Otro post de interés. Por Sergio Jiménez: Analítica Web Pública blog. ¿Llaman las Administración y ciudadanía “buen servicio público” a lo mismo ?
Por Fernando Castro Abella. Blog EsPúblico.- La Constitución Española (artículo 103.3) señala que el acceso a la función pública será de acuerdo con los principios de mérito y capacidad. Pese a ello, en innumerables ocasiones encontramos casos en los que durante años una plaza de funcionario es desempeñada por un funcionario interino.
Por Fernando Castro Abella. Blog EsPúblico.- La Constitución Española (artículo 103.3) señala que el acceso a la función pública será de acuerdo con los principios de mérito y capacidad. Pese a ello, en innumerables ocasiones encontramos casos en los que durante años una plaza de funcionario es desempeñada por un funcionario interino.
Para ser funcionario en propiedad han de superarse pruebas
selectivas, en muchos casos de extraordinaria dificultad, pero para ser
interino puede bastar haberse apuntado en una bolsa de empleo antes que otros o
tener más obligaciones familiares para acreditar mayor mérito y capacidad que
otros candidatos. Cuando no se contrata directamente al que se quiere dar
empleo, sin dar más vueltas a la cosa.
Es tradicional que unos Partidos Políticos acusen a otros de
emplear a sus afines, pero el fenómeno de la interinidad prolongada se da en
Administraciones de todos los colores políticos, salvo el color de aquellos
Partidos que no gobiernan en ningún sitio.
Ante estos antecedentes de hecho, en alguna ocasión me he
permitido señalar la conveniencia de reconocer derechos de consolidación de
empleo, antigüedad, etc. a las personas que, tras acceder por la vía que sea a
un puesto de funcionario interino, lo desempeñan durante muchos años. Si
alguien sin los mínimos requisitos de mérito y capacidad desempeña un puesto,
se debería pedir responsabilidad a quien le dé tal empleo, y si se mantiene en
él más de un lustro, quienes no han hecho lo necesario para cubrir la plaza en
propiedad ni sustituir al incapaz deberían dar muchas explicaciones. En
resumidas cuentas, si el interino se eterniza en el puesto, cuando se le deje
en la calle se le debería indemnizar igual que en caso de despido improcedente,
y el importe de la indemnización se debería repercutir a los responsables de
esa interinidad anormalmente larga.
Por otra parte cabe observar el fenómeno contrario al
amiguismo en muchas pruebas de acceso al empleo público. Preparando las clases
para impartir un curso, decidí incluir como final del mismo la resolución de
unas preguntas tipo test, las cuales saqué de exámenes reales, puestos por
Tribunales de pruebas de acceso y me llevé la sorpresa de que no se trataba de
poner preguntas que permitieran evaluar los conocimientos del examinando, sino
de poner sucesivas trampas que permitan inducirle a error. Así unas preguntas
dan como respuestas diversas alternativas que aparentemente son todas
correctas, mientras que otras reproducen un texto sacado de parte de la Ley, alternando
dos sinónimos o modificando una preposición o una coma, de modo que quien no
haya memorizado el texto de la norma al pie de la letra incurra en error.
También pude encontrar preguntas cuyas diversas respuestas eran correctas, pero
solamente se computará como acierto la opción que recoge todas en una. Para
colmo encontré una pregunta trampa de estas en las que la respuesta que se daba
como válida era la B, cuando la que correspondía con la literalidad de la norma
era la A.
Tribunales de selección
Meditando sobre el tema valoré si es que en los Tribunales
de selección de personal se infiltran mentes enfermas, que disfrutan haciendo
sufrir a la gente, pero llegué a la conclusión que no se trata de eso, sino de
ganas de trabajar poco. Si en un primer ejercicio logro suspender a la inmensa
mayoría de aspirantes, en el caso práctico tendré que corregir solo unos pocos
ejercicios. ¡Lástima que en la criba puedan caer los más preparados, pero menos
observadores de las trampas de la selva!
Pero parece recomendable que los examinadores se tomen las
cosas con más filosofía. En una reciente prueba para acceder a una bolsa de
empleo, de la que se seleccionan las personas que deben cubrir las necesidades
ocasionales del Ayuntamiento, suspendió tanta gente que los aprobados no llegan
para cubrir las necesidades actuales, mucho menos las que se produzcan a lo
largo del año. Y el suspenso por falta de conocimientos memorísticos es para
cubrir puestos de limpiador, conserje, etc. Al final la falta de bolsa
obligaría a recurrir al famoso dedo señalador de las personas que reúnen mérito
y capacidad…
No hay comentarios:
Publicar un comentario