martes, 28 de febrero de 2017

Impunidad de los políticos bajo coartadas administrativas

"Lo que está en juego es la impunidad de las consecuencias para las arcas públicas de los actos administrativos de ostensible ilegalidad"

J. Ramón Chaves.- Blog DelaJusticia.es.- Me sorprendía hace poco que una de las situaciones jurídicas mas preocupantes en la lucha contra la corrupción, malversación o apropiación de caudales públicos, o responsabilidad patrimonial de cargos públicos, pasase inadvertida para doctrina y operadores. 

Un silencio preocupante y una indiferencia de los políticos que parecen pensar que está ante una cuestión técnica de competencias entre Tribunal de Cuentas y Jurisdicción contencioso-administrativa, cuando lo que está en juego es la impunidad de las consecuencias para las arcas públicas de los actos administrativos de ostensible ilegalidad.

Jibarizar el control del T.Cuentas
Sustancial y resumidamente se trata de dos sentencias de la Sala contencioso-administrativa del Supremo del año 2012 y siguiendo su estela, otra del 2015, en que se “jibariza” el control del Tribunal de Cuentas, precisando, primero, que un Alcalde no es responsable patrimonial ( no tiene que reintegrar nada) por ejecutar los acuerdos de un pleno ( o cualquier presidente de órgano colegiado por igual razón), por mucha sospecha de ilegalidad de lo acordado y aunque haya votado a favor del mismo. Y segundo, que el Tribunal de Cuentas no es quien para invadir la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa para valorar como ilegal un acto administrativo por contravenir leyes distintas de las contables o presupuestarias, pues ese ámbito es privativo de la jurisdicción contencioso-administrativa, de manera que la presunción de validez del acto administrativo ( por mucho que apeste el “fumus mali iuris” ).

 En suma, un torpedo judicial contra la vía de flotación de la legalidad y que propicia la impunidad práctica de la corrupción. De ahí, que pese a tratarse de una construcción dogmática impecable, lo urgente es reorientar normas y prácticas para evitar, como es tristemente habitual en la experiencia hispana, el pernicioso hábito de emular a la orquesta del Titanic que  seguía tocando música mientras el Titanic del interés público se hundía.

Aportación
Por eso, preocupado por esta situación, he intentado aportar algo para el debate y sacudir la mente de juristas, así como de los políticos para que “aviven el seso y despierte” como aconsejaba Jorge Manrique. El resultado es este artículo que me ha publicado gentilmente El Consultor y titulado: La urgente reconstrucción del enjuiciamiento contable del reintegro por alcance. El Consultor de los Ayuntamientos, Nº 6, Sección Opinión / Actualidad, Quincena del 30 Mar. al 14 Abr. 2017, Editorial Wolters Kluwer. Aquí lo tenéis.

De esta inquietante cuestión se ha echo eco el blog del síndico Antonio Arias rotulándolo impecable corrupción.

Y es que no todo son blogs en la vida, sino que a veces, tengo que escribir algo con preocupación y mayores dosis de reflexión. No tengo la solución pero algo tiene que moverse.

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