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viernes, 27 de marzo de 2020

Puestos públicos interinos renovados año a año


Elderecho.com.- Entiende el TJUE, en su sentencia de 19 de marzo de 2020, que el hecho de que un empleado público haya consentido el establecimiento de relaciones de servicio de duración determinada sucesivas no le priva de la protección que le confiere el Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada.

Varias personas están empleadas desde hace mucho tiempo en el Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, en el marco de relaciones de servicio de duración determinada. Estos empleados públicos solicitaron que se les reconociera la condición de personal estatutario fijo o, con carácter subsidiario, la condición de empleados públicos con un estatuto comparable al de ese personal, solicitud que les fue denegada por la Comunidad de Madrid.

Uno de los objetivos del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada  es establecer límites a la utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada, considerada fuente potencial de abusos en perjuicio de los trabajadores, y que corresponde a los Estados miembros o a los interlocutores sociales determinar, respetando el objeto, la finalidad y el efecto útil de este Acuerdo, en qué condiciones esos contratos o relaciones laborales se considerarán «sucesivos».

Renovación sucesiva
La cláusula 5 del Acuerdo Marco se opone a una normativa y a una jurisprudencia nacionales en virtud de las cuales la renovación sucesiva de relaciones de servicio de duración determinada se considera justificada por «razones objetivas» por el mero motivo de que dicha renovación responde a las causas de nombramiento previstas en esa normativa.

En el presente caso, los sucesivos nombramientos de los empleados públicos afectados no respondían a meras necesidades provisionales de la Comunidad de Madrid, sino que tenían por objeto atender necesidades permanentes y estables en materia de personal del Servicio de Salud de esta Comunidad.

Sobre esta cuestión, el TJUE entiende que existe un problema estructural en la sanidad pública española que se traduce en un elevado porcentaje de empleados públicos temporales y en el incumplimiento de la obligación legal de proveer de manera permanente las plazas ocupadas temporalmente por dicho personal.

El objetivo del Acuerdo Marco que consiste en establecer límites a la utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada se basa implícita pero necesariamente en la premisa de que debido a su posición de debilidad respecto del empleador, el trabajador puede ser víctima de una utilización abusiva, por parte de aquel, de relaciones laborales de duración determinada sucesivas, aun cuando el establecimiento y la renovación de esas relaciones laborales se hayan consentido libremente, y en la premisa de que esta situación de debilidad podría disuadir al trabajador de hacer valer expresamente sus derechos frente al empresario.

Por último, señala el TJUE que el Derecho de la Unión no obliga a un tribunal nacional que conoce de un litigio entre un empleado público y su empleador a abstenerse de aplicar una normativa nacional que no es conforme con la cláusula 5, apartado 1, del Acuerdo Marco, dado que, como esta cláusula no tiene efecto directo, no puede invocarse, como tal, en el marco de un litigio sometido al Derecho de la Unión, para dejar sin aplicación una disposición del Derecho nacional que le sea contraria.

viernes, 14 de octubre de 2016

CSI-CSIF está preparando las primeras demandas de trabajadores interinos

Según Ciudadanos, el sector público es el peor empleador

Revista de prensa. diario.es- El sindicato CSI-CSIF está preparando las primeras demandas de trabajadores interinos y alerta del colapso que pueden generar en los Tribunales.

En declaraciones en el Congreso tras reunirse con el grupo parlamentario de Ciudadanos, el presidente de CSIF, Miguel Borra, ha explicado que han recibido demandas de trabajadores interinos que quieren acogerse a las recientes sentencias del Tribunal de Justicia europeo (TJUE), que les equipara con el personal indefinido.

Por ello, Borra ha mostrado su preocupación porque puedan generar un "colapso de los tribunales españoles", y ha añadido que la solución pasa por la modificación del Estatuto de los Trabajadores y del Estatuto Básico del Empleado Público.

Borras, que se va a reunir con todos los grupos parlamentarios para estudiar dichas sentencias, ha señalado que "hay que analizar el problema de la interinidad en España", ya que se ha realizado "un uso y abuso en las Administraciones Públicas de la contratación temporal".

300.000 en las AA.PP
"Hay casi 300.000 personas en las Administraciones Públicas en situación laboral muy precaria", y se trata de "nuestros médicos, maestros y jueces".

Borras ha señalado también la necesidad de que se reúna la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas para abordar una nueva oferta pública de empleo y subidas salariales para los funcionarios, y ha pedido a Ciudadanos que promueva una iniciativa parlamentaria que reclame dicha revalorización.

Por su parte, el portavoz de Economía de Ciudadanos, Toni Roldán, ha coincidido en el nivel de precariedad del empleo en el sector público, "que es, en muchos aspectos, el peor empleador de España, y eso hay que cambiarlo".

Para Roldán, las sentencias del TJUE "abren una oportunidad enorme para cambiar un marco laboral fracasado, que llevamos 30 años reproduciendo".


Ha considerado que "hay que acabar con la discriminación de temporales e interinos tanto en derechos como en indemnizaciones", por lo que ha reclamado "no poner parches" y abrir una mesa de diálogo en la que sentarse a negociar partidos políticos y sindicatos y construir un nuevo marco laboral equilibrado.