Revista de prensa. Diario ABC. La Junta de Castilla de Mancha reducirá la interinidad al 8% con la oferta de 10.158 plazas hasta 2019.- En concreto, 4.771 plazas serán de acceso libre, de modo que se corresponden con la tasa de reposición del cien por ciento y 5.387 con la tasa de interinidad
Miguel Ángel Gavilanes.- Civio.- Información pública, sí, pero nunca anterior a diciembre de 2014. Así interpreta la Ley de Transparencia la sección séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, que estima en parte el recurso de apelación que planteó Defensa para no informar sobre los viajes oficiales de los altos cargos del Gobierno. Un recurso que planteó el ministerio de María Dolores de Cospedal después de que un juez le obligase a entregar la lista de los viajeros a bordo de estos vuelos fletados por el Ejército del Aire.
Miguel Ángel Gavilanes.- Civio.- Información pública, sí, pero nunca anterior a diciembre de 2014. Así interpreta la Ley de Transparencia la sección séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, que estima en parte el recurso de apelación que planteó Defensa para no informar sobre los viajes oficiales de los altos cargos del Gobierno. Un recurso que planteó el ministerio de María Dolores de Cospedal después de que un juez le obligase a entregar la lista de los viajeros a bordo de estos vuelos fletados por el Ejército del Aire.
Este fallo supone el último paso de un largo
trayecto que comenzó el 21 de octubre de 2015. Entonces, Civio
registró una solicitud de información en la que pedía los nombres de los
pasajeros en los vuelos oficiales de los altos cargos del Gobierno. Las
diferencias entre el ministerio de Defensa, responsable de estos vuelos, y el
Consejo de Transparencia, que instó al departamento de Cospedal a que entregara
estos listados a Civio, llevó el asunto a los tribunales. Primero, ante el
Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Madrid, que falló
a favor de Civio y del Consejo. Después, tras el recurso de apelación de
Defensa, ante la sección séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo de
la Audiencia Nacional.
En esta ocasión, pese a que su fallo mantiene que
Defensa debe identificar a los acompañantes de las autoridades en viajes
oficiales, los magistrados matizan la sentencia en primera instancia. La más
significativa es la limitación del derecho de acceso a la información pública
ya que, según su fallo, “se justifica con lógica jurídica que la obligación de
emitir esta información se produce únicamente a partir de la entrada en vigor
de la Ley 19/2013 [de Transparencia] que tiene lugar el día 10 de diciembre de 2014.” Una interpretación
que “no comparte” el Consejo de Transparencia, quien “está estudiando la
posibilidad de recurrir la decisión” de la Audiencia Nacional.
Identidad de personas transportadas
El resto de las salvedades de los magistrados hacen difícil su cumplimiento. Así, la Audiencia Nacional establece que “la información a proporcionar no podrá emitirse, cuando deba reelaborarse, mediante la recopilación y obtención de datos que no obren en el Ministerio de Defensa”, algo que alega continuamente el ministerio. Sin embargo, el Ejército del Aire, en otro trámite, ya explicó que sí conoce la identidad de las personas que transporta.
“Las solicitudes [de transporte aéreo] se dirigirán por
escrito al Ministro de Defensa (MINISDEF), informando a la Secretaría
General de la Presidencia del Gobierno, al General Jefe de la Jefatura de
Movilidad Aérea (GJMOVA) y a la unidad aérea que vaya a realizar el vuelo. En
relación a la cuestión de si se informa con antelación de las personas que
viajarán (…), se comunica que estos datos deben estar incluidos en la
solicitud de transporte aéreo y, por otro lado, que forman parte del
procedimiento de control de los aspectos operativos relativos a la ejecución
del vuelo.”
Extracto de una respuesta del Ejército del Aire sobre el
procedimiento para el traslado de autoridades.
Más de dos años después de preguntar por los
acompañantes de los altos cargos en los vuelos oficiales, y pese a que esa
información sí está en manos del ministerio, Defensa no ha informado. Esta
sentencia, además, le da alas para no hacerlo.
Cronología del caso
La solicitud de información sobre los pasajeros de los
vuelos oficiales arrancó el 21 de octubre de 2015, entonces con Pedro
Morenés como ministro de Defensa. Más de dos años después, el ministerio, ahora
con Cospedal al frente, sigue sin hacer pública la información requerida.
21 de octubre de 2015
La Fundación Civio envía a al Ministerio de Defensa una solicitud de
información sobre la lista de pasajeros del Grupo 45 de las FAE.
29 de octubre de 2015
Se determina que la competencia para contestar a dicha solicitud corresponde al
Estado Mayor del Ejército del Aire.
1 de diciembre de 2015
Ante la falta de respuesta, Civio envía una reclamación al Consejo de
Transparencia.
2 de diciembre de 2015
Recibimos respuesta a través del Portal de Transparencia. El segundo Jefe del Estado
Mayor del Ejército del Aire deniega el acceso a la información amparándose en la Ley de
Secretos Oficiales y en los límites de la Ley de Transparencia.
15 de febrero de 2016
El Consejo de Transparencia emite una resolución que estima parcialmente las reclamaciones
de Civio e insta a Defensa a facilitar la información en el plazo máximo de un
mes.
16 de marzo de 2016
Defensa vuelve a emitir una resolución denegando la información, como si el
proceso volviera
a empezar.
12 de abril de 2016
El Consejo de Transparencia notifica a Defensa mediante un oficio que su
resolución anterior, la segunda, no tiene fundamento jurídico. Además, informa
a Defensa de que debe facilitar la información o interponer un recurso
contencioso-administrativo contra la resolución del Consejo, como prevé la Ley
de Transparencia.
22 de junio de 2016
El Consejo de Transparencia notifica a Civio como parte interesada que
Defensa ha interpuesto un contencioso-administrativo contra su resolución. La
persona del equipo de Civio que pidió la información recibe emplazamiento para
comparecer en plazo de nueve días.
9 de febrero de 2017
El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Madrid desestima el recurso interpuesto por Defensa con la
resolución del Consejo de Transparencia, que le instaba a hacer pública la
información solicitada por Civio.
3 de marzo de 2017
La Abogacía del Estado, en representación de Defensa, recurre la sentencia de
primera instancia.
23 de octubre de 2017
La sección séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia
Nacional estima en parte el recurso de apelación de Defensa. La
sentencia aún no es firme.
Otro post de interés: Transparency Internacional España: Numerosas instituciones públicas continúan incumpliendo la normativa legal sobre contratos
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