"Al amparo de la crisis económica el foco del control ha cambiado de objetivo y ganado en intensidad. La luz del control comienza a proyectarse y a dejar ver las miserias de la administración y dejando a los políticos al desnudo de sus corrupciones, corruptelas y despilfarros"
J.R. Chaves. Blog delaJusticia.com.- Corren tiempos en que
parece que el derecho público represivo se está despertando. No hace
mucho, en tiempos de vacas gordas y bonanza económica, las administraciones
públicas vivían plácidamente el sueño de los frívolos, pues solía confundirse
el “interés general” con el “interés particular” del gobernante de turno; éste
normalmente coincidía con aquél pero a veces no era así cuando algún
desaprensivo descubría la posibilidad de aprovechar las holguras del sistema
administrativo para lucrarse, traficar con influencias o practicar nepotismo, o
incluso para actuar arbitrariamente, porque el político consideraba que tenía una
especie de “derecho al error impune”.
Lo triste era que contaban con la
coartada de que los controles no funcionaban realmente de forma rápida ni
eficaz e incluso algunos nos preguntábamos si el Estado de Derecho sería capaz
de atajar la corrupción.
Pero veamos de donde
venimos y hacia dónde parece que vamos.
No funcionaba la vía penal por
múltiples causas: un legislador lento frente a delitos tecnológicamente
avanzados; el laberíntico tinglado de garantías procesales: prescripciones,
pruebas válidas, cadena de recursos infinita hasta el Constitucional, lentitud
exasperante, instrucciones complejas, etc; un régimen de ejecución de condenas
que bien por remisiones condicionales o indultos propiciaba la impunidad
práctica; o unos delitos de prevaricación o malversación cuyo perfil
restrictivo convertía las escasas instrucciones penales en “puertas giratorias”
con mucho ruido y pocas nueces. Una situación que paradójicamente no reinaba en otros ordenamientos penales.
Tampoco
funcionaba la vía contencioso-administrativa por otras causas: una visión
del control en tránsito hacia la jurisdicción protectora pero con anclaje en la
vieja jurisdicción revisora (temerosa de sustituir a la administración); un
sistema de legitimación restrictiva, salvo los escasos supuestos de acción
pública, que dejaba impunes infinidad de actos ilegales en materia de función
pública, contratación o subvenciones porque los únicos con interés
supuestamente “legítimo” para impugnarlo eran los beneficiados de la felonía;
una alicorta concepción de las relaciones impugnatorias entre administraciones
como acto hostil a evitar; un sistema de ejecución de sentencias estimatorias
aquejado de incidentes de inejecución interminables cuando no burlados por el
ejecutivo, e incluso con la complicidad del legislativo para forzar la
imposibilidad legal de ejecución, etc.
Y el entramado legal
era deficiente: un dinamismo legislativo atroz que dejaba sumido en la
incertidumbre a autoridades, funcionarios, abogados y ciudadanos; un legislador
pésimo, que como el juego de naipes de las siete y media, o no llegaba o se
pasaba, y venía el Tribunal Constitucional o el Tribunal de Justicia europeo
censurándole cuando ya la ley había sembrado de actos la vida pública; y un
legislador con mala puntería por su dificultad para deslindar la concurrencia
de jurisdicciones, especialmente en materia de contratación, personal o
económico-financiera, siendo especialmente sangrante el reparto de competencia
cuando se tropezaban con un delito contable, o el caso paradigmático del
alcance, en que la jurisdicción penal, la contenciosa, la contable y la propia
administración han tirado del cobertor para su lado hasta dejarlo deshilachado
y mal remendado.
La crisis
Sin embargo, al amparo de
la crisis económica el foco del control ha cambiado de objetivo y ganado
en intensidad. La luz del control comienza a proyectarse y a dejar ver las
miserias de la administración y dejando a los políticos al desnudo de sus
corrupciones, corruptelas y despilfarros.
Junto a ello, se sitúa el
desencanto ciudadano ante los políticos en general (siendo buena prueba la
insólita dificultad para formar gobierno actualmente, que justificaría expulsar
del templo del congreso a los fariseos de la política profesional).
En esas condiciones, reverdecen
los controles de legalidad y particularmente los controles económicos, bajo el
telón del fondo de esa valiosa palanca de control que es la Ley 19/2013, de
Transparencia y Buen gobierno.
Los
controles de legalidad han ganado protagonismo, y la jurisdicción penal no
sólo sigue cabreada por lo que la Sala Penal del Supremo calificó de
“inoperancia de la disciplina administrativa” (Sentencia de 27 de noviembre de
2009, Caso Andratx), sino que tiene el gatillo fácil frente a autoridades
corruptas y las condenas por prevaricación, malversación y otros delitos contra
la administración están prodigándose.
La jurisdicción
contencioso-administrativa, pese a la zancadilla procesal del ominoso régimen
de vencimiento en las costas procesales (que provoca incertidumbre y entierra
la tutela judicial efectiva) avanza con rapidez y pone orden con creciente
número de sentencias invalidantes que ponen en su sitio las malas
prácticas administrativas y a las autoridades sin escrúpulos.
En paralelo, el papel
de secretarios e interventores en administraciones locales, y el papel de
sus homólogos – secretarios técnicos, interventores, letrados públicos, etc –
en el ámbito autonómico, institucional y estatal, ha crecido en respeto y
protagonismo, de manera que el manual de la autoridad prudente del siglo XXI le
lleva a apoyarse en ellos y no dar pasos en falso sin su conformidad y visado.
Congreso de Auditoría de Toledo
En
esta línea, me complace recordar que el Congreso Nacional de Auditoría del
Sector Público que organiza la fundación FIASEP tendrá lugar en su séptima
edición del 16 al 19 de noviembre de 2016 en el campus de Toledo de la
Universidad de Castilla – La Mancha (UCLM), corresponsable de la
organización junto a la Intervención General de la Comunidad Autónoma
anfitriona, evento en que han tenido la amabilidad de invitarme para verter
ideas y debatir sobre las carencias y fuerzas del control público. El programa es ambicioso pero si resulta tan fructífero
como en las ediciones anteriores, creo que será un evento de los que hacen
época… en época de necesario control.
Del evento ya se hizo eco
Antonio Arias en este post, y dejo constancia del mismo por si resulta de
interés la participación abierta en el mismo de letrados, interventores,
auditores y altos funcionarios interesados en mejorar la cosa pública (e
incluso profesionales privados y autoridades públicas… ¿por qué no?), que no
es la “cosa nostra” como algunos desaprensivos pensaban, sino la “casa de
todos”. Y por eso, todo debate claro, vivo y riguroso sobre el control de la
decisión y gasto público y el papel emergente de las auditorías, ha de ser
bienvenido. Aquí está la web del evento con su programa, metodología e
inscripciones.
De interés: Ver Sumario: El Consultor de los Ayuntamientos nº 13/2016, de 15 de julio
De interés: Ver Sumario: El Consultor de los Ayuntamientos nº 13/2016, de 15 de julio
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