Por Víctor Almonacid.- Me preguntan -en serio-, desde una Administración Pública española, si es válido que un funcionario firme electrónicamente el fin de semana, ya que no se encuentra en su mesa trabajando.
Vamos a contestar esta interesantísima y
nada ridícula pregunta en abierto (y más que nada para ayudarle a gestionar la
resistencia al cambio a la compañera que me ha contactado, esta vez sin broma,
y que la pobre está apurada por la actitud de sus compañeros).
Pues sí, tienen
razón. A veces hay que rendirse con deportividad, sobre todo cuando el enemigo
presenta argumentos irrefutables y, por qué no decirlo, un intelecto
superior.
Qué duda cabe que
la firma electrónica se desactiva el viernes a las 15 horas, porque
efectivamente si no estamos en el centro de trabajo cómo diantres vamos a
firmar. Imposible ¿Quién tendría firma electrónica en casa o, peor,
en los dispositivos móviles? Es de locos. Y si se pudiera no sería
legal porque esa firma se produciría fuera del horario laboral. Además, la nueva Ley de procedimiento, esa que es malísima porque es muy moderna
pero que alguna cosa buena tiene, al menos dice que los sábados son inhábiles
¿Quién firmaría en un día inhábil? Sólo un ergómano adicto al trabajo, o un viajero del tiempo que viene del siglo XXIII.
Teletrabajo
Esta perversa
práctica de firmar fuera del horario de trabajo abriría, además,
una peligrosa puerta hacia el teletrabajo, algo intolerable y
jurídicamente más que dudoso que supondría aceptar que un documento
administrativo puede formalizarse más allá de las sagradas paredes de la
institución.
Ni que decir tiene,
pues, que la firma electrónica, que se autocontrola para salvaguardar las
tradiciones y buenas costumbres, se desactiva cuando uno sale por la puerta del
trabajo. También durante la media hora del almuerzo, claro está. Más dudoso es,
aunque así lo respalda algún sector doctrinal, que sea legal la firma realizada
desde otro lugar del edificio administrativo distinto de nuestro despacho/mesa.
Cabe razonar que cuanto más nos alejemos aumenta el peligro de incurrir en
una administración no solo electrónica, sino también telemática (teles
es un prefijo griego que significa “a distancia”). Siendo flexibles podríamos
aceptar una firma realizada en un radio de 10 metros alrededor de nuestra mesa,
que es donde debemos estar, pero no más allá, tanto por razones legales
como técnicas (el “microchip” no tiene tanto alcance).
En cuanto a la
validez de la firma electrónica del empleado público que va al aseo, parece que
lo más sensato es reconocer que durante los 45 segundos de las aguas menores (o
micción simple) la firma sigue en vigor, pero que a partir del minuto, y en
todo caso en situaciones de aguas mayores, se produce un efecto de
derecho equivalente al almuerzo.
A mayor
abundamiento, en el hipotético y muy improbable caso de que algún día la firma
electrónica no procediera a tal desactivación, igualmente no se podría firmar
el fin de semana porque supondría trabajar durante el mismo, o entre semana a
horas intempestivas, y de hecho ya hay esquizofrénicos que firman por la
tarde, incluso por la noche, y en un alarde de locura, han llegado a firmar en
el AVE, o incluso en la misma estación o aeropuerto. Esta práctica demente
también abriría otra peligrosa puerta, en este caso al trabajo por objetivos o rendimiento
en lugar de “por horas”. El día que lleguemos a semejante grado de alienación
acabaremos con las buenas usanzas de lo público, que deben permanecer
inmutables más allá del avance demoníaco de los tiempos.
En definitiva, como
señala un amigo con el que he comentado esta interesante cuestión, la
firma electrónica no es válida los fines de semana ni las fiestas de
guardar. Y obviamente la del ciudadano tampoco. Fin del riguroso análisis
jurídico.
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