Por Eduardo Rojo blog.- Acuerdo PSOE-Sumar. Texto descriptivo y notas al contenido laboral
1. El martes 24 de octubre se firmaba el acuerdo titulado “España avanza. Una nueva coalición degobierno progresista” , entre PSOE y Sumar, con la escenificación correspondiente a cargo de sus máximos responsables, Pedro Sánchez y Yolanda Díaz.
Se trata de un texto de 48 páginas, estructurado en once apartados. En la mayor parte de ellos hay alguna referencia de contenido laboral, si bien obviamente el núcleo central en este ámbito, y que más difusión ha merecido en medios de comunicación y redes sociales, se concentra solamente en uno de ellos, el número 2, titulado “Más y mejores empleos, con más derechos y mejores salarios” , en el que se incluye la medida “estrella” y que más debate ha generado, la reducción de la jornada laboral, con un compromiso concreto de alcanzar la duración de 37,5 horas semanales en 2025.
En dos anteriores entradas, que pueden leerse aquí (PSOE) y aquí (Sumar), analicé los programas electorales de ambas fuerzas políticas en materia laboral y de protección social. Su relectura es aconsejable para comprobar el cuidado equilibrio que se ha logrado entre ambos en el texto final aprobado y que ha pasado por un amplio, y silencioso, proceso negociador hasta alcanzar el acuerdo.
2. Con rapidez digna de elogio, el profesor Antonio Baylos publicó en su blog el mismo día 24 el texto del apartado dedicado a las propuestas laborales , anunciando que dejaba para un momento posterior el examen de su contenido, algo que ya ha hecho con su precisión habitual en la entrada publicada el día 25 con el título “Un programa solo esun programa, es decir, algo necesario para llevar a cabo un proyecto” , en el que no sólo procede a la explicación del contenido laboral sino que también contextualiza políticamente la importancia del acuerdo.
Paso a paso, el profesor Baylos va desgranando el contenido laboral: análisis de la importancia asumida en el texto del diálogo social; los compromisos que las partes firmantes asumen de cada a la elaboración del Estatuto del trabajo del siglo XXI, que no son incompatibles sino todo lo contrario, añado, con modificaciones en el texto vigente de la Ley del Estatuto de los trabajadores; compromiso de seguir avanzando en la mejora de los salarios, con especial atención a aquello que es competencia normativa estatal, es decir la fijación del salario mínimo interprofesional (en relación con los debates recientes sobre el salario, y en concreto sobre los salarios “autonómicos”, también se ha manifestado el profesor Baylos en la entrada “Cuestiones y cuestionamientos sobre el salario mínimo”); el más firme compromiso aún de reducción de la jornada semanal de trabajo, junto con una regulación que potencie la flexibilidad tan deseada, cada vez más, por las y los trabajadores para poder conciliar adecuadamente sus vidas laborales, familiares y personales; distintas propuestas en materia de empleo y protección social (empleo. estatuto del becario, jubilación parcial, desempleo asistencial y Régimen Especial de Trabajadores Autónomos); mejora de la normativa sobre salud laboral para prestar especial atención a los nuevos (ya no tan nuevos, ciertamente) riesgos derivados del cambio tecnológico; avance hacia una mayor presencia de las organizaciones sindicales en el plano institucional y también en el seno de las empresas; en fin, cumplimiento, o mejor dicho continuar en la senda ya emprendida con la ratificación de los convenios 189 y 190 de la Organización Internacional del Trabajo, de los compromisos internacionales asumidos por España.
Es consciente el profesor, y amigo, Antonio Baylos, de las dificultades con que va a encontrarse el acuerdo firmado, y más en concreto algunos de sus contenidos laborales, desde luego el de la reducción de la jornada laboral, en su concreción si finalmente llega a formarse un gobierno de coalición que necesitará del apoyo de fuerzas políticas que en más de una ocasión se identifican muy poco con algunos de tales contenidos. Por ello, con el optimismo político que le caracteriza, sin dejar de lado en absoluto el conocimiento de la realidad política y social, concluye en estos términos: “Un recorrido por este programa da cuenta de la intensidad y extensión de sus objetivos, que sintonizan con la exigencia de avanzar y desarrollar el patrimonio colectivo de los derechos laborales y sociales de la ciudadanía. Naturalmente muchos de sus párrafos y compromisos tienen que ser desarrollados y con estas propuestas concretas deberemos entablar el diálogo y la discusión. Pero es evidente el esfuerzo que se ha efectuado por parte de los negociadores por llegar a un texto que refleje esa tensión hacia el mantenimiento de un cambio social en una dirección favorable a la ampliación de derechos laborales y la consolidación de los que ya se han obtenido en la etapa inmediatamente anterior...”
3. Como he dicho al inicio de esta entrada, en la mayor parte de los apartados del acuerdo hay alguna referencia a contenidos laborales, si bien muchas de ellas tienen una carácter tan generalista que sólo pueden reconducirse a las medidas concretas que se adopten en el marco de las reformas normativas apuntadas en el apartado dedicado al ámbito laboral y por supuesto al desarrollo, ampliación y mejora, así como también concreción adaptada a los ámbitos sectoriales y territoriales correspondientes, por vía convencional.
Por ello, me ha parecido oportuno hacer un seguimiento descriptivo, desde el inicio del acuerdo, de todas esas “referencias laborales”, deteniéndome (con la referencia ERT) cuando así lo he considerado conveniente por la importancia de la medida propuesta, en el bien entendido que tengo muchos puntos de acuerdo y concordancia con el artículo del profesor Baylos y por ello recomiendo también su lectura. Observarán los lectores y lectoras que las referencias al “empleo de calidad” son muy numerosas a lo largo de todo el texto.
Vamos allá. Leer+
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