sábado, 17 de noviembre de 2018

Luis Moreno: Con burocracia no hay ciencia

"Puede calcularse que los investigadores emplean alrededor de un 60%-70% de su tiempo útil de trabajo en ‘papeleo’. De lo cual puede colegirse que por cada hora de trabajo genuino de investigación, se realizan dos de asuntos burocráticos y administrativos"

Por Luis Moreno Fernández. Agenda Pública-El Periódico. El presente de la actividad científica e investigadora en España está lastrado por una maquinaria de gestión administrativa y de servicios inapropiada para los tiempos que corren. Tal telaraña burocrática se ha convertido en una auténtica rémora para optimizar los dineros públicos que, en España, comportaban en 2012 el 87,2% del gasto total en I+D+i (Investigación, Desarrollo e innovación). Con un 5% del agregado de financiación investigadora, la aportación privada de las empresas españolas era raquítica en comparación con otros países equiparables de la UE. El resto del dinero para la investigación procedía de fuentes foráneas a las españolas (véase Xifré & Kasperskaya, 2016)

Debe hacerse observar que son los propios científicos los que obtienen la mayor parte de la financiación para realizar actividades de investigación como captadores de recursos externos (‘fund raisers’). En un deseable contexto competitivo y meritocrático, estas tareas implican un uso creciente del tiempo de que disponen para investigar. Aunque no forma parte en stricto sensu de su actividad académica, la dedicación para obtener fondos externos se hace imprescindible si se quiere investigar en la presente coyuntura de la ciencia en España. La alternativa es no complicarse la vida y mantener un bajo perfil ‘funcionarial’ en el puesto de trabajo, fichando en los controles de jornada laboral mañana y tarde mientras se espera la transferencia bancaria mensual del salario correspondiente.

Fichar a la entrada y salida
Han leído ustedes bien: a algunos investigadores de carrera se les exige fichar a la entrada y salida de la jornada laboral aplicando una mentalidad de oficinistas de manguito y visera reñida, cuando menos, con la innovación. Y aunque no publicasen los hallazgos científicos de su actividad investigadora, seguirían recibiendo su estipendio tal cual. La situación no es comparable con la de los profesores universitarios que, al menos, deben cumplir con su enseñanza presencial en las aulas. Sin embargo, algunas universidades siguen intentando que se fiche y se controle a los docentes vagos.

A fin de poder obtener los antedichos fondos externos, los investigadores y docentes deben emplear tiempo, mucho tiempo, más allá de las teóricas 37,5 horas semanales preceptivas de jornada laboral. El incentivo, se pensará, es poder disponer eventualmente de dotación presupuestaria para incorporar medios humanos y  materiales en la realización de proyectos de investigación (becarios, contratados o recursos experimentales, pongamos por caso). Se trata de un incentivo que, a semejanza del principio de la utilidad marginal decreciente, hace menguar la satisfacción del investigador. En realidad, se ha mutado en los últimos tiempos en un desincentivo considerando el agobiante número de documentos y requerimientos burocráticos a cumplimentar. Son situaciones que exigen una atención administrativa permanente de los científicos a fin de poder presentar sus solicitudes en tiempo y forma y cumplir con la miríada de formalidades que dictamina la voluble e insaciable norma. 

Analicemos en escorzo algunos factores que condicionan esta indeseada situación:

1.- Se mantiene una pretérita mentalidad de Administración napoleónica, si acaso remozada en los últimos tiempos con aportaciones circunstanciales de abogados del Estado, técnicos de la Administración civil o funcionarios de variada procedencia, los cuales han llegado a los niveles intermedios de mando después de largos años de promociones internas. No pocos de estos últimos iniciaron sus periplos promocionales como ayudantes de investigación o siendo personal de apoyo en tales cometidos. Sus capacidades para acelerar o ralentizar procedimientos administrativos son determinantes en los itinerarios administrativos.

Cualquier diseño organizativo y de gestión de los empleados públicos de futuro debe asumir que los funcionarios (public servants, en su denominación en inglés) son ante todo servidores públicos. Como tales, deben anteponer los intereses de participación ciudadana y de eficiencia de la Administración pública a los suyos propios como trabajadores cuyos salarios paga el conjunto de los contribuyentes.

2.- Sería falaz hablar de una mentalidad burocrática monolítica respecto a las malas prácticas que se producen en la administración pública de la ciencia. 

Algunos departamentos de los órganos jerárquicos centrales de las universidades y de los organismos públicos de investigación (OPIs) son conscientes del incremento de la carga burocrática de los últimos tiempos, sobre todo en lo relativo a los requerimientos de las justificaciones de proyectos y auditorias posteriores. Paradójicamente, algunas propuestas para superar dichos imponderables suponen la creación de nuevos instrumentos de control mensual en los que los investigadores, por ejemplo, indiquen cuántas horas dedican a cada proyecto y así puedan estar preparados para posteriores auditorías. 

Incluso se aconseja a los investigadores llevar hojas horarias en evitación de sorpresas, como las derivadas de perder fondos que ya se habían auditado hace años pero que ahora no cumplen con las nuevas normas de control. Otro efecto perverso es el de realizar gastos innecesarios de última hora antes del cierre presupuestario.

3.- El control de la actividad investigadora refleja a menudo una mentalidad inquisitorial muy arraigada en cierta idiosincrasia española, guiada por la asunción general del piensa mal y acertarás. Se complementa tal actitud con la secular práctica de pedir favores para desbloquear entuertos burocráticos. A la estrambótica demanda de que los investigadores deban proveer a los órganos de intervención de todo tipo de facturas para justificar, por ejemplo, viajes de trabajo aunque hayan sido invitados por la institución anfitriona con todos los gastos incluidos [sic], valga añadir un par de ejemplos ilustrativos.

Me comenta una colega que obtuvo financiación del Consejo Europea de Investigación (ERC) de hasta 2,5 millones de euros, siendo la ayuda más cortejada y difícil de obtener en Europa, y que tuvo que esperar un año para comprar un ordenador a través de la administración de su universidad. En su adquisición se involucraron dos miembros de su equipo de investigación y se intercambiaron no menos de un centenar de correos electrónicos.

Para contratar a un investigador australiano se le avisó que debía venir a España con 15 días de antelación antes del comienzo de su contrato y que correría él mismo con los gastos. Ello suponiendo que hubiera podido obtener previamente el Número de Identificación de Extranjero (NIE), a ser posible en un consulado español, gestión no siempre fácil ni disponible en todas las representaciones consulares. Alternativamente, el investigador podía pagar de su propio peculio a una agencia privada para obtener el tan preciado NIE, necesario en cualquier gestión formal relativa a su actividad investigadora en tierras españolas.

4.- El proceso de robotización de nuestras sociedades industrialmente avanzadas es acelerado. Si hace apenas unos lustros eran los robots industriales quienes ayudaban a los trabajadores, ahora vemos que son los éstos quienes auxilian a aquéllos. Se han intercambiado los roles de los agentes productivos. Pero lo anterior sucede no sólo en el sector privado con ánimo de lucro, sino también en el sector público e institucional. Volvamos a otro ejemplo ilustrativo de la optimización de las tramitaciones administrativas en la justificación de los gastos generados durante el desarrollo de las actividades científicas de investigación.

La gestión de una factura como síntoma
Me comenta otro colega investigador, asiduo visitante de la Fundación Simons en Nueva York, y en concreto del Centro de Astrofísica Computacional del Instituto Flatiron, que en una reciente ocasión le invitaron a cenar en un restaurante de Manhattan después de impartir un seminario. Al pagar la factura, su anfitrión hizo una foto de la misma con su teléfono móvil. Fue informado de que en la Fundación utilizan un programa informático (robot) que, con la foto de la factura transmitida mediante una aplicación del smartphone al centro de procesamiento de dicha Fundación, un programa de control de gasto evalúa instantáneamente la conformidad del cargo por el coste de la comida y automáticamente reembolsa la factura al investigador que la ha pagado. Si él hubiera tenido que invitar a un colega extranjero con cargo a los fondos de un proyecto captado por él mismo, y controlado por los servicios de habilitación y pagaduría en España, podrían haber pasado semanas y hasta meses para el reembolso después de imprevisibles comprobaciones de la pertinencia del gasto efectuado.

En términos generales, y en línea con las experiencias relatadas y contrastada por mis pares, puede calcularse que los investigadores emplean alrededor de un 60%-70% de su tiempo útil de trabajo en ‘papeleo’. De lo cual puede colegirse que por cada hora de trabajo genuino de investigación, se realizan dos de asuntos burocráticos y administrativos. Ello implica que la percepción salarial incluye 2/3 partes del tiempo burocrático que no añade ningún valor a la actividad investigadora. En suma, investiga. Juzguen los lectores.

Para quien suscribe, con burocracia no hay ciencia y sin ciencia no hay futuro

viernes, 16 de noviembre de 2018

Las huelgas de funcionarios que vienen

Los sindicatos mayoritarios en la función publica, UGT, CC.OO y CSIF apoyan la movilizaciones de distintos colectivos anunciadas para las próximas semanas

Revista de prensa.- Por MARGA CASTILLO. Expansión.-Manifestantes en la concentración de funcionarios del 13 de julio de 2012 ante la sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid en la Puerta del Sol convocada por los sindicatos UGT, CC.OO. y CSIF, en protesta por los recortes que anunció por entonces el Gobierno. 


Este otoño se ha presentado repleto de huelgas de diferentes colectivos de funcionarios y empleados públicos. Algunas son inminentes y otras ya se están produciendo.

Muchos colectivos de funcionarios han decidido protestar próximamente convocados por los sindicatos mayoritarios o bien por las asociaciones que los representan.

Pese a las últimas subidas salariales y otras medidas para compensar el poder adquisitivo perdido durante la crisis económica, los avances en conciliación y paternidadmovilidad, la subida de la tasa de reposición, el aumento de las convocatorias de empleo público o el restablecimiento de la Mesa mesa de negociación laboral, los sindicatos han retomado el calendario de movilizaciones en varios sectores durante los próximos meses. Estos serán los paros más relevantes:

Funcionarios de Justicia
Los 50.000 trabajadores de la Justicia encargados de los trámites, procedimientos, forenses, letrados, personal que prepara sentencias, autos, evaluación de pruebas, entre otras tareas, están convocados a huelga el próximo viernes 16 de diciembre tras terminar sin acuerdo la reunión con el Ministerio de Justicia en protesta por la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que se está tramitando en el Senado.

Es la primera huelga general del colectivo de los últimos 20 años y protestan, sobre todo, por un aspecto de dicha reforma que unifica los centros de destino de cada municipio y supone, según los sindicatos, la movilización forzosa y discrecional del personal", ya que la Administración podrá decidir el puesto de trabajo en cada momento.

Jueces y fiscales
Los jueces y fiscales han convocado una huelga para el próximo lunes 19 de diciembre. Secundada por la asociación de Juezas y Jueces por la Democracia, la Asociación Profesional de la Magistratura, la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, el Foro Judicial Independiente, la Asociación de Fiscales, la Unión Progresista de Fiscales y la Asociación Profesional Independiente de Fiscales, piden más medios para la justicia y mayores garantías de independencia.

Se trata de la segunda conjunta de estos funcionarios tras la celebrada el 22 de mayo, cuando llamaron a un paro nacional de jueces y fiscales como colofón a las protestas iniciadas un mes antes con paros parciales semanales para reclamar al Ministerio de Justicia una mejora en sus condiciones laborales. Piden cargas de trabajo aceptables, más autonomía presupuestaria en el caso del Ministerio Público e independencia en el Consejo General del Poder Judicial y el reconocimiento a los trabajadores de la justicia de los beneficios laborales del funcionariado público.

Secretarios judiciales
Los secretarios judiciales (letrados) retomaron este martes las movilizaciones para reclamar mejoras salariales que llevan ocho años esperando, desde los cambios legislativos que les atribuyeron mayores competencias. Convocados por el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, plantean primero un paro parcial como una "medida de presión inicial, susceptible de repetición y de un eventual incremento".

Los letrados pretenden descargarse "de todas aquellas tareas no vinculadas estrictamente a la función jurisdiccional, lo que "supuso un notable aumento de funciones y responsabilidad inherente, (...) sin la correspondiente adecuación salarial, que quedó aplazada a la mejora del escenario presupuestario". Empezaron con las reivindicaciones con el Gobierno anterior y ahora las retoman.

Funcionarios de prisiones
Los funcionarios de los centros penitenciarios ya pararon seis días el 24 y 26 de octubre y el 6, 8, 13 y 15 de noviembre para exigir al Ministerio del Interior que retome la negociación para mejorar las condiciones económicas y laborales.

Los cinco sindicatos de prisiones, que representan al 97% de la plantilla de trabajadores de casi 80 centros penitenciarios de todas España, excepto Cataluña, se han unido por primera vez en la historia para convocar a los 25.000 trabajadores de las cárceles a una huelga general de seis días tras el "ninguneo" y el "engaño" del Ministerio del Interior que puso sobre la mesa una oferta económica y tres días después la retiró (el departamento de Grande-Marlaska asegura que se trataba de un estudio, no una oferta). Es también la primera huelga general en este colectivo de la democracia y la primera en el gobierno socialista de Pedro Sánchez.

El ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, ha vinculado hoy la subida salarial de este colectivo a que se saquen adelante los PGE de 2019.

Funcionarios de Correos
Los funcionarios de Correos también han convocado paros previos en distintas provincias previas a una huelga general en Navidad. El pasado 6 de noviembre se celebró en Zaragoza la primera de las diez jornadas de concentraciones y paros parciales previstos hasta el 16 de noviembre y que podrían desembocar en una huelga general los días 30 de noviembre, 21 y 26 de diciembre y ayer centenares de estos trabajadores públicos participaron en una manifestación en Madrid.

Los sindicatos exigen al Gobierno que destine 230 millones de euros para la prestación del Servicio Postal Universal "tras los recortes en los dos últimos años", así como la firma de un convenio colectivo cinco años después. Protestan asimismo por el salario congelado y la precariedad laboral y "exigen mejoras laborales y salariales, una financiación justa del Servicio Postal Universal y un Plan Estratégico que garantice su viabilidad". CSIF EPE (Entidades Públicas Estatales) cuantifica en 15.000 la pérdida de puestos de trabajo en los últimos diez años y subraya que estos trabajadores llevan cinco años sin convenio.

"La plantilla de Correos no entiende que los sábados sigan siendo obligatorios para determinados colectivos, ni que la temporalidad llegue hasta un 35%, ni que en los últimos diez años se hayan perdido más de 15.000 empleos".

Examinadores de Tráfico
Los examinadores de tráfico han amenazado con volver a los paros que mantuvieron el año pasado en demanda del complemento específico en sus nóminas.

Volverán a la huelga en diciembre, han avisado, porque todavía no han cobrado esta subida salarial de 250 euros en 14 pagas al año en concepto de complemento específico que quedó aprobado en los PGE de 2018 gracias al acuerdo inicial alcanzado entre todos los grupos parlamentarios salvo el PP.

Funcionarios de Cataluña
Los funcionarios y empleados públicos de la Generalitat irán a la huelga el 12 de diciembre convocados por UGT y CCOO, que consideran un "insulto" la propuesta del gobierno catalán de devolver las pagas extras pendientes de 2013 y 2014 en ocho años.

Los sindicatos abandonaron el pasado 31 de octubre la Mesa de Negociación al proponer la Generalitat devolver las pagas extra de 2013 y 2014 pendientes de pago en ocho años y han anunciado movilizaciones, entre las que no descartan la huelga.

Las pagas extra pendientes del 2013 y 2014 suman cerca de 1.100 millones de euros y la Generalitat ha propuesto devolver el 10% de la paga de 2013 en 2019; el 20% en 2020, el 35% en 2021 y otro 35% en 2022. La de 2014 se devolvería en cuatro trimestres -un 25% cada año-, entre 2023 y 2026.

Médicos de Atención Primaria de Cataluña
Los médicos de primaria, pediatras, odontólogos y ginecólogos de Cataluña (Metges de Catalunya) han convocado una huelga de facultativos en la atención primaria del Institut Català de la Salut (ICS) - los días 26, 27, 28, 29 y 30 de noviembre en el formato de paro general ante la "sobrecarga asistencial que se hace insostenible".

Lamentan la pérdida de 920 profesionales desde el 2010 y una bajada del 30% del poder adquisitivo de los médicos, lo que ha llevado a no cubrir algunas bajas y a que tengan que atender a más pacientes en menos tiempo.

Sanitarios de Castilla y León
La Unión Sindical de Castilla y León (USCAL) también ha convocado a huelga hoy a unos 2.000 funcionarios sanitarios no asistenciales -profesionales sanitarios de la Inspección, Salud Pública, Seguridad Alimentaria y Administración y Gestión de la Administración Sanitaria de Castilla y León (médicos, médicos inspectores veterinarios, farmacéuticos, enfermeros, matronas, fisioterapeutas, etcétera)-. Con estos paros, apoyados por el sindicato médico CESM, estos funcionarios piden la equiparación con los profesionales sanitarios del Sacyl.

Según CESMCyL existen "severas carencias" de medios materiales y personales en todos los colectivos sanitarios del sistema sanitario de Castilla y León, y "resulta alarmante la severa discriminación que sufren el colectivo de profesionales de Salud Pública e Inspección".

Recuerda la Resolución del Procurador del Común de Castilla y León, de 18 de enero de 2018, en la que insta a la Junta a revertir esta situación y a "poner en práctica las medidas necesarias para reconocer los mismos derechos a todos los profesionales sanitarios de la Administración autonómica".

Reclaman también "la valoración y reconocimiento en la misma medida de su experiencia profesional en el acceso con carácter definitivo a la administración sanitaria de la Junta de Castilla y León, sus labores de docencia y formación, así como el efectivo desarrollo profesional, con el establecimiento de la correspondiente carrera profesional".

jueves, 15 de noviembre de 2018

Donde vas, Poder Judicial, dónde vas triste de ti

Otros posts relacionado: 
Andrés Betancor. Independencia judicial, percepciones.-  Ecoregulación blog

Rafael Jiménez Asensio. Agenda Pública blog. El (des) gobierno del Poder Judicial 


Por José Ramón Chaves. De laJusticia.com .-  Leo la sencilla pero clara y convincente Carta abierta a la carrera judicial, de Segundo Menéndez, magistrado del Tribunal Supremo de bien ganado prestigio y sensatez, y creo que merece la pena recomendar su lectura.

Aquí la tenéis completa con algún comentario de cuño propio.

Estimados compañeros y compañeras:

Es ahora, no mañana, cuando debemos reaccionar exigiendo un nuevo sistema, unas nuevas actitudes en relación con la renovación de nuestro órgano de gobierno [el Consejo General del Poder Judicial] y con la elección de su presidente, que lo es también -por mandato constitucional- del Tribunal Supremo.

Adelanto sinceramente que no soy partidario de que nosotros elijamos a los 12 vocales de procedencia judicial del Consejo. Lo que pido vehementemente son otras cosas.

Para los grupos parlamentarios, que no olviden que el artículo 123.2 de la Constitución ordena que el presidente del Tribunal Supremo sea nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. Por ende, que tengan claro que su manifestación, exteriorizada sin sonrojo, de haberse puesto de acuerdo en quién será el próximo presidente, no deja de constituir una injerencia contraria a la Constitución.

Para los futuros vocales, que cumplan lo ahí ordenado, proponiendo ellos al presidente, sin obedecer -sumisamente- un ilícito mandato de aquellos grupos.
Para el futuro señor presidente, que tenga el arrojo de rechazar su cargo con fundamento, sin más, en la ilícita injerencia de aquellos.

Para el futuro Consejo, que interiorice que su función primordial es proteger la función jurisdiccional ejercida con rectitud, valorando ese mérito como principal, y desvalorando a quien la ejerza con falta de atención al litigio y al imperio de la Ley.

También para el futuro Consejo, que con seriedad y si es necesario con aplomo, defienda ese modo de ejercicio, proporcionando al juez la seguridad de que su actuación en esa línea será protegida por encima de otras consideraciones.
Otra vez para el futuro Consejo, que reaccione con claridad, sin palabras vacías y frente a todos, ante toda injerencia o descrédito carente del más mínimo fundamento.

Pero, ¿cómo podemos reaccionar nosotros si nada de esto va a ser posible y si -según las últimas noticias- se van a reproducir las actitudes que ya hemos visto en todos los Consejos anteriores, desde su constitución hasta su cese?

Debemos hacerlo con respeto a las personas, desde luego, pero expresando día a día y siempre que haya ocasión, sin tibieza y con claridad, que los grupos parlamentarios, los vocales, el presidente y el Consejo olvidaron y olvidan con esos comportamientos claros mandatos constitucionales, inherentes a todo Estado de derecho que lo sea realmente.

Mercadeo
Asumo la Carta, pero falta que la lean quienes tienen el deber de cumplir la Constitución, los políticos que participan del impúdico mercadeo. Falta que se la crean y falta que la cumplan.

Me gustaría recordar a todos los que juraron sus cargos públicos, que está incluido el acatamiento de la Constitución y que sus mandatos no son consejos de hoja parroquial, ni mera cortesía, sino lo que es la voluntad de todos los españoles.

Que exista un Consejo General del Poder Judicial independiente, que sea elegido sin burdos amaños, y que ese Consejo “sano” elija el Presidente del Supremo, sin poner el carro delante de los caballos… ¿Qué parte no se entiende de la Constitución cuando dice que “El Presidente del Tribunal Supremo será nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial”?... Claro que quizá se impone una corrección de errores del texto constitucional para entenderlo, de manera que donde dice Consejo General del Poder Judicial, debiera decir, “políticos impúdicos”… y entonces lo entenderemos todos: El Presidente del Tribunal Supremo será nombrado por el Rey, a propuesta de políticos impúdicos.

No cuestiono el prestigio del pronosticado Presidente del Supremo ni de los cantados vocales del Consejo General del Poder Judicial, pero creo que las formas importan (nada de poner el carro delante de los bueyes), sobre todo cuando esas formas las impone la Constitución y cuando tras esas formas están importantísimas garantías de la Justicia que queremos.

Cuando era niño en vísperas de los Reyes Magos mis padres aseguraban a todo el mundo que me traerían un juego de química, pese a que yo no lo había pedido y ni siquiera había escrito la carta, aunque con candor infantil confiaba en que era el niño el que pedía y después los Reyes Magos, si podían lo traían.  El pronóstico se cumplió y dejé de creer en los Reyes Magos. Espero que no suceda igual en la Justicia.

No sé como se conseguirá echar a los mercaderes del Templo pero lo que es seguro es que la Justicia tiene muchísimos problemas, necesidades y no es infalible. Y para resolverlos no es un buen comienzo que presidente del Supremo y miembros del Consejo General del Poder Judicial sean objeto del “monopoly” de algunos partidos. 

El pecado original de nombramientos partidistas traerá consecuencias a la Justicia, más de las oportunamente denunciadas por voces autorizadas. Como decía el cardenal Hélder Cámara“si el primer botón de la sotana lo abotonamos mal, todos los demás irán mal”.

miércoles, 14 de noviembre de 2018

El directivo público como gestor del conflicto organizativo

"El conflicto solo es útil y genera sinergias positivas a nivel institucional si está equilibrado en términos de poder, y esta es la segunda función del líder"

Por Carles Ramió.- Blog EsPúblico.- Una organización pública posee elementos “líquidos” que son fundamentales de cara el buen rendimiento de sus resultados. Uno de estos ingredientes líquidos es el del poder. La dimensión de poder y conflicto atiende a la circunstancia que todas las organizaciones públicas son complejas y que todos los empleados públicos (de forma grupal o individual) poseen capacidad de influencia o de poder para intervenir de forma directa o indirecta en los procesos de toma de decisiones.

Se está aquí haciendo referencia al poder informal, a personas y grupos que no aparecen en los organigramas y que no poseen un poder formal pero que, en cambio, tienen capacidad de influencia tácita directa o indirecta en la toma de decisiones. Un líder formal, político o profesional, tiene que conocer y entender las redes de poder informales ya que representan el poder real de la organización. Un directivo público no se puede limitar a dirigir y controlar solo a los responsables formales, sino que tiene que dirigir a la organización real. El enfoque de poder y conflicto tiene como mensaje principal que el poder en una organización pública está distribuido de forma muy plural y que, por ello, posee fuertes tendencias centrífugas que dificultan el buen gobierno de la organización. Lamentablemente esto es así y hay que reconocer que es difícil gobernar las redes informales que persiguen, en muchas ocasiones, objetivos distintos a los institucionales. Pero estas tendencias centrífugas se pueden contrarrestar con fuerzas centrípetas de la mano de una sólida, coherente, integrada y positiva cultura administrativa. La cultura administrativa, si existe, aporta un sentido colectivo de la identidad que implica que todos los empleados se sienten miembros de un colectivo profesional, que forman parte de la institución pública en global. Esta identidad colectiva facilita que, en muchas ocasiones, los actores informales renuncien a sus propios intereses egoístas a favor de los intereses y objetivos globales de la institución. Por este motivo es tan importante que exista una potente cultura administrativa.

La imagen de la organización como un sistema político parte de la diversidad de actores organizativos, así como de la pluralidad de intereses y objetivos y de la distribución del poder entre las distintas unidades e individuos de la organización. Las organizaciones son realidades plurales, son agregados de personas, concepciones, intereses y objetivos. Una organización abarca muchas racionalidades, y la racionalidad está siempre basada en un interés y cambia de acuerdo con la perspectiva desde la que se mira. Podemos afirmar que desde esta perspectiva la racionalidad es siempre política. De esta manera se abandona la idea de la organización unitaria que tenía un solo objetivo o una pluralidad de objetivos compatibles entre sí, en la que sólo una instancia (la directiva) poseía el poder y en la que todos los actores invertían sus energías en la consecución de unos objetivos claros y definidos. El poder es el concepto básico de esta perspectiva de análisis organizativo.

Una de las conclusiones más claras que se deriva de la aplicación del enfoque político de la Teoría de la Organización es la coexistencia de una dualidad organizativa: la configurada por la diferenciación entre la organización formal, definida y sustentada por un diseño organizativo y por las normas, y la organización informal, como resultado de la interacción entre los distintos actores organizativos investidos de algún grado de poder. La organización informal, por su parte, hace referencia a aquellos usos, costumbres y tradiciones que emanan directamente de los grupos sociales. De la interacción cotidiana entre las personas de un mismo complejo administrativo se originan unas esperanzas, aspiraciones e intereses más o menos comunes que desprenden un efecto aglutinante. La interacción intergrupal genera relaciones, posiciones, cohesiones, antagonismos, estatus y mecanismos de comportamiento propios y originales del grupo social analizado. Desde otra perspectiva, se puede definir a la organización informal como el conjunto de manifestaciones sociales no previstas por la organización formal, de tal modo que la organización real sería el resultado de la interacción entre los niveles organizativos formal e informal. Del mismo modo, lo que se conoce como cultura organizativa es el resultado de la combinación de las pautas formales e informales de la organización.

 La organización informal
 La organización informal tiene sus orígenes en la psicología de los individuos y la naturaleza social de los grupos:

– El trabajo en una organización requiere la interacción entre las personas; además, el hombre necesita un mínimo de interacción con otros individuos dentro de un sistema informal de relaciones.
– Las personas tienen unos intereses y unos objetivos propios que puestos en relación con los de otras personas generan esperanzas, aspiraciones e intereses más o menos comunes que configuran grupos más o menos cohesionados.
– La irreductible tendencia de personas a salvaguardar espacios que, siendo mínimos, proporcionan una autonomía individual.
– La personalidad y la preparación de las personas pueden franquear las barreras de la rígida asignación de tareas.
– Generación de vínculos personales entre los individuos derivados de la interacción en la realización del trabajo. Los grupos informales se van originando naturalmente por medio de adhesiones espontáneas entre los individuos. Esta adhesión no sólo se produce por la convergencia de intereses y objetivos técnicos y profesionales sino también por afinidades personales.

Las distintas relaciones de poder, derivadas de los distintos intereses, generan conflicto organizativo. El directivo público debe asumir el rol de gestor del conflicto y debe desplegar unas competencias políticas que son fundamentales de cara al buen desempeño de la organización. Pero hay que destacar en este punto que no solo la organización informal genera lógicas de conflicto sino también la propia dimensión formal. El conflicto es un elemento natural de todas las organizaciones y no hay que tener el convencimiento superficial que el conflicto es negativo. Más bien al contrario, el conflicto es la esencia de la gestión pública y, más en concreto, de la buena gestión. Los distintos actores formales (y también informales) generan tendencias naturales que generan conflicto. Por ejemplo: ¿cómo es posible que no exista conflicto entre un responsable de un servicio público directo con el interventor (controlador)? Si ambos persiguen con solvencia y con profesionalidad sus propios objetivos el conflicto es inevitable. Si no hay conflicto significa que los dos o uno de los dos no asumen su rol profesional. La ausencia de conflicto indica, en la mayoría de las ocasiones, una gestión profesional deficiente. El primero persigue la máxima flexibilidad para lograr servicios públicos innovadores, eficaces y eficientes. El segundo busca la homogeneización de los procesos para respetar plenamente la legalidad económica formal. Y entre ambos se produce un juego de confrontación, de conflicto que puede dar lugar a un buen rendimiento institucional por partida doble: por una parte alcanzar unos servicios públicos innovadores, eficaces y eficientes y, por otra parte, que este modo de gestión respete plenamente la legalidad aprovechando con sensatez el coeficiente de elasticidad que siempre permite la normativa. 

Resulta que con el conflicto se logran y se hacen compatibles dos objetivos que, al principio, parecían contradictorios. Pero en este escenario es crucial el papel que juega el superior jerárquico de los dos protagonistas del conflicto. La función de este superior, de este directivo, consiste precisamente en gestionar este conflicto atendiendo a dos objetivos: a) que el conflicto no se transforme en patológico y estructural; b) evitar que el poder se desequilibre de forma clara y constante en uno de los dos actores. Por una parte, hay que evitar que el conflicto degenere en una tensión de carácter personal prolongada. Cuando la tensión entre dos o más actores llega a su clímax puede cristalizarse a nivel personal de una forma enfermiza: el gran objetivo del responsable del servicio directo es boicotear y hacer la vida imposible al interventor o viceversa. Entonces es cuando el conflicto es claramente negativo y ello se debe a que el directivo superior no ha estado atento a esta degeneración y/o no ha realizado ninguna acción para evitarlo. Forma parte de la rutina de un directivo el estar atento a este tipo de conflictos y forma parte de las competencias atemperar los ánimos, calmar los excesos y explicar que estas tensiones son inevitables e incluso buscadas por la institución y que sus sinergias son positivas. Solo despersonalizando las tensiones y objetivando los logros de estos conflictos se adormecen las pasiones y se canaliza el conflicto de forma positiva.

 Por otra parte, hay que tener en cuenta que el poder tiende a desequilibrarse y la otra función del líder es ir equilibrando de forma constante las distintas fuerzas: si en la lucha siempre gana el interventor vamos a recibir la felicitación de los auditores externos y del tribunal de cuentas, pero las políticas y servicios públicos va a tener gusto a pescado hervido. Si en la lucha siempre gana el responsable de un servicio directo podemos ganar el premio de innovación en gestión pública pero cuando vengan los auditores o el tribunal de cuentas vamos a temblar para que no nos denuncien a la fiscalía. El conflicto solo es útil y genera sinergias positivas a nivel institucional si está equilibrado en términos de poder, y esta es la segunda función del líder. Esta función directiva es, a mi entender crucial de cara a la buena gestión y a la innovación.

martes, 13 de noviembre de 2018

Buenas prácticas y vidas ejemplares del control público

Premiada la Diputación de Gerona por la edición de su Guía Básica de Fiscalización. Ver programa del VIII Congreso Nacional de Auditoría del Sector Público (Madrid 22 y 23 de Noviembre)


Por Antonio Arias Rodríguez. Fiscalización.es blog. La próxima semana, los días 22 y 23 de noviembre, tendrá lugar la reunión bienal más importante en materia de control de los fondos públicos. La Fundación para la Formación e Investigación en Auditoría del Sector Público (FIASEP) organiza en Madrid el VIII Congreso Nacional de Auditoría del Sector Público con el título “La nueva contratación pública. Control y eficacia”. 
Una organización estructurada en una docena de mesas para distribuir los intereses académicos y profesionales de más de trescientos asistentes. Podemos decir sin dudar que estará allí toda la materia gris nacional del mundo del control público, interno y externo. 

Durante el congreso tendrá lugar la entrega del Premio a las Buenas Prácticas en Auditoría y Transparencia en el Sector Público en su séptima edición. En este caso, el jurado a decidido otorgarlo al Servicio de asistencia de la Diputación de Girona en el ejercicio del control interno a las Entidades Locales de la Provincia. Ya hemos destacado en esta bitácora su Guía básica de fiscalización que pone en descarga libre una útil herramienta para el ejercicio de la fiscalización e intervención limitada previa en régimen de requisitos básicos de las entidades del sector público local.

Accésit para Avilés
Además se otorgó un Accésit al Ayuntamiento de Avilés por su proyecto “Transparencia en la Contratación Electrónica: Implantación de un Modelo íntegro de Licitación Electrónica”
Milagros García Crespo

El jurado también otorgó el Premio Mariano Zufía a la trayectoria personal en el campo de la Auditoría Pública (6ª edición) a Milagros García Crespo (Bilbao, 1934). 

Se trata de la primera mujer que ha presidido los tribunales de cuentas vasco y español, además de una economista de primer nivel, licenciada en la primera promoción (1960) de la Facultad de Ciencias Económicas de Bilbao, donde hizo su carrera académica.

 Fue también la primera doctora de la Universidad de Barcelona y la primera Decana universitaria de España y podéis seguir a continuación una deliciosa entrevista de radio así como una magnífica reseña en El Pais.

Felicitaciones a todos los premiados.

lunes, 12 de noviembre de 2018

Remunicipalización, reversión de concesiones, sucesión de empresas e integración de trabajadores en la Administración Pública

Por  Julio González, Globals Politics and Law blog .- Remunicipalizacion de servicios, reversión de concesiones e integración de trabajadores; o cómo se aplica la sucesión de empresas e integración de trabajadores en la Administración 

La reciente STC de 31 de octubre 2018, por la que se resuelve el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea declara la inconstitucionalidad de la  Disposición Adicional 26ª de la Ley 3/2017, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, relativa a las “Limitaciones a la incorporación de personal laboral al sector público”. Su redacción era la siguiente:

"Uno. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, las Administraciones Públicas del artículo 2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, no podrán considerar como empleados públicos de su artículo 8, ni podrán incorporar en dicha condición en una Administración Pública o en una entidad de derecho público:
a) A los trabajadores de los contratistas de concesiones de obras o de servicios públicos o de cualquier otro contrato adjudicado por las Administraciones Públicas previstas en el artículo 2.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cuando los contratos se extingan por su cumplimiento, por resolución, incluido el rescate, o si se adopta el secuestro o intervención del servicio conforme a la legislación de contratos del sector público que resultase aplicable a los mismos.
b) Al personal laboral que preste servicios en sociedades mercantiles públicas, fundaciones del sector público, consorcios, en personas jurídicas societarias o fundacionales que vayan a integrarse en una Administración Pública.
Al personal referido en los apartados anteriores le serán de aplicación las previsiones sobre sucesión de empresas contenidas en la normativa laboral."

El precepto, como se ha visto, tiene el efecto de prohibir la integración de los trabajadores de las empresas remunicipalizadas y, en general, las de aquellas en las que se ha producido la reversión a la Administración. Una sentencia importante en la medida en que rompe uno (que no el único ) de los impedimentos tradicionales para que se produzca la Remunicipalizacion de servicios, ya que afecta a los supuestos de sucesión de empresas del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.

La sentencia, como veremos en seguida, cierra una cuestión y abre inmediatamente dos que requerirán la respuesta del legislador, aunque sea para garantizar la igualdad de los trabajadores, con independencia del órgano judicial que resuelva la cuestión.

1.- La norma es inconstitucional por no entrar en el contenido necesario o posible de una Ley de Presupuestos.
La cuestión que está cerrada es la menos relevante desde un punto de vista sustantivo: una medida de esta naturaleza no se puede incluir en una Ley de Presupuestos Generales del Estado. Ese es el objeto del recurso y es la única argumentación del Tribunal Constitucional. No afecta al contenido necesario ni al posible, tal como se configuró en la STC 76/92 y las sentencias 174/1998 y 123/2016 y por ello no cabe en una norma compleja desde un punto de vista constitucional como es la Ley de Presupuestos. 

Incluso el alcance económico de la integración de personal no resulta suficiente por no ser lo suficientemente directo en la ley de presupuestos; ya que, en el fondo, dependerá de la situación económica de la empresa en relación con los ingresos: 
“tales trabajadores serán retribuidos por la Administración pública en cualquier caso, pues no a otra conclusión conduce la aplicación del régimen laboral (sucesión de empresas). Por ello, lo que hace estrictamente la norma es incorporar una precisión de lo dispuesto en el art. 8 EBEP, lo que conduce a la conclusión de que se trata de una medida regulatoria, de carácter sustantivo, que de acuerdo con la doctrina consolidada de este Tribunal no puede encontrar acomodo en una ley de presupuestos.

No es descartable que tal regla pudiera eventualmente tener algún efecto sobre el gasto público, pero el mismo no es inmediato ni directo y, en todo caso, tal eventual efecto no puede implicar que deba entenderse automáticamente justificada la inclusión en la Ley de presupuestos”.

A partir de aquí surge lo que no está recogido en la sentencia, porque no es su objeto 

2.- ¿Se puede incluir una medida de este tipo en una ley ordinaria? Y que tipo de respuesta es constitucional teniendo en cuenta las modalidades de acceso al empleo público.
Cuando se aborda el problema de cómo se produce la sucesión de empresas siempre acaba la misma respuesta: el régimen constitucional del acceso al empleo público no admite una integración directa sin pasar por mecanismos que cumplan con las reglas del mérito y capacidad. No obstante, la STS de 19 de septiembre de 2016 fue en esta dirección.

Por tanto,  superando que la oposición deba ser el único procedimiento de acceso al empleo público, lo que habría que hacer es configurar u procedimiento que nos permita valorar al trabajador. Lo que no resulta razonable es que el trabajador de la empresa que se transforma en pública sea el que acabe pagando las consecuencias de la operación. 

Entre otras cosas, no podemos olvidar que hay al menos tres Grandes causas de la Remunicipalizacion: sanción por incumplimiento, transcurso del plazo de la concesión y decisión administrativa que declare anticipadamente la finalización de la externalización del servicio. 

Las fórmulas de evaluación del desempeño podrían ser una salida. Pero en todo caso, requeriría una respuesta del legislador en la que acaso un factor preponderante para encintar una solución armonizadora podría ser de naturaleza organizativa podría contribuir a la solución, tal como ha ocurrido en Valladolid con la recuperación del servicio de agua. 

En todo caso, es un deber que ha impuesto de forma indirecta el Tribunal Constitucional al Parlamento. No puede seguir sin regulación.

3.- ¿Que ocurre con los trabajadores de las empresas que han pasado a ser públicas?
Las soluciones que se observan en la jurisprudencia pasan o bien por ser personal integrado o por ser alguna modalidad especial de empleado público. Tanto lo uno como lo otro supone incluirlos en una especie de limbo jurídico que, además, dependerá del Tribunal que en condiciones normales controlaría a dicha administración pública.

El limbo jurídico habría que solucionarlo aplicando principios que resultan más conformes con el Estado social y con los principios rectores de la política social y económica: Los que proporcionen la solución más protectora de los derechos de los trabajadores. Por ello, tal como señala Ignasi Beltrán en su blog “en los procesos de reversión en los que sea aplicable el contenido del art. 44 ET, los trabajadores sean calificados como “indefinidos no fijos”. Que sea lo más razonable no elimina que se puedan seguir considerando como personal subrogado o, manteniendo el contrato anterior, como contrato a extinguir.

Conviene leer:

domingo, 11 de noviembre de 2018

El empleo (público) del futuro (a propósito del libro de Manuel Alejandro Hidalgo)

"Lo importante no son las ocupaciones. Lo importante son las tareas”  (p. 104).-  “No debemos tener miedo a las máquinas. Debemos tener miedo a no hacer nada” (p. 284)

Por Rafael Jiménez Asensio.- La Mirada Institucional blog.- Han sido varias en los últimos tiempos las entradas de este Blog dedicadas a la revolución tecnológica y, en particular, a su posible impacto sobre el sector público. 

También lo han sido las reseñas de libros que, desde distintas ópticas, se ocupan de las hipotéticas consecuencias que acarreará la digitalización, la automatización y la inteligencia artificial sobre el empleo y sobre otras cuestiones que afectan a la administración pública y a la sociedad futura. Insistimos una vez más en este importante tema tomando como excusa la publicación del sugerente libro El empleo del futuro. Un análisis del impacto de las nuevas tecnologías en el mercado laboral, cuyo autor es el profesor Manuel Alejando Hidalgo.

Vaya por delante que el libro no trata del empleo público. Apenas si cita a las Administraciones Públicas, salvo en momentos puntuales. El enfoque del trabajo es económico (por tanto no se adentra en otros enfoques del problema que aborda, por ejemplo, la filosofía o la ética) y toma el mercado laboral como objeto. Pero muchos de sus análisis pueden ser trasladados, con los cambios que sean oportunos, al sector público. Frente a la dualidad de enfoques pesimistas/optimistas en relación con este problema, el autor se confiesa “moderadamente optimista” y hace gala de ello a lo largo del libro, si bien identifica algunos riesgos que ese proceso conllevará si no se adoptan las medidas pertinentes (precarización del empleo y afectaciones a la igualdad).

Sin duda nos encontramos en la puerta de una revolución tecnológica que, como fue en su día la revolución industrial (de donde la obra arranca magistralmente), comportará entrar en esa relación dialéctica entre sustitución/complementariedad. La tesis del libro la adelanta el autor en la página 64 de su obra. Así afirma: “No obstante, si bien el efecto sobre la cantidad de empleo no debe preocuparnos en exceso, sí son relevantes las consecuencias en otras variables de importancia extrema: la desigualdad y la precarización”.

Automatización
Los procesos de automatización inicial e implantación ulterior y gradual de “máquinas que piensan”, son imparables. Todo ello tendrá consecuencias inevitables sobre los empleos, pues la Inteligencia Artificial “ha llegado para quedarse”, aunque en su primer estadio (automatización) los resultados son muy desiguales. Por ejemplo, según datos que se manejan en el libro, "hay un 20 % de compañías que ya han adoptado estas tecnologías, un 40 % que han comenzado a experimentar con ellas” y “otro 40 % que aún no está experimentando ni implementando la IA”. Probablemente el sector público (con contadas excepciones o áreas de actividad muy puntuales) se encuentra en este furgón de cola.

En la primera ola de automatización la afectación de la revolución tecnológica sobre el empleo se centrará en determinadas tareas rutinarias o manuales. Pero, a nuestros efectos, lo realmente importante del libro se halla en las consecuencias que tendrá “la segunda ola de automatización”, donde ya no se descarta el impacto intenso sobre tareas de contenido cognitivo tanto rutinarias como no rutinarias. Y el profesor Hidalgo pone muchos ejemplos. Pero, por lo que afecta al sector público, conviene resaltar que hay ámbitos como la sanidad y la educación donde los riesgos de afectación son menores (pero no por ello menos importantes, sobre todo con secuelas evidentes en muchas tareas).

Tipos de tareas
El aspecto clave de este recomendable libro se encuentra cuando el autor diferencia nítidamente entre ocupaciones o empleos (puestos de trabajo) y tareas. La distinción puesto de trabajo/tarea es primordial en el sector público, pues no cabe duda que muchas tareas van a automatizarse y lo que se trata de definir con carácter previo es “si éstas son realmente importantes o relevantes dentro de un empleo”. Si en un determinado puesto de trabajo se automatizan la totalidad o mayor parte de las tareas resulta obvio que ese puesto ineludiblemente deberá ser amortizado, pues su contenido funcional (o gran parte del mismo) se evaporará. El profesor de la Universidad Pablo Olavide –siguiendo en este punto otros trabajos publicados sobre este mismo objeto (Clasificación ISCO)- ordena las ocupaciones (lo que en el ámbito público, salvando las distancias, denominaríamos como puestos de trabajo) por intensidad de características en las tareas realizadas, en torno a cuatro ejes de tareas: a) Rutinarias; b) Inteligencia; c) Fuerza física; y d) Habilidades sociales.

De todo ello se concluye con facilidad, en primer lugar, que los puestos de trabajo con mayores impactos de automatización son, en un primer estadio, aquellos que desarrollen un alto contenido de tareas rutinarias y manuales. Los menos afectados inicialmente serán aquellos en que las tareas requieran dosis elevadas de inteligencia para ser desarrolladas y, asimismo, donde se requieran habilidades sociales (comunicación, empatía, etc.). Al menos en una primera fase, “sólo un porcentaje limitado de empleos estará en el corto y medio plazo sujeto a la automatización”. Pero esta afirmación, por lo que afecta a la Administración Pública ha de ser entendida en su correcto sentido: determinados puestos de trabajo en los que una parte (mayor o menor) de las tareas que se desempeñan se automatizarán, ello tendrá como impacto derivado la reducción (también mayor o menor) del número de dotaciones de esos puestos de trabajo.

La segunda conclusión parece también obvia. Como bien afirma el autor, lo cierto es que la inmensa mayoría de los puestos de trabajo se verán afectados por la automatización/IA, pues con mayor o menor intensidad según los casos sus tareas (o buena parte de ellas) se transmutarán necesariamente dentro del proceso dialéctico sustitución/complementariedad. Las máquinas facilitarán determinadas tareas, pero asimismo a las personas se les pedirá adaptabilidad permanente, aprendizaje continuo y valor añadido. Y ello nos lleva derechamente al campo de las nuevas competencias que se deberán exigir también a los profesionales del sector público. El autor lo expone crudamente individualizando el problema: “Cualquiera que desee maximizar las probabilidades de obtener un buen empleo en el futuro deberá fomentar las habilidades que las máquinas no podrán ofrecer”. Y concluye: “Serán los trabajadores menos educados los que tendrán mayor probabilidad de ser sustituidos”; pues en la revolución tecnológica, como en cualquier otro proceso de estas características, habrá ganadores y perdedores. Lo importante es no situarse entre estos últimos, para lo cual la formación continua y la adaptación permanente es la respuesta. De tal modo que las habilidades más cotizadas en ese complejo escenario de revolución tecnológica serán, “la originalidad, la fluidez de ideas, el razonamiento deductivo, la sensibilidad al problema y el razonamiento deductivo”. Dicho en otros términos: las habilidades más valoradas “serán aquellas relacionadas con las capacidades cognitivas del ser humano, las que se sustentan en la inteligencia humana”.

Las AA.PP a la espera
En fin, no hace falta ser muy incisivos para observar con preocupación que las Administraciones Públicas españolas están en estos momentos muy distantes de captar siquiera cuál pueda ser el impacto que la revolución tecnológica tendrá sobre sus estructuras organizativas y sobre sus propias plantillas. De momento es un problema que no está en la agenda. Cuando ni siquiera se ha hecho, salvo contadas excepciones, un estudio de prospectiva sobre los impactos (ya inmediatos) que tendrán las jubilaciones en masa sobre el relevo intergeneracional y la gestión del conocimiento en el sector público en los próximos 10 años, la pregunta de cuáles serán los impactos que la revolución tecnológica tendrá sobre el empleo público suena en el sector público, todavía hoy, a ciencia ficción. Más grave, relacionado con lo anterior, es el mantenimiento de sistemas selectivos absolutamente periclitados y obsoletos, que no miden nada las (nuevas) competencias necesarias para hacer frente a una revolución tecnológica que ya está llamando a la puerta, por mucho que la Administración Pública tarde en abrirla o pretenda cerrarla de un portazo. Ni siquiera así conseguirá eludir lo inevitable. Ningún trazado selectivo de los que actualmente se realizan en el ámbito público da prioridad a la inteligencia como factor diferencial, ni tampoco mide correctamente las habilidades blandas (soft skills) como tampoco evalúa por lo común el pensamiento crítico. Y eso es lo que demanda el futuro, aunque en nuestro caso sigamos siendo prisioneros del pasado.

Este recomendable libro del profesor Hidalgo finaliza con unas reflexiones enormemente válidas para ser trasladadas a nuestro ámbito público. Parafraseando a Roosvelt, el autor nos traslada que “no debemos tener miedo a lo que está por llegar, sino que debemos temer al miedo que nos paraliza, aquel que nos lleva a no hacer nada". Tal como se expone al inicio de este post, sobre todo debemos tener miedo a no hacer nada. Y este es mi temor y el de otras muchas personas que se ocupan o preocupan de lo público; que por enésima vez las Administraciones Públicas españolas sea incapaces e impotentes de transformarse y adaptarse a los cambios espectacularmente acelerados que se avecinan. Lo alarmante es que se apodere el miedo, la inacción o el eterno aplazamiento en todos aquellos actores (políticos, directivos, funcionarios, agentes sociales, etc.) que deben poner en marcha ese inevitable proceso de transformación. No sería la primera vez, pero en este caso intuyo que, por el alto contenido disruptivo que (en términos de Schumpeter) tendrá esta revolución tecnológica, sería la última. La Administración Pública como institución, aunque de momento nadie se dé por enterado, se juega todo su futuro y credibilidad en ese empeño.