El CGPJ hace públicas las
compatibilidades concedidas a jueces y magistrados en su portal de
transparencia
Revista de prensa. EP.- Un total de 420 jueces y
magistrados han solicitado y obtenido este año la compatibilidad para ejercer
otra actividad, la gran mayoría (366) como docentes en Universidades o como
preparadores de opositores a la Carrera Judicial y Fiscal.
Así se desprende de la
información hecha pública este jueves en la página web del órgano de gobierno
de los jueces - www.poderjudicial.es - donde pueden consultarse las
compatibilidades concedidas a los miembros de la Carrera Judicial.
Las compatibilidades no
docentes concedidas este año han sido, entre otras actividades, colaborar en
revistas jurídicas o realizar investigaciones jurídicas; ser vocales de
academias de jurisprudencia o de consejos asesores de instituciones como el
Defensor del Pueblo; o ejercer funciones jurisdiccionales como magistrados en
el Tribunal Superior de Justicia de Andorra.
Para acceder a esa
información, bastará con entrar en el Portal de Transparencia del CGPJ e ir a
la aplicación "Búsqueda de compatibilidades" en el siguiente enlace:
www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Transparencia/Compatibilidades/
El usuario sólo tendrá que
introducir entonces el apellido del juez o magistrado y, en caso de que éste
tenga concedida alguna compatibilidad, aparecerá una descripción de la misma
(por ejemplo "Profesor asociado en la Universidad Carlos III de
Madrid"), la fecha de aprobación por la Comisión Permanente, la fecha de
inicio y de finalización y el tipo de compatibilidad (en este caso,
"Docencia").
Esta información ya
figuraba en las acuerdos de la Comisión Permanente que se pueden consultar en
la web del Poder Judicial, pero la nueva herramienta permite el acceso a los
datos de manera sencilla y ordenada.
Los jueces y magistrados
españoles están sometidos a un estricto régimen de incompatibilidades, regulado
en el artículo 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Incompatibilidades estrictas
Así, las únicas
actividades consideradas compatibles con el ejercicio de la función
jurisdiccional -enumeradas en el artículo 389.5 de la LOPJ- son "la docencia
o investigación jurídica, así como la producción y creación literaria,
artística, científica y técnica, y las publicaciones derivadas de
aquélla".
En este sentido, el
Reglamento 2/2011, de la Carrera Judicial, señala en su artículo 327.1 que
"el ejercicio de la docencia y la investigación jurídica por parte de los
miembros de la Carrera Judicial constituye una manifestación de su competencia
profesional y el reconocimiento de su experiencia y conocimientos".
Este mismo Reglamento
establece que el CGPJ, previa petición, podrá autorizar a los miembros de la
Carrera Judicial para compatibilizar su cargo con el ejercicio de alguna de las
actividades antes señaladas "cuando sea necesario de conformidad con lo
dispuesto en la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio
de las Administraciones Públicas".
La misma norma dispone
también que solo se autorizarán compatibilidades para actividades que se
desarrollen fuera de las horas de audiencia pública y que su ejercicio no
afectará al deber de asistencia al despacho oficial ni justificará, en modo
alguno, el retraso en el trámite o resolución de los asuntos, vistas o juicios
ni la negligencia o descuido en el desempeño de las obligaciones propias del
cargo.
Para otro tipo de
actividades, como es la asistencia ocasional a congresos y coloquios no es
precisa la petición de autorización, según ha explicado el Consejo en una nota.
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