lunes, 9 de marzo de 2015

La factura electrónica, obligatoria en las Administraciones Públicas desde enero, desconcierta a las pymes

Los autónomos están exentos si son personas físicas, pero no si tienen una sociedad
 
Revista de prensa. Cinco Días.- Renovarse... o no cobrar de las Administraciones. La factura electrónica, obligatoria desde enero, desconcierta a las pymes. A medio plazo, será para mejor, pero en las primeras semanas de funcionamiento, la sensación de desconcierto reina entre los afectados por la entrada en vigor de la obligación de presentar factura electrónica a las Administraciones Públicas.

La medida está entre las reformas del Gobierno para disminuir la morosidad en el sector público, ya que el nuevo sistema permite dejar constancia de la fecha de presentación de la factura y mejorar su control.

Se trata de una medida ineludible para las empresas que tengan relación comercial con las Administraciones, según la nueva Ley 25/2013, siempre que el importe de la operación supere los 5.000 euros o bien cuando la Administración pertinente así lo indique de forma reglamentaria. De hecho, algunas comunidades autónomas, como es el caso de Cataluña o La Rioja, ya contaban con su propia legislación desde hace años.

Lo cierto es que la factura electrónica llevaba funcionando bastantes años, pero era utilizada principalmente por grandes empresas. Ahora se abre ampliamente el abanico de proveedores que tendrán que utilizarlo, un gran avance en la denominada Administración electrónica que permitirá registrar todas las facturas de los proveedores y, por ende, agilizar los trámites. Pero eso no significa que la transición esté siendo fácil.

Las empresas habituadas a trabajar con entes locales o autonómicos y con facturaciones de cierta entidad parece que están optando por contratar los servicios especializados, pero Alberto Redondo, director de marketing de Seres de Iberia y Latinoamérica, uno de los grandes operadores globales de factura electrónica, reconoce que los problemas los están sufriendo aquellas pymes y autónomos con poca relación con las Administraciones y que por ello teóricamente pueden asumir el trabajo internamente.
 
Y he ahí la diferencia entre las empresas que cubren sus necesidad al 100% con FACe la solución gratuita que ofrece el Ministerio (ver despiece FACe y otras formas de cobrar) y aquellas otras que deben realizar el intercambio con Administraciones que no están en ese sistema, ya que ahí se ven obligados a conjugar diferentes herramientas con distintas características, lo que puede entorpecer una gestión eficiente.

En el caso de los autónomos, el grueso, aquellos que son personas físicas, están exentos de la obligación de utilizar el soporte electrónico, según explican desde la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), pero no así aquellos que tienen una sociedad o están vinculados a ella. Son estos los que están encontrando problemas con el programa que la Administración ha puesto a su disposición.

“Se pierden y no encuentran ninguna empresa que les eche una mano”, asegura Celia Ferrero, vicepresidenta ejecutiva de ATA. “Los autónomos están acostumbrados a que estas cuestiones las resuelvan sus gestores o asesores fiscales, sin embargo, estos también se han encontrado con problemas de adaptación” y en este punto mencionan que algunos ayuntamientos todavía no han adaptado sus procesos y desconocen cómo deben gestionar los documentos.

Periodo de adaptación
No obstante, asegura Ferrero, “los cambios en las operativas siempre conllevan algún tiempo para adaptarse pero en este caso será para bien, ya que no habrá, o al menos habrá menos, facturas en los cajones y los plazos de cobro serán más cortos, esperemos, y se podrán controlar mejor”.

A la hora de valorar el grado de adaptación de las distintas Administraciones al nuevo escenario, según el responsable de Seres, estas funcionan de manera dispar. “Por un lado, nos encontramos las Administraciones que están adheridas a FACe y tienen unas especificaciones estándares definidas por el Gobierno y que funcionan correctamente, aunque algunas todavía están con las desviaciones lógicas que surgen al asumir este tipo de proyectos”.

Y por otro están principalmente las administraciones autonómicas y locales, que no están adheridas a FACe. Aquí hay varios tipos: “Las que todavía no han dado un paso firme, tienen una situación caótica que desespera a muchos proveedores. Tenemos también las que lo han adoptado recientemente, pero donde se trabaja a contrarreloj para cumplir con todos los requisitos. Y para terminar, los casos donde ya se contaba con un proyecto en funcionamiento, que en líneas generales han mejorado sus cifras”.
 
FACe y otras formas de abonar
Hay que adaptarse técnicamente al nuevo escenario. El Ministerio de Industria, Energía y Turismo (Minetur) ha puesto a disposición de pymes y autónomos un programa informático gratuito que sirve para generar las facturas electrónicas conforme a los requisitos exigidos.
 
Para presentar esos albaranes, cada Administración ha de tener un punto general de entrada de facturas electrónicas y, de momento, el creado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, denominado FACe, es el más utilizado, ya que ha sido adoptado por la propia Administración General del Estado, la mayoría de las comunidades autónomas o de las entidades locales.
 
De hecho, ya se han adherido al FACe 6.300 entes locales, el 80% del total de municipios españoles, y el pasado viernes a mediodía, una vez superados los problemas de funcionamiento que ralentizaron los procesos en las primeras semanas, ya habían recibido facturas mediante esta vía cerca de 5.400 de ellos, según la propia web.
 
No obstante, las cifras pueden ser más abultadas ya que a estas operaciones han de sumarse las realizadas mediante otros puntos de entrada propios creados por algunos organismos. Incluso, en algunos entes se han adoptado más de una vía.
 
En cuanto a los municipios más pequeños y por ende, aquellos que apenas reciben facturas por importe de 5.000 euros o más, siempre pueden realizar los trámites, recuerdan desde la FEMP, a través de las diputaciones

sábado, 7 de marzo de 2015

Justicia invertirá 47,6 millones de euros para implantar juzgados sin papel a partir de 2016

Los ciudadanos recibirán las notificaciones por mensajes de SMS

Otras noticias de interés: ASTIC aplaude el reconocimiento del Gobierno a la Administración Digital

Revista de prensa. EP 5.3.2015.- Justicia tiene previsto destinar 47,6 millones de euros durante este año, con cargo a su presupuesto, para cumplir el objetivo de que los juzgados trabajen exclusivamente a través de medios electrónicos a partir del 1 enero de 2016, fecha límite fijada para ello en el Proyecto de Ley de Enjuiciamiento Civil, aprobado por el Gobierno en el último Consejo de Ministros, han informado a Europa Press fuentes del Ministerio.

El proyecto introduce un conjunto de medidas dirigidas a mejorar la eficiencia en la actividad de la Administración de Justicia y en los contactos con los operadores jurídicos y los ciudadanos a través de la implantación del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en diferentes trámites y procesos judiciales.
 
La nueva norma obliga a que las comunicaciones entre profesionales de los órganos judiciales se realicen de forma exclusiva a través de medios informáticos a partir del próximo año y en todos los órdenes jurisdiccionales.
Los avances en el desarrollo de sistemas y aplicaciones tecnológicas permitirán también establecer que determinados colectivos "resulten obligados a utilizar medios electrónicos en la realización de los actos de comunicación".
 
Por correo y teléfono
Así, los jueces podrán emplear datos de correo electrónico y de número de teléfono para localizar a los demandados. Las comunicaciones se efectuarán a través del Servicio de Dirección Electrónica Habilitada para los colectivos que resulten obligados y para aquellos otros ciudadanos que, sin estarlo, opten por dicho sistema.
 
De esta forma, se hará habitual en la Administración de Justicia la recepción electrónica de las notificaciones que hasta ahora se recibían en papel. Además, se podrá informar mediante aviso por SMS al teléfono móvil de la persona interesada de que se le ha de practicar una notificación.
 
En relación a los profesionales que colaboran con la Administración de Justicia, los colegios de procuradores estarán obligados a habilitar los medios necesarios de forma que pueda garantizarse el envío y recepción de notificaciones electrónicas en todo el territorio nacional.
 
En cuanto a la presentación de escritos y documentos, a partir del 1 de enero de 2016, tanto los profesionales como los órganos judiciales estarán también obligados a emplear los medios electrónicos existentes para realizar esta actividad. Para hacerlo efectivo, la Administración competente deberá de habilitar los medios técnicos necesarios antes de dicha fecha.
 
Además, el Ministerio prevé un ahorro gracias a otra de las novedades introducidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil dirigida a dotar de nuevas funciones a los procuradores, que tendrán la capacidad de realizar actos de comunicación si sus clientes así lo solicitan.
 
Confía, además, en que las reformas introducidas en la norma, que será enviada al Congreso para emprender el trámite parlamentario, reduzcan el número de causas.

viernes, 6 de marzo de 2015

Enrique Sacanell: Gestion Pública y orientación a los resultados: algunas ideas prácticas

"En ocasiones, lo que la experiencia nos muestra es que no obtenemos los resultados esperados porque la hipótesis es falsa"
Blog La Danza del Cambio. Enrique Sacanell. comienzos de febrero reflexionaba sobre la gestión orientada a los resultados en la administración pública. Mencionaba la necesidad de establecer objetivos más concretos de los que habitualmente podemos encontrar y especificar indicadores para poder realizar su seguimiento. Lourdes Zanuy, Cap de Servei de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Lleida, planteaba que quedaban claros los ejemplos de lo que no son objetivos que sirvan en una gestión orientada a resultados pero que era el momento de mostrar qué tipo de objetivos son los que sirven. Tal y como le prometí, recojo el guante.

Ayuntamiento de Vitoria
 Puede parecer una obviedad, pero para establecer objetivos útiles para una gestión orientada a resultados, lo primero que tenemos que tener claro es qué resultados queremos obtener. Tomo como ejemplo uno de los objetivos genéricos que ya mencionaba en el anterior post: Potenciar medidas para la integración social de las personas inmigrantes. ¿Cómo convertirlo en un objetivo que pueda ser evaluable y medible?

 En primer lugar, el enunciado de ese ejemplo real centra la atención en los medios y no en los resultados. Parece que de lo que se trata es de potenciar medidas, no de obtener resultados con ellas. Si lo formulamos "aumentar la integración social de las personas inmigrantes", seguimos siendo abstractos pero al menos ponemos el foco en los resultados y no en las cosas que hacemos.

Integración social
El segundo paso, partiendo de este ajuste, implica reflexionar sobre qué entendemos por integración social. Son pocas las políticas públicas que tienen una respuesta clara y concreta a una pregunta como ésta. Como ya decía entonces, nadie dijo fácil. Sin embargo, generar ese debate y encontrar una base de acuerdo en el equipo técnico y político me parece en sí mismo un gran avance. Ahora que tanto hablamos de transparencia, me parece un ejercicio de gran transparencia poder explicar a la ciudadanía, por ejemplo, qué entiende este Ayuntamiento, Diputación o Gobierno por integración social o por recuperación económica, o fomento del comercio, o mejora de la calidad de vida, etc.

 Frecuentemente, una fuente de problemas entre la perspectiva política y la técnica, y dentro del propio equipo técnico, reside en que conviven diferentes formas de entender los conceptos genéricos que se manejan. Formas diferentes que no han sido explícitamente contrastadas y que provocan la confrontación cuando se discute sobre la oportunidad de una u otra medida. Al discutir sobre la consecuencia de una determinada manera de ver el problema, en lugar de sobre la forma en que ese problema se ve, resulta imposible llegar a un acuerdo. Cuando ponemos sobre la mesa nuestros marcos de referencia hay más probabilidades de encontrar los márgenes para el acuerdo.
 
 Caso Práctico
Sigamos. Imaginemos que hemos llegado a un acuerdo de mínimos (y en esto la investigación y la universidad nos debe ayudar). Por ejemplo, entendemos que una familia está integrada socialmente si:
 
- Tiene una vivienda con las mínimas condiciones de salubridad (deberemos definirlas);
- Está en contacto con el mercado laboral, idealmente mediante un trabajo remunerado pero también puede ser muestra de integración social el estar inscrito en la agencia de empleo correspondiente y realizar actividades formativas;
- Están escolarizados los menores que puedan existir en el entorno familiar;
- Participa en alguna asociación o grupo local, ya sea cultural, deportivo o de cualquier otro tipo.

De manera complementaria, podríamos también acordar qué síntomas muestran una falta de integración social, además de la carencia de los aspectos anteriores. Así, por ejemplo, el paro de largo duración, la percepción de ayudas sociales más allá de determinado margen de tiempo, las detenciones por cualquier tipo de delito,...

 Una vez que tenemos desglosado el concepto genérico que daba forma a la redacción inicial del objetivo, lo siguiente que tenemos que preguntarnos es ¿sabemos cuál es la situación actualmente en el municipio o en el ámbito territorial correspondiente? Es decir ¿qué datos tenemos sobre esos aspectos? Si no tenemos información sobre la situación actual es imposible que podamos tener una referencia sobre los resultados que obtenemos y, de nuevo, volveremos a contentarnos con hacer cosas. Si no hay datos, o no son suficientes, quizás la primera tarea de una gestión orientada a los resultados tenga que ser precisamente conocer con más solidez la realidad sobre la que se pretende intervenir.
 
 Punto de partida
Y si tenemos la información para conocer el punto de partida en que nos encontramos, es decir, cuál es la dimensión del problema, ya no resulta tan difícil establecer objetivos concretos que orienten nuestra gestión hacia los resultados: aumentar en X el porcentaje de personas inmigrantes que presentan las características de integración social que hemos definido y reducir en Y el porcentaje de personas inmigrantes que presentan los síntomas que hemos identificado como muestra de falta de integración social.

Más allá del aspecto numérico, al concretar nuestros objetivos focalizamos los ámbitos prioritarios sobre los que intervenir, a la vez que ponemos de manifiesto la complejidad del abordaje de determinadas políticas. Por eso, más importante aún es establecer los foros adecuados para realizar el seguimiento de los planes previstos con el fin de obtener esos resultados. Al fin y al cabo, la definición de objetivos tiene mucho de hipótesis a contrastar. Si hacemos esto y esto y esto, entonces ocurrirá esto y obtendremos los resultados esperados. En ocasiones, lo que la experiencia nos muestra es que no obtenemos los resultados esperados porque la hipótesis es falsa. Pero para este post ya vale con lo dicho.

jueves, 5 de marzo de 2015

17 de Marzo en el INAP: II Foro de Intraemprendizaje en la Administración Pública.

Durante la jornada, Antonio Beteta  presentará la plataforma de Cursos Online Masivos Abiertos - MOOCs- Forma2 - Programa del II Foro de Intraemprendizaje en la Administración Pública
 
INAP.- El Instituto Nacional de Administración Pública -INAP- organiza el martes día 17 de marzo el II Foro de Intraemprendizaje en la Administración Pública. Con esta jornada se quiere incorporar al decálogo de la Administración los rasgos y competencias claves del intraemprendizaje y del emprendizaje corporativo, consiguiendo un Sector Público creativo, flexible, colaborativo, crítico y con poder de difusión.
El INAP desea destacar el papel de las nuevas tecnologías en la formación. Se presentará la plataforma de Cursos Online Masivos Abiertos - Forma2 - buscando impulsar la gestión del conocimiento y su uso compartido, generando un aprendizaje transformador, no solo en la Administración, sino en la sociedad en su conjunto.  
 
Durante la jornada se hará entrega de los IV Premios a la Calidad en la Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Premiarán los mejores materiales didácticos, las mejores actuaciones en la gestión de la formación y los mejores proyectos innovadores. Acceso a más información sobre los Premios.   Los interesados podrá realizar su inscripción a través de esta solicitud.
 
Abierto el plazo de inscripción hasta el 18 de marzo: Acciones formativas para el primer semestre en materia de transparencia, acceso a la información y buen gobierno
 
Dirigidas preferentemente al personal de Administración local: Convocatoria de itinerarios y acciones formativas centralizadas

miércoles, 4 de marzo de 2015

Mirada Institucional: Partidos, cultura institucional y clientelismo político

Nadie niega que haya todavía países donde las instituciones democráticas estén mal asentadas o sean incluso un decorado teatral” (Moisei Ostrogorski, “La democracia y los partidos políticos”, Trotta, 2006)

Blog La Mirada Institucional. Rafael Jiménez Asensio.- Hace un siglo, Max Weber ya diferenciaba entre “partidos ideológicos” y “partidos clientelares”, aunque reconocía que todos los partidos son ambas cosas a la vez: tienen objetivos políticos y persiguen asimismo el reparto de cargos.
Ayuntamiento de Valencia.
La profunda mutación que parece estar gestándose en el sistema de partidos español con la emergencia de “partidos nuevos” que se suman a los “partidos tradicionales”, puede ser una buena excusa para reflexionar sobre qué papel han jugado y pueden jugar los partidos políticos en las instituciones y, más en concreto, en la provisión de cargos públicos.
 
Clientelismo crónico
La política en España ha tenido siempre, desde los mismos inicios del régimen liberal, un componente muy marcado de clientelismo. Los partidos, como también diría Ostrogorski, se han configurado como “una tropa de asalto al poder para repartirse los despojos”. El régimen constitucional nacido a partir de 1978 no atenuó esa corriente de fondo, sino que, ante la multiplicación del tejido institucional, esa tendencia se vio multiplicada tanto cualitativa como cuantitativamente.
 
John Stuart Mill, en su obra Del Gobierno representativo, contraponía el modelo inglés al existente en buena parte de los países de la Europa continental de entonces, al afirmar que “el corretaje de cargos” es una forma de ambición extraña a los ingleses como colectividad, pues, salvo algunas excepciones, el modo de elevarse en la escala social tomaba una dirección enteramente contraria: la del éxito en los negocios o en una profesión cualquiera. No es este, precisamente, nuestro camino. Aquí, en cambio, se valora a las personas por “lo que son” (en particular, por el cargo que ocupan), no por “lo que hacen”. La afición “al cargo” es algo consustancial a ese peculiar carácter peninsular. No somos los únicos.
 
No cabe duda que las instituciones en la etapa democrática han sido pasto de clientelas políticas, como diría Alejandro Nieto. Pero este no es un fenómeno nuevo. Viene de lejos. Y la sociedad (la ciudadanía), así como sus medios de comunicación, se han mostrado enormemente complacientes con esa lacra. Algunas personas se han beneficiado y otras, la mayor parte, han mirado hacia otro lado, esperando tal vez su momento. La gravedad del problema no se puede minimizar.
 
El espacio natural de la política son los órganos representativos. Con base en el principio democrático, la política también dispone de otro hábitat natural para desplegarse, que son los gobiernos. Y el personal eventual o de asesoramiento político. Pero, a partir de ahí, se extiende una enorme “zona de incertidumbre”, al menos en este país. En efecto, entre nosotros, a diferencia de otras democracias avanzadas, la política cubre los puestos directivos de la alta administración, los niveles también directivos de las entidades instrumentales, inclusive penetra por medios diversos en la alta función pública o utiliza la palanca de la contratación laboral temporal y del personal interino para introducir sus huestes, como un fenómeno más de corrupción, en el empleo público. Familias enteras, políticas o de sangre, conviven en nuestro medio institucional. Y ejemplos hay por doquier.
 
Pero, además, los criterios políticos de reparto de cargos se han extendido sin rubor alguno a todo tipo de órganos constitucionales, estatuarios o asimismo a los innumerables “órganos de control” o autoridades “independientes”, creados por el Estado o por las comunidades autónomas, durante los últimos treinta años. Así las cosas, el sistema de frenos como medio de control de poder está profundamente averiado. Y ese déficit no se resuelve solo con la reconstrucción o reforma de esa “barrera de pergamino” que es la Constitución. Quien piense así, yerra de plano. Se necesita un cambio radical de cultura institucional y un renovado sistema de provisión de cargos que aleje las prácticas clientelares de los nombramientos políticos en todo este tipo de instituciones, pero a su vez no caiga en las redes de un rancio corporativismo o de posiciones tecnocráticas trasnochadas. Se han de establecer reglas nuevas que diseñen procedimientos en los que la imparcialidad y la competencia profesional de los designados esté plenamente acreditada.
 
No se trata, en efecto, de negar lo evidente. El Estado de partidos es una realidad que nos acompaña desde hace mucho tiempo. Y no cambiará fácilmente. Manuel García Pelayo en un libro publicado en 1986 (“El Estado de Partidos“, Alianza Editorial), intuía ya algunas de las derivas del modelo instaurado en la Constitución de 1978. Pero su análisis se quedaba corto. Barruntaba el problema, pero no lo cerraba por completo. Era, quizás, demasiado pronto.
 
Control de las instituciones
Hoy en día nadie duda que los partidos “controlan” aquellas instituciones que deben a su vez ejercer el control de los poderes públicos estatales o autonómicos, “colocan” en esos órganos a militantes declarados, antiguos cargos representativos, ex altos cargos, personas con “sensibilidad” política similar o, incluso, fieles sin fisuras a quienes pagan servicios prestados. Tales instituciones están plagadas de personas “afines” a los partidos. Eso tiene un nombre: la “captura” de las instituciones por los partidos. Pero también esa práctica significa la ruina del sistema democrático. Sin instituciones de control el Estado constitucional carece de frenos.
 
¿Cómo acabar con esta situación? No es una pregunta de respuesta fácil. Cabe preguntarse, en primer lugar, si hay voluntad por parte de los partidos, sean estos “tradicionales” o “nuevos”, para cambiar ese estado de cosas. Y temo ser muy contundente en la respuesta: hoy por hoy no la hay ni en los “partidos tradicionales” (quienes han fracasado todos ellos sin excepción, si es que lo han intentado, en este importante reto) ni tampoco se observa de forma clara y precisa en las propuestas esbozadas por los “partidos nuevos”.
 
Pronto saldremos de dudas. El escenario de pactos múltiples para formar gobiernos en un futuro inmediato puede dar lugar a dos opciones. La primera será que los partidos utilizarán su poder de influencia para continuar con la política clientelar (cada uno pedirá “su parte”) en el reparto de cargos (ya hay precedentes de esta tendencia en algunas comunidades autónomas). La situación de deterioro institucional puede empeorar en este caso.
 
Y, la segunda, es que se produzca una auténtica renovación del sistema de provisión de los niveles directivos de la Administración y de los cargos institucionales, mediante un Pacto de Estado entre todas las fuerzas políticas (“tradicionales” y “nuevas”) que fije reglas precisas y procedimientos adecuados para proveer tales puestos de responsabilidad entre personas de acreditada solvencia profesional y honestidad contrastada, con la finalidad de reforzar la profesionalidad, la moral pública y los sistemas de control del poder dañados de forma intensa tras décadas de mala “praxis”. Nada que ver con las tibias y deslavazadas medidas de “regeneración” que se han puesto en marcha, en estos últimos meses. Pura coreografía.
 
La única opción válida es la segunda, pero me temo que, viendo como discurren los acontecimientos y los pobres discursos de esta política espectáculo o de eslogan que nos invade, una vez más se impondrá la primera. Si así es, de nuevo perderemos la oportunidad de aprender de nuestros errores y salir del subdesarrollo institucional en el que estamos “cómodamente” instalados desde hace siglos. No cabe poner “el vino nuevo en odres viejos”.

Otro post de interés. Fiscalización.es.- “Estoy aquí para salvarte el culo, no para besártelo”

Novedad editorial.  Rubén Martínez Gutiérrez. La contratación pública electrónica
Edit. TIRANT LO BLANCH, 2015 .ISBN: 9788490862537 .-/ 34,90 euros

martes, 3 de marzo de 2015

La Defensora del Pueblo recibió 23.186 quejas ciudadanas y aumentó un 41% las actuaciones de oficio en 2014

Otra noticia de interés. Expansión.- Los padres funcionarios podrán pedir el permiso de maternidad cuando la madre no trabaje
 
La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, entregó el pasado día 26 de febrero el Informe Anual 2014 al presidente del Congreso, Jesús Posada, y al presidente del Senado, Pío García Escudero. El Informe  recoge la actividad de la institución en un año en el que se formularon 467 recomendaciones que fueron aceptadas en un 72,09%.
 
En 2014, el Defensor recibió 23.186 escritos de queja. Las cuestiones que más preocuparon a los ciudadanos fueron las relacionadas con asuntos sociales (rentas mínimas, prestaciones de dependencia), problemas sobre impuestos estatales, autonómicos y locales, y retrasos en la administración de justicia.
 
Además, la Institución aumentó las actuaciones de oficio un 41%, hasta alcanzar los 489 expedientes. Destacan las relativas a la inclusión educativa de alumnos con discapacidad, supervisión de acogida de inmigrantes, problemas sobre pobreza energética, cortes de suministro eléctrico y sistemas de facturación.
 
La Institución puso en marcha en 2014 un portal de transparencia en el que se detalla la gestión presupuestaria, salarios, contratos, convenios y viajes oficiales. También se creó un nuevo servicio que permite a los ciudadanos consultar el estado de sus quejas a través de www.defensordelpueblo.es.
 
Para la Defensora del Pueblo “la transparencia no puede limitarse a la exposición de sus datos”. Por este motivo, y para dar el mejor servicio posible a los ciudadanos, desde la Institución se informa de las actuaciones y requerimientos formulados, los tiempos empleados y los resultados obtenidos. Por primera vez, en el Informe Anual se ofrecen estos datos con los tiempos medios empleados por el Defensor para contestar a los ciudadanos y los tiempos utilizados por las administraciones para contestar al Defensor.
 
Reforma fiscal
La reforma fiscal aprobada este año ha incluido recomendaciones del Defensor. Así, elimina la plusvalía municipal para los casos de dación en pago y deja exenta la ganancia patrimonial derivada de la dación en pago de la vivienda habitual en el IRPF. Además, las subvenciones y ayudas públicas no se declararán hasta que no se hayan recibido. La reforma incluye otra recomendación para modificar la regulación del mínimo por descendientes, teniendo en cuenta los distintos modelos familiares. La reforma  también mantiene vigentes los coeficientes de abatimiento, con limitación de 400.000 euros en la venta del inmueble.
 
El Defensor del Pueblo insistirá en la necesidad de restablecer la deducción por inversión en vivienda habitual cuando se realizan obras e instalaciones de adecuación  de la vivienda por razones de discapacidad.
 
Ley de segunda oportunidad
El año pasado se reiteró la recomendación para establecer un procedimiento de insolvencia, o ley de segunda oportunidad, para particulares y consumidores de buena fe sobreendeudados, recogida en el  estudio “Crisis económica e insolvencia personal: actuaciones y propuestas”, publicado en octubre de 2013.
En opinión de la Institución, dicho procedimiento debe ser amplio en su aplicación, sencillo, eficaz, gratuito. Además, debe conciliar los intereses de acreedores y deudores, facilitar el pago ordenado de las deudas y sanear la economía doméstica.
 
La Institución está a la espera de conocer el texto en el que se articulará la medida propuesta por el Gobierno en el Debate sobre el Estado de la Nación, para facilitar que las familias puedan reestructurar sus deudas mediante un acuerdo extrajudicial de pagos.
 
La Institución ha recomendado ampliar el bono social a más colectivos desfavorecidos y ha pedido más garantías en el procedimiento de cortes de suministro eléctrico y los sistemas de facturación.
 
También se iniciaron actuaciones para promover una factura eléctrica más transparente y clara. Tras la intervención del Defensor del Pueblo, el Gobierno aprobó un nuevo modelo de factura que mejora la información que reciben los consumidores.
 
La Institución inició una actuación para conocer cuándo y cómo se prevé la incorporación de nuevos medicamentos innovadores para el tratamiento de enfermedades oncológicas.
 
Pobreza y nutrición infantil
Como continuación de las actuaciones realizadas con relación a la pobreza y la nutrición infantil, se formuló una recomendación a todas las comunidades y ciudades autónomas para que se adoptaran las iniciativas necesarias para proporcionar o reforzar la alimentación de los niños en situación de mayor vulnerabilidad durante las vacaciones escolares. La mayoría de las comunidades autónomas han respondido de forma positiva, si bien adoptando diversas maneras de atender a los menores.
 
El Defensor del Pueblo formuló recomendaciones para conseguir un mejor conocimiento en los foros internacionales del daño causado por el terrorismo. También pidió impulsar, en el Estatuto de la Víctima, medidas de apoyo para facilitar la personación de la representación de las víctimas del terrorismo en los procesos que se desarrollen ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos u otros tribunales con sede fuera del territorio nacional.
 
Las recomendaciones fueron aceptadas y se han llevado a cabo algunas iniciativas destinadas a conseguir un mejor conocimiento en los foros internacionales del daño del terrorismo. El Ministerio de Justicia deberá fijar las vías específicas que permitan facilitar la personación de la representación de las víctimas en los procesos que se desarrollen ante el Tribunal Europeo de  Derechos Humanos.
 
Centros de privación de libertad
En su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), la Institución visitó 61 lugares de privación de libertad; en 11 de estas visitas participó la Defensora. Además, Soledad Becerril visitó tres centros en países de la UE para conocer la realidad de estos centros, las buenas prácticas que allí se realizan y recomendar su implantación en nuestro país. 

lunes, 2 de marzo de 2015

Blog ¿Hay Derecho? : Causa eficiente de la corrupción política

"Una de las causas de la corrupción se encuentra en la falta de voluntad de la clase política en asegurar una Administración limpia y eficiente, así como en el escaso compromiso del poder legislativo en esta materia, en exceso sensible a los intereses políticos"
 
Blog ¿Hay Derecho?.- El objeto de este post es detenerse en uno de los elementos generadores de la corrupción política, lacra verdaderamente preocupante a la vista de los numerosos escándalos que afectan al panorama nacional en los últimos tiempos.
 
 Evitar toda tentación de corrupción política pasa forzosamente por respetar la necesaria delimitación entre el nivel político y el nivel administrativo del sector público. En este sentido, el radio de acción del político debería limitarse a definir los objetivos públicos y a trazar los planes estratégicos para  cumplimiento, dejando los instrumentos de ejecución a quien es verdaderamente competente parya ello que no son otros que los funcionarios que integran el elemento humano de la Administración Pública, por tratarse de una labor técnica sujeta a criterios objetivos y que no admite valoraciones políticas. Existen una serie de métodos, reglas y procedimientos legalmente aprobados que son los que hay que aplicar de manera ineludible a la hora de ejecutar las políticas públicas, de ahí que esa función deba estar reservada, sobre todo en los estratos superiores de la organización administrativa, a los funcionarios que demuestren ser los más cualificados en cada caso, con independencia de sus creencias y afinidades. Es decir, personas que conozcan el amplio panorama de posibilidades que ofrece la ciencia administrativa y que aseguren llevar adelante la política de los gobernantes, pero con arreglo a criterios de buena Administración, profesionalidad, neutralidad y objetividad.
 
 De esta manera, el seguimiento de estas pautas y métodos preestablecidos legalmente constituye un límite a los eventuales excesos y arbitrariedades del poder político, ya que la observancia de esos instrumentos objetivos de gestión opera como un control frente a posibles intereses particularistas de los gobernantes. Pero es ahí donde surge el problema pues la clase política en general, consciente de que la circunstancia anterior supone un obstáculo para pretensiones partidistas o para sus fines personales, en ocasiones trata de alejar de la alta burocracia a los funcionarios honestos y competentes, colocando en su lugar a aquellos que sean dóciles con sus consignas y acepten someterse a sus dictados. Para lo cual se procede a asignar a los puestos de trabajo correspondientes un sistema de cobertura discrecional, como es la libre designación, (en lenguaje llano, “nombramiento a dedo”) pese a que objetivamente su modo de provisión debería ser el concurso de méritos.

Marginación de funcionarios independientes
Y así, las autoridades y gobernantes públicos suelen situar a sus afines al frente de aquellos centros de decisión administrativa susceptibles de producir algún efecto de alcance partidista, de modo que la gestión de importantísimas e influyentes parcelas de la Administración como la contratación pública, el urbanismo o el manejo de fondos públicos, queda en muchos casos en manos de personas en las que el desempeño de su función no obedece siempre al interés público, sino al interés particular (partidista, personal o de otro tipo) que le señala el cargo político responsable de la designación. Esto hace que se margine a la clase funcionarial auténticamente profesional, dado que los funcionarios más expertos, capacitados y honestos son sustituidos por individuos que pueden ser manejados sin mayores contratiempos, al ser amigos, simpatizantes o allegados a altos cargos políticos a quienes no están dispuestos a contrariar. Con lo cual el nombramiento de estos puestos estratégicos depende exclusivamente de la libre voluntad de la autoridad política de turno, toda vez que al partido en el poder le interesa tener a mano este tipo de empleados maleables que sean colaboradores fieles y que acepten lo que un funcionario honesto e independiente rechazaría. Y esa circunstancia, como no podía ser de otra manera, abre el camino hacia la corrupción.

Y a ello contribuye la poca consistencia de los principios programáticos plasmados en la legislación básica sobre función pública por cuanto, si bien dicha legislación establece que los puestos de libre designación tendrán carácter excepcional (artículo 80.2 de la Ley 7/2007, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público) EBEP), sin embargo no sienta criterios uniformes vinculantes al estar formulados en términos retóricos y huecos en exceso, lo cual ha facilitado que los distintos entes públicos hayan podido burlar su espíritu y que dicho marco legal pueda ser distorsionado de acuerdo con los intereses de los grupos políticos gobernantes. Con lo cual, y en la práctica, se ha producido una desmesurada expansión de la libre designación en el escalón superior de la estructura organizativa de las diferentes Administraciones Públicas, con el efecto de favorecer posibles abusos o arbitrariedades del poder político.

Amiguismo vs mérito y capacidad
De igual manera, de nada vale que la legislación básica obligue a que la provisión de todos los puestos de trabajo en la Administración Pública, incluidos los de libre designación, esté sometida a los principios de mérito y capacidad (artículo 78.1 del EBEP), si esa proclamación genérica no va acompañada de mecanismos eficaces que aseguren su observancia. Ello exigiría que los candidatos se vieran sometidos a determinados requisitos de idoneidad, circunstancia que en la práctica brilla por su ausencia. Ya que dichos requisitos suelen limitarse a la pertenencia a un grupo de titulación, con lo cual la libre designación ha sido – y sigue siendo – un sistema de provisión en el que rige una discrecionalidad absoluta, no diferenciándose en la práctica de los nombramientos puramente políticos. Y es que es ciertamente sorprendente que las funciones directivas y de especial responsabilidad en el seno de la Administración Pública, identificadas con las tareas propias de las plazas de libre designación, suelen quedar reservadas a cualquier funcionario sin otro requisito que su pertenencia a un Cuerpo o Escala para cuyo ingreso se exija titulación superior, con independencia de su experiencia y competencia acreditadas. Con lo cual no existen datos objetivos que puedan avalar de algún modo las decisiones correspondientes.

De ahí que no nos engañemos, esa ausencia de perfiles y requisitos de idoneidad para la cobertura de tales puestos directivos tiene su causa en la voluntad de configurar un modelo asentado en el libre nombramiento y remoción. O dicho de otra manera, son puestos de trabajo que no garantizan la imparcialidad si tenemos en cuenta que, dada la absoluta discrecionalidad a que está sometido su destino, sus ocupantes han de atenerse a las consecuencias de su comportamiento político. Ya que solamente si actúan en la dirección que les marcan sus superiores, conservarán el cargo.

Por citar algún caso paradigmático de corrupción política en el que fue necesaria la intervención de personal afín a los altos cargos políticos de turno, nos podemos referir al “caso Osakidetza” ocurrido en 1990 y en el que, en el ámbito de unas oposiciones al Servicio Vasco de Salud, un grupo de miembros del gobierno y Administración afectados (el entonces Director General de Osakidetza, el Director de Gestión Económica y el Técnico superior del citado organismo y asesor de las oposiciones) fueron condenados por corrupción al favorecer a determinados opositores del entorno de la formación política gobernante y sindicato afín a ella, a través de la sustitución de sus pruebas por otros exámenes con las respuestas correctas.

Sin olvidar los numerosos casos de corrupción que se producen en el contexto urbanístico, favorecidos por informes de los técnicos municipales, como el “caso mamotreto” en Santa Cruz de Tenerife, que trae causa de la aprobación de un proyecto de obras para la adquisición por parte del consistorio de once parcelas del frente de playa por 53 millones de euros. Y en el que, tanto los técnicos municipales (arquitecto y abogado) como los políticos responsables del proyecto (concejales de urbanismo y obras públicas), fueron condenados por ignorar las reiteradas advertencias y reparos de legalidad formulados por los interventores.

En definitiva, si no se sientan las bases legales hacia una configuración eficaz de los mecanismos de provisión de los puestos de trabajo dentro de las capas superiores de la Administración Pública, capaces de controlar la discrecionalidad absoluta en los nombramientos y conseguir su profesionalización, la corrupción política no cesará. De ahí que una de las causas de este fenómeno se encuentre en la falta de voluntad de la clase política en asegurar una Administración limpia y eficiente, así como en el escaso compromiso del poder legislativo en esta materia, en exceso sensible a los intereses políticos.