viernes, 5 de abril de 2024

Sportwashing: el caso de la supercopa de fútbol española (I)

"Y ¿qué tendría de malo el sportwashing? Obviamente, en primer lugar, permitiría perpetuar en el tiempo los hechos que se pretenden blanquear: en el caso en cuestión, las violaciones de los derechos humanos por parte del régimen saudí serían objeto de una menor condena y reprimenda internacional"

Por Aleix Calveras Maristany  Nada es Gratis blog.- No pretendo en esta entrada analizar las recientes informaciones sobre el proceso de contratación de la supercopa de fútbol de España en Arabia Saudí. Más bien, el objeto es el análisis del fondo del asunto: el traslado por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) de la supercopa a Arabia Saudí, país con un régimen dictatorial con un más que cuestionable historial en derechos humanos (véase aquí el dictamen de Amnistía internacional). Al igual que la reciente celebración del mundial de futbol en Qatar, el fichaje de Rafa Nadal como embajador de la federación de tenis de Arabia Saudí, el torneo LIV Golf en Arabia Saudí, se trataría de un caso de sportwashing o blanqueamiento deportivo. 

En esta entrada voy a explicar en detalle en qué consiste el sportwashing, cómo funciona y qué tiene de malo. Para ello voy a usar como referencia e hilo conductor un reciente artículo de Kyle Fruh, Alfred Archer y Jake Wojtowicz de título Sportwashing: complicity and corruption’, publicado en Sport, ethics and philosophy. En una entrada posterior voy a discutir de qué forma la RFEF debería de haber tomado la decisión de si aceptar o no el contrato de 40 millones de euros anuales para celebrar la supercopa en Arabia Saudí.

¿Qué es el sportwashing, cómo funciona y qué tiene de malo?

El sportwashing es un caso de blanqueamiento (‘whitewashing’) de una reputación dañada; es un primo cercano del greenwashing que realizan muchas empresas para trasladar una falsa impresión al respecto de sus prácticas empresariales, por ej. en relación con el medio ambiente. En concreto, el sportwashing es la práctica (típicamente llevada a cabo por un estado) de utilizar de la asociación con el deporte, por ejemplo, mediante la acogida de un evento deportivo, para mejorar una mala reputación moral. Ejemplos recientes hay muchos tal y como hemos mencionado anteriormente, y no tan recientes también: las olimpiadas de 1936 en el Berlín de la Alemania nazi. El poder del deporte para llegar a las masas a lo largo del siglo XX mediante la TV y otros medios es parte esencial de su capacidad de blanqueamiento.

Pero, y ¿cómo funciona el sportwashing? ¿De qué manera acoger el mundial, la supercopa, tener a Rafa Nadal como embajador, acoger torneos de golf, blanquea la reputación y la percepción moral que se tiene de Arabia Saudí pese a su triste desempeño en respeto de los derechos humanos? Fruh et al. (2023) detallan tres posibles mecanismos: (i) distracción, (ii) minimización, y (iii) normalización. Menos gente prestará atención a las violaciones morales del país en cuestión (Arabia Saudí): la gente asociará en mayor medida el desempeño del país a cuestiones deportivas y menos a las de infracciones en derechos humanos (por ejemplo, al googlear noticias sobre Arabia Saudí es más probable que aparezcan en primer lugar cuestiones deportivas que otras en relación con los derechos humanos). Esto distraería la atención de la gente sobre estas cuestiones. De forma similar pero no idéntica, se produciría también el efecto de minimizar: no es solo que la gente le preste menos atención, sino que al prestarle atención el contexto informativo general haría que se minimice su importancia. Finalmente, el sportwashing podría incluso llegar a normalizar las violaciones morales que se pretende blanquear: debido al hecho que el deporte está fuertemente asociado a sentimientos positivos, forma parte importante de las identidades de las personas y sus comunidades, ello podría generar un halo positivo que se trasladará al organizador del evento.

Y ¿qué tendría de malo el sportwashing? Obviamente, en primer lugar, permitiría perpetuar en el tiempo los hechos que se pretenden blanquear: en el caso en cuestión, las violaciones de los derechos humanos por parte del régimen saudí serían objeto de una menor condena y reprimenda internacional. Pero no sería solamente este el factor negativo del blanqueamiento deportivo, según Fruh et al. (2023). El blanqueamiento deportivo convierte en cómplices a sus participantes y corrompe el deporte y lo que éste significa: se utiliza algo con un valor cultural importante de una manera que no respeta ese valor. Participantes del evento son tanto los gestores del evento (los directivos de la RFEF y de los clubes participantes), así como también los deportistas, y sus aficionados. De una forma u otra todos se convertirían indirectamente en cómplices: los directivos que evitan responder a preguntas sobre el no respeto de los derechos humanos en el país; los jugadores al participar activamente en el evento, e incluso los aficionados posiblemente críticos con el régimen saudí tendrían un cierto grado de complicidad al comprar entradas del evento o pagar por verlo en TV: parte de ese dinero muy probablemente revertiría al régimen objeto de sportwashing.

¿Justificaciones ante el sportwashing?

A pesar de lo expuesto en los párrafos anteriores y de las muchas críticas recibidas, la RFEF acordó con Arabia Saudí el traslado de la supercopa a cambio de 40 millones de euros anuales. La razón es clara: como escribió Quevedo, poderoso caballero es don Dinero. Sin embargo, ello no es óbice para que los gestores de la RFEF implicados en el sportwashing no intentaran incluso desde un primer momento justificar éticamente la decisión tomada. A grandes rasgos se observan dos argumentos ‘éticos’ a favor del traslado en la memoria de actividades de la RFEF 2022-23. En primer lugar, el acuerdo serviría para impulsar el desarrollo del fútbol femenino en Arabia Saudí (“la supercopa de España en Arabia Saudí es mucho más que un torneo de fútbol. La RFEF … se comprometió a fomentar el desarrollo del fútbol femenino en Arabia Saudí”; p. 341). Y, en segundo lugar, muchos de los millones de euros recibidos por el acuerdo irían al futbol español más modesto (“Vayamos a preguntarle a un presidente de tercera división cómo prefiere que se celebre la supercopa”, apuntó el presidente de la RFEF; p. 341-342). ¿Son efectivas en términos de ética empresarial de la RFEF estas justificaciones? La próxima entrada explicará porque no lo son, prestando atención a cuál debería de haber sido (y no fue) el proceso mediante el cual se tomó la decisión de trasladar la supercopa a Arabia Saudí – ello, claro está, si se desea incorporar criterios éticos en la decisión más allá del dinero a percibir.

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