martes, 31 de enero de 2023

ESPAÑA vuelve a bajar un punto por segundo año consecutivo y se estanca en la prevención y lucha contra la corrupción

España ocupa la posición 35/180 del ranking global del IPC2022 y el 14/27 de Europa. Desciende así un puesto con respecto al IPC2021 y tres con respecto al IPC2020.

Nota Transparency Internacional.  El Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) 2022, publicado hoy por Transparency International, muestra que España no avanza en sus esfuerzos de prevención y lucha contra la corrupción, bajando de nuevo un punto con respecto al año pasado y obteniendo una puntuación de 60/100. 

Con esta calificación, España ocupa la posición 35/180 del ranking global del IPC, junto con Botswana, Cabo Verde y San Vicente y las Granadinas. Desciende así un puesto con respecto al IPC2021 y tres con respecto al IPC2020. Por otro lado, España se mantiene en el puesto número 14/27 de los Estados Miembros de la Unión Europea, dos puntos por debajo de Portugal y Lituania (62/100) y solo un punto por encima de Letonia (59/100).

El IPC clasifica a 180 países y territorios según sus niveles percibidos de corrupción en el sector público, medido a través de datos obtenidos de 13 fuentes expertas externas, en una escala de cero (muy corrupto) a 100 (muy transparente).  

De acuerdo con la metodología del IPC, una diferencia de un punto de un año a otro no constituye un descenso estadísticamente significativo. Sin embargo, una caída por segundo año consecutivo es una clara señal de riesgo y peligro de seguir descendiendo en el año siguiente. Ello refleja que en España sigue latente un nivel de factores que incide en el buen funcionamiento de las instituciones democráticas y elevan el riesgo de corrupción.  

“A pesar de que el año pasado constatábamos la existencia de una potente agenda legislativa para la prevención y lucha contra la corrupción que parecía augurar que el descenso sufrido en el IPC 2021 se podría haber recuperado de haberse materializado de forma efectiva las reformas legales anunciadas, hoy constatamos que las demoras en sacar adelante las reformas legales necesarias han pasado factura y se vuelve a descender un punto. Por eso hoy, hacemos un llamamiento al Parlamento para que no demore más en sacar adelante las leyes necesarias destinadas a la prevención de la corrupción y al refuerzo de la transparencia y la rendición de cuentas.”, declara Silvina Bacigalupo, presidenta de Transparency International España.

Corrupción, conflicto y seguridad

El Índice de Percepción de la Corrupción de este año revela que 124 países están estancados en sus niveles de corrupción, mientras que aumenta el número de países en declive. La pandemia COVID-19, la crisis climática y las crecientes amenazas a la seguridad en todo el mundo están alimentando una nueva ola de incertidumbre. Este año, por ejemplo, el Índice de Paz Global muestra que el mundo continúa siendo un lugar menos pacífico. En un mundo ya de por sí inestable, los países que no adoptan medidas eficaces contra la corrupción agravan estos efectos, lo que implica gravísimas consecuencias, ya que la corrupción y el conflicto se alimentan mutuamente y amenazan la paz duradera. No es de extrañar, por tanto, que la mayoría de los países que ocupan los últimos puestos del IPC sufren actualmente conflictos armados o los han sufrido recientemente. 

Delia Ferreira Rubio, presidenta de Transparency International, advierte: “La corrupción ha hecho de nuestro mundo un lugar más peligroso. Como los gobiernos han fracasado colectivamente a la hora de avanzar contra ella, alimentan el actual aumento de la violencia y los conflictos, y ponen en peligro a personas de todo el mundo. La única salida es que los Estados hagan el trabajo duro, erradicando la corrupción a todos los niveles para garantizar que los gobiernos trabajen para todas las personas, no sólo para unas pocas élites.” 

+info:

Vídeo de la Presentación del Índice de Percepción de la Corrupción 2022

Nota de prensa IPC 2022

Informe IPC 2022

Metodología (breve)

Descripción de las fuentes

Nota técnica sobre la metodología

lunes, 30 de enero de 2023

Interinos que son concejales : la debilitada reserva de plaza

"No estaría de más indicar que junto al derecho a las garantías del cargo público está el derecho de terceros a acceder a la vacante y que se cubra por procedimientos competitivos encaminados a la provisión definitiva" 

Por José Ramón Chaves.  delaJusticia.com blog.- La Ley garantiza que quien desempeña el cargo público de concejal sin dedicación exclusiva, no sea perjudicado en sus derechos como funcionario.

Si tuviere dedicación exclusiva pasaría a servicios especiales- art.74.1 LBRL y 87 f, EBEP ­– con plenitud de garantías– pero si no la tuviese la garantía es la prevista en el art.74.3 de la Ley de Bases de Régimen Local: «Los miembros de las Corporaciones locales que no tengan dedicación exclusiva en dicha condición tendrán garantizada, durante el período de su mandato, la permanencia en el centro o centros de trabajo públicos o privados en el que estuvieran prestando servicios en el momento de la elección, sin que puedan ser trasladados u obligados a concursar a otras plazas vacantes en distintos lugares»

Dado que, si un funcionario de carrera es elegido concejal sin dedicación exclusiva, se le mantiene la reserva de la plaza (o permanencia en la misma), se planteaba si un funcionario interino -dada la igualdad de condiciones entre temporales y fijos impuesta por el derecho europeo dimanante de la Directiva 1999/70/CE- tenía derecho a que se mantuviese intacta su reserva de retorno al interinaje con inmunidad frente a pretensiones de amortización o cobertura definitiva de la plaza.

La reciente sentencia de la sala contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 12 de enero de 2023 (rec.4839/2021) fija doctrina casacional que se mueve con claridad en la fina línea entre los derechos del interino y los derechos de quien es concejal.

Veamos la doctrina sentada al respecto.

Primero, fija el marco normativo y su finalidad:

el artículo 74.3 de la LRBRL  tutela el ejercicio del cargo de concejal y respecto de funcionarios de carrera o personal estatutario fijo esa tutela responde a la necesidad de no entorpecer el desempeño de esa función representativa, de ahí que no puedan ser trasladados por decisión administrativa por lo que en tanto sean concejales sin dedicación exclusiva se les garantiza «la permanencia en el centro o centros de trabajo».

Después razona que la finalidad última de la normativa comunitaria es evitar la prolongación indefinida o abusiva de situaciones temporalidad:

         Tratándose de interinos no cabe oponer tal garantía si la Administración actúa como el ordenamiento prevé y le ordena que actúe, esto es, que ponga fin a una situación excepcional de interinidad ofertando la plaza vacante para su cobertura por funcionarios de carrera o personal estatutario fijo: esa es la normalidad o regularidad jurídica y lo anómalo sería prolongar indefinidamente la interinidad pese a que desaparezca el presupuesto objetivo que lo justifica.

Y concluye:

Por tanto, el artículo 74.3 de la LRBRL no puede invocarse para amparar esa anomalía pues el puesto funcionarial no es lo que directamente tutela ese precepto sino el ejercicio, sin obstáculo, de la función representativa: este es su objeto de tutela y para ello impide la movilidad del funcionario por iniciativa de la Administración, pero no impide que la Administración cubra el puesto vacante con un funcionario de carrera o personal estatutario fijo. Prueba de lo dicho es que el cese de un interino por las razones expuestas no impide que siga ejerciendo sus funciones de concejal que, repetimos, es lo que tutela el artículo 74.3 de la LRBRL.   Entenderlo de otra forma llevaría a obviar la jurisprudencia que considera abusivo mantener situaciones de larga temporalidad existiendo una vacante real e implicaría erigir el artículo 74.3 de la LRBRL  en impedimento para la recta ordenación del empleo público: bastaría que el concejal que es funcionario interino o personal estatutario interino sea reelegido en sucesivas convocatorias para que se perpetúe esa situación de temporalidad.

Por último fija la doctrina casacional:

declaramos que la garantía de la función representativa que prevé el artículo 74.3 de la LRBRL en principio puede ser aplicada a los funcionarios interinos o al personal estatutario interino, si bien no puede ser obstáculo para que la Administración ponga fin a su relación de servicios bien por amortización de la plaza o bien por cobertura mediante funcionarios de carrera o personal estatutario fijo.

A mi modesto criterio, la doctrina casacional es correcta, aunque creo que no estaría de más indicar que junto al derecho a las garantías del cargo público está el derecho de terceros a acceder a la vacante y que se cubra por procedimientos competitivos encaminados a la provisión definitiva (art.23.2 CE). O abundar razonando en que, si se mantuviese esa garantía con la pretensión esgrimida, se produciría el abuso de derecho proscrito por el art.6.3 del Código Civil. O sencillamente que solo se garantiza lo que se tiene (una plaza interina hasta su provisión definitiva) y no se puede garantizar o dar más de lo que se tiene.

En suma, todos los caminos conducen a la Roma de la sensatez.

NOTA.-  Y siguiendo con la infinita enredadera de la función pública, sigue abierto el plazo para matricularse gratuitamente en las Jornadas de Córdoba, a celebrar los días 16 y 17 de febrero de 2023, que ya anuncié anteriormente, donde tendré el gusto de ofrecer una ponencia titulada “Desmenuzando los aspectos jurisdiccionales controvertidos de las REPT,s”, seguido del coloquio abierto, en el contexto de un atractivo Programa de la Jornada.

sábado, 28 de enero de 2023

AAPP: Tropieza la digitalización

Los múltiples trámites telemáticos habilitados por la Administración chocan con una tasa de fracaso demasiado alta

Revista de prensa. El País. (Editorial) Nada escapa ya a la revolución digital y, por fortuna, tampoco su implantación en las administraciones públicas: ha permitido simplificar muchos procedimientos que resultaban engorrosos y aumentar así la productividad de los servicios. Es una gran ventaja que los trámites burocráticos puedan hacerse de forma telemática, con rapidez y seguridad. Está plenamente justificada, pues, la aplicación de medidas para acelerar un proceso que, por su naturaleza disruptiva, genera resistencias y dificultades. A esa finalidad obedece la extensión de la Administración digital, que obliga a hacer la mayoría de los trámites de forma telemática.

El problema empieza cuando la digitalización administrativa se aplica sin un acompañamiento adecuado que permita a los ciudadanos navegar sin dificultad por la maraña de plataformas, formularios y programas habilitados para realizar las gestiones. Esa falta de acompañamiento se ha convertido en un nuevo factor de exclusión social. La tendencia a la digitalización es imparable, pero forma parte de las obligaciones de los poderes públicos facilitar la transición, especialmente cuando la brecha digital acaba traduciéndose en una pérdida de derechos.

En los últimos años se ha hecho un gran esfuerzo para reducir la brecha que existía en el acceso a la tecnología, con programas públicos como la entrega de ordenadores durante la pandemia a los escolares que carecían de ellos. El esfuerzo ha dado buenos resultados. En estos momentos, más del 90% de los españoles disponen de conexión a internet. Pero para participar plenamente de las ventajas de la sociedad digital no es suficiente con tener ordenador y acceso a internet. Conforme se cierra la brecha del acceso a la tecnología emerge una segunda brecha más difícil de superar: la de la capacitación digital.

Por razones obvias, la falta de habilidades digitales afecta en mayor medida a las personas mayores, pero no son el único colectivo que sufre exclusión social por esta razón. También afecta a las personas de renta baja y menor nivel educativo. Un estudio de Prodigioso Volcán, una empresa de asesoría y servicios empresariales, indica que el 83% de los ciudadanos dejan algún trámite sin completar ante la imposibilidad de entenderlo; el 49% declara que su principal dificultad es no poder contactar con alguien para resolver dudas y casi un 40% acaba recurriendo a algún familiar o amigo para recibir una ayuda que debería proporcionar la propia Administración. Otro estudio de la Fundación Ferrer Guardia indica que el 88% de las personas en situación de vulnerabilidad no han hecho nunca por sí solos trámites como pedir una cita, solicitar un certificado o hacer una transferencia bancaria.

La exigencia de cita para poder recibir una atención presencial que cada vez es más reducida resulta una barrera a menudo insalvable. Aparte del malestar y el descontento que esta situación genera en los ciudadanos, lo más grave desde el punto de vista social es que la brecha digital contribuye a que una parte importante de las ayudas sociales no estén llegando a quienes más las necesitan porque o bien no se enteran de que existen o no saben cómo tramitarlas. Ha sucedido, por ejemplo, con las prestaciones del ingreso mínimo vitalel bono social eléctrico o los programas de rehabilitación energética. Las administraciones tienen que hacer un mayor esfuerzo para simplificar los procesos y facilitar mecanismos de ayuda que permitan a los ciudadanos culminar con éxito gestiones que muchos empiezan y la mayoría no acaba.

viernes, 27 de enero de 2023

¿Qué capacidad institucional tienen los ayuntamientos de Madrid para captar y gestionar Fondos Europeos?

"Los datos revelan la convivencia forzada, e incluso tensión, entre un modelo de gestión estratégica y un modelo de administración burocrática"

Por  Moneyba González Medina* . Instituto de Desarrollo Local. UAM

Larga descripción

Con la pregunta que da título a esta entrada queremos dar difusión a algunos de los principales hallazgos del último Informe de Políticas Públicas Locales elaborado por el IDL-UAM, titulado: Estudio de la capacidad de los municipios madrileños para captar y gestionar Fondos Europeos”. La elección del tema se debe a la importante inyección de recursos económicos provenientes de los Fondos Next Generation EU (NextEU) y de los Fondos Europeos para el periodo 2021-2027, que prevén programas específicamente destinados a los entes locales.

En este sentido, la nueva Política de Cohesión de la UE persigue dar respaldo a las estrategias de crecimiento de gestión local y contribuir a un desarrollo urbano sostenible (áreas urbanas, rurales y costeras) al establecer, por ejemplo, que el 8% del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) tenga que dedicarse al desarrollo urbano sostenible o a través del nuevo programa de fortalecimiento de capacidades y establecimiento de redes destinado a las ciudades: la Iniciativa Urbana Europea.

Ante este escenario de oportunidades surge la cuestión de cuál es el nivel de captación y ejecución de Fondos Europeos por parte de las entidades locales. A este respecto, no solo observamos que su nivel es bajo, sino que el comportamiento de las entidades locales tampoco es homogéneo. Concretamente, si ponemos el foco en los fondos NextEU, en la Comunidad de Madrid se evidencia la alta capacidad del Ayuntamiento de Madrid capital (11%) frente al resto de municipios de la región (5%) (Gráfico 1). También, la desproporción entre los municipios madrileños que perciben financiación NextEU (19%) frente a los que no (81%) (Gráfico 2).

Lo anterior ha llevado a preguntarnos por los factores que influyen en el éxito o fracaso de las entidades municipales en la captación y ejecución de Fondos Europeos a pesar de tener similares características socioeconómicas y políticas. Planteamos como posible factor explicativo la capacidad institucional de la organización municipal. Esta se define como la habilidad de una organización para realizar una tarea de forma eficaz, eficiente y sostenible (Hilderbrand y Grindle, 1997; Casado et al., 2018). Para la Comisión Europea, una administración pública eficaz y eficiente debería contar con cuatro capacidades que guardan relación entre sí y que son el análisis, la coordinación, la ejecución, y la reglamentación. Cada una de ellas se refiere a la habilidad de i) definir y aplicar estrategias, ii) seleccionar y efectuar inversiones para lograr los objetivos de la política de cohesión, iii) medir el impacto de las actuaciones basándose en datos fiables, y iv) obtener resultados conformes con el Derecho de la UE, como las normas contratación pública y ayudas estatales (CE, 2020). A efectos de nuestro estudio, dicha capacidad se manifiesta en el manejo de la información; la capacidad estratégica para alinear proyectos con oportunidades de financiación; la coordinación y organización del trabajo para el diseño y ejecución de los proyectos; y la gestión técnica del procedimiento (especialmente, de los tiempos y los requisitos administrativos).

La capacidad institucional es un factor complejo, que si bien puede estar influido por el tamaño del municipio (entendemos que, a mayor tamaño mayor “músculo” administrativo), también lo puede estar por otros elementos como son la experiencia previa de la organización, la formación específica de su personal, contar con unidades de gestión ad hoc o la inserción de la organización en determinadas redes formales e informales. Es precisamente en estos últimos elementos en los que centramos nuestro estudio, cuyos resultados se concretan en el siguiente gráfico (Gráfico 3), en el que se han incorporado otras variables con potencial explicativo como pueden ser el liderazgo político, el conocimiento de idiomas, la cultura de trabajo transversal, la coincidencia de color político o la asistencia técnica por parte de consultoras.

Gráfico 3. Claves del éxito en la solicitud y obtención de Fondos Europeos

Fuente: Elaboración propia, a partir de los datos del cuestionario.

Si nos fijamos en aquellos valores iguales o superiores a 3 para discriminar los factores que, según las personas encuestadas y entrevistadas son clave en el éxito en los procesos de solicitud y obtención de Fondos Europeos, estos son, por orden creciente de importancia: la existencia de una unidad especializada, la cultura de trabajo transversal en el Ayuntamiento, la formación específica de los trabajadores del Ayuntamiento, el liderazgo político y la experiencia previa, siento esta última la que concita más unanimidad. Efectivamente, el bagaje acumulado de una organización en la solicitud y ejecución de proyectos facilita los procesos y los hace más eficaces y eficientes porque, como declara uno de nuestros entrevistados “es un mundo y un lenguaje que hay que entender y no es fácil llegar así de golpe y poder entender bien todas las fases y cómo hay que trabajar cada una de ellas”. Para las administraciones locales, el haber activado previamente tareas y destrezas que son propios de estos procesos las coloca claramente en una posición de ventaja comparativa: “Como hemos gestionado más veces fondos, grandes subvenciones de fondos controlados por la UE, partimos con ventaja”, señala una responsable municipal.

Por otra parte, los datos revelan la convivencia forzada, e incluso tensión, entre un modelo de gestión estratégica y un modelo de administración burocrática. Esta última adquiere más importancia en la fase de ejecución del proyecto, ya que tiene más que ver con el seguimiento de las actuaciones, la capacidad contractual y la justificación del gasto. El primero es más evidente en el proceso de solicitud, donde predominan las tareas de análisis, orientación estratégica y movilización de actores y recursos. En este sentido, se observa un desajuste entre la lógica inherente a la gestión de proyectos y la lógica del procedimiento administrativo. La primera, mucho más dinámica, persigue la realización de los objetivos y la generación de un cambio respecto a la situación de partida. La segunda está mucho más centrada en las cuestiones procedimentales que ralentizan la ejecución, especialmente en materia de licitaciones. En este sentido, el celo en la fase de ejecución se ha traducido en altos niveles de falta de ejecución, tal y como afirma una de las personas entrevistadas: “es cierto que España e Italia somos probablemente los que tenemos mayor acceso a los fondos porque somos los más activos, sobre todo a nivel municipal, los más activos en la gestión, pero luego los niveles de ejecución cuando los ves te sorprende.”

La información obtenida confirma nuestra expectativa sobre la centralidad de los elementos relacionados con la capacidad institucional en el éxito en la captación y ejecución de Fondos Europeos. Pero también, abre la puerta a explorar el efecto que tienen los proyectos europeos y su dinámica de gestión sobre el funcionamiento de las organizaciones municipales y su propia transformación. En la muestra hay municipios aventajados que han desplegado estas habilidades a lo largo de las últimas dos décadas y que tienen en la actualidad un alto nivel a la hora concurrir a convocatorias. Sus responsables declaran que, además de los recursos económicos, de estos logros se deriva un prestigio para la ciudad o “sello de innovación y modernidad, que transmite unos valores muy apreciados por los gobiernos municipales”. Haber demostrado una capacidad de gestión y ejecución eficaz de proyectos pone a los municipios en el mapa internacional y les abre puertas para participar en programas de carácter piloto. En definitiva, un círculo virtuoso que pone en valor el desarrollo de la capacidad institucional de los entes locales.

Nuestro estudio constata que, si bien los Fondos Europeos contienen múltiples oportunidades para el desarrollo de los territorios locales, los niveles de acceso y de ejecución de los ayuntamientos son aún muy mejorables. También, que entre los factores que marcan la diferencia a la hora de acceder y gestionar dichos fondos se encuentra la capacidad institucional, un factor complejo, en el que intervienen diversos elementos, más allá del tamaño del municipio, entre los que destaca la experiencia previa. Dedicar recursos para formar al personal específicamente en la gestión de estos programas, crear estructuras organizativas ad hoc, generar espacios para compartir este conocimiento y promover una cultura de trabajo transversal mejorarían, sin duda, el rendimiento de las entidades locales en este ámbito. También, contar con liderazgos políticos fuertes, capaces de ver estas oportunidades y establecer estrategias de desarrollo local sostenibles y coherentes.

En definitiva, para profundizar en estas y otras cuestiones, animamos a la lectura de nuestro estudio, al que puede accederse pinchando aquí. Su realización ha sido posible gracias a los datos recabados a través de un cuestionario administrado a los ayuntamientos madrileños de más de 20.000 habitantes y la realización de entrevistas a responsables políticos y técnicos municipales encargados de la gestión de Fondos Europeos. También, a la colaboración con el Centro de Estudios de Economía Política de ESADE (EsadeECPol), que nos ha permitido explotar su base de datos del Observatorio de Fondos Next Generation EU.

*Moneyba González Medina es  profesora Contratada Doctora de Ciencia Política. Instituto de Derecho Local. Universidad Autónoma de Madrid

Referencias:  Casado Maestre, V., Huete García, M. A., Merinero Rodríguez, R. y González Medina, M. (2018). La influencia de la iniciativa URBANA 2007-2013 en el desarrollo de la capacidad institucional de la administración municipal. Gestión y Análisis de Políticas Públicas, 20, 124-142. https://doi.org/10.24965/gapp.v0i20.10487

Comisión Europea (CE) (2020). Hojas de ruta para el refuerzo de la capacidad administrativa. Conjunto práctico de herramientas. Disponible en: https://ec.europa.eu/regional_policy/es/information/publications/guides/2020/roadmaps-for-administrative-capacity-building-practical-toolkit

Hildebrand, M. E. y Grindle, M. S. (1997). Building Sustainable Capacity in the Public Sector. What Can Be Done? Getting Good Government. Harvard University Press. 

miércoles, 25 de enero de 2023

¿Es obligatoria la creación de un comité antifraude en todos los ayuntamientos?

"Aunque no sea obligatoria la creación de una unidad o comité antifraude es aconsejable que exista"

Por Derecho Local blog.- Planteamiento 

El ayuntamiento ha redactado un plan antifraude para cumplir con las medidas exigidas con las subvenciones Next Generation.

Al ser un ayuntamiento pequeño (menos de 5.000 habitantes), entendemos que no tiene sentido crear una unidad antifraude, por cuanto solo hay 4 empleados en las oficinas municipales.

¿Estamos en lo cierto? ¿O es obligatorio crear una unidad o comité antifraude con independencia del tamaño del ayuntamiento? En su caso, ¿quién debe formar parte de él? ¿Puede constituirse pese que no exista ROM aprobado en el ayuntamiento?

Respuesta

En realidad, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, no regula, ni siquiera menciona, el comité antifraude.

El art. 6.1 de la citada Orden HFP/1030/2021 lo que contempla es la necesidad de la existencia de un plan antifraude para las Administraciones Públicas que gestionen recursos financiados del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, al disponer que:

“Con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones que el artículo 22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, impone a España en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión como beneficiario de los fondos del MRR, toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.”

Tampoco se menciona en el contenido del plan antifraude, dado que el apartado 5 del citado art. 6 de la Orden HFP/1030/2021, dispone que:

“El plan de medidas antifraude deberá cumplir los siguientes requerimientos mínimos:

a) Aprobación por la entidad decisora o ejecutora, en un plazo inferior a 90 días desde la entrada en vigor de la presente Orden o, en su caso, desde que se tenga conocimiento de la participación en la ejecución del PRTR.

b) Estructurar las medidas antifraude de manera proporcionada y en torno a los cuatro elementos clave del denominado «ciclo antifraude»: prevención, detección, corrección y persecución.

c) Prever la realización, por la entidad de que se trate, de una evaluación del riesgo, impacto y probabilidad de riesgo de fraude en los procesos clave de la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y su revisión periódica, bienal o anual según el riesgo de fraude y, en todo caso, cuando se haya detectado algún caso de fraude o haya cambios significativos en los procedimientos o en el personal.

d) Definir medidas preventivas adecuadas y proporcionadas, ajustadas a las situaciones concretas, para reducir el riesgo residual de fraude a un nivel aceptable.

e) Prever la existencia de medidas de detección ajustadas a las señales de alerta y definir el procedimiento para su aplicación efectiva.

f) Definir las medidas correctivas pertinentes cuando se detecta un caso sospechoso de fraude, con mecanismos claros de comunicación de las sospechas de fraude.

g) Establecer procesos adecuados para el seguimiento de los casos sospechosos de fraude y la correspondiente recuperación de los Fondos de la UE gastados fraudulentamente.

h) Definir procedimientos de seguimiento para revisar los procesos, procedimientos y controles relacionados con el fraude efectivo o potencial, que se transmiten a la correspondiente revisión de la evaluación del riesgo de fraude.

i) Específicamente, definir procedimientos relativos a la prevención y corrección de situaciones de conflictos de interés conforme a lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 61 del Reglamento Financiero de la UE. En particular, deberá establecerse como obligatoria la suscripción de una DACI por quienes participen en los procedimientos de ejecución del PRTR, la comunicación al superior jerárquico de la existencia de cualquier potencial conflicto de intereses y la adopción por este de la decisión que, en cada caso, corresponda.”

Pero es cierto que, a pesar de que la norma no contempla la existencia de un comité antifraude, prácticamente todos los planes antifraude contienen la existencia de un comité, cuya misión es, en líneas generales, velar por el cumplimiento del plan antifraude.

Aunque la estructura del ayuntamiento sea tan pequeña, como indica el consultante, quizás no tenga sentido crear el comité antifraude dadas las funciones que tiene, pero entendemos que sería conveniente que se asignara a alguien el seguimiento sobre el cumplimiento del plan antifraude, siendo aconsejable que sea un órgano colegiado, es decir que esté formado por varias personas.

Lógicamente, si la norma no contempla la existencia de un comité antifraude, tampoco se regula cuál es su composición y la doctrina tampoco se muestra unánime. Por ejemplo, un sector de la doctrina sostiene que no debe formar parte del comité el interventor municipal, porque su función es la de fiscalización.

No obstante, cabe decir que en la mayoría de los comités antifraude existen los siguientes miembros: el secretario o titular de la asesoría jurídica de la corporación (o los dos en el caso de que existan ambos órganos), un representante de la intervención municipal, un representante del servicio de contratación y un representa del servicio que gestiona los fondos MRR.

Por tanto, no existe un número mínimo ni máximo de personas que deban formar parte del comité antifraude, dependiendo de la estructura de personal de la entidad local.

Aunque en algunos comités antifraude existe representación de los órganos políticos, dada la trascendencia de sus funciones y el carácter eminentemente técnico del comité, no somos partidarios de que formen parte del comité los representantes políticos.

Respecto a la ausencia del reglamento orgánica municipal -ROM-, entendemos que ello no afecta ni al plan antifraude ni a la composición del comité antifraude, porque la norma tampoco lo vincula a la existencia del ROM, ni en su aprobación ni en su tramitación.

Conclusiones

1ª.- A nuestro juicio, aunque no sea obligatoria la creación de una unidad o comité antifraude es aconsejable que exista, aunque sea con una composición pequeña, con la intención de que sea el encargado de velar por el cumplimiento del plan.

2ª.- En la mayoría de los comités antifraude existen los siguientes miembros: el secretario o titular de la asesoría jurídica de la corporación, o los dos en el caso de que existan ambos órganos, un representante de la intervención municipal, un representante del servicio de contratación y un representa del servicio que gestiona los fondos MRR, debiendo adaptarse su composición a la estructura del ayuntamiento.

3ª.- El ROM no afecta ni al plan antifraude ni a la composición del comité antifraude

martes, 24 de enero de 2023

El ‘vía crucis’ de hacer trámites digitales con la Administración: “Cada procedimiento es un mundo con su propia normativa”

Los expertos reclaman unificar procedimientos y un lenguaje más claro y menos técnico para sortear un problema que no solo afecta a la población más mayor: más del 80% de los ciudadanos deja a medias algún trámite por no entenderlo

Revista de prensa. Por CLARA REBOLLO. El País.com .- El “vuelva usted mañana” de Mariano José de Larra sigue siendo aplicable para muchos ciudadanos españoles dos siglos después, aunque ahora se haya trasladado al entorno digital. Mientras que el problema al que se refirió en el siglo XIX el escritor y periodista fue la telaraña burocrática en la que uno podía verse envuelto, si viviera hoy, la yincana la encontraría en la pantalla de su ordenador, donde se enfrentaría a dificultades como lograr acceder a un trámite a través de la identificación electrónica, encontrar un número telefónico en el que ser atendido o comprender el propio texto.

En España, el 83% de los ciudadanos deja algún trámite sin completar ante la imposibilidad de entenderlo, para el 49 %, la principal dificultad es no poder contactar con alguien para resolver dudas y casi un 40% acaba recurriendo a algún familiar o amigo para recibir ayuda, antes que a la propia Administración. Estas son algunas de las conclusiones que ha extraído la compañía de comunicación Prodigioso Volcán, tras haber analizado 40 trámites digitales de la Administración del Estado, de las comunidades autónomas y de los ayuntamientos, y haber encuestado a 1.000 ciudadanos.

“Hay mucho que hacer en el diseño digital de los servicios, en el propio lenguaje, en la usabilidad…”, declara Jorge Hierro, CEO de Salta Comunicación y Formación Digital y consultor IT. “Hay que tener mucha constancia e ir buscándose la vida, y ese tiempo que precisas para poder completar las obligaciones que tienes como ciudadano repercute en ti. Somos autodidactas y tenemos ciertas dificultades porque lo técnico no nos acompaña; lógicamente, tienes que recurrir a familiares y amigos”, añade.

“¿Qué pensaríamos si nueve de cada 10 personas se tropezaran subiendo una escalera? ¿De quién sería el problema?”, plantea Judith González, directora de clientes de Comunicación Clara de Prodigioso Volcán.

Frente a esa situación, Hierro propone, por un lado, formar a los ciudadanos y ofrecerles certificaciones de aptitud digital (algo similar a los cursos de Google Actívate) y, por otro, incorporar píldoras formativas y preguntas frecuentes en las páginas web de la Administración, que puedan orientar al usuario cuando se encuentra con dificultades al realizar un trámite. “A nivel estatal estarían muy bien campañas de educación digital”, coincide Carmen Buiza, funcionaria de Administración local en el Ayuntamiento de Torrelodones (Madrid).

En dicho ayuntamiento, Buiza y su compañera Ana Panadero aseguran que tratan de “explicar los procedimientos con un lenguaje no técnico porque eso es algo que complica mucho” y, sobre todo, de acompañar a las personas. “Aquí los trámites no son demasiado difíciles, pero, aun así, siempre hay un trabajador para echarles una mano e incluso para que vengan con su propio ordenador y les enseñe”, comenta Panadero.

Aunque todos insisten en que el problema no afecta solo a los mayores, es cierto que estos son los que se sienten más inseguros: “No se quedan muy conformes. A veces vienen en persona para comprobar que lo que han hecho con el certificado digital ha llegado”, advierte la funcionaria.

Prodigioso Volcán realizó la encuesta a una gran mayoría de ciudadanos con un nivel socioeconómico alto o medio y, sobre todo, de entre 18 y 54 años, y los resultados evidenciaron que los jóvenes también tienen problemas para cumplir con este tipo de obligaciones: “Mi interpretación es que, como están acostumbrados a un nivel de aplicaciones con una experiencia excelente como cliente, no pueden entender la complejidad a la que te lleva la Administración”, explica Elena Liria, consejera delegada de Madrid Digital, la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.

Entre los trámites digitales se encuentran algunos tan fundamentales como el registro del nacimiento de un hijo, las ayudas a la vivienda o el cambio de domicilio. Hay miles de ellos en cada nivel de la Administración. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, hablan de unos 1.700 y en la Administración de Navarra de 1.800.

“Evidentemente, la Administración es compleja porque depende del Estado, de la comunidad autónoma y del ayuntamiento. Esto quiere decir que no todos los trámites son tan sencillos de realizar en una carpeta ciudadana porque depende de la interoperabilidad entre las distintas administraciones”, explica Hierro, a lo que Liria añade: “La Comunidad de Madrid es de las administraciones autonómicas que más utiliza los componentes comunes del Estado, como la Carpeta Ciudadana. Nuestro proyecto de Cuenta Digital nace con el propósito de poder incluir toda la información del Estado que nos deje mostrar al ciudadano, y la de los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes”, explica.

Se trata de una cuestión de voluntades. “Pero ya veremos qué se puede hacer. Por detrás, hay un procedimiento administrativo que lleva una normativa, una regulación que muchas veces es el escollo de que el trámite realmente no sea sencillo. Simplificar el procedimiento administrativo pasa por cambiar la normativa. Cada uno es un mundo porque tiene su normativa e intervienen muchos factores”, añade la consejera delegada.

Un reto de interoperabilidad

La continua solicitud de datos al ciudadano, a pesar de habérselos proporcionado previamente a la Administración, también genera un problema de eficiencia. Según Elena Liria, para evitarlo “tenemos que darle permiso”. “Es verdad que eso quizá no se comunica todo lo bien que se debería. La Administración no te puede pedir un dato que ya tiene si le has autorizado, pero, si no lo has hecho, te lo tiene que pedir. Con Cuenta Ciudadana buscamos ese permiso”, explica.

En el Gobierno de Navarra están trabajando en una oficina del dato para poder solicitar la información a otro espacio de datos y a otras administraciones. Itziar Berrospe, directora del Servicio de Avance Digital de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización del Gobierno de Navarra, lo califica como un “reto de interoperabilidad”. Cuenta Digital, de la Comunidad de Madrid, también busca resolver algunos trámites en un solo clic, aunque dependerá de la complejidad de cada caso.

La información previa a veces es errónea o poco clara

Los obstáculos pueden encontrarse incluso antes de iniciar el trámite. El estudio de Prodigioso Volcán refleja que en un 7,5% de los trámites se encuentran errores en la información previa, como que los documentos necesarios no coinciden con los que se solicitan una vez iniciado el trámite, un 85% de los trámites no utiliza un diseño instruccional para explicar cómo hacerlos, en el 27,5% no queda claro el canal de solicitud y un 22,5% no explica en qué consiste el propio trámite.

A veces la complicación se encuentra en el mismo acceso, por desconocer en qué consiste cada forma de identificación o por confundir una con otra, por ejemplo, Cl@ve Permanente con Cl@ve Pin. El 18% de los encuestados declara que la principal dificultad es que no han sido capaces de autenticarse y más de la mitad declara haber tenido problemas técnicos antes de empezar el trámite. Eso sí, la mayor parte de los trámites ofrece las cuatro principales vías para hacerlo: ambas Cl@ves, el DNI electrónico y el certificado digital.

Según el estudio, por otro lado, la probabilidad media de claridad de los textos explicativos iniciales es del 23,5%. Aun así, según Carmen Buiza, del Ayuntamiento de Torrelodones, en ocasiones, el problema también radica en que “no leemos las pantallas”, sino que, “vamos con el ratón a donde dice ‘seguir’ para pinchar”, por lo que en esta Administración tratan de resaltarlo con un color, subrayarlo o ponerlo en negrita. En la Comunidad de Madrid también están trabajando en “el lenguaje fácil de los trámites”. “Eso mejorará mucho la comprensión de los ciudadanos”, declara la consejera delegada de Madrid Digital. “Para mí, la digitalización no es solo una cuestión de tecnología, sino de simplificación del procedimiento y del proceso”, añade.

Tanto la Comunidad de Madrid como el Gobierno de Navarra trabajan con encuestas a ciudadanos para poder mejorar la experiencia de los usuarios. En el caso de Madrid, buscan los “puntos de dolor” que tienen los ciudadanos al trabajar con un trámite para poder simplificarlo, explica Liria. En Navarra, Berrospe indica que, a través de un proyecto de análisis y monitorización del uso que hacen los ciudadanos de los trámites de navarra.es, pueden identificar cuáles tienen un mayor tiempo de desarrollo o son abandonados sin haberlos finalizado.

Según explica Jorge Hierro, “en el mundo digital, lo que ahora mismo estamos hablando ya es pasado, por lo que tienes que ir adaptándolo de forma presente y futura”. Pero, para eso, hace falta financiación. En Estonia, el caso paradigmático de un Estado digitalizado y de la identidad digital del ciudadano, también “empiezan a tener dificultades porque tienen que seguir actualizándose continuamente para mantener ese nivel de digitalización top, que requiere mucha inversión presupuestaria”, según Elena Liria.

Aunque los expertos otorgan importancia a la formación del ciudadano, también lo hacen a la de quienes atienden y resuelven dudas. “Le doy la razón a la encuesta en que, en general, en los tres niveles de la Administración cuesta mucho encontrar la ayuda para la Administración digital, y no siempre en el 010 o el 012 tienen la especialidad para orientarte en el procedimiento, como sí lo tiene la Agencia Tributaria”, reconoce Liria. Todas las administraciones consultadas aseguran que se ofrece atención telefónica y presencial y que, a pesar de que la digitalización cada vez sea mayor, no van a desaparecer.

 MÁS INFORMACIÓN:

España y Alemania trabajan en una identidad digital común para facilitar los trámites ‘online’

domingo, 22 de enero de 2023

¡AY DE LA ORGANIZACIÓN!

“La innovación organizativa, la revisión constante de sus estructuras (…) es la única garantía de una relativa y cierta continuidad, el único medio de vencer el primero y más grave de los fenómenos patológicos de las organizaciones humanas, la anquilosis institucional” (Eduardo García de Enterría, La Administración española, Alianza, 1972, p. 102)

Por Rafael Jiménez Asensio. La Mirada Institucional blog.-                      Las hipotecas del pasado

Hace más de dos siglos, ese oráculo de la Ciencia Política y de las instituciones públicas que son los Papeles del Federalista, recogió en diferentes pasajes y con redacciones diferenciadas una idea que aún resuena: no puede haber buen Gobierno sin buena Administración. Siempre la he repetido, y también ha sido reiteradamente replicada, por ser fino en los términos. Esa idea de Hamilton no se tradujo, sin embargo, en la realidad organizativa. La Administración Pública estadounidense, tras sus limitados inicios de las primeras décadas, derivó rápidamente hacia el populismo jacksoniano que, a partir de 1828, supuso la implantación del spoils system, que no se consiguió erradicar hasta bien entrado el siglo XX. Mientras tanto, la corrupción se extendió por el país. Como expuso Adolf Merkel, la Administración adoptó un “giro antropomórfico”, dado que, al margen de su dimensión orgánica, es una actividad ejecutada por personas. Y no seamos ingenuos, como también advirtió Emerson: las instituciones son una prolongación de las personas que las dirigen o que en ellas trabajan. Para bien o para mal.

Mientras los americanos del Norte caminaban por esos derroteros, en la Europa continental el sendero que se cogió fue otro. La Revolución francesa de 1789 arrumbó las instituciones del Antiguo Régimen. No hubo, en principio, continuidad, sino quiebra. Sin embargo, tal apreciación hay que tomarla con todas las cautelas, como inteligente escribió Alexis de Tocqueville en su magna (y tardía) obra El Antiguo Régimen y la Revolución. A juicio de este autor, algunas instituciones del Antiguo Régimen, entre los escombros institucionales provocados por la Revolución, seguían perviviendo, ya fuera de forma expresa o disimulada. La organización departamental del Ejecutivo fue una de ellas; pero también la impotencia que mostraron los revolucionarios franceses para articular una Administración que no bebiera, directa o indirectamente, de las prerrogativas heredadas del absolutismo monárquico.

Este proceso fue extraordinariamente estudiado por el profesor Eduardo García de Enterría en su conocida y temprana obra La Revolución francesa y la Administración contemporánea. No obstante, en esa depurada construcción conceptual bajo las premisas del difícil encaje de la Administración en la arquitectura de un mal entendido sistema de separación de poderes, subyacen algunos de los problemas aún no resueltos desde entonces, como son las prerrogativas exorbitantes que tal poder público ostenta como base del principio de autotutela, que encajan muy mal en un sistema constitucional democrático cuyo eje central es que el papel de la Administración está orientado al exclusivo servicio a la ciudadanía.

Lo relevante a nuestros efectos es que la organización básica del Antiguo Régimen sobrevivió en el Estado Liberal, reformulando sus presupuestos estructurales (de las Secretarías de Despacho del monarca absoluto a los Ministerios del régimen liberal), y llegó hasta nuestros días. Las estructuras departamentales de antaño eran muy limitadas, también cuantitativamente hablando; un proceso que sufrió notables alteraciones conforme las misiones del Estado fueron adentrándose en el intervencionismo económico y la regulación social. La complejidad actual del sector público nada tiene que ver con la situación existente en la España decimonónica; pero, en esa afirmación hay algo de engaño: el legado institucional es más pesado de lo que parece. La modernización del sector público, en muchos aspectos, sigue estando encadenada a soluciones organizativas periclitadas como es el funcionamiento departamental-ministerial, sectorial, funcional o divisional, cuando no mediante entidades instrumentales que se visten de personificación diferenciada, si bien reproducen a pequeña escala los vicios de la administración matriz. Lo mismo ocurre en el plano de la descentralización territorial, donde el isomorfismo de la Administración central ha terminado incidiendo fuertemente en las estructuras organizativas de las Comunidades Autónomas, con cambios más bien semánticos o puramente formales, e hipotecando su transformación.

Las miserias del presente

Lo cuenta, citando a Alfred Chandler, Pascual Montañés Duato en su libro Inteligencia política (El poder creador en las organizaciones): la estructura debe seguir a la estrategia y no al revés. Este es el gran problema de las organizaciones públicas que se conforman como estructuras pétreas cuya modificación en sus fundamentos esenciales es prácticamente imposible. La práctica de la esclerosis y repetición, como diría Ross Douthat, es, en este ámbito, una constante casi inalterable. Los cambios de gobierno todo lo más alteran las estructuras más elevadas (ministerios, consejerías, departamentos), en las que se encajan las estructuras directivas superiores e intermedias, en una suerte de adaptación formal sin cambio sustancial. En el peor de los casos, cada vez más frecuentes, se multiplican los departamentos o áreas cuarteando las estructuras en un afán multiplicador de los panes y los peces, y creando enormes problemas de coordinación intergubernamental, solapamientos y costes de transacción elevadísimos como consecuencia de las negociaciones horizontales que se tienen que entablar para resolver un problema que antes era competencia de un departamento y ahora lo es de dos, tres o cuatro. A todo lo anterior se suma la multiplicación de estructuras directivas que ese proceso de divisionalización por arriba implica, pues en todo departamento, aunque esté casi vacío de competencias, se ha de justificar su existencia con un mínimo tejido estructural de órganos directivos, aparte de la reproducción mimética de las estructuras de back office que cualquier ministerio, consejería o área que se precie debe mantener.

En verdad, desde hace muchos años, hay un olvido, incluso un desprecio, de los aspectos organizativos por parte de la política, que solo descubre su necesidad y trascendencia instrumental cuando se trata de situar a sus clientes en las propias estructuras de la Administración y en sus entes del sector público. Ingenuamente, cuando no de forma necia, se pretende hacer política atribuyendo un carácter vicarial a la organización, desconociendo que las capacidades ejecutivas son la imprescindible palanca de un gobierno efectivo. Y la premisa de tales capacidades se encuentra precisamente en los tres pilares de una buena organización: estructuras, procesos y personas. Los tres ejes se retroalimentan, si falla uno contagia a los demás, si fallan dos la organización está en crisis y, cuando son los tres, la debacle está garantizada. Decía Luciano Vandelli, en su exquisito libro Alcaldes y mitos, que los nuevos regidores heredaban máquinas administrativas ineficientes y desmotivadas. En verdad, esa pesada herencia es la que, salvo contadas excepciones, recibe cualquier gobierno que hoy en día asume el poder. A pesar de que cada vez se habla más de buen gobierno, los tozudos hechos nos muestran que la calidad institucional está perdiendo enteros a marchas forzadas y, por tanto, también la confianza de la ciudadanía en lo público. Y de ello, entre otros motivos, tiene buena culpa el desinterés en el valor de las organizaciones como medio de solución de los complejos problemas a los que se enfrentan los poderes públicos actualmente.

Esas estructuras divisionales o ese falso modelo de articulación de un sector público institucional, castrado de autonomía funcional por el cordón umbilical de la política, ofrece sus peores versiones cuando de abordar cuestiones transversales se trata. Hoy en día, resolver los enormes desafíos del presente y del futuro con estructuras organizativas e institucionales obsoletas es una rémora, además de un fracaso garantizado. Los instrumentos ordinarios ya no dan más de sí. La Gobernanza pública exige estructuras organizativas adaptables, flexibles y ágiles, también abiertas y con un sistema efectivo de rendición de cuentas. La Ley 40/2015, se ha quedado vieja en apenas siete años. Es una ley construida con materiales del pasado y sin visión de futuro. Con estructuras de hormigón, cuando se requiere materiales con mucha mayor capacidad de adaptación a entornos muy volátiles y de marcada incertidumbre. Ni en esa ley ni en la mayor parte de las leyes autonómicas que copian sus recetas orgánicas, tampoco las que regulan las entidades locales, se han incorporado, salvo excepciones puntuales, estructuras administrativas que operen por misiones, proyectos o programas, y que convivan con los propios departamentos o actúen con miradas transversales.

Los retos están claros. Y una vez identificados, resulta obvio que están comenzando a romper las costuras de unas organizaciones que actúan más como camisa de fuerza que como prenda adaptada a los innumerables desafíos a los que se ha de hacer frente en los próximos años: cambio climático, envejecimiento de la población, desigualdad galopante, migraciones, revolución tecnológica, recuperación económica y gestión efectiva de los fondos europeos, Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, etc. Aun así, prácticamente ningún nivel de gobierno se está planteando en serio invertir de forma sostenida en la transformación de sus organizaciones. A ello coadyuva, mediante su estrategia reactiva de defensa de un statu quo insostenible, el tapón sindical en lo público, que ha terminado por dar la vuelta al orden lógico de los factores: el subsistema de recursos humanos hipoteca al sistema organizativo, atrofiando sus potencialidades y haciéndolo prácticamente inservible o muy inefectivo.

Los tímidos destellos frente al futuro

En un año de multiplicación de procesos electorales y conformación, en muchos casos, de nuevos gobiernos o continuidad renovada de los anteriores, cabría presumir que los problemas organizativos (recuerden aquello de que la estructura sigue a la estrategia) deberían gozar de un cierto protagonismo. No creo equivocarme si digo que, por desgracia, ese deseo se verá en buena medida frustrado. Peor para quienes asuman las riendas de ese nuevo mandato castrando las transformaciones organizativas, pronto advertirán su impotencia en la aplicación de sus políticas (si es que las tienen, pues como advertía el ya clásico libro de Sí Ministro, una concepción pervertida de la política consiste en el siguiente axioma: “Lo único seguro es no hacer nunca nada”). Y la retórica o los proyectos de venta de humo a granel, se consumen en breve tiempo. Cabría, por tanto, animar a los responsables públicos a poner en valor sus organizaciones (y, por consiguiente, a iniciar procesos de transformación) si es que quieren realmente hacer frente a los retos mediatos e inmediatos con mínimas garantías de éxito. En cualquier caso, y como apunte final, cabe poner de relieve que algo, aunque sea muy poco y con escaso eco o resultados, se mueve. Veamos, telegráficamente, algunos ejemplos.

En un libro ya comentado y citado en diferentes entradas de este Blog, Mariana Mazzucato identifica con precisión que uno de los ámbitos en los que se puede adoptar una estrategia de misiones es, sin duda, en la puesta en acción de los ODS de la Agenda 2030. Estos desafíos, de enorme magnitud, comportan la necesidad de llevar a cabo desde la política no solo cambios regulatorios, sino también conductuales y organizativos. En efecto, para las estructuras gubernamentales ello requiere que se “trabaje fuera de sus silos habituales”, como son los tradicionales ministerios, departamentos o áreas. Por ejemplo, en el ámbito local el Ayuntamiento de Valencia lleva tiempo impulsando una política transversal de Misión climática, lo cual es avanzar en la buena línea y, por tanto, debe resaltarse. Tomen nota.

Otro ejemplo, con potencial elevado, si bien mucho más limitado en sus resultados, es la gestión de fondos europeos, que podía haber sido un campo ideal para la gestión transversal, pero que el modelo de Gobernanza diseñado en el Real Decreto-ley 36/2020, redujo a su proyección departamental, empobreciendo sus enormes posibilidades. Aun así, las exigencias del contexto obligaron a adoptar soluciones organizativas ad hoc (luego trasladadas también a muchas CCAA) como son las unidades administrativas provisionales (esto es, para la gestión de un proyecto temporal, cuya ejecución se despliega durante varios ejercicios presupuestarios). Reducido el ensayo a una estructura departamental administrativa inferior y sumergido en el pantano de la gestión de los RRHH y de unas relaciones de puestos de trabajo de enorme rigidez (aunque se creen los puestos provisionales o de vigencia temporal), sus limitados efectos parecen obvios. Algunas CCAA optaron por introducir un nivel estructural de órganos directivos, con mayor peso que las limitadas unidades administrativas, al prever la creación de estructuras directivas temporales, si bien con diseños normativos que, en algunos casos, admitían una porosidad política muy elevada con incorporaciones de personal externo, lo que ha pervertido su funcionalidad. La propia AGE, con precedentes en la figura de los altos comisionados, ha terminado por darse cuenta de las limitaciones de su modelo legal, y ya comenzó a partir de 2022 a crear estructuras departamentales de Comisionado con el rango de Subsecretaría y Oficinas Técnicas dependientes de ellas, con el nivel jerárquico de Direcciones o Subdirecciones Generales para la gestión de determinados PERTE, como han sido los casos de algunos Ministerios. Se ha optado así por creación de órganos directivos provisionales o de proyectos, lo que alumbra una novedad evidente en el ámbito de las estructuras organizativas de la AGE, aunque ello no se haya hecho por Ley, sino por reales decretos de estructura, basándose en figuras recogidas en la Ley 40/2015, que –como se ha dicho- no previó estas situaciones. Si se consolida esta tendencia, la multiplicación de altos cargos y órganos directivos será notable.

Más novedoso, y hasta ahora apenas divulgado, es el modelo de Gobernanza por proyectos que alumbra la Ley 4/2022 de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su aplicación exclusiva al ámbito ejecutivo autonómico. Aunque enmarcado en un proceso de racionalización y simplificación de la actividad de intervención administrativa, el modelo organizativo diseñado, que tiene un carácter innovador y que –como bien expone su preámbulo- se alinea con las necesidades de adaptación de unas estructuras departamentales tradicionales que ofrecen limitaciones evidentes para dar respuesta a los desafíos constantes de la transversalidad, la gobernanza por proyectos tiene vocación de ser extendida no solo al ámbito regulado por la Ley, sino allá donde las necesidades de la Administración lo exijan. Este enfoque es un acierto, aunque sus soluciones organizativas sigan limitadas a la concepción de unidades administrativas temporales y no a órganos administrativos temporales, si bien se puedan crear en uso de las potestades de autoorganización. El test de sus resultados dependerá de dos factores muy imbricados entre sí: el primero es la voluntad política sostenida de aplicar un modelo organizativo y funcional que gire sobre la idea de misión o proyecto, que deberá rebajar la siempre presente voracidad departamental de control de su campo de poder; y el segundo, sin duda, reside en la capacidad que muestre el subsistema de recursos humanos, cargado de instrumentos de gestión de enorme rigidez (como son las propias relaciones de puestos de trabajo y un denso sistema normativo plagado de “garantías” hacia los empleados públicos y de olvido de los fines de la organización) para ir abriendo las puertas a la flexibilidad en la asignación de las personas a las necesidades contingentes de la Administración y a sus nuevos retos. Alguna pista se da en la citada Ley. La clave estará en cómo superar las resistencias al cambio o cómo vencer lo que Renate Mayntz denominó el “poder de autoconservación de la Administración”. No será un viaje fácil; pero solo intentarlo debe ser motivo de aplauso.

Hace más de tres décadas Michel Crozier ya advertía en una obra menor (Cómo reformar al Estado) lo siguiente: “Una idea simplista preferiría que la descentralización fuera suficiente para asegurar una buena administración”. El gran ensayista francés negaba que ello fuera así en la mayor parte de los casos. Para reforzar ese buen gobierno proponía como remedio el “indispensable afán de reforma de la cúpula del Estado”. Sin embargo, ante la inacción de cualquier reforma estructural desde la AGE, que debiera servir de espejo, no queda otra que, si las Administraciones territoriales buscan mejorar su efectividad, promuevan, con sus propias herramientas, tales reformas estructurales e institucionales. Veremos qué nos depara el 2023 y la próxima legislatura o mandato en este importante asunto: anquilosis o adaptación. No otro es el dilema.

ALGUNAS OTRAS CONTRIBUCIONES SOBRE ASPECTOS ORGANIZATIVOS DEL SECTOR PÚBLICO:

«Desafíos organizativos derivados de la gestión de los fondos europeos del Plan de Recuperación. Administración por proyectos versus Administración divisional» REVISTA VASCA DE GESTIÓN DE PERSONAS Y ORGANIZACIONES PÚBLICAS NÚMERO 22, 2022 RVOP 22 RJA

«Organización administrativa y gestión por proyectos (El caso de las unidades administrativas temporales y estructuras similares de gestión de proyectos financiados con fondos europeos)» LA ADMINISTRACIÓN AL DÍA/INAP 2021 inap_lad_1512075

viernes, 20 de enero de 2023

La AGE invertirá 2.334 millones de euros en tecnología en 2023

El Estado aumentará un 12% su inversión en comparación con cifras del año anterior. El crecimiento se explica, en parte, por la ejecución de las ayudas europeas.

Revista de prensa. CIO Spain.-  La Administración General del Estado prevé invertir un total de 2.334 millones de euros en tecnología, lo que supone un incremento de casi el 12% con respecto a 2022, año en el que invirtió 2.085 millones de euros.

Tal y como ha comunicado Adjudicaciones TIC, plataforma de análisis y consultoría especializada en relaciones entre empresas TI y organismos públicos, las inversiones supondrán un total de 1.323 millones de euros, un 18,23% más que hace un año, y los gastos corrientes sumarán 1.011 millones de euros.

El análisis destaca el impacto de los fondos europeos, que suponen el 35% del total de los presupuestos de tecnología o 1.270 millones de euros.

Desde la consultora han destacado que las inversiones previstas en los presupuestos generales del Estado para este ejercicio son “extraordinarios”, aunque necesarias para impulsar la modernización de las administraciones públicas, que se enfrentan a un momento complejo lleno de desafíos.

Tenemos la obligación de adaptarnos a un entorno cambiante, donde el entorno VUCA (volátil, inseguro, complejo y ambiguo) se ha quedado corto, ya que vamos hacia un entorno BANI, quebradizo, ansioso, no lineal e incomprensible”, declaró Consuelo Sánchez Naranjo, directora del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) en el evento Government Forum 2022, organizado por IDC Research y Foundry hace unos meses.

Para hacer frente a estos desafíos el INAP reconoció la necesidad de aprovechar las herramientas tecnológicas.

jueves, 19 de enero de 2023

El Círculo de Empresarios propone reformar las AA.PP. para hacerlas más eficientes y modernas

Recomienda situar el gasto público en el 40% del PIB en 2024 desde el 50,6% actual. Los ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes deberían integrarse

Nota de prensa 18.1.2023. El Círculo de Empresarios ha propuesto hoy una Reforma de las Administraciones Públicas con el objetivo de reducir el gasto público del 50,6% del PIB, en que se encontraba en 2021, hasta el 40% en 2024, lo que supondría, en una primera estimación no dinámica, un ahorro del gasto de unos 32.000 millones de euros. En un análisis dinámico, si se aplican los supuestos de crecimiento del PIB nominal que el Gobierno ha remitido a Bruselas para llegar a ese 40% en 2024, el ahorro potencial acumulado sería de 48.600 millones de euros. En términos generales ese ahorro se distribuiría de la siguiente forma: 46% en las administraciones autonómicas, 32% en las locales y 22% en la central.

Esta propuesta, bajo el título Unas Administraciones Públicas más eficientes y modernas”, la han presentado el presidente del Círculo de Empresarios, Manuel Pérez-Sala, y el presidente del Grupo de Trabajo de Administraciones Públicas del Círculo, Ricardo Martínez Rico.  Para el Círculo, el límite natural del tamaño de las AAPP españolas en su conjunto está claramente establecido por la experiencia nacional e internacional y por la capacidad de recaudación fiscal de la economía española para su financiación en el medio y largo plazo y se sitúa en torno al 40% del PIB con un margen de flexibilidad de +/- 2% en función del momento cíclico.

El Círculo entiende que “un mayor gasto público no tiene por qué suponer necesariamente unos mejores servicios públicos” y que “su evaluación continua en busca de una mayor eficiencia y eficacia es la mejor manera de garantizar todos los recursos necesarios para las políticas prioritarias”. Una vez establecido el citado límite del 40% habría que definir la senda temporal para alcanzar un saldo presupuestario de medio plazo, a tres años, compatible con el nivel de ingresos y gastos públicos definidos, así como una trayectoria temporal para la progresiva reducción de la deuda pública a un nivel sostenible.

El documento señala que una reestructuración completa de las Administraciones Territoriales centrada en administrar mejor y de forma más eficiente, priorizando el mantenimiento de servicios y prestaciones frente al coste de la administración, “generaría un potencial ahorro de entre 10.300 y 16.100 millones de euros”. En una primera fase se abordaría la racionalización de parte del gasto de las Diputaciones, así como la integración en mancomunidades, áreas metropolitanas o comarcales de los ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes.  En una segunda fase, garantizada la mejor prestación de servicios y suministros, se podría llegar a la supresión del nivel político-administrativo intermedio entre CCAA y Ayuntamientos.

Esta reducción de estructuras administrativas, junto con la mejora en la eficiencia de la prestación de servicios y el redimensionamiento del empleo público mediante políticas de reposición, supondría un potencial ahorro en gastos de personal. En el caso de las CCAA, que emplean al 60% de los asalariados públicos, el ahorro podría estimarse en unos 11.600 millones de euros y en la Administración Central (Estado, Organismos Autónomos y Otras Entidades), que emplean al 19%, en unos 2.100 millones.

 En el ámbito autonómico está constatado el extraordinario margen de mejora en la gestión del gasto público y la necesidad de avanzar hacia una mayor coordinación territorial. Si se hace converger el gasto per cápita de partidas como Educación y Sanidad con el de aquellas más eficientes y eficaces, sin merma para la calidad de los servicios o recorte de prestaciones, los ahorros potenciales estimados podrían llegar a casi 940 millones de euros en el caso de la Educación, excluida la remuneración de personal, y a unos 1.800 millones en el gasto de Sanidad, excluida también la remuneración de personal y el gasto en farmacia.

En sus estudios Spending Reviews, la AIReF cifra de forma concreta el ahorro potencial para las arcas públicas (competitividad empresarial, farmacia hospitalaria y bienes de equipo y medicamentos con receta médica) en un total de 2.990 millones de euros, un 16,4% de los 18.250 millones de euros de gasto analizado en esas partidas. A partir de estos criterios se ha estimado adicionalmente un ahorro potencial superior a los 1.800 millones de euros correspondientes a políticas activas de empleo (1.546 millones), becas de educación universitaria (233 millones) y Correos y servicio postal (31 millones).

En el ámbito de la Sanidad, el Círculo recomienda el desarrollo de centrales de compra a nivel estatal para la provisión de determinados equipos, además de asumir un claro compromiso con la colaboración público-privada que, aun considerando elementos tan relevantes como las distintas densidades de población, tan buenos resultados muestra en términos de gastos per cápita en aquellas CCAA que más han apostado por estas iniciativas (Madrid, Andalucía, Comunidad Valenciana).

Hay que incluir la reforma y modernización de las AAPP dentro de las reformas estructurales necesarias como iniciativa adicional de un plan integral coherente de lucha contra la inflación, favorecedor del crecimiento económico, la actividad empresarial y la creación de empleo.

El Círculo termina recordando “la clara oportunidad que supone el Plan Europeo de Recuperación para financiar estas reformas”. Se trata de una ocasión única que ha de ser aprovechada antes de que la reforma venga impuesta por futuras estrecheces de financiación por parte del sector público. +info del Informe: 

Documento «Unas Administraciones Públicas más eficientes y modernas»
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