viernes, 30 de abril de 2021

El estatuto del pequeño municipio o el traje nuevo del emperador

El 84 % de los municipios españoles tiene menos de 5.000 habitantes

Por Francisco Javier Durán García. Hay Derecho Blog.- De un tiempo a esta parte, en los mentideros del ámbito local se escucha insistentemente hablar del calificado “Estatuto Básico de los Municipios de Menor Población”. A este nasciturus normativo, sin haber visto la luz, ya se le atribuyen infinidad de bondades presentándolo como la solución a gran parte de los males que achacan a la Administración municipal.

Sin embargo, a fecha abril de 2021 sólo tenemos una Proposición no de Ley presentada en el Congreso de los Diputados -carente de efectos jurídicos vinculantes-. Sólo esto, pese a que la Estrategia Nacional frente al Retro Demográfico fue aprobada en 2019 y se marcaba como objetivo transversal: avanzar en la simplificación normativa y administrativa para los pequeños municipios, con el fin de facilitar la gestión de los ayuntamientos. Obsérvese que entre la estrategia y la proposición no de ley han transcurrido ya dos años sin resultados, a pesar de que ambas iniciativas son del mismo partido político que conforma la mayoría en las Cortes Generales y en el Gobierno de la Nación. Por lo pronto, la proposición parlamentaria lleva un ritmo pausado, lo que nos debe hacer enfriar las expectativas.

Para tomar conciencia del alcance de la cuestión debemos traer a colación los datos incontestables sobre la situación de la planta local en España. Actualmente contamos con 8.131 municipios de los que 6.827 tiene menos de 5.000 habitantes. La mayor parte de los municipios españoles son pequeños. Por lo tanto, se está proyectando un régimen legal específico para el 83,69 % de los municipios. Visto el porcentaje afectado sobre el total, lo que en teoría se concibe como un régimen específico para una tipología concreta de municipio, en la práctica será un régimen generalizado pues las modificaciones normativas que se plantean afectarán a la gran mayoría.

Atendiendo a su contenido, la citada proposición no de ley insta al Gobierno a formular un estatuto legal para aquellos municipios con menos de 5.000 habitantes, donde se recojan especificidades normativas para simplificar el procedimiento administrativo común, la contratación pública, la prestación de sus servicios, y la normativa presupuestaria. No se aportan más detalles. Se plantea, nada más y nada menos, que esta futura disposición modifique cuestiones generales como el procedimiento administrativo, pero también leyes específicas como las de contratación, presupuestos o servicios (en este bloque entrarían casi todas las competencias: urbanismo, medio ambiente, aguas, tráfico…). Una labor que se nos antoja titánica teniendo en cuenta el carácter bifronte del régimen local en España, pues la dinámica municipal no sólo se articula sobre la legislación básica del Estado, sino también en las leyes aprobadas por cada una de las Comunidades autónomas para el régimen local en sus diecisiete territorios.

En definitiva, se está promoviendo la elaboración de un texto legal básico que modifique normativa general, normativa especial –bastante compleja– y que, además, encaje constitucionalmente con las especificidades contempladas por las leyes autonómicas sobre régimen local. Por si lo anterior no fuera suficiente reto, también se marca como objetivo que este futuro estatuto ayude a fijar población en las áreas menos densamente pobladas. En nuestra opinión, se está pidiendo al legislador que dé a luz un unicornio.

Hasta el momento, y llevamos bastante tiempo escuchándolas, sólo tenemos declaraciones de intenciones, estrategias con muchos objetivos y comisiones delegadas. Al respecto, debemos reconocer que por sí solos son insuficientes para cubrir la desnudez que exhibe nuestro anacrónico cuerpo municipal. Una planta cuya estructura está sobredimensionada por arriba y por abajo, pues no sólo existe un fraccionamiento municipal excesivo, sino también un elevado número de entes intermedios (diputaciones, mancomunidades, comarcas, parroquias,…).

No olvidemos que la ciudadanía, como demandantes de servicios, interacciona con esta ingente cantidad de entidades encontrando no pocas duplicidades, desajustes competenciales, déficit de control y de transparencia. Sobre esta base, consideramos que la falta de agilidad y de equidad en la administración local no se debe tanto al marco legal vigente –las vestiduras–, sino a las rémoras que arrastra la actual estructura de la planta municipal –el cuerpo–.

Coincidimos en que la reforma de la administración local pasa necesariamente por la simplificación, pero quizás la dirección acertada no sea complicar aún más el marco normativo local. Además está el riesgo de la simplificación mal entendida, aquella que se equipara con la eliminación de controles y, lo que es más grave, con la reducción de garantías a los administrados. A nuestro entender y desde que se reconoció la autonomía local por la Constitución de 1978, la Administración local demanda una simplificación, desde luego, pero de su planta municipal a través de la reducción del número de entidades; pues sólo superando la situación de inframunicipalismo se podrá alcanzar un ejercicio efectivo de dicha autonomía para las unidades resultantes. Se trata de homogeneizar la planta local hasta alcanzar municipios sostenibles competencial y financieramente; lo contrario es dar carta de naturaleza a la minoría de edad en la que ya viven de facto la mayoría de los municipios españoles.

Se insiste en defender la pervivencia de una planta local fraccionada al amparo de una interpretación fallida de la autonomía local, que propugna un reconocimiento formal frente a un reconocimiento efectivo. Sin embargo lo que verdaderamente subyace es, primero, la falta de autocrítica en los gobiernos locales, anclados en el corto plazo desde una “política de lindes”. A lo anterior se suma la ausencia de interés desde las Diputaciones provinciales y las Comunidades autónomas, pues son beneficiarias de la dependencia de los pequeños municipios hacia ellas.

Adelgazar la planta municipal

Una reducción de la planta local fortalecería la posición institucional de los municipios resultantes y permitiría una distribución más nítida de las responsabilidades; por contra, supondría una pérdida de poder, o incluso el cuestionamiento de su existencia, para otros entes intermedios. De prosperar una defensa a ultranza de la actual planta municipal, seguramente el futuro estatuto adoptará como solución el incremento de la tutela y las prerrogativas de Diputaciones y asimilados sobre los pequeños municipios. Esto, a nuestro juicio, degradará su autonomía local.

En lugar de promover un estatuto específico para los pequeños municipios, sería más acertado adelgazar la planta municipal (como se ha hecho en gran parte de los países europeos). Es más, la simplificación que proponemos no precisa de modificaciones legales, sino de un compromiso político que se puede materializar a partir del actual marco normativo. Se trata de afrontar el problema desde la raíz, y tanto en la legislación básica como en la autonómica encontramos herramientas para acometer una estrategia basada en la fusión de municipios, ya por convenio ya por mandato, y en municipios compuestos.

El emperador no necesita un traje nuevo; lo que necesita es adelgazar. Luego, si fuera preciso, se ajustarán las costuras. Recordando la moraleja del cuento de Hans Christian Andersen, no debemos creer que algo es necesario sólo porque muchos lo repitan; al contrario, se trata de ser honestos con el diagnóstico y valientes con una solución que permita a los municipios alcanzar un ejercicio efectivo de su autonomía.

jueves, 29 de abril de 2021

La promoción interna no ampara consolidaciones encubiertas

"No es nuevo que la negociación de la promoción interna ( la cosa nostra) es un caldo de cultivo para la experimentación y para la paz social, donde tanto patronal como sindicatos están interesados"

Por José Ramón Chaves. delaJusticia.com blog.-  Eso es lo que afirma la Sala Tercera del Tribunal Supremo en una recientísima sentencia. La promoción interna de los funcionarios tuvo inmenso protagonismo en las últimas décadas y aunque ahora están suspendidas transitoriamente, es fácil pronosticar que reverdecerán en breve en lo que será una  "explosión promocional", pues la función pública actúa por ciclos y tras este lapso crítico, el levantamiento presupuestario irá acompañado de las legítimas reivindicaciones de promoción interna.

Pues bien, para aviso de navegantes, la reciente Sentencia de la Sala tercera del Tribunal Supremo de 12 de abril de 2021 (rec.2305/2019) aborda la siguiente cuestión de interés casacional: qué función tiene en los procesos de promoción interna la negociación colectiva respecto del ejercicio de las potestades de autoorganización de las Administraciones y qué requisitos se pueden establecer para participar en un proceso de promoción interna vertical que sean compatibles con los  artículos 14  y  23 de la Constitución .

 El telón de fondo de la sentencia consiste en una convocatoria de promoción interna del grupo D al C, de la Universidad de Burgos, que fruto de la negociación colectiva, reserva la participación exclusivamente a los funcionarios que ocupasen determinados puestos de trabajo con el fin de facilitarles el acceso y evitar supuesta discriminación retributiva. Lógicamente, los funcionarios del grupo D que no ocupaban esos puestos recurrieron.

Lo importante de esta sentencia no es el caso particular, sino que sienta criterios generales de validez universal.

Primero recuerda la singular naturaleza de la relación funcionarial:

La relación funcionarial es estatutaria, esto es, regulada normativamente tal y como prevé el  artículo 103.3 de la Constitución  en relación con el  artículo 9.1 del EBEP . Esa naturaleza normativa o estatutaria contrasta con la regulación de la relación laboral, en cuyo sistema de fuentes sí se insertan expresamente los acuerdos entre trabajador y empleador, ya sean individuales o colectivos (cfr.  artículo 3 del Estatuto de los Trabajadores , texto refundido aprobado por Real Decreto-legislativo 272015, de 23 de octubre).

Después señala la que fue novedosa introducción de la negociación colectiva en la esfera de funcionarios:

A partir de la ratificación por España de los Convenios 151 y 154 de la Organización Internacional del Trabajo de 1978 y 1981 respectivamente, más con la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y, en fin, con el vigente EBEP, se incorporan al ámbito funcionarial institutos propios de las relaciones laborales. Es el caso de la negociación colectiva o el planteamiento de conflictos colectivos de trabajo (cfr.  artículo 15 del EBEP ), lo que se predica de todo el empleo público y no sólo del personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. A estos efectos el  artículo 31.2 del EBEP  entiende por negociación colectiva el derecho de los empleados públicos, ejercido colectivamente, para negociar la determinación de sus condiciones de trabajo; ahora bien, al incidir tal instrumento en una relación de servicios de naturaleza estatutaria, como es la relación funcionarial, tal derecho debe ejercerse con sometimiento al principio de legalidad (cfr.  artículo 33.1 en relación con el    artículo 37.1 del EBEP ).

A continuación señala las materias susceptibles de negociación tal y como las define el legislador:

Dentro del listado de las materias susceptibles de negociación que relaciona el  artículo 37.1 del EBEP , su apartado c) prevé que serán negociables «las normas» que fijen los criterios generales en materia de carrera, sistemas de clasificación de puestos de trabajo, y planes e instrumentos de planificación de recursos humanos, lo que implica una especialidad de la participación dentro del procedimiento de elaboración normativa en general. La referencia a los planes e instrumentos de planificación como materia negociable alcanza a la promoción profesional [cfr.  artículo 69.2.d) del EBEP  ], lo que, a su vez, concreta el apartado e) que prevé como materia de negociación »  la regulación y determinación concreta, en cada caso, de los sistemas, criterios, órganos y procedimientos de acceso al empleo público y la promoción profesional  «.

Señala los límites de la negociación:

Tratándose de la promoción interna -y que supone un cambio de cuerpo o escala- esa determinación concreta de las condiciones para su ejercicio, que es lo negociable, debe ajustarse a los límites que prevé el EBEP: que se efectúe mediante un proceso selectivo, que se ajuste a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad más los del  artículo 55.2 del EBEP  (  artículo 18.1 del EBEP  ); que se ostente la titulación exigible para el ingreso al cuerpo o escala al que se promociona y antigüedad de al menos dos años desde el que se promociona. A esos límites se añade lo que prevean las leyes de la Función Pública sobre los sistemas de promoción interna (cfr.  artículo 18.2  y  3 del EBEP ), en este caso, el  artículo 71 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León .

Finalmente, censura en el caso, que pueda acometerse una promoción interna vertical y ad personam, sin que la aprobación de una Relación de Puestos de Trabajo pueda verse comprometida por lo pactado en la negociación colectiva (“la fuerza vinculante de ese acuerdo respecto de lo litigioso en casación es limitada pues no podía contemplar la posterior reforma de la relación de puestos de trabajo”), pues ratifica el criterio de la sentencia recurrida:

Y concluye con lógica que más que unas pruebas de promoción interna vertical, se está ante un proceso de consolidación en el puesto de concretos funcionarios del subgrupo C1 que tras la nueva relación de puestos de trabajo ya ocupan plazas de asignación indistinta a funcionarios del subgrupo A2 y C1. Tal realidad colisiona con la idea de generalidad que se predica de la promoción profesional interna vertical.”

Además comparte la perplejidad de la sentencia recurrida de "que superasen la prueba todos aquellos que ocupaban esos puestos «barrados», realidad que no se cohonesta con la idea de un proceso selectivo competitivo sujeto a criterios de igualdad, mérito y capacidad.”

Finalmente aprecia una diferencia de trato y confirma el acierto de que:

"la sentencia concluya que se trata de un proceso de consolidación encubierto que, bajo la apariencia de una prueba general y objetiva de promoción, da preferencia a un dato como es el puesto ocupado y al nivel a él asignado, lo que acaba beneficiando a unos concretos funcionarios en perjuicio de otros en su misma situación estatutaria.”

Quizá muchos digan aquello de Eclesiastés, “nada nuevo bajo el sol”, y precisaré que a mi juicio no es nuevo, desde cuatro ángulos distintos:

-No es nuevo que la normativa constitucional y legal imponen mérito, capacidad e igualdad.

-No es nuevo que frecuentemente las negociaciones colectivas exploran los límites hasta el plus ultra, para buscar soluciones pragmáticas a problemas de plantillas, sacrificando el mérito, capacidad e igualdad.

-No es nuevo que la negociación de la promoción interna ( la cosa nostra) es un caldo de cultivo para la experimentación y para la paz social, donde tanto patronal como sindicatos están interesados.

-No es nuevo tampoco que cuando tales “promociones internas” benefician de forma generalizada, nadie se entera del aligeramiento de pruebas ni de la reserva de plazas, y lo que es más preocupante, nadie de “dentro de la casa” las impugna ( bien porque se beneficia o bien porque no quiere problemas) y nadie de “fuera de la casa” las impugna (porque no existe acción pública y carecería de legitimación).

O sea, que bien están las sentencias del Tribunal Supremo que recuerdan el sendero de los principios constitucionales, pero mejor estaría la responsabilidad de las Administraciones públicas para ajustarse a las reglas del juego, aunque no es ningún juego el mérito, la capacidad, la igualdad.

 No son tiempos fáciles. Ya me ocupé del orgullo y supervivencia del funcionario en  Ser funcionario en tiempos difíciles (Wolters Kluwer, 2019)

martes, 27 de abril de 2021

Carles Ramió: Contratos Públicos y Corrupción

Por Carles Ramió. EsPúblico blog.- Para un especialista en instituciones y gestión pública no es nada grato tratar el tema de la corrupción. El estudio del fenómeno de la corrupción es muy complejo ya que se trata de una madeja en el que es muy difícil poner orden a los distintos hilos y realizar análisis causales. Pero una buena forma de abordar este problema es enfocarse en el análisis de las contrataciones públicas. Los contratos públicos, de naturaleza muy diversa, es el ámbito en el que se manifiesta de manera más clara los actores y las dinámicas corruptas. Es el punto más delicado y más permeable a la corrupción incluso en aquellos países con instituciones y sociedades escasamente corruptas.

 La contratación pública es un complejo sistema jurídico y de gestión en el que se encuentran diversos estamentos susceptibles de degenerar en prácticas corruptas: los cargos políticos (que llevan la pesada mochila de buscar financiación heterodoxa para sus respetivos partidos políticos que es un lastre que puede tener efectos multiplicadores para favorecer ilícitas pulsiones de lucro personal), cargos administrativos directivos y especialistas en contratación que están especialmente expuestos a los cantos de sirena de las ingentes sumas de dinero que transitan por los expedientes que gestionan (afortunadamente esta dimensión de la corrupción es casi inexistente en nuestro país) y, finalmente, el tejido empresarial que puede caer, con estímulos o sin estímulos políticos e institucionales, muy fácilmente en la tendencia de buscar el camino más sencillo y fluido para poder hacer negocios con la Administración. Es por tanto, en la contratación pública, donde suele escenificarse la corrupción de alta intensidad que es la más perniciosa para el sistema público tanto por sus importantes impactos económicos negativos como por su capacidad de metástasis al resto del cuerpo institucional y del ámbito empresarial.

La corrupción política e institucional no surge por arte de magia o de forma aislada, sino que hay un conjunto de variables que contribuyen a este florecimiento. El primer elemento a tener presente es que nuestras sociedades mediterráneas se asientan sobre unas pulsiones históricas de una gran permeabilidad hacia la corrupción. Se suele decir que España no posee unos políticos suecos, ni unas instituciones anglosajonas, ni una educación finlandesa, ya que no somos ni suecos, ni británicos ni finlandeses sino del sur de Europa. Somos mediterráneos de origen fenicio y romano, con una cultura cristina instalada en la doble moral, con un Siglo de Oro Español preñado de pícaros, pillos y ladrones que han dejado su sello hasta el momento actual. La política y las instituciones no pueden ser un eslabón aislado sino un reflejo más de la ética y de la moral de unas determinada sociedad, del mismo modo que los empresarios, los sindicatos, las instituciones y los medios de comunicación. Procedemos de una historia turbulenta y desgraciada que no ha sido precisamente un caldo de cultivo favorable para la calidad de nuestras instituciones públicas. Hemos diseñado un tejido institucional muy débil de forma rápida, desordenada y  preocupados por otras urgencias y problemas mayores como la defensa de los valores democráticos y la construcción de un modelo de Estado del bienestar. Una agenda política y social tan densa no ha dejado mucho espacio para interesarse por la calidad de nuestras instituciones políticas básicas y por nuestras administraciones públicas y no hemos sido capaces de edificar diques institucionales que frenen la corrupción política, empresarial y social. El concepto de contrapesos institucionales (los denominados checks and balances) y el perfilar sutiles sistemas de control es algo que ha permanecido inexplorado por falta de tradición, de prioridad y de voluntad. Los precarios anclajes sociales, institucionales y de mercado no han podido frenar un asilvestramiento y una relajación ética de los partidos políticos, de los políticos y de las empresas contratistas con la Administración pública . Y de esta forma se ha ido generando un nudo de variables que han favorecido un escenario en el que la corrupción se ha instalado como una pieza esencial del paisaje institucional, político y empresarial de nuestro país

Otro elemento a tener en cuenta es que durante las últimas décadas se ha producido una transformación conceptual que ha fomentado que han reverdecido con gran intensidad las viejas dinámicas clientelares y corruptas. Nuestras administraciones han ido rechazando, de forma progresiva, el modelo burocrático clásico de la mano de la denominada “nueva gestión pública” y han ido generando como modelo alternativo un modelo gerencial de carácter eficientista. La motivación objetiva para esta migración de modelos es indiscutible: la exigencia de  prestar de servicios públicos a los ciudadanos y el modelo burocrático es rígido, fordista e imperfecto. La prestación de servicios de forma económica, eficaz y eficiente requiere de un nuevo modelo más flexible, contingente y con un cierto aroma empresarial (gerencial).  No tiene nada de negativo intentar diseñar un modelo mixto o híbrido que combine el sistema de garantías institucionales y jurídicas propias de un modelo burocrático con arquitecturas organizativas y roles profesionales más orientados a la gestión eficaz y eficiente de los servicios públicos. El resultado final tiene dos caras: una positiva y otra negativa. En la vertiente positiva, hay que destacar que estas administraciones han logrado prestar servicios públicos de bastante calidad con unos costes muy razonables. Es el gran éxito de las administraciones públicas de España durante los últimos 30 años. Pero la vertiente negativa es que este modelo mestizo de carácter burocrático-gerencial ha socavado algunos de los principios básicos insoslayables del modelo burocrático, dando entrada al modelo más pérfido posible: un modelo clientelar muy permeable a la corrupción. Precisamente es en la contratación pública donde su manifiesta con mayor intensidad esta esquizofrenia institucional: una tensión, por una parte, entre la necesidad de garantías y seguridad jurídica de corte burocrático pero que en exceso asfixia a la Administración y no le permite ser rápida, eficaz y eficiente. Por otra parte, la imperiosa necesidad de que la gestión en la contratación pública sea rápida, eficaz y eficiente (un buen ejemplo han sido las compras públicas para hacer frente a la covid-19) y, por tanto, requiere una gerencialización que aporte autonomía y flexibilidad. Hasta el momento esta dicotomía conceptual no la hemos sabido resolver y el resultado ha sido un reverdecimiento de determinadas prácticas corruptas. Hay que trabajar en articular de manera serena y robusta un modelo híbrido entre la burocracia y el gerencialismo que no implique que el que salga como triunfador sea la corrupción y el clientelismo. A mi entender este es el gran reto. Reto que nunca podremos dar por superado ya que la naturaleza humana y las pulsiones sociales son siempre endebles y las dinámicas organizativas y de control institucional inestables. Por tanto, refinar el sistema de contratación para que sea impermeable a la corrupción pero evitando relantizar e incluso paralizar a las administraciones públicas.

lunes, 26 de abril de 2021

El sectarismo llega al BOE

Por Hay Derecho blog.- Vivimos en tiempos en que las “líneas rojas” en nuestra sufrida democracia se cruzan cada vez con mayor frecuencia. Cruzar estas líneas rojas supone, sencillamente, desconocer que en una democracia hay reglas formales, pero también reglas informales, una serie de valores y principios que hay que respetar aunque no se establezcan en ninguna norma jurídica. La razón es que sin estas reglas informales una democracia está en riesgo, porque no es bastante que se apoye en textos legales: necesita  también que la conducta de los políticos y los ciudadanos respondan no ya a la letra de la ley, sino a su espíritu.

El ejemplo al que nos queremos referir resulta particularmente llamativo para los juristas. Se trata del Préambulo de la LO 5/2021 de 22 de abril de derogación del artículo 315.3 del Código Penal (de la que enseguida trataremos en este blog). Para que juzguen los lectores por sí mismos, dice lo siguiente:  “Con la crisis como oportunidad, desde la llegada al Gobierno del Partido Popular en 2012, se inició un proceso constante y sistemático de desmantelamiento de las libertades y especialmente de aquellas que afectan a la manifestación pública del desacuerdo con las políticas económicas del Gobierno. La reforma laboral, que prácticamente excluyó la negociación colectiva de los trabajadores y que devaluó o directamente eliminó otros muchos de sus derechos, no pareció suficiente y por ello se reforzaron, con ataques directos, todas las medidas que exteriorizaron el conflicto, utilizando la legislación en vigor, como la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, y el artículo 315.3 del Código Penal, en el corto plazo, y trabajando, en el medio plazo, para desplegar un entramado de leyes que asfixian la capacidad de reacción, protesta o resistencia de la ciudadanía y de las organizaciones sindicales, hacia las políticas del Gobierno”.

Partidismo

Es sin duda muy mala noticia que el partidismo llegue (también) a los preámbulos de las leyes. Bastante teníamos con la cada vez más deficiente redacción de estas sufridas exposiciones de motivos, muy alejadas de la brillantez, el rigor jurídico y la concisión de muchas normas del pasado. Pero, hacer del BOE un manifiesto partidista, suponiendo las malas intenciones del partido hoy en la oposición que promulgó la ley cuando tenía los votos suficientes (con idéntica legitimidad democrática que el partido que hoy la deroga), es desconocer esas reglas informales esenciales en una democracia avanzada. ¿Cada vez que se modifique una ley vamos a explicar lo malo que era el partido, o los partidos que la votaron en su momento? Esto es desconocer que en una democracia la alternancia en el Poder supone que las mayorías cambian, y las leyes también, y esto es absolutamente lo normal y lo deseable.

Además, las leyes tienen por destinatarios a todos los españoles, los que votan al PP, al PSOE y al resto de los partidos por igual. ¿Les va a gustar ver cómo en sus exposiciones de motivos se pone a caer de un burro al partido por el que votan? No parece una buena recomendación para que sean vistas como leyes generales y no de partido e incitar a su cumplimiento. También son ratificadas por el Jefe del Estado que tiene que estar por encima del rifirrafe partidista. Poner a la firma este tipo de textos produce un cierto bochorno.

Incluir en una Ley este tipo de descalificaciones partidistas revelan una total falta de respeto por las instituciones. Si los que las dirigen no las respetan, ¿ cómo esperar que lo hagan los ciudadanos? Desgraciadamente, la politización de las instituciones hace tiempo que dejó de ser noticia, si bien, parecía que el BOE era una de las últimas excepciones a las que los partidos políticos no se habían atrevido a extender sus tentáculos.

También es sorprendente que nos hayamos enterado de este despropósito después de una larga tramitación parlamentaria. Al parecer, nadie (más allá de algún diputado del PP), incluidos los letrados de las Cortes, había protestado por la contaminación política de lo que debe de ser el Preámbulo de una norma técnico-jurídica.

Bajamos otro escalón en el deterioro del Estado de Derecho, ¿qué será lo siguiente?

viernes, 23 de abril de 2021

El Gobierno obligará a las administraciones a cubrir las plazas ocupadas por interinos en un máximo de 3 años

El Gobierno quiere aprobar en septiembre el anteproyecto de Ley de Función Pública en la AGE

El Derecho.com-EP .  El ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, ha anunciado este jueves que va a reformar el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) de manera que se establezca la obligatoriedad de las administraciones públicas de cubrir en un plazo máximo de tres años las plazas ocupadas por personas sin contrato fijo.

Así lo ha señalado durante su comparecencia en la Comisión de Función Pública en el Senado, donde ha remarcado su compromiso de reducir la tasa actual de temporalidad en las administraciones a través de medidas "eficaces que eviten nuevas bolsas de empleo temporal".

"El objetivo es desarrollar medidas objetivas para prevenir y sancionar el abuso y fraude en la temporalidad, que se ponga el énfasis en su excepcionalidad y se delimite su duración máxima", ha explicado Iceta.

El ministro ha explicado que la temporalidad es un problema que alcanza al conjunto de las administraciones, pero que en la Administración General del Estado (AGE) es menor que en otros ámbitos, ya que ronda el 8%, mientras que en la administración autonómica supera el 30% y se concentra en salud y educación, y en los ayuntamientos es del 13%.

"Cierta temporalidad es aceptable e incluso necesaria en algunas circunstancias, pero si una persona realiza una tarea en la Administración que es permanente, lo normal es que la realice con un contrato fijo y no desde una temporalidad que precariza el empleo y que le hace difícil que se plantee su futuro", ha apuntado.

Iceta ha apuntado que espera encontrar puntos de encuentro entre todas las partes para la definición de medidas concretas que permitan alcanzar los objetivos en materia de temporalidad, "previniendo los abusos y estabilizando el empleo".

Respecto a la estabilización de los puestos de trabajo, ha dicho que se va a realizar un nuevo proceso y que espera que sea el último que se promueve para dar carácter fijo al personal interino.

"Vamos a intentar hacer las cosas bien y mantenemos ese criterio de que la tasa de temporalidad no exceda el 8% en el conjunto de las administraciones", ha subrayado Iceta, que quiere abordar los problemas de la Función Pública "a la mayor brevedad posible".

En este sentido, ha recordado que el pasado 25 de marzo se reunió la Comisión de Coordinación del Empleo Público y que es en ese marco en el que se deben discutir los criterios y tener una radiografía, "lo más precisa posible" de la situación de temporalidad en el conjunto de las administraciones.

Asimismo, ha afirmado que además de reformar el artículo 10 del Estatuto Básico del Empleado Público, esta Comisión está trabajando en la concreción de los criterios que tendrá el nuevo proceso de estabilización y en las tasas de reposición "flexibles" a aplicar para "poder absorber en un plazo razonable las plazas estructurales ocupadas bajo fórmulas de interinidad".

Acuerdo antes del verano

El ministro ha explicado que espera que, antes del verano, las comunidades autónomas, las entidades locales y los sindicatos alcancen un acuerdo sobre todas estas cuestiones.

Por otro lado, ha dicho que el Gobierno quiere aprobar en septiembre el anteproyecto de Ley de Función Pública en la AGE para "consolidar un modelo público eficaz y motivador con una materia de recursos humanos más flexible".

"El compromiso del Gobierno y del presidente, Pedro Sánchez, está con los servidores públicos y mi propósito es el de hacer valer ese compromiso y tratar de mejorar sus condiciones de trabajo, consolidar sus empleos e incrementar su valoración ciudadana", ha añadido, tras afirmar que los trabajadores públicos merecen "todo el respeto y reconocimiento".

También ha resaltado que el Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia servirá para potenciar la recuperación económica y para adecuar el modelo productivo a los requerimientos de la nueva sociedad siglo XXI.

Asimismo, ha subrayado que se van a invertir 1.000 millones de euros de los 4.000 millones en el componente 11 del Plan, que contempla la modernización de la Administración para que pueda seguir desempeñando su labor de cohesión social.

De estos 1.000 millones, 970 millones corresponderán a las comunidades autónomas y entidades locales y 30 millones los gestionará el Ministerio. "Estamos terminando de diseñar los criterios que deben informar de los proyectos que desarrollaremos", ha apuntado.

miércoles, 21 de abril de 2021

TS – Reclasificación de funcionarios

Por  IDL-UAM . STS 1365/2020. La reclasificación de un funcionario por la asunción de nuevas responsabilidades puede conllevar a un nuevo nivel, incluso si contraría los límites dispuestos por el derecho transitorio, cuando la vigencia temporal de este último sea indefinida.

STS 1365/2020. La sentencia del TSJ del País Vasco es recurrida en casación por la Administración General del Estado. Dicha sentencia estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo promovido por la parte actora contra la resolución dictada por la Subsecretaría del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que desestima la solicitud de abono de evaluación y reclasificación de su puesto de trabajo para ajustar el nivel de complemento de destino y el complemento específico a las funciones que tiene encomendadas.

El particular recurrido en casación es un funcionario de carrera del subgrupo A2 de la Dirección Provincial de Guipúzcoa de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que, debido a cambios normativos ha ido incrementando sus funciones progresivamente, lo que le ha llevado a reclamar un complemento de destino superior al actual, previa reclasificación y valoración por parte de la Administración. El TSJ, al estimar parcialmente la demanda, obliga a la Administración a clasificar y valorar el puesto de trabajo, sin pronunciamiento expreso a la cuantía del complemento.

Ebep

La cuestión objeto de interés casacional consiste en determinar si la reclasificación de un puesto de trabajo de un funcionario público como consecuencia de la asunción de nuevas responsabilidades ha de respetar en todo caso el intervalo de niveles correspondiente al grupo de clasificación profesional del cuerpo y escala al que pertenece el mismo, o bien se puede asignar a dicho puesto de trabajo un nivel que se encuentre fuera del intervalo legalmente establecido. En efecto, toda vez que la reclasificación supondría exceder el intervalo de niveles de la categoría profesional  del funcionario en cuestión, ello, a juicio del Abogado del Estado, implicaría contrariar la Disposición Transitoria tercera del Real Decreto Legislativo 5/2015 (EBEP).

El TS desestima el recurso, confirmando la sentencia de instancia. Así, considera procedente la reclasificación dado que la Administración tiene el deber de hacerla atendiendo a las tareas efectivamente asignadas al funcionario y, toda vez que las funciones del actor se ven incrementadas, debe procederse a la valoración del puesto.

Lo interesante del razonamiento del Alto Tribunal es la respuesta que da al asunto de interés casacional. En efecto, si bien admite que la regulación transitoria identifica al subgrupo A2 como grupo B (y por tanto, se corresponde a esos niveles), el Tribunal entiende que ello no debe ser así, toda vez que la norma transitoria deja de tener sentido cuando los títulos requeridos para todo el grupo A son los mismos, mientras que en el B se exige la titulación de “Técnico superior de formación profesional”. Todo esto se deriva, a la postre, de que la disposición transitoria tiene una duración temporal indefinida en el tiempo, lo que es contrario a los principios derivados del art. 103 CE.

Texto completo en CENDOJ (Roj: STS 3406/2020 – ECLI:ES:TS:2020:3406).

lunes, 19 de abril de 2021

10 principios para la atención a la ciudadanía en Redes Sociales

Las RRSS acercan a la ciudadanía a las AAPP, pero una mala gestión abunda en los problemas habituales.

Por Sergio Jiménez.- Analítica Pública blog.-  Una de las novedades novedosas del Real Decreto de eAdministración es que se reconocen las Redes Sociales como un medio de atención ciudadana. Esto ya venía siendo una realidad desde hace tiempo a raíz de Whatsapp, Twitter, Telegram u otros espacios que puedan ser de interés con un éxito irregular. Lo cierto es que uno, que suele meter la pata a intervalos irregulares en twitter, ha tenido experiencias de todo tipo en los servicios de atención por redes, pero, generalmente, las AAPP han ido algo peor que el sector privado (salvo MediaMarkt que tiene la traca de todo lo peor). La cosa es que realizar esta visión (tener un canal efectivo más en las RRSS) requiere algunos cambios y planteamientos y, aquí os cuento cuales.

En este post podrás ver:

-Las Redes Sociales como un canal ganado.

-Las RRSS y la asistencia en las AAPP

-¿Qué podemos hacer para que las RRSS sean un buen canal de atención ciudadana?

-En resumen

Las Redes Sociales como un canal ganado.

Ciudadano planteando a Santa Rita cuándo tendrá la actualización de los datos censales cumplimentados en el formulario 030 hace dos meses. Fuente

Si recordáis, hace un tiempo os hablé de la composición de canales digitales de las AAPP, hablando de propios y ajenos. Estos últimos son canales en los que un agente está, pero no puede definir ni las reglas ni las condiciones en las que crea y se publica su contenido. Este es el caso de las RRSS: para poner algo en twitter, tú decides lo que pone, pero dentro de las reglas de la red del pajarito (incluso cuando no las tiene muy claras) y no decides quién los ve ni cuando (está ahí el algoritmo y sus reglas y eso).

Adicionalmente, hay una complejidad más. Cuando un canal no sólo es ajeno, sino que es lógicamente compartido, las reglas las acaban definiendo otros actores. Esto quiere decir, que cuando uno llega a establecer, por ejemplo, un sistema de contar cosas en twitter, en realidad la práctica de miles de usuarios establece lo que es admisible (como por ejemplo, los hilos).

En el caso de la atención al usuario las reglas están más o menos claras: los principales actores suelen tratar de hacerla personalizada, de manera privada y, en la medida de lo posible de extremo a extremo. Es decir, si te quejas en Twitter de algo (de manera más o menos razonada y constructiva) con una marca ciertamente grande y con este servicio, el CM generalmente te invita a enviar un privado y te atiende en la medida de lo posible. Esta experiencia no la he tenido con el sector público (no quiere decir que no lo haya, simplemente no me he encontrado con esta experiencia… ¿si vosotros sí, podéis comentármelo, por favor?

Las RRSS y la asistencia en las AAPP

Las redes sociales tiene una importante capacidad de impacto y de atención. Hoy en día twitter o youtube generan más titulares que casi cualquier medio oficial. Sin embargo, tradicionalmente la capacidad de prestar atención efectiva a la hora de resolver problemas es relativamente limitada, como dijimos aquí. Es decir, dentro de los problemas que solemos encontrar con las AAPP, sobre todo en el canal electrónico, tienen cierta complejidad. Tenemos por un lado los problemas de índole más técnica, que muchas veces requiere mirar equipos, configuraciones, preferencias, etc. y que se resuelven de manera más óptima (aunque no siempre más cómoda) en un CAU. Por otro lado, tenemos dudas legales o normativas que generalmente hay que tratarlas con empleados públicos que tienen que tener un conocimiento más específico de nuestro caso.

En todo caso, parte de estas gestiones en el mundo privado son posibles. Por ejemplo, yo he podido solicitar (y lograr) una rectificación de una factura de móvil por twitter. Sin embargo, en el sector público por cuestiones procesales esto no es viable. Imaginemos que una persona pueda conseguir actualizar el padrón por twitter porque se tenga el numero de dni y la fecha de nacimiento (que muy fácilmente es lo que te pide un operador).

En todo caso, lo cierto es que, sin llegar a ofrecer procedimientos, las RRSS pueden servir para:

-Aclarar dudas de ciudadanía sobre servicios y trámites

-Consultar situaciones de procedimientos

-Facilitar información pública

-Resolver dudas de carácter técnico

-Redirigir dudas más específicas y concretas a otros canales más apropiados.

 ¿Qué podemos hacer para que las RRSS sean un buen canal de atención ciudadana?

Tenemos claro qué se debe hacer y hasta dónde podemos llegar. Ahora nos falta saber cómo podemos hacerlo. Yo lo dejaría en 10 cosas (podrían ser más o menos, pero los decálogos gustan en los blogs.. un post llamado los 10xxx para xxx es un post que hace feliz al público y al SEO). Diría:

Infografía de los 10 principios de atención a la ciudadanía en Redes sociales.

-Tener actitud.
Como decían en aquel anuncio fashion is attitude, pues bien, el servicio es actitud. Es decir, puede (y debe) haber guías de procedimiento, normas y reglas de atención, pero eso nunca va a cubrir todos los casos, ni lo va a hacer de manera satisfactoria. Cuando alguien te ayuda “por obligación” se nota y molesta. Hay que tener actitud para ayudar a la gente

-Atender personalmente. Un problema que tienen parte de los perfiles de las redes que conozco tienden a responder directamente en público y, en muchos casos, con mensajes muy genéricos. Esto hace que, por un lado la información que se preste sea por definición pobre (¿qué clase de información te pueden dar en una red social para que vea todo el mundo? nada personalizado) y que te de la sensación de que han tirado del excel de turno, que quizá (y sólo quizá) no se ajuste a tu caso.

-Tratar de entender lo que se dice. Normalmente la ciudadanía no tiene fácil hablar administrativeño medio y los servicios de atención ciudadana, paradójicamente, no hablan bien ciudadanés básico. Esto hace que haya pérdidas en la traducción. El problema es que quién está necesitado, preocupado y frustrado es el ciudadano, así que ya sabéis quién sufre más (y tiene las de perder).

-Entender la frustración. Cuando alguien se queja en una red social está frustrado, así que es normal que reaccione mal: viene de una mala experiencia. Mantener la calma y responder de manera empática es la manera básica de estar al lado de la ciudadanía y no estar de parte de todas las complicaciones que encuentra.

-Dedicar tiempo. Muchas veces la atención puede estar saturada. A veces esto hace que el personal tras estas redes sociales tenga que estar gestionando varias incidencias a la vez sin poder dedicarle toda la atención posible. Esto es lógico, pero el problema de cada persona es un problema quizá vital. Sentirse atendido a medias, o despachado con una respuesta prefijada y que no se adapta al caso es algo que pesa mucho cuando estamos hablando de cosas como una ayuda a la dependencia o pagar impuestos, por poner dos ejemplos.

-No prometer más de lo que puedes dar. La gente es razonable. Si dices que está para atender dudas, aceptará que solo le puedas resolver dudas. Sin embargo si dices que haces “asistencia técnica” y lo único que haces es mandar enlaces a la web principal, te puedes ir a paseo… harás que una persona se alegre de que va a resolver su problema y encuentra un enlace a un sitio que quizá ya ha visto y ya no entendía de antes.

-Responder de manera consistente. Responde a la misma pregunta siempre lo mismo en todos los canales. Puede pasar que alguien se queje de que la respuesta que le han dado en otro canal (un teléfono) no acaba de funcionar.. y llega el de twiter y te dice que eso no es así. Te puedes suponer la confusión de esa pobre persona que lleva media mañana peleándose con el formulario 030, para que luego el de twitter diga que no hace falta porque (ay) no ha dedicado tiempo a leer los 140 caracteres del tuit al que responde. Esto hace, a veces, que tardes más rato en responder, pero creedme si os digo eso de “mejor hecho que perfecto” parte de la base de que lo hecho esté bien hecho. No quieras responder rápido sin saber seguro la respuesta, porque puedes confundir a alguien que lo está pasando mal.

-No dejarlo hasta encontrar una respuesta. Otra cosa que puede pasar en las RRSS es que un tuit sin respuesta puede interpretarse como el cierre de la conversación. Es necesario asegurarse de que ha terminado todo el diálogo. Esto puede ser porque hay una respuesta, o porque se dice que no la hay, o porque se deriva. No se puede cerrar un diálogo hasta que no se llega de manera explícita a uno de estos tres puntos.

-Apuntar lo ocurrido. Documentar los problemas y dudas de la gente es una manera fundamental de mejorar. Apunta todo: dudas, términos, reacciones, temas, horas, etc. Esto es básico para incorporarlo en revisiones de mejoras a futuro en el sistema de atención.

-Pregunta qué tal ha ido. Lo último es saber qué le parece a quien has ayudado lo que has hecho. Pregunta y espera respuestas. Espera las buenas y sobre todo, escucha y analiza las malas. A veces es difícil apreciar que alguien se va enfadado y repetimos errores. Redirigir a una encuesta o hacer un botón para valorar bien o mal es un buen principio. Claro que responderán pocos y muchos muy enfadados… pero peor es no preguntar.

En resumen

Es maravilloso tener oportunidades, pero es mejor aprovecharlas. Las RRSS acercan a la ciudadanía a las AAPP, pero una mala gestión abunda en los problemas habituales. A la hora de dar el salto es necesario plantearse si podemos estar a la altura de esto. Si no es así, es mejor ser honesto y rebajar las expectativas antes que defraudar.

Así que, antes de abrir un canal de atención en RRSS, plantéate si puedes cumplir estos principios. Si es así, aunque sea despacio (fijaros que no he dicho nada de prisa), adelante. Si no es así, mejor piensa de qué manera puedes estructurar tu servicio para hacerlo, y, cuando puedas, ve a por ello. De lo contrario, generas frustración e invalidas un canal que tiene un potencial interesante de resolución de problemas.

domingo, 18 de abril de 2021

Barcelona React: La ciudad frente al estado ineficiente

El Nowak Metro Finance Lab de la Universidad de Drexel es un  laboratorio ayuda a las ciudades a desarrollar estrategias para conseguir un crecimiento que no fomente la desigualdad.

Revista de prensa.- Por  Miguel Molina. La Vanguardia.- El futuro de las sociedades urbanas se debate menos en las capitales que en las ciudades que no lo son. Es poco habitual que en Madrid, París, Roma o Washington se discuta en torno al propio modelo de ciudad, mientras que Barcelona, Lyon, Milán o Filadelfia se entregan hasta con frenesí a ese ejercicio de autoevaluación y autoafirmación. La proximidad de las capitales a los gobiernos centrales favorece en algunos casos un solapamiento de intereses que es en sí mismo un modelo de desarrollo urbano. 

Eso explicaría esa menor predisposición al debate. Mientras, las no capitales se ven a menudo obligadas a decidir por su cuenta lo que quieren ser en la vida. 

En Filadelfia precisamente tiene sede el Nowak Metro Finance Lab de la Universidad de Drexel. Este laboratorio ayuda a las ciudades a desarrollar estrategias para conseguir un crecimiento que no fomente la desigualdad. Su director fundador, Bruce J. Katz, ha participado esta semana por videoconferencia en las jornadas Barcelona React, impulsadas por el teniente de alcalde Jaume Collboni con el apoyo entre bambalinas de los técnicos Lluís Gómez y Bàrbara Pons.

En los últimos años, Katz ha popularizado el concepto de nuevo localismo, en el que se basa su libro The new localism (Brookings), coescrito con Jeremy Nowak. Se refiere al mayor poder de las ciudades en detrimento de los estados y las regiones y al hecho de que las metrópolis sean hoy más eficaces que los gobiernos en la solución de los problemas de las sociedades urbanas.

Atiende a La Vanguardia también por videoconferencia. Sostiene Katz que las ciudades que avanzan más son las que funcionan como eficaces redes horizontales en las que participan el gobierno local, la iniciativa privada, la comunidad educativa, los hospitales o las entidades sociales, con una visión interdisciplinar y holística de los problemas de la metrópolis.

–¿Y los gobiernos?

–Los gobiernos federales o estatales tienen una estructura del siglo XX. Se componen de organismos superespecializados, como son los ministerios, que actúan en vertical mediante silos de competencias que no están interconectados. Por eso son menos eficientes que las ciudades que saben tender esa red horizontal para buscar soluciones.

–¿Este trasvase de poder a las ciudades, ese nuevo localismo se ha intensificado durante la pandemia?

–La pandemia, de alguna manera, ha elevado al estado nacional como garante de la sanidad o impulsor de la economía. Y, sin embargo, se ha reforzado el papel crucial de las ciudades. ¡En Estados Unidos están liderando la salida de la crisis! El gobierno federal actúa como inversor, pero las ciudades no se conforman con distribuir ese dinero, sino que están diseñando los programas y las estrategias para solucionar los problemas de la gente. Problemas como la regeneración del centro o la ayuda a los pequeños negocios o, en concreto, a los negocios de personas no blancas.

En opinión de este arquitecto, durante la calamitosa presidencia de Donald Trump se produjo un vacío de gobierno que obligó a las ciudades a asumir competencias que no eran la suyas. Ahora, en cambio, cree que están desarrollando políticas estructurales muy válidas.

–En este contexto parece fundamental la colaboración público-privada...

–Por supuesto, es esencial. En las ciudades americanas, la recuperación del downtown o la estabilización de los pequeños negocios es posible porque el capital privado puede aportar el dinero de forma más rápida y ágil que el Gobierno, aunque va a ser necesaria mucha innovación en los productos financieros privados para adaptarse a la situación.

Salvando todas las distancias, un ejemplo de esa actitud proactiva de la ciudad que teje una red de complicidades para mejorar su futuro sería este foro Barcelona React. Durante tres días, políticos locales y representantes empresariales y sociales han puesto en común ideas para la reactivación. Además de este ciclo, hay otros en marcha impulsados desde la iniciativa privada. Este intercambio transversal de experiencias se parece bastante a la red virtuosa de la que habla Katz.

–¿Cómo ve hoy a Barcelona en el contexto de las ciudades globales?

–Es una ciudad eléctrica, aunque a veces cuesta definirla... Como Tel Aviv, es una ciudad que emana innovación. En los últimos veinticinco años dio un par de pasos que la situaron en el primer nivel de las ciudades globales, y ahora puede volver a darlos. Es una de las ciudades europeas que entienden la necesidad del momentum y de la aspiración. Tiene el ADN para salir de esto rápido, aunque otras ciudades también lo tienen. Además, tiene problemas políticos que solucionar. Como siempre decimos, ha de habituarse a pedir perdón antes que a pedir permiso.

Sobre el incierto futuro de los distritos centrales de las ciudades, ahora desiertos, Katz destila cierto optimismo. Cree que estos centros sufrirán una transformación radical durante los próximos años, con la llegada masiva de emprendedores de sectores innovadores y de instituciones educativas.

Pero es más pesimista cuando se le pregunta en concreto por la salida de la crisis en Europa.

–Las grandes ciudades europeas iniciarán la reactivación en desventaja respecto a las de Estados Unidos o Asia por culpa del lento proceso de vacunación. ¿Está de acuerdo?

–Me ha dejado de piedra esa lentitud. En EE.UU., donde aún hay mucha división, ha cambiado el ánimo de todo el país en solo un mes gracias a la vacunación masiva. El problema de Europa es que no es lo mismo hablar de un mes que de tres o de seis. La temporada turística peligra y eso es grave para la economía. Los estadounidenses podrán viajar pero no vendrán este verano a Europa. Podrían venir por el hecho de estar vacunados, pero por culpa de las restricciones a los viajes no lo harán.

viernes, 16 de abril de 2021

Transparencia en la gestión de los fondos del NGEU

Otro Post  relacionado: Un plan (aún) en estado gaseoso. (Primeras reflexiones en torno al proyecto de Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia), por Rafael Jiménez Asensio. la Mirada Institucional blog

Por Alfonso Novales. Agenda Pública blog.- En un momento de reconocida gravedad, en el que la economía y la sociedad españolas han sufrido un profundo daño, la posibilidad de poner en práctica un plan de reconstrucción o recuperación social y económica es una oportunidad única, que por su magnitud se plantea en contadas ocasiones. Es crucial que los ciudadanos puedan percibir que tal actuación se ofrece como una tarea colectiva y para toda la sociedad, con el objetivo de tratar de recuperar el máximo posible de los efectivos que han quedado descolgados, pero, sobre todo, para sembrar la semilla de un sostenido progreso social y económico en las décadas siguientes.

Por eso, es muy decepcionante la falta de transparencia con la que se está llevando el diseño de las actuaciones que puedan llevarse a cabo utilizando la financiación acordada en la Unión Europea. Sabemos, porque se ha hecho público repetidamente, que representantes ministeriales han estado manteniendo reuniones cada 10 días con las patronales CEOE y Cepyme, así como con los sindicatos CC.OO. y UGT; sin embargo, una parte importante del tejido empresarial español (incluyendo, por supuesto, a los autónomos) y de los trabajadores no está representada por estas organizaciones. Pero si no es posible llegar a todos ellos, es difícilmente justificable no difundir la información vertida en dichas reuniones, en la que cabe imaginar que se ha hablado de los posibles procedimientos de solicitud de financiación; pues ¿de qué se ha hablado si no es de estos temas?

Al día de hoy, no hay todavía información oficial acerca del procedimiento que se habrá de seguir para proponer programas a financiar con cargo a esos fondos, más allá de que se abriría un periodo de presentación de propuestas en marzo y cabe esperar (pero no se sabe) que sea breve. El decreto ley 36/2020 de 30 de diciembre de 2020 mencionaba la creación de “un portal web único del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) como instrumento capaz de centralizar toda la información sobre el mismo”, pero dicho portal web todavía no existe, ni hay información en el sitio de ningún ministerio acerca del calendario o del procedimiento.

Que la CEOE haya creado con la consultora PwC una Oficina Técnica de Apoyo para Proyectos Europeos, “para el asesoramiento de los miembros de CEOE en la preparación de propuestas”, puede sugerir que cuentan con información suficiente como para esperar trámites administrativos complejos. Si su dificultad hace necesario el asesoramiento de consultoras y despachos jurídicos, es probable que la mayor parte de las medianas y pequeñas empresas que configuran el 99,4% del tejido empresarial español quede fuera del procedimiento, salvo como meros colaboradores en algún programa de una gran empresa. Estos indicios son preocupantes.

La información que se recibe (siempre a través de los medios) sugiere que las grandes empresas, especialmente del sector energético, cuentan con recibir una parte importante de los fondos. Con un plazo breve de ejecución de los mismos, y dadas las dificultades que hemos tenido en el pasado para ejecutar ayudas europeas mucho más modestas, el Gobierno puede caer en la tentación de conceder cantidades importantes a unas pocas empresas grandes, que son más sencillas de gestionar, que cantidades mucho más modestas a un número mayor de empresas de menor tamaño. Y, por supuesto, surge la gran duda acerca de si no acabaremos financiando políticas que se hubieran desarrollado en todo caso, tan sólo porque han podido vestirse fácilmente del ropaje de los seis pilares fijados por la Comisión Europea (CE).

En otro nivel, también es conocido que ha habido contactos frecuentes entre Gobierno y CE, sin que hayan trascendido a los ciudadanos los contenidos de dichos contactos, salvo a través de comentarios de prensa. Se han llevado a Bruselas borradores de programas de actuación, y es de suponer que se ha hablado de los criterios que puedan exigirse para la aprobación de proyectos por parte de la CE: o del grado en que las recomendaciones del Semestre Europeo (SE) vayan a imponer realmente una condicionalidad para la concesión final de los fondos asignados a un país. Si, como parece evidente, se ha hablado de estos temas, la información debería ser pública, pues afecta a todos los ciudadanos, más allá del interés que tenga para las empresas que piensan preparar alguna propuesta.

Desde el verano, los medios de comunicación han estado difundiendo aspectos del contenido de documentos de diversas instancias gubernamentales, en relación con la estrategia de ejecución de los fondos europeos, o con los programas que el Gobierno pudiera proponer a Bruselas, con la referencia “en un documento al que este medio ha tenido acceso…”. Pero dichos documentos nunca se han distribuido ni han aparecido en las páginas web ministeriales; alguno ha terminado cristalizando en el PRTR, aspectos del cual aparecieron en prensa unos días antes como puntos que el Ejecutivo había consultado con Bruselas. Su difusión pudiera haber suscitado un debate muy útil y haber estimulado sugerencias de la sociedad civil; que pudiera tratarse de borradores no definitivos, o el hecho de que estuvieran en proceso de negociación no debiera ser excusa.

El PRTR no es el documento riguroso que cabría esperar para difundir el ámbito de actuaciones a desarrollar en la búsqueda de décadas de un progreso robusto, inclusivo y sostenible. Hay mucho talento en universidades, centros de investigación y think tanks en España a los que podría haberse recurrido para la identificación de fortalezas, la selección de programas de actuación y su concreción en actuaciones específicas. Se percibe a los grupos de trabajo en estas instituciones como potenciales asesores de entidades solicitantes de fondos, pero no como colaboradores en el diseño, seguimiento y evaluación de programas y políticas.

Tampoco se cuenta con el sistema nacional de ciencia e investigación, que cuenta con un notable prestigio internacional, para colaborar en la evaluación, en un periodo de tiempo que parece que será reducido, de las muchas propuestas que puedan recibirse; a pesar de que la evaluación es una parte esencial de su funcionamiento, en la que acumula enorme experiencia ¿Para qué tanto esfuerzo en hablar de la irrenunciable apuesta por la ciencia cuando, en el momento de mayor necesidad, se ignora su existencia? Hoy más que nunca es preciso consultar con los expertos de cada área, escuchar sus sugerencias y opiniones; hay que aprovechar el talento existente y aproximarlo a la gestión pública.

Ello requiere romper el distanciamiento existente entre la gestión pública y el sistema de ciencia, al que parece que se acude únicamente para revestir de prestigio el anuncio de alguna actuación gubernamental, pero no para que desempeñe un papel relevante en el diseño o evaluación de políticas. Los gobiernos gustan de anunciar con gran bombo el encargo de informes elaborados por comisiones de sabios, pero dichos informes terminan durmiendo el sueño de los justos en los cajones ministeriales: Informe de la Comisión de Expertos de Transición Energética: Análisis y propuestas para la descarbonización, de marzo de 2018; Informe la Comisión de Expertos para la Revisión del Modelo de Financiación Autonómica, de febrero de 2017, o el Informe de la Comisión de Expertos para la Reforma del Sistema Tributario Español, de febrero de 2014. La existencia de este último no es obstáculo para que la actual ministra de Hacienda haya anunciado que convocará en breve a una comisión de expertos para que estudien una “reforma fiscal integral”, anuncio al que también se hace referencia en el PRTR (pág. 54).

Llamativo es también que puedan ignorarse las propias tareas parlamentarias realizadas con anterioridad. La Comisión del Congreso de Diputados para la Reconstrucción Social y Económica mantuvo sesiones de trabajo entre mayo y julio de 2020, recibiendo a un alto número de comparecientes invitados ¿Qué aprendimos de aquellas sesiones? Como cabría exigir, el PRTR declara que “El presente Plan ha tenido en cuenta las conclusiones de dicha Comisión y sus recomendaciones de futuro”, pero no queda claro cuáles son las conclusiones que han sido incorporadas, cuáles no lo han sido y las razones que explican uno y otro caso.

La sociedad espera que sus representantes políticos definan una estrategia eficaz de progreso social y económico, pero no necesariamente que tengan la capacidad de identificar los mejores programas de actuación posibles. Por eso, cabe pedirles dos cosas: que, una vez establecidos los objetivos de largo plazo que se pretenden alcanzar, sepan acudir a los expertos para recabar sus opiniones y sugerencias, así como su colaboración en la definición de programas y políticas concretas; y que demuestren su capacidad para entenderse con otras fuerzas políticas, respetando las diferencias que puedan tener sobre el tipo de sociedad al que aspiran, para acordar las líneas directrices de las actuaciones que han de llevarse a cabo en la actual situación. El mejor indicador de calidad democrática de una sociedad es, seguramente, la capacidad de sus representantes políticos para ejercer su función manteniendo en todo momento el bienestar de todos los ciudadanos en el centro de su atención. Son los ciudadanos quienes deben ser los protagonistas de la acción pública, no los políticos; aparte de ser obligado, ésta sería la mejor manera de que desaparecieran los partidos políticos y la política de las primeras posiciones en la relación de sus preocupaciones de los ciudadanos en las encuestas del Centro de Investigaciones Sociológicas.

La información que recibe un Gobierno, así como la que genera en el ejercicio de sus responsabilidades, es propiedad de todos los ciudadanos. Tanto la Alianza para el Gobierno Abierto, de la que España es miembro desde su creación en 2011, y el IV Plan de Gobierno Abierto 2020-2024 aprobado el pasado mes de octubre, como la ley de Transparencia parece que debieran exigir su difusión. No es fácilmente comprensible cómo puede diseñarse una operación del calibre del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se va a llevar a cabo en España completamente a espaldas de la sociedad, que es la que ha sufrido los graves daños de la pandemia, pero que no va a ejercer ningún papel ni en el diseño, ni en la evaluación ni en el seguimiento del plan.

(Éste es el tercero y último de los artículos que hemos publicado a partir del documento La gestión de los fondos europeos: criterios, transparencia, riesgos y reforma’)

jueves, 15 de abril de 2021

El teletrabajo en la administración local: un camino por recorrer

"La negociación colectiva debe ser el espacio natural para regular esta materia porque es donde hay un mayor conocimiento de la organización y de las necesidades del personal"

Por  Alfonso Esteban Miguel. IDL-UAM.  -  El teletrabajo en la administración local había dado tímidos avances en los últimos años. Sin embargo, ha sido en la empresa privada donde se había apostado más fuerte por esta forma de trabajo, aunque tampoco su implantación se hizo de forma global. Los mayores progresos se habían producido en las grandes empresas y en sectores concretos como la banca, los seguros o las telecomunicaciones.

La estructura de la Administración no había permitido hasta el momento un cambio en la forma de trabajar que sí permitía la revolución de las nuevas tecnologías. Alguna administración de manera aislada había comenzado a dar pasos en este sentido, pero con un horizonte a medio o largo plazo. Sin embargo, todo esto cambió con la pandemia provocada por la COVID-19. Las medidas impuestas para limitar la circulación de personas con el objetivo de frenar la expansión del virus obligaron a que una gran parte de los empleados públicos y de los trabajadores en general tuvieran que prestar sus servicios a distancia sin acudir de manera presencial a su puesto de trabajo. Se evidenció muy pronto que era necesaria una mayor regulación de un fenómeno que se ha producido de manera brusca, pero a la vez se ha convertido en una forma de trabajar que se irá consolidando incluso cuando se recupere la normalidad.

Así, el interés por el teletrabajo se ha intensificado en el último año en la Administración y se han producido avances en su normativa. En concreto, la regulación específica del teletrabajo como forma de trabajo se ha llevado a cabo en septiembre de 2020 a través del Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que introduce un nuevo artículo 47.bis al Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP). Dentro del capítulo V “Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones” y seguido del art. 47 que regula la jornada de los funcionarios públicos, se regula el teletrabajo. Se define el teletrabajo como “aquella modalidad de prestación de servicios a distancia en la que el contenido competencial del puesto de trabajo puede desarrollarse, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, fuera de las dependencias de la Administración, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación”. Para esta modalidad de trabajo se requiere autorización expresa y tendrá carácter voluntario y reversible. Además, se establece que la Administración tendrá que proporcionar y mantener los medios tecnológicos necesarios para la actividad. Como se puede apreciar, es una regulación de mínimos que deja margen a la aprobación de normas de desarrollo, que deberán ser objeto de negociación colectiva.

Es necesario apuntar que en el apartado 5 del artículo 47.bis se establece que “el personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas se regirá, en materia de teletrabajo, por lo previsto en el presente Estatuto y por sus normas de desarrollo”. Con esta previsión se evitan posibles confusiones por la diferente naturaleza jurídica del empleado público y la dualidad de regímenes jurídicos. En cambio, todo el personal que preste servicios en entidades públicas o privadas que pertenezcan al sector público pero que no tengan la consideración de Administraciones Públicas se regirá por la regulación recogida en el Estatuto de los Trabajadores.

Como he adelantado, la regulación del EBEP permite un gran margen para la negociación de las bases del teletrabajo en las distintas administraciones y organismos. La negociación colectiva debe ser el espacio natural para regular esta materia porque es donde hay un mayor conocimiento de la organización y de las necesidades del personal.

En este sentido, ya se están viendo los primeros avances de frutos negociales. Así, el pasado lunes 12 de abril se anunció la ratificación de un acuerdo en la Mesa General de Negociación de la AGE donde se dan los primeros pasos para implantar las bases de la regulación del teletrabajo.

También se han producido acuerdos en el ámbito local, incluso anteriores a la publicación de la modificación del EBEP. Es el caso del Ayuntamiento de Madrid, el 22 de septiembre de 2020, se publicó en el BOAM el Acuerdo de 17 de septiembre de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 8 de septiembre de 2020 de la Mesa General de negociación de Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos Autónomos de criterios para la prestación de servicios en régimen de teletrabajo en el Ayuntamiento de Madrid.

Sin duda, el teletrabajo aporta numerosos beneficios tanto a la organización, como al personal. Flexibilidad, dinamismo, reducir costes de desplazamiento y con ello beneficios medioambientales son algunos de ellos. Sin embargo, como todo, el teletrabajo también tiene dos caras de la misma moneda. Es necesario realizar una gran inversión en tecnología, modificar ciertos procedimientos y sobre todo formar al personal. Hay que recordar que la estructura de personal de los entes locales está envejecida y ello puede ser un problema a la hora de implantar ciertas modificaciones. Habrá que tener en cuenta estas y otras cuestiones que puedan generar disfunciones en el sistema de teletrabajo a la hora de diseñar su implantación, y también proponer procedimientos de evaluación y revisión si fueran necesarios.

Otra de las cuestiones problemáticas que trae consigo el teletrabajo es la introducción de este sistema en municipios de tamaño mediano o pequeño, con una menor capacidad de inversión. Por ello, es necesario crear estrategias que impidan la evolución del teletrabajo en la administración local en dos o, incluso tres velocidades.

En síntesis, hay todavía mucho por hacer para que el teletrabajo sea una realidad en todas las administraciones locales, como forma de trabajo que genere beneficios para todas las partes implicadas. Es necesario implantar estrategias globales y potenciar las inversiones que lleven a una administración local moderna y sostenible en su conjunto. En este sentido, el teletrabajo tiene que ir unido necesariamente a la digitalización de la administración local. Este es uno de los objetivos del plan “España digital 2025” anunciado por el Gobierno donde se integran reformas estructurales y una gran inversión, en buena parte financiada por el Plan de Recuperación Next Generation EU.

martes, 13 de abril de 2021

Carles Ramió: La política no puede ser religión

"El problema es que en la actualidad los cajones de la espiritualidad y de la política se mezclan de manera muy dañina y muchos ciudadanos buscan en la política un sentido de la identidad tanto espiritual como patriótica"

 Por Carles Ramió. EsPúblico blog.-- Hace algo más de cinco años que inicié esta aventura de publicar en esta prestigiosa plataforma de espublico. Para mi todo un privilegio. Mi primer artículo fue una recensión y reflexiones a raíz del libro de Víctor Lapuente “El retorno de los chamanes”. Desde entonces no he vuelto a hacer ninguna otra recensión ni ningún artículo centrado en un solo texto. Hoy vuelvo a hacerlo con otro libro del catedrático de la Universidad de Gotemburgo Lapuente. Víctor fue alumno mío y no hay nada que genere más orgullo y satisfacción a un profesor que constatar que sus ex pupilos progresan, desarrollan carreras profesionales potentes y tienen la capacidad de hacer aportaciones relevantes en nuestra disciplina.

El profesor Lapuente es ahora una de las voces más autorizadas a nivel nacional e internacional sobre instituciones públicas. Sus trabajos empíricos y sus análisis, de carácter comparado e internacional, son de lectura obligada para todos los interesados en la situación actual y sobre el futuro de nuestras administraciones públicas. Coincido académicamente casi al cien por cien con las aportaciones de este profesor, en mi caso desde una mirada más nacional e internacional vinculada a la región iberoamericana.

El muy reciente libro de Lapuente “Decálogo para un buen ciudadano” (Ed. Península, 2021) es un libro realmente excepcional ya que es un texto de autoayuda a nivel cívico, político y social escrito por alguien que odia los libros de autoayuda (otra posición con la que coincido con el autor). Es una obra de una enorme madurez intelectual cuya ambición está al alcance de muy pocos y sorprende que el autor lo haya podido elaborar siendo tan joven.  El catalizador de este libro se vincula a vivencias recientes del autor a nivel personal que le han estimulado a escribir un libro casi de carácter testamentario a una edad muy temprana. Es imposible que este libro nos deje indiferentes ya que transita por praderas, como dice el mismo autor (jardines como diría un castizo) muy procelosas. Es un libro valiente, muy ameno y divulgativo mediante una utilización magistral de anécdotas, experiencias históricas y apelaciones a los filósofos y pensadores políticos clásicos y contemporáneos (políticos, economistas, sociólogos, antropólogos y filósofos). Es por tanto, un libro de filosofía política para consumo de los ciudadanos con conciencia cívica.

Religión y patriotismo

Sus tesis remueven e incomodan nuestra intelectualidad. Su argumento es conceptualmente explosivo: defiende la religión y el patriotismo como ingredientes básicos, durante la historia de la humanidad, para el desarrollo social, económico, institucional y político. Para alguien como yo, ateo y apátrida, sus argumentos me han generado un considerable estrés intelectual. Pero sus análisis conceptuales son tan sólidos y de desarrollo tan amable y suave que no queda más remedio que aceptarlos. No hay ninguna duda que los seres humanos a nivel personal y social poseemos dos dimensiones: una política y otra mística. La política apela a nuestro modelo de organización social, política e institucional como sistemas de colaboración entre los seres humanos (los humanos y buena parte de las distintas especies animales somos esencialmente sociales) para lograr el máximo desarrollo y confort. Pero esto no es suficiente ya que los humanos somos los únicos animales con capacidad de hacernos preguntas complejas, incómodas y trascendentales (¿de dónde venimos? ¿ qué sentido tiene nuestra vida?  y muchas más preguntas existenciales ante la gran tragedia humana: todos sabemos que moriremos y que nuestro paso por este mundo es efímero). Para colmar esta necesidad humana de carácter espiritual hemos ido edificando religiones que han ido madurando desde el politeísmo (algo caótico y promiscuo entre divinidades y gobernantes divinos) al monoteísmo (mucho mas ordenado, con un Dios dominante y jerárquico totalmente emancipado de nuestros líderes y sistemas de gobierno). Es crucial que estas dos dimensiones: la política y la social frente a la divina no se confundan (a Dios lo que es de Dios y al César lo que es del César). Los humanos y el cuerpo social de las sociedades desarrolladas poseen dos cajones complementarios pero diáfanamente separados: el político y el espiritual y esta arquitectura dual ha aportado a la humanidad el sosiego necesario para avanzar, desarrollarse y refinarse. Es obvio que durante muchos momentos históricos ambos cajones se han mezclado y han generado graves externalidades negativas (siempre hay patologías en los sistemas complejos).

Por otra parte, en el ámbito político y social el pegamento que ha fomentado mayor desarrollo estimulando las lógicas de cooperación entre las personas ha sido el patriotismo. Otro mejunje difícil de tragar para muchos intelectuales y ciudadanos cosmopolitas. Defender la religiosidad y el patriotismo como ingredientes básicos de la cohesión y el desarrollo social es casi un anatema para muchos librepensadores (entre los que milito). De tal manera que el autor presenta como la cultura política y social norteamericana es la que históricamente ha articulado mejor estos dos ingredientes o pegamentos sociales. Los padres fundadores de la patria americana estimularon un modelo político esencialmente patriótico y religioso (ambos ingredientes y su relevancia simbólica en este país siempre nos ha incomodado a muchos de nosotros). Pero es bien cierto que los americanos dominaban el arte de la alquimia ya que separaron claramente la dimensión política del patriotismo de la dimensión religiosa (de nuevo al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios) y fueron capaces de implantar un modelo político radicalmente democrático y ajeno a interferencias religiosas (una diferencia muy remarcable entre la revolución americana y la revolución francesa es que esta última atacaba a la religión edificando una nueva religiosidad de carácter laico, tendencia de la que se libera la revolución americana paradójicamente al aceptar la dimensión religiosa como una faceta esencial de la naturaleza humana).

¿Cuál es el problema en nuestra realidad contemporánea? La respuesta es que amplios sectores de nuestras sociedades rechazamos las religiones y abrazamos el ateísmo o el agnosticismo y también  objetamos de manera radical el patriotismo. Este doble rechazo puede ser entendido como una muestra de madurez social, mística y política. Ya no nos hacen falta ídolos religiosos ni nos hace falta patriotismo para desarrollarnos y crecer social y políticamente. Pero todo indica que nuestra madurez espiritual y política no es tan sólida como pensábamos. Tenemos toda clase de indicios sobre esta falta de madurez: porque como dice Lapuente “el sentimiento religioso no se crea ni se destruye sino que se transforma”. Ya no abrazamos las religiones pero ante el vacío que nos deja esta ausencia transitamos como pollos sin cabeza abrazando libros de autoayuda personal, la persa medicina alternativa, talleres de yoga o de relajación, la cultura selficéntrica en las redes sociales, etc. que no dejan de ser manifestaciones de carácter espiritual pero de una calidad y de un rendimiento más bien espurio y escasamente satisfactorio para alimentar nuestras necesidades espirituales tanto a nivel personal como social.

El problema es que en la actualidad los cajones de la espiritualidad y de la política se mezclan de manera muy dañina y muchos ciudadanos buscan en la política un sentido de la identidad tanto espiritual como patriótica. Entonces la política se convierte en dogma (izquierdas versus derechas o unionistas versus independentistas) y en una arena peligrosamente demagógica que fracciona de manera irremediable al cuerpo social. La política y los políticos se endiosan y los políticos más exitosos son los que poseen ingredientes de telepredicadores y la militancia política se trivializa y alcanza una consistencia (o inconsistencia) perversamente sectaria. La política ocupa el espacio de la religión y todo se complica. Ya no existe el bien común ni el interés general sino una arena de lucha entre unos y otros. Cada uno va a la suya con sus componentes de carácter individualista (de nuevo la cultura selficéntrica narcisista) buscando compensaciones inmediatas sin capacidad de mirar más allá de sus respectivas narices y sin ningún proyecto social que nos cohesione y nos aliente a contribuir en el bien común. Y cuando nos asociamos social y políticamente lo hacemos con una predisposición espiritual que nos lleva a mancomunarnos de manera sectaria y ser carnaza de lideres políticos y sociales facciosos y beligerantes que nos presentan una falsa realidad binaria entre nosotros y los otros. Ya no existen pagamentos espirituales o patriotas de carácter político y social que nos cohesionen de manera transversal y nos den un sentido para cooperar y avanzar como humanidad.

Las propuestas de Lapuente pueden resultarnos insatisfactorias: recuperar la filosofía estoica y plantar cara a nuestros miedos para atemperarlos y racionalizarlos. Un escaso baje para afrontar tantos abismos y peligros como los que nos acecha el mundo contemporáneo. Me atrevo a proponer transformar el patriotismo de carácter nacional per un patriotismo global y de defensa del bienestar planetario. Ahora que vivimos en un mundo global y con retos planetarios (el mundo y la naturaleza están en peligro de muerte por nuestro perverso modelo de desarrollo económico y social) hay suficientes incentivos para transformarnos en unos patriotas del mundo y del bienestar mundial. Es un reto de tal envergadura que también requiere un refuerzo de carácter espiritual pero quizás sea insuficiente para colmar nuestras ansias y deseos de carácter místico. Por mi es suficiente pero dudo que genere suficiente energía íntima para la mayoría. La lucha por la sostenibilidad y el bienestar del planeta puede ser excesivamente pragmático y aristotélico y quizás insuficientemente platónico. Como afirma el autor todos nos movemos por la practicidad aristotélica y por la mística platónica. Con estas últimas propuestas Platón quizás nos queda un poco cojo. Pero ya no hay vuelta atrás para los ateos y agnósticos de la religión y de la patria y debemos buscar nuevas praderas, positivas socialmente, que colmen nuestras ansias espirituales.