También establece el requisito de un informe vinculante del
Ministerio de Hacienda previo a la concesión de subvenciones o la suscripción
de convenios por parte de comunidades autónomas incumplidoras, en determinados
supuestos.
Así figura en las disposiciones adicionales del proyecto de
ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2019, presentado el lunes (día 14) por la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en el Congreso de los
Diputados, donde inicia ahora su tramitación parlamentaria.
Montero ha destacado que se mejora la financiación de las
CCAA, que juegan un "papel fundamental" e "insustituible" en
la prestación de servicios públicos, al subir la partida para administraciones
territoriales (CCAA y ayuntamientos) un 6,4%, hasta 129.899 millones.
Además, la actualización de las entregas a cuenta será
finalmente 2.000 millones superior a lo comunicado en el Consejo de Política
Fiscal y Financiera (CPFF) gracias a la modificación del sistema inmediato de
información (SII) del IVA, con lo que alcanzarán la cifra de 110.570 millones,
más de 6.500 millones adicionales.
La ministra ha explicado que si la mayoría del PP en el
Senado no hubiese rechazado la senda de déficit, las CCAA dispondrían de 2.500
millones más por la relajación del objetivo de déficit, si bien el Ejecutivo
intentará minimizar ese perjuicio con el cambio de reglamento del IVA.
La secretaria de Estado de Hacienda, Inés Bardón, ha
explicado que el Gobierno tiene el objetivo de minimizar la emisión de deuda
pública y alargar los vencimientos, así como controlar el tipo de interés. El
Tesoro, ha afirmado, trabaja para que el alargamiento de los vencimientos se
traslade a las CCAA con el fin de que se puedan beneficiar de esa estrategia.
En este sentido, ha explicado que está previsto repercutir
el alargamiento de la vida media de la deuda a través de dos vías. Una primera
sería a través de los mecanismos de liquidez (FLA y Facilidad Financiera), de
forma que se trasladen las ventajas de financiación que obtiene el Tesoro al
financiarse al mercado de financiación autonómico en el momento que se firme
uno de los mecanismos de liquidez existentes.
La otra opción, en proceso de análisis, es con el
acompañamiento de algunas CCAA con volúmenes de deuda elevados para ver la
posibilidad de aplanar los vencimientos en los próximos cuatro años, lo que
permitiría un "alargamiento temporal" de la deuda, ha detallado
Bardón.
Informe previo de Hacienda par convenios con CCAA incumplidoras
El Ejecutivo establece que la concesión de subvenciones o la
suscripción de convenios por parte de cualquiera de los sujetos que integran el
subsector Administración Central o el subsector administraciones de Seguridad
Social, con una comunidad autónoma que hubiera incumplido su objetivo de
estabilidad presupuestaria, de deuda pública o de la regla de gasto precisarán
con carácter previo a su autorización de un informe favorable, preceptivo y
vinculante del Ministerio de Hacienda.
Esto será así cuando los convenios o subvenciones conlleven
una transferencia de recursos de los subsectores de la Administración Central o
Administraciones de Seguridad Social a la comunidad autónoma incumplidora,
impliquen un compromiso de realización de gastos de esta última, o se den ambas
circunstancias simultáneamente.
También se requerirá ese informe cuando el Gobierno formule
una advertencia a una comunidad autónoma en el caso de que aprecie un riesgo de
incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de deuda pública o
de la regla de gasto. Esta limitación se aplicará desde el momento en que se
formule la advertencia.
Entes locales: Conversión de deuda a corto plazo
Las nuevas cuentas públicas también incluyen medidas para la
reestructuración de la deuda de los entes locales, que recibirán una
financiación de 19.239 millones este año, un 7,6% más. Según ha explicado la
secretaria de Estado de Hacienda, Inés Bardón, en la rueda de prensa, y tal y
como figura en las disposiciones adicionales de los PGE, se modifica el ámbito
objetivo del Fondo de Ordenación.
Así, los municipios podrán incluir las cuantías que estén
pendientes de amortizar y que corresponden a operaciones que se formalizaron en
el marco de la línea de crédito para la cancelación de deudas de las entidades
locales con empresa y autónomos, regulada en el real decreto ley de 2011 de
medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y
cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades
locales.
Además, durante el año 2019 las entidades locales podrán
concertar nuevas operaciones de endeudamiento para cancelar parcial o
totalmente su deuda pendiente con el Fondo en liquidación para la financiación
de los pagos a proveedores siempre que cumplan una series de requisitos.
Por ejemplo, que la nueva operación de endeudamiento a
suscribir tenga, como máximo, el mismo período de amortización que reste para
la cancelación completa de las operaciones de crédito que la entidad tenga
suscritas con dicho fondo.
También se autoriza en los PGE exclusivamente en 2019 la
formalización de operaciones de conversión de deuda a corto plazo que estén
vigentes en operaciones de crédito a largo plazo por parte de aquellas
entidades locales que en 2017 o en 2018 presenten remanente de tesorería para
gastos generales negativo una vez atendido el saldo de la cuenta de
"acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto", o
equivalentes en los términos establecidos en la normativa contable y
presupuestaria que resulta de aplicación, o que, en alguno de aquellos
ejercicios, presenten ahorro neto negativo.
De igual forma, cuando concurran en la deducción o retención
de los recursos de los regímenes de financiación de las comunidades autónomas y
ciudades con Estatuto de Autonomía varias deudas que afecten a una misma región
o ciudad autónoma, la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local
aplicará en primer lugar las deducciones o retenciones por deudas líquidas,
vencidas y exigibles contraídas con la Hacienda Pública por las CCAA y ciudades
autónomas afectadas, así como por las entidades de derecho público de ellas
dependientes, por razón de los tributos cuya aplicación corresponde al Estado y
por razón de las cotizaciones a la Seguridad Social.
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