Partidos políticos y Administración local, focos de corrupción
Blog Hay Derecho.- La Ley ómnibus contra la corrupción, ahora en
trámite parlamentario, se ha centrado en el sector público en su lucha contra
la corrupción y protección de los denunciantes. Su entrada en vigor para antes
del verano modificará diferentes normas esenciales de nuestro ordenamiento. 387
enmiendas se han planteado para una norma que quiere poner coto a la corrupción
en el sector público. Las previsiones indican que antes del verano se aprobará.
En pleno debate parlamentario, Transparencia Internacional
organizó un debate en la Fundación Ortega y Gasset con la presencia de Manuel
Villoria, catedrático de Ciencia Politica y miembro del Comité de
Dirección de Transparencia Internacional; Elisa de la Nuez, secretaria
general de la Fundación Hay Derecho; Rodrigo Tena, notario, patrono de
Fundación Hay Derecho y Silvina Bacigalupo, catedrática de Derecho
Penal y miembro del Comité de Dirección de Transparencia Internacional.
En la presentación del debate, Jesús Lizcano, presidente
de Transparencia Internacional y moderador de este encuentro resaltó el
carácter transversal de esta proposición de ley “ La norma tiene 25 artículos
estructurados en una parte sobre la protección al denunciante y otra sobre la
nueva autoridad independiente de integridad y algunas disposiciones finales que
suponen la modificación de algunas leyes claves de nuestro ordenamiento”.
De esta forma “se modificarán la Ley General Tributaria, Ley
Electoral, Ley de Altos Cartos, Ley de Transparencia y un Reglamento que aún no
tenemos tras cuatro años de entrada en vigor de la ley, Código Penal, Ley de
Enjuiciamiento Criminal, Ley de Bases de Régimen Local o la Ley de
Régimen Jurídico del Sector Público”, apuntó.
Manuel Villoria
En su intervención Manuel Villoria, al igual
que el resto de los ponentes, destacaron la necesidad de esta ley, como un paso
clave para la lucha contra la corrupción en el sector público “ Se echa en
falta un Plan de lucha integral contra la corrupción que debería haber diseñado
el Gobierno de Mariano Rajoy. También debería haber reflejado la realidad de
los partidos políticos que tienen debilidades para luchar contra la
corrupción”:
Desde su punto de vista, esta ley integral se ha centrado en
tres cuestiones “ Impulsar la transparencia, consolidar la protección del
denunciante y regular el fenómeno del lobby”. En cuanto a las sanciones se
muestra partidario de incluir las mismas en el llamado Estatuto del Empleado
Público “ El gran problema lo tenemos en la administración local, como se ha
visto donde muchas actividades no se controlan por nadie”.
Para este estudioso de la política otras cuestiones como las
Iniciativas Legislativas Populares “ que hemos tenido 117 y solo una ha cuajado
podrían haberse regulado también. AL igual que estar encima de las fundaciones
de los partidos políticos a veces claves en la financiación poco clara de los
partidos políticos”. Sobre la Autoridad de Integridad que ahora se crea espera
que no se solape con el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
existente.
Cambio cultural
Por su parte, Elisa de la Nuez, centro su
exposición en cómo la llamada “ley ómnibus”, va a proteger a los
denunciantes de un posible delito de corrupción. “Es necesario un cambio
cultural en nuestro país para que se va al ciudadano que denuncia la corrupción
no como un chivato y sí como un buen ciudadano de la sociedad civil”. Y explicó
como Fundacion Hay Derecho en sus premios había galardonado a ciudadanos
comprometidos.
Esta ponente habló del concepto de indemnidad, “una
palabra que debería definir que la situación personal y profesional de esa
persona, pese a denunciar un acto de corrupción no cambiaría en nada, y no como
ahora, que los que lo han hecho se han jugado su trabajo en algunos momentos. “Las
denuncias deben ser confidenciales para preservar esa intimidad y que el
profesional pueda revelar lo que está pasando en su entorno”.
Para esta experta, en el caso que hubiera unos buenos cauces
de comunicación de estos hechos , donde se protegiera la identidad del
denunciante “no haría falta entonces las denuncias anónimas, como ahora está pasando.
Habrá que ver como funciona el canal de denuncia que la ley señala que se
pondrá en marcha con la Autoridad de Integridad como responsable”. A su juicio,
el denunciante debería tener asistencia psicológica y jurídica de bajo coste o
gratis “ cuestiones que ahora le cuestan un dinero importante”.
En su turno de palabra, Rodrigo Tena, se focalizó en
cuatro cuestiones que vienen en las disposiciones finales de esta norma.
En la Disposición Final Primera se habla de inegibilidad de los encausados, tema
que ha generado cierto debate y que algunos expertos señalan que puede ir
contra la presunción de inocencia.
La Disposición Final Quinta habla del incremento patrimonial
no justificado en personas involucradas en el sector público “en la norma se
habla de sanciones si surge esta situación concreta, como elemento clave para
luchar contra la corrupción”. La Disposición Final Sexta habla de una reforma
de la Ley del Indulto con tres casos de delitos diferentes: “ Aquellos de
mayor gravedad como los del terrorismo no se indultan, el resto necesitarían
siempre un informe motivado de por qué se dan”.
Con la nueva Ley Omnibus se espera que la protección
al denunciante mejore y no ponga en juicio su integridad física o trabajo como
ha pasado en algunos casos que fueron muy mediáticos
Por último, la Disposición Final Séptima se centra en los
plazos de instrucción que los elimina, lo que supondría una reforma del artículo
324 de la actual Ley de Enjuiciamiento Criminal “en este caso sería el
juez quien amplia el plazo hasta donde sea necesario”. Sin embargo explicó que
partidos como PP y PSOE preferían suprimir esta disposición antes de presentar
cualquier alternativa al mismo viable.
Partidos políticos y Administración local, focos de
corrupción
Por último, Silvina Bacigalupo, como experta en
derecho penal, destacó que “en la Constitución de 1978 hay dos temas que
se obviaron, uno la financiación municipal y otro la de los partidos políticos. Curiosamente
la mayor parte de los casos de corrupción de nuestro país se centran en estos
dos ámbitos concretos”. A su juicio, como para otros ponentes, esta ley
ómnibus al final tendrá que introducirse en el sector privado.
A su juicio, otra de las medidas que se pudieran
incorporar a todos los delitos del Código Penal es la inhabilitación de ese
profesional como funcionario “y en muchos casos por su acción tan grave,
de por vida, un elemento que sería disuasorio de cometer conductas
irregulares”. Respecto a la Autoridad de Integridad, cree que debería ser un
órgano ágil y en cuanto a su capacidad investigadora señala que “ no será fácil
que investigue y es posible que muchas pruebas que aporte puedan estar
contaminadas y no sirvan para mucho”.
Sobre el denunciante, recalcó que es fundamental que
desempeñe su labor con total confidencialidad y recordó que “ ya tenemos una
ley la 19/1994 sobre Testigos Protegidos, con lo cual veremos como queda esta
norma y esperemos que no haya duplicidades que no conducen a nada”. En cuanto a
la supresión de los plazos de instrucción que señala la nueva norma, lo ve bien
“ ahora hay instrucciones muy largas y juicios orales cortos. Tendría que ser
el juez quien pidiera ese plazo y no el Ministerio Fiscal, que sabemos no es
muy independiente en estos momentos”.
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