“Coalición: Reunión de perros y gatos con el objeto de atrapar un
hueso. Si lo atrapan los primeros muerden a los segundos porque
reclaman su parte; si son estos últimos los que lo cogen arañan también;
siguiéndose de aquí que se separan unos de otros con más encarnizamiento que
nunca” (Juan Rico y Amat, Diccionario de los políticos,
Imprenta F. Andrés y Compañía, Madrid, 1855. Subrayado en el texto del
autor)
Por Rafael Jiménez Asensio. La Mirada Institucional blog.- - Aunque ha sido difundido en unos días en que todos pensamos
más en las celebraciones, considero necesario abrir un hueco y reflexionar en
voz alta sobre sus consecuencias. Cada lector pondrá el foco en aquellos
aspectos que le interesen o afecten. Por mi parte, he leído el Acuerdo de
coalición PSOE-UP, titulado “Coalición Progresista. Un nuevo Acuerdo para
España”, con la mirada puesta en los temas institucionales. Y ya les anticipo
que, salvo aspectos muy puntuales que luego citaré, la frustración que me ha
despertado su contenido es muy elevada. Por tanto, este análisis debería ser
necesariamente breve, pues prácticamente nada se dice, salvo lugares comunes,
sobre un tema que es muy importante ante el desgaste, descrédito y pérdida de
confianza de la ciudadanía en el sistema institucional, que desde hace algunos
años se cae a pedazos. Da la impresión que, sin embargo, el documento es ajeno
a la crisis institucional que nos invade, ignorándola (casi) por completo.
Con una redacción plana de periodismo raso, sin apenas
presentación, sorprende, así, que en un documento de 50 páginas las cuestiones
institucionales se despachen en unos pocos y escasamente trabajados párrafos,
frente a la importancia que en términos de extensión se le dan a otros muchos
temas, sin duda más populares. Tal vez las cuestiones relativas a “Regeneración
democrática y transparencia” son, junto con las de Justicia eficaz (que
aquí no se tratarán), las que han merecido mayor atención (un poco más de media
página por lo que afecta a las primeras, pero al menos incluyen 9 puntos u
objetivos). Sin embargo, una lectura atenta de esas propuestas no pueden sino
sumirnos en una cierta perplejidad.
En efecto, si comenzamos con la elección y renovación de los
órganos constitucionales y organismos independientes, en cuyo listado se
advierte alguna omisión clamorosa (por ejemplo, la Agencia Española de
Protección de Datos o las renovaciones parciales del Tribunal Constitucional y
de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia), nada parece que
cambiará, pese a las apariencias, en el modo y manera de designar a tales
miembros: todo apunta a que el reparto por cuotas políticas seguirá siendo la
regla dominante tan apreciada por una política clientelar de uno u otro signo,
solo atemperada en el Acuerdo por un evanescente compromiso de que “en los
acuerdos parlamentarios de consenso” que se trencen se primará (ya veremos
cómo) “los principios de mérito, capacidad, igualdad, paridad de género y prestigio
profesional”, algo que realmente solo se puede obtener mediante concursos
abiertos o convocatorias competitivas, una modalidad que ni en sueños aparece
reflejada en ese documento. Dicho en lenguaje más llano: el reparto del botín
entre los “amigos políticos” seguirá siendo –salvo sorpresas agradables, que no
se esperan- el sistema de designación para tales responsabilidades públicas,
edulcorado –cabe presumir- con airear los currículum tan acreditados (aunque ya
nadie crea en esos historiales engordados artificialmente) que ostentarán
quienes sean elegidos finalmente por el dedo democrático.
La corrupción está muy bien que se afronte, pues es un
gravísimo problema que anega la vida pública y los cimientos de la sociedad,
pero difícilmente se resolverá tan gruesa cuestión sólo con leyes y más leyes.
No parece que los redactores del Acuerdo hayan leído con atención el último
Informe sobre España del GRECO (editado el 13 de noviembre de 2019; ver: https://rafaeljimenezasensio.com/documentos/),
donde se aboga por medidas preventivas que ni siquiera aparecen de refilón en
tal documento. Todo se fía a la Ley y al valor taumatúrgico del BOE, que
publicará las normas que se promueven y que luego no se aplicarán o
desfallecerán en su puesta en práctica. La fiebre reguladora se extenderá
además a los lobbies y a la transparencia, a la reforma de la propia
Constitución (aforamientos), a la ley de incompatibilidades y a la ya
envejecida prematuramente Ley de Transparencia. Imponer la probidad a golpe del
BOE representa un necesario, pero a todas luces insuficiente, modo de afrontar
el problema. Ni una sola referencia a la integridad institucional ni a los
sistemas de esa naturaleza. Nada sobre cultura ética ni rastro de códigos de
conducta y marcos de riesgo. Pobre, muy pobre.
Si el foco lo ponemos sobre la Administración Pública, se
advertirá de inmediato que la apuesta por una Administración digital, más
abierta y eficiente, puede ser compartida por la totalidad de los ciudadanos.
El Plan de Digitalización es su buque insignia, y el impulso de la
digitalización su camino. Nada que objetar, sino todo lo contrario. No
obstante, se reitera o repite la reforma de la Ley de Transparencia, aunque en
este caso se concreta la aprobación del largamente esperado (tras más de cinco
años) Reglamento de desarrollo (ya elaborado). La extensión de la carpeta
ciudadana es una buena línea de trabajo. Tampoco cabe objeción alguna. Y la
apertura de los datos de la Administración es un necesario reto que debe
cohonestarse con la eficiencia y la protección de los datos de carácter
personal (un tema que hubiera requerido algún apartado específico). La compra
pública innovadora también forma parte de los píos deseos del nuevo Gobierno.
Así como la digitalización del sector público empresarial. No hay, en este
punto, cosas que chirríen, tal vez algunas ausencias. Es la parte institucional
más engrasada, dado que la política de Administración digital tiene ya largo
recorrido en la AGE.
Fiasco con el empleo público
El fiasco monumental viene cuando se trata de reflejar las
medidas propias del empleo público. Llama la atención sin duda que estas se
despachen a modo de telegrama, salvo en lo que respecta a los servicio de
prevención y extinción de incendios y salvamento (SPEIS), un ámbito al que
sorprendente y desproporcionadamente se le dedica más de la mitad de la
extensión de las propuestas relativas al empleo público. Tal vez de forma
maliciosa se podría pensar que ello se debe a que ese futuro Gobierno de coalición
deberá “apagar muchos fuegos” (políticos o sociales, se entiende; pero también
internos), pues si no sencillamente no se puede comprender cómo los SPEIS
puedan ser para los redactores del Acuerdo el punto más relevante de la
inevitable y necesaria transformación del empleo público, a la que solo se le
dedican lugares comunes y objetivos de una pobreza conceptual y estratégica
sencillamente supinos. Por fin, tras décadas de estudio, he comprendido que el
problema existencial de la función pública española radica en los bomberos.
Paradojas de un país a veces incomprensible.
No hay, en efecto, en el citado Acuerdo ni una sola
referencia a los temas claves que afectan a la función pública en estos
momentos y, sobre todo, a los que se deberá enfrentar la institución en la
próxima década, por no decir de forma inmediata. Tales como el impacto del
envejecimiento de las plantillas y el necesario relevo generacional, unido al
dato de las consecuencias que la revolución tecnológica tendrá, más temprano
que tarde, sobre los perfiles de empleos públicos que requerirá la
Administración Pública (Gorriti, 2019). Los problemas de selección se
identifican en los Acuerdos cuando se trata de los jueces (Elisa de la Nuez),
pero no en la función pública, aunque sus métodos de reclutamiento estén en
este último caso tan periclitados o casi como en el de sus señorías. De las
titulaciones STEM se habla en el capítulo de la política feminista (como cierre
de la brecha de género educativa y profesional), pero no se hace mención alguna
a la necesidad que tendrá la Administración Pública de dotarse de tales
perfiles profesionales. Tampoco hay referencia de ningún tipo (y aqui los
silencios son muy medidos) a la profesionalización de la dirección pública, con
lo que no le den muchas vueltas al tema: la colonización política o de las
clientelas de los partidos de la alta dirección pública seguirá siendo la nota
existencial en la provisión de tales niveles, solo que ahora incrementada
puesto que los partidos en liza son más (PSOE, UP e IU, debiendo atender
también sus cuotas territoriales).
Lo más cándido de los Acuerdos en materia de empleo público
consiste en la propuesta de aprobar “un Plan de Formación y capacitación de los
empleados públicos”. ¿Es que no existía?, ¿cuál es, por tanto, la novedad? Se
lo podrían haber ahorrado o insertarlo de otro modo. No quiero desmerecer a la
formación, cuyo rol en el proceso de adaptación del empleo público a la
revolución tecnológica será determinante, pero nada de eso se dice. Y no
digamos de la revisión del “contrato de interinidad en la Administraciones
Públicas”, que presumiblemente se debe referir de modo elíptico e incorrecto a
reducir la interinidad en el empleo público y, pongámonos a temblar, a
aplantillar por determinación legal o mediante procedimientos espurios a todo
el personal interino existente (aunque eso, en honor a la verdad, no se dice en
el Acuerdo y deriva de mi propia cosecha, siempre tan ensoñadora y malpensada),
una tendencia a la que el grupo UP ya mostró sus debilidades en la Asamblea de
Madrid la pasada legislatura.
El Acuerdo aboga de modo expreso por la elaboración de un
nuevo Estatuto de los Trabajadores para el siglo XXI, centrando una de sus
exigencias precisamente en su adaptación a la revolución tecnológica (que transformará
de raíz la concepción tradicional del empleo), pero en lo que al empleo público
respecta ni siquiera se aproxima a esa realidad, como si la función pública
quedará inmunizada de tales tendencias por el sacrosanto caparazón de la
inamovilidad funcionarial. Convendría que se hubiesen planteado sensatamente si
tiene sentido hoy en día la dualidad de regímenes jurídicos
(funcionarios/laborales) en el empleo público (más concretamente la dualidad de
jurisdicciones para conocer de los litigios del empleo público), pues si se
renueva el Estatuto de los Trabajadores y, a su vez, se deja inmaculado el
estatuto de los empleados públicos, el problema heredado se puede agravar.
En fin, confiemos en que en la formación ministerial, en las
decisiones estructurales y en el pulso cotidiano, el futuro Gobierno enderece
esas primeras imprecisiones y tape inteligentemente las innumerables carencias
que se advierten en el Acuerdo de coalición en lo que al sistema institucional
respecta. Pero el arranque no es ciertamente para tirar cohetes. Más bien llena
de preocupación que un sistema institucional, una Administración Públicas y una
función pública que están plagadas de desafíos e incertidumbres haya merecido
tan poca atención en lo que pretende ser una hoja de ruta del futuro Gobierno.
Al menos en estos temas aquí analizados (esto es, desde la perspectiva
exclusivamente institucional) lo único que se advierte es que el futuro timonel
carece de carta de navegación fiable. Más le valdrá que se provea pronto de
ella. Por el bien de todos aquellos que vamos en la nave. Y más concretamente
de nuestras maltrechas instituciones, a las que desgraciadamente nadie atiende
si no es para prevalerse de ellas.
ADENDA: EL NIVEL LOCAL DE GOBIERNO EN EL ACUERDO DE
COALICIÓN
El nivel local de gobierno, en lo que a su autonomía
respecta, parece resultar mejor tratado en el Acuerdo, aunque sus propuestas se
limiten a derogar la Ley 27/2013, de racionalización y sostenibilidad de la
Administración Local (¿lo admitirá la Comisión Europea en lo que afecta a
sostenibilidad financiera?) y a unos vagos compromisos en materia de
financiación municipal (mediante una redefinición de los tributos locales). No
se anuncia, sin embargo, la aprobación de un nuevo marco normativo básico,
salvo en lo que respecta a materia tributaria, cuando la Ley de Bases de
Régimen Local ofrece ya (tras casi treinta y cinco años de vigencia) síntomas
de agotamiento absoluto y de clara inadaptación a las exigencias actuales de
los ayuntamientos. Se requiere, sin demora, afrontar una redefinición del marco
normativo básico local. Aunque mucho mejor sería reformar la Constitución y
fortalecer, así, el nivel local de gobierno (una propuesta que el profesor
Manuel Zafra lleva tiempo defendiendo). De todos modos, regular el nivel de
gobierno local es diseñar un marco institucional sobre el que se debiera
alcanzar el máximo consenso político, pues dejar la regulación a los humores
políticos de una mayoría parlamentaria transitoria es cometer los mismos
errores en los que se incurrió en la reforma local de 2013. En materia de las
competencias municipales se pretende su “ampliación”, olvidando que el
legislador básico de régimen local no atribuye competencias propias a los
municipios sino que garantiza un estándar de autonomía municipal que deberá ser
respetado por el legislador sectorial autonómico, que -junto con el estatal- es
quien determina qué competencias propias tienen los ayuntamientos (por todos,
Francisco Velasco). Es sintomática la ausencia de cualquier referencia a las diputaciones
provinciales, lo que abre la duda sobre cuál es el futuro que se le depara a
tales instituciones en la estrategia del futuro Gobierno. Pero ciertamente,
impulsar la política de “revertir la despoblación” a la que se le dedica un
amplio espacio en el Acuerdo requerirá superar las enormes limitaciones que
tiene la atomización de la planta municipal y en esa línea el papel de las
diputaciones provinciales como de las fórmulas de asociación municipal o las
propias comarcas, no puede ser despreciado. Sorprende, en todo caso, que en
materia local no se haga ninguna referencia a los Objetivos de Desarrollo
Sostenible de la Agenda 2030 (solo citada en un momento cuando se habla de la
Unión Europea y de la internacionalización).
Hay algunas otras referencias puntuales a las
entidades locales (que se siguen denominando en varios pasajes como
“Corporaciones locales”), así algunas más a los ayuntamientos (por ejemplo, en
materia de vivienda, alquileres y personas sin hogar), pero se echa de menos
una concepción más holística del nivel local de gobierno como una estructura
institucional de proximidad que presta servicios a la ciudadanía en aquellos
ámbitos en los que el resto de los poderes públicos no alcanzan a cubrir, lo
que requiere asimismo una financiación complementaria. Los ayuntamientos
representan el nivel de gobierno con mayor legitimación social de las
estructuras gubernamentales, sin embargo han estado hasta ahora escasamente
atendidos (cunado no completamente olvidados) por las agendas políticas. El
Acuerdo de Coalición no termina de acertar en el enfoque institucional de la
realidad local, aunque muestre algunas propuestas de interés, otras de marcada
ingenuidad (derogar toda la LRSAL), aspectos marcados por la
ambigüedad y algunos silencios que son, cuando menos, reveladores (en el
documento no se cita ni una sola vez la expresión “diputaciones” ni tampoco
“provincias”). En todo caso, habrá que esperar cómo se articulan efectivamente
esas aún abstractas propuestas, pero ya se dan algunas pistas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario