Se podrán presentar candidaturas a los premios del 6 al 15 de diciembre y la votarlas desde el 16 al 31 de diciembre. Ver cronograma en base 4.
Por J. Ramón Chaves. delaJusticia.com blog.- En el día de la Constitución española de 1978, como modesto homenaje a tan valiosa e imprescindible «norma de normas», y para valorar el esfuerzo de los juristas que dedican su tiempo, sapiencia y filantropía a servirnos desde webs, blogs y redes sociales, Globoversia convoca la cuarta edición correspondiente a los PREMIOS BLOGS JURÍDICOS DE ORO – 2022.
Se invita a la participación de todos los interesados con sus propuestas y votos que pueden referirse a cualesquiera blog o artículo de blogs jurídicos. Buena muestra de ellos los encontraremos en el Directorio temático de blogs jurídicos españoles, u otras plataformas que exponen los más consultados según el ranking Alexa, como la ofrecida por la web de Notarios y Registradores o la valiosa recopilación de Amalia López Acera.
Fruto de las experiencias anteriores, el Jurado ha optado por simplificar los premios y facilitar el procedimiento de las votaciones.
A continuación, les ofrecemos las Bases de la convocatoria de esta cuarta edición. Ahora toca la Primera Fase (proponer candidaturas, del 6 al 15 de diciembre) y luego seguirá la Segunda Fase (votación pública sobre los finalistas, del 16 al 31 diciembre). Pasen y lean…
Un sencillo voto por email es una bonita manera de agradecer la generosa labor de los blogueros (se excluye expresamente este blog (delajusticia a los efectos de proponer y votar en estos premios).
PREMIOS BLOGS JURÍDICOS DE ORO – 2022
Tras el éxito de las tres primeras ediciones de los Premios Blogs de Oro Jurídico 2019, 2020 y 2021, el GRUPO GLOBOVERSIA promueve la cuarta edición 2022 con arreglo a las siguientes
Bases de la convocatoria
PRIMERA.- GALARDONES. Por el Grupo Globoversia, organización no gubernamental ni lucrativa, se convocan los Premios Blogs Jurídicos de Oro 2022 en las siguientes modalidades:
A) BLOGS JURÍDICOS DE ORO. UN PRIMER PREMIO (AMARILLO) y UN SEGUNDO PREMIO (BLANCO).
Se valorará el rigor, originalidad, utilidad, aportación de valor y prestigio del blog en la comunidad jurídica.
B) ARTÍCULOS DE EXCELENCIA. UN PRIMER PREMIO (AMARILLO) y un SEGUNDO PREMIO (BLANCO).
Se otorgarán a los artículos de cualquier blog jurídico publicado en lengua española en el año 2022. Se valorará su relevancia, la amenidad del enfoque, rigor o utilidad jurídica.
Se entenderá que son blogs o artículos de temática jurídica, los insertos en webs que abordan en su contenido el Derecho en sentido amplio, tanto en sus ramas pública y privada, como abarcando la perspectiva del fenómeno jurídico desde la Historia, Filosofía, Tecnología, Sociología u otra disciplina análoga.
SEGUNDA.- ORGANIZACIÓN. 2.1 La organización de los premios corre a cargo de la Comisión designada por el Grupo Globoversia, formada por don José Ramón Chaves García, doctor en derecho y magistrado; don Antonio Arias Rodríguez, doctor en derecho y economista; don Miguel Ángel Cabezas de Herrera Pérez, presidente de honor de FIASEP y experto en cuentas públicas; doña Marta Riera López, auditora; don Juan Manuel del Valle, letrado, escritor, y artista; doña Ana Caro Muñoz, técnico universitaria y poeta; don Francisco José Ojuelos Gómez, abogado y escritor; don César Álvarez Álvarez, jurista y funcionario; don Carlos Juan González López, empresario y mecenas cultural, don José Francisco Adserias Vistué, farmacéutico y experto en TICs, y contando como Secretario General (Escribano) con don Félix Lasheras Mayo, historiador y humanista.
2.2 La presidencia del Grupo y de la Comisión recae en don José Ramón Chaves García, sin que ningún miembro de la organización perciba remuneración, ingreso ni reintegro o donativo por esta labor. La Comisión actuará de Jurado para todo lo relacionado con la convocatoria.
TERCERA.- PATROCINIOS.- 3.1 Se cuenta con el patrocinio de la Editorial Amarante, así como la Fundación Automáticos Tineo para el fomento de la Cultura, ambos para facilitar la logística y organización del evento.
3.2 Aquellas personas físicas o jurídicas interesadas en participar en esta edición como mecenas o patrocinadores de la iniciativa, ya sean empresas o profesionales, bufetes, editoriales u otras actividades, con inquietudes filantrópicas, y que deseen figurar con tal carácter en los Premios, podrán formular tal solicitud durante la primera fase, desde el 6 hasta el 15 de diciembre de 2022, para tratar las condiciones con el Escribano General (escribanoquevedo@gmail.com). Las contribuciones se destinarán íntegramente a financiar premios y actos de celebración o vinculados directamente a su desarrollo, sin que exista ánimo de lucro en su aplicación.
CUARTA.- CRONOGRAMA
QUINTA.- PLAZO DE PROPOSICIÓN DE CANDIDATURAS (6 de diciembre 2022 -15 diciembre 2022). 5.1 Las candidaturas para estos Premios podrán presentarse por cualquier persona física, mayor de edad y de cualquier nacionalidad incluyendo quienes sean los autores, propietarios, administradores o seguidores de los blogs o bitácoras, o de los artículos propuestos siempre que los textos estén escritos en lengua española.
Para ello bastará con enviar la propuesta a la dirección de correo electrónico blogosjuridicos@gmail.com, desde las 09:00 horas del día 6 de diciembre de 2022 hasta las 23:59 horas del 15 de diciembre de 2022. Serán propuestas rápidas, gratuitas y no requieren identificarse nominalmente ni registrarse.
Solo se admitirán candidaturas de blogs o bitácoras y de artículos publicados en lengua española, desde cualquier país y cualquiera que sea la nacionalidad de su promotor o autor.
Los blog o bitácoras pueden ser tanto personales, identificados con un dominio propio (por ejemplo, delajusticia.com) o que estén formalmente incorporados a un sitio web identificado con el nombre de un dominio propio perteneciente a entidades, empresas, despachos profesionales o grupos (por ejemplo: http://www.bufetekelsen.com), siempre que éstos últimos cuenten con un apartado dedicado específicamente a la publicación de artículos y que esté explícitamente etiquetado dentro del sitio web como “blog”, webBlog, bitácora, artículo o términos equivalentes.
En todo caso, deberán tener contenido predominantemente jurídico, aunque puedan incluir otras materias relacionadas con temas afines al Derecho y la Justicia.
5.2 Las candidaturas propuestas serán enviadas por correo electrónico a la citada dirección de blogosjurídicos@gmail.com, que podrá formular cualquier persona, sin necesidad de expresar la identidad personal del proponente, y sencillamente indicarán:
A) Cuando se trate de proponer candidaturas para el Blog o Bitácora:
Nombre y copia exacta de los enlaces o links de la dirección del blog o bitácora propuestos.
Por ejemplo: Blog de la Justicia, https://delajusticia.com
En todo caso, el blog debe haber incorporado y publicado algún artículo durante el año 2022.
B) Cuando se trate de proponer candidaturas al mejor artículo, texto o contenido publicado se deberá señalar únicamente el título del artículo y copia exacta del enlace o link correspondiente a la dirección del artículo o texto o contenido propuesto.
Por ejemplo: Se generalizan los planes antifraude: https://fiscalizacion.es/2021/10/03/se-generalizan-los-planes-antifraude/
En todo caso, el artículo, texto o contenido debe haberse publicado dentro del año 2022.
Podrán proponerse, desde una misma dirección de correo electrónico, y en el mismo e-mail, hasta un máximo de dos candidaturas por cada modalidad, ya sean de blogs o bitácoras (A) o de artículos (B). Los correos electrónicos que excedan ese límite se tendrán por no válidos. No deberá el mismo votante usar más de un correo electrónico, ni reiterar sus votos desde la misma dirección de correo.
5.3 El Escribano General elaborará el listado de candidaturas válidas por cada una de las dos modalidades, ordenados de mayor a menor número de las propuestas recibidas y las elevará al Jurado para que fije los semifinalistas. Por un lado, un máximo de cuarenta blogs o bitácoras (Blogs de Oro); y por otro lado, un máximo de cuarenta artículos, fruto de sumar los propuestos en la fase previa, y los propuestos a raíz de esta convocatoria (Artículos de Excelencia). El Jurado resolverá los supuestos de empate para ajustar el número de propuestas.
5.4 Exclusiones. El Jurado podrá excluir motivadamente los blogs o bitácoras y artículos que se revelen con manifiesta falta de calidad, seriedad o buen gusto, o se revelen maliciosos. Asimismo, se excluirán las candidaturas de artículos que supongan plagios de otros originales sea cual sea la lengua y lugar de publicación en la WEB, detectados mediante aplicaciones tecnológicas antifraude.
SEXTA.- VOTACIÓN POPULAR TELEMÁTICA ( Desde el 16 de diciembre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022).- 6.1 Los listados definitivos de candidaturas admitidas y finalistas, cuarenta para cada modalidad (uno para blogs y otro para artículos) que se someterán a votación popular telemática, serán publicados en los sitios webs: delajusticia.com, fiscalizacion.es, globoversia.com, acalanda.com y fundacionautomaticostineo.com, así como divulgados en las redes sociales de mayor difusión.
6.2 La votación telemática será rápida, gratuita y no requiere registrarse. Cualquier persona física, mayor de edad, podrá emitir votos individualmente desde el formulario incluido en la web delajusticia.com cuando se abra la votación popular, desde las 09:00 del día 16 de diciembre de 2022 hasta las 23:59 horas del 31 de diciembre de 2022. Antes de este vencimiento, excepcionalmente y por razones objetivas, a propuesta del Escribano General podrá el Presidente del Jurado prorrogar dicho plazo hasta la medianoche del día 3 de enero de 2023, lo que se hará público a través de las webs divulgativas referidas.
En el formulario de votación de la plataforma:
– No será preciso indicar nombre del votante ni se requiere ningún otro dato personal identificativo, más allá que la lógica constancia del correo electrónico de remisión.
– Bastará con indicar el sentido de los votos que se emiten para la modalidad A)BLOGS JURÍDICOS DE ORO, y para la modalidad B) ARTÍCULOS DE EXCELENCIA, identificando el blog o artículo/s que se votan.
6.3 Cada votante, desde el mismo correo electrónico, podrá formular un máximo de dos votos por cada una de las dos modalidades. Se admite que se vote al propio blog o post. Una vez emitido el voto no podrá cambiarse ni revocarse.
6.4 Queda prohibido para los participantes votar más de una vez, desde el mismo o desde distinto correo electrónico, apelando a la honestidad y buena fe de los votantes. No obstante, los segundos y adicionales votos, o los procedentes de email ficticios o ajenos al titular, que sean detectados por las aplicaciones informáticas antifraude, por el Escribano General o por el Jurado, como claramente encaminados a defraudar las estipulaciones establecidas, no serán computados como votos válidos.
SÉPTIMA.- VERIFICACIÓN Y RECUENTO .- 7.1 El control de errores, fraudes y, en general la verificación de la idoneidad y exactitud de los votos, así como la existencia y actualidad de los blogs, bitácoras y sitios webs junto con los artículos publicados votados, y la labor final de comprobación y certificación de los resultados de las votaciones, será acometida por el Escribano General.
Ninguno de los miembros del Grupo Globoversia o del Jurado podrá votar ni ser votado en sus sitios webs, blogs o bitácoras y artículos publicados por ellos. Específicamente se excluyen las nominaciones de los blogs delajusticia.com así como fiscalizacion.es, y quedan fuera lógicamente los artículos incluidos en los mismos, por lo que no se computarán las propuestas ni votos que recaigan sobre ellos, ni podrán obtener galardón alguno derivado del Certamen.
Se admite expresamente la participación, y posible galardón, de los blogs premiados o galardonados en ediciones anteriores.
7.2.- Las posibles interpretaciones, dudas y controversias serán resueltas por el Jurado.
OCTAVA.- PROCLAMACIÓN DE GALARDONADOS (6 de enero de 2023).- 8.1.- Sobre los cinco primeros finalistas según el mayor número de votos obtenidos en cada modalidad, el Jurado decidirá motivadamente y previa deliberación.
En la modalidad A), los dos blogs de mayor mérito para cada galardón por orden de prioridad, de manera que el primero obtendrá el Blog Jurídico de Oro (amarillo) y el segundo obtendrá el Blog Jurídico de Oro (blanco).
Y en la modalidad B), los dos artículos de mayor mérito por orden de prioridad, de manera que el primero obtendrá el reconocimiento al Artículo de Excelencia de Oro (amarillo) y el segundo, el Artículo de Excelencia de Oro (blanco).
Un mismo titular de blog o autor de artículo, no podrá obtener más de un premio de los convocados en la misma edición, correspondiendo en caso de concurrencia final al Jurado adjudicar la modalidad que considere más ajustada a su mérito.
8.2.- El Jurado añadirá hasta un máximo de siete Menciones de Honor para los blogs o bitácoras (Siete magníficos), ya correspondan a blogs finalistas en la modalidad A) o a blogs en que se incluyan los artículos de los finalistas de la modalidad B).
8.3.- Una vez determinados los blogs o bitácoras y los artículos merecedores de los premios (4 Premiados y 7 con Mención Honorífica), el Escribano General contactará a través de los sitios webs, blogs o bitácoras premiados para determinar la identidad del galardonado y recibir su conformidad para poder proclamarle con el premio correspondiente a su modalidad. Para el supuesto de resultar inaccesible su identidad o de no prestar el autor, administrador o master su conformidad, se entenderá que renuncia y se otorgará al siguiente en reserva según determine el Jurado.
8.4.- El Jurado, en nombre del Grupo Globoversia, a propuesta del Escribano General, efectuará la proclamación formal de galardonados para su difusión.
8.5.- Los premios se harán públicos el día 6 de enero de 2023, día de Reyes Magos, a través de los blogs delajusticia.com y fiscalizacion.es, así como de la web de difusión de la Editorial Amarante (www.acalanda.com), y de la propia de la Fundación Automáticos Tineo (www.fundacionautomaticostineo.com) así como por cualquier otro medio que se pudiera considerar idóneo.
8.6.- Los Premios consistirán, por cada modalidad en:
-Una estatuilla representativa de valores culturales con mención del nombre del premiado y cita de aforismo jurídico.
-Un Diploma acreditativo del reconocimiento del galardón.
-Un lote de libros de la Editorial Amarante, en su mayoría de contenido jurídico (gentileza de Editorial Amarante).
-Un lector de libro electrónico (ereader) para cada entidad o persona responsable del blog o artículo galardonados (gentileza de la Fundación Automáticos Tineo).
-Un ágape con los miembros del Jurado el día de la entrega de los Premios.
8.8.- Las Menciones de Honor únicamente darán derecho al diploma acreditativo del reconocimiento y a asistir a la ceremonia de entrega y ágape consiguiente, con el Jurado.
NOVENA.- CEREMONIA DE ENTREGA DE LOS PREMIOS.- 9.1.- La entrega de los premios se efectuará al responsable de la autoría o promotor de cada uno de los dos blogs o bitácoras premiados, así como al autor o autores de los artículos de excelencia, o a la persona física en la que deleguen, así como la entrega de acreditación a los finalistas calificados con Mención de Honor, en un evento que será anunciado oportunamente.
Se celebrará en una de las siguientes ciudades: Oviedo, León o Salamanca, según decida el Grupo Globoversia, y tendrá lugar en torno a la primera semana del mes de febrero de 2023. De no ser posible tal reunión por razones de fuerza mayor, tendrá lugar el acto mediante plataforma telemática Zoom u otra alternativa que decida el Jurado.
9.2.- Asimismo, las personas físicas galardonadas, participantes en la ceremonia de entrega y en otros posibles eventos que se celebren por la organización sobre los premios, por la aceptación del premio se entiende que autorizan el posible uso de su imagen personal para cualquier actividad informativa, divulgativa o promocional en los medios de comunicación, incluidas las redes sociales, exclusivamente en relación a los premios otorgados.
DÉCIMA.- INTERPRETACIÓN DE LA BASES.- 10.1 La participación en los Premios Blogs Jurídicos de Oro supone la aceptación completa de las presentes Bases, que se publicarán en http://www.delajusticia.com y http://www.fiscalizacion.es
10.2.- Las cuestiones y los demás asuntos que no estén considerados en estos premios y que no estén contemplados en las presentes Bases serán resueltos por el Jurado antes citado y en caso de planteársele alguna reclamación o conflicto es el único órgano facultado para interpretar las presentes Bases. Sus decisiones serán ejecutivas e inapelables.
DECIMOPRIMERA. - INFORMACIÓN. Más allá de las webs de difusión de los galardones (delajusticia.com y fiscalizacion.es) el Escribano General atenderá las consultas sobre las bases, incidencias o dudas que le sean formuladas a través del correo electrónico: escribanoquevedo@gmail.com.
Se agradece vivamente la difusión de las Bases y la participación de los interesados con sus propuestas de candidaturas y votos.
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