domingo, 12 de junio de 2016

El Parlamento Europeo elimina trámites y burocrácia para los ciudadanos de la Unión que vivan fuera de su país

Según una encuesta del Eurobarómetro, el 73 % de los ciudadanos de la UE cree que hay que tomar medidas para mejorar la circulación de documentos públicos entre los países de la UE.

El Consultor.- Carlos Fernández Hernández.- El Parlamento Europeo ha aprobado  el Reglamento, propuesto por la Comisión, dirigido a reducir los costes y los trámites para los ciudadanos que necesiten presentar un documento público en otro país de la UE.

Sede del Parlamento Europeo
En la actualidad, los ciudadanos que se trasladen o residan en otro país de la UE deben conseguir una estampilla para demostrar que sus documentos públicos (por ejemplo, certificados de nacimiento, matrimonio o defunción) son auténticos. Con arreglo al nuevo Reglamento, esa estampilla y los procedimientos burocráticos relacionados con ella ya no serán necesarios al presentar documentos públicos expedidos en un país de la UE a las autoridades de otro país de la Unión.

Trámites que se eliminan
En concreto, este nuevo Reglamento pondrá fin a una serie de procedimientos burocráticos:
• Los documentos públicos (por ejemplo, certificados de nacimiento, matrimonio o antecedentes penales) emitidos en un país de la Unión han de ser aceptados como auténticos en otro Estado miembro sin necesidad de llevar una estampilla de autenticación (es decir, la apostilla).
• El Reglamento suprime también la obligación de los ciudadanos de facilitar siempre una copia compulsada o una traducción jurada de los documentos públicos. Los ciudadanos también podrán usar un formulario multilingüe, disponible en todas las lenguas de la UE, para su presentación como ayuda a la traducción adjunta a los documentos públicos, a fin de evitar los requisitos de traducción.
• El Reglamento establece salvaguardias contra el fraude: si la autoridad receptora tiene dudas fundadas sobre la autenticidad de un documento público, podrá comprobar esa autenticidad ante la autoridad de expedición en el otro país a través de la actual plataforma informática, el Sistema de Información del Mercado Interior (IMI).

El Reglamento solo trata de la autenticidad de los documentos públicos, de manera que los Estados miembros seguirán aplicando sus normas nacionales relativas al reconocimiento del contenido y los efectos de un documento público expedido en otro país de la Unión.

Ámbito de aplicación
 El Reglamento afecta a los siguientes tipos de documentos públicos:
- Nacimiento
- El hecho de que una persona está viva
- Defunción
- Nombre
- Matrimonio (incluidos la capacidad para contraer matrimonio y el estado civil)
- Divorcio, separación legal o anulación del matrimonio
- Unión de hecho registrada (incluidas la capacidad para inscribirse como miembro de una unión de hecho registrada y la condición de miembro de una unión de hecho registrada)
- Cancelación del registro de una unión de hecho, separación judicial o anulación de una unión de hecho registrada
- Filiación
- Adopción
- Domicilio o residencia
- Nacionalidad
- Ausencia de antecedentes penales
- El derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales y en las elecciones al Parlamento Europeo.

Nuevos modelos estándar multilingües europeos
Además, el Reglamento establece impresos estándar multilingües como ayuda a la traducción de los documentos públicos relativos a lo siguiente:
- nacimiento
- el hecho de que una persona está viva
- defunción
- matrimonio (incluidos la capacidad para contraer matrimonio y el estado civil)
- unión de hecho registrada (incluidas la capacidad para inscribirse como miembro de una unión de hecho registrada y la condición de miembro de una unión de hecho registrada)
- domicilio o residencia
- ausencia de antecedentes penales

Publicación y entrada en vigor
El Reglamento sobre documentos públicos estará disponible en los próximos días, tras su firma por los colegisladores.
A continuación los Estados miembros disponen de dos años y medio a partir de la fecha de entrada en vigor del Reglamento para adoptar todas las medidas necesarias al efecto de permitir la correcta aplicación del Reglamento al final de ese período.

Contexto:
Alrededor de 13 millones de ciudadanos de la UE viven en un país europeo distinto del suyo. Según una encuesta del Eurobarómetro, el 73 % de los ciudadanos de la UE cree que hay que tomar medidas para mejorar la circulación de documentos públicos entre los países de la UE.

Los ciudadanos se quejan a menudo de la burocracia y de los costes que han de soportar para que un documento público expedido en un país de la Unión sea considerado auténtico en otro país de la Unión. Todos estos trámites requieren demasiado tiempo y son excesivos e innecesarios, además de menoscabar el disfrute por los ciudadanos de sus derechos en virtud de los Tratados.

En la actualidad, los ciudadanos que se trasladen o residan en otro país de la UE deben conseguir una estampilla para demostrar que sus documentos públicos (por ejemplo, certificados de nacimiento, matrimonio o defunción) son auténticos. Con arreglo al nuevo Reglamento, esa estampilla y los procedimientos burocráticos relacionados con ella ya no serán necesarios al presentar documentos públicos expedidos en un país de la UE a las autoridades de otro país de la Unión

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