miércoles, 2 de diciembre de 2015

Fiscalizacion.es: Las nuevas leyes administrativas y las universidades públicas

Aunque es demasiado pronto para encontrar publicaciones sobre esta nueva normativa, destacamos el número monográfico de Documentación Administrativa en descarga libre
 
Blog Fiscalización.es. Antonio Arias.-  Recordemos que, en la actualidad, tras la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, nuestras universidades públicas ya no serán necesariamente AA PP.
 
Aunque esa pertenencia al sector público institucional, si me apuran, es el menor de los cambios a los que deben enfrentarse las gerencias universitarias cuando termine la vacatio de un año (2-10-2016) y entren en vigor ambas normas.
 
Por eso, hoy en la sede de Cooperación Universitaria, nuestro magistrado de referencia José Ramón Chaves, presentó a setenta de directivos de Instituciones de Educación Superior un avance de los principales efectos de la nueva legislación administrativa en las universidades, un análisis sistemático y práctico. Cuatro horas de animadas reflexiones y ejemplos con animados debates que ponen de manifiesto el enorme interés que despierta el nuevo escenario.
 
Aunque es demasiado pronto para encontrar publicaciones sobre esta nueva normativa, destacamos el número monográfico de Documentación Administrativa en descarga libre, con un primer análisis urgente, del que debemos mencionar el artículo de José Antonio Tardío Pato “¿Tiene sentido que las universidades públicas dejen de ser administraciones públicas en las nuevas leyes del sector público y de procedimiento administrativo común?
 
A finales de febrero y convocados por la Universidad de Salamanca, tendremos ocasión de volver a profundizar en los diversos aspectos de esa legislación, específicos para el ámbito universitario. Se trata de un seminario que analizará (en jornada de viernes y sábado, 26 y 27 de febrero) las principales novedades del procedimiento administrativo, los órganos colegiados y los expedientes, las responsabilidades, los convenios, los entes instrumentales, las encomiendas y hasta una hoja de ruta para su implantación que deberá estar culminada el 2 de octubre de 2016. En definitiva, la perspectiva académica, gerencial y judicial del asunto. Me congratulo de formar parte de un programa tan interesante que nos permitirá ir madurando los cambios necesarios, en el marco de la administración electrónica que pasará a ser la norma y no la excepción.
 
Para terminar, una referencia para los muy cafeteros. La Revista General de Derecho Constitucional nº 21, del mes de noviembre dedica un número monográfico a LA UNIVERSIDAD EN LOS DIFÍCILES TIEMPOS DE BOLONIA, coordinado por Fernando Reviriego Picón (UNED) y Francisco Javier Matia Portilla (UVa). De los buenos artículo aportados en la publicación destaco una seria censura a los gobiernos nacional, regionales así como a las autoridades universitarias, llevada a cabo por Enrique Linde Paniagua (“La Universidad en el laberinto”).
 
Para el autor, el número de universidades y de títulos es excesivo, los estudios universitarios se desarmonizan cada vez más en el espacio europeo, los alumnos universitarios son excesivos, se margina la enseñanza universitaria de calidad, no se presta atención a la formación de docentes e investigadores excelentes, no se erradica la endogamia, el gobierno de las universidades es deficiente, la financiación de los alumnos es deficiente y las relaciones de la universidad con la sociedad son insuficientes. Pero … ¿Se ha hecho algo bien?

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