domingo, 14 de junio de 2026

INDICADORES DE JUSTICIA EN LA UE: La justicia española en Europa: tecnología puntera, sentencias tardías

 España se sitúa entre los países más avanzados de la UE en digitalización de la justicia, pero continúa en el vagón de cola en jueces por habitante, independencia percibida y tiempos de resolución. La Comisión Europea vuelve a señalar que la sospecha de interferencias políticas sigue pesando sobre el sistema, mientras que el caso Plus Ultra vuelve a poner la regulación de los 'lobbies 'sobre la mesa.

Reivata de prensa. Agenda Pública.- España es uno de los países de la UE que más invierte en justicia y se encuentra entre los más avanzados en la aplicación a ese servicio público de las últimas tecnologías de la información y la comunicación. Así lo refleja la nueva edición del Cuadro de indicadores de la justicia en la UE que cada año edita la Comisión Europea. Ese enorme esfuerzo económico y de modernización, como en años anteriores, no se traduce, sin embargo, en un aumento significativo de la confianza de los ciudadanos en la independencia de jueces y magistrados. Tampoco resuelve el sempiterno atasco judicial ni los tiempos de respuesta del sistema, que permanecen prácticamente estancados.

España es el noveno país de la Unión que más invierte en justicia en relación con su PIB. Entre las grandes economías de la eurozona, solo Alemania la supera, aunque con datos muy similares. El gasto público en juzgados y tribunales desembolsado por el Estado y las comunidades autónomas —sus principales proveedores— supera al de Italia y, a todavía más distancia, al de Francia, Países Bajos, Austria o Bélgica. Si la inversión en este servicio público se relaciona con la población total, España desciende a mitad de tabla en gasto por habitante, lejos de Alemania, pero en el mismo rango que Italia, Francia o Bélgica.

Gran parte de los fondos dedicados a la administración de justicia han ido a la mejora tecnológica del sistema, lo que ha convertido a España en uno de los Estados mejor situados en todos los indicadores relativos a la digitalización. Nuestro sistema judicial está en el grupo de cabeza en valores como la accesibilidad de información en línea sobre el sistema judicial, la disponibilidad de tecnologías digitales en juzgados y tribunales, el uso de herramientas como la inteligencia artificial, la videoconferencia, el teletrabajo o el expediente digital, o la posibilidad de que ciudadanos y profesionales interactúen con los órganos judiciales y la Fiscalía a través de herramientas y aplicaciones informáticas.

"El creciente flujo de recursos materiales y humanos no ha conseguido aumentar significativamente la confianza de los españoles en la independencia de su sistema judicial"

Pese a los esfuerzos del Gobierno, que ha anunciado para este año la creación de quinientas nuevas plazas judiciales y se propone crear quinientas más en 2027, el Cuadro de indicadores de la justicia en la UE sigue situando a España a la cola en número de jueces por habitante, solo por delante de Malta, Dinamarca e Irlanda. El Ejecutivo y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ya han lanzado la convocatoria que permitirá cubrir las nuevas vacantes con opositores y expertos juristas que accedan a la carrera a través del llamado "cuarto turno". Este aumento sin precedentes de la planta judicial se complementará con otras doscientas nuevas plazas para fiscales. Los cálculos del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes indican que, gracias a estas medidas, la presencia de jueces en la sociedad se acercará a la media europea, aunque habrá que esperar a los próximos informes para comprobarlo.

El creciente flujo de recursos materiales y humanos, sin embargo, no ha conseguido aumentar significativamente la confianza de los españoles en la independencia de su sistema judicial. España vuelve a suspender, quedándose en el puesto vigesimosegundo y dejando por detrás únicamente a Chipre, Eslovaquia, Hungría, Croacia y Bulgaria. La principal razón de esa mala nota, como en ediciones anteriores, es la supuesta interferencia del Gobierno o los partidos, seguida por las presiones económicas.

El porcentaje de entrevistados que consideran que la independencia es buena o muy buena apenas alcanza el 40%. Alrededor de un 35% la considera mala, mientras que otro 10% la califica de muy mala. La visión positiva gana apenas un par de puntos respecto a 2025. Se trata de una visión muy similar a la de la edición anterior.

La confianza en la independencia de los jueces crece con más fuerza, según el documento de la Comisión, entre las empresas, aunque tampoco en este valor nuestra justicia sale del vagón de cola. El crecimiento de cinco puntos en las percepciones de la independencia como buena o muy buena entre las compañías nos deja en el decimonoveno lugar de los Veintisiete. Los motivos son los mismos: la apreciación de influencias políticas y económicas.

En ambos casos -ciudadanos y empresas- los datos son algo mejores respecto a ediciones anteriores del informe, aunque el ligero crecimiento nos vuelve a dejar muy lejos de las grandes economías de la UE. Alemania, Países Bajos, Bélgica, Francia e Italia obtienen en este punto una evaluación mucho mejor.

"La UE aprecia un estancamiento tanto en los tiempos de resolución como en la pendencia de asuntos y la tasa de resolución"

Los datos son malos también en lo que respecta al atasco secular de los juzgados y tribunales. La UE aprecia un estancamiento tanto en los tiempos de resolución -en los que somos cuartos por la cola-como en la pendencia de asuntos y la tasa de resolución -antepenúltimo puesto-. El sistema judicial español solo mejora en la duración de las causas relacionadas con el derecho europeo, como las relacionadas con la competencia o las telecomunicaciones.

Por último, España sí sale bien parada en la promoción del acceso a métodos alternativos de resolución de litigios, como la mediación, la conciliación o la negociación. El dato puede deberse a la entrada en vigor, en abril de 2025, de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que estableció como obligatorio el recurso a estos sistemas antes de presentar la demanda ante los tribunales del orden civil.

En pleno estallido del caso Plus Ultra, en el que el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero ha sido imputado en la Audiencia Nacional por tráfico de influencias al mediar presuntamente con el Ejecutivo para que esa aerolínea consiguiera un rescate de 53 millones en plena pandemia, el documento vuelve a colocar a España entre los siete países europeos que todavía carecen de registro de grupos de interés (lobbies). Otros países como Dinamarca, Italia, Países Bajos o Suecia tampoco lo tienen.

"La representación de intereses que busca influir legítimamente en la toma de decisiones de los poderes públicos que no implique un intercambio indebido de ventajas es una actividad perfectamente legítima", dice la Comisión, que pide transparencia para que esos contactos "no se conviertan en puertas a la corrupción".

sábado, 13 de junio de 2026

Odón Elorza: La improbable victoria de un barrio frente al urbanismo especulativo

 El exalcalde de San Sebastián Odón Elorza lamenta que "las ciudades pierden identidad, patrimonio local y memoria". Contra la "la homogeneización de las urbes", explica el éxito de la Plataforma Ciudadana San Bartolomé que, tras más de una década de movilización vecinal, ha logrado que el ayuntamiento de la ciudad rechace un polémico proyecto para construir un centro comercial.

Por Odón Elorza. Agenda Pública blog.- Tenemos tendencia a pensar que solo los grandes proyectos son útiles e innovadores para las ciudades que quieran ser atractivas, competitivas y ambiciosas con la calidad de vida que ofrecen a sus habitantes. Pero no es cierto. También se pueden desarrollar intervenciones como un pequeño parque y un jardín vertical natural, que ponen en valor un espacio público y suponen mejoras emblemáticas para un barrio y el medioambiente. De eso quiero hablar.

Vivimos una época marcada por la especulación inmobiliaria, los intereses de los fondos de inversión, la privatización progresiva del espacio público, el efecto gentrificador del turismo y la homogeneización de las urbes. En demasiados casos, las ciudades pierden identidad, patrimonio local y memoria. Mientras, aumentan los precios de la vivienda y disminuyen los espacios públicos. Ante ello, crece también una demanda de que la ciudadanía vuelva a sentirse protagonista de la ciudad en la que vive.

La solidez democrática de una sociedad no puede medirse únicamente por sus instituciones, sino también por la existencia de vías reales de participación y consulta en las decisiones. Especialmente cuando están en juego el patrimonio urbano protegido, el medioambiente o los espacios destinados al encuentro y la convivencia.

"Las instituciones democráticas se fortalecen cuando escuchan, dialogan y fomentan la participación de la sociedad"

La experiencia que estamos desarrollando en San Sebastián, pasando de la teorización a la práctica, nos demuestra que activar lobbies cívicos y organizarse como inteligencia colectiva permite influir en las decisiones urbanísticas cuando se actúa con perseverancia, creatividad y propuestas constructivas. También demuestra que las instituciones democráticas se fortalecen cuando escuchan, dialogan y fomentan la participación de la sociedad. En un contexto general de desafección política, estas iniciativas representan una forma de reconstruir la confianza entre ciudadanía e instituciones y ayudan a que las decisiones institucionales adquieran más legitimidad.

Ese es, precisamente, el papel que juega la Plataforma Ciudadana San Bartolomé en San Sebastián. Frente al proyecto de un gran artefacto comercial (con más de lo mismo) y su aparcamiento en zona de bajas emisiones, aprobados en 2015 en la ladera verde del cerro que albergó el monasterio de San Bartolomé, lidera la defensa de un parque público y de un jardín vertical natural en un muro contiguo de piedra de 1914, con 30 metros de altura y 125 de longitud, ambos en pleno centro de la ciudad.

Partíamos de considerarla como una operación urbanística especulativa, amparada en una modificación ilegal del Plan General para ese territorio porque no cumplía con el estándar legal de dotación de espacios libres y zonas verdes en aquel territorio. Eso nos llevó a interponer una demanda en el juzgado y a recurrir la licencia.

Nuestra metodología de trabajo ha consistido en la presentación conjunta de denuncias y propuestas alternativas en el registro municipal, ante el alcalde, el gobierno local, los grupos municipales y los medios de comunicación; contactos con líderes locales de opinión y entidades de la ciudad; la redacción de numerosos artículos enviados a los medios; la celebración de reuniones técnicas de trabajo con profesionales colaboradores y de asambleas con los vecinos asociados a la Plataforma.

En casi cuatro años tuvimos que elevar recursos ante el Ayuntamiento y los tribunales; presentar siete quejas ante el Defensor del Pueblo Vasco (el Ararteko) por falta de transparencia de la Alcaldía al no facilitar el acceso a los expedientes ni a datos sobre ingresos obtenidos por el Ayuntamiento en la operación global de regeneración urbana de San Bartolomé; convocar múltiples ruedas de prensa, dentro y fuera del Ayuntamiento; registrar ante el Ayuntamiento nueve peticiones con base en la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del derecho de petición (sin obtener respuesta); nos hemos reunido con todos los partidos y con el alcalde, y hemos hecho aportaciones de dinero como activistas para cubrir los gastos de las acciones de una asociación que reúne a quinientas personas.

"Después de doce años en los que consideraba imprescindible esa operación, hemos logrado que el Ayuntamiento renuncie a su ejecución y se comprometa con nuestras propuestas"

Por tanto, podemos afirmar que la Plataforma es una referencia de buenas prácticas de participación democrática. Somos un movimiento cívico sectorial, plural y apartidista, registrado como asociación que actúa con una estrategia creativa e innovadora en defensa de la participación ciudadana y la transparencia en el ámbito del urbanismo y el medioambiente. La lucha, incomprendida y descalificada desde el Ayuntamiento, ha hecho que el urbanismo, en este caso, no atienda los intereses económicos del Ayuntamiento de San Sebastián, del sector inmobiliario y de un fondo de inversión. Y ha logrado que prevalezcan el interés general, la sostenibilidad y el derecho a la ciudad. Algo que parecía imposible de lograr.

En resumen, después de doce años en los que consideraba imprescindible esa operación, hemos logrado que el Ayuntamiento renuncie a su ejecución y se comprometa con las propuestas que veníamos reclamando por distintas vías: apertura del gobierno local al diálogo y la consulta ciudadana; declaración de caducidad de la licencia de obras del edificio comercial y el aparcamiento; inicio de la modificación puntual del Plan General de Urbanismo para que la ladera de San Bartolomé vuelva a calificarse como zona verde, con apertura de un proceso de participación ciudadana para definir los criterios del parque público, y un estudio para la conversión del muro de piedra de San Bartolomé en un jardín vertical que contribuya a frenar el cambio climático y a fomentar la biodiversidad.

"Hemos utilizado de forma creativa las herramientas que ofrece la tecnología de la comunicación"

Es importante destacar que, en la estrategia para movilizar a la opinión pública, hemos utilizado de forma creativa las herramientas que ofrece la tecnología de la comunicación: una página web, plataformasanbartolome.com, actualizada y con la que interactuamos; envío de correos informativos de la Plataforma; presencia del debate en las redes sociales; el uso de herramientas de IA para generar imágenes; una exposición permanente en la web sobre nuestras propuestas, y una exposición presencial, en preparación, para difundir las propuestas en la galería de exposiciones de la Fundación Medioambiental Parque de Cristina Enea, y, por último, un archivo en línea de noticias e imágenes sobre la polémica operación del centro comercial.

La Plataforma trabaja ahora en la culminación de una propuesta para la recuperación de la ladera y la creación de un parque público, así como para la conversión del muro en un jardín vertical. Lo hace mediante asambleas de sus socios, diálogo con las instituciones y gracias a la colaboración de organizaciones medioambientales, expertos jardineros-paisajistas, ingenieros, arquitectos, fotógrafos, documentalistas y abogados, todos en su condición de vecinos.

domingo, 7 de junio de 2026

El País: Juan Carlos, el funcionario de Mérida expedientado por atender sin cita previa

El caso de este trabajador de la oficina de empleo de Extremadura ha llegado hasta el Defensor del Pueblo y tiene una investigación abierta por otros motivos por el Ministerio de Trabajo

Revista de prensa.- Por Juan Carlos Nieto El Pais.es.-  es de esos funcionarios que, en 2019, cuando trabajaba en la oficina que canaliza ayudas sociales de la Junta de Extremadura, dirigió un escrito a la dirección provincial de Badajoz al ver que mucha gente vulnerable quedaba fuera de las ayudas porque no llegaban a tiempo las citaciones. Él, que antes había trabajado en Correos, sabía que esas cartas no suelen llegar porque los domicilios de estos ciudadanos están en lugares apartados, mal señalizados o conflictivos. Su carta logró revertir la situación.


Juan Carlos Nieto, funcionario del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) el viernes en Mérida (Badajoz) Jorge Armestar

Es el tipo de gente que un día se encontró en la puerta de su oficina a dos niñas muy pequeñas esperando solas a su madre en la calle. Eran los tiempos postpandemia y la norma indicaba que solo se podía entrar de uno en uno a la oficina. Entonces envió dos cartas pidiendo la flexibilización de la norma. Una a su superior y la otra a la sección de Cartas al Director del HOY, el periódico local, que terminó empujando cambios en el reglamento en caso de necesidad.

Esta vez la ha vuelto a liar. Tanto que su caso ha llegado hasta el Defensor del Pueblo. Actualmente Juan Carlos Nieto, de 57 años, casado y con un hijo, es funcionario del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), el antiguo INEM, en Mérida (Badajoz). Su trabajo consiste en facilitar certificados de prestaciones para tramitar una ayuda social, un bono o un apoyo de Cáritas o Cruz Roja. Sin embargo, durante años ha atendido a gente que no había solicitado cita previa cuando la oficina estaba vacía, había cancelaciones o aparecía un hueco en la agenda.

Por esta razón, la dirección del SEPE ha abierto un procedimiento disciplinario contra él por una supuesta falta grave derivada de la atención a usuarios sin cita previa y por la expedición de certificados de prestaciones necesarios para tramitar ayudas sociales. Nieto se expone a una sanción de seis meses de empleo y sueldo por una falta grave por desobediencia a superiores y una falta leve por descuido o negligencia. “Las citas están programadas cada 15 minutos y muchas gestiones se resuelven antes. Además, existe un porcentaje significativo de ausencias. Hay momentos durante la jornada en los que la oficina está vacía o semivacía y es entonces cuando ayudamos a quien lo necesita”, explica sobre una situación que describe de “surrealista”.

“Yo soy funcionario por las mañanas, pero el resto del día soy un ciudadano normal que tiene que hacer trámites en Hacienda, en el banco, en los servicios de salud… Así que como trabajo de este lado también sé lo que supone enfrentarte a la administración", explica.

Cuando describe su jornada de trabajo, Nieto explica que a una oficina como la suya puede llegar “un empleado despedido de Telefónica, un maestro interino, un camarero eventual o un jornalero”. Pero también llega “gente mayor que no sabe hacer un trámite así en internet o migrantes que no dominan el idioma”, y que dependen de esa ayuda para comer. Y pone un ejemplo: “Si alguien llega hoy, su solicitud se procesa el 19 de junio, pero se formaliza el 3 de julio y el ingreso le llegará el 10 de agosto. En muchos casos es gente que vive al día y necesita ese dinero para vivir y, si no se atienden esos casos, lo estarán pasando muy mal hasta septiembre. No puedo mandarlos a casa cuando no hay nadie en la oficina”.

Desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social señalan a EL PAÍS que el expediente abierto no se limita “a la cuestión planteada”, es decir, a la atención sin cita previa. “Concurren múltiples motivos que, por razones de confidencialidad y respeto a todas las garantías del procedimiento, no se pueden hacer públicos”, asegura.

Sin embargo, en el expediente sancionador consultado por este periódico no hay referencia alguna a otras cuestiones y se centra en denunciar que el trabajador “omite las indicaciones” de su superiora, “compromete a las compañeras” y es “discriminatorio” hacia quienes sí han solicitado cita previa.

“No es cierto que haya otros asuntos”, insiste Juan Carlos vía telefónica desde Mérida, abrumado por la respuesta social, pero también asustado con la posibilidad de pasar seis meses sin cobrar y con un hijo adolescente. El asunto incluso ha escalado hasta el Defensor del Pueblo, que ha pedido explicaciones al Ministerio de Trabajo mientras recordaba “que en los últimos años ha recibido numerosas quejas ciudadanas en las que se planteaban las dificultades con las que se encuentran para obtener cita previa y poder ser atendidos de manera presencial en las oficinas de Empleo”.

Nieto entiende que es “lógico y normal” que exista la cita previa para ordenar la atención y evitar esperas. Sin embargo, cerca de un 30% de las personas no acude a la cita y, en otros casos, el trámite se resuelve en pocos minutos. “Por lo que hay muchos momentos en los que no hay nadie en la oficina y yo no puedo mandar a casa a alguien porque el sistema no le ha dado hora”.

Desde luego, el funcionario rebelde no se ha convertido en la persona más querida de la oficina al ver cómo exige eficientar el trabajo con mejoras tan sencillas como que “las máquinas que distribuyen los turnos se adapten también a la gente que no tiene cita cuando hay huecos libres”.

Juan Carlos Nieto, funcionario del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) el viernes en Mérida (Badajoz) jorge armestar

El caso de Nieto tiene similitudes con el camino emprendido por anónimos testarudos que lograron importantes cambios en el día a día de mucha gente. Como Carlos San Juan, un médico jubilado de Valencia que puso en marcha la campaña “Soy mayor, no idiota”, con la que obligó a los bancos a no cobrar comisiones por atender en ventanilla a los mayores de 65 años. O Anna González, que después del atropello de su marido cuando iba en bicicleta logró una reforma en el Código Penal que agrava la pena en caso de abandono del lugar del accidente. O Cristina Arce, la madre que logró reunir miles de firmas y endurecer la Ley de Espectáculos en Madrid tras el fallecimiento de su hija. En esta ocasión, una semilla surge en una oficina pública extremeña para facilitar la vida a los ciudadanos.

La sanción de la Inspección de Servicios a Juan Carlos Nieto tendrá que ser ratificada por la Subdirección General de Recursos y Organización, el órgano encargado de estudiar las presuntas irregularidades.

En cuanto a la calidad del servicio, Trabajo asegura que en su oficina no hay retraso en las citas y tampoco a la hora de reconocer las prestaciones. “En caso de que puntualmente hubiera demoras, la simple solicitud de la cita sirve como justificante de que la persona usuaria ha iniciado la tramitación de la prestación y, por tanto, no computaría a efectos de plazos”, señalan fuentes del ministerio.

Sin embargo, la sanción a Nieto es un runrún que se mueve por Mérida y ha activado a sus vecinos. El miércoles, alrededor de un centenar de personas se concentraron ante la oficina del SEPE de Mérida. Aquel día Nieto salió durante su media hora de descanso y les agradeció el apoyo: “No pido caridad ni compasión. Es, simplemente, hacer el trabajo por el que me pagan y por el que todos vosotros también pagáis con vuestros impuestos. Mi obligación era atender a quien tenía delante cuando había tiempo para hacerlo”, les dijo.

sábado, 6 de junio de 2026

Pilar Ortega (COSITAL): "La reforma de los habilitados nacionales pone en riesgo la garantía contra el caciquismo y la corrupción municipal"

"Romper el carácter nacional de secretarios, habilitados y tesoreros de la Administración Local vulnera la igualdad de los ciudadanos 

"El traspaso de competencias a Cataluña no es una vuelta al origen, es 'revolver' para desestabilizar a los entes locales"

"El precedente vasco supuso cinco años de parálisis total y cero nombramientos tras ceder las competencias de selección"

Revista de prensa. El Economista.es El pasado martes, el Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de Real Decreto-ley que modificará la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local para "devolver a la Generalitat de Cataluña la gestión de la oferta pública de empleo y procesos de selección de los habilitados nacionales".

Con esta medida, la Generalitat de Cataluña podrá convocar los concursos para las plazas vacantes, resolviendo la asignación del primer destino y las situaciones administrativas pertinentes.

Se trata de una competencia traspasada a Euskadi en el año 2022 y que todas las Comunidades Autónomas tuvieron entre 2007 y 2013, pero que hubo de revertirse al desincentivar el atractivo para los posibles aspirantes a secretarios, interventores y tesoreros de municipios y diputaciones.

El Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local (COSITAL) se opone a la cesión de las competencias sobre los habilitados nacionales a la Generalitat de Cataluña.

Hablamos con Pilar Ortega, presidenta del COSITAL

¿Qué consecuencias pueden derivarse de esta reforma en el futuro?

La selección autonómica de funcionarios con habilitación ya se ha realizado y no va a suponer una mejora en la preparación técnica ni en la cobertura de plazas. Al contrario, la regulación conjunta y los concursos a nivel estatal hacen la escala más atractiva; fragmentarla reduce el número de aspirantes y la competencia, lo que previsiblemente resultaría en una reducción del número de aprobados, que además podrían ir a otros territorios a desempeñar sus funciones. Si la solución aprobada no da el resultado esperado, el siguiente paso podría ser la eliminación de la habilitación nacional en Cataluña, con cambio radical en su programa de estudios. Esto convertiría a los funcionarios, secretarios, interventores y tesoreros de ayuntamientos y diputaciones en una subescala autonómica, rompiendo su régimen jurídico único y haciendo desaparecer el carácter nacional de la escala. Es importante tener en cuenta que la selección estatal de estos funcionarios no responde a un principio de centralismo político, sino de igualdad jurídica. La lógica es que, si existe un cuerpo básico de normas y derechos que debe aplicarse en todos los entes locales, es necesario un cuerpo de funcionarios con un temario, preparación y procedimiento selectivo común para garantizar esa aplicación homogénea.

¿Qué funciones son las que desempeñan los habilitados nacionales?

Las funciones reservadas a los Funcionarios de Administración Local con Habilitación Nacional (FALHN) son una pieza esencial para el funcionamiento de los entes locales y abarcan áreas críticas de legalidad y economía. Sus tareas no son meramente administrativas, sino que actúan como garantía de legalidad y eficiencia económica. Estas funciones van desde la Fe Pública, que supone la certificación de los actos y acuerdos de los órganos municipales. También, la garantía de que las decisiones que se adoptan en esta instituciones se ajustan a la normativa vigente. Y no menos importante, es el control de la gestión económico-financiera, la contabilidad y el manejo de los fondos públicos y recaudación.

¿Cuál es la razón de que exista una habilitación nacional si se trabaja para municipios y diputaciones?

Estas funciones se establecieron originalmente en el Estatuto Municipal de 1924 para sustraer la gestión local del caciquismo y la corrupción y del vendaval político, buscando la depuración de la burocracia municipal. La reforma de los habilitados nacionales pone en riesgo la garantía contra el caciquismo y la corrupción municipal establecida en 1924. Además, al ser desempeñadas estas funciones por funcionarios con una habilitación única estatal, se asegura que los servicios públicos locales tengan la misma calidad y que la ley se aplique igual en cualquier municipio, independientemente del lugar de residencia del ciudadano. Recientemente, las funciones se han adaptado para garantizar la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera exigidas por la Unión Europea. Asimismo, el perfil técnico de estos funcionarios es clave para la tramitación y ejecución de financiación externa, como los fondos Next Generation.

¿Cómo afecta la función local a la igualdad ciudadana?

la función desempeñada por los Funcionarios de Administración Local con Habilitación Nacional (FALHN) no es un mero trámite burocrático, sino el mecanismo esencial que garantiza la igualdad de los ciudadanos ante la Ley, independientemente de su lugar de residencia. La presencia de estos funcionarios asegura que la normativa se aplique de la misma manera en cualquier municipio de España. Esto incluye tanto las reglas para la adopción de acuerdos políticos como las que regulan las condiciones de los servicios. Al existir un cuerpo de funcionarios con formación y selección común, se garantiza que los ciudadanos reciban igual trato administrativo, evitando que la interpretación de la ley varíe arbitrariamente según el territorio. Las funciones de control y fe pública están vinculadas directamente al buen funcionamiento de los servicios públicos locales. La Ley de Bases estableció un conjunto de servicios mínimos obligatorios para todos los entes locales. Estos funcionarios son los encargados de asegurar que esos servicios se presten, haciendo realidad el mandato del artículo 14 de la Constitución Española, sobre la igualdad ante la ley sin discriminación por lugar de nacimiento o residencia. Gracias a esta labor, los servicios locales obtienen mejores valoraciones de calidad por parte de los ciudadanos que los estatales o autonómicos.

¿Existe una gran necesidad de cubrir puestos vacantes en municipios y diputaciones?

El porcentaje de vacantes del colectivo de Funcionarios de Administración Local con Habilitación Nacional (FALHN) se sitúa en torno al 50%, lo que implica que aproximadamente la otra mitad de los puestos, mayoritariamente en entornos rurales de reducida dimensión, se encuentran vacantes. Esta situación es el reto cuantitativo más preocupante en este momento, ya que incide negativamente en el funcionamiento ordinario de los entes locales y en la prestación de servicios a los ciudadanos.

¿Qué conclusiones se pueden sacar el precedente del País Vasco?

La modificación normativa en el País Vasco abrió una espita de recursos judiciales que ha conseguido la paralización total y absoluta de la oferta de empleo público en esa comunidad. Casi cinco años después del traspaso, y tras múltiples recursos y sentencias, no se ha producido ningún nombramiento de nuevos funcionarios en ejercicio de esas competencias, ni siquiera se ha podido crear una bolsa de empleo temporal. Ahora, se prevé que la nueva reforma aprobada por Real Decreto Ley siga el mismo camino de impugnación judicial por parte del Consejo de Colegios profesionales (COSITAL), lo que augura un escenario de litigios y bloqueo similar.

¿Consideran que empeorará la cobertura de vacantes?

Resulta paradójico que la reforma, cuyo objetivo teórico es cubrir vacantes, empeorará la situación tanto en Cataluña como en el resto del territorio nacional. Durante el periodo en el que las Comunidades tuvieron la competencia para la selección de habilitados, ofertaron muchas menos plazas que el Estado en plazos similares, un total de 956 frente a las más de 4.000 del Estado en los años siguientes a la recuperación de la competencia. También, se disolvieron los grupos de opositores al desaparecer la periodicidad y unidad de los temarios, lo que provocó que los aspirantes perdieran interés. Específicamente en Cataluña, durante esos años no solo no se atendieron las necesidades, sino que se incrementaron las vacantes. De las plazas que convocó Cataluña, solo cubrió el 63,13%, y un tercio de los aprobados finalmente no ejercieron allí.

¿Hay riesgos de que estas medidas vulneren la Constitución?

La reforma podría vulnerar la Constitución. El Tribunal Constitucional considera regulación básica la existencia de una Escala de funcionarios con habilitación nacional. Si la selección y provisión se fragmentan y regionalizan, y los requisitos de acceso no guardan identidad, la norma vulneraría ese carácter básico y no encontraría amparo en el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.

viernes, 5 de junio de 2026

¿Funciona el sistema público de prevención del blanqueo de capitales?

"El Tribunal de Cuentas recomienda al Gobierno la conveniencia de establecer las vías necesarias para comunicar los resultados alcanzados en materia de prevención de blanqueo a las Cortes Generales y al SEPBLAC aumentar el conocimiento y aplicación del enfoque de riesgo en todas las categorías de sujetos obligados"

 Por Antonio Arias.- Fiscalizacíón.es blog.-  El blanqueo de capitales, también conocido como lavado de dinero, es el proceso mediante el cual los delincuentes ocultan el origen ilícito de activos financieros para que parezcan provenir de fuentes legítimas. Permite a las organizaciones criminales integrar «dinero negro» en la economía legal sin levantar sospechas.

Durante las últimas semanas hemos conocido tal cúmulo de noticias y diligencias policiales o judiciales que se ha vuelto a poner de actualidad el término, pues afectan a altos cargos del Partido Socialista, así como a empresarios vinculados así como el escándalo del rescate a la compañía aérea Plus Ultra, que facilitó la entrada en Europa y EEUU de capital limpio, lo que ocasionó la intervención de las fiscalías anticorrupción de España, de Francia, Suiza o EEUU. Un asunto que, hasta ahora, era exclusivo de algunos estados latinoamericanos, y que hizo saltar todas las alarmas.

La debilidad legislativa o presupuestaria que enfrenta el Gobierno de la Nación no es una simple cuestión estética, pues España se desliza por el camino de las multas de la Comisión Europea al no transponer aun la nueva directiva europea contra el blanqueo de capitales. Algún medio añade al escenario la tensión interna entre el Banco de España, y el ministerio de Economía por el control del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac).

Además, estos días conocíamos la preocupación de los notarios por el anteproyecto de Ley de Integridad Pública que impulsa el ministro de Justicia que permitirá sustituir la escritura pública ante notario por un documento privado electrónico con firma digital para inscribirse en el Registro Mercantil con efectos constitutivos. Sin embargo, el documento privado con firma electrónica no aporta seguridad, ni siquiera la de la identidad del firmante. Así avisa el fedatario barcelonés, Pedro Rincón: “El sistema permitiría que un hijo pudiera usar el certificado de firma electrónica de la madre, por ejemplo, y vender sus participaciones. Es obvio que no es una buena idea y la normativa europea no ampara estos disparates”. En fin, éramos pocos y pario la güela. La sociedad civil española debe debe tomarse en serio este importante debate.

Así parece entenderlo el Tribunal de Cuentas de España, que acaba de aprobar el informe de fiscalización de la implementación de la política de prevención de blanqueo de capitales derivada de la normativa de la Unión Europea, realizado de forma paralela junto a las entidades fiscalizadoras superiores de Alemania, Países Bajos, Polonia y Chipre. 

La fiscalización analiza el funcionamiento entre 2020 y 2024 del sistema español de prevención del blanqueo de capitales en relación con la actuación de los actores públicos responsables de la supervisión, coordinación e inteligencia financiera. 

El Tribunal concluye que España ha incorporado la normativa europea a la legislación nacional y ha seguido las recomendaciones internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). No obstante, la valoración global señala que “no se ha definido una estrategia de ámbito nacional de la política de prevención del blanqueo” que incluya objetivos específicos e indicadores para valorar la eficacia de las medidas adoptadas y la contribución de los distintos operadores del sistema. 

Para los muy cafeteros, recomendamos la lectura de las conclusiones donde se advierte de que “existe una dificultad real en la valoración del impacto del esquema preventivo” porque no se dispone de datos reales para su valoración ni es posible determinar la contribución concreta a los resultados de cada medida”. Por ello, la fiscalización recomienda desarrollar un sistema propio de medición de resultados.

El Tribunal de Cuentas destaca el papel altamente especializado del SEPBLAC como autoridad de supervisión y de unidad de inteligencia financiera. Sin embargo, el informe señala que el actual sistema de provisión de recursos al SEPBLAC no da una respuesta ágil y recomienda reforzar los medios humanos, tecnológicos y financieros del organismo para afrontar los retos estratégicos del sistema preventivo. 

Además, el sistema español de prevención del blanqueo de capitales se apoya en la colaboración de más de 27.000 sujetos obligados del ámbito privado, entre ellos entidades financieras, proveedores de servicios de cripto, abogados, notarios, inmobiliarias y joyerías que deben vigilar, comunicar y abstenerse de participar en operaciones sospechosas. 

El Tribunal de Cuentas recomienda al Gobierno la conveniencia de establecer las vías necesarias para comunicar los resultados alcanzados en materia de prevención de blanqueo a las Cortes Generales y al SEPBLAC aumentar el conocimiento y aplicación del enfoque de riesgo en todas las categorías de sujetos obligados.

lunes, 1 de junio de 2026

F. Sosa Wagner: Con la música a otra parte

Por Francisco Sosa Wagner - esPúblico blog.- (Sentencia Tribunal de Instancia, sección de lo Contencioso-Administrativo de Valencia 78/2026)

De nuevo traigo a las páginas de este blog el asunto del ruido y de nuevo es la bien hermosa ciudad de Valencia (en cuya Universidad me licencié y me doctoré) la protagonista de una acción judicial interpuesta por vecinos hartos de unos sujetos que montan su negocio y organizan su diversión a base de arruinar la vida y la tranquilidad del prójimo.

Los focos de ruidos están emparentados con casales falleros, fiestas de moros y cristianos y otros encuentros donde bailes, juegos, aparatos de televisión, etc se confabulan para componer una oda al bullicio y al alboroto. Perpetrado además en la oscuridad ¿alguien puede explicar la razón por la cual estas expansiones han de tener lugar en las horas altas de la noche? ¿no es posible desplazarlas a momentos menos agresivos?

Pues parece que no. Menos mal que existen magistrados sensibles que tratan, a base de usar con galanura la argumentación jurídica, de restaurar la justicia, en la medida de sus fuerzas, y con ella la mesura y el respeto a la ciudadanía. En este caso se llama don Pablo de la Rubia y es obligado consignar, como homenaje, su nombre. Don Pablo le ha dicho a la autoridad municipal que «con la música a otra parte».

Atina cuando afirma que la cuestión esencial es «si la inactividad de la Administración ha vulnerado el artículo 18 CE, es decir, el derecho a la tranquilidad del domicilio» (la cursiva es mía).

Aquí está el meollo, el busilis, como se decía antiguamente, del problema judicial planteado. ¿Por qué debo perder la tranquiilidad en mi hogar para facilitar el jolgorio de unos convecinos? ¿Les gustaría a tales convecinos juerguistas que las víctimas de su mala educación acudieran a sus domicilios tocando un tambor cuando se retiran a descansar?

El magistrado recuerda las exigencias de la jurisprudencia: a) que se trate de una actividad que cause graves molestias; b) que afecte a la tranquilidad del domicilio; c) que sea prolongada en el tiempo; d) que la Administración, en nuestro caso municipal, con pleno conocimiento de los hechos no despliegue actividad para poner fin a la situación.

Y asimismo el concepto del «domicilio inviolable», identificado con «el espacio en el cual el individuo vive sin estar sujeto necesariamente a los usos y convenciones sociales y donde ejerce su libertad más íntima, por lo que el objeto específico de protección en este derecho fundamental es tanto el espacio físico en sí mismo como lo que en él hay como emanación de la persona que lo habita».

Por su parte, la sentencia razona cómo todas las molestias denunciadas por los vecinos provienen de los actos u omisiones de las Administraciones que actúan para legalizar, antes que para disminuir los ruidos, y que dispone y no despliega todos los medios a su alcance para evitarlos.

Al cabo, como he adelantado, este pleito ha tenido final venturoso, aunque puede haberse interpuesto la apelación, extremo este que ignoro. De momento, el recurso ha sido estimado y a cada una de las cuarenta y seis víctimas se les abona la cantidad de tres mil euros como reparación por los daños morales padecidos.

Pero ¿compensa esta cantidad los disgustos sufridos, el tiempo transcurrido, la sensación de impotencia ante el desafuero cometido por unos «jaraneros» a costa del prójimo con la connivencia del alcalde?

Una reflexión esta que conecta con otra más general y que afecta al fondo mismo del derecho administrativo que custodia el juez de lo contencioso.

Nuestro sistema jurisdiccional está históricamente montado sobre la base del «proceso al acto». O al «no acto», a la «inactividad». En ese terreno se ha movido el magistrado porque ese es el límite del oficio que ejerce.

Sin embargo … ¿qué falta? falta trasladar testimonio al ministerio fiscal para que proceda penalmente contra las concretas autoridades que se han desentendido de las protestas vecinales, que conscientemente las han despreciado. Sépase que los miles de euros a pagar no van a salir de los bolsillos del alcalde ni del concejal de festejos, sino del arca común que alimentan los impuestos. 

Por eso, la restauración de la legalidad que cuida el orden contencioso necesita – de manera general, y no solo en casos como este- del auxilio del enjuiciamiento criminal. Si no se usan ambos instrumentos, todo queda dispuesto para que mañana otros cuarenta y seis vecinos se vean obligados a sufrir un calvario similar, a subir al Gólgota, como los animosos recurrentes que figuran con sus nombres y apellidos en esta sentencia ejemplar

domingo, 31 de mayo de 2026

CONSIDERACIONES SOBRE LOS ALTOS FUNCIONARIOS INGLESES

Por Andrés Morey. Tu blog de la Adminsitración Pública.- En este tiempo que otorga la jubilación, personalmente, me satisface mucho acudir y leer libros de autores siempre citados y nunca leídos de modo directo. Al no vivir para el trabajo, éste, en mi caso, al ser más consciente del estado social español, se ha convertido en un medio de subsistencia intelectual y de satisfacción.

En el año 1964 de mi ingreso en la Administración general, como funcionario del entonces llamado Cuerpo General Técnico, 4ª promoción, primera en la que entró en vigor la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, se comentaba que era un cuerpo que se quería equiparar al modelo francés de altos funcionarios y también al inglés.

Respecto del segundo, fue un éxito y objeto de muchos comentarios los libros de Sí Ministro de Jonathan Lynn y Anthony Jay que dio origen a una serie de televisión también exitosa.

Al respecto de los altos funcionarios ingleses en el libro Administración de A. Lepawsky leo parte  de lo referido por dos autores.

Uno es Austen Chamberlain en Las Tradiciones del Servicio Civil. 1930. Por ejemplo, dice: "Es preciso poner al servicio de los Ministros toda la experiencia del pasado" Hoy abunda quien denuncia la ineptitud de muchos altos cargos y funcionarios. Y sigue: " Nosotros los Ministros , llegamos al poder llenos de ideas que creemos son novedosas y excelentes; nos sorprendemos de que nuestros predecesores nunca hubieran pensado en ellas y nuestra única ansiedad, es dejar que alguno las publique antes de presentar nuestro proyecto. Entonces el empleado civil dice: Oh, sí, oh sí, yo creo que conviene que vea usted antes de hacer eso, un memorándum que se escribió sobre eso en 1914, o las observaciones que hicimos al respecto y que indujeron a su predecesor a retirar su propuesta.

Chamberlain dice que esta es la primera etapa. "La segunda empieza cuando van a presentar al Ministro aquellas sugestiones que según su experiencia, calculan que cuadran con su política......"

Menciona un hecho referido a cuando era Director General de Correos y su discusión con un distinguido empleado civil: "después de una larga hora, trataba de disuadirme de que hiciera yo algo que yo consideraba conveniente. Aquí vino lo peor, pues bien o mal yo persistía de llevarla a cabo. Entonces mi eminente amigo empezó a realizar la segunda función importante de un empleado civil. Bien, dijo él, si ha de hacer un cosa tonta por supuesto que puede usted hacerlo pero ¿es esencial para usted hacerlo de una manera tan necia? Y habiendo hecho todo para disuadirme de mis intenciones, entonces me enseñó cómo hacer aquello con la menor fricción y las desventajas más pequeñas."

Muy ilustrativo de una función directiva de asesoría que no consta en expedientes ni en el procedimiento, pues el funcionario aconseja pero no actúa directamente en la decisión. No es un informe.

El otro autor es Herbert Morrison, autor de Socialización y transporte. 1933. Se expresa igual sobre la colaboración de los funcionarios describiendo la segunda etapa señalada por Chamberlain. Pero destaco dos puntos más generales: " La conseja popular de que los empleados públicos están ansiosos de introducir sus propias políticas sobre los Ministros, no es cierta según mi experiencia. Les gusta que su Ministro sea una persona que haga bien las cosas; se sienten personalmente humillados si el Ministro comete errores, les causa enorme vergüenza darle a conocer todos los hechos y prevenirle contra faltas lamentables de las que él pudiera aparecer como responsable. Si ellos consideran que las normas que el Ministerio está estudiando, están equivocadas, le dirán por qué, pero siempre sobre la base de que será el Ministro quien decida sobre el asunto. Y si el Ministro, no tiene el coraje, ni cerebro suficiente para desarrollar una política propia suya, ellos harán lo mejor que sepan para encontrarle una; porque después de todo es mucho mejor que su Departamento sea gobernado por los empleados civiles y no carezca por completo de gobierno"

Y termina el párrafo diciendo: "La responsabilidad de formular políticas descansa sobre los ministros fuertes o débiles que sean y es muy importante que los empleados civiles  sean los instrumentos y no los directores de la política. Pudieron haber sido igualmente leales a un Ministro conservador, y eso es muy bueno."

La política pensada en España en los años 60 no tuvo efecto real y social y el sistema de nombramiento o designación de directivos y altos funcionarios no siguen lo que se describe por lo autores citados. Es el cambio continuo y la falta de memoria o inexistencia de memorándus. El alto funcionario descrito no existe sólo se pretende fieles cumplidores de lo que el ministro o jefe desea.