Antonio Arias. Blog fiscalización.es.- Ayer (12.9.2014) se celebró en la Universidad de Vigo la Jornada sobre Responsabilidad de los directivos y autoridades públicas. Se trataba de una sesión con dos ponentes para desarrollar la responsabilidad derivada de los informes de fiscalización y los restantes supuestos, fundamentalmente la via penal y administrativa.
En un entramado procedimental que Olayo entendió caracterizado por la complejidad funcional y orgánica, por la compulsividad y la contradicción, reconoció que la configuración legal en España de la Responsabilidad Contable dejaba bastante que desear:
- El juicio de cuentas no existe, en la práctica.
- Los actos antijurídicos firmes son imposibles de atacar por el TCu
- Las dificultades de perseguir el reintegro de los cuentadantes de hecho y el extraneus.
En ese sentido, el fiscal siempre crítico con la construcción de la responsabilidad contable, vislumbró nuevas perspectivas para trabajar en el futuro desde la fiscalía, en tres nuevas -y poco exploradas- áreas de trabajo:
- El reintegro de subvenciones perjudicadas
- Aspectos de ineficiencia e innecesariedad del gasto
- Ampliación subjetiva del circulo de responsables contables.
Impunidad
Habló de la impunidad de los “pequeños actos” administrativos que impiden a los perjudicados su persecución ante las cuantiosas tasas judiciales. También la desviación de poder (y su prueba diabólica) o la inaplicación del art. 145 LRJPAC que obliga a repercutir en al autoridad o funcionario que causen un quebranto.
Recordó la vigencia del Código de Buen Gobierno de la LTBG (Título II, arts. 25 a 32) desde el día siguiente publicación en el BOE aunque, curiosamente, el órgano encargado de incoar expedientes sigue sin constituirse un año después de su promulgación.
En ese sentido, llamó la atención sobre el Proyecto de Ley que se tramita en el Congreso sobre el ejercicio del Alto Cargo en la Administración del Estado, que tiene carácter supletorio (DA 1ª) para el resto de las AAPP. La futura norma, que eleva a principio general de comportamiento directivo la austeridad y la eficiencia, quiere regular los conflictos de intereses y prevé un régimen sancionador específico.
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