Instrucciones para el abono del 25% de la paga extraordinaria suprimida por el gobierno en diciembre de 2012. Las Administraciones territoriales -CC.AA y Ayuntamientos-Diputaciones- previsiblemente replicarán los plazos y criterios del sector público estatal.
Resolución de 29 de diciembre de 2014, conjunta de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones para la aplicación efectiva, en el ámbito del sector público estatal, de las previsiones de la disposición adicional décima segunda, de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015 (BOE de 2 de enero de 2015). Texto completo.
Cristóbal Montoro con los PGE en el Congreso |
2. Literal en los recibos de nómina. El literal que figurará en los recibos de nómina coincidirá con el expresado en la Ley y será el siguiente “Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012”.
El Gobierno calcula que el coste de esta devolución alcanzará los 230,8 millones de euros, el 0,5% del gasto en personal de la Administración Central para este año.
En el marco de las instrucciones publicadas en el BOE, se establecen los pasos a seguir por aquellos funcionarios que hayan cambiado de destino dentro del sector público estatal, así como en otros supuestos. En el caso de fallecimiento del empleado público, los herederos podrán reclamar a la Administración el 25% de la extra suprimida en 2012.
En el marco de las instrucciones publicadas en el BOE, se establecen los pasos a seguir por aquellos funcionarios que hayan cambiado de destino dentro del sector público estatal, así como en otros supuestos. En el caso de fallecimiento del empleado público, los herederos podrán reclamar a la Administración el 25% de la extra suprimida en 2012.
Enlace1: Ley de Presupuestos Generales del Estado 2015 Ley 36/2014, de 26 de diciembre (BOE 30.12.2014)
Enlace 2: Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico.(BOE 30.12.2014)
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