Por Víctor Almonacid.- Blog Nosoloaytos.- Excusas o pretextos hay muchos, pero tras una meticulosa
selección hemos identificado los 10 más desgarradores. Bienvenidos al
maravilloso mundo de la resistencia al cambio. Ver video
pretexto.
(Del lat. praetextus).
1.- No veo que sea necesario. La miopía social (incluso
por encima de la legal) es el mayor pecado de un cargo público. Alguna vez
hemos hablado de burrocracia e ignocracia (ver). La legitimación
democrática es sin duda lo más importante, pero cuando por hache o por be,
se cuela en la cúspide de lo público una persona especialmente necia o
desinformada (curiosamente no suele ser tanto vía elecciones como vía
nombramientos), hace mucho daño aunque no tenga exactamente mala fe. También es
cierto que una cosa es no saber y otra no querer saber, lo cual es mucho
más criticable porque implica no dedicar ni un minuto a quien con mucho gusto
te lo quiere explicar. No todo el mundo ha tenido la suerte de estudiar, pero
el sentido común, incluso la sabiduría, camina por otro conducto.
2.- Peligra la legalidad y la seguridad jurídica. Cuanto
menos resulta paradójico que cumpliendo la legalidad (Ley de procedimiento, Ley
de transparencia, Ley de régimen jurídico, ENS, ENI…) peligre la legalidad.
3.- Peligra la LOPD. ¿Ah sí? ¿Qué artículo?
“Vaya a la ventanilla
de al lado, pero está almorzando”… Fotograma de “Las doce pruebas de Astérix”,
donde la prueba más dura que tienen que afrontar nuestros amigos para demostrar
a César que son Dioses es lidiar con los funcionarios de “La casa que
enloquece”. Genial.
4.- La administración electrónica va en contra de la gente
mayor. ¿Por qué? La administración electrónica no supone la sustitución de
una administración por otra, o mejor dicho, sí, pero solo internamente. Desde
luego que la administración debe ser íntegramente electrónica pero el
ciudadano, ese que paga sus impuestos, puede elegir entre serlo y no serlo.
Tenga la edad que tenga. Alguno se sorprendería del enorme uso de los medios
electrónicos en la franja de la tercera edad. Hay miles de cursos de
informática a nivel de usuario para personas mayores, y les aseguro que son
mayores, no tontos, de modo que “controlan”. Y si no siempre se le puede
encargar al nieto una gestión… En definitiva, el ciudadano puede optar por
relacionarse con la administración por medios electrónicos o, si así lo desea,
del modo tradicional. La eAdministración es una puerta más que se abre, pero no
se cierra ninguna. No se discrimina a nadie. Precisamente las administraciones
más modernas tienen a disposición del público oficinas de atención ciudadana de
mayor calidad. La catalogación y la automatización interna de los procesos lo
facilita, pero el ciudadano, hoy en 2017 y dentro de 50 años en 2067, que haga
lo que quiera.
5.- La administración electrónica es cara. Mentira. No
es cara y sí tiene un coste que, por definición, se amortiza rápidamente. La
organización debe destinar recursos propios y, sobre todo si es pequeña,
subvenciones, para cumplir sus obligaciones legales y sociales en la
efectividad de los derechos electrónicos de los ciudadanos. Una vez
implantados, los servicios electrónicos propician de forma natural una
reducción de cargas administrativas para el usuario, y una reducción de costes
para la propia Administración que se traducen en un menor gasto y en ocasiones
incluso en mayores ingresos. Retorno de la inversión (RCA -> ROI). Pronto la
administración electrónica “estará pagada”, y si alguien no se lo cree que
pregunte en Picanya, Alzira o Catarroja…
6.- Muchos ayuntamientos pequeños no pueden abordarlo, por
falta de medios. Decía la Ley 11/2007 que si el 31 de diciembre de 2009 no
había “disponibilidades presupuestarias” la implantación de la Ley se podía
demorar. ¿Cuánto tiempo? De momento ya han pasado 10 años desde aquella Ley, ya
derogada por otra que impone con mucha mayor contundencia estas obligaciones
(en 2015), precedida de otra que atribuye la competencia a las Diputaciones
Provinciales (2013). Ante la ausencia de medios pidamos ayuda, porque las
administraciones supramunicipales deben darla. No está nada mal, tampoco, el
Catálogo de Servicios de la Administración Digital del Estado. Lo que es cierto
es que la gestión interna del cambio es algo que nadie hará por usted (ver el
vídeo que remata la presente entrada). Un Ayuntamiento pequeño tiene menos
recursos, claro está, pero en la parte positiva tiene menos expedientes y mucha
menor complejidad. La administración electrónica es barata, y además como hemos
dicho se amortiza rápidamente. Muchas veces confundimos el “no poder” con el
“no querer”. La administración electrónica tiene enemigos de mucho mayor calado
que el coste de la inversión.
7.- La firma electrónica no es una firma. No, y el
caballo blanco de Santiago no es blanco… ni caballo, ni nada vamos. Ni siquiera
es de Santiago, Santiago lo ha robado. En fin, esta es una de mis preferidas,
esgrimida en no pocas ocasiones por “juristas de desconocido prestigio”.
8.- La fe pública no se puede ejercer con la firma
electrónica, porque no permite el “ante mí”. ¿Les digo un secreto? En
realidad nunca hicimos el “ante mí”. Simplemente viajaba el papel de una mesa a
otra, de un edificio a otro… Hay que replantearse seriamente, en las
profesiones de Notario y Secretario de Ayuntamiento, la función de fe pública.
En los Ayuntamientos actualmente quien da fe de que el Alcalde es el Alcalde en
la firma de un decreto es su propia firma electrónica reconocida. Por otra
parte el Secretario ya no interviene ni en las mal llamadas compulsas
electrónicas (en realidad “copias auténticas”) ni en los certificados de
empadronamiento. Sí nos quedan las actas, los contratos y algún poso más de lo
que algún día fue esa fe. Nos guste o no, la fe pública, la fehaciencia, ahora
la ejercen esencialmente instrumentos como el certificado de firma, el sello de
órgano, el timestamping, o el blockchain. No sé cuánto le queda
a la Administración de ser el ente autorizado para emitir certificados.
9.- Ya no nos podemos equivocar. Es mucho más difícil
rectificar. El procedimiento electrónico no permite sacar un decreto con fecha
anterior a la de su emisión/firma, o completar un expediente cerrado con un
documento que nos faltaba. Empezando por lo segundo no, no lo permite. En
cuanto a lo de no equivocarse, dicen que errar es humano, pero si esto sirve
para fijarse un poco más cuando hacemos el famoso “copiar y pegar”, bienvenido
sea. Y sí, siempre se puede rectificar.
10.- La gente no utiliza las Nuevas Tecnologías. Nooooo,
qué va…
No hay comentarios:
Publicar un comentario