lunes, 30 de junio de 2014

Nuevos recortes en prestaciones sociales para los funcionarios titulares y beneficiarios de Muface

Los "ahorros" podrían alcanzar los 20 millones de euros, según CC.OO

Consultar la cuantía de las nuevas prestaciones. Expansión


Revista de prensa. Expansión 26.6.2014. El Gobierno recortará previsiblemente las prestaciones sociales que reciben los funcionarios a través de Muface a partir de julio, lo que afectarán a la cobertura de prótesis dentales, gafas, lentillas y audífonos. Además tiene previsto congelar un año más la aportación presupuestaria para 2015.

Muface justifica esta decisión por razones presupuestarias de ajuste del gasto y por la evolución de los precios en el mercado, según informó el martes Gustavo Blanco, director general de Muface al Consejo General de la entidad, según ha hecho público el sindicato CSI-F, que calcula los recortes en unos cinco millones de euros.

Los recortes afectan fundamentalmente a prestaciones dentarias, prótesis oculares y auditivas, así como los tratamientos por ortodoncia, con una única cobertura en los procesos iniciados antes de los 18 años.
Muface implanta un nuevo sistema que subvenciona el 20% del coste medio de mercado del producto protésico, gafas, cristales, lentillas y audífonos. El "hachazo" puede suponer en algunos casos incluso el 50% del valor actual", según la Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras.

"En la reunión del Consejo General de Muface se ha presentado a los agentes sociales, bajo el eufemismo de modificación de los anexos a la orden que regula las prestaciones complementarias (prótesis oculares, auditivas, etcétera), un nuevo recorte en las prestaciones que por estos conceptos reciben los funcionarios integrados en la mutua", señala este sindicato, que eleva la cifra de recortes hasta los 20 millones de euros "según cálculos estimados de manera urgente".

Congelación para 2015
También se congelará la aportación del Estado a la mutua de los funcionarios por segundo año consecutivo, cuyas cuentas ya se han visto reducidas en más de mil millones de euros en los últimos cinco años. "Esta situación se ve agravada por el progresivo envejecimiento de la población atendida y el hecho de que no entren en el sistema nuevos mutualistas".

"Estos recortes no se corresponden con la supuesta recuperación económica que plantea el Gobierno y vuelve a situar a los empleados públicos como uno de los colectivos más perjudicados, en esta ocasión, con la reforma fiscal y la previsible reducción de ingresos del Estado", señala CSI-F, que ha exigido al Gobierno que convoque la Mesa de Negociación, paralizada desde 2010.

Red.es anuncia la primera convocatoria de 'ciudades inteligentes' con un presupuesto de 15 millones

La financiación máxima por cada ayuntamiento  -de Andalucía, CLM y Extremadura- no podrá ser superior a un millón de euros
 
Revista de prensa. EP. 28.6.2014.- La entidad pública Red.es, dependiente del Ministerio de Industria, ha publicado la convocatoria para la selección de los ayuntamientos participantes en la primera convocatoria de 'ciudades inteligentes' de la Agenda Digital para España con un presupuesto de 15 millones de euros.

Las ciudades inteligentes se multiplican
De acuerdo con las bases que recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), las entidades locales presentarán una o varias iniciativas con el propósito de obtener beneficios en el corto y medio plazo.
 
El coste total de cada iniciativa a desarrollar englobará los costes de las actuaciones a realizar por parte de Red.es, que certificará estas actuaciones en el programa operativo Feder Economía del Conocimiento de 2007-2013, así como en el programa operativo Crecimiento Inteligente Feder 2014-2020.
 
 La financiación máxima por cada ayuntamiento participante en cualquiera de las dos modalidades no podrá ser superior a un millón de euros y Red.es contribuirá a la financiación con un máximo del 80% del coste total de la iniciativa.
 
En concreto, tres millones de euros para actuaciones desarrolladas en entidades locales de Castilla La Mancha, diez millones de euros para actuaciones desarrolladas en entidades locales de Andalucía y dos millones de euros para actuaciones desarrolladas en entidades locales de Extremadura.
 
Red.es ha aclarado que estas cantidades se refieren a la totalidad del presupuesto, incluyendo por tanto el porcentaje correspondiente a la aportación de las entidades locales participantes.
 
En menos de 2 años
La iniciativa en su totalidad deberá tener un plazo de ejecución inferior a 24 meses y cada una podrán actuar sobre ámbitos diferentes de la ciudad, siempre que todos ellos se integren en la estrategia de 'ciudad inteligente' y atiendan a la mejora de los servicios de la ciudad a través del empleo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), ha explicado Red.es.
 
 Así, estas iniciativas deberán lograr ahorros y mejoras de eficiencia en la gestión, así como mejoras en la accesibilidad de los servicios públicos municipales; impulsar proyectos de carácter innovador; promover el acceso transparente y universal de los datos de la gestión pública; presentar un potencial de reutilización en otros municipios y fomentar la interoperabilidad con distintas administraciones y agentes a través de servicios electrónicos.

domingo, 29 de junio de 2014

ASTIC reclama al Gobierno continuar con las propuestas hechas por la CORA para reduccir duplicidades TIC´s en la AGE

"Desde la Asociación ASTIC manifestamos una profunda preocupación por el poco avance en la modernización de la Administración así como por las situación de las unidades y  los profesionales de las TIC´S"

Astic.-El 21 Junio del año 2013, la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas publica un informe de 253 páginas, en el que las Tecnologías de la Información ocupan un papel primordial. En aquel momento, los representantes de los Cuerpos Tecnológicos de la Administración aplaudíamos el paso adelante que por fin se iba a dar para modernizar verdaderamente la Administración española acercándola a la Sociedad actual, y situándola a la altura de los países más avanzados.

Un año después observamos que tal  cambio aún no ha tenido lugar, y parece que estamos lejos de conseguirlo.  Desde la Asociación ASTIC manifestamos una profunda preocupación por el poco avance en la modernización de la Administración así como por las situación de las unidades y  los profesionales de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de la AGE, que constituyen un valor clave para conseguirlo.

Una de las medidas encaminadas a alcanzar una profunda transformación de la Administración fue la creación de la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con rango de Subsecretaría, en septiembre de 2013, y el nombramiento de Domingo Molina, en aquel entonces director del Departamento de Informática Tributaria de la AEAT, como CIO de la AGE para liderar y conducir el proceso de transformación de las TIC y  la Administración Electrónica en el sector público Administrativo Estatal.

Desde nuestra Asociación siempre hemos apoyado la creación de la figura de un responsable máximo de tecnología de la Administración que lidere la definición de una estrategia TIC común para toda la AGE e impulse la transformación digital de la Administración. Hace años que las grandes empresas con proyección internacional y los grandes bancos han dado este paso adaptándose así a las nuevas demandas de la Sociedad. Es el turno de la Administración.

Para que esta transformación pueda hacerse efectiva, es imprescindible establecer, tal como indicaba la Comisión para la Reforma de la Administración Pública, un nuevo modelo de gobernanza de las TIC que dote a la Administración de las capacidades organizativas y de coordinación necesarias para hacer efectivo el cambio.

Durante estos nueve meses de camino de la reforma de las TIC hemos observado una paralización sustancial de estas medidas, así como un progresivo deterioro de la cooperación interdepartamental, fruto de la falta de claridad del modelo de gobernanza actual y del solapamiento de competencias entre las principales unidades con responsabilidad en materia de Administración Electrónica.

Oficina CIO
Asimismo, aunque la Dirección TIC ha puesto en marcha numerosas medidas de consolidación de infraestructuras y servicios, su manifiesta falta de recursos técnicos, económicos y humanos para abordar proyectos de tal envergadura hacen necesario retomar lo propuesto en el informe de la Comisión de la Reforma de las Administraciones Públicos, con el consiguiente trasvase de efectivos a la oficina del CIO desde aquellas unidades con competencias duplicadas. 

Estos últimos años se han estado publicando cifras de de miles de millones de ahorro gracias a la Administración Electrónica, cuando en la realidad estos hipotéticos ahorros poco han revertido en la Administración, ya que se estas cifras obtienen por medio de un modelo de costes (SCM - Standard Cost Model) que compara lo que se ahorraría un ciudadano si usa la Administración Electrónica frente al mismo trámite en el modelo presencial. Algo así como si ahora comparásemos lo que hubiese costado el transporte a lomos de burro con el uso del ferrocarril y el barco. Además, es un modelo en desuso por el resto de países. Los verdaderos ahorros, que causan un verdadero efecto sobre la Administración, se consiguen implantando las medidas publicadas por la CORA, que iban destinadas a eliminar las duplicidades en Administración Electrónica, y que consiguen un ahorro REAL para la Administración de 195 M€ al año.

Entendiendo las dificultades que conlleva un cambio organizativo profundo como el planteado,  creemos que la situación no es sostenible y que se están poniendo en peligro los logros alcanzados. El tiempo juega en contra y es necesario asentar la transformación dando nuevos pasos que demuestren la irreversibilidad de las decisiones adoptadas.

La Administración Electrónica es fundamental para transformar la Administración rompiendo con una burocracia excesiva que no hace sino alejarnos de los ciudadanos. La Administración Electrónica no puede ser una digitalización de los procedimientos administrativos existentes, sino una adaptación de los procedimientos administrativos a las nuevas posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías y que es fuertemente demandado por la ciudadanía. Así lo hicieron los bancos, el comercio electrónico, y las Administraciones de los países más desarrollados.

Este proceso de introducción de la Administración Electrónica ha de estar liderado por una persona especializada con conocimientos en la materia. Precisamente, en la Administración hay más de 650 profesionales pertenecientes a Cuerpos Superiores especializados en Tecnologías de la Información y Administración Electrónica, con un alto conocimiento de la Administración y con una significativa presencia en todo tipo de puestos y responsabilidades en las tres Administraciones. Está en manos de nuestros líderes políticos poner el peso en un lado u otro de la balanza.

Desde la asociación ASTIC vamos a apoyar públicamente el impulso de las medidas anunciadas de reforma de las TIC en el convencimiento del poder transformador e innovador  de las TIC y de la Administración electrónica.

Estamos convencidos de la viabilidad y conveniencia del cambio, por lo que nos ponemos a disposición del Gobierno y de la sociedad para colaborar en esta oportunidad histórica que seguramente marcará un antes y un después en la Administración Pública Española.

sábado, 28 de junio de 2014

Sorprendente normativa autonómica para el desarrollo de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre (Reforma Local)

 "Un sistema de atribución de competencias que provoca el solapamiento en la titularidad de competencias y la consiguiente esterilidad en la duplicidad de su ejercicio"

Por Manuel Zafra Víctor es Profesor Titular de Ciencia Política y de la Administración Pública en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad de Granada

Las comunidades autónomas de Galicia, Andalucía y Castilla León han desarrollado la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. La lectura de las tres normas suscita sorpresa porque, además de un evidente carácter reglamentario, su objetivo es una determinada interpretación de la ley básica. La originalidad de la normativa autonómica no está en un desarrollo singularizado de la legislación estatal; la razón de ser de los dos reales decretos (Andalucía y Castilla y León) y la ley (Galicia) es descartar una interpretación propuesta por el Consejo de Estado (también por el Consejo Consultivo de Andalucía).
 
Quizás este propósito explique la extensa y detallada exposición de motivos de las normas gallega y andaluza. En la Exposición de Motivos de la Ley 5/2014, de 27 de Mayo, de medidas urgentes derivadas de la entrada en vigor de la Ley 27/2013 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, figuran los siguientes reveladores criterios:
 
Salvaguarda por la Ley 27/2013 de las competencias autonómicas de régimen local (Disposición Adicional Tercera).
 
La vigencia del artículo 2.1 de la LBRL demuestra que la Ley 27/2013 no altera el modelo originario y, por tanto, no articula un modelo cerrado de atribución de competencias locales.
 
La interpretación que cabe hacer es la sentada por el Tribunal Constitucional en la STC 214/1989, de 21 de diciembre.
 
Ante la ausencia de reglas legales que señalen con claridad el régimen aplicable a las competencias (municipales) atribuidas en la legislación autonómica anterior a la entrada en vigor de la ley, la disposición adicional primera de la Ley 5/2014 dispone la continuación de su ejercicio en las condiciones entonces establecidas.
 
Necesidad de distinguir entre las competencias complementarias desempeñadas por los municipios al amparo del derogado artículo 28 de la LRBRL y las atribuidas por el legislador sectorial autonómico que ha atribuido competencias a los municipios para prestar servicios que, de interrumpirse por el carácter retroactivo de la ley, provocaría inevitable menoscabo a los derechos de la ciudadanía.
 
En coherencia con estos principios, el articulado de la ley refleja la regulación de las competencias municipales, significativamente el artículo 2, dedicado a la delegación de competencias, condiciona el reconocimiento de competencias delegadas en las materias previstas en el artículo 27 a que las leyes de la Comunidad Autónoma no hubiesen atribuido su titularidad a los municipios como propias.

Colaboración y cooperación
En la Disposición Adicional 4 la colaboración y cooperación entre comunidad autónoma y entidades locales comprenderán, entre otros aspectos, la ayuda financiera a una de las partes para el ejercicio de sus competencias o para el ejercicio por las entidades locales de competencias distintas de las atribuidas como propias o delegadas.
 
Por su parte el Decreto-Ley 7/2014, de 20 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes para aplicación de la Ley de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local promulgado por la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía, destaca los siguientes apartados:
Análoga interpretación del artículo 2.1, de conformidad con la jurisprudencia constitucional (STC 214/89) advirtiendo que otra lectura implicaría la inversión del modelo. Las competencias atribuidas a los entes locales en su momento por el legislador autonómico conservan su vigencia.
 
Idéntico sentido de la disposición adicional tercera de la Ley 27/2013.
 
La rebaja del mínimo garantizado por las bases estatales no impide su elevación por los legisladores autonómicos. El legislador autonómico fija un mínimo ampliable por las comunidades autónomas.
 
La conclusión de los puntos anteriores resultan evidentes: tanto las competencias atribuidas por la legislación autonómica a los entes locales antes de la promulgación de la Ley 27/2013 como las que les pueda atribuir con posterioridad tendrán, según la nueva clasificación establecida en el artículo 7, la condición de propias.
 
Son propias todas las competencias recogidas en la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local de Andalucía y las atribuidas por el correspondiente legislador sectorial.
 
Si la Ley 27/2013 prohibiera a las comunidades autónomas atribuir competencias a los municipios en materias distintas de a las enumeradas en el apartado 2 del artículo 25 o a las provincias en las funciones del artículo 36.1, incurriría en inconstitucionalidad.
 
Finalmente el Decreto-Ley 1/1014, de 27 de marzo, de medidas urgentes para la garantía y continuidad de los servicios públicos en Castilla y León, derivado de la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, reproduce, de manera más sumaria, los argumentos de las normas gallega y andaluza, singularmente la STC 214/89 y la advertencia sobre otra interpretación de la reforma local aprobada por el Estado que implique la inversión del modelo recogido en el artículo 2.1 de la LRBRL.
 
Para la cabal comprensión de esta regulación autonómica es necesario volver al Anteproyecto en sus diferentes versiones, a la tramitación parlamentaria del Proyecto, la Ley 27/201, al Dictamen 567/2013 del Consejo de Estado emitido sobre el Anteproyecto de 26 de mayo y al más reciente 338/2014 solicitado por el Alcalde de Barcelona.
 
Una consideración previa. El confesado propósito tanto del anteproyecto como de la ley aprobada aparece claramente expuesto en la exposición de motivos: suprimir las competencias impropias ejercidas por los municipios y eliminar los gastos correspondientes. Irónicamente satisface las reivindicaciones del municipalismo: competencias impropias y gastos de suplencia o no obligatorios. El lema, pese a lo discutible que resulta, no deja lugar a dudas: una administración, una competencia. La exposición de motivos hace un diagnóstico de los males:
 
Un sistema de atribución de competencias que provoca el solapamiento en la titularidad de competencias y la consiguiente esterilidad en la duplicidad de su ejercicio.
 
El origen de esta irregularidad se halla en la indeterminación de los criterios para el ejercicio de competencias municipales, sobre todo las competencias complementarias y las desempeñadas al amparo de la cláusula general de competencia.
 
Los remedios a los males:
Distinción entre competencias propias y delegadas, por una parte y, por otra, en el anteproyecto, competencias impropias, y en la ley, tras las objeciones del Consejo de Estado, distintas de las propias y atribuidas por delegación.
 
Orden de prelación en el ejercicio de las competencias. Sólo cabe el ejercicio de competencias impropias cumpliendo las exigencias de sostenibilidad financiera sin incurrir en duplicidad, igualmente tras las salvedades del Consejo, en el ejercicio simultáneo del mismo servicio y se cuenta con un doble informe favorable, en el anteproyecto, del interventor y de la comunidad autónoma; en la ley de la comunidad autónoma (administración competente por razón de la materia y la titular de la tutela financiera) de carácter preceptivo y vinculante. Por tanto obligación primaria de competencias propias y delegadas y, de forma subsidiaria y bajo condiciones estrictas, competencias impropias.
 
A esta clasificación de competencias y en consonancia con el orden de prelación en su ejercicio, corre pareja, subyacente, la financiación. Para las materias (competencias) enumeradas en el artículo 25.2 los municipios cuentan con la participación en los ingresos del Estado; las atribuidas o delegadas por los legisladores sectoriales (sobre todo autonómicos) deben prever dotación económica y las competencias impropias afrontadas con los ingresos propios de los municipios.
 
Un aspecto más controvertido que se analizará a continuación: tanto el anteproyecto como la ley pretenden reducir las competencias propias, dificultar las delegadas y sujetar a requisitos onerosos las impropias. Ante los municipios el panorama sería el siguiente: pocas competencias propias; eventuales competencias delegadas e infinitas pero casi imposibles competencias impropias.
 
La controversia surge al comprobar el recorrido de las competencias propias. Mientras que el anteproyecto las limitaba con claridad al listado del artículo 25.2, la ley ofrece indefinición para una interpretación inequívoca.
 
Tomando como punto de partida este último apartado, analizaré en lo que sigue las diferencias entre la regulación del anteproyecto y la de la ley. Antes concretaré el objetivo enunciado más arriba, añadiendo una cualificada precisión: el objetivo del anteproyecto y de la ley es reducir la autonomía municipal y dificultar e impedir en determinados casos que las comunidades autónoma la amplíen(1). Como la reducción de la autonomía municipal no puede ser alcanzada por la legislación básica, el Estado impone limitaciones al ejercicio en la titularidad de las competencias autonómicas y en las materias de servicios sociales, educación y sanidad, les prohíbe el reconocimiento de competencias propias a los municipios y solo permite la delegación.
 
En el anteproyecto el recorte de competencias propias era evidente según la disposición transitoria novena:
Las competencias distintas de las previstas en los artículos 25.2 y 27 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local que hasta la entrada en vigor de esta Ley vinieran ejerciendo los Municipios sólo podrán seguir ejerciéndolas si cumplen con lo previsto en el apartado 4 del artículo 7 de la Ley 7/85.
 
Fuera de la enumeración contenida en el artículo 25.2 las competencias serán o delegadas o impropias y el legislador autonómico no podrá atribuir competencias propias en materias distintas.
 
Este precepto no aparece en la Ley. En la tramitación parlamentaria del proyecto el Grupo Popular presentó una enmienda aprobada en Comisión el 7 de noviembre que extendía las competencias propias municipales a las reconocidas por los legisladores autonómicos en materias distintas al listado del artículo 25. La propuesta añadía un apartado 6 al artículo 25:
Cuando por Ley, las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos competenciales atribuyan a los municipios competencias propias en materias distintas a las previstas en el apartado 2 del presente artículo, deberán tener en cuenta los criterios señalados en los apartados 3, 4 y 5 anteriores.
 
La FEMP
Paradójicamente la FEMP pidió la supresión de la enmienda porque, conservando el subconsciente político de las competencias impropias y viendo al Estado el protector frente a la voracidad autonómica, teme la proliferación de competencias impropias sin financiación:
Este párrafo modifica el eje central de la Ley en cuanto al sistema de atribución de competencias, ya que deja la puerta abierta a que las CC.AA puedan atribuir como propias a las EELL distintas de las referidas en el Artículo 25.2... La introducción de este apartado 6 supone dar carta de naturaleza, nuevamente en el Régimen Local, a las competencias impropias. Permitiría que los municipios tuvieran que atender competencias autonómicas que las Comunidades Autónomas les encomendaran, y además sin financiación paro ello, sin un lazo mínimo y sin la garantía regulada en esta Ley.
 
La eliminación del apartado 6 ha propiciado la interpretación de la vigencia, pese a su supresión en la Ley, de lo previsto en la disposición transitoria novena del anteproyecto: el listado del artículo 25.2 constituye un máximo que las comunidades autónomas no pueden trascender. Sin embargo, eliminada esta disposición transitoria, cobra relevancia jurídica la expresión en todo caso y la enumeración, entonces, reviste la consideración de un mínimo ampliable por los legisladores autonómicos.
 
Cuando la ley gallega recuerda la falta de reglas expresas en la Ley 27/2013 alude a la inexistencia de un precepto semejante a la disposición transitoria novena del anteproyecto y, por tanto, a la legalidad de atribución, anterior o posterior a la promulgación de la ley básica, de competencias sectoriales distintas a las contenidas en el listado del artículo 25.2. Una interpretación que también parece avalar el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en un escrito donde proporciona criterios para la adecuada interpretación de la Ley. Precediendo a las modificaciones introducidas en la enumeración del artículo 25.2 se incluye la cláusula siguiente:
Sin perjuicio de lo que puedan prever las leyes sectoriales estatales y autonómicas, el apartado 2 del artículo 25 LrBRL, recoge las materias sobre las que se pueden ejercer competencias propias que pueden desarrollar los municipios. Leer+

viernes, 27 de junio de 2014

La ciudad de Madrid se sube al Open Data con un portal y un hackathon, MADdata, los días 27 y 28 de Septiembre

Madrid Emprende convoca el evento MADdata, un hackathon que tendrá lugar los días 27 y 28 de septiembre y donde los participantes reutilizarán los datos abiertos de la capital para desarrollar soluciones open data.

Hace unos meses, en marzo pasado,  el Ayuntamiento de Madrid presentó en público el portal de datos abiertos, una iniciativa dentro de las políticas de Gobierno Abierto de la ciudad y que se suma al Portal de Transparencia, en funcionamiento desde el año 2012.

El catálogo de datos de la capital empezó con 75 datasets disponibles en diferentes formatos y que, a su vez, pueden filtrase por sector o frecuencia de actualización u ordenarse por nombre y fecha de incorporación. Posteriormente, entre abril y mayo se incluyeron 25 conjuntos nuevos pertenecientes a los  sectores de movilidad, servicios sociales y cultura.

Actualmente, "el portal cuenta con un total de 100 datasets, que incluyen más de 190 ficheros descargables,  sin restricción a la hora de su reutilización" para su uso con distintos fines.

A través de la plataforma, se proporciona toda la información relacionada con el uso de los recursos públicos y la planificación y gestión de las actividades municipales. Además, los usuarios tienen la oportunidad de evaluar la calidad de la información y proponer datos adicionales que consideren que deban abrirse. 

Desde el pasado mes  de mayo, dicho catálogo –con  100 conjuntos de datos-  ya está federado en datos.gob.es. Esto supone "que los usuarios puedan acceder, consultar y reutilizar, desde el portal nacional, la información del ayuntamiento madrileño perteneciente a 23 sectores de actividad como ciencia y tecnología, energía, vivienda o industria, etc.".

Dentro del panorama open data de Madrid, cabe destacar la apuesta de la Empresa Municipal de Transporte de Madrid a favor de la apertura de la información pública. El organismo dispone de su propia plataforma de datos abiertos donde ofrece, además, un amplio listado de aplicaciones de transporte desarrolladas por la propia entidad y por terceros.

Hackathon en Septiembre
Madrid también está trabajando por fomentar la reutilización de la información pública. Así, el Ayuntamiento de Madrid, a través de  Madrid Emprende, junto a la compañía Everis, prepara para los días 27 y 28 de Septiembre el evento MADdata, "un hackathon  donde los participantes reutilizarán los datos abiertos de la capital para desarrollar soluciones open data".

¿Qué es MADdata. Everis y Madrid Emprende organizan el primer Open Datathon de Madrid, una competición de datos abiertos, en un tiempo determinado y en un espacio común. ¿Quién puede participar?: emprendedores, desarrolladores de apps, diseñadores, periodistas de datos e innovadores sociales.


La competición consiste en crear soluciones innovadoras a partir del uso de datos abiertosMADdata pondrá a disposición de cada participante datos de la ciudad de Madrid, procedentes del portal de datos abiertos del Ayuntamiento, de servicios públicos, de transporte y movilidad y de redes sociales. Estos datos estarán disponibles para todos los participantes y van a ser enriquecidos a través de capacidades analíticas y Big Data.

Los premios (hasta 15.000 €) se repartirán entre los ganadores de  tres categorías: innovación empresarial, innovación social y visualización de datos.

Otras convocatorias:

jueves, 26 de junio de 2014

Carles Ramió: La transparencia pública translúcida

"Por transparencia hay que entender proporcionar información clara sobre cómo se toman las decisiones y cuáles son sus motivaciones."

Revista de Prensa. Carles Ramió*. El Periódico. 2.6.2014.- El Parlament de Catalunya está a punto de aprobar una Ley de Transparencia y de Información Pública. Más vale tarde que nunca pero llega con una demora injustificable y después de que el Estado español haya aprobado a finales del año pasado una imperfecta ley sobre la misma materia.

Esta norma catalana va a mejorar algo a la española pero de manera insuficiente. Los especialistas en gestión pública se equivocaron cuando afirmaban que la mejor vía para la legitimidad social de las administraciones públicas era prestar mejores servicios públicos de manera más eficiente.

Resulta que en los últimos años hemos logrado prestar mejores servicios públicos pero esta legitimidad sigue sin producirse y cada vez hay más desencuentro entre nuestras instituciones y la sociedad. A mi entender la legitimidad social de las administraciones solo se logra si somos transparentes a la hora de tomar decisiones y gastar el dinero público y, además, si prestamos servicios de calidad y de forma eficiente.

Decisiones ocultas
Políticos y funcionarios seguimos ocultando a la ciudadanía cómo tomamos las decisiones y cómo las gestionamos. Las administraciones operan como sociedades secretas. ¿Qué pueden observar los ciudadanos del sistema público? La respuesta es que los ciudadanos solo perciben las entradas y las salidas del sistema público pero no lo que se hace dentro del mismo. Pueden ver las entradas: votos que se convierten en equipos de gobierno y los ingentes recursos económicos que acceden a las arcas públicas procedentes de los impuestos. Y también pueden percibir las salidas: gran variedad de servicios públicos cada vez más afinados, de calidad y eficientes. Pero a la hora de gestionar el sistema ponemos una enorme y opaca cortina para que no nos vean. Y si nos ocultamos cuando gestionamos, los ciudadanos creen que tenemos motivos para hacerlo y sospechan que tenemos prácticas clientelares (que es cierto en demasiados casos) y que la corrupción es norma predominante (incierto de forma global aunque existe aún en exceso).

Por transparencia no hay que entender webs específicas para ello ni una mayor divulgación sobre lo que se hace, que a veces está excesivamente emparentado con el márketing institucional. Por transparencia hay que entender proporcionar información clara sobre cómo se toman las decisiones y cuáles son sus motivaciones. Y, especialmente, al ciudadano le preocupa el destino de hasta el último euro de dinero público. Y para que el ciudadano sepa el destino exacto de los recursos económicos públicos no es útil lo que propone la nueva ley sobre la publicidad de los presupuestos, que son incomprensibles incluso con ojos de experto y de nada sirve detallar su nivel de ejecución en cada momento ya que es una información sobre algo que no es entendible y, por lo tanto, prescindible. El ciudadano quiere saber temas de detalle que le generan curiosidad, una forma intuitiva de controlar por la vía del muestreo.

Adiós a los agasajos e imposición de la evaluación
Quieren saber, por ejemplo, lo que se ha gastado un organismo público en la retribución de un ponente, en una copa de vino de honor o en una comida institucional. Es curioso, pero en los países con tradición en la rendición de cuentas han desaparecido un conjunto de convenciones que en nuestro contexto nos parecen legítimas (agasajos, comidas de trabajo, etc.) que no tienen nada de disfuncional pero que son rechazadas por una parte importante de la ciudadanía. Si esto sucede con estas inofensivas prácticas es fácilmente imaginable cómo una estricta rendición de cuentas desmontaría la mayoría de las prácticas corruptas. Y para redondear también es necesaria la evaluación de las políticas públicas de forma transparente. En nuestro contexto nos encanta hablar de evaluación pero para llevarla a la práctica de forma aislada. Solo se evaluarán de verdad las políticas públicas si hay una imposición legal y política. Para ello es imprescindible que las leyes obliguen de oficio a destinar parte del presupuesto a la evaluación de cualquier política o iniciativa pública.

Además, el poder legislativo debe tener una institución especializada en evaluar las políticas públicas. Si el Gobierno sabe que puede ser objeto de escrutinio por parte del Parlamento, el presidente va a poseer mecanismos internos de evaluación de sus políticas públicas y las distintas instancias administrativas ya se encargarán de evaluar previamente sus iniciativas para poder estar en perfecto estado de revista ante futuros análisis del presidente y del Parlamento. Avanzamos de forma insuficiente ya que ahora diseñamos una transparencia pública traslúcida donde la cortina deja pasar la luz pero no se puede ver todavía con exactitud lo que hay detrás de ella.

Carles Ramió*. Catedrático de Ciencia Política y de la Administración (UPF). Tb es autor del libro "La extraña pareja", sobre la difícil relación entre directivos públicos y políticos

miércoles, 25 de junio de 2014

La FEMP aprueba una Ordenanza Tipo de Transparencia, Acceso a la información y Reutilización

A través de una Central de compras, la FEMP licitará, entre otros,  suministros de combustible,   pólizas de seguros, telefonía fija, móvil y ADSL para las Entidades Locales
 
La Junta de Gobierno de la FEMP, presidida por su presidente Íñigo de la Serna ha analizado en su reunión del martes 27 de mayo  las alegaciones elaboradas el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial y ha dado su aprobación a un modelo de ordenanza Tipo de Transparencia, Acceso a la Información y Reutilización.

Esta ordenanza tipo servirá de referencia a los ayuntamientos y diputaciones para el cumplimiento de la Ley 19/2013, de Transparencia una vez entren en vigor los derechos ciudadanos a la petición de información pública de las AA.LL.
Ver Ordenanza Tipo de Transparencia, Acceso a la Información y Reutilización
(FEMP. 27.5.2014)

Central de contratación para suministros de combustibles, telefonía fija y móvil, ADSL,  energía eléctrica,  gas, ...

Por otro lado,  Íñigo de la Serna ha anunció a los miembros de la Junta de Gobierno de la Femp "la inmediata apertura de la licitación de nuevos servicios y suministros que la FEMP prestará a sus asociados desde la Central de Contratación". 

  "Los primeros servicios a licitar serán suministro de combustible para automoción y calefacción, asistencia técnica y colaboración para la gestión, notificación, recaudación voluntaria y ejecutiva de multas de tráfico, y contratación de pólizas de seguros para las Entidades Locales (y entidades dependientes) adheridas al servicio de mediación de riesgos y seguros de la FEMP. A continuación se licitarán los de suministro de energía eléctrica en alta y baja tensión, servicios de telefonía fija, móvil y ADSL, servicios postales y telegráficos, publicidad, paquetería, buzoneo, servicios on-line y práctica de notificaciones presenciales y telemáticas, y suministro de gas natural.

Todos ellos se suman a los tres ya existentes (de riesgos y seguros, optimización del gasto y cobro de sanciones en el extranjero), y al de consultoría, asesoramiento y soporte técnico para la instalación de una plataforma de contratación centralizada, que se encuentra en proceso de licitación. Casi 200 Entidades Locales forman parte ya de la Central de Contratación de la FEMP. A través de la Federación se están suministrando ya a estas Entidades más de 500 servicios".


Noticias relacionadas: La iglesia deberá cumplir con la Ley de Transparencia de Andalucía (Diario de Córdoba)


-UPyD denuncia que el Gobierno lleva tres meses incumpliendo la Ley de Transparencia y teme retrasos en su aplicación (Europa Press)

lunes, 23 de junio de 2014

La provincia en la Reforma Local

INAP al Día. El trabajo del catedrático José Luis Rivero analiza la reforma de la provincia en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre de Racionalización y sostenibilidad de la Administración local.
 
Sede de la Diputación de Albacete
En particular se examina el fortalecimiento de las Diputaciones provinciales a través del nuevo régimen de competencias y funciones: competencias propias, las nuevas funciones coordinación o cooperación, la transferencia de competencias a las Diputaciones; la delegación de competencias en las Diputaciones; gestión ordinaria de servicios autonómicos a través de las Diputaciones.

Se pone de relieve que el alcance de la reforma va a ser necesariamente escaso, al menos en cuanto a la Provincia se refiere si se considera la ausencia en esta reforma ( una vez más a lo largo de tantas reformas) de las ya imprescindibles modificaciones que deben llevarse a cabo en el sistema de financiación de las entidades locales y en la ley electoral.
 (El artículo se publicó en la Revista General de Derecho Administrativo 36 (Iustel – mayo 2014)
 
SUMARIO: I.- Breve apunte del modelo constitucional vigente. II.- La Provincia nuevamente en el centro del debate sobre la reforma del modelo territorial del Estado y del régimen local. III.- La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria, supuesto marco habilitante de la LRSAL. IV.- La regulación de la Provincia en la LRSAL: “fortalecer” las Diputaciones Provinciales. Las competencias provinciales. 1.- “Fortalecer” las Diputaciones Provinciales. 2.- Las competencias provinciales. A.- Escasas novedades en la determinación de las competencias propias. B.- Ampliación de funciones y competencias provinciales mediante la afectación de las competencias municipales en base a supuestas funciones de coordinación o cooperación. C.- Transferencia de competencias a las Diputaciones; delegación de competencias en las Diputaciones; gestión ordinaria de servicios autonómicos a través de las Diputaciones. 3.- La Provincia en la LRSAL y en la legislación autonómica sobre Régimen local. 4.- ¿Para cuándo las reclamadas reformas electoral y financiera de las Diputaciones Provinciales?.
 
I.- BREVE APUNTE DEL MODELO CONSTITUCIONAL VIGENTE
La Constitución española vigente recoge, en sus artículos 137 y 141 una concepción institucional de la Provincia que se ha ido decantando desde el primer tercio del pasado siglo hasta nuestros días; una concepción en la que ésta aparece como un Ente local territorial, formado por la agrupación de Municipios y a la vez como un área territorial para el cumplimiento de los fines del Estado.
 
El mantenimiento de los límites provinciales existentes a la entrada en vigor de la Constitución se garantiza a través de la exigencia de ley orgánica para su alteración. Finalmente, el gobierno y administración provinciales se encomienda a las Diputaciones y otras Corporaciones de carácter representativo, rompiéndose de esta forma el sistema único de organización provincial a través de las Diputaciones.
 
La Provincia es igualmente en nuestra Constitución circunscripción electoral para la elección de miembros del Congreso, y a nivel provincial se eligen también parte de los miembros del Senado (arts. 68 y 69 CE).
 
La provincia, en el medio
La Provincia ocupa un lugar intermedio, crítico, en los distintos niveles de Administración territorial en que se organiza territorialmente el Estado, circunstancia ésta que convierte a dicha institución provincial en el punto de referencia por excelencia de cualquier intento de reforma de la estructura territorial del Estado. Su mantenimiento final y su refuerzo pueden ser el exponente de su propio valor intrínseco o de la resistencia del constituyente a modificar una institución secular en nuestra vida local.
 
Sin embargo no es menos cierto que la actual configuración de la Provincia se ha revelado como un elemento, por su rigidez, distorsionante en el actual proceso de construcción y consolidación del nuevo modelo de organización territorial del Estado.
 
Por otra parte la Constitución no precisa cuáles son los intereses locales, ni cuál el haz mínimo de competencias que para atender a su gestión debe el legislador atribuir a la provincia.
 
Es por ello que, ya desde la STC 32/1981, se plantee la posibilidad y conveniencia de una nueva configuración de la Provincia: “cabe derivar de la Constitución razones que apuntan a la posibilidad de que estos intereses provinciales y las competencias que su gestión autónoma comporta han de ser inflexionados para acomodar esta pieza de nuestra estructura jurídico-política a otras entidades autonómicas de nueva creación”.
 
El Tribunal Constitucional asume la posibilidad de que se opere “una modificación reductiva o ampliadora de la autonomía provincia porque tal fenómeno va implícito en la construcción de otros nuevos niveles territoriales.”
 
II.- LA PROVINCIA NUEVAMENTE EN EL CENTRO DEL DEBATE SOBRE LA REFORMA DEL MODELO TERRITORIAL DEL ESTADO Y DEL RÉGIMEN LOCALLeer+
 

sábado, 21 de junio de 2014

La buena gobernanza es la clave para el crecimiento de las economías locales

Revista de Prensa: The Guardian. El desencanto con nuestras estructuras políticas indica que es el momento de repensar urgentemente en la forma de gobernar los municipios.

London view
Jessica Crowe, del "Centre for Public Scrutiny" ha publicado un artículo en el periódico The Guardian el pasado 10 de junio en el que desbroza el informe sobre el crecimiento a través de la buena gobernanza basado en una detallada investigación sobre los partenariados económicos en cinco áreas del Reino Unido, incluido Londres, que la organización acaba de publicar:

La Gobernanza es acusada a menudo de bloquear el crecimiento económico con barreras burocráticas. Se dice que se ponen muros en el camino de los negocios y detienen el florecimiento económico. Existen numerosos ejemplos de que esto es cierto. Su última investigación demuestra que el sector público y el sector privado en el R.U. se benefician mutuamente de una gobernanza efectiva y proporcionada.

Su última investigación se ha basado en estudios existentes y una detallada investigación de la gobernanza alrededor de partenariados  económicos en cinco áreas del R.U. El informe final concluye que la buena gobernanza puede añadir un valor significativo en el camino hacia el crecimiento económico local.

Hay varias áreas donde la fuerte gobernanza tiene un pronunciado efecto sobre el crecimiento, pero la más importante es en ofrecer claridad. La gobernanza proporciona una meta unificada, dando a todo el mundo un sentido claro de que van a conseguir de forma colectiva. Sin claridad en la dirección y la finanzación, los empresarios son menos proclives a la inversión y los compromisos a largo plazo en las áreas locales.

Su investigación demuestra que aquellas áreas con fuerte gobernanza son las que atraen empresas y mantienen una relación con ellas. Aquellas con una aproximación ligera -proporcionan menos claridad sobre la dirección estratégica y el propósito - es donde están luchando por mantener las aportaciones del sector privado.

Hay una presión necesaria hacia una mayor claridad y simplicidad de la financiación del gobierno central, el cual puede crear  incertidumbre y burocracia adicional en los partenariados público-privados de nivel local. Esta es la razón por la que la Asociación de Gobiernos Locales está abogando por una mayor descentralización de la financiación y la puesta en común de recursos a un determinado lugar.

Un comité local de cuentas para cada lugar proporcionaría la rendición de cuentas de la financiación descentralizada y traería a una mayor cohesión de los acuerdos de gobernaza. Ha habio algunas dificultades para enlazar acuerdos democráticos con los nuevos partenariados económicos, ya que estos últimos son amenudo remotos y opacos. Un comité dedicado a la rendición de cuentas crearía un proceso de gobernanza más enfocado y bien informado.

Quizás incluso más importante para los desarrollos económicos sería entender los planes públicos y hacerlos más accesibles y transparentes. Esto podría ayudar a construir un consenso para proyectos y desarrollos controvertidos.

Dado el grado de desencanto público con sus actuales estructuras políticas, ellos afirman que necesitan de repensar como se construyen puentes entre el público y los decisores políticos. El reciente debate político se ha focalizado en la forma en que nos gobernamos en Europa; Podía ser más productivo dar un paso atrás y enfocar la atención en que podríamos lograr a nivel local.

Jessica Crowe es Directora Ejecutiva del Centre for Public Scrutiny.

Consulta aquí el artículo completo.

miércoles, 18 de junio de 2014

8 y 9 de julio de 2014, San Sebastián. Escuela Europea de Innovación Social en el sector público


 El propósito es visualizar la labor de distintas organizaciones en este campo e inspirar acciones para implementar procesos innovadores en la esfera pública.

INAP. Organizada por Sinnergiak - Social Innovation, Universidad País Vasco/ Euskal Herriko Unibersitatea, en colaboración con Innobasque (Agencia Vasca de innovación), Proyección Universitaria - UPV/EHU, European School of Social Innovation y SIMPACT European Project, los días 8 y 9 de julio de 2014, en el Palacio de Miramar de San Sebastián.

El director del INAP, Manuel Arenilla Sáez, participa, entre otros, en esta Escuela Europea de Innovación Social, cuyo objetivo principal este año es ofrecer una visión plural sobre la innovación social y la innovación en el sector público.

La Escuela de Verano ofrece dos puntos de vista sobre el tema. Por un lado, una perspectiva conceptual sobre esta temática basada en diferentes enfoques. Por otro lado, la presentación de casos de diferentes políticas que buscan promover la innovación social y las iniciativas de innovación en el ámbito del sector público.

El propósito de la primera jornada de la escuela será dibujar una imagen de los discursos principales sobre la innovación social y la innovación vinculada al sector público en la escena europea.

El segundo día desea mostrar algunos casos interesantes de innovación pública del País Vasco y España. El propósito es visualizar la labor de distintas organizaciones en este campo con el fin de crear conciencia sobre la importancia de este tema e inspirar acciones para implementar procesos innovadores en la esfera pública.

martes, 17 de junio de 2014

Reinado de Felipe VI: Hacienda y AA.PP insta a los ayuntamientos a sustituir las fotos oficiales

"Ante la próxima proclamación de Felipe VI como Rey de España es preciso sustituir las fotografías oficiales existentes en las distintas dependencias y despachos oficiales"
 
Revista de prensa. El Mundo. Los preparativos y los nuevos símbolos del relevo en la Jefatura del Estado se aceleran. En la naturaleza de la monarquía no cabe la improvisación y hasta los más pequeños detalles se cuidan con esmero.
La maquinaria estatal para señalar el inicio de un nuevo reinado en la persona de Felipe de Borbón y Grecia está operativa y funcionando para ocuparse también de los detalles que parecen menores como pueden ser las fotografías oficiales de los nuevos soberanos.

El ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha remitido una circular a las diferentes administraciones del Reino, a la que ha tenido acceso LOC, y en la que se dan las instrucciones para solicitar las fotografías oficiales de los nuevos monarcas. En el texto se puede leer: "Ante la próxima proclamación de Felipe VI como Rey de España es preciso sustituir las fotografías oficiales existentes en las distintas dependencias y despachos oficiales".
 
La circular especifica "atendiendo a la ubicación concreta conviene que se desagreguen según su tipo (fotografía del Rey con uniforme militar y /o fotografía del Rey con uniforme de gala acompañado de la Reina)".
 
De momento las administraciones consultadas apuntan que no les han enviado un prototipo de la imagen de los nuevos Reyes y se especula sobre si don Felipe y doña Letizia posarán antes de su proclamación el próximo día 19 o se utilizarán las que están a disposición de todos los usuarios en la página web de la Casa Real.
 
Nuevo estandarte
La Real Academia de la Historia también trabaja en el nuevo guión y estandarte del futuro Rey. Según desveló ayer la televisión pública será la Casa Real quien dé la aprobación definitiva al nuevo estandarte real. Su misión es indicar la presencia física del monarca en un determinado lugar y ocupar siempre un lugar preferente. La nueva enseña será similar a las armas actuales del Príncipe y sufrirá alguna modificación puntual como el lambel azul que indica su condición de heredero o el fondo que pasará de azul a rojo.
 
La circular, que han recibido los ayuntamientos españoles, está dirigida a las secretarías municipales, que deben hacer el encargo de manera inmediata. Según fuentes jurídicas consultadas por LOC el artículo 85 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales dispone "En lugar preferente del salón de sesiones estará colocada la efigie de S.M. El Rey".

 

lunes, 16 de junio de 2014

Rafael Jiménez Asensio: Renovar la política y los partidos, algunas propuestas

“El individuo perteneciente a un partido (como observó Yves Guyot) actúa del mismo modo que lo hacían los monjes medievales, quienes, por fidelidad a los preceptos de sus maestros, se llamaban dominicanos, benedictinos, agustinos, franciscanos, respectivamente. Estos tipos de partido pueden designarse como partidos de clientela”.  (R. Michels, “La naturaleza sociológica de los partidos políticos”) 

“La función de las masas en democracia no es gobernar, sino intimidar a los gobernantes”  (M. Ostrogroski, “La democracia y los partidos políticos”)

Blog estudiconsultoria.com. Rafael Jiménez-Asensio. La política instalada es muy refractaria a cualquier cambio. Cuesta mucho incorporar caras nuevas, pero más aún modificar sus discursos, procedimientos, pautas y estructuras de funcionamiento.

 
Sede del PP en Benidorm
Sumidos como estamos desde hace años en una profunda y larga crisis económico-financieras (cuyos coletazos durarán aún varios años), así como en una fuerte crisis fiscal (necesidad imperiosa de ajustarle déficit público y evitar que la deuda pública se desboque hasta límites de descontrol absoluto), la crisis institucional endémica se agravó de la mano de la crisis económica (aunque hundía sus raíces desde mucho antes) y más recientemente observamos cómo “el nuevo” fenómeno de la crisis de la política está afectando con fuerza a los partidos tradicionales, contaminando más todavía las estructuras institucionales del edificio constitucional que, en no pocos casos, amenaza ruina. La política comienza un proceso de diáspora, de atomización y de polarización. Malos síntomas para la estabilidad. Se barruntan tiempos inciertos.


Se habla así, desde hace tiempo, de desafección ciudadana hacia la política, de pérdida de confianza o de derrumbamiento de un modelo. Se proponen medidas, todas ellas cosméticas o "legales", que  en nada taponan esa sangría de confianza, sino que incluso incrementan el escepticismo frente a una política impotente de reformarse a sí misma. Se lanzan proyectos de "regeneración" (horrorosa expresión de connotaciones históricas negativas y resultados peores) y la vieja política dice que hace, pero realmente no hace nada. En verdad, renovar la política requiere mucho más que efectos gaseosos o propuestas evanescentes. A la ciudadanía de este país hace mucho tiempo que no es fácil engañarla  con tales maniobras de distracción. Al menos a buena parte de ella.

 Todavía las pasiones desenfrenadas y el juego de las emociones sinfín despiertan algún reclamo en ciertos sectores, pero el escepticismo y la distancia crecen. 

¿Qué cabe hacer para renovar una vieja política que, en caso contrario, se hundirá indefectiblemente junto con todo el edificio constitucional, poniendo en riesgo el sistema institucional en su conjunto?. El recetario no es fácil, pero si se quiere avanzar de verdad en ese difícil camino de renovación, cabe identificar un umbral mínimo de pasos que han de darse. A saber: 

Primero: Las personas o los políticos
La necesidad objetiva de la política y de los políticos no puede ser puesta en duda en un sistema constitucional democrático. Desde la aparición de los partidos de masas y de la democracia de sufragio universal, la figura del político profesional es consustancial a ese modelo. Pero el problema es de número: si antaño los políticos profesionales eran unos pocos centenares de personas, hoy en día se cuentan por decenas de miles. Y es aquí donde las disfunciones del sistema aparecen por doquier. 
Sede del PSOE en un distrito madrileño
Hay muchos políticos profesionales que viven la política como un ideal que consume todas sus energías. Viven "para" la Política. Loable propósito. Pero el drama estriba en que buena parte de esos políticos viven también "de" la Política. La gráfica distinción que planteara Weber hace casi un siglo sigue plenamente vigente. Y ello tiene efectos perturbadores, como ahora veremos. No es factible que una sociedad con un amplio número de personas altamente cualificadas esté gobernada por “amateurs” o por quienes no tienen otro oficio que vivir “de” la política. Curiosamente la política no solo no atrae el talento, sino que lo retrae y aleja. No podemos estar gobernados por la mediocridad ni por “cazadores de cargos” (en expresión de Weber), sean estos funcionarios o no. La sociedad civil debería proveer al gobierno de otras cualidades superiores, más cuando estas existen sobradamente en el tejido social. 
¿Qué perfil mínimo de aptitudes y actitudes cabe exigir a nuestros políticos en el siglo XXI? 

Hay, en efecto, un mínimo de exigencias sobre las que si no se garantiza su posesión por parte de quien va a dedicarse a tareas y funciones públicas nunca se debería proponer su nombramiento para un cargo institucional, representativo o, incluso, del propio partido político. Ese umbral mínimo debería ser infranqueable. Y cualquier partido que lo incumpliera tendría que ser denunciado públicamente. 

Estas exigencias  “personales” deberían ser las siguientes:
a) Competencias institucionales efectivas (por ejemplo, representación, priorización de políticas, toma de decisiones, alineamiento política/gestión, uso adecuado de los recursos públicos, etc.,), así como competencia de dirección política (liderazgo, visión estratégica, comunicación, negociación, dirección de equipos, etc.). Ambos tipos de exigencias deberían ser el suelo que avalara un comportamiento institucional adecuado.  Las instituciones no son susceptibles de ser “apropiadas”, sino de trabajar en ellas con sentido institucional de pertenencia como medio de servicio a la ciudadanía. 

b) Conducta moral intachable, proyectada especialmente sobre los ámbitos de la integridad, de la honestidad y, sobre todo, un comportamiento público y privado marcado por la ejemplaridad. Los políticos son el espejo de las instituciones en el que se miran los ciudadanos. Como decía Cicerón, "nada hay con que pueda ganarse mejor el favor de las masas un gobernante que la integridad y la templanza".

c) Quien acceda a responsabilidades políticas o cargos públicos, incluso en el propio partido, debería haber desempañado con carácter previo una profesión u oficio para que, cuando deje la política o la política le deje a él, pueda ganarse dignamente la vida sin depender de los favores del partido.
Y d) En el ejercicio de determinadas responsabilidades públicas de primer nivel (incluso en los cargos orgánicos de los partidos) es imprescindible que las personas que desempeñen tales tareas acrediten o tengan un buen conocimiento de (alguna de) las lenguas oficiales de las CCAA, así como de una o varias lenguas de la Unión Europea, especialmente del inglés. 

Sin el cumplimiento estricto de estas cuatro exigencias cualquier renovación política en el siglo XXI de “caras”, “líderes” o “nuevas promesas” es un ejercicio de cinismo y una tomadura de pelo a la ciudadanía. No se trata de buscar rostros jóvenes o personas (de la confianza de los aparatos de los partidos) no quemadas o amables mediáticamente, tampoco de buscar perfiles nuevos entre la intelectualidad o las personas “famosas” (también por muy mediático que todo ello sea), sino de llevar a cabo un proceso de de alteración gradual y persistente del modo y manera de seleccionar los cuadros políticos y ejecutivos del sector público, mediante el estricto cumplimiento de las tres o cuatro exigencias, según los casos, antes citadas. Lo demás es retórica vacua.  

Las competencias institucionales y de gobierno se tienen o se aprenden. Para ello existen programas de desarrollo de competencias en diferentes formatos, aunque los políticos (por razones que se me escapan) son reacios a sentarse y reforzar sus conocimientos y destrezas (Ver, por ejemplo, la propuesta de MU/LKS “Gobierno y Dirección Ejecutiva en las Instituciones Públicas”). El liderazgo ético requiere internalización de valores y, sobre todo, hábitos y conductas coherentes con esos valores, así como ejemplaridad en el ejercicio de sus funciones públicas (y también privadas). Los Códigos éticos de la Política sin marcos institucionales de integridad  no sirven para nada (son, desgraciadamente los que abundan). Y, en fin, se han de desterrar de la política a aquellos que no tienen otro oficio que “servirnos” a los demás o, mejor dicho, servirse de nosotros mismos. La política no puede ser una actividad profesional "de salida", a la que se apunten "jóvenes cachorros" que sólo pretenden preservar y reproducir los vicios y las pésimas prácticas de aquellos mayores suyos que se han convertido en aparentes iconos. Luego, una vez “instalados” se transforman en “viejos asalariados” del partido, sin otro oficio alternativo. La política se “sindicaliza” en el peor de sus sentidos. Ejemplos los tenemos en todos los sitios. 

Segundo: Los “programas”. La impotencia de la política en un mundo globalizado. 
Los programas de los partidos son uno de los “talones de Aquiles” del (mal) funcionamiento de la política. Su elaboración es muy precaria, frecuentemente improvisada y con un nivel de deliberación pública bajo o muy bajo (cuando no inexistente). Un mal programa de un partido con vocación de poder se convierte fácilmente en un gobierno desorientado o desnortado, al menos en sus primeros pasos. Un programa maximalista (o populista) de un partido de oposición acaba fácilmente en posiciones demagógicas, con olvido absoluto del papel institucional de la oposición democrática en los Estados constitucionales. 

Bien es cierto que la necesidad de adaptación permanente de los programas en contextos tan complejos como los que vivimos actualmente es una necesidad objetiva. Los programas no están solo para cumplirlos, también están para justificar cabalmente cuáles son las razones imperiosas o los elementos de contexto que nos han conducido a no poderlos cumplir. La ciudadanía democráticamente adulta exige que cualquier cambio que impida llevar a cabo el programa se explique de forma convincente. El Presidente de Uruguay, Mújica, en una reciente entrevista (en el programa de la Sexta “Salvados”) atestiguaba con evidente honestidad política que no había podido hacer todo lo que hubiese querido y que además había fracasado claramente en algunos proyectos políticos. La credibilidad de la política también se gana reconociendo los errores. 

Y, en fin, cuidado cuando lo que se negocia es un “programa” para acceder a un gobierno de colación o prestar soporte externo a un gobierno. La expresión “programa, programa, programa” está gastada. No se la cree nadie. En algunos casos las prácticas clientelares (de reparto de fondos, cargos o prebendas) se convierten en moneda corriente. Cuando una de estas “negociaciones de programa” llega a la ciudadanía el escándalo está servido. Efectos letales. Esto alcanza a todas las fuerzas políticas. Y, como muestra, “un botón”: no se pierdan este video:(Ver video. Fuente: youtube)  

Tercero: Los mecanismos o procedimientos de funcionamiento de la política.
La vieja política ha incorporado nuevos mensajes, diseños avanzados de campañas electorales, marketing electoral y muchas más cosas. En algunos casos la incorporación de "elecciones primarias" pretende remozar el viejo cascarón, pues no en vano el propio Ostrogorski defendía las primarias como medio de fortalecer el “espíritu público” en la política; pero las primarias poco audaces o en clave de poder interno conducen más bien a enquistar (como diría Weber) el “espíritu coagulado” de los partidos, con escasos efectos en la opinión pública. También en apariencia los partidos se han volcado en las redes sociales. No cabe duda que las redes sociales son un importante medio en nuestros días para hacer política. Pero, por lo común, la política en las redes sociales se presenta “enlatada”. Más envoltorio que otra cosa. Y, a pesar de todas esas innovaciones, la vieja política sigue muy alejada de la ciudadanía. 

Ese alejamiento reside principalmente en la idea de que los ciudadanos no somos gente tan ingenua ni estúpida como algunos pretenden. Todos sabemos diferenciar lo que es "un lavado de cara o imagen" de lo que resulta una estrategia real, decidida y efectiva de cambio. Los partidos, todos sin excepción, siguen designando a sus candidatos y proponiendo a los cargos públicos con unos métodos oscurantistas, donde no hay ningún tipo de transparencia efectiva y menos aún debate público interno sobre las características de las personas llamadas nada más y nada menos que a gobernarnos, dirigir los asuntos públicos que nos conciernen o actuar de freno o control de tales gobernantes. La práctica del "chalaneo" y del “intercambio de cromos” se da en todas las latitudes y en todas las fuerzas políticas. Una "cultura institucional" preñada de clientelismo y de subdesarrollo. 

Más preocupante es la visión sectaria de la política tan instalada entre nosotros. Parte de una concepción estática del alineamiento político, de por vida (al igual que sucedía en las órdenes de monjes medievales). O es uno de los “nuestros” o es del “enemigo”. Los de “tierra de nadie” no cuentan. La colaboración institucional en cargos públicos de determinadas personas y en determinados gobiernos ya supone esa presunción sin vuelta atrás. Se hubiese sido o no “militante del partido”. Un modelo de subdesarrollo político-institucional de base también clientelar y decimonónica. La política española en su conjunto sigue marcada por la dialéctica schmittiana de “amigo/enemigo”. 

La política sigue funcionando con los viejos esquemas de hace más de cien años. Política del siglo XXI con usos del XIX. Los partidos, como también decía Weber, se gobiernan por "la ley del pequeño número”, pues las decisiones reales (las importantes) se adoptan por uno o por unos pocos, con desprecio absoluto a lo que opinan los propios militantes, incluso en situaciones extremas los órganos de gobierno de los partidos. Una parte de la militancia se mete en política esperando que gobiernen "los míos" y distribuyan las pertinentes prebendas. También en los partidos “pequeños” esto mismo ocurre. Los partidos gestionan poder, pero son estructuras de una endeblez fuera de lo común, tanto en el plano deliberativo como en su vida interna. Ostrogorski lo dibujó perfectamente hace más de un siglo: "La vida del partido no es sino una gran escuela de sumisión servil". Esto era así y, desgraciadamente, lo sigue siendo en buena parte de los casos. Y esta reflexión nos conduce al último punto. 

Cuarta: Las estructuras de los partidos políticos. Leer+