas y que el conjunto de la ciudadanía empiece a valorar los servicios públicos en su justa medida.

La imagen de los empleados y empleadas públicas nunca ha sido buena entre los ciudadanos, no nos vamos a engañar. Estos influencers empiezan a demostrar que en las administraciones públicas hay excelentes profesionales. Y de esa buena imagen también nos beneficiamos todos.

Algunos de sus blogs son referentes en sus ámbitos
Podríamos estar incluso en los inicios del fenómeno “blogueros públicos” ya que cada vez vemos cómo van apareciendo más blogs centrados en diferentes aspectos de las administraciones públicas.

Ya existen premios que reconocen la labor de dichos blogs, como el Premio Novagob al mejor blog sobre administración pública.

Aquí os dejo 40 blogs sobre administraciones públicas. En estos momentos estoy actualizando el listado por lo que si conoces algún blog que debería estar en él, mándame un mensaje y lo incluyo. En breve publicaré la nueva actualización.

Saltan por los aires el sistema de jerarquía
Siempre en las administraciones públicas las personas visibles eran aquellas que ostentaban un puesto de responsabilidad y era a los que se llamaba para participar en actos y eventos.

Desde hace unos años hemos empezado a ver cómo esos puestos, sobre todo los políticos, se están quedando relegados para las inauguraciones y las clausuras, mientras que se busca a personas destacadas en sus ámbitos para el resto, independientemente de que sea un simple técnico “raso”.

Aquí es donde encontramos de nuevo a los influencers de las administraciones públicas, trabajadores de los que hace unos años no hubiéramos sabido nada de ellos, y que hoy gracias a las redes sociales han conseguido ser referentes en sus ámbitos profesionales.


Sin duda, queda todavía mucho camino por recorrer en lo que se refiere a aspectos como bloggers, youtubers, instagramers, etc…en las administraciones públicas, pero ya empezamos a ver algunos casos significativos. Y pongo 2 ejemplos de dos ámbitos muy diferentes:

Silvia Barreda. Inspectora de la Policía Nacional que cuenta con 11.000 seguidores en su cuenta de Twitter y que colabora en televisión en Atresmedia, ha escrito un libro y tiene un blog desde donde da consejos sobre ciberseguridad.

Rosa Pérez. Enfermera barcelonesa que cuenta con 16.000 seguidores en Twitter y un blog premiado por Diario Médico como el mejor blog para pacientes y desde donde ofrece consejos sobre salud y autocuidado.

martes, 30 de mayo de 2017

Los límites del derecho de acceso a la información pública

Monografía editada por el INAP. Varios autores. 17 euros. E-book,7€.

INAP.- El reconocimiento del derecho de los ciudadanos de acceder a la información pública es consustancial al funcionamiento de un Gobierno democrático y constituye una garantía esencial contra los abusos de poder. «La luz del sol es el mejor de los desinfectantes». Estas palabras del juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, Brandeis, expresan la idea de que el Gobierno y la Administración deben actuar con publicidad y transparencia, y que el poder público, en ningún caso, en ninguna circunstancia, puede pretender refugiarse en la invisibilidad para dejar de ser controlado por la ciudadanía.


CONTENIDO: Prólogo. 
Capítulo I.- Los límites al acceso a la información en el ordenamiento jurídico español. Su tratamiento en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en la legislación autonómica de transparencia. 
Capítulo II.- La seguridad nacional.
Capítulo III.- La defensa. 
Capítulo IV.- Las relaciones exteriores.
Capítulo V.- La seguridad pública.
Capítulo VI.- La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios.
Capítulo VII.- La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva.
Capítulo VIII.- Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control.
Capítulo IX. Los intereses económicos y comerciales. 
Capítulo X.- La política económica y monetaria. 
Capítulo XI.- El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial. Capítulo XII.- La protección del proceso de toma de decisiones. 
Capítulo XIII.- La protección del medio ambiente. 
Capítulo XIV.- La protección de los datos de carácter personal. 
Capítulo XV.- Los derechos de los menores de edad.
Capítulo XVI.- La intimidad y los demás derechos privados legítimos.

lunes, 29 de mayo de 2017

José Ugaz, Pte de TI: "Somos los principales responsables de tener a las clases políticas que nos representan"

"La lucha contra la corrupción ha centrado la trayectoria profesional del jurista peruano José Ugaz. El presidente de Transparency International cree que en España hay "mucha" corrupción, pero celebra que la ciudadanía no la haya normalizado. ¿Su receta para combatirla?: La implicación ciudadana y mediática"

Revista de prensa.- Por Marta G. Coloma. Vozpopuli.- El jurista peruano José Ugaz lleva toda la vida estudiando cómo combatir la corrupción. La lista de ocasiones en las que el jurista peruano ha investigado y combatido contra este tipo de casos es larga: desde sus trabajos como procurador ad hoc de la República de Perú en los años 90 -cuando asumió, entre otros casos, el escándalo Montesinos-Fujimori- hasta su participación en el Consejo de la Conferencia Internacional Anticorrupción o en el Departamento de Integridad Institucional del Banco Mundial a lo largo de los 2000.
José Ugaz, segundo por la izquierda, en su reciente visita a Españ
España no se escapa del radar de Transparency International, que Ugaz preside desde hace tres años tras liderar PROETICA, el capítulo peruano de la organización. A principios de este mes, el peruano participó en una jornada sobre separación de poderes en el Ayuntamiento de Madrid; y la semana pasada se reunió en la capital con el fiscal general del Estado, José Manuel Maza, para entregarle una propuesta con una batería de medidas para reforzar la transparencia y la ética en la Fiscalía a raíz de los últimos escándalos surgidos en el seno de esta institución.

La rama española de Transparencia Internacional ya ha calificado el nivel de corrupción en España como "inadmisible". ¿Hemos perdido la capacidad de reacción? Ugaz es positivo: cree que los españoles no hemos normalizado estas prácticas. 

Hace poco comentó que antes, Transparencia Internacional no tenía tanto trabajo... ¿Hay más corrupción en la época que nos ha tocado vivir?
Nos hemos hecho esa pregunta muchas veces. Y en realidad, no creo que haya una respuesta demostrable sobre si hay o no más corrupción que antes. Lo que sí es cierto es que hay mucha corrupción, que además creemos que es de una naturaleza distinta. Por eso hoy, además de la corrupción "cotidiana" que ha estado flagelando al mundo desde siempre, hablamos de un fenómeno que nosotros llamamos "gran corrupción": esa corrupción visible, cometida con actores con mucho poder -político o económico- que moviliza ingentes cantidades de recursos y que tiene un impacto sobre los derechos fundamentales de las personas. Porque hay una conexión entre la gran corrupción y los derechos humanos: la corrupción es causa de inequidad y de pobreza, impide el desarrollo, genera desgobierno y, finalmente, puede incluso hacer caer a gobiernos completos.

¿Existe entonces una relación directa entre corrupción y desigualdad?
Definitivamente. Si uno mira las cifras que recientemente lanzó Oxfam -en las que establece que 8 personas en todo el mundo tienen el mismo patrimonio que 3.500 millones de seres humanos, es decir, la mitad de la humanidad-, se puede constatar que esto es, primero, un escándalo. Pero si uno mira la lista de esos 8, o de los 100 más ricos de la revista 'Fortune', se puede ver que muchos de ellos tienen un halo de sospecha de corrupción y han obtenido su fortuna con prácticas mal habidas. Por lo tanto, hay un impacto clarísimo de la corrupción en la pobreza, porque los fondos que se desvían de los sistemas públicos -que deberían destinarse a los sistemas de salud, educación, vivienda, acceso al agua potable...- se van a los bolsillos de unos cuantos que violan la Ley.

Habla usted de la corrupción como si conllevase una relación intrínseca entre poder político y empresarial...
Como dicen los anglosajones, para bailar tango se necesitan dos. En los sistemas de corrupción que se observan normalmente, están por un lado los funcionarios públicos, que son los que detentan el poder delegado, y por otro lado los grupos económicos que medran del Estado en colusión con estos funcionarios.

Para bailar tango se necesitan dos. En los sistemas de corrupción están por un lado los funcionarios públicos y por otro, los grupos económicos que medran del Estado en colusión con ellos"

En los últimos años, en España han aparecido tramas en las que, a nivel local y regional, los poderes políticos y económicos perpetraban abusos de la mano. ¿En qué nos hemos equivocado para que estas prácticas se extiendan? ¿Hacía falta la complicidad de la sociedad?
Hay muchas razones que explican esto. En el libro 'Por qué fracasan los países', de dos economistas norteamericanos, se señala claramente que la corrupción, y en general los Estados que no pueden resolverla, tienen que ver con el desarrollo institucional; o con lo que ellos llaman la creación de instituciones extractivas, porque lo que se buscó desde el inicio fue extraer riqueza para el beneficio de unas elites, perjudicando a las grandes mayorías. Aquí hay un problema que tiene que ver con el bien común y con la falta de interés de estas elites de aportar a él.

Si uno mira a los países que menos corrupción tienen -los escandinavos, normalmente, según las mediciones que nosotros hacemos en nuestro Índice de Percepción de Corrupción-, se encuentra con naciones en las que el concepto de bien común y redistribución de la riqueza es muy fuerte; y eso explica por qué tienen amplios espacios de libertad de expresión, libertad de información, transparencia, etc.

Nuestros vecinos nórdicos son el modelo al que aspiramos muchos países del sur. ¿Se corresponde esta percepción con la realidad? Y si es así, ¿puede haber un lapso entre la percepción que tenemos nosotros de la corrupción que hay en nuestro país y de la que realmente hay?
Es un viejo debate. A nosotros muchas veces se nos critica que medimos la corrupción en base a su percepción, pero lamentablemente no hay datos más sólidos que nos permitan hacer estas mediciones. Desde mi experiencia dando vueltas por el mundo, observando y hablando de estos fenómenos, puedo afirmar que la percepción es la realidad. Se perciben los tres últimos escándalos de corrupción que han irrumpido en España de manera impresionante, tanto que me han llegado a preguntar que si la corrupción en este país es sistémica, un debate que es más del Tercer Mundo y que se discute en mi país. 

En España hay mucha corrupción, pero..
¿Cree usted entonces que la situación en España no es tan sistémica como en otros países menos desarrollados?
En España hay mucha corrupción pero, a diferencia de países del Tercer Mundo, se tiene una ventaja: esa corrupción no ha permeado en la ciudadanía ni se ha normalizado, el ciudadano de a pie no está involucrado: es una corrupción de las elites políticas y económicas.

El problema lo tienen, por tanto, los países que la normalizan...
Claro, porque ya se asume que es una forma de vivir y hay una combinación de frustración y resignación, se da por hecho que las cosas son así y que no van a cambiar, y además se añade una cuota de cinismo: uno es cómplice de ello porque esa es la forma de vida. Cuando un ciudadano normal y corriente asume que tiene que pagarle a un policía o a un burócrata para que tenga que tramitar un documento, o a un juez para que cumpla su tarea, estamos hablando de una interiorización de la corrupción como un elemento de movilización social y obtención de resultados. 

Usted ha formado parte de la comisión de expertos contra la corrupción de la ONU... A través de este trabajo, ¿ha descubierto en qué países se sufre un problema más grave?
Se trata de aquellos países que están menos desarrollados en Asia, África y América Latina, donde es común el dicho de "Roba, pero hace": donde todo el mundo tiene su político 'ladrón' que roba pero que "algo hará"; y donde la "pequeña corrupción" -sobornos a funcionarios, por ejemplo- se asume como algo normal. 

Como nota positiva, sí que es cierto que en los últimos años, estos escándalos están por fin saliendo a la luz -por ejemplo, con los casos de los 'papeles de Panamá' o la lista Falciani. ¿Vamos por el buen camino?
Estamos presenciando cambios en la movilización contra la corrupción. En Corea del Sur han logrado destituir a la presidenta, en Rumanía han cambiado una ley que permitía sobornos hasta los 10.000 euros; lo hemos visto también en Rusia, en Brasil, en Honduras, en Guatemala o en República Dominicana, donde más de 6.000 personas han salido a la calle para exigir a su gobierno que ponga fin a la corrupción. Hay una tendencia muy positiva en la ciudadanía a reaccionar y a exigir un cambio, y eso nos da mucha esperanza.

¿Es la corrupción inevitable?
En más de una ocasión hemos escuchado a políticos asegurar que la corrupción es algo intrínseco al ser humano y que erradicarla es imposible... ¿Está usted de acuerdo? 
El ideal de corrupción cero no existe, es una utopía..., pero tenemos que vivir de utopías. De lo que se trata, en todo caso, es de llevar a la corrupción a un nivel de control que no impida el desarrollo de los países ni afecte a los derechos de las personas. Y eso nadie puede decir que no se puede ni se debe hacer. Coincidimos en que la corrupción cero es imposible -así somos las personas: tenemos tendencias egoístas, necesitamos la satisfacción de necesidades a veces desmedidas...-, pero sí tenemos mínimamente el deber de controlar este problema como controlamos el crimen, los homicidios, el narcotráfico, etc.

Tenemos la responsabilidad de no votar a los corruptos: somos los principales responsables de tener las clases políticas que nos representan"

¿Qué puede hacer un ciudadano de a pie para involucrarse en esta lucha, aunque sea en su entorno más cercano?
Lo primero es tomar conciencia. Luego tenemos una serie de responsabilidades que hay que ejercer, como no votar a los corruptos, porque somos los principales responsables de tener las clases políticas que nos representan. Se tiene que generar un liderazgo sano, un reto que tienen que asumir las nuevas generaciones, ya que la corrupción tiene que ver con los sistemas educativos y las prácticas preventivas que debemos desarrollar. Por eso, además de la práctica cotidiana -cada uno en el contexto de su familia, de su trabajo...-, tenemos que asumir la responsabilidad ciudadana de tener una vida honesta y de no incurrir en este tipo de prácticas.

Los medios tampoco son inocentes a la hora de facilitar o impedir la corrupción. ¿Qué podemos hacer para evitarla?
Los medios de comunicación son unos grandes aliados de quienes luchamos contra la corrupción. La prensa de investigación es, en casi todos los países del mundo, la que ventila estos casos antes de que las fiscalías y las instancias oficiales actúen; pero paradójicamente también hay casos en los que la prensa es cómplice de la corrupción, está digitada políticamente, busca encubrir los casos o desinformar... Ahí se requiere un cambio, porque la tarea de informar es una tarea delicadísima que implica una gran responsabilidad social.

domingo, 28 de mayo de 2017

Premiada, por su nivel de innovación, la aplicación gratuita "Contratos públicos transparentes"

Contratos Públicos Transparentes está disponible en las páginas web de TI www.transparencia.org.es y del Observatorio de Contratación Pública http://www.obcp.es

Revista de prensa. El Periódico de Aragón.-  La aplicación gratuita "Contratos públicos transparentes", ideada por el Observatorio de Contratación Pública, del que es codirector el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza, José María Gimeno, ha sido reconocida como el proyecto más innovador en contratación pública.

La iniciativa, pionera en España y de gran interés práctico, ha sido premiada por Vortal, la plataforma de licitación y contratación electrónica más utilizada por el sector público y empresarial español, informan fuentes de la institución académica en una nota de prensa.

La aplicación es libre y gratuita para cualquier ciudadano o entidad que desee utilizarla, permite detectar ineficiencias de la contratación pública y ayuda a explicar a la ciudadanía cómo se invierte el dinero público.

También pretende ser un instrumento para la rendición de cuentas de las administraciones públicas españolas; impulsar una gestión más íntegra y transparente de los contratos públicos y poner a disposición de la ciudadanía los datos sobre contratos públicos de una manera comprensible y sencilla.

Los datos que se muestran son tomados de la Plataforma de Contratación del Sector Público (del Ministerio de Hacienda y Función Pública) en la que las instituciones públicas españolas han de publicar todos sus datos sobre contratación y en la que actualmente se pueden consultar los datos de más de 4.000 entidades.

Por un lado, la app analiza la distribución de la contratación pública, para conocer quién compra qué en España, así como el volumen de esa contratación, que se mide por número de contratos y en cantidad de dinero.

Por otro lado examina la eficiencia en la contratación, entendida como la capacidad de conseguir la mejor relación calidad/precio de las administraciones a la hora de contratar obras, bienes y servicios.


La plataforma Contratos Públicos Transparentes está disponible en las páginas web de Transparencia Internacional España www.transparencia.org.es y del Observatorio de Contratación Públicahttp://www.obcp.es.



Transparencia Internacional España y el Observatorio de Contratación Pública, con la colaboración de Everis en su desarrollo tecnológico, lanzan la herramienta para avanzar en la función de rendición de cuentas.

viernes, 26 de mayo de 2017

Los contratos de los interinos en las AA.PP se limitarán a "necesidades urgentes" y a un máximo de tres años

La 'regla de gasto' establece que el incremento del gasto  no puede superar el PIB potencial de la economía, que para 2017 es del 2,1% y del 2,3% en 2018.

Revista de prensa.- RTVE.- La Comisión de Presupuestos ha aprobado este miércoles -gracias a los apoyos de PP y Ciudadanos- limitar la contratación temporal en la Administración Pública  a "casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables" y a una duración máxima de la contratación de tres años, si bien los cambios no afectarán a los actuales interinos ya que empezarán a aplicarse con la entrada en vigor de los Presupuestos de 2017.

La enmienda señala que no se podrá proceder a este tipo de contratación, así como al nombramiento de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades inaplazables. La duración del contrato, en su modalidad de obra o servicio, o del nombramiento, no podrá ser superior a tres años, sin que puedan encadenarse sucesivos contratos o nombramientos con la misma persona por un período superior también a tres años, señala Efe.

Esta es una del alrededor de medio centenar de enmiendas parciales al proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2017 que han sido aprobadas en Comisión, según recoge Servimedia, gracias a los votos de PP, Ciudadanos, PNV y UPN, una mayoría que no ha sufrido ninguna derrota, señala Europa Press.

Durante la sesión, además, han sido rechazadas las miles de enmiendas pactadas por el PSOE con Unidos Podemos y ERC (alrededor de 3.000) para salvar su debate, después de que la Mesa de la Comisión de Presupuestos no las admitiera a trámite la semana pasada por suponer un incremento del gasto.

La oposición había transaccionado la mayoría de las enmiendas y las redirigieron a otra sección diferente de la 31 (dotada con 15 millones) con partidas de alta y baja dentro la misma sección. PSOE y Unidos Podemos han acusado al PP y a Ciudadanos de tener un "pacto de hierro" para no aceptar ninguna de sus enmiendas, algo que han rechazado los 'populares'.

El PP ha pactado con el PNV, Foro Asturias y Coalición Canaria una serie de enmiendas a los Presupuestos Generales del Estado de 2017 para recoger inversiones en esas tres comunidades autónomas y asegurarse apoyos para sacar adelante el proyecto de ley en esta segunda jornada de debate en la Comisión de Presupuestos del Congreso

Los ayuntamientos podrán reinvertir el superávit de 2016
Otra de las enmiendas que ha aprobado la Comisión de Presupuestos es que los ayuntamientos que cerraron 2016 con superávit puedan invertir estos fondos este año y el que viene, siempre que respeten la regla de gasto y los destinen a inversiones financieramente sostenibles. La iniciativa ha sido apoyada por el PSOE, Ciudadanos y PNV entre otras formaciones, según recoge Efe.

En su enmienda los 'populares' inciden en el condicionante de que las cuentas municipales, a final de 2018, estén saneadas, ya que recogen expresamente que el ayuntamiento "no podrá incurrir en déficit al final del ejercicio 2018", señala Europa Press.

La 'regla de gasto', contemplada en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, establece que el incremento del gasto para un año no puede superar el PIB potencial de la economía, que para este 2017 es del 2,1% y para 2018 es del 2,3%.


Además, se ha aprobado reducir la temporalidad de los investigadores universitarios para que cada universidad destine un mínimo del 15% de las plazas que oferte a la incorporación de investigadores que hayan finalizado el Programa Ramón y Cajal y hayan obtenido el certificado I3.

Otra de las iniciativas que han salido adelante es la de elevar las deducciones del impuesto de sociedades a la inversión en producciones cinematográficas españolas hasta el 25% en el primer millón de euros y el 20% en el resto, sin que el ahorro total supere nunca los 3 millones de euros.

Por otra parte, las iniciativas de Nueva Canarias relativas a un plan integral de empleo en las islas, a la protección a personas dependientes, a impulsar con mayor financiación el transporte público regular de viajeros entre Canarias, Madrid y Barcelona y para elevar la bonificación a los vuelos entre islas del 50% actual al 75%, han sido rechazadas y se mantendrán vivas para su previsible aprobación en el pleno del Congreso, según señala Efe.

Rechazado que la Familia Real tenga que publicar sus bienes y actividades
En otro orden de cosas, Partido Popular, PSOE y Ciudadanos han sumado sus votos este miércoles en la Comisión de Presupuestos del Congreso para rechazar una enmienda de Unidos Podemos al proyecto presupuestario que pretendía obligar los miembros de la Familia Real a presentar una declaración de bienes y actividades, tal y como hacen los cargos políticos.

"Un Estado supuestamente democrático no puede permitir instituciones opacas. El jefe del Estado debe dar explicaciones públicas a través de las cuentas", ha defendido el diputado de En Comú Podem Joan Mena. Sin embargo, el 'popular', Rubén Moreno le replicó que el último informe de Transparencia Internacional ha situado a la Casa del Rey en un cuarto lugar que "ya quisieran" otras instituciones, recoge Europa Press.

Además, PP, PSOE y Ciudadanos han tumbado las enmiendas de ERC que pretendían suprimir la asignación presupuestaria a la Casa del Rey y sustituirla por una retribución salarial para el Jefe del Estado equivalente a la del presidente del Gobierno.

Además de pronunciarse sobre las enmiendas, la Comisión de Presupuestos ha votado la sección presupuestaria correspondiente a la Casa del Rey, que ha sido votada conjuntamente con las cuentas de Cortes Generales y otras instituciones, todas ellas aprobadas con apoyo de PP, PSOE, Ciudadanos, el PNV y Unión del Pueblo Navarro

jueves, 25 de mayo de 2017

Un total de 123 ciudades españolas ya tienen financiación para desarrollar sus estrategias DUSI

En la convocatoria actual se han incluido ayudas por el 30% de la dotación total programada en el Programa Operativo de Crecimiento Sostenible, 301,4 millones de euros de ayuda FEDER, lo que acumulado a la primera convocatoria completa los 1.013 millones de ayuda FEDER incluidos en el Eje Urbano. Ver Resolución BOE

Nota Ministerio Hacienda y F.Pública.- Un total 123 ciudades españolas cuenta ya con una Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado (DUSI), toda vez que tras la segunda convocatoria celebrada han resultado seleccionadas 40 nuevas ciudades. De esta forma, prácticamente el cien por cien de los municipios españoles urbanos que pueden optar a las llamadas DUSI, tiene una planificación estratégica de ciudad.

Como se pudo comprobar en la primera convocatoria, el desarrollo de las estrategias DUSI ha supuesto un reto sin precedentes para las Entidades locales, no sólo por la cantidad de recursos financieros destinados -el triple que en periodos anteriores- sino por el hecho de tener que presentar una Estrategia Integrada de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado del Municipio.

El esfuerzo que ha realizado España en este ámbito ha sido muy importante; de hecho, en la primera convocatoria presentaron estrategias la totalidad de los municipios de más de 50.000 habitantes y el 44% de los de entre 20.000 y 50.000 habitantes, con un resultado que supone que prácticamente el 70% de los municipios de más de 20.000 habitantes fueron capaces de plantear y desarrollar estrategias de desarrollo urbano sostenible e integrado. 

Tres ministerios en la valoración
En esta segunda convocatoria cabe resaltar que han presentado estrategias todos los municipios mayores de 20.000 habitantes que podían optar a estas ayudas. Como ya sucedió en la primera convocatoria, todas las estrategias han sido valoradas de manera totalmente independiente por tres departamentos ministeriales distintos (Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos, Administraciones Territoriales y Ministerio de Fomento) contando asimismo con la calificación de tres departamentos sectoriales expertos en los temas de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Red.es), Transición hacia una Economía Baja en el Uso de Carbono (IDAE) e Inclusión Social y Lucha contra la Pobreza (FSE), así como las redes temáticas competentes en materia de Medio Ambiente y de Igualdad de Oportunidades. A las reuniones de la Comisión de valoración han asistido todas las personas implicadas en la misma (más de 30 expertos), así como representantes de la Comisión Europea. 

Todas las valoraciones han sido validadas y ratificadas por los miembros de la Comisión de valoración. Asignación de recursos En la convocatoria actual se han incluido ayudas por el 30% de la dotación total programada en el Programa Operativo de Crecimiento Sostenible, es decir 301,4 millones de euros de ayuda FEDER, lo que acumulado a la primera convocatoria completa los 1.013 millones de ayuda FEDER incluidos el Eje Urbano. 

En esta segunda convocatoria se han mantenido los tres tramos de ayuda que ya se habían decidido en la Comisión de valoración de la primera convocatoria y que son los siguientes por población:  Para ciudades o áreas funcionales mayores de 100.000ü habitantes la ayuda máxima a cofinanciar será de 15 millones de euros.   Para ciudades o áreas funcionales mayores de 50.000 yü menores de 100.000 habitantes, la ayuda máxima a cofinanciar será de 10 millones de euros.  Para ciudades o áreas funcionales mayores de 20.000 yü menores de 50.000 habitantes, la ayuda máxima a cofinanciar será de 5 millones de euros. 

De las 40 Estrategias seleccionadas, 13 son de entidades de más de 100.000 habitantes o capitales de provincia o de Comunidad Autónoma que serán gestionadas por la Subdirección General de Cooperación Territorial Europea y Desarrollo Urbano y 27 Estrategias serán gestionadas por la Dirección General de Coordinación con las CCAA y las EELL. Nueva convocatoria de Estrategias DUSI. 

Resueltas la primera y segunda convocatoria correspondientes a los recursos FEDER inicialmente programados para este Eje Urbano, el Ministerio de Hacienda y Función Pública realizará en próximas fechas una tercera convocatoria como continuación a la resolución definitiva de la segunda. Resolución BOE

miércoles, 24 de mayo de 2017

Los nuevos valores de la administración pública (II)

Post relacionado. Jesús Casas. El Confidencial: Yo me hice funcionario porque quería cambiar el mundo

Carles Ramió. Blog EsPúblico.- Hay más valores que debería asentar con fuerza la Administración pública del Siglo XXI, además de los siete valores anunciados en un artículo anterior:

8.- Valor de respeto a la privacidad personal: con la revolución de las tecnologías de la información los ciudadanos son de cristal (Keen, 2016), son transparentes y fácilmente manipulables tanto por grandes empresas privadas como por instituciones públicas. Hemos pasado de una situación casi absurda con un exceso de celo de las agencias de protección de datos en el seno de las instituciones públicas, ralentizando potenciales avances tecnológicos, a una anarquía desregulada en el ámbito privado. De forma rápida y casi espontánea se han ido generando Grandes Hermanos de carácter privado que hacen que los ciudadanos sean inconscientemente muy vulnerables a la manipulación económica y social. Habrá que revisar el valor de la privacidad logrando el difícil equilibrio entre fomentar la capacidad de innovación con el derecho a la privacidad personal.

9.- Valor de respeto a una identidad digna: la revolución de las tecnologías de la información han generado un nuevo tipo de identidad: la identidad digital. Se ha perdido el derecho implícito al olvido de los errores que cometen las personas. Ahora un mal paso, un error, puede estigmatizar de por vida a un individuo. Estos errores personales o profesionales se encuentran con facilidad en los buscadores y en las redes sociales. También se producen auténticos linchamientos sociales en las redes por opiniones y posturas que pueden ser poco afortunadas pero en absoluto ilegales. Es un valor técnicamente difícil de preservar en su totalidad pero sí que se pueden establecer regulaciones del tipo derecho al olvido, de protección a los actores más vulnerables (adolescentes, personas que padecen algún desequilibrio psicológico) y de mayor concienciación social ante esta nueva problemática.

10.- Valor de transparencia y de rendimiento de cuentas: la transparencia y la rendición de cuentas son dos valores plenamente asumidos por las instituciones públicas. Pero esta asunción en algunos casos es real pero en la mayoría tiene una dimensión más formal e incluso es una impostura. Hay que superar la fase de querer mostrarlo todo para que no se pueda observar lo más relevante. En muchos casos la transparencia es solo traslúcida. Los dos grandes elementos que quiere conocer la sociedad de sus instituciones públicas son: en primer lugar, cómo y quiénes participan en la toma de decisiones y esto se logra con una transparencia total de la agenda institucional y de sus altos cargos. En segundo lugar, los ciudadanos quieren saber en qué se gastan las instituciones públicas hasta el último euro. En el rendimiento de cuentas también se incluye la evaluación sistemática y transparente de las políticas públicas.

11.- Valor de la participación colectiva de carácter político: la democracia representativa no puede ser la única vía de participación política. Las instituciones públicas deben abrirse y fomentar otras vía alternativas de participación, algunas de ellas sencillas gracias a las tecnologías de la información. El valor de la participación debería ser muy agudo en el ámbito local y mucho más mesurado en ámbitos institucionales superiores debido a su complejidad y a la falta de homogeneidad de los participantes que podrían generar externalidades negativas (Colomer, 2016). De todos modos, será especialmente necesario, sensible y delicado por su complejidad abrir sistemas de participación política a la ciudadanía a las instituciones macro regionales (del tipo UE) para que logren una mayor legitimidad política y social.

12.- Valor contra la competencia desleal entre países: no son tolerables las actuales diferencias fiscales entre los países ni tampoco asimetrías muy acusadas en el proceso de la globalización. El gran reto consiste en erradicar definitivamente los paraísos fiscales como mecanismo para lograr que las grandes fortunas contribuyan en lo que les corresponda a la financiación de los servicios públicos. Esta necesidad es cada vez más acuciante cuando una parte de los economistas proponen, con acierto, un impuesto especial sobre la riqueza para intentar disminuir los desequilibrios sociales (Piketty, 2014). Es evidente que la mejor forma para superar este problema sería avanzar en la implantación de un gobierno de carácter mundial aunque los Estados-nación y las macro regiones actuales (UE) tienen suficiente poder para erradicar este perverso fenómeno. Si no se ha logrado ya es por una gran impostura de los gobiernos deseosos de proteger o capturados por sus élites nacionales extractivas. 

También se trataría de superar algunas asimetrías en el seno del proceso de globalización. Las desigualdades laborales son un problema difícilmente evitable y que tiende incrementalmente a una cierta igualación pero lo que no es asumible son manipulaciones de las monedas para lograr mayor competitividad y fuertes aranceles e intervenciones públicas (como las que realiza China) que pervierten las reglas del juego de la competitividad mundial (Trías de Bes, 2013).

13.- Valor de la valentía: se trata del valor de fortaleza individual y social, a pesar de la sensación individual y colectiva de inseguridad, para evitar caer en una histeria colectiva. Los retos tecnológicos, económicos, sociales y políticos durante los próximos años van a ser enormes. En este contexto es natural que los diversos actores económicos, políticos, sociales y los ciudadanos se sientan inseguros. Este miedo puede generar todo tipo de trastornos económicos, sociales y políticos: demagogia, xenofobia, egoísmo individual, colectivo o nacional, retraimiento cultural e intelectual, tentativas secesionistas, etc. La sociedad, empoderada gracias a las redes sociales, tiene que hacer frente a los retos e intentar buscar soluciones que sean lo más satisfactorias posibles pero sin caer en lógicas sociales y políticas de carácter regresivo. Las crisis hay que afrontarlas desde la valentía y no dejar espacio a la cobardía ya que si no se abren zonas de incertidumbre que pueden atentar contra los derechos humanos (por ejemplo, la actual crisis de los refugiados en Europa) y al bienestar global.

Esta es una muestra de algunos de los valores más importantes que hay que incentivar y preservar de cara al futuro pero seguro que quedan muchos valores que se han perdido en el teclado y que entre todos tendremos que ponderar si los incorporamos o no de cara al futuro.

lunes, 22 de mayo de 2017

El empleo público en los presupuestos de 2017

" Da la impresión de que se inicia un proceso (gradual, pero irreversible) de “deshielo” en la congelación de las ofertas de empleo público en todas las administraciones públicas"


Por Rafael Jiménez Ásensio. Blog La Mirada InstitucionalIntroducción El proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 contiene importantes cambios en la política de contención fiscal de los últimos años en lo que a oferta de empleo público se refiere. Pero, además, viene acompañado de algunas otras medidas de trascendencia ineludible en el ámbito del empleo público. A la espera de que “el disputado voto” del parlamentario “176” dé el plácet a tan importante Ley, puede ser oportuno exponer en esta entrada cuáles son las líneas maestras de ese marco presupuestario del empleo público por el que se aboga en el citado proyecto, al menos en sus líneas sustantivas. Dejemos los matices para otra ocasión. Sobre todo para cuando se apruebe la Ley, si así fuera.
En efecto, por lo que afecta al acceso al empleo público parece advertirse un cambio de tendencia. Tras muchos años de una dura política de contención presupuestaria que ha comportado una congelación de las ofertas de empleo público y un correlativo envejecimiento de las plantillas del sector público, así como altas tasas de temporalidad y efectos muy perjudiciales sobre la no incorporación de talento joven a las estructuras del empleo público, da la impresión de que se inicia un proceso (gradual, pero irreversible) de “deshielo” en la congelación de las ofertas de empleo público en todas las administraciones públicas y entidades de su sector público institucional.Todo apunta que en los próximos ejercicios presupuestarios, salvo algún posible sobresalto temporal como consecuencia de un repunte ocasional de la crisis financiera (según diagnóstico de Juan Ignacio Crespo para este mismo año 2017), esa tendencia de incremento gradual de las ofertas de empleo público en los años venideros será imparable. La alta temporalidad en el empleo público, la no cobertura de vacantes como consecuencia de las medidas restrictivas en materia de personal y la propia pirámide de edad de los empleados públicos no conduce a otra salida, al margen de que se puedan amortizar muchas plazas instrumentales y apostar por una necesaria tecnificación y polivalencia en los puestos de trabajo, pues la Administración Pública no puede quedarse al margen de los profundos procesos de transformación existentes en su entorno más inmediato. El estado de descapitalización del sector público es preocupante y las restricciones de oferta de empleo público, con impactos muy dudosos sobre la contención del déficit, no han hecho sino agravar esa tendencia.
El “deshielo” de la congelación de ofertas de empleo públicoEl proyecto de Ley de Presupuestos para 2017 da algunos pasos (tímidos todavía) en esa dirección. El “deshielo” de la congelación de las ofertas de empleo público ha comenzado. Aparecen los primeros síntomas. Veamos algunas de sus manifestaciones, en todas aquellas previsiones que tienen el carácter de normas básicas (y, por tanto, aplicables a todas las administraciones públicas):
  • Si bien es cierto que la tasa de reposición general sigue fijada en el cincuenta por ciento de las vacantes del ejercicio presupuestario anterior, el proyecto amplía en algunos casos los ámbitos o sectores prioritarios que pueden alcanzar el cien por ciento de las vacantes. Esto, también es verdad, resuelve pocas cosas, atendiendo al criterio de cálculo de la tasa de reposición. No obstante, el artículo 19.Uno, 2, del proyecto especifica cuáles son esos ámbitos y sectores prioritarios.
  • Pero las grandes novedades no están ahí. Si no que se dan en la puesta en marcha de los denominados “procesos de estabilización del empleo temporal” que vienen acompañados de una “tasa adicional”. Sus modalidades son dos, ambas recogidas en el importante apartado 6 de ese mismo artículo 19, Uno. En la primera se pretende estabilizar el empleo en sectores con alto contenido prestacional o de especial sensibilidad, que siguen en algún caso la estela de la oferta de empleo público impulsada por el Real Decreto Ley 6/2017, de 31 de marzo; pero que se abre a nuevos e importantes ámbitos. Esa “tasa adicional” para la estabilización de ese empleo temporal “incluirá hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016. Los sectores sobre los cuales se puede proyectar esa “tasa adicional”-sin entrar ahora en matices- son:
    • Educación
    • Sanidad
    • Administración de Justicia
    • Servicios sociales
    • Policía Local
    • Gestión tributaria y recaudación
    • Inspección de servicios y actividades
  • La segunda modalidad de “tasa de reposición adicional” tiene asimismo un objeto muy preciso: la estabilización del empleo temporal de aquellas plazas que, en los términos previstos en la disposición transitoria cuarta del EBEP, estén dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, hayan venido estando ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal.
  • Por su parte, el artículo 19, Dos (regulación reiterada también para el sector público institucional), prevé que la duración de los contratos temporales o el nombramiento de personal interino “no podrá ser superior a tres años, sin que puedan encadenarse sucesivos contratos o nombramientos con la misma persona por un período superior a tres años”. Regla que se aplica (observen bien) “a la persona contratada o nombrada”, lo que pretende reducir drásticamente la temporalidad “pro futuro” en el empleo público y promover que esas plazas se oferten y convoquen para su provisión definitiva o se amorticen, si son para programas temporales. La previsión se cierra con una advertencia (luego reiterada para la contratación laboral por la disposición adicional trigésimo quinta del proyecto): las actuaciones irregulares en esta materia darán lugar a la exigencia de responsabilidades de acuerdo con la normativa vigente en cada una de las Administraciones Públicas. Aviso para navegantes.
  • En lo que afecta a la contratación indefinida por parte de las sociedades mercantiles o entidades públicas empresariales, en la disposición adicional decimoquinta se establece que, si tales entidades gestionan servicios establecidos en el artículo 19.Uno, 2 podrán, “siempre que quede justificada la necesidad (…) para la adecuada prestación del servicio o realización de la actividad”, acudir a la tasa del 100 por ciento. Pero si la sociedad mercantil o EPE no pertenece a ese ámbito de actividad, solo si hubiera obtenido beneficios en dos de los tres últimos años podrán realizar contratos indefinidos con un límite del 100 por ciento de su tasa de reposición. Y, si no tuviera tales beneficios, como norma de cierre, el límite se fija en el 60 por ciento. Pero adicionalmente podrán convocar procesos de consolidación del empleo temporal hasta un límite del 15 por ciento.
  • Por lo que afecta a las fundaciones y a los consorcios (disposiciones adicionales decimosexta y séptima, respectivamente) las reglas son más o menos similares: 50 por ciento de tasa de reposición, pero si esas entidades prestan actividades o servicios establecidos en el artículo 19, Uno, 2, la tasa se podrá elevar hasta el 100 por ciento, siempre que se justifique la necesidad.
En suma, de aprobarse el proyecto de Ley, las administraciones públicas y entidades de derecho público vinculadas o dependientes podrán proceder a aprobar ofertas de empleo público que contengan un número muy amplio de plazas en determinados sectores, que darán lugar con posterioridad a las pertinentes convocatorias de pruebas selectivas. Las demás entidades del sector público podrán, asimismo, proceder a la contratación indefinida en las condiciones expuestas (previa convocatoria pública y garantía de libre concurrencia). Sin duda serán convocatorias (al menos las de las administraciones públicas y en los supuestos de tasa “adicional” de reposición) que agruparán un buen número de plazas en no pocos casos, con las dificultades de gestión que este tipo de procesos conlleva. Además, esos procesos se realizarán probablemente con formatos de pruebas (dado el carácter masivo de aspirantes que se espera) que tendrán como objetivo “no confesado” aplantillar a los empleados públicos temporales. Ciertamente, los macro-procesos selectivos no son el vehículo idóneo para marcar la diferencia cualitativa entre diferentes aspirantes, menos aún cuando nacen condicionados por esa circunstancia objetiva: estabilizar empleo temporal. Pero ha de dejarse constancia que la estabilización es “de plazas, no de personas”. Algo que remarca el proyecto. Y que con frecuencia se olvida.
Si a todo lo anterior unimos la línea jurisprudencial abierta tras las sentencias de 14 de septiembre de 2016 (y sucesivas) del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (así como sus relevantes impactos en la jurisdicción ordinaria española), no dejan de plantearse incógnitas importantes; pues se introduce presión no solo a quienes ocupan plazas temporales sino también a las Administraciones Públicas que, en caso de cobertura reglamentaria de las vacantes por otra persona que no sea el interino, laboral temporal o “indefinido no fijo”, se podrán ver en la obligación de indemnizar a ese personal temporal o “indefinido no fijo” (en este caso, según la STS, Sala de lo Social, de 28 de marzo, con veinte días por año de servicio).
No se le ponen fáciles las cosas a la Administración Pública: si es celosa (como debe ser) en la aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad, las consecuencias de esa diligencia constitucional pueden crearle un serio quebranto financiero. Encrucijada compleja. Pero la ciudadanía no debe pagar los platos rotos de una política de previsión de efectivos inexistente. Aunque al final, los terminará pagando: si las pruebas selectivas son serias, habrá que indemnizar; si no lo son, se terminará perjudicando a los candidatos “externos” o “noveles” que no podrán acreditar el mérito ni la capacidad en términos de igualdad. Siempre metidos en el mismo bucle, casi cuarenta años así.
Algunas otras novedades importantes del proyecto
Pero las novedades del proyecto de Ley de Presupuestos no se detienen ahí. Hay otras, aunque solo me quiero detener en dos de ellas, ambas enormemente importantes. Al menos dar noticia, pues cualquiera de las dos requeriría un estudio detenido.
  • La primera ya es conocida, aunque todavía con escasa difusión. En efecto, la disposición adicional vigésima séptima del proyecto –con “vigencia indefinida”- incorpora una serie de limitaciones a la incorporación del personal laboral al sector público. Por medio de tan singular disposición, se afirma que no tendrán la consideración de empleados públicos ni podrán ser incorporados en una Administración Pública o entidades de derecho público aquellos trabajadores procedentes de contratas de obras o de servicios públicos cuando se extingan los contratos ya sea por resolución o contrato, así como por otras circunstancias. Tampoco adquirirán esa condición de empleado público aquellos trabajadores que presten servicios en sociedades mercantiles, consorcios o fundaciones que vayan a integrarse en una Administración Pública. Unos empleados, por tanto, que pueden prestar servicios en entidades de Derecho Público e, inclusive, en las Administraciones Públicas, pero que no serán empleados públicos, según el artículo 8 del EBEP. Se quedan en tierra de nadie. En fin, poniendo las “cosas fáciles” a los procesos en marcha de remunicipalización de servicios, entre otras cuestiones. Y, por si ello no fuera poco, si se produjera el primer supuesto (contratistas de concesiones de obras o servicios públicos) en caso de cumplimiento de una sentencia judicial o de que tal personal sea incorporado a una sociedad mercantil por medio de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, tales incorporaciones se contabilizarán como personal de nuevo ingreso a efectos del cómputo de la tasa de reposición de efectivos. Tampoco tendrán, obviamente, condición de empleados públicos, pero además dispondrán de esa penalización. En fin, para pensárselo dos veces. Aunque habrá que ver cómo evolucionan jurisprudencialmente estos temas.
  • La segunda no es sino concreción de lo ya expuesto en el artículo 19, Dos, del proyecto. Pero de forma más detallada y con el foco puesto esta vez de forma exclusiva en la contratación laboral. Así, la disposición adicional trigésimo quinta del proyecto establece tres reglas. La primera, que la contratación laboral en las Administraciones Públicas y entidades dependientes (también sociedades mercantiles) debe formalizarse siguiendo lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, la Ley de Presupuestos Generales del Estado y los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad. Hasta ahora el precepto no añade nada que no se dijera antes, aunque ello no implica que se cumpliera. La segunda, confiere a los órganos competentes en materia de personal la responsabilidad del cumplimiento de tal normativa, velando por evitar cualquier irregularidad en la contratación laboral temporal “que pueda dar lugar a la conversión de un contrato temporal en indefinido no fijo”. Esta condición, además, solo se podrá adquirir por resolución judicial: nada puede hacer al efecto la Administración Pública. Y la tercera, ya explicitada, las actuaciones irregulares (no se olvide también en el caso de personal laboral temporal y funcionarios interinos que extiendan más allá de tres años su vínculo con la Administración) darán lugar a la exigencia de responsabilidades por parte de los órganos competentes. Asimismo, se emplaza a que las administraciones públicas elaboren criterios de actuación en sus respectivos ámbitos para asegurar el cumplimiento de estas normas. Por tanto, manos a la obra; el tiempo de los “indefinidos no fijos”, figura distorsionada donde las haya, parece entrar en su recta final. Ya veremos si es verdad. Al menos se intenta.
A modo de cierre
Y esto es, a grandes líneas, lo que nos depara este proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 en materia de empleo público. Al menos algunas de las cosas más relevantes. Sin duda las citadas lo son. Sobre el empleo público se cierne una situación desastrosa (con marcadas secuelas) tras una larga y profunda crisis fiscal. Estas medidas, sin embargo, son parches. No resuelven el fondo del problema. En muchos casos, lo sortean. Parece que el Gobierno no se atreve a dar un paso más en ese inevitable proceso de regularización de plantillas sobrecargadas de temporalidad. Lo tendrá que hacer, por mucho que ello suponga afectaciones importantes en algunos casos al principio de igualdad y de mérito (Véase, AAVV, El empleo público en España: Desafíos para un Estado democrático eficaz, Instituto de Estudios Económicos, 2017, pp. 107 y ss.). Pero, vista la cuestión en perspectiva, el problema de fondo no es ese, sino cómo hacer frente al envejecimiento clamoroso de las plantillas del sector público, a la pérdida de conocimiento que este proceso comporta y a la necesidad de redefinir qué tipo de empleo público (en función de qué necesidades futuras) requieren las Administraciones públicas en las próximas décadas. Pero ese es otro tema, abordado monográficamente por un número de la Revista Gestión de Personas y Organizaciones Públicas (número especial 1, 2017; publicada en abierto en la página del IVAP). Un tema al que, de modo incidental, me acabo de referir en otro lugar, al que simplemente reenvío a quienes quieran tener una visión complementaria de la aquí expuesta (“Acceso al empleo público: ¿cambio de escenario?”: https://estudiosectorpublico.com/blog/).
Las cosas deberán cambiar si las administraciones públicas pretenden seguir siendo instituciones al servicio de la ciudadanía. No hay otra solución, al menos si se busca la supervivencia existencial de esa institución que hoy en día se conoce como “empleo público”, muy desdibujada y con una necesidad inaplazable de ser redefinida. Solo hay un camino: la profesionalización real y efectiva, así como el imperio del principio de mérito. Sin atajos.