Aunque es demasiado pronto para encontrar publicaciones sobre esta nueva normativa, destacamos el número monográfico de Documentación Administrativa en descarga libre
Blog Fiscalización.es. Antonio Arias.- Recordemos que, en la actualidad, tras la Ley
39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, nuestras
universidades públicas ya no serán necesariamente AA PP.
Aunque esa
pertenencia al sector público institucional, si me apuran, es el menor de los
cambios a los que deben enfrentarse las gerencias universitarias cuando termine
la vacatio de un año (2-10-2016) y entren en vigor ambas normas.
Por eso, hoy en la sede de Cooperación
Universitaria, nuestro magistrado de referencia José Ramón Chaves, presentó
a setenta de directivos de Instituciones de Educación Superior un avance de los
principales efectos de la nueva legislación administrativa en las universidades,
un análisis sistemático y práctico. Cuatro horas de animadas
reflexiones y ejemplos con animados debates que ponen de manifiesto el enorme
interés que despierta el nuevo escenario.
Aunque es demasiado pronto para encontrar
publicaciones sobre esta nueva normativa, destacamos el número monográfico de Documentación Administrativa en
descarga libre, con un primer análisis urgente, del que debemos mencionar el
artículo de José Antonio Tardío Pato “¿Tiene sentido que las universidades públicas dejen de ser
administraciones públicas en las nuevas leyes del sector público y de
procedimiento administrativo común?
A finales de febrero y convocados por la Universidad de
Salamanca, tendremos ocasión de volver a profundizar en los diversos
aspectos de esa legislación, específicos para el ámbito universitario. Se
trata de un seminario que analizará (en jornada de viernes y sábado,
26 y 27 de febrero) las principales novedades del procedimiento
administrativo, los órganos colegiados y los expedientes, las responsabilidades,
los convenios, los entes instrumentales, las encomiendas y hasta una hoja de
ruta para su implantación que deberá estar culminada el 2 de octubre de 2016. En
definitiva, la perspectiva académica, gerencial y judicial del asunto. Me
congratulo de formar parte de un programa tan interesante que nos permitirá ir
madurando los cambios necesarios, en el marco de la administración electrónica
que pasará a ser la norma y no la excepción.
Para terminar, una referencia para los muy
cafeteros. La Revista General de Derecho Constitucional nº 21, del mes de
noviembre dedica un número monográfico a LA UNIVERSIDAD EN LOS DIFÍCILES TIEMPOS DE BOLONIA,
coordinado por Fernando Reviriego Picón (UNED) y Francisco Javier Matia Portilla
(UVa). De los buenos artículo aportados en la publicación destaco una seria
censura a los gobiernos nacional, regionales así como a las autoridades
universitarias, llevada a cabo por Enrique Linde Paniagua (“La Universidad en el laberinto”).
Para el autor, el número de
universidades y de títulos es excesivo, los estudios universitarios se
desarmonizan cada vez más en el espacio europeo, los alumnos universitarios son
excesivos, se margina la enseñanza universitaria de calidad, no se presta
atención a la formación de docentes e investigadores excelentes, no se erradica
la endogamia, el gobierno de las universidades es deficiente, la financiación de
los alumnos es deficiente y las relaciones de la universidad con la sociedad son
insuficientes. Pero … ¿Se ha hecho algo bien?
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