sábado, 16 de mayo de 2015

Ya se puede pedir cita previa desde el teléfono 060 para obtener o renovar el DNI y el pasaporte

Se espera que en el año 2015 se atiendan por este canal más de 3 millones de llamadas para solicitar o renovar el DNI y el Pasaporte
 
 
Teleprensa.- La Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y la Dirección General de la Policía han firmado, el pasado 20 de abril de 2015, un acuerdo de colaboración para la prestación de los servicios de atención telefónica en materia de cita previa para la obtención del DNI y Pasaporte, a través de la plataforma de telefonía 060.
 
El servicio esta operativo desde el de 30 de abril, de forma que marcando el número 060, se puede acceder al servicio para solicitar, anular o consultar citas o simplemente pedir información sobre la documentación necesaria para la obtención de dichos documentos. Estos servicios también podrán ser obtenidos temporalmente marcando el teléfono 902 247 364.
 
Se espera que en el año 2015 se atiendan por este canal más de 3 millones de llamadas para solicitar o renovar el DNI y el Pasaporte, que se sumarán a los 4 millones de llamadas anuales que ya se reciben actualmente a través de la infraestructura 060, en materias como tráfico, empleo público, extranjería, directorio de las Administraciones Públicas e información general.
 
La extensión del servicio de atención telefónica 060 es una de las medidas que ha puesto en marcha la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas, (CORA) para posibilitar que los ciudadanos no tengan que recordar el número de atención concreto para cada gestión con la Administración y obtengan un mejor servicio tanto en tiempo de respuesta como en calidad de la información. La Administración también se ve favorecida al prescindir de infraestructuras de telefonía y servicios de atención específicos.

viernes, 15 de mayo de 2015

Manuel Villoria: La transparencia en el gobierno local

"La transparencia sólo relegitima al gobierno y reduce la corrupción si, al tiempo, se mejora la rendición de cuentas"

Blog Idl. Manuel Villoria.- La transparencia se ha convertido en uno de los valores retóricamente dominantes en las políticas públicas y en el discurso político de nuestro país. En el nivel de gobierno local esta preferencia está generando algunos instrumentos y prácticas muy interesantes, que van más allá del marketing electoral y de las proclamas anti-corrupción. En el ámbito local numerosos gobiernos se han tomado muy en serio estas políticas de transparencia y configurado unas prácticas dignas de análisis y, muchas, veces, elogio.

Es sorprendente ver cómo mientras la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno , establece en su Disposición Final Novena que la regulación referida a transparencia y derecho de acceso tiene una vacatio legis de dos años para los gobiernos locales (y Comunidades Autónomas) y un año para la Administración General del Estado (AGE), en este último nivel de gobierno el retraso ha sido el rasgo esencial de su trabajo, mientras que numerosos gobiernos locales tienen plenamente aplicada la norma en lo relativo a publicidad activa y gestionan ya de forma normalizada bajo tal paradigma, desde hace más de un año; por ejemplo, si vemos el Índice de Transparencia en los Ayuntamientos (ITA), de Transparencia Internacional, en 2012 varios ayuntamientos obtuvieron la puntuación máxima (100), lo cual quiere decir que ya tenían incorporadas a sus páginas web ¡en 2012! incluso los datos que requeriría un año más tarde la Ley de Transparencia. En concreto, Alcobendas, Bilbao, Gandia, Gijón, Oviedo, Ponferrada, San Cugat del Vallés y Torrent ya cumplían en 2012 con los 15 indicadores que la ley requeriría un año más tarde, además de con los otros 65 que la organización especificaba en su cuestionario.

Evolución de indicadores
También es reseñable que en la edición del ITA 2012 las puntuaciones medias alcanzadas por el conjunto de los Ayuntamientos evaluados fueron ligeramente más altas a las de la edición precedente (2010), que a su vez había sido superior a la de los años anteriores (2009 y 2008). Así, la puntuación media general de los 110 Ayuntamientos en 2012 alcanzó 70´9 puntos (sobre 100), frente a la de 70´2 alcanzada en 2010, y de 64´0 y 52´1, en 2009 y 2008 respectivamente. Además, en tres de las Áreas de transparencia analizadas, las puntuaciones medias del conjunto de Ayuntamientos fueron superiores a las del año anterior, destacando esta mejora en dos áreas: En Transparencia Económico financiera, el incremento fue superior a siete puntos: 71´2 en 2012, y 63´8 en 2010 (49´1 en 2009 y 29´1 en 2008); también fue el incremento en el nivel de Información sobre la Corporación municipal. Pues bien, en la edición de 2014 el incremento ha continuado y ha sido espectacular, como se puede ver en el Cuadro que sigue.

En cuanto a la evolución de las puntuaciones a lo largo de las distintas ediciones del ITA, en el Cuadro 2 se recoge esta progresión temporal.

Cuadro 2. Puntuaciones medias de los Ayuntamientos por áreas de transparencia.

En todo caso, no olvidemos que la transparencia no es un fin en sí mismo. Se promueven políticas de transparencia para que se reduzca la corrupción, se mejore la rendición de cuentas, se incremente la calidad de la democracia, se refuerce la eficiencia del sistema económico y, en última instancia, tengamos todas y todos una vida mejor. La transparencia activa a través de la red es el primer paso; ahora habrá que incidir en factores como la interoperabilidad, la apertura de datos o la reutilización. También habrá que ver cómo, poco a poco, se implementa el derecho de acceso a documentos. Además, los resultados de la investigación internacional sobre open data son reveladores de algunos de los problemas que se van a tener para conseguir los objetivos antes citados si no se desarrolla una estrategia más holística.
 Para empezar, se ha demostrado que la transparencia sólo relegitima al gobierno y reduce la corrupción si, al tiempo, se mejora la rendición de cuentas; esto está en línea con el célebre modelo de Klitgaard que postula que la mejora del control reduce la corrupción. Si se incrementa la transparencia y se permite la reutilización, probablemente la sociedad civil encontrará ineficiencias y actos no muy honestos; si, ante ello, la Administración no da la explicación adecuada y asume las responsabilidades correspondientes, entonces no se avanzará mucho en la legitimación del gobierno, sino todo lo contrario. A su vez, Heald ha resaltado que no todos los datos que se publicitan son iguales en la lucha contra la corrupción; de ahí que sea importante separar los datos importantes a tal fin de los que no lo son. Finalmente, Worthy , basándose en la experiencia del Reino Unido en la implementación del open government defiende que el impacto del open data depende de la existencia de una sociedad civil fuerte y del uso sostenido que hace esta de las posibilidades que le otorga la reutilización y la publicidad. También, depende de la existencia de una auténtica separación de poderes y de los controles y chequeos mutuos.
En suma, el camino está abierto y las posibilidades son enormes; tenemos buenas prácticas de publicidad activa de las que aprender y una oportunidad, con las próximas elecciones, de establecer compromisos firmes con el electorado en la materia, ahora hay que implantar y aprender, a través de la evaluación, qué funciona mejor y qué es más irrelevante de cara a la recuperación de la dañada legitimidad de los poderes públicos de nuestro país

miércoles, 13 de mayo de 2015

Oscar Cortés. El camino hacia la Administracion sin papel

El 1.1.2016 la Ley de Enjuiciamiento Civil establecerá como obligatorias las relaciones electrónicas de los profesionales con la Justicia

i-public. Oscar Cortês. El pasado viernes el Consejo de Ministros aprobó y remitió a las Cortes el proyecto de ley del Procedimiento Administrativo Común que viene a refundir las actuales leyes 30/92 y 11/2007 de Administración electrónica.

 Se trata de una medida incluida en la reforma CORA que pretende servir de instrumento normativo para la transformación digital de las Administraciones públicas. Entre otros objetivos se persigue mejorar la eficiencia administrativa con una Administración totalmente electrónica e interconectada que otorga carácter preferente a la tramitación electrónica de los procedimientos, impone la obligación de que las comunicaciones sean mediante medios electrónicos a personas jurídicas, profesionales que requieran colegiación y físicas que reglamentariamente se determine. Significativamente otorga validez jurídica a los actos digitales y a medios de identificación y firma electrónica mucho más simplificados y usables como es el caso de cl@ve.

Portal
 Asimismo este proyecto viene complementado por otro de Régimen Jurídico del Sector Público  que establece que todas las relaciones de las Administraciones con sus órganos, organismos y entidades dependientes así como las de las distintas Administraciones entre sí serán a través de medios electrónicos que además garanticen la interoperabilidad de los sistemas. Realidad ésta que costará años alcanzar pero para la que el proyecto de ley marca un camino claro y decidido. Además se regula el portal de Internet como punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponda a una Administración y permite el acceso a información y , en su caso, a servicios (sede).

En todo este marco general podríamos considerar que se incluye el plan del Ministerio de Justicia de avanzar de manera decidida hacia una Justicia sin papel. Un camino que se inició hace años, que no es fácil y que aún le quedan otros cuantos. Pero al que hay que ir dando pasos, aún sabiendo que este transitorio donde coexistan el papel con lo digital se va a mantener un tiempo largo y será fuente de distorsiones e ineficiencias difíciles de comprender en determinadas situaciones.

El  paso a dar este año 2015 es importante y parte de dos premisas: que poner fechas es siempre bueno; y que la obligatoriedad introducida a través de la ley que mayor efecto jurídico produzca dejando el mínimo margen a la interpretación es una vía válida para avanzar. Fruto de ello es la medida de que el 1 de enero de 2016 la ley de Enjuiciamiento Civil establecerá como obligatorias las relaciones electrónicas de los profesionales con la Justicia. Supondrá un salto importante hacia la Justicia sin papel, aunque a corto no produzca los efectos máximos deseados al no contar todavía con la implantación completa de la tramitación / expediente judicial.

Alineados
 Para ello es preciso que todos los actores (jueces, fiscales, secretarios, procuradores, abogados, instituciones, etc...) se impliquen a fondo y resuelvan, junto a Ministerio y CCAA los impactos que se vayan a producir. Este es el objetivo de la Comisión de alto nivel creada esta mañana y
cuyo resumen

martes, 12 de mayo de 2015

El portal de transparencia del Congreso de los Diputados: ¿Una oportunidad perdida?

Entre las principales novedades del nuevo portal hay que destacar el apartado de contratación.
 
Blog ¿Hay Derecho?.- Los ciudadanos han manifestado en diferentes ocasiones que la opacidad con la que se toman las decisiones, en las instituciones, es un elemento sustancial a la hora de confiar en “la clase política” y legitimar a las instituciones políticas de nuestro país.
 
 La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno se aprobó como una de las medidas estrella de la Legislatura, dentro del programa de “regeneración democrática” del Gobierno de Mariano Rajoy, y en parte, como revulsivo para devolver parte de la legitimidad perdida por las instituciones políticas en base a la opacidad del proceso de toma de decisiones.
 
Sin embargo, pese a que una parte sustancial de la Ley de transparencia entró en vigor en diciembre de 2013, y que las comunidades autónomas tienen hasta diciembre de este año para adaptarse, las expectativas que la norma habían generado no se han visto satisfechas con su aplicación. Nada como un ejemplo práctico para comprobar esta tesis.
 
El pasado día 26 de febrero, el Congreso de los Diputados puso a disposición de los ciudadanos su “Portal de Transparencia”. Cabe destacar, que esta medida no ha llegado de la voluntad política de la Mesa del Congreso de los Diputados en pos de mejorar la transparencia de la institución y acercar su actividad a los ciudadanos, sino que la creación del portal viene de las exigencias que establece la Ley de transparencia.
 
Ahora, cabe preguntarse si la Mesa del Congreso de los Diputados, y más concretamente su presidente, Jesús Posada, han querido aprovechar esta oportunidad para hacer del Congreso de los Diputados una institución transparente y cercana a los ciudadanos, revitalizando así la imagen que los ciudadanos tienen de la política y los políticos.
 
Si analizamos los apartados que organizan el Portal de Transparencia del Congreso de los Diputados encontramos los siguientes:
Estos cinco apartados se subdividen en un total de sesenta y un ítems a publicar de manera activa en el portal entre los que podemos encontrar las funciones del Congreso de los Diputados, los miembros del Congreso, iniciativas parlamentarias, votaciones, documentación complementaria a las iniciativas legislativas, presupuestos del Congreso y sus ejecuciones, o los viajes de los diputados por enumerar sólo algunos.
 
En principio, si analizamos el listado de elementos que facilita el Portal de Transparencia, pueden parecernos bastantes, sobre todo al verlos ordenados en de esta manera en la propia web. Sin embargo, quien haya indagado la página web del Congreso de los Diputados previamente a la apertura del Portal de Transparencia, descubrirá que la mitad de los elementos que presenta el portal, veintiocho de sesenta y uno, eran ya conocidos.
 
Veamos rápidamente alguna de las novedades. Entre las principales novedades hay que destacar el apartado de contratación. En relación a los contratos menores (aquellos menores a 50.000 euros por obra o 18.000 euros en servicios o suministros), decir que el nivel de detalle ofrecido por el portal de transparencia es mejorable dado que sólo ofrece información mínima como la categoría del contrato o a qué departamento pertenece, la empresa adjudicataria y el importe. No se da más información, relativa a la tipología de suministro, cantidad, fecha de contratación, etc. No sucede igual en la contratación adjudicada, dónde sí podemos encontrar mucha más información (pliegos, publicaciones del BOE con las ofertas y concesiones, etc.)
 
Se ha publicado también un organigrama de los departamentos del Congreso de los Diputados y los puestos, pero no se conoce exactamente qué funcionarios que ocupan éstos, ni sus funciones concretas. Más cuando determinados puestos son de especial relevancia informativa, como son los letrados de las Comisiones.
 
Quizá si dejamos del lado el apartado de contrataciones, el apartado que más interés pueda suscitar a los ciudadanos que tengan a bien entrar en el portal de transparencia es la entrada sobre Patrimonio artístico del Congreso de los Diputados. Los amantes de la historia y todos aquellos que piensen visitar el Congreso tienen aquí una buena dosis de información sobre las características del Palacio, sus obras de arte y la historia más pasada y reciente.
 
Destacar, que a fecha de hoy (16 de abril), la promesa del presidente del Congreso de los Diputados  de publicar el listado de viajes de éstos con cargo a la institución, todavía sigue pendiente y sin aparecer en el portal de transparencia pese a llevar casi dos meses abiertos y la promesa en vigor desde finales de 2014.
 
Entre los elementos ya publicados anteriormente, y que el portal vuelve a presentar incluso como novedades, cabe destacar el listado de diputados e iniciativas, información relativa al funcionamiento y composición de la Mesa y órganos del Congreso de los Diputados, las declaraciones de bienes y actividades de los diputados, los presupuestos anuales, el Canal Parlamento y acceso a las transmisiones de las Comisiones, así como las votaciones plenarias de los diputados. Es decir, en relación a la operatividad del Congreso de los Diputados e información más pormenorizada de cada diputado y su actividad, apenas se han llevado a cabo publicaciones relevantes que serían interesantes conocer. Como por ejemplo las decisiones tomadas en las juntas de Mesas y Portavoces tanto del Pleno como de las Comisiones.
 
En mi opinión, el Portal de Transparencia del Congreso de los Diputados todavía puede seguir profundizando en la información relativa a la actividad ordinaria del mismo, a la información relativa a cada diputado y su actividad política individual, así como en la información que se otorga sobre los grupos parlamentarios publicándose datos como: Leer+

lunes, 11 de mayo de 2015

Balance CORA: De los 2.194 entes eliminados: 105 pertenecían al Estado, 715 a CC.AA y 1.374 a corporaciones locales.

Según el gobierno, con la CORA las AA.PP han conseguido ahorrar un total de 20.200 millones de euros.
 
Revista de prensa.- Teinteresa.es.- El conjunto de las administraciones públicas españolas han suprimido 2.194 organismos y empresas a lo largo de la presente legislatura y, junto al resto de medidas adoptadas por la Comisión para la Reforma de la Administración (CORA), han conseguido ahorrar un total de 20.200 millones de euros.
 
Ayuntamiento de Madrid
Así lo aseguró la vicepresidenta y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que este viernes aprobó dos proyectos de ley sobre la administración pública y el régimen jurídico del sector público.

Sáenz de Santamaría aprovechó la comparecencia para explicar las principales conclusiones del informe trimestral sobre el cumplimiento de la CORA, entre las que destacó que 156 de las 229 medidas contempladas (70,2%) están totalmente culminadas a seis meses del final de la legislatura.

Ahorro en contratos centralizados
En particular, señaló que las administraciones públicas han realizado un "esfuerzo ingente" para eliminar organismos hasta alcanzar los 2.194 entes eliminados, de los cuales 105 pertenecían al Estado, 715 a las comunidades autónomas y 1.374 a las corporaciones locales.

Además, indicó que las administraciones públicas han suscrito grandes contratos de forma conjunta para recibir servicios y productos, con los que se ha producido un ahorro de 454 millones de euros, similar al presupuesto anual del Ministerio de la Presidencia y todos sus centros adscritos.

sábado, 9 de mayo de 2015

Los Proyectos de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico del Sector Público intentarán agilizar los trámites

Se facilitan las relaciones electrónicas de los ciudadanos y las empresas con la Administración, así como las comunicaciones electrónicas entre las Administraciones.
 
Se racionaliza la estructura administrativa y se establece por primera vez un régimen de supervisión, evaluación y extinción de los entes públicos.
 
Referencia Consejo de  Ministros. 8.5.2015.-El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales de los Proyectos de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de Régimen Jurídico del Sector Público, que implantarán una Administración totalmente electrónica, interconectada, transparente y con una estructura clara y simple. Ambos han sido informados por las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, el Consejo General del Poder Judicial, la Agencia de Protección de Datos y el Consejo de Estado.
 
Esta reforma se basa en dos ejes complementarios: el referido a las relaciones externas de la Administración con ciudadanos y empresas, del que se ocupa el Proyecto de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el referido a la organización y relaciones internas dentro de cada Administración y entre las distintas Administraciones, en el que se centra el Proyecto de Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
 
Novedades
Se facilitan las relaciones electrónicas de los ciudadanos con la Administración. Con este objetivo se habilita la presentación de escritos en cualquier momento en el registro electrónico de cualquier Administración, con independencia de a quien se dirijan.
 
Se simplifican los medios de identificación y de firma electrónica que se pueden utilizar para los trámites administrativos. Para ello se potencia, por ejemplo, el uso de claves electrónicas concertadas que se facilitan al ciudadano en el momento para realizar su trámite, se establece la asistencia personal por parte de la Administración en el uso de medios electrónicos a aquellos ciudadanos que lo necesiten y se prevé que las Administraciones puedan avisar al ciudadano, si así lo ha autorizado, mediante mensaje al teléfono móvil de que tiene una notificación que podrá consultar de manera electrónica.
  • Se reducen las cargas administrativas y se establece como regla general la no solicitud de documentos originales, por ejemplo, la declaración de la renta o los certificados de empadronamiento, etcétera. No será preciso que los ciudadanos presenten fotocopias de documentos, sino que, registrados éstos electrónicamente, la Administración elaborará las copias que necesite.
  • Habrá un único procedimiento común, más fácil de conocer, prescindiendo del abundante número actual de procedimientos especiales, y se prevé un procedimiento administrativo “exprés” para supuestos de menor complejidad, con lo que se gana en agilidad al reducir plazos.
  • Se generaliza para todos los procedimientos administrativos la posibilidad de reducir el importe de las sanciones por pronto pago o por reconocimiento de la responsabilidad.
  • Por otra parte, los ciudadanos podrán conocer las principales reformas que se tiene previsto aprobar cada año a través del denominado Plan anual normativo.
 Novedades para las empresas
  • Las empresas se relacionarán, obligatoriamente, de forma electrónica con todas las Administraciones, como vienen haciendo ya con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, y podrán otorgar poderes electrónicamente para que sus representantes realicen trámites administrativos. Para facilitarles esta tarea contarán con un registro administrativo de poderes a su disposición.
  • Se reducen cargas administrativas al no exigir como regla general documentos que hayan sido presentados con anterioridad, o elaborados por la propia Administración (por ejemplo: licencias o autorizaciones ya expedidas).
  • En el ámbito estatal, se fija con carácter general una fecha común (enero y junio) de entrada en vigor de las normas que impongan obligaciones a profesionales y empresas para el desarrollo de su actividad económica o profesional, lo que permitirá a las empresas poder planificar su actividad con mayor certidumbre y adaptarse mejor a los cambios normativos.
 Funcionamiento más ágil de las Administraciones Públicas
Las ganancias de agilidad serán, tanto para la gestión de procedimientos administrativos, al prever que todas las comunicaciones entre Administraciones serán íntegramente electrónicas en todos sus procedimientos, lo que permitirá reducir tiempos de tramitación, como en los procesos de elaboración de normas, al prever, en el ámbito estatal, un procedimiento abreviado, lo que facilitará dar respuestas regulatorias más rápidas a determinados problemas.
 
A ello se unen distintas medidas que profundizan en la senda de transparencia iniciada en el último año. Entre ellas destaca la creación de un inventario único y público de todos los organismos y entidades vinculados o dependientes de todas las Administraciones. Cualquier ciudadano y empresa podrá conocer qué organismos y entidades públicas existen en cada momento en cualquier Administración, a lo que se une que todos los organismos y entidades estatales, con independencia de su denominación, deberán añadir las siglas que identifican su naturaleza jurídica. Ello contribuirá a mejorar su señalización en el mercado de forma clara y fácil para su identificación jurídica por cualquier operador.
 
Para ahondar en la mejora de la transparencia también se crea un nuevo registro estatal en el que constará todo el listado de órganos de cooperación en los que participa la Administración General del Estado, así como de los convenios que el Estado tiene suscritos con otras Administraciones.
 
Por otra parte, también se gana en transparencia en los procedimientos de elaboración de normas al prever la realización de una consulta pública a través de la web con carácter previo a la elaboración de las propuestas normativas. Igualmente, habrá una evaluación de las iniciativas normativas aprobadas el año anterior como mecanismo de control ex post, con el objetivo de analizar los efectos de su aplicación, el grado de cumplimiento de sus objetivos y hacer, si fuera necesario, propuestas de modificación o derogación.
 
Además, las Conferencias Sectoriales, principal órgano de cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas, serán informadas sobre los proyectos normativos cuando afecten al ámbito competencial de otras Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar el intercambio de información entre las distintas Administraciones y evitar la aparición de duplicidades.
 
Disciplina de las AA.PP para reforzar la consolidación fiscal
El Proyecto de Ley de Régimen Jurídico del Sector Público simplifica el sector público institucional, racionalizando a futuro los tipos de entidades y organismos públicos que pueden existir en el ámbito estatal, y establece un régimen completo, más ágil y eficiente de transformaciones, fusiones, disolución, liquidación y extinción de entidades y organismos públicos estatales. En este nuevo régimen merece especial mención la regulación de nuevas causas de disolución de entidades, en particular cuando se encuentren en desequilibrio económico durante dos años o se constate que ya no son idóneas para cumplir los fines que justificaron su creación.
 
Se crean nuevos controles sobre las entidades y organismos del sector público, tanto de supervisión continua, para evaluar periódicamente el cumplimiento del plan de actuación y su sostenibilidad financiera, como de control de eficacia, para evaluar si están logrando los objetivos para los que se crearon.
 
Complementariamente, se hace más exigente la creación de nuevos organismos y entidades estatales para evitar su proliferación injustificada. Se requerirá la elaboración previa de un plan de actuación e informe preceptivo del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que evaluará la necesidad de su creación, sostenibilidad y la ausencia de duplicidades con otras entidades existentes.
 
Para un mayor rigor y mejor control se clarifica el contenido mínimo de los convenios suscritos entre Administraciones Públicas, y se regulan los trámites e informes preceptivos a los que deben someterse, especialmente cuando conlleven aportaciones financieras, incluyendo la obligación de comunicación al Tribunal de Cuentas.
 
Coordinación entre las distintas Administraciones Públicas
Por primera vez, se regulan en una ley los elementos básicos de composición y funcionamiento de la Conferencia de Presidentes, formada por el presidente del Gobierno y los presidentes autonómicos.
 
Se regulan de forma más precisa las Conferencias sectoriales como órganos de cooperación esenciales entre el Estado y las Comunidades Autónomas, donde se reúnen periódicamente los ministros y consejeros competentes por razón de la materia. Por primera vez sus Acuerdos serán, con carácter general, de obligado cumplimiento.
 
Finalmente, también se incluyen medidas específicas para mejorar el funcionamiento de la Administración General del Estado, entre las que se encuentra la exigencia para los miembros del Gobierno, secretarios de Estado, subsecretarios, secretarios generales, delegados del Gobierno y directores generales de los requisitos de idoneidad previstos en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado o la previsión de la tramitación electrónica de las propuestas y acuerdos del Consejo de Ministros.

viernes, 8 de mayo de 2015

Andres Morey: El tiempo en la política y el tiempo en el Administración

"El tiempo político es acuciante, necesitado de resultados que generen buena imagen y ayuden cara a las elecciones futuras y que contenten a todos si es posible; las elecciones están en el fondo de toda acción y dirección"
 
Tu blog de la Administración Pública.- Andrés Morey.- En múltiples ocasiones he comentado que administrando se gobierna pero también que administrando se hace efectiva la política o las políticas públicas, de forma que se evidencia la conexión entre Política y Administración. Cuando observamos esta  conexión desde el punto de vista estructural u orgánico y la acción de los cargos políticos y la de los funcionarios se nos revelan dos tiempos distintos que implican preocupaciones o puntos de vista diferentes.
Andrés Morey
La situación  actual en Andalucía  también nos manifiesta  otro aspecto de esta diferencia y, en cierto modo, que la Administración puede permanecer sin políticas públicas superiores nuevas, pero que la actividad política no puede existir sin Administración pública, pues nunca llegaría a los ciudadanos. En el primer aspecto, el de la actividad de políticos y funcionarios en la administración pública y en su dirección de superior nivel -el político-, lo que quiero destacar es que desde este nivel lo que interesa es que las políticas públicas, los programas y decisiones se formalicen, pues su formalización como norma o decisión que se publica, digamos, es el tiempo de la acción política y la obligación que se ha cumplido, de modo que parece que a partir de ese momento el tiempo restante es administrativo y de ejecución. En este tiempo administrativo los plazos de la acción está más regulados, previstos en normas administrativas, y los funcionarios se sujetan a ellos, sin que ello signifique que no haya presiones o prisas si en el asunto hay interés político o necesidad de resultados más o menos inmediatos. El tiempo político es acuciante, necesitado de resultados que generen buena imagen y ayuden cara a las elecciones futuras y que contenten a todos si es posible; las elecciones están en el fondo de toda acción y dirección.

La rutina burocrática
En la Administración el tiempo es rutinario y formalista, con ambición de permanencia y poco propenso al cambio. En él, en su fondo, lo presente es la ley o la norma; el escrito, el informe y el documento son elementos claves. Si la función pública está bien ordenada y regulada, los funcionarios permanecen en sus puestos, ascienden por mérito y antigüedad y, en consecuencia, son neutrales, gozan de independencia técnica y constituyen la base de la experiencia, el antecedente y los informes que ayudan a decidir en eficacia y derecho. El tiempo en estos casos no es sólo algo orientado al futuro, sino dedicado al mantenimiento de lo acordado desde muchos años antes y aún vigente; la acción de mantenimiento es esencial y el conocimiento de lo que es posible también. Claro está que, como he reflejado en otras ocasiones, la Administración interviene antes de la formalización de las políticas públicas para avalar su viabilidad y la existencia o posibilidad de contar con los factores administrativos que garantizan que la eficacia de la política prevista sea realidad y aquí el tiempo político predomina.

Si en cambio consideramos la situación política de Andalucía, existiendo un problema político ante la posibilidad de no conseguir la formación de un gobierno o acabar en nuevas elecciones, hay que convenir que en la Administración, prácticamente todo deviene tiempo administrativo. Si hay Administración pública profesional y no politizada, no puede paralizarse la acción, bien sea de gobierno, bien sea de administración. Hay que mantener las políticas públicas en marcha, hay que administrar y que seguir prestando los servicios y está legalmente prevista la existencia de gobiernos provisionales y en los parlamentos de diputaciones permanentes, que garanticen la continuidad y la posibilidad de aprobar normas de urgencia y necesidad si se da el caso y se justifica adecuadamente. No puede haber parálisis, si la hay algo no funciona, los diseños legales han fallado y gobierno y administración no fueron bien configurados; en una palabra la administración pública no existe y se ve afectada por algo similar a un spoils system.
 
Sin embargo, si atendemos a lo que dicen los parlamentarios elegidos, los políticos, la prensa. etc., parece que el caos está cerca. Sin menospreciar la situación, desde la Administración, lo principal es que no se pueden diseñar políticas nuevas, al menos las que se formalicen por norma con rango de ley o que no puedan adoptarse por gobiernos provisionales o aprobarse por las diputaciones administrativas, pero el presupuesto económico persiste y se pueden proponer cambios crediticios a la diputación permanente en el parlamento. Repito no hay parálisis y el tiempo administrativo no se para. En realidad, el tiempo político lo que puede hacer es que el tiempo administrativo se vea afectado por los procesos electorales y acelere los procesos de diseños de políticas que no van a ser efectivas nunca pero que se necesita publicitar.

Cambios sin sobresaltos
Lo expuesto hasta ahora tiene como fin el que, una vez más, quede de manifiesto la importancia de la Administración pública y de que una acción política clara y necesaria sea su configuración de acuerdo con las bases y principios constitucionales, para que sea un instrumento al servicio de cada gobierno y de cada momento, sea el que sea, que no le afecten los cambios en su función permanente y diaria y que el ciudadano no sufra por nada. Nos vale el símil de los equipos de fútbol con crisis importantes en sus directivas y en lo económico, en procesos de venta o cambios importantes, que siguen jugando cada partido sin acusar la situación y con sus aficionados gozando del juego.
 
 Cuando se hace referencia en tantas cosas a la reforma administrativa la realidad lo que nos demuestra es que la reforma real es la de cumplir con lo que la Constitución nos dice que ha de ser la administración pública. La reforma de verdad es su consolidación como tal administración pública.