miércoles, 6 de julio de 2016

Informe de la Comisión de la Competencia sobre el suministro de material de oficina en las Administraciones Públicas

La Competencia considera que antes de los procesos de licitación, se debe evitar celebrar sesiones presenciales con potenciales oferentes

Informe de Competencia a los pliegos que rigen la celebración del  ACUERDO MARCO para la contratación de material de oficina no inventariable en las AA.PP

 Blog Contrato de Obras.- Entre otras observaciones, la CNMC considera injustificado que a la hora de contratar el suministro del material de oficina, se diferencie entre marcas de fabricantes y marcas de distribuidores (marcas blancas), pues considera que la marca no debe ser una exigencia si previamente se han  determinan las características y la calidad que deben tener los productos. En este sentido, también recomienda la elaboración previa de unos listados con estos elementos.

Por otra parte, la Comisión considera que antes de los procesos de licitación, se debe evitar celebrar sesiones presenciales con potenciales oferentes. Las consultas presenciales que se realizan para conocer el mercado y configurar el proceso son arriesgadas y pueden incrementar la posibilidad de captura de cualquier órgano contratante. Además, pueden perjudicar los principios de igualdad de acceso, no discriminación y defensa de la libre competencia.

La CNMC recomienda también que se facilite la acreditación de la solvencia económica y técnica de empresas de nueva creación que quieran presentarse a los concursos. 

También, propone que las ofertas puedan presentarse a través de medios electrónicos para reducir los costes e incrementar la trazabilidad del procedimiento. 

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