jueves, 6 de julio de 2023

Aviso para navegantes inminentes Altos Cargos: el caso del director general que no miró bajo la alfombra

ANTONIO ARIAS RODRIGUEZ, Fiscalización.es blog EN EL CASO DE...TRIBUNAL DE CUENTAS

Hoy comentamos la última Sentencia publicada por la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas de España. Me la señala Julio García Muñoz, director profesional del Master On line en Auditoría del Sector Público de la Universidad de Castilla La Mancha, quien anda preparando el próximo curso académico que tanta demanda tiene entre funcionarios del mundo del control (en periodo de preinscripcion) y donde solemos comentar este tipo de resoluciones con los profesores invitados, empleados también del propio Tribunal. Vamos a ello.

Se trata de la Sentencia 6/2023 dictada por Departamento Tercero de Enjuiciamiento, donde se condena a un director general por falta de diligencia en la prescripción de un reintegro de subvención.

La Junta de Andalucía había otorgado una subvención nominativa para sufragar los gastos de un proyecto de investigación de una asociación empresarial sin ánimo de lucro, por importe de 1.874.277,39 euros, en tres pagos, de 624.759,13 euros cada uno, durante los años 2008, 2009 y 2010.

La Orden que establecía las normas de justificación preveía que la documentación justificativa se debía presentar ante la Dirección General de Universidades, en un plazo máximo de treinta meses, a contar desde la materialización de cada uno de los pagos de la subvención.

El plazo de justificación concluyó el 14 de enero de 2013, presentándose la correspondiente documentación justificativa. En 2014, de la Secretaría General de Universidades solicita al beneficiario información adicional sobre el carácter de determinado personal vinculado al proyecto subvencionado.

En 2018, transcurridos más de 4 años desde la presentación de la justificación, se notificó a la entidad beneficiaria un requerimiento para que subsanara las incidencias detectadas en la documentación presentada. El escrito contestando al requerimiento de subsanación invocó la prescripción del derecho de la Administración a reconocer o liquidar un posible reintegro de la subvención. Pura economía procedimental pero el inicio de un calvario administrativo para quien era entonces el secretario general de Universidades.

En efecto, por resolución de la Secretaría General de Universidades, en 2020, se declaró la prescripción del derecho a reconocer el reintegro parcial de la subvención por el importe no justificado (26.523,30 euros), porque no constaban evidencias de que se hubieran interrumpido los plazos de prescripción entre el 28 de marzo de 2014 (fecha en la que el beneficiario realizó la última actuación fehaciente conducente a la liquidación de la subvención o del posible reintegro) y el 24 de abril de 2018 (fecha en la que se le solicitó la subsanación de las deficiencias detectadas).

El titular de la Secretaría General de Universidades tiene la competencia para la resolución de los procedimientos de concesión y reintegro de subvenciones de la Consejería.

De nada sirvió que el informe de la Secretaría General de Universidades actual -en 2022- argumentara que la actividad subvencionada se ejecutó y se consiguieron los fines que constituían el objeto del proyecto subvencionado.

Para el Consejero del Tribunal de Cuentas “resulta obligado concluir que si la Secretaría General y, en concreto, su titular, hubiera revisado en tiempo y forma la información y documentación presentada, podría haber exigido a tiempo el reintegro de la subvención, pues no había quedado justificada en su totalidad por la entidad beneficiaria, incumpliendo la obligación de justificar el empleo de parte de los fondos públicos recibidos, contra lo establecido por el artículo 30 de la Ley 38/2003, General de Subvencione, cuyo apartado 8 especifica “El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención en los términos establecidos en este capítulo o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro”.

Téngase en cuenta que el beneficiario en ningún momento cuestionó, ni puso de manifiesto que no procediera el reintegro de la subvención, sino que “había prescrito el derecho de la Administración a exigirlo”.

Aterriza como puedas

Un tema que incomoda a cualquier lector de la sentencia es que el demandado no desempeñaba el cargo durante el primer año y cuatro meses, cuando se inició el plazo de prescripción del derecho al reintegro y argumenta que tampoco fue advertido para que llevara a cabo la justificación de la subvención, ni tampoco de la prescripción del derecho de reintegro de la subvención concedida. Además, la Orden de 2015, que determinaba sus competencias, se refiere exclusivamente a la resolución de las subvenciones y no al control de su reintegro, sin que puede inferirse que tuviera la obligación de interrumpir la prescripción del derecho al reintegro.

El Consejero que sentencia no acoge esos argumentos, pues “resulta indudable que es el responsable del control de la justificación de la subvención y de haber realizado actuaciones que interrumpieran la prescripción del derecho a su reintegro”, concurriendo en él, en los términos acuñados por la Sala de Justicia del Tribunal, la condición de cuentadante que además dispuso de más de dos años para ejercer sus competencias en materia de subvenciones, durante los cuales los funcionarios de la unidad pudieron haber ordenado los expedientes, revisado la documentación y requerido, en su caso, la información adicional precisa para exigir la justificación o solicitar el reintegro de las cantidades concedidas en el supuesto de que se incumpliera aquélla. Era Secretario General cuando se produjo la prescripción del derecho a exigir el reintegro de la subvención: es decir, cuando se produjo el daño efectivo a los caudales públicos de la Junta de Andalucía. Interesante: el que está sentado en el sillón ese día paga el pato.

Tampoco acoge el Tribunal las deficiencias de personal y en los medios informáticos que se alegaron, que deberían haberle llevado a un ejercicio diligente de sus funciones, sustituyendo los sistemas de control informáticos inexistentes o deficientes por otros que hubieran suministrado la información necesaria para evitar la prescripción del derecho a exigir el reintegro parcial de la subvención.

Estas precarias circunstancias no han quedado desvirtuadas por la prueba testifical aportada al proceso. El traslado de la sede que exigió realizar cajas con toda la documentación física que integraba los muchos expedientes existentes por proyecto, que en muchos casos llegaron a la nueva sede desordenados. La escasez de personal de la Secretaría General y la falta de cualificación del mismo para el desarrollo de las actividades a desempeñar, que originó la contratación de asistencias técnicas y también, en momentos puntuales, la cesión de funcionarios de otras consejerías, si bien solamente en el ámbito del programa presupuestario por él gestionado. Las muchas competencias que tenía y que actualmente integran por si misma una Consejería.

Reconoce la sentencia que el demandado ejercía sus funciones con total dedicación, disponibilidad, y ofreciendo siempre apoyo y confianza a todo el equipo. Sin embargo, en cuanto comenzó el enjuiciamiento contable desapareció el encanto y se diluyeron las responsabilidades, así que nadie era el personal encargado de realizar el requerimiento de las deficiencias de justificación, y de la invocación de la prescripción por la entidad perceptora de la subvención. Suele ocurrir, así que los tiros van hacia arriba. Lo narra en la Sentencia en base a los testimonios aportados, que coinciden en el compromiso profesional del demandado y en su condición de buen jefe:

La ausencia de documentación digitalizada y los cambios en el personal integrante de la plantilla de la D.G.U. hicieron que fuera una “odisea” la localización de los expedientes. El demandado era un jefe “trabajador”, “diligente”, “involucrado”, “se dejaba asesorar”, y “dialogante” en el ejercicio de sus funciones.

Sin embargo, el Consejero que sentencia concluye, de acuerdo con la exigente jurisprudencia del Tribunal de Cuentas,  que hubo una conducta negligente, “puesto que es negligente el que no prevé pudiendo hacerlo o el que previendo no toma las medidas necesarias y adecuadas para evitar el daño (…) No consta en las actuaciones prueba que acredite que se hubiera realizado alguna actuación de comprobación de la justificación presentada sobre el último pago de la subvención hasta el 24 de abril de 2018, fecha en la que se produjo la prescripción del derecho a reclamar la justificación de la subvención. Concurre, por tanto, en la actuación del demandado el requisito subjetivo preciso para considerarle responsable contable directo”.

En atención a todo lo expuesto, declara la existencia de un alcance de 26.523,60 euros en los fondos públicos, del que se declara responsable contable al demandado, junto a los intereses y costas del procedimiento (que no es poco). 

martes, 4 de julio de 2023

Nueva oportunidad para que los interinos estabilicen su plaza sin necesidad de oposición

El Gobierno rectifica y autoriza a las CC AA a sacar a concurso de méritos una tasa adicional de puestos ocupados por temporales

Revista de prensa. Diario Sur.- Los interinos de larga duración, aquellos que lleven al menos tres años ininterrumpidos en su puesto, tendrán una segunda oportunidad para optar a estabilizar su plaza sin necesidad de superar una prueba de oposición, sino solo a través de un concurso de méritos. El Gobierno ha enmendado por la puerta de atrás la ley aprobada a finales de 2021 que permitió de forma extraordinaria pasar a ser funcionario sin necesidad de aprobar un examen. Su objetivo no es otro que reducir la elevada temporalidad que hay en la Administración Pública y que ha sido condenada desde Bruselas.

Sin previo aviso, el Ministerio de Hacienda y Función Pública modificó esta norma para dar este derecho también a aquellos interinos que hubieran suspendido procesos de estabilización convocados durante la tramitación de esta norma y al mismo tiempo abrir una puerta para convocar las plazas que quedaron vacantes en esas pruebas.

Se trata de un cambio que se incluyó en el Real Decreto Ley que se aprobó el pasado martes, pero ni el Gobierno ni el departamento dirigido por María Jesús Montero publicitaron esta revisión de la ley que los sindicatos se enteraron una vez fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La norma autoriza a las administraciones públicas a sacar a concurso una tasa adicional de plazas ocupadas por personal temporal, de manera previa al 1 de enero de 2016, que no hubiera superado un proceso de estabilización distinto al contemplado en la ley, algo que varias comunidades autónomas habían solicitado previamente.

Se da la circunstancia de que cuando la Ley de Estabilización del empleo público se encontraba en trámite parlamentario, muchos gobiernos regionales ya tenían convocados procesos de estabilización y, por lo tanto, estos aspirantes no se beneficiaron de los supuestos contemplados en esta norma. Ahora, el Gobierno accede a que esos interinos que habían suspendido o los que ni siquiera lo intentaron puedan presentarse a otro concurso que previsiblemente será más ventajoso para ellos ya que no necesitan aprobar una oposición.

La nueva ley, que pretende reducir la temporalidad en la Administración del 30% al 8% a finales de 2024, establece que las plazas ocupadas ininterrumpidamente por interinos con anterioridad a 1 de enero de 2016 podrán ser convocadas por el sistema de concurso; es decir, sin oposición, por lo que no será necesario superar un examen y solo se valorarán los méritos de los candidatos. Desde Hacienda no saben cuántos interinos podrían beneficiarse de este cambio pero solo en Andalucía son ya 1.000.

Con carácter general, el sistema de selección será el de concurso-oposición, pudiendo alcanzar un 40% de la puntuación total la fase de concurso, en la que se tendrá en cuenta la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente.

Los sindicatos, en contra

Desde Hacienda resaltaron a este periódico que esta medida es «necesaria» para «garantizar ese derecho a quienes cumplían los requisitos» previos a la ley 20/2021 y por ser un compromiso del Plan de Recuperación y de la propia norma, que señala que los procesos de estabilización deben haber finalizado el 31 de diciembre de 2023. Gracias a esta ley se han ofertado más de 500.000 plazas y más de 125.000 personas han estabilizado su empleo en la administración, destaca el ministerio.

Pero a los sindicatos no les convence y advierten que estarán vigilantes de que se convocan esas plazas ya que las administraciones no están obligadas a convocarlas. Así, CSIF, el sindicato mayoritario en la Administración General del Estado, cargó contra esta «nueva improvisación» del Gobierno que se ha hecho sin consultar con los sindicatos y sin ni siquiera informarles.

Esta organización considera que se trata de «un parche que volverá a generar situaciones de desigualdad ya que las diferentes administraciones no están obligadas a convocar estas plazas y cabe la posibilidad de que algunas no hagan uso de esta tasa adicional». Además, advirtió que esta nueva regulación plantea dificultades a la hora de cuantificar las plazas que deben ir a esa tasa adicional dado que muchas personas que las ocupaban ya han superado otro proceso selectivo. Por otra parte, al tratarse de procesos selectivos de libre concurrencia de personas procedentes de otras administraciones habrá personal interino que no consiga la fijeza.

sábado, 1 de julio de 2023

El gran reemplazo de funcionarios: España afronta una oferta masiva de empleo público tras años congelada

El 82% busca la estabilidad laboral que proporcionan el empleo público, frente al 10% que afirma opositar por vocación de servicio público y el 8% por el salario.

Revista de prensa. Xataka. La Administración pública española afronta una de las mayores renovaciones de su historia. Tras una sequía en las convocatorias de casi una década, las convocatorias para opositar se disparan en 2023 buscando un relevo generacional para un funcionariado envejecido. El perfil de los opositores ha cambiado en los últimos años y revela un cierto hartazgo por la precariedad en la contratación del sector privado.

Jubilaciones masivas inminentes. Uno de los daños colaterales que dejaron las políticas de austeridad que se aplicaron para atajar la crisis económica de 2010 a 2014 fue la congelación de la oferta pública de empleo, con convocatorias mínimas para nuevas incorporaciones, y teniendo como principal objetivo la promoción interna o para cubrir jubilaciones en puestos de relevancia.

Según los datos del Boletín Estadístico del personal al servicio de las Administraciones Públicas de julio de 2022, el Cuerpo de Funcionarios del Estado cuenta con 2.731.117 funcionarios. El 20% de ellos tiene más de 60 años y el porcentaje sube hasta el 64% si ponemos el umbral en los 50 años.

Entre los años 2021 y 2023 el cambio de paradigma en la convocatoria de empleo público ha sido total, dando respuesta a una clara necesidad de renovación generacional de unos funcionarios públicos que, en los próximos años, irán jubilándose a razón de 100.000 funcionarios al año.

Una renovación acelerada. El acelerado ritmo de jubilaciones que se cierne sobre las Administraciones del Estado hace que deban cubrirse de forma inmediata ante el riesgo de un déficit de personal en las plantillas que provocaría el colapso de las gestiones públicas.

Esa imperiosa necesidad de nuevos funcionarios públicos es lo que ha provocado que las últimas convocatorias de empleo estatal (OEP) busquen incorporar 31.371 plazas en 2021 y 44.787 en 2022. Se reforzará con la convocatoria de plazas para 2023 que se hará pública en las próximas semanas.

De las 44.787 plazas ofertadas en 2022 solo 22.009 plazas son de nuevo ingreso, mientras que 12.142 plazas serán de promoción interna y 10.637 puestos irán destinados a estabilizar personal interino. Es decir que, de seguir esa tendencia en los próximos años, se incorporarán poco más de 22.000 funcionarios para reemplazar las 100.000 jubilaciones al año que se esperan. El resto de plazas van destinadas a funcionarios que ya forman parte del cuerpo de funcionarios y solo cambian su posición interna.

Empleo estable que huye de la precariedad. Según un estudio de Opositatest, el perfil del opositor ha cambiando en los últimos años, y cada vez hay más candidatos con experiencia laboral en la empresa privada que busca la estabilidad laboral en la administración pública.

Según el estudio, el 78% de los opositores tiene más de 5 años de experiencia profesional, el 51% actualmente tiene un empleo a jornada completa y el 40% cobra entre 1.001 y 2.000 euros. El 82% busca la estabilidad laboral que proporcionan el empleo público, frente al 10% que afirma opositar por vocación de servicio público y el 8% por el salario.

Esta tendencia se ve reflejada en un sector público que viene de una temporalidad superior a la del sector privado. El Gobierno ya ha tomado cartas en el asunto con una reforma publicada en el BOE bajo la Ley 20/2021 en la que se establece un límite del 8% en la temporalidad del conjunto de las Administraciones Públicas españolas.

Una oportunidad para librarse de la brecha de género. La Administración pública parece ser una buena oportunidad para evitar la brecha de género ofreciendo igualdad de oportunidades y salario independientemente del género. Eso ha hecho que el perfil más habitual entre los candidatos al empleo público sea un 81% de mujeres, con una edad de entre 38 y 50 años (56%) con estudios universitarios (44%) que vive de entornos urbanos (71%).

Cubrir la oposición por la mínima. Pese al aumento en la oferta de plazas públicas, la Administración se contagia de la falta de personal para cubrir determinados puestos especializados adscritos a las categorías A1 y A2.

Según datos de Opositatest, solo el 8% de los opositores que se presentarán en 2023 lo hacen para la categoría A1 que corresponden a puestos de inspector de trabajo y seguridad social, policía o jueces y fiscales. El 14% opositan a plazas para la categoría A2 (profesores, arquitectos locales, etc).

Las plazas con más concurrentes son las que corresponden a las categorías C1 con un 48% que exige bachillerato o un grado técnico superior, y C2 con un 27% para los que se únicamente se necesitan estudios secundarios o ciclos de formación profesional.

viernes, 30 de junio de 2023

La Policía Nacional y la Guardia Civil amplían su plantilla con 40.000 agentes más en 18 años

 Revista de prensa. Cadena Ser. Los datos oficiales del Boletín Estadístico del personal al servicio de las Administraciones Públicas - dependiente del Ministerio de Hacienda- confirman este récord de agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. 

Desde 2006 –primer año de la serie histórica-, la Guardia Civil y la Policía Nacional han incorporado 40.034 agentes más a sus plantillas, mejorando así las cifras que se registraron años atrás, por ejemplo, en 2006, cuando la Policía Nacional tuvo el nivel de efectivos más bajo de su historia (50.460). Ese año, la Guardia Civil también tuvo la menor cantidad de agentes de la serie histórica (65.919).

Según ese portal estadístico, en el caso de la Guardia Civil, el mayor recorte de su plantilla se produjo con Fernando Grande-Marlaska como ministro de lnterior, fue en 2022, ese año la benemérita experimentó una caída de 1.593 Guardias Civiles, aunque esa situación ha dado un giro de 180 grados, tras la convocatoria de las nuevas oposiciones que permitirá al Instituto Armado alcanzar una cifra récord.

jueves, 29 de junio de 2023

El acceso a los registros de fichaje para el control horario de los empleados públicos

En mi opinión, en materia de transparencia y acceso a la información pública, el criterio interpretativo debe ser otro: «todo lo que no está expresamente prohibido, está permitido»

Por @mablanescliment.  Una delegada sindical deseaba conocer si los jefes de servicio de las distintas unidades administrativas estaban cumpliendo con el horario de trabajo. Para saberlo, solicitó la siguiente información:

«El registro de jornada completo de los meses de marzo y abril, tal y como aparece en el sistema de fichaje, de los jefes de servicio de todas las áreas de este Ayuntamiento. Que no se nos envíe un registro de totales, sino el mes completo de cada jefe de servicio».

La respuesta de la Administración fue la siguiente:

«(…) al final de año se facilitaría el registro del control horario de todos los trabajadores, y no solo de los jefes de servicio (…) mensualmente ya se facilita a los sindicatos una resolución donde se recoge la productividad/gratificaciones de las posibles actividades extraordinarias realizadas por los trabajadores, por lo que se entiende que, con esta información junto con la información que se facilita del control horario anualmente, se cumple perfectamente con la petición de información solicitada (…)».

La delegada sindical no se conformó con esta contestación y presentó una reclamación ante el Consejo de Transparencia de la Comunidad Valenciana (en adelante, CTCV), quien, mediante Resolución nº 69, de fecha 22/3/2023 (pinchar aquí), la desestima con los siguientes argumentos que vamos a analizar a continuación.

A pesar de que la Administración viene facilitando a los sindicatos información relativa al control horario en cómputo global, la delegada sindical lo que realmente quiere es acceder, concretamente, «a la hoja o registro de fichajes individualizada» correspondiente a cada uno de los jefes de servicio, durante dos meses concretos.

El CTCV, en primer lugar, reitera su doctrina relativa a la especial legitimación que tienen los representantes sindicales a la hora de acceder a la información pública: “(…) el derecho general de acceso a la información pública que la Ley de Transparencia contempla para cualquier ciudadano o ciudadana, se ve reforzado en este caso por el carácter de representante sindical de quién solicita la información. Ahora bien, este refuerzo no implica que no se aplique a este caso la normativa general que regula el procedimiento de acceso a la información prevista en la Ley estatal 19/2013 (…)».

En segundo lugar, el CTCV no tiene dudas en considerar que los datos referidos al registro de fichaje de los empleados públicos que sirve para controlar el cumplimiento del horario de trabajo tienen la naturaleza de información pública, ya que son generados y poseídos por la administración en el ejercicio de sus funciones.

Sin embargo, a la luz de la información aportada por la delegada sindical reclamante, el CTCV desestima la reclamación porque considera que en las hojas o registros de fichajes individualizados pueden contener datos personales excesivos, como son los motivos de las entradas y salidas, y la documentación justificativa, y estos no pueden disociarse porque los datos solicitados se refieren a unos determinados funcionarios fácilmente identificables (los jefes de servicio). Este fue el razonamiento:  «(…) este Consejo ha constatado que en estos registros individualizados figuran datos como los motivos de las entradas y salidas y la justificación de estas, información que puede colisionar con el derecho a la protección de datos personales, así como el derecho a la intimidad (…) en la resolución 153/2020 del expediente 193/2019, esta autoridad de transparencia ya se planteó si debe aplicarse algún límite al derecho de acceso a los fichajes de los empleados públicos, y haciéndose eco de la resolución 1/2020, de 2 de enero, de la GAIP, estableció que la difusión de los fichajes suponía la cesión de datos personales, entendiendo que de facilitarse debería hacerse de forma anonimizada (…) en el supuesto que nos ocupa, no son aplicables ni la disociación, ni la anonimización, por cuanto se están solicitando las hojas de fichaje de los jefes de servicio, y el horario de cada uno de los trabajadores (…)».

Asimismo, el CTCV añade 2 motivos adicionales para impedir el acceso a dicha información pública:

a) Que no se aprecia un interés público en acceder a las hojas o registros de fichajes individualizados de los jefes de servicio, pues la información facilitada por la administración en cómputo total, ya indica el horario realizado por cada uno de los trabajadores.

b) Que el art. 40 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), reconoce a los representantes del personal el derecho a «tener conocimiento y ser oídos en el establecimiento de la jornada laboral y horario de trabajo, así como en el régimen de vacaciones y permisos», pero «no se regula la entrega de documentación, ni el conocimiento público del registro horario de los funcionarios», como sí sucede, por ejemplo, en relación con el complemento de productividad, en el art. 5.4 del RD 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local, en el que sí se establece que las cantidades que perciba cada funcionario por este concepto serán de conocimiento público, tanto de los demás funcionarios de la Corporación como de los representantes sindicales.

En mi opinión, el CTCV aplica un criterio interpretativo muy restrictivo consistente en que «todo lo que no está expresamente permitido, está prohibido».

En mi opinión, en materia de transparencia y acceso a la información pública, el criterio interpretativo debe ser otro: «todo lo que no está expresamente prohibido, está permitido».

Hay que recordar que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y la Agencia de Protección de Datos Personales, en el Criterio Interpretativo 1/2015, de 24/6/2015, (pinchar aquí), sin existir un precepto legal que expresamente lo autorice, deciden que se debe facilitar la información sobre las retribuciones de los funcionarios públicos que ocupan puestos directivos, tienen nivel 28 y superior de complemento de destino y han sido nombrados por libre designación.

Si las retribuciones de los jefes de servicio constituye información pública a la que tiene derecho de acceso cualquier ciudadano, las hojas o registros de fichajes individualizados de los jefes de servicio también debería ser accesible para cualquier persona (sea o no representante sindical), sin perjuicio de eliminar o suprimir, si es que se detalla, el dato sobre la concreta causa o motivo justificativo de la ausencia (por ejemplo, visita médica, fallecimiento de un familiar, etc.). No se entiende por qué el CTCV considera que no se puede anonimizar o disociar la información.

Del mismo modo, si el complemento de productividad que cobran todos los funcionarios locales, desde un ordenanza a un jefe de servicio, es público para el resto de empleados públicos, las hojas o registros de fichajes individualizados de quienes ocupan los puestos más importantes en cada departamento o servicio, deberían serlo, al menos, para todos los empleados públicos (incluidos los representantes sindicales) y, en mi opinión, también para cualquier ciudadano, eliminando, en su caso, los datos personales innecesarios que puedan existir.

lunes, 26 de junio de 2023

LA SENDA NEGACIONISTA (DOS CASOS: CAMBIO CLIMÁTICO Y AGENDA 2030, E INTEGRIDAD INSTITUCIONAL)

 “El poder siempre ha seducido, y la codicia y la estupidez se han señalado desde siempre como plagas endémicas de la sociedad” (p. 62)  (Philipp Blom, El, gran teatro del mundo, Anagrama, 2023).

Por Rafael Jiménez Asensio. La Mirada Institucional blog.- Introducción.  Estamos en precampaña electoral, por lo que hablar de estas cosas comporta siempre un riesgo de ser incomprendido, cuando no zarandeado. Pero no hablaré de la campaña, sino de propuestas que aún están circulando (algunas de ellas todavía muy “en bruto”, nunca mejor dicho) en la lenta conformación de los nuevos gobiernos autonómicos y municipales.

Dejaré de lado, pues ya ha sido muy tratado en los medios y en el foro público, la absurda e insultante actitud de negar la violencia de género como expresión “brutal” (también nunca mejor dicho) de una realidad incontestable. Tampoco me voy a sumergir en el proceloso y binario mundo del debate político que se plantea entre las distintas fuerzas políticas en España (si es que tal debate existe en realidad, pues aquí se habla de todo menos de lo que realmente importa; como decía Gracián, “querer hablar y oírse no sale bien”). Prescindiré igualmente de ocurrencias disparatadas como las de suprimir los carriles bici para hacer más fluido el tráfico de vehículos contaminantes o la de establecer una dudosa ecuación «ad personam» entre fiesta de los toros y cultura, ninguneando la extensión de esta última, que al margen de que incluya o no a la primera (materia opinable y sobre la cual no me pronuncio), es infinitamente más rica y resulta manifiestamente absurdo pretender que aquella devore a esta. Y en todo ello prescindiré, además, de tratar “el material humano” que puebla una clase política cada día, para desgracia de todos, más mediocre.

Me fijaré telegráficamente, sin embargo, en otra cuestión que ha pasado más bien desapercibida: España –aunque algunos no se lo crean- no es una realidad aislada del mundo circundante; forma parte integrante, como es conocido, de Naciones Unidas, de la Unión Europea, del Consejo de Europa y de la OCDE, por no hablar de otras muchas instituciones internacionales o “regionales”. Y los compromisos adquiridos europea e internacionalmente no se pueden orillar así como así, alegremente. Y quien lo haga, al menos si pretende gobernar, debe ser tachado directamente de irresponsable, y objeto de enmienda absoluta. La seriedad y la responsabilidad son las dos primeras premisas de un buen gobernante.
Negar la Agenda 2030 y el cambio climático
Sorprende así que, tras las aprobación en 2015, de la Resolución de Asamblea General de Naciones Unidas que dio pie a la Agenda 2030, y a sus diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como tras el Acuerdo de París de diciembre de 2015, de compromiso de lucha contra el cambio climático, haya aún quien plantee directa o encubiertamente que la Agenda 2030 es una herramienta inútil y que el cambio climático es un invento disparatado (supongo que estos días de canícula insoportable habrá quienes ya se estén arrepintiendo de tales sandeces). Tras el largo paréntesis de la pandemia, urge reactivar la Agenda 2030, que ha dormido pacientemente olvidada por los gobernantes de turno; pero cuando más necesario es su impulso, hay señales políticas preocupantes que advierten de su ninguneo u olvido futuro. Estamos consumiendo la llamada década de la acción, sin hacer prácticamente nada. Y aún se pretender hacer menos.
También llama la atención que, estando como está el Reino de España en la Unión Europea, se orille la trascendencia que esos temas tienen en nuestro espacio “comunitario”. El 1 de julio comienza la presidencia española del semestre europeo, y los compromisos medioambientales por la sostenibilidad y la transición verde son, sin duda, imprescindibles. Mal comenzamos ese reto si, junto al guirigay de convocar elecciones en tan importante momento y fraccionar la gestión política de la Agenda 2030 en un sinfín de departamentos ministeriales y niveles de gobierno (lo que ha implicado un retraso importante en su puesta en marcha), unimos su estrambótica puesta en cuestión. Buena parte de la política económica y social de la Unión, también la industrial, medioambiental, alimentaria o de salud, está atravesada por el Pacto Verde Europeo de 2019 y todas las estrategias sectoriales que le acompañan. La reducción de los combustibles fósiles, primero al objetivo del 55 por ciento en 2030 y, finalmente, a su sustitución absoluta por energías renovables en 2050, es una de las escasas posibilidades de contribuir desde Europa a que el planeta Tierra no sea en las próximas décadas un lugar inhabitable. La gestión de los fondos europeos extraordinarios o estructurales está estrechamente ligada a la transición verde.
Como expuso Bruno Latour (Dónde aterrizar) y recuerda de nuevo Philippe Blom (Lo que está en juego y El gran teatro del mundo) la idea de que el hombre vive en la Tierra es equivocada; en realidad, junto al resto de seres vivos, habita en una frágil capa o zona crítica, que si no somos incapaces de mantenerla y de construir un relato sobre la necesidad de sobrevivir en ella, la especie humana terminará por extinguirse o vivirá buena parte de ella en unas condiciones extremas. Cuando más hace en falta un relato que refuerce la necesidad de mantener lo existente, terminan algunos por negar la mayor. Deconstruir en este ámbito no es peligroso, es sencillamente un suicidio colectivo. El propio Blom lo deja muy claro en su último libro: «Las perspectivas son más bien apocalípticas». Poca broma sobre esto.
La evidencia científica es muy obvia. Frente a ello se opone una respuesta de negación inmediata, pues el cambio climático es un fenómeno imparable, pero hasta cierto punto silente. Tampoco el tecnooptimismo, como expresa Blom, ayuda nada. Que suban las temperaturas hasta los 45 grados centígrados es excepcional, lo que resulta menos es que las olas de calor inaguantable sean cada vez más intensas y extensas en el tiempo. Que los recursos hídricos sean cada vez más escasos para algunos es una cuestión cíclica; hasta que el paso del tiempo les demuestre lo contrario. Que los incendios de sexta generación o las inundaciones se multipliquen por doquier, es una señal más que evidente de que algo serio está pasando.
En cualquier caso, al margen de afirmaciones o negaciones, no sería mucho pedir que aquellos políticos que asuman responsabilidades gubernamentales cumplan al menos con los compromisos asumidos ante las instituciones europeas e internacionales de las que España forma parte. Tampoco les vamos a exigir que lean sesudos estudios científicos o ensayos solventes sobre la gravedad del problema que tenemos entre manos. Lo deberían hacer; pero comienzo a tener la convicción de que buena parte de nuestra clase política (y así lo acredita) es cada vez más ignorante. Y lo peor: se vanagloria o no se avergüenza de ello. Reconocer la propia ignorancia es el primer paso hacia el conocimiento.
Despreciar el valor de la integridad en la lucha contra la corrupción
La otra cuestión, también muy grave en sus consecuencias, si bien más intangible, es la negación del valor que la integridad institucional tiene como medio de reforzar la legitimidad del poder y la confianza de la ciudadanía en sus responsables públicos y funcionarios. También sorprende que, en un país en el cual los temas de integridad siempre han sido cínicamente apartados y cuya entrada en la agenda política es muy reciente a empuje de la Comisión y del Derecho de la Unión Europea, se quiera volver ahora a la casilla de salida. He leído recientemente dos noticias que me han llamado la atención, más cuando estamos inmersos en pleno proceso de gestión de fondos europeos; gestión que debe estar imbuida por el principio de protección de los intereses financieros de la Unión frente a la corrupción (artículo 325 TFUE), así como en pleno desarrollo de la Ley 2/2023, que transpuso al ordenamiento español la Directiva (UE) 2019/1937, de protección del denunciante. La primera de ellas tiene que ver con la pretensión de suprimir la Oficina antifraude de les Illes Balears, y la segunda, en la misma línea, aunque menos concretada aún, son algunas noticias filtradas en los medios de eliminar la Agencia Antifraude de la Comunidad Valenciana, que ha sido reconocida por la Comisión Europea como una institución ejemplo de buenas prácticas en la lucha contra la corrupción.
No deja de resultar paradójico que, frente a la proliferación en épocas pretéritas de casos de corrupción en esos territorios, la creación de tales Agencias, junto con otras soluciones institucionales adoptadas (especialmente en la Comunidad Valenciana), haya actuado como medio de reducción de la percepción ciudadana sobre el ítem de corrupción, tal como puso de relieve el importante Índice de Calidad Institucional de los gobiernos regionales elaborado por la Universidad de Gotemburgo en 2021, frente a la situación existente en el Índice anterior de 2017, momento en el que ambas Comunidades Autónomas estaban por debajo de la media europea, umbral que superaron, en el conjunto de ítems (bien es cierto) en ese último análisis. Además, es significativo resaltar que, ello se produce cuando en otras Comunidades Autónomas gobernadas por el partido central en esos pactos se habían impulsado políticas de integridad institucional, ya fuera mediante la creación de una Oficina Antifraude (Andalucía) o a través del fortalecimiento del control de la integridad institucional del sector público por parte del órgano de control externo o Consello de Contas (Galicia). Todo ello, paradójicamente, contrasta con esa vuelta atrás que se anuncia o se pretende predicar en esas Comunidades Autónomas mediterráneas antes citadas. Incomprensible, más aún cuando la protección del denunciante exigida por el Derecho de la Unión Europea requiere autoridades independientes territoriales, algunas como la valenciana con amplia experiencia en este ámbito, que superen las innumerables deficiencias planteadas por los Sistemas Internos de Información (mal) regulados en la Ley 2/2023 y la aún non nata Autoridad independiente nacional de protección del informante, cuya puesta en marcha está prevista para el año 2024. Todavía se está a tiempo de enmendar o evitar que tales dislates se concreten. Quien lidera un gobierno, sea este el que fuere, debe dar muestras de firmeza o el «Gran barullo» galdosiano carcomerá sus frágiles cimientos.
El Consejo de Europa, a través del GRECO (Grupo de Estados contra la Corrupción) ha sacado reiteradamente los colores al Reino de España por la inexistencia o baja calidad de los sistemas de integridad institucional en las instituciones centrales y en la Administración General del Estado. Todavía no se ha sumergido el GRECO, en sus análisis o chequeos periódicos, en el proceloso mundo de las Comunidades Autónomas, quizás olvidando que son las que gestionan una buena parte de los servicios públicos, un 35 por ciento del presupuesto nacional (aunque si eliminamos el sistema de pensiones ese porcentaje se dispara) y el 60 por ciento del empleo público. Los enormes riesgos de incurrir en prácticas irregulares, de fraude o corrupción, son muy elevados, más aún cuando se gestionan ingentes cantidades de recursos financieros extraordinarios y ordinarios procedentes de la UE. Por eso, cualquier debilitamiento, por pequeño que sea, de los mecanismos de integridad institucional, es un incumplimiento grave de nuestros compromisos europeos e internacionales. Y cualquier medida que se adopte en esa dirección sería completamente injustificable a ojos de la Comisión Europea.
En todo caso, no deja de ser muy triste que este país llamado España deba estar siempre siendo supervisado o fiscalizado por organismos europeos o internacionales para garantizar, así, que cumple con los compromisos adquiridos o salvaguardar que lleva a cabo el mantenimiento, mejora o reforma de sus instituciones. En eso, como en tantas otras cosas, sigue siendo España un país preñado de infantilismo y de irresponsabilidad evidente, particularmente en su forma de hacer política. Y ello viene de lejos (*).
(*) Permítanme la licencia de reenviar al lector interesado, en relación con las causas de tal forma de hacer política y a los políticos “menudos” que tuvimos siempre en suerte, a mi reciente libro El legado de Galdós. Los mimbres de la política y su “cuarto oscuro” en España, Catarata, 2023.

El ansiado sueño de ser funcionario: cómo sacar partido a la histórica oferta de empleo público que se avecina

Cerca de siete millones de personas opositan en España para ganar estabilidad laboral y calidad de vida. La Administración busca relevo ante el envejecimiento de sus trabajadores

 Revista de prensa. Carmen Sánchez-Silva. El País 25.6.2023. Nunca ha habido un mejor momento que el actual para hacerse funcionario. Faltan apenas unos días para que por tercer año consecutivo el Gobierno anuncie una oferta pública de empleo histórica. Con las elecciones a la vuelta de la esquina, el Ejecutivo aprovechará para hacer un guiño a los votantes poniendo puestos de trabajo en la balanza en una convocatoria que se prevé igual de abultada a la de 2022. 

No es la primera vez que lo hace ni tampoco será el único gobierno. La Comunidad de Madrid recurrió a esta misma estrategia durante los pasados comicios autonómicos. En cualquier caso, se trata de una buena noticia para los españoles, que cada día ven con mejores ojos convertirse en empleados públicos. De hecho, el 74% de los ciudadanos considera que ser funcionario permite tener una calidad de vida mejor que la que ofrecen la mayoría de los trabajos.

De ahí el bum de la demanda. La mitad de la población activa, una de cada dos personas de entre 18 y 55 años, ha opositado o está pensando en hacerlo, de acuerdo con el estudio realizado por la plataforma online de preparación de exámenes Opositatest, que sitúa la cifra total de españoles en 6,8 y 5,1 millones, respectivamente. Y creciendo del orden de un 10% anual.

Se ha producido un cambio de paradigma claro entre las perspectivas de futuro que ahora se le ve a la función pública y las que se vislumbraban hace algunos años. A ello ha contribuido la convocatoria de empleo estatal (OEP), de 44.787 plazas en 2022 y 31.371 en 2021, después del periodo 2010-2014 en el que se congeló la oferta, dando salida a poco menos de 5.000 plazas anuales. “Con el batacazo de la crisis financiera se demonizó al funcionario; estaba muy mal visto trabajar para la Administración”, sostiene Ángela de las Heras, coordinadora general de Oposiciones del Centro de Estudios Financieros (CEF).

Pero actualmente los españoles han vuelto a valorar las ventajas del funcionario de carrera: “Las oposiciones ya no están denostadas como salida profesional como ocurría antes; al contrario, trabajar en la Administración proporciona mayor calidad de vida que la empresa privada, ofrece un puesto fijo y mejor horario”, esgrime María José del Castillo, sevillana de 27 años, que después de acabar su carrera y su máster decidió lanzarse a estudiar las pruebas para ser funcionaria, como están haciendo muchos de sus amigos gracias a esos alicientes que han vuelto a cobrar importancia tras la pandemia.

Al margen de la OEP de 2023 que está al caer, actualmente conviven en el tiempo las convocatorias correspondientes a 2020, 2021 y 2022, “una oferta sin precedentes”, según el Ministerio de Hacienda y Función Pública, que cuantifica en 50.524 plazas, 28.814 de acceso libre. Aunque la mayor parte de los procesos de selección de 2022 ya están publicados en el BOE y avanzados, aún quedan muchos pendientes de pruebas selectivas, entre otras cosas porque la mayoría de las oposiciones prevén más de un examen.

En septiembre, los días 16 y 17 está previsto que se examinen algunos de los cuerpos que más aspirantes acaparan de la Administración General del Estado: los administrativos del Estado y de gestión de la Administración Civil del Estado, además de los técnicos auxiliares informáticos y auxiliares administrativos. Concurren a 27.509 plazas en total (casi 11.500 de acceso libre y el resto, la mayoría, de promoción interna).

Exámenes masivos

Multitud de estudiantes están con los temarios a cuestas también en las comunidades autónomas, donde los fines de semana de junio se están examinando, entre otros, los docentes en más de una docena de regiones. Este sábado pasarán la prueba en Baleares los candidatos a cubrir 564 plazas de reposición y 265 de estabilización de maestros y profesores de secundaria, y el domingo lo harán los aspirantes a 1.602 plazas de estabilización para institutos de la Comunidad Valenciana. En Madrid harán su segunda prueba ambos días los aspirantes a 2.455 plazas de profesor de secundaria, informa Ana Rosa Lagares, directora pedagógica de la academia Magister.

Una cuantiosa oferta de empleo público que ha servido de revulsivo, de efecto llamada para los ciudadanos. Así, si en 2017 se presentaron casi 48.000 instancias para examinarse de administrativos del Estado, en esta ocasión lo han hecho cerca de 67.000 aspirantes. En el caso de la prueba para gestión de la administración civil del Estado, las solicitudes han pasado de 7.800 a 20.145. Para las oposiciones de docentes de Madrid se han presentado este año 37.700 instancias. Lo que ha contribuido al tirón de las academias especializadas, que sitúan el aumento de la demanda entre el 15% y el 20% en los dos últimos años; también a la explosión de los preparadores particulares y de las plataformas online que dan servicios a los estudiantes. Un jugoso negocio con cada vez mayor número de participantes.

Y en el que se da una situación paradójica: mientras que los candidatos a las oposiciones más sencillas, las del nivel C, se multiplican como la espuma, en muchos de los procesos selectivos del nivel superior (A) las plazas se quedan vacantes. “Después de los años de congelación de empleo público nos quedamos sin cuerpo de opositores y cuesta volver a crearlo porque se ha producido un cambio social y la gente joven no está dispuesta a emplear entre dos y cuatro años en estudiar unas oposiciones de este tipo”, explica De las Heras. “La Administración no atrae a sus cuerpos superiores a los jóvenes recién salidos de la carrera. Les espantan las pruebas memorísticas de 120 o 200 temas, y por eso cada vez hay menos demanda, es un verdadero problema”, sostiene Miguel Sánchez Morón, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Alcalá (UAH), que considera que urge cambiar el modelo de selección de personal de la Administración para poder reclutar el tan necesario talento joven.

El resurgir de la oferta de empleo público, que ninguna fuente cuantifica en conjunto pues no solo se circunscribe a la Administración General del Estado, sino también a los entes locales, las comunidades autónomas (Cataluña lanzó en abril la mayor oferta de la última década, de 14.032 plazas, y Madrid aprobó en mayo la suya, de 10.328) e incluso a empresas públicas como Correos, que este año ha sacado 7.757 plazas a las que se inscribieron 55.000 personas, tiene como trasfondo el envejecimiento a marchas forzadas del funcionariado. Hace falta buscarle relevo con urgencia. De los 2.731.117 efectivos que prestaban servicio en España en julio de 2022, según el Ministerio de Hacienda, cerca del 45% tiene más de 50 años de edad, explica Gloria Oliveros, directora de Empleo Público de Adams Formación, y en la Administración General del Estado, más del 63%. Leer+