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jueves, 23 de abril de 2020

La Seguridad Social asume la gestión de las pensiones de más de 637.000 funcionarios de clases pasivas

El Ministerio de Hacienda deberá transferir a Escrivá los 15.500 millones para el pago de la nómina anual de este colectivo

Revista de prensa. Cinco Días.- El Gobierno aprovechó el Real Decreto de medidas laborales y fiscales para paliar los efectos de la crisis aprobado este martes para algo que, en teoría, no tiene que ver con el Covid-19. En concreto, para iniciar el traspaso de la gestión de las pensiones de los funcionarios civiles y militares (Régimen de Clases Pasivas) desde el Ministerio de Hacienda –donde han estado siempre hasta ahora– al nuevo Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Varias disposiciones adicionales de este decreto inician este traspaso que se ejecutará definitivamente cuando se apruebe otro Real Decreto de estructura del Ministerio que dirige José Luis Escrivá. Pero, de momento, se aprueba que dicha gestión de pensiones y otras prestaciones del personal del Estado pasarán a depender, primero de manera transitoria de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social y, después, definitivamente del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).

Pero ¿quienes forman parte de este Régimen de Clases Pasivas? ¿Cómo cotizan estos funcionarios? ¿Cómo se jubilan? Actualmente, hay 637.213 funcionarios en Clases Pasivas, la mayoría de ellos de la Administración General del Estado, las Cortes y otras instituciones constitucionales, los militares de carrera y fuerzas de seguridad del estado o la mayoría de los docentes y otros funcionarios transferidos a las comunidades.

Régimen a extinguir
No obstante, se trata de un Régimen a extinguir ya que desde el 1 de enero de 2011 no entran nuevos trabajadores. Aún así, todavía existe el colectivo antes citado de pensionistas y cerca de 700.000 cotizantes cuyas cotizaciones, al igual que estas pensiones, las paga el Estado (que es el empleador) con impuestos. El presupuesto actual para el pago de estas pensiones ronda los 15.500 millones de euros anuales, que, cuando se haga efectivo este traspaso, deberá transferir Hacienda a la Seguridad Social incluidos los gastos de gestión.

El sistema de cotización y jubilación de este colectivo es sustancialmente distinto al del resto de asalariados. Así, en lugar de pagar cotizaciones, el Estado hace su aportación en función de un “haber regulador” que es el equivalente a la base reguladora pero que fija cada año la Ley de Presupuestos para cinco grupos (A1, titulados superiores; A2, titulados medios, C1 administrativos; C2 auxiliares administrativos y E, resto). En este caso, el empleador (el Estado) aporta el 18,3% frente al 23,6% del empresario del Régimen General de la Seguridad Social, y el trabajador (funcionario) pone el 3,86% en lugar del 4,7% de los asalariados del Régimen General.

La pensión también se calcula aplicando un porcentaje al citado “haber regulador” que le corresponda por categorías al funcionario y dicho porcentaje varía en función de los años de servicio y, en este caso se cuantifica con toda la vida laboral. Los funcionarios de Clases Pasivas se pueden jubilar a los 60 años si tienen 30 años de servicio, si bien se les aplica un coeficiente reductor en la cuantía de la pensión, pero no por edad, sino por cada año de servicio previo a los 35 años. Así, si tienen trabajados 35 años al cumplir 60 años no se les aminora la pensión.

El secretario de Acción Sindical de FSC-CCOO, Raúl Olmos, declaró ayer que este sindicato “espera que el cambio de Hacienda a la Seguridad Social no deteriore la calidad de la gestión de las pensiones de los funcionarios”. Mientras que desde el sindicato de funcionarios CSIF, se quejaron ayer de no haber sido consultados y desconfiaban del uso de un Real Decreto del Covid-19 para iniciar este traspaso.

Por otra parte, en la citada norma, la Seguridad Social también decretó que el aplazamiento de deudas con la Seguridad Social que soliciten empresas y autónomos será “incompatible” con la moratoria de cotizaciones para paliar los efectos de la crisis sanitaria en el tejido empresarial.

La Seguridad Social aún no ha publicado la orden ministerial de los sectores que podrán acogerse a la moratoria, el resto deberá optar por los aplazamientos a un tipo de interés del 0,5%, más bajo que el habitual.

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