El conflicto de los trabajadores de Eulen en el aeropuerto del Prat ha vuelto a poner en evidencia en qué condiciones se adjudican los contratos de muchos servicios públicos. Ver texto del Proyecto de Ley de Contratos del sector Público
Revista de prensa.- LaCerca.com. La Unión General de Trabajadores considera necesario que las Administraciones Públicas incorporen cláusulas de contenido social, laboral y medioambiental a los contratos que realizan, tanto en el criterio de selección, como en la adjudicación y en su ejecución, y garantizar condiciones laborales y de vida dignas.
Revista de prensa.- LaCerca.com. La Unión General de Trabajadores considera necesario que las Administraciones Públicas incorporen cláusulas de contenido social, laboral y medioambiental a los contratos que realizan, tanto en el criterio de selección, como en la adjudicación y en su ejecución, y garantizar condiciones laborales y de vida dignas.
La Unión General de Trabajadores considera necesario que las
Administraciones Públicas incorporen cláusulas de contenido social, laboral y
medioambiental a los contratos que realizan, tanto en el criterio de selección,
como en la adjudicación y en su ejecución, y garantizar condiciones laborales y
de vida dignas. La Ley de Contratos del Estado, cuyo proyecto de ley está en
tramitación parlamentaria, tiene que impedir que las empresas pujen en
condiciones de baja temeraria a costa de los trabajadores porque, entre otras
cuestiones, marcan de forma directa o indirecta el desarrollo socioeconómico de
este país. No se trata de echar balones fuera, porque deben velar por su
compromiso público y no permitir la explotación laboral en los contratos que se
realizan dentro de la Administración.
La contratación del sector público moviliza más del 15% del
PIB y su acción repercute de forma directa e indirecta en el desarrollo
socioeconómico y político del país. UGT considera que su regulación es un
instrumento fundamental no solo para impulsar un modelo de Administración
Pública, sino un modelo productivo y un modelo de sociedad.
Es por esto que la nueva Ley de Contratos del Estado, cuyo
proyecto de ley que se encuentra en trámite parlamentario, debería incluir la
obligatoriedad de que los contratos de las administraciones públicas incorporen
cláusulas de contenido social, laboral y medio ambiental, tanto como criterio
de selección del contratista, como de la adjudicación de los contratos y como
exigencia de ejecución.
El objetivo, entre otros, debe garantizar unas condiciones
laborales dignas, incluyendo la estabilidad del empleo, promover la igualdad de
oportunidades, mejorar la seguridad y salud laboral, favorecer la formación en
el lugar de trabajo, contribuir a la inserción laboral de los colectivos más
desfavorecidos, así como asegurar unas condiciones medioambientales adecuadas.
Bajas temerarias
La normativa deberá también impedir eficazmente la
contratación con empresas que pujen en condiciones de baja temeraria e incluir
en los pliegos la obligación de las empresas adjudicatarias garantizar, y no
reducir, unas condiciones de trabajo dignas (jornada, salario y mejoras sobre
legislación laboral básica) de los y las trabajadores adscritos al contrato
durante toda su ejecución, de acuerdo con el convenio colectivo aplicable al
presentarse la oferta. Y si se incumple, debe contemplar la posibilidad de
suprimir la prórroga o establecer las penalizaciones convenientes o incluso la
resolución del contrato.
Para UGT, con carácter general, en las licitaciones públicas
el precio no debe ser el único valor a tener en cuenta a la hora de elegir la
oferta más ventajosa para evitar que la contratación pública consista en una
pura subasta y que se produzcan situaciones de explotación, abonadas por la
reforma laboral, que ha roto los equilibrios en las relaciones laborales.
La UGT considera imprescindible,
entre otras cuestiones:
-Recuperar la eficacia de la negociación colectiva
quebrantada por las limitaciones impuestas por la Ley de Presupuestos Generales
del Estado y por la reforma laboral (que es imprescindible derogar)
-Garantizar y concretar la figura de la subrogación y la
sucesión empresarial que garanticen la estabilidad en el empleo
-Proteger los derechos laborales de toda índole, frente a los
posibles vaivenes de las concesiones públicas, priorizando la flexibilidad
interna negociada.
-Establecer cláusulas en los Convenios que impidan
discriminaciones injustificadas con respecto al personal donde se prestan
servicios.
-Exigir que los costes laborales puedan repercutir, sin
límite alguno, en la revisión de precios de las concesiones públicas
-Excluir de las leyes de los Presupuestos Generales del
Estado, exclusivamente en lo relativo a la fijación de las condiciones de
trabajo, a los entes, organismos y entidades que, formando parte del sector
público de acuerdo con el artículo 3.2 del texto refundido de la Ley de
contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011,
de 14 de noviembre, no tengan la consideración de administraciones públicas en
los términos establecidos en el artículo 3.2 de dicha norma.
-Recuperar la autonomía colectiva de las partes concurrentes
(sindicatos-entidades) en la determinación de las condiciones de trabajo de las
personas empleadas públicas que prestan sus servicios en las mismas.
-Exigir el cumplimiento de implantar medidas y planes de igualdad
en sus ámbitos.
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