miércoles, 15 de marzo de 2017

Cómo dotar de seguridad jurídica al proceso de implantación del procedimiento electrónico

Otro post de interés: CSIF.- La Administración General del Estado, en Peligro de Extinción: ya solo quedan 1.000 jóvenes en una plantilla de 190.000


Por Víctor Almonacid. Blog Nosoloaytos.- La administración electrónica se compone, a nuestro entender,  de cuatro grandes bloques principales de cuestiones:

1º- Jurídicas, a las que nos referiremos en la presente entrada.

2º- Organizativas, abordadas en distintas ocasiones, y otras de RRHH/formación. Técnicas/tecnológicas.

3º- Operativas, relacionadas con la accesibilidad y usabilidad del sistema, desde la óptica del ciudadano.

4º.- Veamos, dentro de las primeras, los ítems que consideramos esenciales para un desarrollo jurídicamente seguro del proceso de transformación electrónica del procedimiento:

A) Adecuación legal del procedimiento: reingeniería, actualización, catalogación, work flow.

Antes de poner los muebles debemos barrer y pintar la casa. Con carácter previo a la implantación del procedimiento electrónico resulta indispensable proceder a la simplificación burocrática, trabajando la arquitectura de todos los procedimientos, los cuales deben actualizarse a la legislación vigente, tanto desde el punto de vista procedimental (ley 39/2015, legislación sectorial vigente), como de los principios del Derecho aplicables (el de simplificación inspira totalmente la nueva norma normativa sobre procedimiento y régimen jurídico que se abordó en la formación). La simplificación consistirá en la articulación de un flujo de trabajo (Work Flow) por cada procedimiento, el cual servirá posteriormente de base para su integración en el gestor de expedientes. Al conjunto de todos los flujos de trabajo se le denomina Catálogo de procedimientos (o Catálogo de expedientes), y deberá aprobarse y disponerse para su consulta por parte de todos los funcionarios, y en una versión accesible por parte de los ciudadanos y usuarios.

B) Ordenanzas locales. Especial referencia a Ordenanza o Reglamento de Administración Electrónica.

El impacto de las nuevas leyes de procedimiento y régimen jurídico en la administración, especialmente la primera, obliga a adaptar a las mismas las normas locales en las que se regulan los diferentes procedimientos: Reglamento Orgánico Municipal, Ordenanzas Fiscales, Bases para la selección, Bases de subvenciones, Bases de Ejecución del Presupuesto, Pliegos de cláusulas administrativas, etc. Esta adaptación de normas se acomodará, en cuanto a su tramitación, a lo dispuesto en la Ley de procedimiento en relación al ejercicio de la potestad normativa, principios y trámites, sin perjuicio de las especialidades procedimentales recogidas en la legislación sobre régimen local o sectorial, que en todo caso se aplicarán en primer lugar. En la redacción de estas normas se procurará de forma especial la adaptación de las distintas leyes reguladoras de los procedimientos a las características, circunstancias y medios de cada Ayuntamiento.

Ordenanza de la FEMP
En relación a la Ordenanza o Reglamento de Administración Electrónica, o simplemente Reglamento de Procedimiento, aconsejamos utilizar el modelo adaptado a las nuevas leyes que pone a disposición de los Ayuntamientos la FEMP. Se sugiere la adaptación de este texto modelo a las características, circunstancias y medios de cada Ayuntamiento.

La normativa propia del cada Ayuntamiento, en su caso desarrollada por los documentos y normas técnicas referidos en el punto siguiente, procurarán:

-Determinar las condiciones e instrumentos de creación de sedes electrónicas, garantizando la identificación del órgano titular y los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas

-Determinar supuestos de utilización de los sistemas de firma de sello o código seguro de verificación

-Determinar los sistemas de firma electrónica que puede utilizar su personal

-Determinar las condiciones y garantías para el intercambio de información de forma segura

-Cumplir Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI) y Esquema Nacional de Seguridad (ENS)

C) Documentos políticas de gestión electrónica y Normas Técnicas de Interoperabilidad.

ens
La adecuación al ENS es una de las acciones imprescindibles
que mayor dosis de seguridad jurídica imprime
al proceso de implantación del procedimiento  electrónica

De acuerdo con la normativa sobre régimen local, corresponde al Pleno la aprobación de la los Reglamentos y Ordenanzas previstos en el punto anterior, así como sus modificaciones, y así como de todos los instrumentos normativos y de planificación estratégica en materia de administración electrónica, incluido el Plan de Adecuación al ENS.


En aras del principio de eficiencia, corresponden al Alcalde/Presidente el resto de competencias en materia de administración electrónica. De forma concreta, entendemos que le corresponde a la Alcaldía la aprobación de los documentos derivados del Real Decreto 3/2010, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, y del Real Decreto 4/2010, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad, equivalentes a las Normas Técnicas de Interoperabilidad (NTI) de la Administración General del Estado, y en particular los siguientes:
Documento de política de seguridad de la información.

-Documento de política de sellado de tiempo.

-Documento de política de identificación y firma electrónica. Los dos últimos documentos podrán reproducir, y preferiblemente adaptar, las previsiones de la Norma Técnica de Interoperabilidad de Política de Firma y Sello Electrónicos y de Certificados de la Administración de la AGE (NTI- PFSEC).
-Documento de política de gestión documental y archivo electrónico.
-Documento de protocolos/procedimientos de digitalización.
-Documento de protocolos/procedimientos del ciclo de vida de documentos y expedientes electrónicos.-
-Cualquier otro que se estime necesario para la mejor cobertura legal del desarrollo del procedimiento electrónico local.

En todo caso los documentos anteriores podrán reproducir, y preferiblemente adaptar, lo previsto en las Normas Técnicas de Interoperabilidad del Estado, las cuales se facilitan junto con sus guías de aplicación y otros documentos de apoyo (fuente: https://administracionelectronica.gob.es):


D) Seguridad de los sistemas
La seguridad jurídica y la informática se encuentran íntimamente relacionadas. De forma obligatoria, cada Ayuntamiento debe adoptar las medidas oportunas para su adecuación a las normas del ENS, del ENI, del Reglamento Europeo de Protección de Datos, y sobre la Ciberseguridad. Las Herramientas de Ciberseguridad del Centro Criptológico Nacional, las cuales están a disposición de los Ayuntamientos, son las siguientes:

-CARMEN (Herramienta de Detección de APTs).
-CCNDroid (Herramientas de Seguridad para Android)
-CLARA (Auditoría de Cumplimiento ENS/STIC en Sistemas Windows)
-INES (Informe de Estado de Seguridad en el ENS)
-LUCIA (Sistemas de Gestión Federada de Tickets)
-PILAR (Análisis y Gestión de Riesgos)
-REYES (Intercambio de Información de Ciberamenazas)

En cuanto a las Instrucciones Técnicas de Seguridad del Estado, se observarán las siguientes:

-Resolución de 7 de octubre de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Instrucción Técnica de Seguridad de Informe del Estado de la Seguridad.

-Resolución de 13 de octubre de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Instrucción Técnica de -Seguridad de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad.

Como ampliación, nos remitimos al material ya publicado en el presente blog respecto de las acciones para el cumplimiento de los Esquemas Nacionales de Seguridad e Interoperabilidad.

© Todos los derechos reservados. Nosoloaytos. Web oficial de Víctor Almonacid Lamelas 2017. 

martes, 14 de marzo de 2017

La Comunidad de Madrid podría tener una ley que proteja a los funcionarios que denuncien la corrupción

La Asamblea vota este jueves una proposición de ley impulsada por Ciudadanos para proteger a los funcionarios que denuncien posibles casos de corrupción. La norma prevé la creación de la figura del Defensor del Denunciante, que se encargará investigar y llevar ante la justicia la información remitida por el funcionario.

Revista de prensa. 20minutos.es.- En plena investigación de la única pieza secreta de la trama Púnica, donde el juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco rastrea los proyectos estrella (nuevos hospitales, Ciudad de la Justicia, ampliación del Metro...) de la expresidenta regional Esperanza Aguirre (PP) por indicios de irregularidades, la Asamblea de Madrid debatirá este jueves la toma en consideración de una proposición de ley impulsada por Ciudadanos para proteger a los funcionarios que denuncien posibles casos de corrupción en la administración.



Aspecto de la Asamblea de Madrid donde se debatirá
la propuesta de Ciudadanos
La propuesta dota de una serie de derechos al denunciante, como la confidencialidad o protección ante posibles represalias, y prevé la creación de la figura del Defensor del Denunciante de Corrupción, un ente independiente que se encargará de tutelar, contrastar, investigar y llevar ante la justicia la información remitida por el funcionario. 

En España, solo la Comunidad Valenciana y Baleares cuentan con un órgano específico similar. En principio esta ley solo afecta a los funcionarios de la Comunidad de Madrid, ya que la norma no tiene capacidad para ser aplicada a los funcionarios de los ayuntamientos. Sin embargo la propuesta prevé que se puedan celebrar convenios con la administración local para que se adscriban a la ley.

Ciudadanos toma la iniciativa
Mientras Cifuentes quiere tapar la corrupción de los gobiernos de Aguirre y González, Ciudadanos va a proteger a los denunciantes "Esta ley lo que busca es garantizar una serie de derechos a los denunciantes de corrupción política en la administración. Personas valientes que en muchas ocasiones han podido observar irregularidades o posibles casos de corrupción y no se han atrevido a denunciar", afirma el portavoz de Ciudadanos en la Asamblea, Ignacio Aguado, que ha sido el encargo de presentar la proposición. Aguado cree que esta ley es "necesaria porque España es uno de los cuatro países de la OCDE que todavía no tiene una norma de estas características"

"El gobierno central está arrastrando los pies con este tema y, por ello, es el momento de que las comunidades autónomas nos pongamos las pilas y empecemos a aprobar leyes que vayan en esta línea", opina el portavoz de la formación naranja, que espera que PSOE y Podemos apoyen la iniciativa, ya que el Partido Popular ya ha mostrado su rechazo públicamente a la propuesta al considerar que ya existen mecanismos internos en las administraciones públicas y judiciales que permiten que los funcionarios puedan denunciar. "Mientras Cifuentes quiere tapar la corrupción de los gobiernos de Aguirre y González, Ciudadanos va a proteger a los denunciantes", critica Aguado.

 ¿Cuáles serían los derechos del denunciante? Al funcionario que acuda ante el Defensor del Denunciante tras detectar una posible irregularidad se le garantiza la salvaguarda de su identidad, asesoría legal gratuita, asistencia psicológica a él y su familia y la resolución de su denuncia. 

¿Qué pasaría si se desvela su identidad? La ley recoge que si se produce una filtración de la identidad del denunciante, la Comunidad de Madrid deberá indemnizar al denunciante. En caso de represalias, el Defensor puede dejar sin efectos medidas que el denunciante sufra de sus superiores, siempre que no se acredite que no tienen que ver con la denuncia. 

¿Qué medidas de protección contempla la norma? Los denunciantes podrán solicitar al Defensor que inste a la autoridad o al órgano competente la concesión de un traslado provisional a otro puesto de trabajo del mismo o equivalente grupo, cuerpo, escala o categoría profesional; o la concesión de un período de excedencia por tiempo determinado, con derecho al mantenimiento de su retribución. 

¿En qué consistiría el procedimiento? Tras la denuncia del funcionario, el Defensor dispone de un plazo inferior a 15 días para comprobar la documentación y decidir si hay indicios o no para iniciar la investigación. Si se admite la denuncia, el Defensor debe elegir si enviar esa documentación (si es lo suficientemente contundente) a la Fiscalía, o si por el contrario necesita iniciar la investigación para comprobar los hechos denunciados. La investigación debe quedar resuelta en un plazo de 3 meses, prorrogable otros 3 más. 

¿Cómo se elegiría al Defensor del Denunciante? La persona designada será nombrada por la Asamblea de Madrid con al menos el apoyo de tres quintos de los parlamentarios. Cada grupo parlamentario propondrá a un candidato, aunque un solo candidato puede ser propuesto por más de un grupo.  

¿Podrían optar al puesto políticos? No podrán optar al puesto ni cargos públicos, ni personas afiliadas a partidos políticos. Su dedicación será exclusiva. El candidato debe tener una experiencia acreditada de 10 años con una especialización en derecho penal.  

¿Qué competencias tendría? El Defensor del Denunciante podría personarse y registrar sedes de la administración implicadas con la investigación, realizar entrevistas personales con cualquier implicado (acompañado de su abogado), realizar y llevarse fotocopias de cualquier documentación que considere pertinente. La Ley le otroga, además, la potestad de  exigir la colaboración de todos los órganos de la Comunidad de Madrid implicados de alguna u otra manera en la investigación en curso, pudiendo sancionar la negativa a colaborar. 

¿Y límites? El Defensor deberá cesar su investigación si un juez decide abrir una investigación sobre el caso. 


 ¿Cuáles serían sus obligaciones? Debería comparecer siempre que sea requerido por Comisión o Pleno de la Asamblea. Una vez al año tendría la obligación de presentar una memoria con todos los casos investigados.

domingo, 12 de marzo de 2017

El (mal) estado de las organizaciones públicas

"Las instituciones públicas se encuentran en un estadio de subdesarrollo organizativo evidente, que el paso del tiempo está ahondando día a día"

“A menudo los sistemas pueden sostenerse más tiempo del que pensamos, pero terminan desplomándose mucho más rápido de lo que imaginamos (Kenneth Rogoff)

“Es la verdadera genialidad de las organizaciones: pueden levantar grupos de personas y llevarlos a rendir por encima de sus posibilidades, a lograr resultados que no podrían haber logrado ellos solos” (Frederic Leloux)

Por Rafael Jiménez Asensio. Blog La Mirada Institucional- Las cuestiones organizativas apenas despiertan interés en el sector público. Los gobiernos se desentienden de tales problemas: no producen réditos a corto plazo. La política instantánea no piensa en términos de organización. La estrechez temporal del mandato y la carencia de visión que vaya más allá de lo inmediato, obtura el juicio de los gobernantes. Además, la crisis y los recortes, han terminado por arruinar más aún el estado de cosas existente. Pero no es solo un problema de recursos, también de visión, espíritu y valores. Y luego lo más paradójico es que quien gobierna pretende ingenuamente llevar a cabo sus programas o sus políticas con estructuras averiadas, inadaptadas o, simplemente, ineficientes.

Así, van pasando los años, se consumen los mandatos y las voluntades políticas (cuando las hay) se traducen en muchas menos realizaciones de las esperadas. Parte de ese problema radica en que las organizaciones públicas son, en buena parte de los casos, organismos desmembrados donde la cabeza y el cuerpo caminan por vías distintas. De ello ya me ocupé en otro reciente Post sobre los déficits de alineamiento entre política y gestión. Aquí lo tienen, por si hay alguien a quien le interesa y no lo leyó en su día: https://rafaeljimenezasensio.com/2017/01/22/ayuntamientos-como-alinear-politica-y-gestion/

Ahora, sin embargo, cabe preguntarse por qué las organizaciones públicas son, por lo común, espacios obsoletos, ayunos de entornos gratos, donde las peleas soterradas de lucha por el poder minúsculo o la burocracia más patológica echan raíces, así como por qué en esos ámbitos priman las taras de funcionamiento o, también en no pocas ocasiones, los entornos tóxicos. Algunas veces da la impresión que las Administraciones Públicas son “máquinas” plagadas de patologías e ineficiencias sinfín, imposibilitadas existencialmente de arreglarse a sí mismas. Abunda la desmotivación, las cosas no funcionan y los procesos de cambio (si los hay) son lentos y tortuosos, cuando no meramente cosméticos. Razones o causas hay mil para explicar esos desajustes. Y lejos de mi intención dar cuenta de todas ellas. El objetivo es más modesto.

Gary Hamel
Hace algún tiempo, Gary Hamel replanteó en dos libros excelentes (editados en 2008 y 2012: El futuro del Management y Lo que ahora importa) el rol de las organizaciones en la sociedad del siglo XXI, reivindicando el papel de los valores, la innovación, la adaptabilidad, la implicación o la necesidad de gestionar sin jerarquías, así como incidió en la importancia añadida que tendrán las nuevas capacidades exigibles a los empleados en las organizaciones del futuro. Por tanto, en esa jerarquía de capacidades, la implicación (pasión), creatividad e iniciativa, ganarán por goleada a aquellas capacidades exigidas por las “viejas organizaciones” y que ya no añaden valor, tales como la experiencia, diligencia y obediencia. Interesante dibujo en el que las organizaciones públicas salían totalmente borradas.

La aparición hace algún tiempo en la escena bibliográfica del sugerente libro de Frederic Laloux, titulado Reinventar las organizaciones (Arpa, 2016, 393 pp.; la versión en inglés es de 2015), profundiza esas líneas-fuerzas de redefinición de las organizaciones y abre un nuevo campo de reflexión en esta materia. De este importante ensayo, se hizo eco en su día, entre otros, Manel Muntada, en http://blog.cumclavis.net/. Siempre atento a las nuevas tendencias en el ámbito organizativo.

En todo caso, desde una visión del sector público, la conclusión que se extrae de la lectura de este ensayo (algo que ya se palpaba asimismo de los libros de Gary Hamel) es obvia: las instituciones públicas se encuentran en un estadio de subdesarrollo organizativo evidente, que el paso del tiempo está ahondando día a día.

En ese libro se lleva a cabo un recorrido sobre la evolución de las organizaciones en el mundo contemporáneo. Y se sintetiza ese proceso en torno a cuatro modelos, que se describen por otros tantos colores: rojo, ámbar, naranja y verde. Mientras que, en el horizonte organizativo, aparece –todavía de forma incipiente- un modelo emergente: el “esmeralda” o “teal”. 

Estas son, en síntesis, las características principales de tales modelos:

TIPO DE ORGANIZACIÓN
Ejemplos actuales
Avances revolucionarios
Metáfora guía
Estadio 1: Organizaciones rojas
Mafia
Pandillas callejeras
Tribus urbanas
División del trabajo
Autoridad de mando
Manada de lobos
Estadio 2: Organizaciones ámbar
Iglesia Católica
Fuerzas Armadas
Instituciones públicas/educativas
Funciones formales: jerarquía
Procesos
Ejército
Estadio 3: Organizaciones
Naranjas
Empresas multinacionales
Escuelas privadas concertadas
Innovación
Responsabilidad
Meritocracia
Máquina
Estadio 4: Organizaciones
Verdes
Organizaciones impulsadas por la cultura
Empoderamiento
Valores
Familia
Estadio 5: Organizaciones
Teal
Aporta doce ejemplos o casos de éxito (emergentes)
Autogestión
Plenitud
Propósito


El esquema requeriría muchas precisiones que ahora no procede hacer. Las organizaciones públicas, salvo excepciones, se encuentran en un estadio evolutivo bajo, puesto que siguen ancladas en pautas organizativas muy convencionales (jerarquías y procesos); esto es, en el estadio 2 (organizaciones ámbar). Aunque también quedan, en algunos casos (estilo de “mando”), patologías propias del estadio 1 (organizaciones rojas). No obstante, hay algunas que están mejor situadas en términos de competitividad institucional y han pasado (al menos parcialmente) al tercer estadio (organizaciones naranja), puesto que han implantado gradualmente de forma efectiva (no solo formal) sistemas de mérito, están impulsando procesos de innovación y cultivan la exigencia de responsabilidad (accountability). Son escasas, en todo caso. Menos frecuentes aún son aquellas organizaciones públicas que transitan por el estadio 4 (organizaciones verdes), pero también se están dando algunos pasos importantes en esa dirección (papel de los valores). El quinto estadio, sin embargo, está aún inédito en el sector público (también por sus intrínsecas dificultades de contexto).

En efecto, alcanzar ese estadio organizativo desarrollado es algo que está muy alejado de las pautas estructurales y de funcionamiento de las administraciones públicas. Sin embargo, los momentos críticos que se abrirán a medio plazo con la robótica avanzada y la inteligencia artificial pondrán en tela de juicio innumerables funciones típicas que actualmente se desarrollan en las organizaciones públicas, pasando directamente un número importante de ellas a ser superfluas. Hay, asimismo, retos más inmediatos y más tangibles (administración electrónica), que también –de aplicarse correctamente- tendrán resultados estructurales importantes.

El estadio de organizaciones emergentes teal que el autor analiza (mediante un estudio empírico no exento de gran interés) se asienta en la ruptura de los principios básicos del Management tradicional, así como en la supresión del control o de la supervisión y, en especial, se apoya sobre tres elementos centrales: a) la autogestión, que rompe las viejas estructuras jerárquicas y establece una visión horizontal del trabajo (algo que ya Hamel también formuló en sus aspectos básicos); b) la plenitud, con una innegable carga de espiritualidad, que aboga, entre otras cosas, por romper esa separación esquizofrénica entre “vida” y “trabajo”, que demuestra –según sus palabras- “la poca vida que tenemos en el trabajo cuando nos hemos separado de lo que realmente importa”; y c) el propósito, que se enmarca como una noción evolutiva y que, en última instancia, pretende que el “propósito organizativo” vaya de la mano del “propósito individual”.

Es, sin duda, una utopía pensar en que, desde la situación actual que ofrece el sector público, las organizaciones públicas transiten hacia ese estadio teal. Tampoco lo han hecho ni lo harán a corto plazo la práctica totalidad de las organizaciones privadas. En efecto, que nadie se llame a engaño. Introducir tales formas de funcionamiento en cualquier tipo de organización requiere, al menos, dos premisas necesarias, como bien subraya el autor: 1) que la dirección (los líderes) asuman ese reto de “desposeerse de poder jerárquico”; y 2), que los órganos de gobierno de tales organizaciones también asuman ese cambio radical de filosofía organizativa. Las resistencias, como es de suponer, serán brutales en ambos casos; más aún en un sector público colonizado por la política y acostumbrado a multiplicar jerarquías y (falsos) controles.
Pero esa constatación no debiera implicar el abandono de cualquier proceso de transformación organizativa en el sector público, siempre necesario. Al menos se debería poner en valor la importancia de las organizaciones para hacer buena política, así como para prestar servicios eficientes, sostenibles y amables a la ciudadanía. La política debe entender que sin una organización con valores, alineada y eficiente, nada podrá hacer realmente. En los gobiernos locales y en la mayor parte de los autonómicos se está a punto de llegar al ecuador del mandato. Cunden los nervios y se despierta la impotencia por no haber hecho prácticamente nada o por no poder llevar a cabo muchos de los objetivos previstos. Tal vez, en esta mitad de mandato, sea el momento de pensar cómo mejorar la organización, pues –tal como vengo reiterando- sin estructuras, procesos y personas adecuadas impulsar nuevas políticas se convierte en un pío deseo.

En el sector público es hora de superar ese rancio estadio ámbar en el que las organizaciones públicas sobreviven, en apariencia apaciblemente, pero en verdad condenadas a la impotencia. Se debe apostar decididamente por el mérito, la innovación, la responsabilidad, los valores o la generación de espacios de trabajo amables y conseguir que los empleados públicos sean personas comprometidas con el proyecto (o con el “propósito”) de la organización, y desarrollen su actividad de servicio público con ilusiones renovadas. ¿Objetivos inalcanzables? Para muchas personas sí.

Dura de pulir
En todo caso, a esa legión de escépticos que “lideran” sin visión ni sentido o que acuden “a trabajar” a la Administración como si a una “unidad de quemados” se tratara, hay que convencerles (al menos intentarlo) de que algo que se puede hacer. Pero quien primero se debe creer este mensaje es quien gobierna o dirige la organización. Luego el resto. Y no será tarea fácil.


La Administración pública es una organización dura de pulir; la atmósfera, el entorno y el contexto están muy viciados, especialmente por años de abandono, que la crisis no ha hecho sino empeorar. Pero no hay que decaer en el intento. Tal vez lo primero en que se deba invertir es en recuperar el principio de mérito y reforzar los valores de servicio público, ahora tan olvidados tras años o décadas en el desván de objetos perdidos. Pero eso suena muy teórico, aunque hoja de ruta hay que tener. Cabe avanzar en un proceso continuo de mejora. Sobre todo, se han de iniciar procesos de transformación organizativa. Este objeto tiene que entrar en las agendas políticas. Es tarea urgente. Antes de que el edificio se desmorone del todo, pues grietas profundas tiene por doquier.

sábado, 11 de marzo de 2017

La remuneración de los funcionarios españoles, por encima de la media de países de la OCDE

"El estudio critica que uno de los déficits más notables del sector público es que no dispone de regulaciones de directivos públicos que garanticen la profesionalidad  de los cargos de alta dirección"

Revista de prensa. Expansión.- Entre 1999 y 2008 los salarios de los empleados públicos crecieron sensiblemente por encima de las del sector privado y se mantienen, en promedio, 1,5 veces por encima de éstos,según el último estudio del Esade.

Los empleados públicos españoles se encuentra, en relación con el PIB, ligeramente por encima de la media OCDE. Así lo señala el último estudio de Esade titulado "El empleo público en España: Desafíos para un Estado Democrático más eficaz".

Del mismo se desprende que entre los años 1999 y 2008 los salarios de este sector crecieron sensiblemente por encima de los del sector privado y se mantienen, en promedio, 1,5 veces por encima de los mismos.

Si se analiza por categorías, este diferencial es inversamente proporcional a la cualificación del trabajo: favorece a los segmentos de inferior cualificación, pero sitúa, en cambio, muy por debajo de las retribuciones del sector privado a las categorías técnicas de alta cualificación y a los puestos de carácter directivo.

El número de trabajadores públicos se duplica en la crisis
El estudio también refleja que el número de empleados públicos se ha duplicado en España en los últimos 25 años. "Incluso en plena crisis, en 2008, cuando el país ya destruía masivamente empleo, los tres niveles de Administración crecieron en casi un cuarto de millón de puestos", ha dicho Francisco Longo, director general adjunto de Esade.

El responsable explica que la recesión impuso dos años de reducción, "pero se trató de un paréntesis" y la recuperación económica,ha supuesto un rápido repunte hasta cifras similares a las de 2008. "La peculiaridad apunta, por tanto, más que a un tamaño hipertrofiado, a una fuerte tendencia expansiva, difícil de controlar por las Administraciones", dice Longo.

Más de la mitad del coste de producción del Gobierno
De hecho, el empleo público en España representa más de la mitad de los costes de producción del Gobierno central, proporción sensiblemente superior a la de los países centrales de la Unión. Consecuentemente, el recurso al sector privado para la provisión de servicios públicos, es decir, externalizaciones, es considerablemente inferior al de estos países.

"Este dato hace pensar que el desarrollo de la colaboración público-privada podría permitir, a condición de diseñarse con rigor, equilibrar los riesgos y garantizar la transparencia y rendición de cuentas, una mayor eficiencia en la utilización de los recursos públicos", ha sugerido Longo.

Bajo índice de cualificación
En cuanto a las características del capital humano del sector público, el estudio destaca ciertas deficiencias respecto al resto de países de la OCDE. Así, estos trabajadores en España presentan un bajo índice de cualificación relativa de sus puestos de trabajo, circunstancia que se evidencia cuando se comparan las categorías profesionales con las de los países de nuestro entorno.

En la Administración General del Estado (AGE), cuyas funciones son básicamente reguladoras y planificadoras, los puestos para los que no se exige titulación superior rondan el 70%. En cambio, las posiciones directivas ocupan a un número de personas claramente inferior al de la media de la UE. "Paradójicamente, España se caracteriza por tener uno de los porcentajes más elevados de empleados públicos con titulación universitaria", ha dicho Longo.

Este fenómeno de excesiva cualificación (nivel de educación formal que sobrepasa la exigida para la tarea) "implica, entre otros problemas, un serio desperdicio de talento", apunta el director general de Esade.

Envejecimiento y la temporalidad
"El déficit de cualificación del capital humano del sector público, preocupante en un contexto de complejidad creciente, se ve agravado por dos factores: el envejecimiento y la temporalidad", ha señalado Longo. En 2014 el número de empleados de más de 60 años superó al de los menores de 30. Y en dos años, el diferencial ha aumentado ya tres puntos porcentuales.

El empleo público temporal presenta en España las cifras más altas entre los países de la UE, con la única excepción de Polonia. En este sentido, el informe presentado hoy subraya que, en general, el acceso al empleo temporal presenta en las administraciones españolas requerimientos de mérito y capacidad inferiores a los del empleo estable.

Una función directiva desregulada
"La uniformidad y la rigidez son dos patologías graves del sistema de gestión del empleo público español", dice Francisco Longo. El estatuto funcionarial, pensado para funciones que implican funciones de autoridad, no se adapta a la gestión de la mayor parte de las actividades de prestación de servicios (ciencia, I+D+i, educación, salud, servicios sociales, etc.) que constituyen la parcela ampliamente mayoritaria del empleo público.

En este contexto, desde Esade creen que habría que desarrollar regulaciones diferenciadas y adaptadas a cada sector y atribuir a las organizaciones públicas y a sus gestores mayor autonomía para gestionar sus recursos humanos.

Además, el estudio critica que uno de los déficits más notables del sector público español es que no dispone, ni en la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas o a escala local, de regulaciones de directivos públicos que garanticen la profesionalidad e idoneidad de los cargos de alta dirección.

viernes, 10 de marzo de 2017

LOMCE, razones para su derogación

Informe PISA: "Cuando se examina la educación finlandesa, por ejemplo, se observa que es sólo pública"

Por Julio González.- Blog Globaspoliticsandlaw.- LOMCE, razones para derogar la ley de educación. España tiene la maldición de que un cambio en el partido gobernante supone automáticamente un cambio en la legislación educativa. Un problema que se evidenció con toda su nitidez cuando el PP llegó al poder en 2011 e impuso un nuevo modelo educativo. Modelo que obviaba el consenso, que se aprobó con el voto en contra de los demás partidos, que era fuertemente ideológica y que reducía sustancialmente la financiación de la educación, especialmente la pública. Por ello, hoy se puede decir incluso que estamos más lejos del consenso.

El empeño del Presidente Rodríguez Zapatero de conseguir un pacto educativo -en el que puso gran coraje y todas sus dotes persuasivas el Ministro Angel Gabilondo- se frustró, en mi opinión, por la intransigencia de la negociadora del Partido Popular, posiblemente porque veían cercana la victoria electoral que se produjo en el año 2011. No se pensó en el interés general sino en hacer una educación de partido.

La cuestión religiosa
La cuestión de por qué no se llega al pacto deriva esencialmente de cuál ha sido la función que se ha atribuido a la escuela en una parte de España y, especialmente, en el peso que ha tenido la Iglesia Católica en la formación de la sociedad española, papel al que no quieren renunciar y que encuentran en el PP una adecuada correa de transmisión. Por ello, será difícil alcanzar un pacto en esta materia porque desde el partido gobernante se quiere progresar en una concepción de la educación que casa mal con el artículo 16 de la Constitución y con las exigencias de la sociedad del siglo XXI.

Desde esta perspectiva, se echa en falta la concepción de la educación que late en la legislación francesa que, desde el siglo XIX, separan Iglesia y Estado en materia educativa o la situación actual del Estado de Massachusetts en EE.UU. en donde sencillamente la cuestión religiosa no forma parte de los planes educativos ni de enseñanza primaria ni de secundaria. Dicho de otro modo, dos modelos distintos pero que conducen a la misma solución: en la educación sostenida con fondos públicos no hay lugar para la religión, ya que es una cuestión privada que se enseña en los hogares. Lo cual nos conduce también a la necesidad de sostener con fondos públicos a la educación privada, los llamados centros concertados -muchos de ellos religiosos-, a los que me referiré con posterioridad.

Aquí, en la cuestión religiosa, está, en mi opinión, la razón central que motivó la aprobación de la Ley Orgánica 8/2013, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE, en adelante). Es esta vinculación con la formación católica lo que ha hecho que en la LOMCE se permitan las subvenciones a los centros que tienen a los estudiantes separados por sexos (artículo 84.3), tal como hacen algunos colegios del Opus Dei y que estaba siendo reiteradamente rechazada por los Tribunales de Justicia en aplicación de la normativa anterior. Es el peso de la Iglesia lo que motivó la pérdida de una asignatura básica para formar ciudadanos con valores democráticos como es la educación para la ciudadanía y cuyos efectos podemos ver día a día. La importancia de la asignatura la muestra Queralt al señalar que “este tipo de asignaturas, como sus homólogas en otros países, deben perseguir romper con la apatía cívica reinante en Europa a través de itinerarios que prevean mecanismos educativos a través de los que dotar de instrumentos a los estudiantes que faciliten y promuevan la participación en los asuntos públicos. En este contexto, la asignatura pretendía trasmitir a los estudiantes de primaria y bachillerato una suerte de ideario educativo constitucional, esto es, pretendía enseñar la Constitución y el sistema de valores en que esta se asienta”

Es esto lo que motiva que la religión/ética vuelva a ser una materia evaluable y obligatoria, cuando las carencias de nuestro sistema educativo están en otro sitio y cuando la religión se debería enseñar en los hogares. No nos olvidemos que para encontrar un antecedente a esta medida nos tenemos que retrotraer a 1970 y la Ley General de Educación del franquismo que consideraba la religión católica de esta forma. Pero los problemas que tiene la LOMCE no se circunscriben a la cuestión religiosa. Esta es una ley que no atiende a los problemas esenciales del sistema educativo y que, además, se promulga en el marco de la política de recortes que ha afectado con especial intensidad a los dos pilares básicos del Estado social, sanidad y educación. Desde esta perspectiva, mal se puede entender el título de la disposición. Acaso desde el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se debiera recordar la conocida frase del Rector de Harvard Bock de que “si la educación te parece cara, prueba con la ignorancia”.

Es la financiación
En el debate formal sobre el que el Gobierno quiso articular la LOMCE es uno de los problemas que supuestamente se quería solucionar era el de la mala ubicación de España en el conocido Informe Pisa. Se puede coincidir en que algunos de los elementos del diagnóstico pueden ser ciertos. Pero lo relevante es que no se ha valorado en ninguno de los Informes conocidos la aplicación de la normativa y las políticas anteriores a la LOMCE.

Esto es, no sabemos qué hubiera ocurrido si el porcentaje de PIB dedicado a educación se hubiera mantenido por encima del 5,1% del PIB, a sólo dos décimas del promedio de los países de la OCDE, en lugar de la rebaja habida en los dos últimos años que llega al 4,7% del PIB (que coinciden, además, con rebajas sustanciales del valor del referido PIB). No se ha podido ver el impacto que ha tenido, por ejemplo, el que hubiera 680.381 en el curso 2010-11, con una ratio de 11,3 alumnos por profesor, una de las más bajas de Europa. O que desde 2004 se haya reducido el fracaso escolar en casi cuatro puntos: en el curso 2004-05 la tasa bruta de población que se graduaba en ESO era de un 70,4%, mientras que en el curso 2008-09 era del 74,1%. O que en los siete años  transcurridos entre 2004 y 2011 se duplicara el dinero destinado a becas y ayudas (llegando a 1.529,72 millones de euros). Dentro de unos años, cuando los estudiantes de hoy cumplan 15 años, se examinarán los resultados de aumentar el ratio de alumnos por clase, el cierre de bibliotecas, la eliminación de becas y ayudas para libros o para estudiar en el extranjero, el endurecimiento de la política de becas, los recortes en el profesorado, la reducción de los interinos en alguna Comunidad autónoma, el cierre de las escuelas rurales… todo lo cual bebe de la filosofía con la que se promulgó la LOMCE y cuyo antecedente está en el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.

No olvidemos que es ahí donde se aumenta la ratio profesor/alumnos, el que aumenta la jornada de los profesores, el que reduce la obligatoriedad de la sustitución del profesorado de baja. O fijémonos en que, por ejemplo, cuando se analizan las reducciones habidas desde diciembre de 2011 en un elemento central de la equidad del sistema, como son las becas, cuantitativamente, la mayoría está en la obligatoria (para comedor, libros, transporte, etc.). Además, se han redujeron los programas de atención a la diversidad, como los desdobles de aulas o la educación compensatoria. Los fondos estatales que tienen un efecto equivalente -PROA y EDUCA 3, especialmente- han desaparecido. Dicho de otro modo, a la hora de examinar la conveniencia o no de modificar la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación no se han examinado las políticas de impulso a la educación del periodo anterior. La política de tierra quemada para conseguir el objetivo de la reforma ideológica de la educación ha impedido cualquier análisis razonable. Más aún, se aprobó la LOMCE en medio de una política brutal de recortes de los fondos públicos en educación con notable perjuicio de los objetivos de la educación sirva de medio para la consecución de los objetivos que están en el artículo 9.2 del texto constitucional.

La educación privada concertada como problema
Posiblemente resulte extraño la importancia que esté en este artículo dando a la financiación, pero realmente esta ley tiene tales carencias que difícilmente se pueda llegar a buen puerto. Vinculado a lo anterior se encuentra uno de los problemas más graves que tiene el sistema educativo español: el trasvase de fondos al sector privado en detrimento de la educación pública y que se articulan sobre los centros concertados.

Es cierto que cuando se crearon estos centros tenían una razón clara: permitir la escolarización obligatoria que estaba en la LODE de 1985. No había centros públicos suficientes. Y por ello se entendió como una medida provisional. Hoy, casi 30 años después, debiera haberse paliado este problema y destinar fondos públicos sólo a la educación pública.No es cierto, en este sentido, que la enseñanza concertada sea de más calidad sino que es consecuencia del nivel socioeconómico de las familias.

Cuando se examina la educación finlandesa, por ejemplo, se observa que es sólo pública.  No hay en consecuencia ni rankings ni competencia entre los colegios ni distritos únicos como ocurre en la Comunidad de Madrid. Todos los centros públicos tienen una financiación equivalente. El colegio del barrio es siempre el mejor, por ser igual a los demás. Es un factor para la calidad y equidad del sistema educativo.

La LOMCE ha abierto un nuevo frente que afecta no sólo a la cuantía de la financiación sino al cómo se distribuyen los fondos. Por primera vez se introduce la obligación de los poderes públicos de planificar en base al comportamiento de la demanda. El cambio es sustancial, puesto que hasta ahora se asumía que el Estado planificaba en base al principio de satisfacción de necesidades educativas y que el sistema de concierto debía entenderse como mecanismo complementario y subsidiario a la provisión pública. Y, al mismo tiempo, se abre la posibilidad de financiación competitiva de las escuelas basadas en los resultados de las evaluaciones o en “acciones de calidad educativa” definidas por los centros. Resulta paradójico por cuanto que estas técnicas de gestión educativa han estado expresamente censurados por la OCDE ya que proporcionan resultados gravemente contrarios a la equidad y con ello a las características que debe tener la política educativa en el marco de un Estado social.

Y ello por no hablar de las aportaciones extraordinarias voluntarias  que suelen reclamar estos colegios a los padres.

PISA como excusa
Pero es que, además del problema de la financiación, la LOMCE no ataca la raíz del problema, si queremos encontrar en el Informe PISA la razón de su promulgación. No se entiende cómo la gran aportación formativa de la norma es la reintroducción de la religión/ética como materias obligatorias y evaluables… cuando precisamente ninguna de ambas forma parte de los conocimientos examinados en PISA.

Expuesto de otro modo, si se pudiera coincidir en el diagnóstico, no se podría decir lo mismo sobre el tratamiento, ni en cuanto a las medidas legislativas ni en cuanto a las políticas públicas que se están aplicando. Al principio decía que la LOMCE es una ley que deriva del diferente modo de entender la educación en España y de que no se haya alcanzado el pacto como cuestión de estado que debiera ser. Pero, además, PISA tiene numerosas carencias a la hora de analizar el sistema educativo, existiendo numerosos elementos que no son analizados.

Del último Informe PISA, el publicado este año, hay un factor que querría destacar, sobre el que no se ha incidido demasiado y que es consecuencia necesaria de las políticas que se han venido aplicando estos años: nuestro sistema educativo favorece la segregación, de muy diversas formas; lo que es un factor muy negativo para la cohesión social. Sólo Eslovaquia y Hungría tienen unos índices de inclusión social inferiores que España.

La cuestión lingüística
Por el otro, dentro de los problemas autonómicos aparece la importante cuestión lingüística en donde ha habido una vocación de resolver los problemas minoritarios (los de los estudiantes que quieran cursar solo los estudios en castellano) y quitar peso relativo a la cooficialidad lingüística. En este sentido, La lengua castellana y primera lengua extranjera se considerarán troncales, pero no las lenguas autonómicas cooficiales, que serán materia de especialidad aunque de estudio obligatorio. Las consecuencias parecen claras.

La LOMCE como problema
Como se ha podido apreciar a través de estos ejemplos -ya que la ley tiene otros muchos problemas-, en mi opinión, la LOMCE no es la solución que merece el sistema educativo español. No lo es por el factor ideológico pero tampoco por el poco peso que se proporciona a las políticas educativas de equidad y calidad.  No hay calidad sin fondos públicos suficientes. Aquí se verá el gran error de este Gobierno: la educación requiere fondos y políticas públicas para mejorar la formación de la ciudadanía. Ir en dirección contraria supone reducir la capacidad del país de ir adelante.

Y, por ello, aunque sea reincidir en el problema de la sustitución de las normas educativas, en este caso, para hacer una sociedad mejor, más y mejor formada, esta norma deberá ser sustituida por otra que garantice una educación de calidad, para una sociedad multicultural, laica, plurilingüística en algunos territorios. Ese debería ser un empeño colectivo, ya que, como señaló Mandela, “la educación es el arma más poderosa para cambiar el mundo”.

jueves, 9 de marzo de 2017

Oposiciones, empates, mujeres y discriminación positiva

Transparencia internacional: Presentación Resultados del INFUT 2016 y de una aplicación sobre Contratos públicos (13.3.2017)

Por Andrés Morey.- Tu blog de la Administración Pública.- Últimamente la Generalidad Valenciana no me deja ocuparme de temas más generales, pues es noticia todos los días y parece querer dar la nota en casi todo. Leo hoy (día de la mujer) en el diario: Las convocatorias de concursos así como los procesos selectivos de acceso, provisión y promoción interna incluirán una cláusula de desempate favorable a las mujeres en el caso de que se encuentren infrarrepresentadas. 

Dicen que es una de las 72 medidas del plan la igualdad de mujeres y hombres de la Administración de la Generalitat. Confieso que si esto es así, a mí la solución no me gusta, pues puestos a discriminaciones positivas se me ocurren un montón más y en los comentarios que siguen aventuro que no voy a ser políticamente correcto, pues sólo creo en el mérito y la capacidad y en formas objetivas de su valoración. De otro lado, si me paso en alguna humorada y molesto a alguien, les ruego que me lo perdonen.

Primero, antes de continuar con las cosas que se me ocurren, (en las que sin lugar a dudas influirá mi condición de hombre y de mi sentimiento como tal) creo que hay que hay que remarcar que la medida sólo corresponde en el caso de que las mujeres estén infrarrepresentadas. Este caso es posible que en la Administración pública sea menor de lo que uno pueda pensar y creo que hoy en día muchas de las carreras que permiten el acceso a la administración general de la función pública hay más mujeres que hombres y con mejores expedientes académicos. Pero el caso es que ahí está el proyecto de medida y si se empata, no hay prórroga, ni penaltis, ni nada más que contar las mujeres. La infrarrepresentación en los concursos de provisión no la entiendo bien, pues si se presentan menos y hay muchas plazas, no se sí se cuenta en el momento de la concurrencia al concurso o de modo singularizado por puestos de trabajo y una vez realizadas la pruebas o medidos los méritos y requisitos, supongo que en este caso, pero el estar infrarrepresentada ¿cuando? 

Sea como sea, cuando algún hombre vea que concurren u opositan más mujeres les sugiero que vean las previsiones del Proyecto de Ley de la Generalitat Valenciana, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y expresión de género en la Comunitat Valenciana , publicado en el BOC 128 de 18 de noviembre de 2016 y más si ya fuera una Ley, puesto que en él y en su Exposición de motivos se dice:

Género
La identidad de género es la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente. Esta circunstancia personal puede corresponder o no con el sexo asignado en el nacimiento, consistente en la apreciación visual de los órganos genitales externos. La existencia de personas trans, cuya identidad de género sentida no corresponde con la que le asignaron al nacer, está presente en todas las culturas de la humanidad y en todo tiempo histórico.

Podemos convenir que uno se sienta ante una concurrencia menor de mujeres como tal pues es humano querer ingresar en la Administración y buscar cualquier camino favorable y evitar inconvenientem así que puede acudir a esa futura ley y acogerse al actual proyectado artículo 3 que dice:

Las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana deberán respetar en todas sus actuaciones el derecho humano a la autodeterminación de la identidad de género y garantizarán el derecho de las personas objeto de esta ley a ser tratadas de acuerdo con la identidad de género a la que sienten pertenecer. La Generalitat velará para que el derecho a la autodeterminación de la identidad de género se integre en la adopción y ejecución de las disposiciones normativas de la Comunitat Valenciana. 

Así al solicitar, como tener una identidad de genero femenino no produce discriminación, por si acaso, al manifestar el genero se pone mujer y ya vas por delante en el tema, pues en todo caso puedes cambiar, ya que los sentimientos son de por sí cambiables. En el caso de que, en el futuro, por ser muchas las mujeres se discriminara en favor de los hombres, todos, mujeres u hombres pueden convertirse en transgénero o transgenérico ¿?. El proyecto en el artículo 4. 1; dice: 1. Identidad de género: vivencia interna e individual del género tal y como cada persona la siente y autodetermina, pudiendo o no corresponder con el sexo asignado en el momento del nacimiento. Y en el punto 5: Transgénero: persona trans que no requiere asistencia médica para adecuar sus características físicas al género sentido como propio. A la situación en que se encuentran estas personas se le denomina transgenerismo. En esta situación ya veremos quien se atreve a discriminarte, dadas las discriminaciones que contempla el artículo y que hay que memorizar para el caso que sea oportuno, si alguien se mete contigo por tu transgenero (lean el proyecto de artículo)

Proyecto
También se puede acudir a lo dispuesto en el artículo 9 del Proyecto que dice: 1. La Generalitat, en el ámbito de sus competencias, deberá adoptar todas las medidas administrativas que sean necesarias a fin de asegurar que las personas objeto de esta ley sean tratadas de acuerdo con su identidad de género. 2. Al objeto de favorecer una mejor inclusión y evitar situaciones de sufrimiento por exposición pública o discriminación, la Generalitat proveerá a toda persona que lo solicite de la documentación administrativa necesaria y acorde a su identidad de género manifestada, que sean necesarias para el acceso a sus servicios administrativos y de toda índole.

Para el caso de imprevisión siempre puedes montar un número y decir que te sientes mujer y que nunca lo habías querido decir y que ante la discriminación que sufres por el empate te autodeterminas mujer en ese momento y que se tome la medida que corresponda para deshacer el empate entre mujeres ya que lo eres y que si no te atienden habrá discriminacion por ser transgénero y que en caso contrario expondrás tu caso en las más altas instancias

Todo tiene solución futura. Pero lo pensado ahora me hace reflexionar sobre cuántas cosas hasta ahora impensadas pueden ocurrir y me viene a la memoria el caso  de la novela de Gore Vidal Myra Breckinridge que fue llevada al cine, por eso de los casos "complicadillos" ellos. Si eres mayor de edad puedes leerla.