lunes, 23 de diciembre de 2013

Ya es aplicable el cuarto "moscoso" de 2013

Entró en vigor el 22.12.2013 tras publicarse en el BOE del 21.12.2013 y aprobarse por el Congreso de los Diputados el 20.12.2013 

Ultima hora 23.12.2013 : ampliado el plazo en la AGE para que los empleados públicos puedan disfrutarlo hasta el 15 de Febrero de 2014  (Ver resolución)

Tal como había anunciado hace semanas el ministro de Hacienda y AAPP, este año 2013 se recupera para los empleados públicos -hoy Día de la Lotería- uno de los tres días de libre disposición eliminados en 2012,  aparte de otros "canosos", en función de la antigüedad, y de la paga extra de Navidad de ese año, aún pendiente de resolución judicial.

Forges y la lotería
Según el BOE del sábado 21.12.2013, la Disposición adicional 4ª de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de Control de la Deuda Comercial en el sector público.(Ver pdf BOE 21.12.2013), señala que:

 Primero. El apartado k del artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), queda con la siguiente redacción: «Por asuntos particulares, cuatro días cada año».

Segundo. La limitación que el apartado Tres del artículo 8 del Real Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, establece respecto a los convenios, pactos y acuerdos para el personal funcionario y laboral de las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas, debe entenderse referenciada a la nueva redacción dada al artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público de conformidad con el apartado primero de esta Disposición.
Disposición final séptima. Entrada en vigor. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (21.12.2013).

En la AGE se podrá disfrutar hasta 15.2.2014
Ya en vigor el nuevo moscoso, serán las distintas administraciones públicas  (afecta a todas por ser el EBEP normativa básica) las que regulen cómo se hará efectivo el disfrute de este día de libre disposición de 2013 y si es posible -dadas las fechas en las que nos encontramos- ampliar el plazo habitual de cómputo de días libres y vacaciones, que suele ser ente el 15-31 de enero del año siguiente, el 2014 en este caso. En la AGE, el secretario de Estado de AAPP Antonio Beteta ya ha firmado la resolución para que se pueda disfrutar hasta el 15.2.2014. Ver Nota MHAP 

Ver tb comentario de JRChaves. Blog Contencioso.es

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario