Por Andrés Morey. Tu Blog de la Administración Pública.- La cuestión que tengo en mente abordar, y ya titulada, sé que a muchos no les gustará por considerar que ha sido un progreso importante, sin embargo la sindicación en la función pública tiene para mí factores muy distintos respecto de la función sindical en la empresa privada, debido a que aunque la empresa privada por sus repercusiones en la economía y en la sociedad se puede considerar de interés público, éste no tiene el alcance y transcendencia de las políticas y los intereses públicos que se cumplen por la administración pública y sus instituciones.
La
sindicación funcionarial era una reivindicación de la izquierda política y de
buena parte de los funcionarios en los años 60 y 70, pero lo cierto es que los
cuerpos superiores satisfacían sus intereses por la misma organización
corporativa, de una forma muy distinta a la de la "lucha sindical"
del mundo empresarial y del trabajo. De otro lado, eran los cuerpos los que
manejaban, de un modo u otro, las políticas públicas y su gestión administrativa,
lo que les otorgaba un poder en la organización que el simple trabajador no
tiene en la empresa privada. La sindicación para ellos no era una necesidad.
Además, su poder permanecía mientras los políticos y altos cargos cambiaban o
iban y venían.
También hay
un elemento diferencial a tener en cuenta y es que la empresa privada o el
empresario persigue el beneficio, el suyo, pero al conseguirlo también aporta
beneficios al trabajador y a la economía. Ese beneficio y su reparto, se puede
considerar como el objeto de la lucha sindical, sin perjuicio de las
finalidades políticas de los partidos de izquierda que apoyan o mantienen a un
sindicato. A los funcionarios superiores, ya he dicho, no les importaba
la sindicalización, mientras otros funcionarios organizaban huelgas, éstos la
mayor de las veces eran empleados que perseguían los beneficios de la
funcionarización.
Servicio vs beneficio
La
Administración pública no es el beneficio lo que persigue, sino la eficacia,
cómo ya he dicho en otras entradas. Eficacia política y jurídica. No vende un
producto, salvo cuando se politiza mal y hace propaganda de políticas que no
cuentan con los recursos necesarios. El beneficiario de sus actuaciones ha de
ser el ciudadano por encima de cualquier interés partidista. Y los intereses de
los ciudadanos se generalizan y hacen públicos a través del Derecho; por eso la
ley marca el fin y el objeto que ha de ser eficaz y real y la Administración lo
ha de hacer, si bien lo es a través del tiempo y plazos que la eficacia plena
impone.
Con Franco
y los sindicatos verticales, no hay formalmente derecha o izquierda en ellos,
sino que son estructura como lo era el Movimiento y formaron un grupo
funcionarial propio, que matiza mucho la considerada austeridad administrativa
que se le atribuye. Su desmontaje, aporto unos fondos a la Administración
estatal y luego a la autonómica que ha permitido el derroche actual y políticas
espurias o simplemente de finalidad electoral.
Así, cuando
la sindicación funcionarial llega y la Constitución la institucionaliza y
remite al estatuto de los funcionarios, muchos de ellos no alcanzan plenamente
la repercusión, ni la influencia que van a tener en el plano político. Muchos
no llegan ni a comprender cómo puede ser necesaria la existencia de liberados,
acostumbrados al sistema corporativo y a sus asociaciones.
Sea como
sea, lo cierto es que la sindicación funcionarial, en cierto modo, consagra la
posibilidad de que se impongan los intereses funcionariales y de los partidos
que los mantienen, sobre todo cuando están en la oposición, que es cuando
utilizan a "su" sindicato como elemento de "lucha". En
cierto modo los sindicatos están comprados y sirven a su propia burocracia. Y
el sindicalismo alcanza una función que va más allá de la que les corresponde
en lo público y las peculiaridades que apunta la Constitución no se desarrollan
claramente en el Estatuto, del mismo modo que el derecho a huelga con carácter
general no se ha desarrollado legalmente y con especialidad.
Y así pasa
que el ciudadano, destinatario de la acción administrativa y de su eficacia,
resulta, perdóneseme la expresión, un simple cornudo, cuando no, además,
apaleado. Centenares de ejemplos se podían enumerar, pero, ya que la banca y
los mayores están de moda, basta con el de la informatización administrativa y
digitalización, que sólo beneficia al funcionario mientras carga a los
ciudadanos con trabajos y penalidades que antes formaban parte de su trabajo en
beneficio general. Para ese viaje no hacen falta alforjas; del mismo modo que
para ese progreso no hacen falta Administraciones.
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