sábado, 9 de diciembre de 2023

#SpainSplitAndTalk: Análisis económico de la independencia

 "Cataluña perdería alrededor de un 5% de su PIB si permaneciera en la UE en unas condiciones similares a las actuales y un 11% de su PIB si permaneciera fuera de la UE con una situación preferencial similar a la de Suiza"

Por Jordi Paniagua. Nada es gratis blog.- En diciembre de 2019, durante uno de los eventos deportivos más seguidos (el clásico entre el FC Barcelona y el Real Madrid), se desplegó una enorme pancarta en el Camp Nou con un mensaje contundente: #SpainSitAndTalk. Con este mensaje se instaba al gobierno de España a entablar un diálogo sobre la posible secesión de Cataluña de España, evidenciando el estancamiento político desde el referéndum de 2017.

Cuatro años después, parece que la pancarta ha surtido efecto, ya que representantes del gobierno central y catalán se sientan por primera vez a dialogar. Aunque los temas tratados se mantienen en cierta medida en secreto, una cuestión particularmente interesante es el impacto económico de una eventual independencia de Cataluña. Recuerdo que un antiguo ministro de finanzas europeo me comentó hace algún tiempo que en las negociaciones en Bruselas cada parte apilaba un paper en favor de su argumento, y quien tenía la lista más larga ganaba la partida. Supongo entonces que el caso catalán el verificador será el encargado de medir quien tiene una pila de papers más larga. Sin embargo, sorprende la escasa cantidad de trabajos académicos sobre este tema en comparación con otros campos como el Derecho o las Ciencias Políticas. Los escasos trabajos existentes (ver aquí aquí, y resumidos en dos entradas de hace una década en NeG, aquí y aquí) reflejan unas pérdidas sustanciales para Cataluña (incluso exageradas como indicaban aquí), y no exponen las consecuencias para el resto de CCAA, ni tienen en cuenta la incertidumbre acerca del  encaje de la nueva situación en Europa.

En un reciente documento de trabajo (disponible aquí), tres economistas nos hemos arremangado (en el más puro estilo fontanero como predicaba Duflo, o más bien como predicadores como nos incitaba Stigler) y nos hemos sumergido en el intrigante interrogante: ¿Cuáles serían las consecuencias económicas para el resto de España y Cataluña si ésta se independizara?

El estudio aporta novedades a la literatura económica de dos maneras significativas. En primer lugar, ahonda en el efecto frontera del comercio internacional, esto es, la diferencia observada en el comercio internacional en comparación con el comercio regional dentro de un país. Utilizando un conjunto de datos novedoso que abarca las 17 CCAA españolas y más de 150 países durante los años 2001 a 2017, nuestro working paper revela que Cataluña ha intensificado su integración comercial con el resto del mundo en detrimento del comercio con el resto de CCAA. Una manera de analizar este cambio es estudiar el espesor de la frontera comercial catalana, recoge la intensidad comercial de Cataluña con sus socios comerciales. El panel superior de la Figura 1 muestra el cambio acumulado en el espesor de la frontera comercial catalana con el resto de las CCAA y el panel inferior con la UE. Podemos apreciar cómo el proceso de intensificación de la integración con la UE (un menor espesor en la frontera comercial) y menor relación comercial con el resto de CCAA se acelera tras el colapso económico de España después de la Gran Recesión.

Es un proceso similar al que Almunia y coautores documentaron como "venting out"aquí. Ante una pérdida de demanda interior, las empresas ajustan sus costes para vender sus productos en un mercado internacional más competitivo. Es decir, ocurre que parte del mecanismo compensatorio entre regiones de las transferencias fiscales a través del comercio interior empieza a fallar, o de manera muy simplificada: un mecanismo por el que Cataluña transfería a regiones más desfavorecidas, y éstas compraban cava y Seats. Todo ello sucede entre el año 2011 y 2012, justo cuando las políticas de austeridad se desplegaban por toda Europa. Está bien documentado que la ola de la austeridad fomentó la desazón y la desintegración económica, como en el caso del Brexit (ver aquí).

La segunda contribución del estudio consiste en cuantificar el impacto económico potencial de una hipotética secesión catalana mediante un análisis de equilibrio general. En concreto, utilizamos un modelo estructural de comercio inter- e intra-nacional de cómo responden los precios que pagan los consumidores y los que reciben los productores ante diversos escenarios contrafactuales, y con el fin de obtener medidas adecuadas de variación del bienestar. Ello nos permite a su vez cuantificar los efectos en la distribución de las pérdidas entre consumidores y productores. La incertidumbre política sobre el estatus de Cataluña dentro o fuera de la UE después de la ruptura sigue siendo un factor crucial, lo que sería determinante de la dinámica económica y política de la región. Por ello, la investigación examina las dinámicas comerciales, considerando diferentes escenarios fronterizos (regionales, internacionales o de la UE) y cómo podrían evolucionar si Cataluña se convirtiera en un estado independiente.

Los hallazgos resumidos en la Figura 2 sugieren, por un lado, unas pérdidas cada vez mayores para Cataluña en escenarios de disminución de la integración. En concreto, Cataluña perdería alrededor de un 5% de su PIB si permaneciera en la UE en unas condiciones similares a las actuales y un 11% de su PIB si permaneciera fuera de la UE con una situación preferencial similar a la de Suiza. Por otro lado, los resultados sugieren una disminución de la pérdida de bienestar asociada con la independencia a partir del año 2011 debido a su menor integración con el resto de CCAA, tal como apuntaban los resultados del espesor de la frontera comercial. Las pérdidas para España son más bajas y consistentes en todos los escenarios (cerca de un 1%). En cualquier escenario que hemos contemplado, la independencia de Cataluña se traduce en unas pérdidas leves y constantes para el resto de CCAA. Es decir, el Gobierno Central jugaría con ventaja en las negociaciones, y si ese fuera el caso, podría, por ejemplo, vetar el acceso de Cataluña a la Unión Europea sin apenas consecuencias para el resto, de acuerdo con el modelo.

En términos relativos, son las empresas catalanas la que más se verían perjudicadas por la independencia. En el escenario más favorable, los productores catalanes perderían alrededor de un 3%, mientras que los consumidores catalanes pagarían un 2.3% más por consumir. En cambio, los productores del resto de CCAA verían caer sus precios de venta un 0.4% y los consumidores del resto de España pagarían 0.8% más por sus productos. Esta distribución de las pérdidas ayuda a entender quizá por qué las empresas son menos entusiastas que los consumidores a la hora de abogar por la independencia.

 No obstante, las pérdidas por CCAA son bastante heterogéneas. Las comunidades limítrofes con Cataluña son aquellas que presentan unas pérdidas mayores, tal como se aprecia en la Figura 4. En cambio, la Comunidad de Madrid, que curiosamente está menos integrada comercialmente con el resto de España que Cataluña, y las dos Castillas, tan integradas con Madrid como lo están, son las que menos perderían en cada escenario que hemos contemplado.

Por último, también analizamos las consecuencias de la independencia en el resto de los 150 países de nuestra muestra (ver Figura 5). Lo interesante no es tanto el efecto global, que lógicamente es bastante impreciso, como el efecto diferencial entre regiones limítrofes. Aunque percibimos un efecto negativo muy leve (no llega al 1%), observamos algunos países que se verían beneficiados gracias al nuevo estado catalán. Países como Marruecos, Argelia, Túnez o Sudáfrica se verían beneficiados por un efecto de sustitución del comercio regional (entre Cataluña y el resto de CCAA) por el internacional (entre el resto de CCAA y este grupo de países). En concreto, por una sustitución de los productos similares producidos en el extranjero, y que resultarían más baratos que los catalanes en el nuevo escenario comercial. Si llevamos el argumento al límite podríamos pensar que estos países tendrían incentivos para reconocer legalmente a una Cataluña independiente.

 Con todo ello, extraemos dos conclusiones fundamentales del trabajo. Por una parte, resaltamos una cierta racionalidad económica detrás de la independencia. A la vista del análisis, podemos entender mejor cómo los incentivos económicos han forjado el incremento de voto independentista. La respuesta catalana a la Gran Recesión fue internacionalizarse, con lo que la independencia cuesta ahora menos que hace años. A su vez, la menor prevalencia del comercio interno disminuye el mecanismo de compensación de las transferencias fiscales. Por último, las pérdidas para los consumidores catalanes, aunque significativas, no parecen mucho mayores que las que sufrieron tras las políticas de ajustes tras la crisis financiera de 2008-2013 en España.

Por otra parte, estimamos de una manera más precisa el precio que pagaríamos todos (consumidores y productores de Cataluña, el resto de España y del mundo) si Cataluña formara un estado independiente. El análisis económico de la independencia puede resultar útil para evaluar con mayor precisión y sosiego los equilibrios dentro de la economía política en posibles negociaciones futuras, así como para tomar decisiones más informadas en nuestro papel como ciudadanos. Lo que no sabemos es en qué lado de la mesa de negociación se apilará nuestro estudio.

viernes, 8 de diciembre de 2023

Adela Cortina en El País: ¿Mayoría progresista?

 No es lo mismo democracia deliberativa que democracia agregativa. Un Gobierno no tiene derecho a excluir del diálogo a una parte de la población y menos a construir un muro frente a ella

Revista de prensa. El País. Adela Cortina*. Cuando Pedro Sánchez se dirigió al jefe del Estado español, el rey Felipe VI, asegurando que contaba con la mayoría necesaria para presentar su candidatura a la presidencia del Gobierno con probabilidad de éxito, la calificó con un adjetivo que parecía contener la razón contundente por la que no solo era suficiente desde el punto de vista cuantitativo, sino también inapelable desde el cualitativo: era una mayoría progresistaEse ha venido siendo el mantra repetido hasta la saciedad, el argumento al parecer irrefutable para el triunfo.

Como algunas teorías del lenguaje aseguran que no puede asignarse a los términos un significado preciso, sino que el hablante debe utilizarlos teniendo en cuenta el efecto que van a causar en el público al que se dirige, de modo que vaya a crear adhesiones, nos encontramos entonces con términos vacíos, con lo que siempre se llamó flatus vocis. Pero este proceder manipulador, tan viejo como la mala retórica, no es progresista, sino retrógrado. Por eso es necesario aclarar qué es lo progresista en asuntos esenciales de la vida compartida, por ejemplo, si es progresista optar por un modelo agregativo de democracia, como se está haciendo, o si esa opción es reaccionaria.

En efecto, en los años noventa del siglo pasado se produjo lo que dio en llamarse “el giro deliberativo de la democracia”, que defendieron un buen número de autores, a los que se consideró por ello progresistas. Entendían que la democracia es el gobierno del pueblo y que se expresa a través de la regla de la mayoría, pero también que el modo de llegar a esa mayoría es esencial. Y en ese punto se enfrentaban sobre todo a los partidarios de la democracia agregativa, quienes consideraban que el individualismo es insuperable, que los individuos no construyen sus intereses socialmente, sino que ya los tienen y no pueden modificarlos a través del diálogo y la deliberación para intentar forjar una voluntad común. Por tanto, el único modo de alcanzar una mayoría consistiría, según ellos, en sumar, en agregar los intereses individuales a través de votaciones, sin molestarse en intentar entablar diálogos que permitieran generar acuerdos. Esta era la propuesta de un neoliberalismo trasnochado, convencido de que es imposible ir más allá de lo que Rousseau entendía como “voluntad de todos”, que es a la que se llega cuando cada quien persigue su propio interés, mientras que la voluntad general, clave para la democracia, es aquella en que los ciudadanos toman sus opciones buscando el bien común y no solo su propio bien. Desde esta perspectiva, no intentar el diálogo sería regresivo; la votación sería el fracaso de la deliberación.

Naturalmente, unas décadas más tarde estas afirmaciones parecen infantiles, y más aún en países como el nuestro. El Gobierno no tiene el menor interés en generar una voluntad común, hasta el punto de que el presidente ha dicho que el objetivo de la legislatura es construir un muro frente a un conjunto de españolesa los que excluye como posibles interlocutores. Esos interlocutores representan a la mayor parte del país, como mostraron las últimas elecciones, pero ni siquiera es eso lo más importante. Lo peor es excluir a priori del diálogo a una parte sustancial del pueblo para tener las manos libres y comprar las voluntades particulares del número de grupos imprescindible para continuar gobernando, caiga quien caiga, pactando bilateralmente con unos y otros; diseñando acuerdos secretos que ya respaldará un Parlamento formado por aquellos que han vendido su voto, porque son las propuestas que ellos mismos han redactado a espaldas del resto.

El riesgo que se intenta eludir es bien claro: ¿y si hablando abiertamente con esos grupos vetados por definición resulta ser que hay más acuerdo del que al Gobierno le conviene para seguir en el poder? ¿Y si la ciudadanía española es mayoritariamente de centro, se siente identificada con su país y con su comunidad autónoma y está dispuesta a intentar descubrir acuerdos básicos que le permitan construir la vida juntos, dentro del marco de un Estado de derecho, con separación de poderes, que es una conquista de progreso irrenunciable?

Siempre los autócratas han encontrado una añagaza para cortar el diálogo con una parte de los interlocutores potenciales: son judíos, son palestinos con Hamás infiltrado, son ucranios nazis. Pero un Gobierno no tiene ningún derecho a excluir del diálogo a una parte de la población, menos aún a construir un muro frente a ella. Eso es aporofobia en estado puro: tener en cuenta solo a los que pueden dar votos a cambio de prebendas. Porque la aporofobia, el rechazo al pobre, no se refiere solo al que no tiene dinero, sino también al que no puede dar a cambio votos ni favores. Por eso interesan aquellos que tienen con qué intercambiar sus exigencias, y en esto los partidos y los grupos que hoy por hoy representan a las comunidades autónomas más poderosas llevan las de ganar. Los partidos y los grupos de poder, no la gente de a pie. Las consecuencias son inevitables: ciudadanía de primera y de segunda, según la región. La quiebra de la igualdad y la solidaridad, que siempre fueron los valores del progreso, junto a la libertad.

Hasta el punto de que se exige no “judicializar” los asuntoscuando la figura del juez ha significado el paso del estado de naturaleza, de lucha de todos contra todos, al Estado de derecho, en que las contiendas no se dirimen mediante la guerra, sino mediante la ley. Eludirlo es un retroceso de siglos, la vuelta al mundo de la fuerza, que puede convertirse en guerra abierta o en violencia encubierta. En ella siempre salen perdiendo los más débiles.

Una ley de amnistía es injusta, entre otras razones, porque para que no lo fuera debería extenderse a cuantos han delinquido y no tienen la fuerza suficiente para obligar a borrar el delito. No hay equidad entonces, y eso es letal para un país.

En el fondo, tal vez la imposibilidad de una democracia deliberativa consista en que para ponerla en marcha y mantenerla hay que entender y sentir la sociedad política como un modelo de cooperación, como un sistema equitativo de cooperación a lo largo del tiempo, desde una generación hasta la siguiente”, como decía John Rawls. No un modus vivendi, sino un sistema de cooperación, en que todos deben conseguir ventajas de forma equitativa.

Pero cuando se toma la comunidad política como un lugar del que sacar provecho individual o grupal, polarizando las posiciones para ganar poder, aunque con ello se consiga que la ciudadanía ni siquiera se atreva a expresar sus opiniones en la vida amistosa y familiar por miedo a que se produzcan disensiones violentas, entonces se han destrozado la democracia y la más elemental amistad cívica.

Ojalá que la mayoría verdaderamente progresista, la que defiende el espíritu de concordia de la Transición, tanto desde la sociedad civil como desde el compromiso político, sea capaz de desactivar la apuesta por el frentismo y de propiciar la cooperación equitativa. Que no anula las discrepancias, por supuesto, pero las articula en el marco de un Estado social y democrático de derecho, que es a fin de cuentas un Estado de justicia.

*Adela Cortina es catedrática emérita de Ética y Filosofía Política de la Universidad de Valencia, miembro de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y directora de la Fundación ÉTNOR.

jueves, 7 de diciembre de 2023

Convocatoria de los Premios Blogs Jurídicos de Oro 2023 (5ª Edición)

La convocatoria de Globoversia pretende reconocer los mejores blogs jurídicos y artículos de excelencia sobre gestión pública. El jurado propondrá un PREMIO ESPECIAL al BLOG JURÍDICO COLOSAL 

Por José Ramón Chaves. delaJusticia.com.- En el día de la Constitución española de 1978, en homenaje a la  «norma de normas», y para valorar el esfuerzo de los juristas que dedican su tiempo, sapiencia y filantropía a servirnos desde webs, blogs y redes sociales, Globoversia convoca la quinta edición correspondiente a los V PREMIOS BLOGS JURÍDICOS DE ORO – 2023.

Se invita a la participación de todos los interesados con sus propuestas y votos que pueden referirse a cualesquiera blog o artículo de blogs jurídicos, sean españoles o extranjeros (en lengua española). Buena muestra de ellos los encontraremos en el Directorio temático de blogs jurídicos españoles, u otras plataformas que exponen los más consultados como la ofrecida por la web de Notarios y Registradores (aunque referida a diciembre de 2021) o la valiosa recopilación de recopilación actualizada de Amalia López Acera.

Fruto de las experiencias anteriores, el Jurado ha optado por simplificar los premios y facilitar el procedimiento de las votaciones.

A continuación les ofrecemos las Bases de la convocatoria de esta quinta edición. Ahora toca la Primera Fase (proponer candidaturas, del 6 al 15 de diciembre) y luego seguirá la Segunda Fase (votación pública sobre los finalistas, del 16 al 31 diciembre). Pasen y lean…

Un sencillo voto por email es una bonita manera de agradecer la generosa labor de los blogueros (*se excluye expresamente este blog delajusticia y fiscalizacion.es a los efectos de proponer y votar en estos premios).

Gracias por anticipado por su colaboración. Aquí están las BASES…

PREMIOS BLOGS JURÍDICOS DE ORO – 2023

Tras el éxito de las cuatro primeras ediciones de los Premios Blogs de Oro Jurídico, el GRUPO GLOBOVERSIA promueve la quinta edición 2023 con arreglo a las siguientes 

Bases de la convocatoria

PRIMERA.- GALARDONES

Por el Grupo Globoversia, organización no gubernamental ni lucrativa, se convocan los Premios Blogs Jurídicos de Oro 2023 en las siguientes modalidades:

A) BLOGS JURÍDICOS DE ORO. UN PRIMER PREMIO (AMARILLO) y UN SEGUNDO PREMIO (NARANJA).

Se valorará el rigor, originalidad, utilidad, aportación de valor y prestigio del blog en la comunidad jurídica.

B) ARTÍCULOS DE EXCELENCIA. UN PRIMER PREMIO (AMARILLO) y un SEGUNDO PREMIO (NARANJA).

Se otorgarán a los artículos de cualquier blog jurídico publicado en lengua española en el año 2023. Se valorará su relevancia, la amenidad del enfoque, rigor o utilidad jurídica.

Se entenderá que son blogs o artículos de temática jurídica, los insertos en webs que abordan en su contenido el Derecho en sentido amplio, tanto en sus ramas pública y privada, como abarcando la perspectiva del fenómeno jurídico desde la Historia, Filosofía, Tecnología, Sociología u otra disciplina análoga.

Asimismo, fuera de la votación popular, se otorgará un PREMIO ESPECIAL, BLOG JURÍDICO COLOSAL (ORO PULIDO), discrecionalmente otorgado por el Jurado como premio a un blog vivo en el año 2023 en atención a su excepcional impacto en la comunidad jurídica, sea por su capacidad de liderazgo o por su reconocida y singular aportación.

SEGUNDA.- ORGANIZACIÓN

2.1 La organización de los premios corre a cargo de la Comisión designada por el Grupo Globoversia, formada por don José Ramón Chaves García, doctor en derecho y magistrado; don Antonio Arias Rodríguez, doctor en derecho y economista; doña María Ángeles Guervós Maillo, profesora titular de la Universidad de Salamanca; don Miguel Ángel Cabezas de Herrera Pérez, funcionario al servicio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; don Enrique López González, catedrático de la Universidad de León; doña Marta Riera López, funcionaria al servicio de la Universidad de Oviedo; don Juan Manuel del Valle, letrado, escritor, y artista; doña Ana Caro Muñoz, jurista y funcionaria al servicio de la Universidad Autónoma de Madrid y poeta; don Francisco José Ojuelos Gómez, abogado y escritor; don César Javier Álvarez Álvarez, jurista y funcionario al servicio de la Administración del Principado de Asturias; don Carlos Juan González López, empresario y mecenas cultural; don José Francisco Adserias Vistué, farmacéutico y experto en TICs; doña Fátima Lozano Villavieja, funcionaria al servicio de la Administración Local con habilitación de carácter nacional. En suma, trece personas con piedad, que contarán como Secretario General (Escribano) con don Félix Lasheras Mayo, historiador y humanista.

2.2 La presidencia del Grupo y de la Comisión recae en don José Ramón Chaves García, sin que ningún miembro de la organización perciba remuneración, ingreso ni reintegro o donativo por esta labor. La Comisión actuará de Jurado para todo lo relacionado con la convocatoria.

TERCERA.- PATROCINIOS

3.1 Se cuenta con el patrocinio de Fundación Automáticos Tineo para el fomento de la Cultura, para facilitar la logística y organización del evento.

3.2 Aquellas personas físicas o jurídicas interesadas en participar en esta edición como mecenas o patrocinadores de la iniciativa, ya sean empresas o profesionales, bufetes, editoriales u otras actividades, con inquietudes filantrópicas, y que deseen figurar con tal carácter en los Premios, podrán formular tal solicitud durante la primera fase, desde el 6 hasta el 15 de diciembre de 2023, para tratar las condiciones con el Escribano General (escribanoquevedo@gmail.com). Las contribuciones se destinarán íntegramente a financiar premios y actos de celebración o vinculados directamente a su desarrollo, sin que exista ánimo de lucro en su aplicación.

CUARTA.- CRONOGRAMA


QUINTA.- PLAZO DE PROPOSICIÓN DE CANDIDATURAS (6 de diciembre 2023 -15 diciembre 2023)

5.1 Las candidaturas para estos Premios podrán presentarse por cualquier persona física, mayor de edad y de cualquier nacionalidad incluyendo quienes sean los autores, propietarios, administradores o seguidores de los blogs o bitácoras, o de los artículos propuestos siempre que los textos estén escritos en lengua española.

Para ello bastará con enviar la propuesta a la dirección de correo electrónico blogosjuridicos@gmail.com, desde las 09:00 horas del día 6 de diciembre de 2023 hasta las 23:59 horas del 15 de diciembre de 2023. Serán propuestas rápidas, gratuitas y no requieren identificarse nominalmente ni registrarse.

Solo se admitirán candidaturas de blogs o bitácoras y de artículos publicados en lengua española, desde cualquier país y cualquiera que sea la nacionalidad de su promotor o autor.

Los blog o bitácoras deben corresponder con un dominio o subdominio propio (por ejemplo, delajusticia.com), pudiendo ser personales o profesionales, caso este último de sitio web que soporte el giro de entidades, empresas, despachos profesionales o grupos (por ejemplo: http://www.bufetekelsen.com), siempre que en este caso cuenten con un apartado dedicado específicamente a la publicación de artículos y que esté explícitamente etiquetado dentro del sitio web como “blog”, webBlog, bitácora, artículo o términos equivalentes.

En todo caso, deberán tener contenido predominantemente jurídico aunque puedan incluir otras materias relacionadas con temas afines al Derecho y la Justicia.

5.2 Las candidaturas propuestas serán enviadas por correo electrónico a la citada dirección de blogosjurídicos@gmail.com, que podrá formular cualquier persona, sin necesidad de expresar la identidad personal del proponente, y sencillamente indicarán:

A) Cuando se trate de proponer candidaturas para el Blog o Bitácora:

Nombre y copia exacta de los enlaces o links de la dirección del blog o bitácora propuestos.

Por ejemplo: Blog de la Justicia, https://delajusticia.com

En todo caso, el blog debe haber incorporado y publicado algún artículo durante el año 2023.

B) Cuando se trate de proponer candidaturas al mejor artículo, texto o contenido publicado se deberá señalar únicamente el título del artículo y copia exacta del enlace o link correspondiente a la dirección del artículo o texto o contenido propuesto.

Por ejemplo: Se generalizan los planes antifraude: https://fiscalizacion.es/2021/10/03/se-generalizan-los-planes-antifraude/ 

En todo caso, el artículo, texto o contenido debe haberse publicado dentro del año 2023.

Podrán proponerse, desde una misma dirección de correo electrónico, y en el mismo e-mail, hasta un máximo de dos candidaturas por cada modalidad, ya sean de blogs o bitácoras (A) o de artículos (B). Los correos electrónicos que excedan ese límite se tendrán por no válidos. No deberá el mismo votante usar más de un correo electrónico, ni reiterar sus votos desde la misma dirección de correo.

5.3 El Escribano General elaborará el listado de candidaturas válidas por cada una de las dos modalidades, ordenados de mayor a menor número de las propuestas recibidas y las elevará al Jurado para que fije los semifinalistas sometidos a VOTACIÓN POPULAR. Por un lado, un máximo de treinta blogs o bitácoras (Blogs de Oro); y por otro lado, un máximo de treinta artículos. El Jurado resolverá los supuestos de empate para ajustar el número de propuestas.

5.4 Exclusiones. El Jurado podrá excluir motivadamente los blogs o bitácoras y artículos que se revelen con manifiesta falta de calidad, seriedad o buen gusto, o se revelen maliciosos. Asimismo, se excluirán las candidaturas de artículos que supongan plagios de otros originales sea cual sea la lengua y lugar de publicación en la WEB, detectados mediante aplicaciones tecnológicas antifraude.

SEXTA.- VOTACIÓN POPULAR TELEMÁTICA (Desde el 16 de diciembre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023)

6.1 Los listados definitivos de candidaturas admitidas y finalistas, treinta para cada modalidad (uno para blogs y otro para artículos) que se someterán a votación popular telemática, serán publicados en los sitios webs: delajusticia.comfiscalizacion.esacalanda.comgloboversia.com y fundacionautomaticostineo.com, así como divulgados en las redes sociales de mayor difusión.

6.2 La votación telemática será rápida, gratuita y no requiere registrarse. Cualquier persona física, mayor de edad, podrá emitir votos individualmente desde el formulario incluido en la web delajusticia.com cuando se abra la votación popular, desde las 09:00 del día 16 de diciembre de 2023 hasta las 23:59 horas del 31 de diciembre de 2023. Antes de este vencimiento, excepcionalmente y por razones objetivas, a propuesta del Escribano General podrá el Presidente del Jurado prorrogar dicho plazo hasta la medianoche del día 3 de enero de 2024, lo que se hará público a través de las webs divulgativas referidas.

En el formulario de votación de la plataforma: 

 No será preciso indicar nombre del votante ni se requiere ningún otro dato personal identificativo, más allá que la lógica constancia del correo electrónico de remisión.

Bastará con indicar el sentido de los votos que se emiten para la modalidad A) BLOGS JURÍDICOS DE ORO, y para la modalidad B) ARTÍCULOS DE EXCELENCIA, identificando el blog o artículo/s que se votan.

6.3 Cada votante, desde el mismo correo electrónico, podrá formular un máximo de dos votos por cada una de las dos modalidades. Se admite que se vote al propio blog o post. Una vez emitido el voto no podrá cambiarse ni revocarse.

6.4 Queda prohibido para los participantes votar más de una vez, desde el mismo o desde distinto correo electrónico, apelando a la honestidad y buena fe de los votantes. No obstante, los segundos y adicionales votos, o los procedentes de email ficticios o ajenos al titular, que sean detectados por las aplicaciones informáticas antifraude, por el Escribano General o por el Jurado, como claramente encaminados a defraudar las estipulaciones establecidas, no serán computados como votos válidos.

SÉPTIMA.- VERIFICACIÓN Y RECUENTO 

7.1 El control de errores, fraudes y, en general la verificación de la idoneidad y exactitud de los votos, así como la existencia y actualidad de los blogs, bitácoras y sitios webs junto con los artículos publicados votados, y la labor final de comprobación y certificación de los resultados de las votaciones, será acometida por el Escribano General.

Ninguno de los miembros del Grupo Globoversia o del Jurado podrá votar ni ser votado en sus sitios webs, blogs o bitácoras y artículos publicados por ellos. Específicamente se excluyen las nominaciones de los blogs delajusticia.com así como fiscalizacion.es, y quedan fuera lógicamente los artículos incluidos en los mismos, por lo que no se computarán las propuestas ni votos que recaigan sobre ellos, ni podrán obtener galardón alguno derivado del Certamen.

Se admite expresamente la participación, y posible galardón, de los blogs premiados o galardonados en ediciones anteriores.

7.2 Las posibles interpretaciones, dudas y controversias serán resueltas por el Jurado, y los empates se zanjarán con el voto de calidad del presidente.

OCTAVA.- PROCLAMACIÓN DE GALARDONADOS (6 de enero de 2024)

8.1 Sobre los quince primeros finalistas según el mayor número de votos obtenidos en cada modalidad, el Jurado decidirá motivadamente y previa deliberación.

En la modalidad A), los dos blogs de mayor mérito para cada galardón por orden de prioridad, de manera que el primero obtendrá el Blog Jurídico de Oro (amarillo) y el segundo obtendrá el Blog Jurídico de Oro (naranja).

Y en la modalidad B), los dos artículos de mayor mérito por orden de prioridad, de manera que el primero obtendrá el reconocimiento al Artículo de Excelencia de Oro (amarillo) y el segundo, el Artículo de Excelencia de Oro (naranja).

Un mismo titular de blog o autor de artículo, no podrá obtener más de un premio de los convocados en la misma edición, correspondiendo en caso de concurrencia final al Jurado adjudicar la modalidad que considere más ajustada a su mérito.

8.2 El Jurado añadirá hasta un máximo de siete Menciones de Honor para los blogs o bitácoras (Siete magníficos), ya correspondan a los quince blogs finalistas en la modalidad A) o a alguno de los quince blogs en que se incluyan los artículos de los finalistas de la modalidad B).

8.3 Asimismo, sin vinculación a la votación popular, el Jurado otorgará un PREMIO ESPECIAL, BLOG JURÍDICO COLOSAL (ORO PULIDO), a propuesta de sus miembros como premio a un blog vivo en el año 2023 en atención a su singular valía e impacto.

8.3 Una vez determinados los blogs o bitácoras y los artículos merecedores de los premios (5 Premiados y 7 con Mención Honorífica), el Escribano General contactará a través de los sitios webs, blogs o bitácoras premiados para determinar la identidad del galardonado y recibir su conformidad para poder proclamarle con el premio correspondiente a su modalidad. Para el supuesto de resultar inaccesible su identidad o de no prestar el autor, administrador o master su conformidad, se entenderá que renuncia y se otorgará al siguiente en reserva según determine el Jurado.

8.4 El Jurado, en nombre del Grupo Globoversia, a propuesta del Escribano General, efectuará la proclamación formal de galardonados para su difusión. 

8.5 Los premios se harán públicos el día 6 de enero de 2024, día de Reyes Magos, a través de los blogs delajusticia.com y fiscalizacion.es, así como de la web de difusión de la Editorial Amarante (acalanda.com), y de la propia de la Fundación Automáticos Tineo (fundacionautomaticostineo.com) así como por cualquier otro medio que se pudiera considerar idóneo.

8.6 Los Premios consistirán, por cada modalidad en:

Una hermosa estatuilla en forja de hierro por el prestigioso escultor César Castaño, representativa de valores culturales con mención del nombre del premiado, para exhibir con orgullo.

Un Diploma acreditativo del reconocimiento del galardón.

Un ágape con los miembros del Jurado el día de la entrega de los Premios.

8.8 Las Menciones de Honor únicamente darán derecho al diploma acreditativo del reconocimiento y a asistir a la ceremonia de entrega y ágape consiguiente, con el Jurado.

NOVENA.- CEREMONIA DE ENTREGA DE LOS PREMIOS (Lunes, 22 DE ENERO DE 2024)

9.1 La entrega de los premios se efectuará al responsable de la autoría o promotor de cada uno de los dos blogs o bitácoras premiados, así como al autor o autores de los artículos de excelencia, o a la persona física en la que deleguen, así como la entrega de acreditación a los finalistas calificados con Mención de Honor, en un evento que será anunciado oportunamente.

Se celebrará en la ciudad de Salamanca el lunes, 22 de enero de 2024, en el Paraninfo de la Universidad de Salamanca. De no ser posible tal reunión por razones de fuerza mayor, tendrá lugar el acto mediante plataforma telemática Zoom u otra alternativa que decida el Jurado.

9.2 Asimismo, las personas físicas galardonadas, participantes en la ceremonia de entrega y en otros posibles eventos que se celebren por la organización sobre los premios, por la aceptación del premio se entiende que autorizan el posible uso de su imagen personal para cualquier actividad informativa, divulgativa o promocional en los medios de comunicación, incluidas las redes sociales, exclusivamente en relación a los premios otorgados.

DÉCIMA.- INTERPRETACIÓN DE LA BASES

10.1 La participación en los Premios Blogs Jurídicos de Oro supone la aceptación completa de las presentes Bases, que se publicarán en delajusticia.com y fiscalizacion.es

10.2 Las cuestiones y los demás asuntos que no estén considerados en estos premios y que no estén contemplados en las presentes Bases serán resueltos por el Jurado antes citado y en caso de planteársele alguna reclamación o conflicto es el único órgano facultado para interpretar las presentes Bases. Sus decisiones serán ejecutivas e inapelables.

DECIMOPRIMERA.- INFORMACIÓN

Más allá de las webs de difusión de los galardones (delajusticia.com y fiscalizacion.es) el Escribano General atenderá las consultas sobre las bases, incidencias o dudas que le sean formuladas a través del correo electrónico: escribanoquevedo@gmail.com.

Se agradece vivamente la difusión de las Bases y la participación de los interesados con sus propuestas de candidaturas y votos. 

martes, 5 de diciembre de 2023

Albedrío Jurídico, mucho más que un blog de Derecho

 Mujeres en el Sector Público.- ¿Qué ocurre cuando reúnes a un grupo de personas con objetivos similares, experiencias diferentes e ilusión por intercambiar conocimientos y vivencias? Pues que surgen sinergias, encuentros, similitudes e, incluso, amistades.

Blog de José Hernandez&Consuelo Doncel

Y eso precisamente ocurrió entre nosotras en el III Congreso de Mujeres en el Sector Público que se celebró los días 18 y 19 de noviembre de 2021 en Santiago de Compostela. Aunque nos seguíamos la pista mutuamente a través de RRSS desde hacía tiempo, fue gracias a la Asociación Mujeres en el Sector Público que tuvimos la oportunidad de desvirtualizarnos y, además de disfrutar de un magnifico congreso con muchas mujeres que tienen #PasiónPorLoPúblico, hubo hueco para charlar sobre nuestras inquietudes profesionales, nuestro interés por el derecho administrativo y, por extensión de la administración local, donde las dos trabajábamos desde hacía años. Y ahí se plantó, sin saberlo nosotras, la semilla que ahora ha germinado con el nacimiento de albedriojuridico.com, un proyecto que lanzamos hace apenas unos días y que está teniendo una acogida excelente.

Cuando nos preguntan qué es Albedrio Jurídico decimos que es un blog pero que no solo es un blog.

Albedriojuridico.com anhela ser un punto de encuentro para todo aquel profesional que le apetezca venir y hablar, reflexionar, debatir, colaborar y escribir sobre derecho administrativo y administración local.

Para ello, lo hemos estructurado en las siguientes secciones:

Bitácora

Este será nuestro rincón; el lugar desde el que abordaremos aquellos temas que, siendo de actualidad, estén relacionados con el derecho administrativo y/o afecten a la administración local. Siempre desde el respeto y la humildad, publicaremos reflexiones propias, basadas o no en nuestras experiencias, así como posts y artículos que, bajo el indispensable razonamiento jurídico, puedan servir de reflexión y debate constructivo a nuestros lectores del blog.

La visión de los expertos

Pocas cosas hay más satisfactorias y, además necesarias, que aprender escuchando. Y para ello qué mejor que conocer la visión de los expertos y expertas en cada materia. Aún no hemos “arrancado” y ya tenemos la suerte de poder contar con grandes profesionales del mundo local que van a sacar un ratito para contarnos cosas muy interesantes sobre sus proyectos, su trayectoria y sus propuestas para mejorar la administración local.

Ni blanco ni negro

Si escuchando se aprende, debatiendo y compartiendo opiniones se aprende el doble; por eso, y porque no todo es blanco o negro, este espacio estará dedicado a confrontar dos criterios jurídicos opuestos sobre un mismo supuesto de forma que, a través del debate y la crítica constructiva, se pueda llegar a un entendimiento y, si es posible, a una solución conjunta del problema planteado.

Contratación Pública fácil

La Ley de Contratos no lo pone fácil, y las resoluciones contractuales tampoco ayudan cuando, demasiadas veces, nos encontramos soluciones distintas a problemas similares: por eso, en esta sección intentaremos hacer fácil lo difícil. En función del caso planteado, se plasmarán las soluciones que, cumpliendo la normativa y resoluciones dictadas en su caso, sean más adecuadas y jurídicamente seguras.

El rincón de las PYMEL

Un espacio para invitar a la reflexión en torno a las debilidades y fortalezas de las Pequeñas y Medianas entidades Locales (PYMEL). De las 8.132 entidades locales que hay en España (1), un 61,28% tienen menos de 1.000 habitantes (4.983) y un 83,85% tiene menos de 5.000 habitantes (6.819); dicho de otra forma, solo el 16% de las entidades locales tiene más de 5.000 habitantes y un escaso 10% tiene más de 10.000 habitantes. El movimiento #YoSoyPYMEL es numeroso, fuerte y necesario, y en este rincón le daremos altavoz porque creemos que se trata de una visión que es necesario mostrar sobre nuestra Administración local.

La caja de Pandora

Son tantas las materias a abordar y tantas las visiones que se pueden aportar, que dejamos este espacio abierto a la innovación y mejora de la Administración. En la Caja de Pandora podrán tener cabida aquellas propuestas que, no pudiendo incluirse en ninguna de las secciones anteriores, puedan resultar interesantes, innovadoras, divertidas ¿por qué no? y, en definitiva, motivadoras para nuestros lectores y para nosotras mismas.

Terminamos este post como lo empezamos, hablando de la Asociación de Mujeres en el Sector Público, porque si albedriojuridico.com hoy es una realidad, en parte es porque un grupo de mujeres un día decidieron asociarse para trabajar por la #igualdad en el sector público y nosotras, sin conocernos, hicimos nuestros sus objetivos y nos asociamos, lo que nos llevó a asistir al III Congreso de Mujeres en el Sector Público en la maravillosa ciudad de Santiago de Compostela y lo demás…lo demás ya lo conocéis y el resto está por venir.

Por todo eso y más, nuestro agradecimiento especial va para la Asociación de Mujeres en el Sector Público: por vuestros valores que son los nuestros, por ser el pegamento que muchas mujeres profesionales necesitamos en algún momento y, especialmente, por darnos altavoz y ser nuestro apoyo firme y constante en este proyecto tan ilusionante para nosotras.

Desde aquí, os invitamos a conocer nuestro blog, albedriojuridico.com, que nace con mucha ilusión y nuestro firme convencimiento de que otra administración pública es posible.

lunes, 4 de diciembre de 2023

Formación: Cuando la rutina no sienta bien

"La perspectiva apreciativa es un paradigma en psicología que sostiene que la visión que tenemos del ser humano y del mundo social y natural en el que se desenvuelve es subjetiva, socialmente co-construida y dinámica"

  Por Jesús Martínez Marín. Trabajo y Aprendizaje Colaborativo blog.- El pasado 30 de noviembre celebramos el 18 aniversario del programa de gestión de conocimiento y comunidades de práctica Compartim. Fue una jornada muy densa, con diferentes aportaciones e intervenciones. Sin embargo, después de tres días, lo primero que me viene a la mente no es precisamente la parte sustantiva: las ventajas y oportunidades que ofrecen las comunidades de práctica, o las dificultades y barreras que a veces encuentran las personas que las promueven en ámbitos organizativos en los que su ADN no es el colaborativo ni el horizontal, o las alternativas que se ofrecen para salvarlas. Lo que más recuerdo de ese día es un cuento que nuestro invitado, José Ignacio Altillo, contó al final de su intervención. El cuento se llama “Los zapatos del revés” y aquí te lo resumo:

La historia se centra en un hombre que sale a caminar y después de una larga caminata, queda dormido. Al despertar, se da cuenta de que sus zapatos están al revés y piensa que ha estado caminando en la dirección equivocada. Entonces, vuelve sobre sus pasos y regresa a casa, solo para descubrir que estaba en el camino correcto todo el tiempo. Los zapatos del revés

Pero, siendo sinceros, lo que recuerdo del cuento, ahora leyendo su literalidad en las fuentes originales, no es exactamente lo que contó José Ignacio.

Y ahora recurro a un gran novelista, Juan Gabriel Vásquez, en su libro “El arte de la distorsión”, quien afirma que frente a toda ficción es adecuado y oportuno ofrecer una nueva capa personal (interpretativa) que puede ser tan verosímil -o tan inverosímil- como la primera.

En este tiempo de reflexión que es el fin de semana, me doy cuenta de que el caminante lo que ha hecho, en términos psicológicos, ha sido aplicarse la perspectiva apreciativa.

La perspectiva apreciativa es un paradigma en psicología que sostiene que la visión que tenemos del ser humano y del mundo social y natural en el que se desenvuelve es subjetiva, socialmente co-construida y dinámica. Este paradigma afirma que en todo ser humano y en todo sistema social y natural en el que se desenvuelve existe un núcleo de fortalezas, un potencial positivo que está esperando emerger y que tenemos que descubrir y desarrollar de manera colaborativa 1.

¿Y todo esto que tiene que ver con la jornada Compartim?

 La conexión es clara.

En la parte central de la jornada, las personas que impulsan las comunidades habían explicado lo que han aportado en 2023 y aquello que tenían pensado para 2024.

Todo ello, escuchado conjuntamente, en intervenciones muy rápidas pero muy reflexionadas, al tener un tiempo muy acotado, transmitían una poderosa imagen de transformación real de la organización.

Más allá del aprendizaje, que se da por supuesto, la transformación es el gran elemento sustantivo que explica la perdurabilidad de la propuesta.

Por ello, la gran lección del cuento es no olvidar (nunca) la mirada apreciativa.

No pretender recorrer nuevos caminos cuando, quizás, aquello que se busca ya hace (bien) su trabajo.

sábado, 2 de diciembre de 2023

NEWTRAL, LA FUNDACIÓN ORTEGA-MARAÑÓN Y TRANSPARENCIA INTERNACIONAL ESPAÑA ORGANIZAN LA JORNADA “UNA DÉCADA DE LA LEY DE TRANSPARENCIA: ¿CUÁNTO HEMOS AVANZADO?”

Newtral, la Fundación Ortega-Marañón y Transparencia Internacional España organizan el próximo 11 de diciembre la jornada “Una década de la ley de transparencia: ¿Cuánto hemos avanzado?” en el marco del Día Internacional contra la Corrupción.

Por Transparencia Internacional.- Al cumplirse diez años de la aprobación de la Ley 9/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, Newtral, la Fundación Ortega-Marañón y Transparencia Internacional España organizan el próximo 11 de diciembre la jornada “Una década de la ley de transparencia: ¿Cuánto hemos avanzado?” en el marco del Día Internacional contra la Corrupción.

El objetivo es analizar esta década tras la implementación de la norma, examinar los desafíos que aún persisten y, al mismo tiempo, reconocer el trabajo de las personas e instituciones que han impulsado su aplicación. La jornada será inaugurada por las representantes de las tres instituciones organizadoras: Ana Pastor, fundadora de Newtral; Lucía Sala Silveira, directora de la Fundación Ortega-Marañón, y Silvina Bacigalupo, presidenta de Transparencia Internacional España y catedrática de Derecho Penal de la UAM.

La primera mesa redonda, bajo el título “Una década de la Ley 19/2013: análisis, lecciones y retos”, se centra en los diez años de la norma, y tendrá como ponentes a Manuel Villoria, catedrático de Ciencia Política y Administración de la Universidad Rey Juan Carlos y miembro fundador y presidente del Consejo Asesor de Transparencia Internacional España; José Luis Rodríguez Álvares, Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno; Clara Mapelli, Directora General de Gobernanza Pública, Ministerio de Hacienda y Función Pública; Helen Darbshire, directora ejecutiva de Access Info Europe; y Joaquín Meseguer, secretario ejecutivo de RAGA España. En esta charla se hará un balance del recorrido de la ley para destacar tanto los éxitos logrados como los desafíos que aún enfrenta. Además, se presentarán los principales desafíos para la reforma de la ley, y las conclusiones del subgrupo de trabajo para la reforma de la misma, creado en el marco del Foro de Gobierno Abierto.

A continuación, la segunda mesa redonda del encuentro: “Acceso a la información e iniciativas de la sociedad civil” estará moderada por Ruth Ferrero, investigadora en Más Democracia y profesora en la Universidad Complutense de Madrid, y contará con la participación de Yuly Jara, periodista de Newtral, para abordar el trabajo de recopilación de más de 10.000 sueldos de cargos públicos; David Martínez García, director ejecutivo deTI- España, para tratar el tema de las Golden Visas y presentar la Plataforma Integrity Watch España y Javier Pérez González, director ejecutivo de Political Watch, que presentará la herramienta “Qué hacen los diputados” y otras iniciativas de rendición de cuentas; y Lourdes Muñoz, cofundadora de la iniciativa Barcelona Open Data.

Para finalizar el encuentro, habrá un conversatorio con periodistas en el que intervendrán Ana Tudela, cofundadora de Datadista; Diego Rodríguez Veiga, periodista de El Español; Paula Guisado, periodista de RTVE; y Pablo Jiménez, periodista independiente. El objetivo es reflexionar sobre el impacto de la ley de transparencia en el periodismo destacando ejemplos concretos de reportajes exitosos basados en solicitudes de información.

El encuentro es de acceso libre hasta completar aforo. Se requiere inscripción previa haciendo click aquí.

Organiza: Newtral, Fundación Ortega-Marañón y Transparencia Internacional España.

Fecha: 11 de diciembre de 2023
Hora: 9:15 horas
Lugar: Sala María de Maeztu. Fundación Ortega-Marañón. Calle Fortuny, 53 (Madrid)

Contacto: David Gómez Francisco | 609 019 057 

viernes, 1 de diciembre de 2023

Organigramas mastodónticos

 Al final no se cumplieron las previsiones, y el nuevo gobierno de Pedro Sánchez mantiene 22 ministerios, que contradice el principio de eficacia.

Leopoldo Tolivar Alas. El blog de esPúblico En las semanas previas a la constitución del nuevo Gobierno de la Nación se había deslizado, en diversos medios, que se pretendía aligerar el número de carteras, lo que creo que la mayoría de los ciudadanos no nos creímos, dado que se afrontaba nuevamente un Ejecutivo de coalición y, además, uno de los socios, partía de ensamblar muy diversas sensibilidades, aunque excluyera a otras. Y así fue: el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, optó por la cifra de 22.

Ya sé que la Constitución otorga una facultad omnímoda al presidente del Gobierno en su artículo 100. Pero la norma fundamental también da otras pistas que, igualmente, deberían ser tenidas en cuenta. Y no hablo ya, porque tiene un punto demagógico, del gasto público de crear unidades posiblemente superfluas, con su subsecretaría, direcciones generales, secretaría general técnica y otros órganos superiores o directivos de carácter facultativo. Desgraciadamente, a mi parecer, casi todos los gobiernos habidos en democracia, han hipertrofiado su estructura, a veces con finalidades muy claras de dar cabida a todos los sectores que querían una silla en el Consejo de ministros o sus aledaños. Hasta de Adolfo Suárez se dijo, cuando, en 1977, resucitó, con distinto cariz al histórico, las Secretarías de Estado.

Lo mismo ocurre en las Comunidades Autónomas. En los Pactos de 1981, de los que salió la Ley del Proceso Autonómico, se impuso el límite de las diez consejerías a las regiones afectadas que, alguna, pese a las reformas estatutarias, viene manteniendo de iure o de facto. Pero otras, no, creando gabinetes desproporcionados y una burocracia territorial que busca emular o superar a la estatal.

Nos quedaba el consuelo local, donde Ayuntamientos (y Diputaciones de régimen común), tienen tasado el número de concejales en función del número de habitantes. Pero ¡ay!, llegó la Ley 57/2003 y nos coló en nuestras pequeñas “grandes ciudades” o municipios de gran población, el nombramiento de altos cargos sin acta de elegidos, que ahí siguen, pese a alguna limitación marcada por sentencia. Tal parece que el funcionariado no vale para gestionar los asuntos administrativos y no voy a referirme aquí a cuestiones más dolorosas como la que, no hace mucho, destapó aquí mi maestro, Francisco Sosa Wagner, con respecto a los habilitados nacionales.

¿Y qué decir de las Universidades públicas, que deberían ser ejemplo ético y de mesura económica, dado que siempre están reclamando, creo que con razón, más recursos para infraestructuras e investigación? Pues muy sencillo: en la mayoría, en tres o cuatro décadas, la autonomía universitaria traída en 1983, ha sido la llave para pasar, en una universidad mediana, de cuatro a veinte vicerrectorados. Y con una estructura vertical más compleja que el árbol genealógico de las casas reales.

La pregunta del millón es ¿para qué? En todos los casos, lo que se echa en falta es una nómina de empleados públicos eficaces y responsables; una atención ciudadana real y no publicitaria; una transparencia efectiva; una presencialidad; unos cauces de participación efectiva; una diligencia extrema a la hora de resolver consultas y reclamaciones… Eso es lo que quiere la ciudadanía.

Decía que, aunque no esté tasado el número de ministerios, la Constitución cuenta con principios que deberían ser tenidos en cuenta. La eficacia, por ejemplo. Muchos compartimentos, normalmente estancos, sólo generan disfunciones y descoordinación que perjudican a la ciudadanía a la que se debe “servir” (verbo que está en la Carta Magna). Porque la coordinación, principio basal que también tiene el máximo reconocimiento normativo, se vuelve imposible cuando hay tantas dependencias con funciones muy próximas y tendentes a pisarse en sus cometidos. Y así podríamos seguir largo y tendido. Pero déjenme citar, para no aburrir más, la objetividad. Tras esos organigramas complejos existen, no digo que se escondan, porque es algo evidente, razones puramente subjetivas. De satisfacer a personas, grupos o, como ha ocurrido en el último Gobierno español, a facciones o “confluencias” de un coaligado. Repito que esto no es nuevo, en absoluto. Pero, con todo, peor es que las líneas políticas de Gobierno, pese a lo señalado en el artículo 97 de la Constitución, se condicionaran desde fuera y, obviamente, no me refiero a las justas reivindicaciones de la sociedad española.