Por Fernando Castro Abella. Blog EsPúblico.- Los Alcaldes y Concejales en la España del Siglo XXI es
indudable que son políticos, entre otras cosas por su elección en listas
políticas y por autoconsiderarse así habitualmente. Pero en la medida en que
participan de los equipos de gobierno de las Entidades Locales, ejercen también
labores directivas. En las grandes Corporaciones existe entre los órganos de
gobierno y el aparato administrativo un conglomerado directivo profesional
conformado por Directores de Servicios y otro personal de confianza, pero en
pequeñas Entidades los miembros del equipo de gobierno se constituyen en
auténticos ejecutivos de la “empresa” que dirigen.
En muchas ocasiones se ha razonado que la falta de
profesionalidad de Alcaldes y Concejales, que en raras ocasiones serán
directivos de empresas ajenas al Ayuntamiento, les debe obligar a buscar el
apoyo de los empleados públicos, especialmente los de mayor cualificación
técnica y principalmente los habilitados nacionales, específicamente preparados
para desarrollar labores directivas locales.
En distintas ocasiones he manifestado conformidad con estas
tesis y el apoyo incondicional a la dura e incomprendida labor de los
habilitados nacionales. Y no es mi intención desdecirme de esta idea, sino
analizar la otra cara de la moneda, la de “los políticos”.
Se suele decir que el sentido común es el menos común de los
sentidos y que nadie conoce su casa como quien vive en ella. Y considero que,
aplicando el sentido común, el Alcalde y los Concejales, que conocen su
Ayuntamiento mejor que cualquier profesional de fuera, pueden aplicar
directrices generales que les permitirán ayudar a progresar a su pueblo.
En cualquier casa es sabido que cuando los gastos superan a
los ingresos, vamos por mal camino. Cabe recurrir a un mayor nivel de gastos,
si existen posibles ingresos futuros, como puede ser una previsión de un
ascenso, un próximo acceso al mundo laboral de un miembro inactivo de la unidad
familiar, una previsible herencia, etc., pero si confiamos equilibrar la
economía doméstica con un «tengo la corazonada de que me va a tocar la
primitiva», tendremos altísimas probabilidades de ruina familiar.
Por otra parte, no cabe olvidar que la primera competencia
del Alcalde es, en dicción legal, la de dirigir el gobierno y la administración
municipal, lo que equivale a ser el directivo de máximo nivel del Ayuntamiento.
Y los Tenientes de Alcalde y Concejales que ostenten delegaciones serán, por
consiguiente, directivos del siguiente nivel.
En cuanto a los Concejales de la oposición, no tendrán
facultades ejecutivas, pero su función es equiparable a la de los Consejeros de
una Sociedad que los son en representación de socios minoritarios.
Elucubraciones
Podemos hacer cuantas elucubraciones queramos sobre la
distinción entre el plano técnico y el político en la gestión de los intereses
municipales, pero todo ello quedará en agua de borrajas si lo comparamos con la
realidad de pequeños municipios. ¡Si hasta he conocido personalmente a un
Concejal de Urbanismo, Obras y Servicios que se bajaba del coche para coger el
pico y trabajar él en la obra! Y que nadie me trate de convencer que empuñar el
pico y la pala es hacer política.
La conclusión no es otra que la imposibilidad de deslindar
el plano político y directivo en pequeñas Entidades Locales, pues en ambas
funciones ha de implicarse el Alcalde y los Concejales. Lo importante es no
perder nunca de vista que lo que se está administrando es el patrimonio común
de los vecinos, que el presupuesto se nutre con el dinero de todos. Y que lo
que es de todos es absolutamente opuesto a lo que no es de nadie.
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