Por Francisco Sosa Wagner.- EsPúblico blog.- El debate es de larga data en Europa y se reactiva con
frecuencia. Se trata de analizar la vieja garantía institucional de la
autonomía local en el contexto de la Unión Europea que es lo mismo que decir en
el contexto del nuevo mundo que se está alumbrando ante nosotros.
Los fondos Feder implementan muchos proyectos municipales |
Porque otra forma de europeización consiste en la
vinculación de los Ayuntamientos a los programas puestos en marcha por las instituciones
de Bruselas a los que se acogen, unas veces de forma voluntaria, otras no
tanto, para obtener fondos y ayudas económicas con los que hacer frente –con
su cofinanciación- a necesidades tradicionales o a nuevos desafíos.
Europa liberalizadora
Hay otro componente relevante en este debate: los municipios
se han visto muy determinados por la legislación europea en relación con la
prestación de servicios porque era el local un ámbito propicio para la gestión
monopolística o pública de determinados servicios mientras en Europa se
desataba el vendaval liberalizador. De ahí han venido las privatizaciones
aceleradas y, pasados los años, las remunicipalizaciones de las que algunos nos
hemos ocupado en este Blog. Como se ve, todo un temblor producido en el seno de
sus estructuras más profundas el que han padecido los modestos Ayuntamientos.
No extraña por ello que el mundo local se haya puesto en
movimiento y fruto de ello son algunos logros que, con todo, no son enteramente
satisfactorios: la creación de una instancia en el seno de la Comisión europea
encargada de atender las demandas municipales así como su participación
(limitada) en el Comité europeo de las Regiones. En el Tratado de Lisboa
el legislador le hizo unas caricias al poder local, concretamente en el
artículo 4, 2 donde hay una referencia explícita a la autonomía local y en el
artículo 5, 3 al hilo de la garantía establecida para preservar el principio de
subsidiariedad que puede llevar hasta la presentación de demandas ante el
Tribunal de Justicia de Luxemburgo.
Todo esto no es intrascendente pero yo me permito aconsejar
a los representantes municipales que sean activos ante las instituciones de
Bruselas como “grupos de presión” (o lobbys”) cada vez que existan – y son
legión- normas o dineros que puedan afectarles. Se suele creer que quien
pertenece a un lobby es un sujeto artero, corruptor, que mediante promesas,
dádivas u otras añagazas consigue que el Parlamento europeo apruebe una
directiva o un reglamento que se ajusta a sus intereses o que la Comisión ponga
en circulación una iniciativa que le beneficie.
Las cosas son en puridad bastante más complejas (y de esa
complejidad nos hemos ocupado Mercedes Fuertes y yo en nuestras “Cartas a un
euroescéptico” (Marcial Pons, 2013). En este momento procede recordar simplemente
que el Parlamento europeo y la Comisión Europea disponen de un Registro llamado
precisamente de transparencia que trata de ofrecer a los ciudadanos y las
personas que trabajan en las instituciones una información adecuada sobre las
organizaciones que participan en la elaboración de las políticas de la Unión
europea. Abierto a todo tipo de organizaciones destinadas a ejercer “presión”,
en el Registro tienen especial cabida las organizaciones no gubernamentales,
las asociaciones profesionales y comerciales, empresas de diversos sectores,
consultorías de relaciones públicas, sindicatos, grupos de reflexión, bufetes
de abogados o de economistas etc. Y es de fácil acceso en la Red.
Municipios "lobistas"
Los municipios no tienen nada que ocultar y por tanto deben
ser “lobistas” siempre que se conduzcan con la transparencia que deben
observar como Administraciones públicas.
¿Es pues la integración europea un peligro para la autonomía
de los municipios? En parte así parece expresarlo el Profesor Markus Reiners
(docente en Hannover) en un documentado Dictamen sobre las estructuras locales
y las decisiones en el marco europeo (que puede consultarse en alemán en la
red).
Coincidiendo con él en lo básico, me permito precisar que lo
urgente es enfrentarnos de nuevo a la citada autonomía local y volver a
definirla ante las nuevas circunstancias y ante los nuevos conflictos y
aprietos. Téngase en cuenta que su diseño procede de la Ley Fundamental de Bonn
(1949), acogido por la nuestra Ley básica, a su vez impregnada de los trabajos
de los juristas alemanes de Weimar, señaladamente de Carl Schmitt que es quien
se inventó lo de la “garantía institucional”.
De manera que un tratamiento de rejuvenecimiento en una
clínica acreditada no le vendría mal. Ya existen trabajos valiosos pero
insistir en ellos, en nuevas tesis doctorales, será siempre positivo habida
cuenta de que el municipio es el ancla con que nos sujetamos a la tierra.
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