sábado, 6 de junio de 2026

Pilar Ortega (COSITAL): "La reforma de los habilitados nacionales pone en riesgo la garantía contra el caciquismo y la corrupción municipal"

"Romper el carácter nacional de secretarios, habilitados y tesoreros de la Administración Local vulnera la igualdad de los ciudadanos 

"El traspaso de competencias a Cataluña no es una vuelta al origen, es 'revolver' para desestabilizar a los entes locales"

"El precedente vasco supuso cinco años de parálisis total y cero nombramientos tras ceder las competencias de selección"

Revista de prensa. El Economista.es El pasado martes, el Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de Real Decreto-ley que modificará la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local para "devolver a la Generalitat de Cataluña la gestión de la oferta pública de empleo y procesos de selección de los habilitados nacionales".

Con esta medida, la Generalitat de Cataluña podrá convocar los concursos para las plazas vacantes, resolviendo la asignación del primer destino y las situaciones administrativas pertinentes.

Se trata de una competencia traspasada a Euskadi en el año 2022 y que todas las Comunidades Autónomas tuvieron entre 2007 y 2013, pero que hubo de revertirse al desincentivar el atractivo para los posibles aspirantes a secretarios, interventores y tesoreros de municipios y diputaciones.

El Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local (COSITAL) se opone a la cesión de las competencias sobre los habilitados nacionales a la Generalitat de Cataluña.

Hablamos con Pilar Ortega, presidenta del COSITAL

¿Qué consecuencias pueden derivarse de esta reforma en el futuro?

La selección autonómica de funcionarios con habilitación ya se ha realizado y no va a suponer una mejora en la preparación técnica ni en la cobertura de plazas. Al contrario, la regulación conjunta y los concursos a nivel estatal hacen la escala más atractiva; fragmentarla reduce el número de aspirantes y la competencia, lo que previsiblemente resultaría en una reducción del número de aprobados, que además podrían ir a otros territorios a desempeñar sus funciones. Si la solución aprobada no da el resultado esperado, el siguiente paso podría ser la eliminación de la habilitación nacional en Cataluña, con cambio radical en su programa de estudios. Esto convertiría a los funcionarios, secretarios, interventores y tesoreros de ayuntamientos y diputaciones en una subescala autonómica, rompiendo su régimen jurídico único y haciendo desaparecer el carácter nacional de la escala. Es importante tener en cuenta que la selección estatal de estos funcionarios no responde a un principio de centralismo político, sino de igualdad jurídica. La lógica es que, si existe un cuerpo básico de normas y derechos que debe aplicarse en todos los entes locales, es necesario un cuerpo de funcionarios con un temario, preparación y procedimiento selectivo común para garantizar esa aplicación homogénea.

¿Qué funciones son las que desempeñan los habilitados nacionales?

Las funciones reservadas a los Funcionarios de Administración Local con Habilitación Nacional (FALHN) son una pieza esencial para el funcionamiento de los entes locales y abarcan áreas críticas de legalidad y economía. Sus tareas no son meramente administrativas, sino que actúan como garantía de legalidad y eficiencia económica. Estas funciones van desde la Fe Pública, que supone la certificación de los actos y acuerdos de los órganos municipales. También, la garantía de que las decisiones que se adoptan en esta instituciones se ajustan a la normativa vigente. Y no menos importante, es el control de la gestión económico-financiera, la contabilidad y el manejo de los fondos públicos y recaudación.

¿Cuál es la razón de que exista una habilitación nacional si se trabaja para municipios y diputaciones?

Estas funciones se establecieron originalmente en el Estatuto Municipal de 1924 para sustraer la gestión local del caciquismo y la corrupción y del vendaval político, buscando la depuración de la burocracia municipal. La reforma de los habilitados nacionales pone en riesgo la garantía contra el caciquismo y la corrupción municipal establecida en 1924. Además, al ser desempeñadas estas funciones por funcionarios con una habilitación única estatal, se asegura que los servicios públicos locales tengan la misma calidad y que la ley se aplique igual en cualquier municipio, independientemente del lugar de residencia del ciudadano. Recientemente, las funciones se han adaptado para garantizar la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera exigidas por la Unión Europea. Asimismo, el perfil técnico de estos funcionarios es clave para la tramitación y ejecución de financiación externa, como los fondos Next Generation.

¿Cómo afecta la función local a la igualdad ciudadana?

la función desempeñada por los Funcionarios de Administración Local con Habilitación Nacional (FALHN) no es un mero trámite burocrático, sino el mecanismo esencial que garantiza la igualdad de los ciudadanos ante la Ley, independientemente de su lugar de residencia. La presencia de estos funcionarios asegura que la normativa se aplique de la misma manera en cualquier municipio de España. Esto incluye tanto las reglas para la adopción de acuerdos políticos como las que regulan las condiciones de los servicios. Al existir un cuerpo de funcionarios con formación y selección común, se garantiza que los ciudadanos reciban igual trato administrativo, evitando que la interpretación de la ley varíe arbitrariamente según el territorio. Las funciones de control y fe pública están vinculadas directamente al buen funcionamiento de los servicios públicos locales. La Ley de Bases estableció un conjunto de servicios mínimos obligatorios para todos los entes locales. Estos funcionarios son los encargados de asegurar que esos servicios se presten, haciendo realidad el mandato del artículo 14 de la Constitución Española, sobre la igualdad ante la ley sin discriminación por lugar de nacimiento o residencia. Gracias a esta labor, los servicios locales obtienen mejores valoraciones de calidad por parte de los ciudadanos que los estatales o autonómicos.

¿Existe una gran necesidad de cubrir puestos vacantes en municipios y diputaciones?

El porcentaje de vacantes del colectivo de Funcionarios de Administración Local con Habilitación Nacional (FALHN) se sitúa en torno al 50%, lo que implica que aproximadamente la otra mitad de los puestos, mayoritariamente en entornos rurales de reducida dimensión, se encuentran vacantes. Esta situación es el reto cuantitativo más preocupante en este momento, ya que incide negativamente en el funcionamiento ordinario de los entes locales y en la prestación de servicios a los ciudadanos.

¿Qué conclusiones se pueden sacar el precedente del País Vasco?

La modificación normativa en el País Vasco abrió una espita de recursos judiciales que ha conseguido la paralización total y absoluta de la oferta de empleo público en esa comunidad. Casi cinco años después del traspaso, y tras múltiples recursos y sentencias, no se ha producido ningún nombramiento de nuevos funcionarios en ejercicio de esas competencias, ni siquiera se ha podido crear una bolsa de empleo temporal. Ahora, se prevé que la nueva reforma aprobada por Real Decreto Ley siga el mismo camino de impugnación judicial por parte del Consejo de Colegios profesionales (COSITAL), lo que augura un escenario de litigios y bloqueo similar.

¿Consideran que empeorará la cobertura de vacantes?

Resulta paradójico que la reforma, cuyo objetivo teórico es cubrir vacantes, empeorará la situación tanto en Cataluña como en el resto del territorio nacional. Durante el periodo en el que las Comunidades tuvieron la competencia para la selección de habilitados, ofertaron muchas menos plazas que el Estado en plazos similares, un total de 956 frente a las más de 4.000 del Estado en los años siguientes a la recuperación de la competencia. También, se disolvieron los grupos de opositores al desaparecer la periodicidad y unidad de los temarios, lo que provocó que los aspirantes perdieran interés. Específicamente en Cataluña, durante esos años no solo no se atendieron las necesidades, sino que se incrementaron las vacantes. De las plazas que convocó Cataluña, solo cubrió el 63,13%, y un tercio de los aprobados finalmente no ejercieron allí.

¿Hay riesgos de que estas medidas vulneren la Constitución?

La reforma podría vulnerar la Constitución. El Tribunal Constitucional considera regulación básica la existencia de una Escala de funcionarios con habilitación nacional. Si la selección y provisión se fragmentan y regionalizan, y los requisitos de acceso no guardan identidad, la norma vulneraría ese carácter básico y no encontraría amparo en el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.

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