viernes, 20 de diciembre de 2024

En qué consistirá la jubilación parcial de los funcionarios: claves de la nueva medida del Gobierno

La figura del "relevista" se regulará como personal funcionario de carrera, por lo que se deberán establecer las plazas correspondientes en las ofertas de empleo público

 Revista de prensa. La Razón. Es oficial. El Gobierno y los sindicatos UGT y Comisiones Obreras han alcanzado un acuerdo para la recuperación de la jubilación parcial de los empleados públicos. El acuerdo se hizo público este pasado miércoles 18 de diciembre y pretende devolver esta opción de jubilación a los funcionarios.

Se trata de una medida que fue eliminada en 2012 y que ahora, más de 10 años después, regresa para las entidades públicas. Por tanto, los empleados podrán continuar con su trabajo al mismo tiempo que cobran una parte de su salario.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, el secretario general de UGT Servicios Públicos, Julio Lacuerda, y el coordinador de Área Pública de CCOO, Luciano Palazzo, han sido los encargados de sellar este miércoles el acuerdo. Con esta tramitación, el Gobierno continua con el cumplimiento de sus compromisos recogidos en el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI, firmado con los mismos sindicatos en 2022.

¿En qué consiste la jubilación parcial?

Se trata de una modalidad de jubilación que estaba suprimida para los funcionarios. Ahora, los trabajadores podrán acceder a este tipo de jubilación, que permite acceder a la jubilación desde los 60 años cobrando una parte de la pensión mientras se sigue trabajando a tiempo parcial. Este compromiso se concretará modificando el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).

Según el ministerio, esta modalidad permite facilitar la transición entre la vida activa y el retiro y garantizar la transferencia de conocimientos entre generaciones. "Se trata, además, de fomentar la transferencia de conocimiento en el sector público entre los trabajadores más veteranos y las nuevas generaciones", destacaba el ministro.

Contratos de relevo

Ante esta modalidad de jubilación, se crearán contratos de relevo para sustituir a las personas que se van a jubilar. La figura del "relevista" se regulará como personal funcionario de carrera, por lo que se deberán establecer las plazas correspondientes en las ofertas de empleo público equivalentes el año en que se vaya a producir la jubilación. Al ser puestos que están previstos, se garantiza que esta fórmula de jubilación no genera costes presupuestarios adicionales.

¿Cuándo entrará en vigor?

Según el comunicado emitido por CC.OO en conjunto con UGT, corresponde al Gobierno impulsar, con agilidad, las modificaciones normativas necesarias para que el acuerdo se haga realidad. El compromiso con el Gobierno es que estas reformas se tramiten “a la mayor brevedad” posible, según recoge literalmente el texto firmado por el Ejecutivo y las dos organizaciones sindicales.

Para ello, será necesario modificar el Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley General de la Seguridad Social y la Ley de Clases Pasivas, incluyendo los ajustes necesarios que recojan esta modalidad de jubilación parcial.

 ¿Qué pretende esta jubilación parcial?

Tal y como apuntan desde UGT y CC.OO, "el acuerdo supone un paso adelante para lograr una Administración preparada para los nuevos desafíos, pues impulsa el relevo generacional, permitiendo la entrada de personal joven en empleos públicos estables y de calidad y, al tiempo, valora la experiencia de los trabajadores y trabajadoras mayores, quienes podrán transmitir sus conocimientos al personal relevista que les sustituya".

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