"También debe reformarse la normativa de subvenciones y ayudas públicas para que efectivamente se financien actividades de interés público y no sirvan para mantener redes clientelares"
Antonio Arias. Blog Fiscalización.es.- Este
largo fin de semana he estado leyendo la colosal obra dirigida por Manuel
Villoria, Julio Tejedor y José María Gimeno Feliú titulada “La
corrupción en España. Ámbitos, causas y remedios jurídicos” (Atelier, 2016;
540 páginas y 55€). Se trata de una obra colectiva de relevantes universitarios
cuyos análisis aportan soluciones y muestran a la sociedad el compromiso del
mundo académico por ofrecer respuestas adecuadas.
Hoy, más que nunca –anuncia
su contraportada- “la realidad nos enseña cada día situaciones que nos obligan
a posicionarnos y aportar nuestras ideas, desde la libertad de pensamiento,
para advertir patologías, orientar pautas de actuación y realizar propuestas de
mejora normativa. Este es, en definitiva, el objetivo de esta obra, pensada
para ayudar a reconducir las patologías y efectos perversos de la corrupción”.
Como
reconocen en la presentación, no es suficiente lo realizado:
“Hay
que establecer una estrategia global contra la corrupción que incluya medidas
de prevención de riesgos, de detección e investigación rigurosa y de sanciones
ejemplares. Son necesarias —y urgentes— reformas estructurales adoptadas desde
una visión holística. Es ineludible controlar efectivamente el funcionamiento
económico interno y la financiación de los partidos y sus fundaciones. Es
necesaria una Ley de empleo público que evite la proliferación del personal
eventual o de sistemas de selección y carrera ajenos al principio de mérito y
capacidad. También debe reformarse la normativa de subvenciones y ayudas
públicas para que efectivamente se financien actividades de interés público y
no sirvan para mantener redes clientelares. Urge una legislación de
contratos públicos que promueva una efectiva competencia, con publicidad, y que
impida las adjudicaciones «a la carta» o modificaciones indebidas de lo
contratado.
Es preciso un nuevo modelo de organización del sector público, con el fin de evitar que pueda ser utilizado como vía de escape a las normas de control y fiscalización de los dineros públicos. Por supuesto, y con carácter horizontal para todo el sistema, la máxima transparencia es herramienta esencial, en tanto facilita información accesible y cualificada y facilita la rendición de cuentas. En consecuencia, hay que reforzar los mecanismos de control interno y externo a fin de evitar que sus debilidades sean factores clave para el desarrollo de las conductas corruptas. No hay mejor inversión, tanto económica como social, que el refuerzo efectivo de un sistema de controles independiente, rápido y especializado”.
Es preciso un nuevo modelo de organización del sector público, con el fin de evitar que pueda ser utilizado como vía de escape a las normas de control y fiscalización de los dineros públicos. Por supuesto, y con carácter horizontal para todo el sistema, la máxima transparencia es herramienta esencial, en tanto facilita información accesible y cualificada y facilita la rendición de cuentas. En consecuencia, hay que reforzar los mecanismos de control interno y externo a fin de evitar que sus debilidades sean factores clave para el desarrollo de las conductas corruptas. No hay mejor inversión, tanto económica como social, que el refuerzo efectivo de un sistema de controles independiente, rápido y especializado”.
Una
verdadera enciclopedia
Comienza
la obra con el capítulo “España, ¿un país sin frenos?” de Rafael Jiménez
Asensio que analiza los puntos críticos de la arquitectura institucional,
sus necesarias correcciones y los escenarios futuros. A continuación, Manuel
Villoria presenta las principales características de la corrupción en
nuestro país (alta percepción ciudadana, no sistémica, no funcionarial y sobre
todo en el nivel local de Gobierno, y hasta cierto punto, en el nivel
autonómico) cuyas causas fundamentales tienen que ver con defectos
institucionales muy graves y áreas de riesgo muy poco protegidas, que son
presentadas. La medición de la corrupción en España corre a cargo de Carlota
Tarín, de la Fundación ¿Hay Derecho?
Me
gustaría destacar el capítulo elaborado con mi colega Alfonso Peña Ochoa,
titulado “El nuevo rol de los OCEX frente a la corrupción” donde estudia con
profundidad y sin ataduras el sistema español de control de la actividad
económica del sector público y avanza una serie de propuestas para reforzar su
desempeño. Entre los materiales manejados por Alfonso Peña destacan las
contribuciones del auditor Antonio
Minguillón, que obtuvo el premio auditoría pública el año pasado por su
artículo “Las
ICEX deben ser implacables en la lucha contra el fraude” así como del
interventor de la IGAE, José Antonio Fernández Ajenjo (“el
tribunal de cuentas debería incluir expresamente entre sus fines
institucionales combatir la mala gestión y la corrupción”) y de las
conclusiones de los XI
encuentros Técnicos de los OCEX, celebrados en Oviedo el año pasado.
El
análisis multidisciplinar del fenómeno se enriquece con las aportaciones de Juan
Pablo Artero (“Medios de comunicación, derecho a la información y
corrupción”), Marcos Vaquer (“Corrupción pública y ordenamiento jurídico”), Emilio
Guichot (“Transparencia y acceso a la información pública en el marco de la
lucha contra la corrupción”) Andrés Betancor (“Puertas giratorias:
regulación y control”), Agustí Cerrillo (“Los conflictos de intereses
y los pactos de integridad: la prevención de la corrupción en los contratos
públicos”) E. Montoya Martín (“Exigencias derivadas del buen gobierno
y de la buena administración como prevención y lucha contra la corrupción en el
sector público local”) y la regulación de los grupos de interés como
instrumento de prevención de la corrupción corren a cargo de Ana Revuelta
y Manuel Villoria.
Los
análisis sectoriales son llevados a cabo por Julio Tejedor Bielsa (La
corrupción urbanística ), Julio V. González García (la regulación y
supervisión en sectores estratégicos económicos), Santiago Álvarez García sobre
el fraude y la elusión fiscal (amnistías tributarias, paraísos y regímenes
fiscales a la carta ) y por el propio José María Gimeno Feliu al
estudiar la corrupción en la contratación pública que subtitula:
“propuestas para rearmar un modelo desde la perspectiva de la integridad” donde
revisa los datos de corrupción en la contratación pública y sus efectos,
proponiendo la revisión de las prácticas que permiten opacidad y favorecen la
corrupción. En relación con la transparencia en la contratación pública como
herramienta de integridad aporta un análisis de sus elementos (en la publicidad
y uniformidad de reglas jurídicas, en los procedimientos y criterios de
adjudicación) abogando por la necesaria reinterpretación de la práctica de los
modificados para evitar la corrupción. En cualquier caso encuentra
imprescindible su prevención mediante el refuerzo de los sistemas de control
previo: tutela efectiva y buena administración.
Transparencia local
Juana
López Pagán lleva a cabo el apartado de “Gobierno abierto y transparencia
frente a la corrupción en el nivel local” mientras que Jesús Lizcano
Alvarez aporta el capítulo titulado “La transparencia frente a la
corrupción en el ámbito local: una visión desde la sociedad civil” donde presenta
el índice de transparencia de los ayuntamientos (ITA) y de las diputaciones
(INDIP) analizando los aspectos diferenciales más significativos de la ley de
transparencia respecto a las entidades locales.
Termina
el tratado con el estudio de la vertiente penal, tanto de la prevención de la
corrupción en los negocios y en el sector público donde Silvina Bacigalupo realiza
un análisis del fenómeno de la corrupción desde el buen gobierno corporativo y
su prevención en el escenario legal de la cultura de cumplimiento, o las
aportaciones de Pilar Otero González en relación con los nuevos delitos de
corrupción en los negocios tras la reciente reforma penal del año 2015.
Jornada de formación para empleados públicos: CEMCI. Granada. 16 de Mayo. Open data y reutilización de la información del sector público.
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