Mostrando entradas con la etiqueta alcaldes. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta alcaldes. Mostrar todas las entradas

martes, 21 de marzo de 2023

Candidatos cuneros

"En ocasiones opera la ley escrita en el Evangelio de que nadie es profeta en su tierra"

Por Fernando Castro Abella -espúblico blog.- Según el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española el término cunero tiene los siguientes significados:

«1. adj. Dicho de un toro: Que se corre o lidia en la plaza, sin saberse o designarse la ganadería a que pertenece.

2. adj. Dicho de un candidato o diputado a Cortes: Extraño al distrito y patrocinado por el Gobierno.

3. adj. desus. expósito. U. c. dialect. U. t. c. s.

4. m. Cuba. En los hospitales y clínicas, nido (‖ lugar donde están los recién nacidos).

5. f. Mujer que en palacio tenía por oficio mecer la cuna de los infantes.»

Y, recurriendo a la primera acepción de la palabra, cabría decir que del toro no importa su hierro o linaje, lo que cuenta es la bravura y casta que el toro en concreto tenga en la plaza. Que un “miura”, un “pablorromero” (hoy en día anunciados como Partido de Resina) o un “victorino” no tenga ni un pase queda en anécdota frente a las inolvidables páginas de la tauromaquia escritas por sus consanguíneos; a la hora de la verdad lo que importa es la casta del animal concreto que se quiere enseñorear del ruedo.

Pero es a la segunda acepción a la que hoy nos referimos, término que coloquialmente se suele extender a los candidatos a cualquier elección extraño a la circunscripción por la que se presenta a elección, no solo representante a Cortes. Y es a ellos a los que nos referimos, debiendo confesar que el pensamiento nos surge al conocer diversas candidaturas de diferentes partidos para las próximas elecciones locales y autonómicas. Y ello sin ánimo de ser crítico, pues el ser alcalde o concejal puede ser un buen motivo para acabar convirtiéndose en vecino de la población, sin necesidad de “enseñorearse” del ruedo.

El hecho de presentar un candidato ajeno a la circunscripción a la que presenta puede obedecer a diversos motivos, entre los que, sin ánimos de agotar las posibilidades, a vuelapluma se nos ocurren los siguientes:

-Durante los años de plomo de los terroristas de ETA el Partido Popular solía rellenar sus listas en pueblos de Euskadi con afiliados de otras provincias. No obedecía tal proceder al hecho de carecer de seguidores, sino de evitar el riesgo de un cobarde tiro en la nuca a sus candidatos.

-En ocasiones el partido político trata de explotar la popularidad o buen nombre del candidato, para tratar de conquistar una plaza difícil.

-También hay ocasiones en que simplemente se quiere buscar un acomodo que el partido considera fácil a un candidato a quien se quiere compensar unos servicios previos.

En mi humilde opinión, este último supuesto es el que no parece deseable.

Cuando la formación política presenta al candidato destacando que “ha tenido mucha relación con la localidad”, malo. Y digo malo, pues las relaciones no tienen siempre que ser buenas. Así, por ejemplo, numerosos etarras han tenido mucha relación con El Puerto de Santa María, por el simple hecho de cumplir sus condenas en una de sus prisiones. Pero estoy convencido que ninguno de ellos sería bien acogido por los votantes portuenses.

Por otra parte, me pregunto: si una formación debe presentar como candidato a la Alcaldía a una persona que no es vecina de la localidad, ¿considera que sus afiliados y simpatizantes que residen en ella son impresentables? Parece que no ha sido capaz de encontrar un vecino que merezca la confianza política de ser postulado como candidato, aunque creo que no siempre es así.

Efectivamente, en ocasiones lo que se trasluce son disensiones internas en la organización local. “Si fulanito encabeza la lista, no contéis conmigo” y fulanito se cae de la cabeza de la lista, pero no prestará su apoyo a quien le haya vetado.

En otras ocasiones opera la ley escrita en el Evangelio de que nadie es profeta en su tierra. Así, a reconocidos expertos de la Administración Local les halagan los oídos diciendo que serían grandes candidatos, pero no se lo ofrecen en su pueblo.

Finalmente hay otra razón poderosa para recurrir a candidatos ajenos a la localidad, que no es otra que el interés de la formación política en lograr esa Alcaldía, lo que lleva a tratar de buscar un candidato con buen tirón electoral, aunque sea “cunero”.

Como siempre, se debe distinguir entre el mundo urbanita y los pequeños núcleos rurales, lo que hoy se denomina la España vacía o vaciada. En estas pequeñas poblaciones se suele conocer todo el mundo y cuando se vota al alcalde es por saber de su buena gestión y por el sacrificio que le supone asumir, por lo general de manera absolutamente gratuita, el cargo. Por ello no es raro encontrar alcaldes que lo han sido sucesivamente por una formación política y por la adversaria, igual que en los primeros años de democracia no era raro encontrar alcaldes que ya lo eran desde antaño, los cuales solamente habían tenido que elegir la lista a la que prestaban su nombre.

Por el contrario, en las poblaciones de mayor entidad poblacional las elecciones locales se politizan mucho más, de forma que se vota mayoritariamente por el “color” de la papeleta. Se puede llegar a aplicar el voto con los dedos tapando la nariz o el voto a los que se considera unos hijos de…, siempre que sean nuestros hijos de… Pero para combatir este fenómeno, hay otro invento localista, que son las formaciones de vecinos “independientes”. Con este sistema, se puede colocar y salir bien situada una lista de izquierdas en un pueblo de derechas o una lista de derechas en un pueblo de izquierdas. Para ello se buscan vecinos suficientemente conocidos, pero sin filiación política declarada, los cuales deben hacer gala de su “independencia” y su interés por “servir” al pueblo.

Conclusión, no todos los candidatos cuneros tienen que ser malos, y además hay realidades peores.

lunes, 14 de marzo de 2022

Derecho a la información de los concejales

 Por Francisco Sosa Wagner.  espúblico blog.- Derecho a la información de los concejales.  (Sentencia del TS 167/2022 de 10 de febrero de 2022. Ponente, Fonseca-Herrero Raimundo)

Una buena y contundente sentencia esta la del Tribunal Supremo que viene a desbaratar las que procedían del Juzgado y de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. 

En el Ayuntamiento de C. un concejal solicita información acerca de facturas por obras y limpieza en el Pabellón Deportivo, asfaltado de un barrio, contrato de un técnico, así como el extracto de una cuenta bancaria.

El alcalde se opone a ofrecerla con el argumento de que el derecho fundamental al acceso a expedientes y documentos – artículos 23 CE, 77 de la Ley Básica de Régimen Local y  14 del Reglamento de Organización y Funcionamiento- está condicionado «a que se trate de asuntos a debatir por el Pleno municipal».

Interpuesto recurso por el desairado concejal contra la inactividad del Ayuntamiento a la hora de cumplir las peticiones de información, y en el marco del procedimiento para la protección de los derechos fundamentales, tanto el Juzgado inicialmente conocedor del mismo como la Sala en el recurso de apelación, respaldan a la autoridad municipal dando por bueno que, en efecto, el ejercicio de tal derecho se halla limitado a aquellos asuntos que han de ser considerados en una sesión plenaria.

En la sección cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo las cosas se suceden de manera bien distinta. Para empezar, el Ministerio público se opuso, en su escrito, a la línea argumental del juez y de los magistrados de Cantabria sosteniendo en consecuencia la procedencia de estimar el recurso cuyo interés casacional objetivo había sido admitido en el correspondiente Auto (20 de mayo de 2021).

Está en juego – razonan los magistrados del Alto Tribunal- un derecho fundamental reconocido y amparado por la Constitución: el de participación política contenido en su artículo 23. Referido al ejercicio del cargo de concejal, «está integrado por el derecho a obtener cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función». Y hacerlo con eficacia para «satisfacer la confianza legítimamente otorgada por los ciudadanos».

Como el asunto no es nuevo, sino que ha sido ya resuelto en ocasiones anteriores, la Sala recuerda su propia jurisprudencia. Expresiva en tal sentido, entre otras muchas, es la  303/1989 de 19 de julio donde se sostiene que «el núcleo sustancial del derecho  … supone una facultad de acceder a la documentación e información existente, de forma que su actividad en el Ayuntamiento pueda desarrollarse con el debido conocimiento de causa, pero sin añadir ningún otro complemento que exceda del fin de poder estar plenamente informado de todo lo que conste en los diversos servicios municipales» (el subrayado es lógicamente mío).

Este es el busilis de la cuestión. El alcalde se “inventó” un requisito para el ejercicio del derecho a la información de un corporativo que carece de soporte legal. Un atrevimiento que, para desgracia del tal corporativo, fue respaldado – como estamos viendo- tanto por el Juzgado como por la Sala de Cantabria.

Para el Tribunal Supremo no existen dudas y por eso concluye que «a los efectos del derecho fundamental reconocido en el artículo 23 CE, el derecho de acceso a expedientes y documentos que materialmente reconocen los artículos 77 de la Ley Básica de Régimen Local y y 14 del ROF, no puede quedar condicionado a que se trate de asuntos a debatir por el Pleno municipal». Y menos aún «los que vayan a celebrarse en un determinado mes», invento sobre invento al que la sentencia apelada del Tribunal cántabro había otorgado su bendición.

Creo que el Tribunal Supremo establece la doctrina correcta. La función del concejal de la oposición está balizada por las dificultades que el grupo o grupos políticos en el poder van dispersando – a veces con malicia- con ocasión del tratamiento de los asuntos y la resolución de los expedientes.

No la compliquemos artificialmente y, si lo hacen alcaldes a quienes gusta “gobernar como un gerifalte”, como se dice en el Quijote, al menos que no encuentren el amparo de los Tribunales de justicia.

sábado, 11 de mayo de 2019

Rafael Jiménez Asensio: Retos del gobierno municipal 2019-2023 (I)


“En el municipio, como en todo lo demás, el pueblo es la fuente de los poderes sociales, pero en ninguna parte ejerce su poder de forma tan inmediata como en él” Alexis de Tocqueville, La democracia en América 1, Alianza, p. 60)

Por Rafael Jiménez Asensio.- La Mirada Institucional blog.- Presentación. Cuando el reconocimiento de la autonomía local ha superado el umbral de los cuarenta años y este mismo año 2019 se celebra también el cuarenta aniversario de las primeras elecciones municipales, así como cuando nos encontramos en los primeros pasos de una campaña municipal literalmente tapada por las elecciones legislativas de 28 de abril, tal vez sea oportuno llevar a cabo una somera reflexión sobre el pulso actual del gobierno local, aproximándonos a los desafíos a los que se deberá enfrentar en los próximos años.

Llama poderosamente la atención el sepulcral silencio político que los temas locales han tenido en la pasada campaña de las elecciones legislativas. Solo la retórica invocación de la “España vaciada” ha podido crear algo de espejismo. Pero lo cierto es que en los debates sobre políticas de futuro ha estado completamente ausente el hecho local. Ni una sola mención a la planta municipal, tampoco al papel de las diputaciones, menos aún a los problemas de financiación y no digamos nada del objetivo por mejorar la autonomía municipal y los servicios públicos locales. A pesar del duro mazazo que supuso la reforma local emprendida en 2013 cuando la crisis estaba en su momento álgido, ninguna fuerza política ha hecho de la autonomía municipal una de sus banderas electorales. No interesa el nivel de gobierno local, siempre ha sido visto como el hermano pobre de nuestra institucionalización. Y parece que así seguirá siendo por tiempo indefinido. Algo que contrasta con la mejor imagen que tiene ese nivel de gobierno, sobre todo confrontado con el autonómico o estatal.

Sin embargo, los retos a los que se enfrenta el mundo local en los próximos años son inmensos. No puedo tratar aquí, ni de lejos, todos ellos. Pero un simple apunte sobre el enunciado de algunos de ellos nos servirá de faro para concretar las tareas pendientes. Y para abordar este análisis, plantearé el problema desde dos ángulos, uno más exógeno y el otro de carácter principalmente endógeno (aunque no se puedan diseccionar ambos planos): a) Marco general de la política local; y b) Gobernanza municipal. El tratamiento de ambos objetos lo haré en sendas entradas. Veamos.

 Retos del marco general de la política local
La cuestión local, según decía, ha estado plenamente ausente de la agenda política estos últimos años. Tras el fuerte embate contra la autonomía municipal que supuso la reforma local, en una parte frustrado por la propia jurisprudencia constitucional y en otra paralizado por la impotencia de las diputaciones provinciales de asumir el nuevo rol dispositivo que la ley les encomendaba, todas las fuerzas políticas de la entonces oposición política abogaron por su derogación. No obstante, una vez publicadas en el BOE no es tan fácil derogar las leyes, por mucho que se anuncie. Los consensos contra no siempre se reproducen en consensos pro. Y el error fundamental de aquella fracasada reforma local fue hacerse contra los municipios, y con un objetivo exclusivo de ahorro del gasto público o reducción del déficit, como analizó en su día el profesor Embid Irujo. Una lectura de los discursos políticos de Frankiln D. Roosevelt en plena etapa del New Deal nos pone de relieve el enorme protagonismo que tuvieron los gobiernos locales en la salida de la crisis durante los años 1933-1936. Mientras entonces se hacía eso, aquí optamos por limar las competencias municipales y desarmar a los municipios de hacer políticas locales anticrisis (sociales, de vivienda, educativas, etc.).

Desafíos
En cualquier caso, el sistema local de gobierno se enfrenta en los próximos años a un sinfín de desafíos a los que la política general debiera dar (y cuanto antes mejor) alguna respuesta. Y entre ellos cabe citar sucintamente los siguientes:
  • España ha carecido de tradición continuada de autonomía local. La construcción de la realidad político-institucional del municipio y de las provincias se hizo durante los siglos XIX y XX básicamente a través de largos períodos de gobiernos moderados o conservadores, así como durante dos regímenes dictatoriales. La legislación local básica todavía tiene muchas huellas de ese pesado legado histórico.
  • El marco normativo básico que regula los gobiernos locales, inicialmente fortalecedor de la autonomía local (1985), se ha ido quedando obsoleto. Treinta y cuatro años no pasan en balde. Remendado en distintos momentos históricos, sin hilo conductor, y en algunos casos con vocación claramente contradictoria a sus postulados iniciales (LRSAL), está pidiendo a gritos una revisión profunda que devuelva la coherencia y el protagonismo a esa institución tan próxima a la ciudadanía, como es el municipio.
  • La planta municipal atomizada sigue siendo uno de los problemas más serios del modelo de gobierno local actualmente existente. Solo existen dos opciones: a) simplificar la planta municipal a través de una reforma legal, no exenta de notable dificultad; o b) reordenar el back office y la prestación de servicios municipales a través de modelos de agrupación voluntaria o mediante decisiones normativas, que transformen ese espacio local en ámbitos organizativos de eficiencia y buenos servicios a la ciudadanía (mancomunidades polivalentes, comarcas, etc.).
  • Particular problema presenta qué hacer con las actuales diputaciones de régimen común. Mientras siga perviviendo una planta local atomizada, la necesidad objetiva de esas u otras instituciones similares es inevitable. Como ha expuesto acertadamente el profesor Manuel Zafra, lo importante en este caso no es el nombre, es la función. No sirve el argumento de que sus competencias se agreguen a las Comunidades Autónomas, pues ello rompe en pedazos el principio de subsidiariedad. Otra cosa es repensar su modelo institucional y su finalidad. Las diputaciones provinciales han estado (y siguen estando) muy cuestionadas desde algunas perspectivas políticas y académicas. La Ley de 2013 (27/2013) buscó redefinir su rol institucional, pero su carácter dispositivo y la escasa interiorización de su nuevo rol, la han convertido en papel mojado. Tendrán que reinventarse profundamente si quieren sobrevivir sin constantes sobresaltos existenciales.
  • El sistema de gobierno municipal sigue lastrado por una ley electoral de la etapa de la transición en 1978 (por ejemplo, elección de diputados provinciales), revisada en 1985 (LOREG), y reformado el sistema en cuanto a forma de gobierno (moción de censura, cuestión de confianza), en diferentes momentos. Pero todavía sigue pesando mucho la concepción corporativa, que impide un desarrollo efectivo de un sistema de gobierno municipal asimilable, mutatis mutandis, a los demás (autonómico y estatal). Sin duda, la geometría variable del hecho municipal y su minifundismo, es un dato determinante para que esa rancia concepción corporativa subsista. Esa impronta corporativa ha llegado incluso a afectar a pronunciamientos del propio Tribunal Constitucional en los denominados municipios de gran población (STC 103/2013). Pero el que los municipios no dispongan de capacidad legislativa no puede ser argumento para no reconocer su exquisita naturaleza política (como lo han venido a resaltar las leyes autonómicas de nueva generación: LAULA, LILE y LGAMEx).
  • Los gobiernos locales, pero especialmente buena parte de los gobiernos municipales, disponen de “máquinas administrativas” inadaptadas a los retos de futuro. Lo expresó de forma diáfana Luciano Vandelli hace más de veinte años: “Hay un punto sobre el cual los nuevos Alcaldes están de acuerdo. Este tiene que ver con la valoración de las máquinas burocráticas que han heredado. Máquinas descompuestas, disociadas, desmotivadas (…) los alcaldes están cohibidos –concluía- por la resistencia sorda del cuadro burocrático”. Es urgente e inaplazable invertir en organización. No se puede hacer buena política sin buena administración. Ni puede haber buena organización sin buena política. Es un sueño inalcanzable.
  • La política local se sigue haciendo de espaldas a la organización, como si cabeza y tronco del mismo cuerpo actuaran con lógicas y comportamientos distintos. Esa concepción dicotómica (políticos/burócratas) apenas ha sido superada en muy pocos municipios. La inexistencia de una dirección pública profesional que actúe de argamasa, impide radicalmente ese imprescindible (y hoy en día inexistente) alineamiento entre política y gestión. Políticos y funcionarios viven, en no pocas ocasiones, de espaldas. Sus marcos cognitivos y su tempo son muy distintos. Pero ello no debe impedir un correcto alineamiento.
  • Sobre el mundo local planean igualmente desafíos de enorme magnitud, cuya capacidad de respuesta es muy desigual, dada la enorme heterogeneidad (nunca reconocida realmente por la legislación). Así, cabe plantearse cómo puede enfrentarse el pequeño y mediano municipio a los retos de la digitalización o de la (inmediatamente) futura automatización. O a las amenazas del cambio climático (el “nuevo régimen climático” del que hablara Bruno Latour).
  • Nada menores son los desafíos organizativos y procedimentales que se plantean por las “nuevas leyes”, por lo común incumplidas o cumplidas con la boca pequeña, salvo aquellas que se refieren a la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, donde las exigencias de cumplimiento son más marcadas. La siempre pendiente Administración electrónica, la simplificación de trámites y reducción de cargas, la transparencia, la reducción del sector público local, la indigesta y compleja aplicación del nuevo marco normativo de contratación pública, así como la aplicación de la nueva normativa en materia de protección de datos. El imperio de las formas no puede encorsetar la acción política hasta hacerla inviable. Hay que buscar puntos de equilibrio razonables. Y solo el trabajo conjunto políticos/directivos/empleados públicos lo logrará.
  • -Y, en fin, sobre las estructuras del empleo público local se siguen cerniendo –como analizó en su día el profesor Sánchez Morón- los mismos problemas de siempre (fuerte presencia de clientelismo político, escaso papel del sistema de mérito en el acceso, organizaciones burocráticas o tramitadoras, sindicalización elevada que captura las políticas de personal, etc.), pero a ellos se añaden otros nuevos: el inevitable relevo generacional ante el envejecimiento marcado de las plantillas y la también inaplazable tecnificación de los empleos públicos, como consecuencia del problema anterior y de la revolución tecnológica que está llamando a las puertas de la Administración Pública, también de la local.

martes, 20 de noviembre de 2018

Hacia un nuevo modelo de comunicación en las administraciones públicas

"Abordar un cambio del modelo de comunicación no es tarea fácil, no nos vamos a engañar, pero tampoco lo está siendo el cambio de modelo hacia la administración electrónica y ello no quiere decir que no tengamos que hacerlo"

Por Amalia López Acera blog.- Ha  llegado el momento. No podemos esperar más. Y es que se hace necesario, urgente diría yo, implantar un nuevo modelo de comunicación en las administraciones públicas.

Desde que empecé a escribir este blog hace algo más de 4 años, son muchas las cuestiones que he ido abordando en los casi 150 artículos que he escrito sobre diferentes aspectos relacionados con la comunicación en las administraciones públicas. He hablado sobre redes sociales, blogs, videotutoriales o páginas webs. En todos esos artículos he puesto de manifiesto aspectos que se podían mejorar o incorporar, pero la verdad es que nunca había tratado la cuestión de un nuevo modelo de comunicación en su conjunto.

Estaríamos hablando no tanto de una cuestión de abrir perfiles en redes sociales o de que tener un blog para contar a los ciudadanos lo que hacemos, sino de ir un paso más allá con algo más importante y relevante. Se trataría de reconocer y asumir que ha llegado el momento de cambiar el modelo de comunicación que tenemos en las administraciones públicas porque el actual, reconozcámoslo, ya no nos sirve.

¿Y por qué no nos sirve?
Pues no nos sirve porque no les sirve a los ciudadanos. Y es que a pesar de todo el trabajo que se realiza en las administraciones públicas los ciudadanos saben poco o nada de lo que hacemos, y cada vez tenemos más la sensación de que menos informados están. Por no hablar de que a pesar de estar en un mundo hiperconectado a los ciudadanos les resulta casi imposible poder “conversar” con su administración. En este artículo hablo con más detenimiento de esta cuestión.

En cambio sí que saben lo que hacen los políticos, o si somos más precisos, el político o la política que está al frente de esa administración. Y es que los gabinetes de prensa son “de la Ministra” o “del Alcalde”, incluso esa utilización del lenguaje nos transmite la idea sobre la función y el trabajo que desarrollan esos gabinetes.

Pero los tiempos han cambiado y los ciudadanos nos piden, y nos van a exigir en los próximos años, que desde las administraciones públicas trabajemos por y para ellos en este área al igual que lo hacemos desde otras.

Abordar un cambio del modelo de comunicación no es tarea fácil, no nos vamos a engañar, pero tampoco lo está siendo el cambio de modelo hacia la administración electrónica y ello no quiere decir que no tengamos que hacerlo.

En el caso de la comunicación, y a pesar de no requerir grandes inversiones en infraestructuras como en el caso de la administración electrónica, soy capaz de asegurar de que va a costarnos mucho más cambiar.

El principal escollo hacia ese nuevo modelo de comunicación es que precisa de un cambio de mentalidad para entender que el político no es el protagonista de la comunicación (ni sus reuniones, visitas o inauguraciones) sino que el verdadero protagonista es el ciudadano.

Por tanto, tenemos que ser capaces de dar al ciudadano información que le sea de utilidad así como ser el canal para saber qué piensan, opinan y lo que nos quieren proponer y sugerir.

¿Qué supone este cambio hacia un nuevo modelo de comunicación en el que el ciudadano es el protagonista?

1) Los gabinetes pasan a ser departamentos de comunicación
Los gabinetes deberían dejar de llamarse así (gabinetes) y configurarse como auténticos departamentos dentro de la estructura organizativa de las administraciones públicas como cualquier otro servicio a la ciudadanía.

Y es que partimos del hecho de que todo el trabajo que se hace en la administración se hace para el ciudadano, y tiene su justificación precisamente en ese interés público. Por tanto, y aunque sí que pueda serlo en aspectos puntuales y concretos, no trabajamos para la alcaldesa o la ministra.

El departamento de comunicación de una administración debería trabajar para los ciudadanos lo mismo que el departamento de informática o el departamento de contratación.

¿Os imagináis que en la oficina de atención al ciudadano se enseñará a cada persona que se acerca a la ventanilla una foto del alcalde de cada reunión que asiste o cada obra que inaugura? Pues eso es lo que hacemos ni más ni menos pero en otros canales (redes sociales, notas de prensa, boletines informativos…).

¿Estamos ofreciendo por tanto la información que es de interés para el ciudadano o la que es de interés para el político? Sin hablar de la cuestión de que se destinan recursos humanos y materiales de la administración para realizar esas funciones.

Solución: la comunicación de las administración públicas se hace por y para los ciudadanos. Si el cargo político quiere hacer comunicación sobre su persona que utilice los recursos de su partido o bien los que tiene a su disposición a través de cargos de confianza o asesores en sus propios canales de comunicación independientes de los institucionales.

2) Separar información de servicio público y de carácter político
Muy relacionado con el punto anterior está la necesidad de separar la información de servicio público de la información de carácter político. Un tema del que todos hablamos por detrás pero del que no se ha abierto un debate público sobre ello y que yo me animo a abrir.

Y es que hay que decirlo bien alto y claro: no se puede permitir que se utilicen los medios institucionales para hacer comunicación política. Y muchos me dirán que estoy loca o que por qué no se va a poder hacer. Pues entre otras razones daré una de peso: ya hay una sentencia que ha condenado a un gobierno autonómico por hacer comunicación política en una cuenta institucional de Twitter.

Si te interesa conocer más en profundidad la Sentencia #PageCumple no dejes de leer este artículo.

Solución: recoger mediante reglamentos u otro tipo de herramientas legales las funciones y la organización de los departamentos de comunicación de las administraciones públicas.

3) Profesionalización de la gestión de comunicación
Ni un alcalde tiene que llevar el Facebook del Ayuntamiento ni puede haber departamentos de comunicación en los que no haya un sólo periodista. Y aquí mucho me temo que tendremos que recurrir a las asociaciones de periodistas e incluso a la FAPE (Federación de Asociaciones de Periodistas de España) para evitar el intrusismo profesional.

E incluso me atrevo a ir más allá y es poner sobre la mesa un tema que preocupa y mucho como son las injerencias del poder político sobre el trabajo que realizan los periodistas que trabajan en los departamentos de comunicación de las administraciones públicas.

Solución: elaboración de reglamentos, directrices o recomendaciones sobre el trabajo que se debe llevar a cabo desde los departamentos de comunicación de las administraciones públicas y adopción de los códigos deontológicos.

4) Cambiar la forma de comunicar 
En los gabinetes de prensa (que es como se les llama como si no hubiera más medios que la prensa) se sigue trabajando como hace 20 años y en ellos la elaboración de notas de prensa es el elemento estrella seguido de otros tan arcaicos y tan inútiles como los “saludas”. Bueno, a lo mejor hemos abierto Facebook y Twitter en nuestra administración para poder colgar las notas de prensa.

Esto tiene que cambiar, pero este cambio nos obliga en muchos casos a un reciclaje profesional de las personas que trabajan en los gabinetes de prensa de las administraciones públicas hasta convertirlos en verdaderos departamentos de comunicación en los que primen nuevos formatos, canales y estilos para comunicarnos con la ciudadanía.

Solución: crear departamentos de comunicación con plazas de periodista recogidas en la RPT’s (Relación de Puestos de Trabajo) así como de otros nuevos perfiles profesionales relacionados con la comunicación como marketing, webmasters, community managers, especialistas en SEO… Y por otro lado ofrecer planes de formación para las personas que ya están ocupando esos puestos.

Sé que muchas personas pensarán que plantearnos un nuevo modelo de comunicación en las administraciones públicas es algo descabellado y a largo plazo. Puede ser. Pero para poder llegar al largo plazo un día tenemos que plantearnos un pequeño plazo y posiblemente el hecho de que entre todos empecemos a cuestionarnos que ese cambio es necesario sea el comienzo.

Yo por mi parte he asumido el compromiso personal y profesional de trabajar por ese nuevo modelo de comunicación y que pueda ser una realidad. Y lo hago desde el convencimiento de que este es el único camino que tenemos si queremos afrontar con éxito los retos y desafíos que en los próximos años nos depararán los cambios en nuestra sociedad y de los que las administraciones públicas no estaremos al margen.

viernes, 26 de octubre de 2018

¿Re-municipalizar servicios? La opinión de los alcaldes

Un 36% por ciento de los  alcaldes españoles preferirían re-municipalizar servicios públicos, siendo los únicos europeos entre los que gana esta opción a la contraria, externalizarlos.

Por Carmen Navarro Gómez.- IDL.UAM.-  Desde hace algunos años se oye hablar de un cierto agotamiento del modelo de la “Nueva Gestión Pública” como paradigma inspirador para la provisión de servicios públicos. Este modelo, surgido en los años ochenta en los países anglosajones y extendido después por todo el mundo, proponía una agenda de reformas fundada en la importación de técnicas propias de la gestión privada a la gestión pública a fin de modernizar la administración y mejorar la eficiencia y eficacia de su funcionamiento. 

La externalización -o provisión de servicios públicos por agentes privados- fue una de sus más populares recetas, pero incluía otras como los contratos programa, los incentivos al rendimiento, el estilo gerencial de liderazgo o las evaluaciones sistemáticas de servicios.

En Europa, los gobiernos locales fueron escenarios donde se implantaron estas estrategias de modo generalizado, demostrando una vez más su capacidad de innovación y adaptación a nuevas demandas. Y, aunque no existen estudios sistemáticos comparados sobre el grado de diseminación de estas técnicas, podríamos aventurarnos a afirmar que, en lo que hace a las externalizaciones, constituyen más la regla que la excepción en la forma de provisión de servicios.

Sin embargo, investigaciones recientes están identificando ciertas transformaciones del modelo, marcadas particularmente por la emergencia de re-municipalizaciones de servicios. Pero ¿estamos ante un cambio relevante? ¿están los ayuntamientos pensando en revertir los procesos de externalización? ¿nos encontramos ante una nueva era pos-Nueva Gestión Pública?

Podríamos buscar respuesta a estas preguntas fijándonos en la opinión de los alcaldes al respecto. Al fin y al cabo, los principales líderes políticos locales son centro y punto de partida de las iniciativas de reforma y, por tanto, un cambio en el sentido indicado tendría que comenzar con una voluntad reformadora desde la cúspide del sistema político local. Felizmente, gracias a una investigación europea que recoge las respuestas de más de veinticinco mil alcaldes europeos a un cuestionario sobre éste y otros temas, encontramos interesantes claves para orientarnos. El cuestionario se envió exclusivamente a municipios de más de 10.000 habitantes, entre 2015 y 2016.

Y lo cierto es que, interpelados sobre si les gustaría aumentar o reducir las externalizaciones existentes, los alcaldes europeos se decantan claramente por no cambiar el tipo de provisión que tienen en la actualidad. El gráfico de abajo presenta estos datos, mostrando que la mayoría de los líderes apoya la forma de gestión actual y que no desean cambios. Y, como suponemos que predominan las externalizaciones, deducimos que están satisfechos con ellas. Solo en dos países (Dinamarca y Grecia), menos de la mitad de los alcaldes encuestados apoyan la estabilidad, pero, curiosamente no lo hacen para decantarse por las re-municipalizaciones, sino para todo lo contrario. Podríamos concluir, por tanto, que no estamos ante esa nueva era pos-Nueva Gestión Pública anunciada por la literatura. Al menos, no en lo relativo al mundo local y si de los alcaldes  depende.

Preferencias de los alcaldes europeos sobre cambios en las formas de provisión (%)

Fuente: The European Mayor Project (2015-2016)

Sin embargo, quizás no deberíamos cerrar tan pronto el debate, pues si miramos más de cerca el caso español nos encontramos con una realidad singularmente diferente de la del resto de países. Un nada desdeñable 36 por ciento de los alcaldesas y alcaldes españoles expresan que preferirían re-municipalizar servicios públicos, siendo los únicos entre los que gana esta opción a la contraria.

Alcaldes europeos vs españoles
¿Cuáles son las razones que sitúan a nuestros alcaldes en contraste con el patrón europeo? Cuando se les pregunta sobre el porqué de esa preferencia por las re-municipalizaciones apuntan a la mejora de la calidad de los servicios públicos y de los costes de estos servicios para los ciudadanos. Pero esto no parece constituir una clave explicativa, pues los alcaldes que apoyan más externalizaciones señalan también mayoritariamente estos dos mismos objetivos como razón para el cambio contrario.

Hurgando más en los datos encontramos que se trata mayoritariamente de alcaldes ideológicamente situados a la izquierda, como podíamos haber supuesto; pero no todos lo son, y también comparten esta visión muchos otros con posiciones más centradas o conservadoras. Otro dato resulta mucho más revelador y tiene que ver con los años de experiencia al frente de la política local: cuantos menos años lleva un alcalde en el cargo, más probabilidades hay de que apoye la re-municipalización. 

¿Debemos suponer por tanto que la re-municipalización es un objetivo casi irrealizable y que los europeos ya lo han asumido mientras que nosotros aún estamos en ese debate? Por desgracia, nuestros datos no nos llevan más lejos, pero será interesante, cuando cerremos esta legislatura local, saber cuántas re-municipalizaciones se han producido realmente.

miércoles, 9 de diciembre de 2015

Cartagena: Un alcalde nada "ejemplar"

"Es obvio que el  alcalde de Cartagena* -Murcia- no acredita las virtudes públicas  que debe poseer cualquier buen gobernante"
 
Un mero particular puede disfrutar de la oscuridad en la que vive (…) pero un ministro que peca contra la probidad tantos testigos y tantos jueces tiene cuantas son las gentes que gobierna. (…) No es el mayor mal que puede hacer un ministro sin probidad el no servir a su príncipe y arruinar al pueblo, otro perjuicio ocasiona mil veces en mi entender más grave, que es el mal ejemplo que da” (Montesquieu, Cartas Persas, Tecnos, Madrid, 1986)
 
“El político se esforzará por crearse una imagen atractiva, pero a la postre lo que cuenta en él es que ‘predique con el ejemplo’, puesto que, en el ámbito moral, sólo el ejemplo ‘predica’ de modo convincente, no las promesas ni los discursos (…)” (Javier Gomá, Ejemplaridad pública, Taurus, 2009)
 
Blog La Mirada Institucional. Rafael Jiménez Asensio- Acabo de regresar de una estancia en Colombia invitado por FIIAP y el Gobierno de ese país. Mi estancia allí tenía por objeto revisar los Códigos de Ética Pública de las entidades de la Administración Pública. Digo esto para evitar toda confusión. Nada más aterrizar he visto, entre perplejo e irritado, una serie de vídeos que circulan en la redes sociales sobre la peculiar forma de “conducir” los plenos del ayuntamiento de Cartagena que lleva a cabo su alcalde, cuyo nombre ni siquiera he memorizado (http://www.lasexta.com/noticias/nacional/video-muestra-violencia-verbal-alcalde-cartagena-oposicion_2015120100180.html). No me interesa la persona. Lo importante es el caso. Obviamente, hablo de la ciudad de Cartagena* de la Región de Murcia y no de la ciudad colombiana. Quede claro.
Ayuntamiento de Cartagena (Murcia)
En la actitud nada edificante de ese alcalde hay, al menos, dos problemas. Uno institucional y otro ético o de conducta. Sobre el institucional no me detendré, pero no deja de ser pintoresco que quien debe ser sujeto de control político por el Pleno sea a su vez presidente del mismo y, por tanto, de la conducción de los debates en la asamblea. Eso lo pretendió corregir la reforma local de 2003 para los municipios de gran población, permitiendo que el alcalde delegara en otro concejal la dirección de los plenos. Pero fue una reforma blanda.
 
Cartagena, aún siendo municipio de gran población, no ha hecho uso de esa opción. Su alcalde prefiere dirigir con “mano de hierro” unos debates que manipula como le viene a su antojo. Desgraciadamente no es el único alcalde que hace eso, es una tendencia muy extendida cuando se entrega la “vara de mando” a quien no sabe usarla. Su desgracia es que su pésima forma de actuar ha sido ampliamente difundida por las redes sociales e Internet. Algunos no se han enterado ni en que época viven.
 
Más importante es en este caso la quiebra ética e institucional que este alcalde comete un día sí y otro también cuando “dirige” los plenos de la institución. Su analfabetismo institucional es clamoroso, al que se une una mala educación insólita en un gobernante. Vayamos por partes.
 
Bochorno
Ese alcalde (y presumo que muchos otros) no sabe desarrollar la competencia institucional básica de cualquier gobernante: representar dignamente a la institución. No solo mancha su reputación (en este caso un tema relativamente indiferente, pues es problema suyo), sino la de la institución (y la del conjunto de la ciudadanía) a la que debe representar. Aspecto mucho más grave. Su comportamiento sectario evoca una pésima comprensión de su rol institucional de alcalde: sólo representa “a los suyos”, e intuyo que muchos de los “suyos” (al menos, los electores) estarán avergonzados y arrepentidos de haberle votado. Yo al menos lo estaría de haberlo hecho. No sé si lo estarán quienes le apoyan. Problema suyo, una vez más.
 
Pero, además, uno de los fallos centrales en los que incurre ese sujeto es, sin duda, la incomprensión absoluta de que como Alcalde debe actuar con “ejemplaridad”, pues le guste más o le agrade menos su figura y su forma de actuar es el espejo en el que los ciudadanos ven a su propio ayuntamiento. Y lo que observan en ese espejo roto es una imagen deplorable de la institución, un deterioro de la reputación del ayuntamiento y una afectación grave a “la marca ciudad”, tan importante en estos momentos. Asimismo, su “despótica conducción” de los plenos afecta radicalmente al partido que le incluyó en sus listas, a su marca y a su propia credibilidad.
 
Alguna persona que ha visto esos vídeos, votante de ese partido, me ha confesado que ya no volverá a votarle. Que sentía vergüenza de haberlo hecho. He procurado atenuar su ira diciendo que no es culpable el partido, sino la persona. Y, además, ni a ella le votó (pues no era de ese municipio) ni tendrá que plantearse el dilema moral de votarla de nuevo. Pero siendo esto cierto también lo es que el partido no puede mirar hacia otro lado, pues el tema es grave, más aún cuando esa difusión se ha hecho (en política todo vale) en período electoral. Que es una difusión interesada (del PP, al parecer), no cabe la menor duda. Pero que es real, tampoco.
 
Es obvio que ese alcalde no acredita las virtudes públicas  que debe poseer cualquier buen gobernante. Tema estudiado atentamente en su día por Victoria Camps. La templanza no es su fuerte y la prudencia menos. Su sentido de la justicia equivocado y su valentía disfrazada de aires superfluos de una superioridad inexistente. Más bien sus (malas) conductas delatan, de forma querida o no, cierta o no cierta, a un pigmeo moral.
 
Igualmente grave es la afectación a los valores básicos en los que el ejercicio de la política local se debe desarrollar. Sin duda, ese alcalde “olvidó” lo que es el valor de la “representación digna de la institución”, mancilló la “ejemplaridad” y desconoció por completo lo que es el “respeto institucional (y personal) básico” en el ejercicio de su importante función. Su actuar chabacano, en no pocos pasajes cargado de chulería y de una educación igualmente deplorable, trasladan una imagen institucional que afecta a Cartagena y a la respetable ciudadanía de ese municipio. Lo que haga él con su vida, importa un comino. Lo realmente relevante es que esa falta reiterada y constante de probidad en el ejercicio se su cargo, es un mal ejemplo para la ciudadanía y erosiona gravemente la confianza en las instituciones. Intangible básico para que los ciudadanos sigamos creyendo en ellas. Tema serio donde los haya. El desprestigio institucional y de la política solo hace que ahondarse con semejantes “malos ejemplos”.
 
Llegados a ese punto solo cabe concluir. Ese Alcalde (y cualquier otro que haga lo mismo) debe ser reprendido por su pésima conducta en el ejercicio de sus funciones. No se si Cartagena ha aprobado el Código de Buen Gobierno de la FEMP o si dispone de otro Código de Ética o de conducta. Pero si no tiene construido un marco de integridad (Comisión de Ética o Comisionado) como el que existe ya en algunos ayuntamientos (Bilbao, recientemente), ese código es un brindis al sol. De existir, la conducta debería ser inmediatamente corregida. La era de los caciques locales hace mucho que terminó, aunque algunos tampoco se hayan enterado de esto.
 
En cualquier caso, su partido no puede seguir mirando para otro lado. Es importante que actúe. Que reprendan públicamente esa actitud y obliguen a ese alcalde a una rectificación radical de su conducta. Tienen poco tiempo. El día 20 hay una importante cita con las urnas. Y la ética, como recordaba Adela Cortina, no es cosmética. Ambos, partido y cargo representativo, deben una rectificación creíble  a la ciudadanía y al resto de los representantes municipales. El reloj corre en contra. El daño está hecho, pero de los errores también se aprende sobre todo si el perdón y la corrección son sinceros. La rendición de cuentas también es eso. No sé si algunos son capaces de percibir tales matices en época de brocha gorda.
*José López es alcalde de Cartagena por Movimiento Ciudadano –gracias al acuerdo con el PSOE y el apoyo de Cartagena Sí se puede–.

sábado, 24 de octubre de 2015

Acoso y derribo de alcaldes e interventores prevaricadores

Contencioso.es.- José R. Chaves.-  Hace poco coincidí en un corrillo con ocasión de unas jornadas jurídicas, con un Alcalde (” de cuyo nombre, no me quiero acordar”), quien comentaba con aspavientos la dificultad hoy día para ser Alcalde porque “los interventores tienen mucho poder”, “gobiernan ellos y no nosotros”, etc.  

  Me limité a intervenir comentando que “mas que poder, los interventores tienen responsabilidad, que no es lo mismo”, y como me miraba con aspecto sorprendido ( o no entendía, o no quería entender) le aclaré algo así como: “ Vamos. En una piscina el salvavidas no tiene poder, tiene responsabilidad, porque tiene el deber de garantizar que nadie se ahoga en la piscina; no está por capricho, ni es dueño de salvar o no a las personas. Y a ningún usuario de la piscina se le ocurriría quejarse por exceso de celo del salvavidas ni criticarle por tener mucho poder, cuando cumple su labor”.
 
Menos mal, que pudimos irnos cada mochuelo a su olivo porque aquello no pintaba bien.
 
En fin, me vino a la mente porque la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 1 de Julio de 2015 (rec. 2284/2014) aborda un supuesto propio de la época de las vacas gordas administrativas cuando se cumplía el triángulo del diablo: un concejal ambicioso, un interventor sin escrúpulos y un particular avispado.

1.- El caso zanjado consistía en el alcalde y dos concejales de su equipo de gobierno que, durante varios años, adjudicaron contratos para la elaboración de proyectos técnicos a favor de un solo arquitecto por importe de 776.552 euros. Las adjudicaciones eran burdas: directamente al amiguete; sin determinación del objeto del contrato, fijación del precio o el informe sobre la posibilidad de su ejecución por parte de los técnicos municipales. Además se les dio el tratamiento de contrato menor, limitado a supuestos en que el precio era inferior a los 12.020 euros, pese a exceder ese límite cuantitativo. Además se acudía al fraccionamiento del contrato en cantidades que no rebasaban ese límite, constitutivo de objetiva ilegalidad. La omisión del procedimiento legalmente establecido ha sido considerada una de las razones que pueden dar lugar a la calificación delictiva de los hechos.
 
El Alcalde cambió de perspectiva: “ También nosotros cumplimos nuestra responsabilidad de gobernar, pero no nos dejan por formalismos”. Y tuve que darle un banderillazo: “ Son las mismas leyes, las que le dan poder como Alcalde y la responsabilidad al Interventor; cada uno en su sitio; y detrás de cada formalidad que se salta, pese a que la Ley las manda, hay alguien que sufre”. Entonces, un concejal (o tiralevitas, a juzga por como rondaba al Alcalde) terció: “ Pero nadie ha elegido al interventor y el Alcalde es elegido democráticamente”. Ahí ya salté a la yugular: “El mismo pueblo que le ha elegido como Alcalde es el que ha elegido a quienes aprueban las leyes para controlarle y quienes quieren que el Interventor lo haga. No es difícil de entender, y que yo sepa, quien jura un cargo, afirma conocer la Constitución y su compromiso de cumplirla”.
 
2.- La sentencia comienza precisando el delito de prevaricación:
 La jurisprudencia ha señalado en numerosas ocasiones que, para apreciar la existencia de un delito de prevaricación será necesario, en primer lugar, una resolución dictada por autoridad o funcionario en asunto administrativo; en segundo lugar que sea objetivamente contraria al Derecho, es decir, ilegal; en tercer lugar, que esa contradicción con el derecho o ilegalidad, que puede manifestarse en la falta absoluta de competencia, en la omisión de trámites esenciales del procedimiento o en el propio contenido sustancial de la resolución, sea de tal entidad que no pueda ser explicada con una argumentación técnico-jurídica mínimamente razonable; en cuarto lugar, que ocasione un resultado materialmente injusto, y en quinto lugar, que la resolución sea dictada con la finalidad de hacer efectiva la voluntad particular de la autoridad o funcionario, y con el conocimiento de actuar en contra del derecho ( SSTS 49/2010 de 4 de febrero ,1160/2011 de 8 de noviembre , 502/2012 de 8 de junio , 743/2013 de 11 de octubre , 1021/2013 de 26 de noviembre , 773/2014 de 28 de octubre ó 259/2015 de 30 de abril , entre otras). 
3. Especialmente relevante es que el Supremo confirma la complicidad del interventor que incumplió su obligación de denunciar la anomalía contractual a través de los correspondientes reparos la situación.
Las funciones del Interventor están reguladas por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.El artículo 214, relativo al ámbito de aplicación y modalidades de ejercicio de la función interventora, señala en su apartado 1: La función interventora tendrá por objeto fiscalizar todos los actos de las entidades locales y de sus organismos autónomos que den lugar al reconocimiento y liquidación de derechos y obligaciones o gastos de contenido económico, los ingresos y pagos que de aquéllos se deriven, y la recaudación, inversión y aplicación, en general, de los caudales públicos administrados, con el fin de que la gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso .El ejercicio de la expresada función comprenderá: a) “La intervención crítica o previa de todo acto, documento o expediente susceptible de producir derechos u obligaciones de contenido económico o movimiento de fondos de valores”.
Como ya hemos señalado la forma de contratación del Sr. Olegario fue contraria a la legalidad y, aunque el recurrente carecía de capacidad para declarar la nulidad de los contratos, tenía la obligación legal de formular reparos “en los casos de omisión en el expediente de requisitos o trámites esenciales” (artículo 216.2). El reparo hubiera posibilitado un pronunciamiento al respecto del Alcalde (articulo 216.1 de la L. Reguladora de las Haciendas Locales). No olvidemos que la condena del recurrente lo es a título de cómplice. Como razonó el Tribunal sentenciador, si bien el artículo 219.1 contempla algunas excepciones a esa obligación fiscalizadora, entre otros cuando se trata de “contratos menores”, en el presente caso la cuantía de la contratación excedía de la que marca techo a esta modalidad. Además, como puso de relieve el dictamen emitido por el Interventor Territorial de la Intervención Regional de Murcia, Sr. Bienvenido (folios 2960 y ss) en ninguno de los documentos que se aportaron para expedir los documentos contables del presupuesto de gastos (fundamentalmente RC y ADOP) hacían referencia a que se estuviera tramitando un contrato menor.(…)
En consecuencia, el juicio de inferencia expresado por el Tribunal sentenciador sobre el que concluyó que el recurrente omitió sus obligaciones de control al autorizar los pagos a sabiendas de que los contratos que los amparaban habían obviado la legislación vigente y se habían producido de forma reiterada e irregular en el caso del Sr. Olegario , y consciente de que así coadyuvaba al ilícito proceder de los acusados, se ajusta a las reglas de la lógica y a las máximas de la experiencia, sin incurrir en arbitrariedad, por lo que no se aprecia vulneración del derecho a la presunción de inocencia que el motivo denuncia y que, por ello, va a ser desestimado.” 
Lo relevante del caso es la obligación legal de formular reparos cuando se omiten “requisitos o trámites esenciales”, y además nótese como el Supremo, por un lado, desplaza la carga de la prueba de la actuación correcta al interventor, y como el veredicto final se ampara en las máximas de experiencia de los jueces para apreciar la culpabilidad del interventor ( o sea, en el “sentido común de la toga”).
 
Y en consecuencia el Interventor “pillado con el carrito de los helados” fue condenado como “cómplice del citado delito continuado de prevaricación , a la pena de inhabilitación especial por seis años y seis meses, con privación definitiva del cargo de interventor y de los honores que le sean anejos, así como la incapacidad de obtenerlo durante el tiempo de la condena”.
 
4. Finalmente, se condena también al arquitecto que presentó los proyectos y resultó beneficiado, con lo que la sentencia confirma que un sujeto no funcionario pueda participar en el delito de prevaricación administrativa, pero lo que me llama la atención es la frescura con que la Sala rechaza la clásica objeción del arquitecto aduciendo la presunción de inocencia ( “ Yo no sabía que era ilegal”); contesta la Sala:
2. Cualquier profesional conoce que la contratación administrativa “ad personam”, sin control previo y sin ni siquiera concreción del precio es irregular. 
En fin, confiemos que estas y otras sentencias sirvan de aviso de navegantes y que no vuelvan a repetirse los períodos del “tu tira, que libras”, y que cuando nos comenten la noticia del Alcalde, el arquitecto y el interventor… nos suene al título de una película de Esteso y Pajares, y no a la crónica negra de la democracia.
 
Quizá no puedan eliminarse los prevaricadores en todas las esferas del poder público, porque la maldad vive aletargada si no se le da ocasión, y por eso  las normas jurídicas tienen que ser rigurosas para quitar a los desaprensivos la tentación o la coartada.
 
También es justo señalar que las ovejas negras son la excepción del rebaño, y que no faltan casos en que la actitud responsable del Interventor ha provocado la vendetta y hostigamiento del Alcalde como comenté en otro post anterior titulado en secretarios e interventores al paredón “.

jueves, 9 de julio de 2015

Fernando Castro: Un respeto para el señor alcalde

Post relacionada: El arte de gobernar: guía para novatos (J.R. Chaves. blog Contencioso.es)

Fernando Castro. Blog EsPúblico.- La entrada en los Ayuntamientos de nueva gente, muchos de ellos hasta ahora ajenos a la vida oficial y al trámite administrativo ha generado multitud de anécdotas que día a día vemos reflejadas en los medios de comunicación. Muchas de ellas constituyen un incumplimiento radical de las normas de protocolo, pero en España no nos podemos extrañar pues en todos los foros de expertos en protocolo se ha venido señalando como primer incumplidor por vocación a S.M. el Rey Juan Carlos I.
 
Reunión de alcaldes de la FEMP
Siendo los usos protocolarios, históricamente, una codificación de los que el Rey imponía, no nos vamos a rasgar las vestiduras por el hecho de que proliferen los súbditos poco protocolarios.
 
El no aceptar el bastón de mando por el que toma posesión como Alcalde, por poner un ejemplo, puede ser una descortesía hacia quien lo ofrece, un desconocimiento de lo que simboliza y un incumplimiento del protocolo previsto, pero no tiene mayor repercusión. A los únicos que perjudica es a los pobres empleados públicos que han preparado el desarrollo del acto que, aparte ver despreciada su labor, se habrán visto inquietos por la deriva que pudiera tomar el resto de la celebración.
 
Las improvisadas fórmulas de promesa o juramento de las que hemos podido tener noticia han podido dar lugar al asombro, la risa, la indignación en algún caso e incluso la sorpresa ante el circense más difícil todavía. Pero desde que se permitió que el juramento o promesa se hiciera con la apostilla de “por imperativo legal”, se abrió la puerta para esto. Y lo único que pasa es que los periódicos, televisiones y redes sociales han tenido tema para ocuparse.
 
El desconocimiento previo de la realidad municipal y del mundo administrativo hace que algunas de las medidas que se anunciaban a bombo y platillo se abandonen, o por lo menos queden en espera de solución legal. Pero esta actitud de los nuevos gobernantes no debe ser motivo de crítica, sino digna de elogio. ¿O es que vamos a defender que cometan ilegalidades para ejecutar un programa al que a lo mejor nos hemos opuesto?

Periodo de cortesía
Concretando, antes de condenar las nuevas políticas demos un compás de espera para ver como se desarrollan en la realidad. A lo mejor los cien días de gracia que se suelen otorgar son excesivos si un tsunami pretende acabar con nuestro pueblo y lo que de él más amamos. Pero diez días es una mezquindad.
 
Y en cualquier caso, ha de tenerse en cuenta que las críticas han de hacerse dentro de los límites de la educación y el buen gusto. Y sin ofensas, pues ese Alcalde al que se vilipendia, representa a todos los vecinos de la población.
 
Por favor, critiquemos todo lo criticable, mostremos nuestro desacuerdo con todo y con todos si es menester, pero siempre dentro de los límites del respeto a las personas y a las ideas. España, al menos de momento, es un país libre en el que todos tenemos derecho a expresarnos libremente.

lunes, 6 de julio de 2015

Elisa de la Nuez: Gestión municipal en tiempos revueltos

"Muchos españoles piensan que sus políticos ¨no les representan¨  y que tienen unas preocupaciones que no coinciden  con las suyas"
 
Blog ¿Hay Derecho?.- Elisa de la Nuez.- Pasados unos días, un tanto tumultuosos, de la toma de posesión de los partidos y coaliciones emergentes en los grandes Ayuntamientos procede reflexionar sobre lo que está sucediendo. A diferencia de lo que sucede con los gobiernos de las CCAA, donde el continuismo (o más bien el “turnismo”) en cuanto a la forma de hacer política parece la norma, en muchos Ayuntamientos es evidente que se ha producido un gran cambio.
Ada Colau, alcaldesa de Barcelona.
Pero ¿de qué características? ¿Hacia dónde exactamente?. Creo que para analizarlo podríamos diferenciar entre tres niveles distintos donde se puede reflejar este gran cambio: el de los signos externos o los símbolos (que tiene su importancia) el de la gestión municipal (que la tiene todavía mucho más) y el de la ideología, una ideología que puede impregnar la toma de decisiones en el ámbito de las políticas públicas incluso en un terreno, como es 
el local, donde las competencias son limitadas.
 
En cuanto a los signos externos los nuevos Alcaldes los han prodigado de sobra: se mueven en transporte público, se reúnen con bancos para abordar la cuestión de los desahucios –el símbolo por excelencia de la injusticia de la crisis- renuncian a localidades gratuitas en palcos de ópera y tendidos taurinos. Más allá de que para algunos estos gestos sean pura demagogia y para otros pruebas indefectibles de honestidad y rigor, lo cierto es que son bastante fáciles de realizar y tienen una enorme virtud nada desdeñable: la de acercar los cargos electos a los ciudadanos.  Lo que tiene su importancia en una democracia en la que muchos españoles piensan que sus políticos “no les representan”  y que tienen unas preocupaciones que no coinciden  con las suyas. 
 
La pregunta sería entonces muy sencilla.  ¿Cómo es que no se hicieron antes estos sencillos gestos?. Porque –con independencia de la ideología de cada uno- apearse del coche oficial para demostrar empatía con la gente de a pie, reunirse con grandes empresas para buscar soluciones para problemas básicos de los ciudadanos, o renunciar a algunas prebendas o privilegios poco justificables parecen cosas obvias en medio de una Gran Recesión. No requieren de muchos “think tank” sino más bien de un poco “de piel”, por usar la expresión popularizada por Carlos Floriano en el surrealista video electoral del PP. Lo que confirma la impresión de que los viejos partidos habían perdido algo tan esencial para gobernar como la percepción de lo que pasa en la calle.  Claro que suele ocurrir cuando uno no tiene nunca que aparcar el coche, coger el metro o 
pagarse una entrada cara. O cuando se vive rodeado de aduladores que te deben el puesto.
 
Gestos y gestión
Bien están los gestos pero ¿qué ocurre con la gestión municipal? Pues si juzgamos por lo poco que hemos visto hasta ahora -lo que quizás es un poco injusto- no parece que podamos esperar grandes gestores. No solo por la notoria inexperiencia, que al fin y al cabo se cura con el tiempo (aunque la curva de aprendizaje sea con cargo al contribuyente) sino sobre todo por la falta de preocupación por la cuestión. La alegría con la que se proponen o descartan “sugerencias” recogidas en los programas electorales no resulta muy tranquilizadora. Así que no parece que la gestión municipal profesional sea tampoco una prioridad de los nuevos gobernantes, aunque hayan clamado, y con razón, contra el despilfarro y sobre todo contra la corrupción de los 
anteriores.  Más bien volvemos a las confortables creencias de que elegido un nuevo líder o un nuevo equipo (que esta vez sí representa de verdad “al pueblo”) todo lo demás se dará por añadidura.  Y las cosas no son tan fáciles.
Porque conviene aclarar que, pese a la fama de buenos gestores de la que todavía gozaban algunos de los anteriores gestores municipales  y a la experiencia acumulada durante años e incluso décadas, si algo ha brillado por su ausencia en los últimos años ha sido una gestión municipal profesional. La deuda disparada de los municipios españoles, las inversiones absurdas y las ocurrencias variadas -los madrileños tenemos un bonito ejemplo en la famosa plaza de toros en forma de platillo volante del pequeño municipio de Moralzarzal- y por supuesto la corrupción generalizada hablan por sí solas.
 
En definitiva, en España la gestión municipal responsable y la rendición de cuentas es todavía una asignatura pendiente. Probablemente gran parte de la responsabilidad la tengamos los electores: los vecinos de Moralzarzal presumen de una inversión “que ha pagado la Comunidad de Madrid”, una entidad que al parecer no tiene mucho que ver con los contribuyentes. En Boadilla del Monte, municipio famoso por la trama Gürtel y por los intentos del alcalde (grabados) de sobornar a una edil de la oposición el PP ha vuelto a sacar mayoría absoluta.  Aunque puede ser que las cosas estén cambiando: los vecinos de San Sebastián se han hartado de su consistorio incompetente consistorio abertzale incapaz de organizar una recogida de basuras.
 
Lo que nos lleva a concluir que, pese a lo que piensen los “novísimos” el problema no son tanto las personas como las instituciones y los incentivos. Así hemos descubierto todos –ciudadanos y cabezas de lista a la vez- la identidad de muchos concejales a raíz de sus primeras apariciones estelares en los medios; no hay ningún incentivo para que nos fijemos en quienes son los aspirantes a concejales. Por tanto, los partidos tampoco los tienen para elegirlos con cuidado.  Y sin embargo en la gestión municipal se maneja mucho dinero público y si algo nos dice la experiencia de estos últimos años es que las Administraciones locales son presa fácil de las tramas de la corrupción o/y de despilfarro detrás de los cuales suele haber intereses privados muy concretos.
 
De ahí la importancia de contar con buenos gestores: funcionarios, técnicos y expertos, por supuesto, pero también políticos que consideren que la gestión municipal hay que tomársela muy en serio. Bien está la sensibilidad social, la participación ciudadana y la cercanía al administrado; se han echado mucho en falta estos años. Pero también se han echado mucho en falta el rigor, el criterio y la rendición de cuentas.
 
Gestión mejorable
Lo que nos lleva a una última reflexión: la ideología no es capaz de proporcionar por sí sola una buena gestión municipal. Por poner un ejemplo, no cabe duda de que la gestión privada de servicios municipales en ciudades tales como Madrid, Barcelona, Sevilla y Valencia es muy mejorable: son Administraciones que han estado demasiado tiempo en manos de partidos con mayorías absolutas sin ningún contrapeso interno y externo lo que conduce inevitablemente  a todo tipo de corruptelas y malas prácticas máxime en un sistema político con una fuerte base clientelar como es el nuestro. Así que parece muy razonable replantearse si determinados servicios municipales deben o no ser de gestión privada, o si esta gestión está siendo realmente eficiente en términos de calidad y de coste para el ciudadano. Lo que parece menos razonable es calificar previamente de “buenas” determinadas fórmulas de gestión pública y “malas” las de gestión privada por motivos básicamente ideológicos y sin hacer un análisis riguroso.
 
 Claro que para saber si una gestión privada o pública es mejor o peor desde el punto de vista de la prestación del servicio al ciudadano hay que dotarse de herramientas para analizarla y evaluarla, y para dotarse de herramientas hay que ser consciente de su necesidad. El que está convencido de que algo “a priori” es bueno o malo tiene pocos motivos para sentirla. Yo personalmente no tengo opinión sobre si la limpieza de los colegios es mejor que la hagan cooperativas de padres o multinacionales: para formarla me gustaría contar con datos objetivos. Claro que tampoco creo que haya una limpieza de basuras más “conservadora” y otra más “progresista”.
 
En definitiva, el gran cambio consistiría en que en los municipios españoles se copien de una vez las mejores prácticas de otros países, en los que lo prima la buena gestión y el respeto al dinero del contribuyente. Se trata de acercarse lo más posible a la figura del gerente profesional o “council manager”. La imagen de seriedad  que conseguirían los nuevos en muy pocos meses sería la mejor garantía de que se pueden hacer las cosas de una forma diferente.