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jueves, 31 de octubre de 2024

«En casa del herrero,…»: la evaluación de la investigación

Esta entrada ha sido publicada originalmente en Universidad Sí, pero me pareció que el asunto merece toda la difusión posible y por esto la reproducimos aquí.

Antonio Cabrales  .- Nada es Gratis blog- Durante los últimos tres años he sido presidente del panel de Economía de la Agencia Estatal de Investigación. He aprendido algunas cosas interesantes. Por ejemplo, mis colegas no se parecen mucho al estereotipo del homo oeconomicus/femina oeconomica. Dado el trabajo inmenso que hacen intentando que el dinero público llegue a las mejores manos, con una bajísima compensación monetaria y ninguna profesional, más bien se los hace merecedores de pertenecer al género altruisticus. Otra cosa menos optimista que he aprendido es que el status quo de los procedimientos de evaluación es carísimo. Y les voy a presentar una evidencia que me hace pensar que es extraordinariamente ineficiente.

Aunque la Agencia evalúa muchas cosas, hay dos tipos de programas que sobresalen. Por una lado están los de “Generación de Conocimiento” que se dan a grupos de investigadores para realizar un proyecto. Por otro lado los programas de “recursos humanos” para investigadores individuales que se van a integrar a equipos o departamentos, como Juan de la Cierva y Ramón y Cajal. En los dos casos, los investigadores responsables presentan un programa de trabajo, el “proyecto”, y su CV. Luego, un grupo de entre tres y cinco científicos estudia esos materiales. Esto, claro está, después de un filtro del personal de la Agencia para eliminar candidaturas que no se ajustan a los términos de la convocatoria. Este año había unos 300 proyectos de Generación de Conocimiento candidatos en el área de economía.

Si cada proyecto se estudió durante una hora por parte de cinco científicos imaginen el coste de oportunidad, la cantidad de investigación científica que esta gente dejó de hacer por evaluar esos proyectos. Aparte del esfuerzo de los científicos que han escrito los proyectos, posiblemente varias semanas para cada uno. A todos los economistas con los que he hablado les llaman la atención que se dediquen tantos recursos a estas actividades y nos gustaría saber si se pueden ahorrar algunos. Sobre todo, teniendo en cuenta que la cantidad media destinada a financiar esos proyectos es de entre 50 y 100 mil euros para equipos de entre 3 y 6 personas de media para unos 3 años. Vamos, son unos 5000 euros por persona y año, algo que en cualquier departamento razonable de USA o UK te dan como fondo de investigación solamente por ser miembro activo del departamento.

Dado el propósito de la Agencia, lo natural sería que el procedimiento se hubiera evaluado para ver si es coste-efectivo. Pero que yo sepa no se ha hecho. Ya saben, en casa del herrero, cuchillo de palo. El sistema ya era así cuando me doctoré, en 1993, y la Agencia aún no existía. Por suerte, mi colega Anxo Sánchez me ha sugerido que lea una evaluación que se ha hecho en los Países Bajos que sugiere muy fuertemente que el sistema es ineficiente, y debería estudiarse seriamente un cambio.

El artículo en cuestión tiene un título muy descriptivo: “¿Importan los textos de las solicitudes de proyectos para las decisiones de financiación?: un experimento de campo.” Spoiler alert: no importan. Pero veamos cómo lo demuestran los autores (Müge Simsek, Mathijs de Vaan y Arnout van de Rijt). En primer lugar, el método es una evaluación aleatorizada, es “gold standard” de la evaluación en ciencia. Y, en segundo lugar, es una evaluación de campo, con solicitudes reales y en un entorno con consecuencias, no un experimento de “laboratorio”.

El experimento se realizó con las 182 candidaturas procedentes de los ocho paneles de ciencias sociales y humanidades de la Agencia de Evaluación de los Países Bajos. Cada una de las 182 solicitudes se asignó a dos panelistas de la forma habitual y a otros dos panelistas “en la sombra”. Todos los panelistas tenían que evaluar las solicitudes con tres puntuaciones en una escala de 1 (excelente) a 9 (malo):

Una para la calidad del investigador (puntuación del CV),

Otra destinada a la calidad, el carácter innovador y el impacto académico de la investigación propuesta (puntuación de la propuesta)

La tercera se aplicaba al potencial de utilización del conocimiento para la sociedad y para la economía (puntuación de utilización del conocimiento).

Este sistema es muy parecido a lo que se hace en España, y en otros países para los que he hecho evaluaciones.

Los panelistas en la sombra se asignaron de manera aleatoria a dos categorías, en una de ellas veían la propuesta completa y el CV, y en la otra solamente el CV y un resumen de la propuesta. Los resultados son bastante llamativos. Los porcentajes de desacuerdo en los rankings o en las notas son estadísticamente iguales en los dos tratamientos, tanto en el ranking general como desagregando por cada uno de los ítems a valorar. Vamos, que si se mezclan los evaluadores de las dos condiciones los resultados habrían sido estadísticamente equivalentes.

No creo que a ninguno de mis lectores que hayan vivido estos procesos en primera persona les sorprenda mucho el resultado. El CV de una persona es un predictor bastante bueno de los resultados que va a obtener en su investigación subsiguiente. Y es verdad que los proyectos dan algo de información sobre la trayectoria futura. Pero ¿de verdad hace falta torturar a los candidatos y a los evaluadores con la configuración de un proyecto para conseguir 5000 euros al año si podemos juzgarlos mirando su CV?

Obviamente, este procedimiento no sirve para todo. Los investigadores más jóvenes pueden no tener un CV tan voluminoso como para juzgarlo, pero los investigadores principales de los proyectos de generación del conocimiento suelen estar bastante consolidados.

Y nos puede preocupar que este sistema diera siempre el dinero a las mismas personas. Pero fíjense en que el artículo que les he compartido ya dice que hay desacuerdos incluso en el juicio de los CV, de manera que esto no es completamente cierto. Y si se quiere introducir un poco más de aleatoriedad para evitar el Efecto Mateo y posiblemente la ausencia de ideas novedosas, otro sistema interesante es dar unos cuantos proyectos “al azar”.

Lo describe muy bien aquí la directora de la fundación Novo Nordisk, Lenne Oddershede, que ya está decidiendo así sus proyectos. Siempre hay un, digamos 10% de proyectos que son financiables con seguridad. Luego otro 20% deberían serlo “si hay dinero”, pero no hay dinero para todostodos los que sepresentan, como es obvio..

Nuestros comités, como los suyos, pasan casi todo el tiempo discutiendo estos. La decisión de la fundación ha sido dar estos proyectos al azar a la mitad de ellos. Se han basado en un interesante informe de la Real Academia Danesa de Ciencias y Letras. Igual se lo comento otro día, pero por hoy ya he abusado mucho de su paciencia. Espero al menos haber incitado a un debate que se me antoja muy importante.

martes, 29 de octubre de 2024

La transparencia de las autorizaciones de teletrabajo

"Existe un evidente interés público en conocer los puestos de trabajo que han sido expresamente autorizados para ser desempeñados en la modalidad de teletrabajo"

Por  mablanescliment.- Una persona presenta una solicitud de acceso a la información pública para obtener una copia, sin datos personales, de todas las resoluciones de autorización de la prestación de servicios mediante la modalidad de teletrabajo al personal de una concreta dirección general emitidas durante un determinado mes. Se interesaba expresamente que se indicara el puesto de trabajo y el detalle de los días en los que se autoriza la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo.

La Administración facilita parte de la información solicitada, sin datos personales. Sin embargo, no le entrega al solicitante el dato referido al concreto puesto de trabajo, sin dar ninguna explicación.

La persona afectada reclama ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), quien, mediante la Resolución nº, 500, de fecha 13/9/2024 (pinchar aquí), ordena a la Administración facilitar también el dato sobre los puestos de trabajo afectados, eso sí, de forma agregada.

La Administración expuso ante el CTBG que no había facilitado la información sobre los puestos de trabajo porque el dar acceso a la denominación del puesto supondría identificar claramente al empleado público que lo desempeña, dado que muchos puestos en la organización tienen una configuración única. Por ello, identificar los puestos equivaldría a no anonimizar la información.

Asimismo, la Administración afectada también alegó que la información que se publica en la página web es únicamente el organigrama general que incluye al titular de la Consejería, Viceconsejería, Direcciones Generales y jefes de Servicio, sin que se desarrolle más a fondo la estructura, y no extendiéndose la publicación a los nombres y apellidos del resto de los empleados públicos de la Consejería.

El CTBG inicia la fundamentación de su Resolución transcribiendo parte de la STS de fecha 5514, de 11 de diciembre de 2023 (pinchar aquí), en la que se destaca que la regla general, por lo que respecta al acceso a la información pública del personal que trabaja para organismos pertenecientes al sector público, debe ser la transparencia en los criterios de nombramiento, titulación y cualificación requerida y retribuciones percibidas.

Respecto a la concreta pretensión de que se proporcione la información sobre las autorizaciones de teletrabajo concedidas en relación con los concretos puestos desempeñados por los empleados públicos, el CTBG señala que, si bien es cierto que la denominación del puesto en el caso que sea singular y no integrado en un grupo mayor pudiera indirectamente permitir la identificación del tercero afectado, no es menos cierto que esa identificación indirecta es fácilmente eludible facilitando la información de forma agregada, ya sea por unidades orgánicas o funcionales.

En mi opinión, existe un evidente interés público en conocer los puestos de trabajo que han sido expresamente autorizados para ser desempeñados en la modalidad de teletrabajo. Es la única manera de poder comprobar si se respeta la legalidad vigente, pues no existe libertad para saltarse las normas.

Hay que tener en cuenta que el teletrabajo no debe provocar un vaciamiento de las oficinas públicas que impida o dificulte el derecho que tienen las personas a acceder a los servicios públicos y a ser atendidos de forma presencial en dichas oficinas, ya que la ausencia física de empleados propicia la ilegal e injusta exigencia a los ciudadanos de obtener una cita previa de modo obligatorio para poder ser atendido.

Es necesario recordar que el artículo 3.1., apartados a) y b) de la Ley 40/2015 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, impone a las Administraciones públicas el respeto de los principios de servicio efectivo y proximidad a los ciudadanos.

sábado, 26 de octubre de 2024

El Supremo protege la privacidad de los funcionarios en el uso de sus ordenadores

"El Tribunal Supremo no comparte este criterio y deja claro que el derecho fundamental del funcionario a la protección de datos subsiste en el ámbito de la Administración pública a la que presta servicios"

 Por José Ramón Chaves.- delaJusticia.com blog.- - Nuevos derechos en nuevos tiempos. Dado que la Administración Pública tiene el privilegio de que las vulneraciones a la normativa de protección de datos no comportan sanción sino mero reproche formal, se plantea la cuestión de si el funcionario público en relación con su Administración cuenta o no con el mismo régimen que un trabajador goza en la empresa privada en cuanto a protección de datos, y en particular si el empleador público puede acceder a su ordenador en la oficina pública, o en qué condiciones.

 Si bien el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD)  afronta la cuestión del control de los medios puestos a disposición de los empleados, se planteo directamente ante la sala contencioso-administrativa del Tribunal Supremo si a la Administración pública le son de aplicación los principios de la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos «Barbulescu 2» de 5 de septiembre de 2017, que incorporó el llamado «Test Barbulescu» (relativo al uso del control del ordenador), que impone que la vigilancia del uso de ordenadores por los empleados se someta a varios criterios:

-Principio de información previa del control a efectuar, y medidas  que se adoptarán

-Principio de necesidad

-Principio de justificación

-Principio de idoneidad

-Principio de proporcionalidad

-Principio de transparencia

Las consecuencias son relevantes, pues si tales principios son aplicables a las Administraciones públicas, si el empleador examina los ordenadores de sus empleados saltándose esos criterios, se producirá la vulneración del derecho fundamental a la intimidad, al secreto de las comunicaciones y a la protección de datos personales establecidos en el art. 18 de nuestra Constitución. El test Barbulescu ha sido aplicado con naturalidad por la sala penal del Tribunal Supremo (STS de 24 de enero de 2022,rec.134/2020), o por la Sala Social del mismo (STS de 8 de febrero de 2018, rec.1121/2015).

La cuestión ha saltado a la palestra casacional en relación con su aplicación en las Administraciones públicas, de la mano de la reciente sentencia de la reciente sentencia de la sala tercera de 7 de octubre de 2024 (rec.6949/2022). Veamos el novedoso criterio de la sentencia.

Los antecedentes del caso son llamativos para la administración local. La Alcaldía promovió la incoación de expediente disciplinario a la interventora-tesorera, tras haber solicitado la intervención de un responsable informático como administrador del sistema para acceder al ordenador de la funcionaria, y según resume la sentencia  “al haber aparecido documentos en el escáner y la impresora que podrían suponer que la reclamante realiza actividades personales o profesionales dentro de la jornada de trabajo que nada tienen que ver con sus funciones de tesorera y que incluso podrían resultar incompatibles, mediante providencia de 26/02/2018, se ordenó al departamento de informática que investigue los documentos del ordenador personal de trabajo para aclarar esos hechos. De la inspección efectuada se obtuvieron varias carpetas de documentos personales sobre actividades privadas que se grabaron en un DVD».

     Es importante señalar que «No consta que el Ayuntamiento tuviera al momento del acceso al ordenador usado por la reclamante, el 26/2/18, una política y protocolo de uso del equipo informático de los empleados, prohibiciones o tipos de acceso permitidos, con advertencia sobre medios de control y consecuencias del mismo».

 La Agencia de Protección de Datos dictó resolución declarando la vulneración de la protección de datos por el Ayuntamiento, frente a la que recurrió, y tras la desestimación del recurso municipal por la sala contencioso-administrativa de la Audiencia Nacional, el caso llegó a la Sala tercera del Supremo que en la citada sentencia afrontó la cuestión casacional, consistente en “determinar, desde la perspectiva de los derechos fundamentales, si el acceso a los contenidos de los ordenadores u otros medios informáticos, en el presente caso, vulnera el  artículo 18.4 de la Constitución      «.

 Pues bien, para el Ayuntamiento, la sentencia Barbulescu que interpreta el art.8 de la Carta Europea de Derechos Humanos, se refiere a un conflicto laboral en el seno de empresa privada, pero no se aplicará al Ayuntamiento que podría acceder a los ordenadores pues se tata de bienes públicos que no toleran usos personales. Sin embargo, el Tribunal Supremo no comparte este criterio y deja claro que el derecho fundamental del funcionario a la protección de datos subsiste en el ámbito de la Administración pública a la que presta servicios

"En definitiva, compartimos el parecer de la Sala de la Audiencia Nacional cuando, después de señalar la especificidad contenida en el  artículo 46 LOPD , que supone la no imposición de sanción al Ayuntamiento por las vulneraciones de los  artículos 6.1  y  9.1 de la LOPD  que se le reprochan, viene a aclarar en su sentencia que «(…) el hecho de que el sujeto infractor sea una Administración Pública no lleva, en lo que aquí atañe, a la desaparición del derecho fundamental del  artículo 18 CE  o del artículo 8 de la Carta Europea de Derechos Humanos».

La sentencia rechaza que el señorío municipal sobre los bienes públicos comporte un derecho de investigación o requisa de datos, puesto que el Ayuntamiento disponga de la posibilidad que tiene el empresario para la autoorganización y fijación de las condiciones de uso de los medios informáticos. Sin embargo, tal alegación no puede ser acogida pues una cosa es el régimen de uso de los bienes públicos derivado de las normas que regulan el patrimonio de las Administraciones Públicas y otra distinta es que, so pretexto de controlar o fiscalizar el uso del material informático, el Ayuntamiento pueda incurrir en vulneración de los derechos de sus empleados y su expectativa razonable de privacidad”.

Y deja claro que en la relación estatutaria la Administración debe advertir a los empleados de los usos permitidos y prohibidos de los equipos:

"En relación con lo anterior, el hecho de que la relación estatutaria sitúe al funcionario en una posición de sujeción especial, delimitada y regida por su específica regulación, no excluye ni impide que se dicten instrucciones dirigidas a los empleados públicos en las que se concrete en qué consiste el uso adecuado de los medios informáticos, así como el alcance del control que puede efectuarse sobre ellos (véase ahora -aunque no es norma aplicable al caso  ratione temporis  – la previsión contenida en el  artículo 87.3 de la Ley Orgánica 3/2018). Es cierto que la enervación de la expectativa de privacidad no está vinculada a una fórmula documental concreta; pero deben cumplirse los requisitos o principios enunciados por la jurisprudencia en orden a informar de manera suficiente sobre el uso de los medios informáticos y el alcance del control o monitorización”.

Y así desciende al caso concreto en que el Ayuntamiento por la vía de hecho, sin advertir previamente a los empleados de las medidas de control, vulneró el derecho fundamental de la funcionaria:

 (…) en el caso de autos no se informó a los empleados de la utilización de los equipos informáticos, con la advertencia de la existencia de medidas de control o supervisión del ordenador sobre las comunicaciones de los empleados, que es uno de los factores tomados en consideración por la sentencia  Barbulescu  2». (F.J. 4 de la sentencia). Y más adelante, en el mismo F.J. 4, la sentencia insiste: << (…) para el tratamiento consistente en el acceso al equipo informático asignado a la reclamante puede obedecer a la comprobación del cumplimiento de sus funciones dentro de la relación que mantiene con el Ayuntamiento, y se puede arbitrar este tipo de accesos cuando se haya informado previamente del uso de los datos para dichos fines y en supuestos en que resulten proporcionales dichos accesos. Sin embargo, en el caso de autos no existía información previa sobre dicho uso o fines…».

En consecuencia, declara con alcance general:

                  "1/ Resulta razonable la proyección de la doctrina contenida en la STEDH Barbulescu 2 , de 5 de septiembre de 2017, al ámbito del empleo público, sin perjuicio de que deban ser tomadas en consideración las especificidades del régimen estatutario.

                  2/ Cuando se impute a una Administración Pública la infracción del  artículo 6.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal  (actual  artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales  y garantía de los derechos digitales), por haber realizado el tratamiento de datos de carácter personal sin el consentimiento del interesado, para apreciar que no ha existido infracción no basta con que la Administración actuante invoque alguno de los supuestos de excepción a la exigencia de consentimiento que contempla el  artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 , sino que debe justificar la efectiva concurrencia del supuesto de excepción alegado"

Por la fuerza orientativa de este criterio de inexcusable aplicación recordaré que la citada Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Gran Sala, caso Barbulescu c. Rumanía, de 5 de septiembre de 2017, analizó el conflicto desde la perspectiva de las obligaciones positivas del Estado, y fijó como punto de partida «la obligación de los tribunales nacionales de garantizar que la adopción por parte de un empresario de medidas de control de la correspondencia y otras comunicaciones, cualquiera que sea su alcance y duración, vaya acompañada de garantías adecuadas y suficientes contra los abusos». Para, a continuación, precisar los ya enumerados ítems que permiten evaluar si la injerencia empresarial ha respetado el derecho a la vida privada del trabajador afectado.

Primero, ¿se ha informado al trabajador de la posibilidad de que el empresario adopte medidas para controlar su correspondencia y otras comunicaciones, así como de la introducción de dichas medidas? Aunque en la práctica esta información puede ser comunicada al personal de diversas maneras, dependiendo de las circunstancias fácticas de cada caso, el Tribunal considera que, para que las medidas se consideren conformes con los requisitos del artículo 8 del Convenio, la advertencia debe ser clara en cuanto a la naturaleza de la vigilancia y antes de su puesta en marcha.

Segundo, ¿ Cuál fue el alcance de la vigilancia del empresario y el grado de intromisión en la vida privada del trabajador? A este respecto, hay que distinguir entre el control del flujo de las comunicaciones y el control de su contenido. También hay que tener en cuenta las cuestiones de si el control de las comunicaciones abarcaba la totalidad o solo una parte de las mismas y si estaba limitado en el tiempo o no, así como el número de personas que tenían acceso a sus resultados.

Tercero, ¿Instituyó el empleador razones legítimas para vigilar estas comunicaciones y para acceder a su contenido? Dado que el control del contenido de las comunicaciones es, por su naturaleza, un método mucho más invasivo, requiere una justificación más seria.

Cuarto, ¿habría sido posible establecer un sistema de vigilancia basado en medios y medidas menos intrusivos que el acceso directo al contenido de las comunicaciones del empleado? Al hilo de ello, debe valorarse, a la luz de las circunstancias particulares de cada caso, si la finalidad perseguida por el empresario podría alcanzarse sin un acceso directo y completo al contenido de las comunicaciones del trabajador.

Quinto, ¿ Cuáles fueron las consecuencias de la vigilancia para el trabajador sometida a la misma?¿Cómo utilizó el empresario los resultados de la medida de vigilancia, en particular si estos resultados se utilizaron para lograr el objetivo declarado de la medida?

Sexto , ¿se ofrecieron al empleado las garantías adecuadas, en particular cuando las medidas de vigilancia del empresario eran intrusivas?

Estas salvaguardias deben impedir que el empresario tenga acceso al contenido real de las comunicaciones en cuestión sin que el trabajador haya sido avisado previamente de tal eventualidad, siendo relevante la también, STEDH, caso Libert c. Francia, de 22 de febrero de 2018, en la que se enjuicia el acceso por la empresa pública de ferrocarriles de los datos almacenados en la unidad interna del ordenador de un empleado. En el caso, el Tribunal concluye que el trabajador, afirmando el alto tribunal, que al no etiquetar los datos almacenados como privados, renunció a su expectativa de privacidad, dadas las precisas previsiones reglamentarias sobre las condiciones que habilitan a los responsables designados a acceder al contenido almacenado en ordenadores utilizados por los empleados, propiedad de la empresa-.

En fin, no sé a qué esperan algunos de los más de 8.000 Ayuntamientos de España y centenares de entes locales menores o instrumentales, para realizar rápidamente expresas políticas de instrucción a sus funcionarios de lo que pueden hacer y no con sus equipos, y de la eventualidad de control de los mismos para verificarlos y en qué condiciones. Y quien dice «entes locales», dice «universidades públicas» o incluso «administraciones autonómicas» y algún que otro «Departamento estatal», pues como dice Sancho en «El Quijote», con su gracejo popular: «No hay camino tan llano -replicó Sancho-, que no tenga algún tropezón o barranco; en otras casas cuecen habas, y en la mía, a calderadas»

  La presente cuestión no es teórica o accesoria, sino de gran importancia. Las consecuencias  de la vulneración del régimen de protección de datos personales no se detienen en la mera amonestación al Ayuntamiento por parte de la Agencia de Protección de Datos, ya que cabe que el sujeto que sufra esa intromisión ilegítima, ejercite acciones de responsabilidad patrimonial frente a su propia administración, o que los datos ilegítimamente obtenidos sean pruebas contaminadas por haber lesionado un derecho fundamental, o que denuncie a su administración por acoso a la intimidad o lesión de derechos fundamentales conexos. Todo es posible. Pero sobre todo, hay que aplicar la protección de derechos fundamentales a los funcionarios en paridad con el personal laboral, porque los derechos fundamentales son eso: ”fundamentales” y la Administración debe aplicar el principio de legalidad. Bien está que el miedo guarde la viña, pero mejor que todos, autoridades y empleados públicos, respetemos las reglas esenciales del juego de vivir en sociedad.

Con esta sentencia se despeja toda duda, o anclaje en viejas inercias. La Administración es un «padre» sobre sus funcionarios, pero un «padre responsable» que debe actuar con prudencia y respeto a sus «hijos».

miércoles, 23 de octubre de 2024

LIBERALISMO GALOPANTE EN LA ESPAÑA ACTUAL (A propósito de la eliminación de las mayorías cualificadas en los órganos de control)

 “Aunque en un tiempo se entendía que el principio de la mayoría absoluta era el más adecuado relativamente para realizar la idea de la democracia, hoy, por el contrario, se reconoce que en ciertos casos el principio de mayoría cualificada puede constituir un camino más derecho para la idea de la libertad”.

“La mayoría y la minoría deben ser capaces de entenderse mutuamente si quieren vivir en armonía”  (Hans Kelsen)

Por Rafael Jiménez Asensio. Ensayo y Política blog.- La modificación de las reglas de juego y, en particular, de las mayorías requeridas para los nombramientos de los órganos de dirección de Radio Televisión Española es un paso más en la marcada tendencia iliberal que en este país ha tomado velocidad de crucero y lleva camino de llevarse por delante -si no se lo ha llevado ya- todo el sistema institucional. Es obvio que el Gobierno PSOE-Sumar, más todos los partidos adláteres, bajo la batuta de su Presidente y del complejo Moncloa, está promoviendo numerosas prácticas iliberales cada día más evidentes. Sin duda, cambiar para su propio beneficio y por su también propio antojo político las mayorías cualificadas requeridas para la conformación de esos órganos es una clara manifestación de ello. Hizo amagos con el CGPJ, pero la vigilancia europea, les atenazó. Ahora lo han culminado: romper la regla de la mayoría cualificada, consensuada desde los inicios, es un punto muy grave, probablemente sin retorno hacia la tiranía de la mayoría contingente, que deja al país ayuno de los necesarios consensos, que uno y otro son incapaces de construir.

Pero esto no es nuevo. Como ha recordado Elisa de la Nuez, una operación similar, menos ruidosa por su localismo, la llevó a cabo el Gobierno de Ayuso en Madrid, también en la televisión pública. Esas reglas de mayoría cualificada se cambiaron asimismo caprichosamente para proveer el cargo de Director de la Agencia Antifraude en la Comunidad Valenciana, con unas consecuencias letales, como es conocido, que han derrumbado literalmente el prestigio laboriosamente trabado estos últimos años de la citada institución. Y los (malos) ejemplos se podrían multiplicar.  No es de recibo, por tanto, echarse las manos a la cabeza cuando esto pasa en las instituciones centrales del Estado, llamando iliberales (que lo son) a tales medidas, y ponerse la venda en los ojos cuando sucede en las Comunidades Autónomas gobernadas “por los nuestros”, que son muy “liberales” de boquilla y, en verdad, sus acciones de gobierno están salpicadas asimismo de prácticas de iliberalalismo constantes.

Conviene refrescar un poco la memoria de nuestros ineptos gobernantes, de uno y otro lado, con algunos conceptos básicos que ya parecen estar absolutamente olvidados, sobre todo por quienes no leen más que los guiones de sus asesores de comunicación, y estos últimos, por lo común, no suelen leer a nadie. Ya Jefferson advertía que las mayorías pueden actuar despóticamente en determinados contextos. En sus escritos políticos insiste mucho en poner freno a la tiranía de la mayoría concretada en los Parlamentos. Más recientemente, Hans Kelsen -a quien pocos políticos y periodistas habrán leído- en su imprescindible obra Esencia y valor de la democracia hacía una defensa encendida del principio de mayoría cualificada como medio de articular consensos institucionales transversales que refuercen la libertad y el pluralismo. Dos valores constitucionales, reflejados en el frontispicio (artículo 1.1) de nuestra Carta Magna preterida hasta el infinito en nuestros días y fundamento del Estado Constitucional Democrático y Social de Derecho que, unos y otros, están desmontando pieza a pieza.

Ya expuse en su día que, como el debate político, y también periodístico, es tan pobre en España, era preciso recordar, siquiera sea telegráficamente y de modo incompleto, algunas premisas muy básicas de la concepción kelseniana de los fundamentos de la relación entre mayorías/minorías para poder entender mejor lo que está pasando. Aunque, dicho sea de paso, esta pedagogía constitucional o política, que tanta falta nos hace, de nada sirva en un país de políticos y asesores de comunicación iletrados, así como de periodistas banderizos. Recordaba el ilustre autor austriaco que “todo el procedimiento parlamentario (…) tiende a la consecución de transacciones” (resaltado por el autor). Y que, en ello, a su juicio, estribaba “el verdadero sentido del principio de mayoría en la democracia genuina”. No era ningún ingenuo Hans Kelsen, y también advertía de los riesgos que comportaba el obstruccionismo parlamentario (lo que aquí conocemos como práctica de bloqueo). Y así decía: “Los derechos concedidos a las minorías pueden ser utilizados por éstas para entorpecer e incluso imposibilitar la realización de determinados propósitos de la mayoría mediante la paralización transitoria del mecanismo parlamentario”.

Con estos mimbres conceptuales, bien puede concluirse que el sistema político y constitucional español, y particularmente sus actores políticos (los partidos) no apuestan ni han apostado realmente nunca por construir una democracia genuina, con una arquitectura institucional de mayorías reforzadas que, si bien se mantuvo en el tiempo durante algunas décadas, la lectura simplista y jacobina (en su peor expresión) de la legitimidad de la mayoría parlamentaria contingente está destruyendo notablemente nuestras instituciones centrales, pero también en las autonómicas, y todo el equilibrio que ello comporta. Corren malos tiempos para las mayorías cualificadas, expresión puntual del derrumbe cada vez más manifiesto del liberalismo democrático en España (también, con intensidades varias, en otras democracias occidentales), como no pocos ensayistas están poniendo de relieve con tino en estos últimos tiempos.

El problema de prescindir de las reglas institucionales consolidadas a capricho de la contingencia política es grave, pero también denota una clara cortedad de miras políticas; pues tales partidos que esas medidas proponen, piensan  neciamente que los gobiernos (o sus mayorías circunstanciales) gozan de eternidad, y que promoviendo el cambio de las mayorías cualificadas o eliminando las absolutas resuelven el problema, sin advertir que atenazan y encadenan su propio futuro político, pues llegará un día, más tarde o temprano, que serán desalojados del poder, salvo que conviertan el país (que algunos lo pretenden) en una Venezuela, en una Rusia o en un Estado fallido, que todo puede ser. Pero sobre todo hacen un flaco favor al país y a su sistema institucional, ya que alimentan el ese orangután iliberal que, sin apenas darnos cuenta, nos está devorando y, de no adoptar medidas inmediatas, nos puede descuartizar.

En efecto, como también escribí en su día, desarmar de garantías a las minorías, amén de antidemocrático como diría Kelsen, es al fin y a la postre un boomerang que con el tiempo se termina volviendo contra quienes, por razones de contexto político puntual, promueven ese torpe y chapucero desarreglo institucional, que premia el presente y penaliza el futuro de quienes lo promueven. Lo que pase en el futuro nadie lo sabe; pero con esas reformas las nuevas mayorías políticas que se conformen (algún día lo harán) dispondrán de todos los resortes absolutos del poder, que solo la ingenuidad o ignorancia de quienes hoy en día gobiernan y les apoyan les están entregando en bandeja de plata.

El problema de este país llamado España es que la tradición liberal-democrática es muy pobre, y la arquitectura del sistema de separación de poderes realmente apenas ha funcionado nunca (como puse de relieve en el libro Instituciones rotas, ver PDF al final). Además, para complicar el cuadro los actuales partidos del Gobierno (Sumar, sin duda; pero también el actual Partido Socialista), no tienen ningún gramo de simpatía a que existan pesos y contrapesos del poder y menos aún a respetar el pluralismo político tal como es concebido por la Constitución, no su versión empobrecida que maniqueamente se nos intenta vender como baratija comunicativa (esto es, el pluralismo de la mayoría parlamentaria contingente y precaria, así como el ostracismo absoluto del enemigo político).

Tampoco los partidos políticos “de la investidura” tienen ningún apego a la causa democrática-liberal, ni siquiera por quienes fueron partidos históricamente liberales, que ya han renunciado de facto a serlo convertidos en partidos de funcionarios y repartidores o receptores de subvenciones o con vocación de serlo (como el PNV o la vieja CiU, hoy transformada en Junts, y alejada también de tales parámetros; algo a lo que aspiran los restantes: ERC, Bildu, BNG, UP, etc.).

El populismo se impone, así, en todas las formaciones política. También de forma acusada en los partidos de la oposición política. El partido mayoritario de la oposición, como se ha dicho, está ejerciendo prácticas iliberales manifiestas en algunos de los lugares en los que gobierna. Y su ideario político cada día está más lejos del liberalismo político, que no ha terminado de cuajar nunca en esa formación política, manchada hoy día por un ultraliberalismo económico que desgraciadamente cala fácil por su simplicidad, y que es manifiestamente iliberal en sus esencias, alejado efectivamente de esa democracia genuina kelseniana a la que hacía referencia. Y no digamos nada de Vox, una formación política iliberal en sus esencias, con un ideario autoritario y coaligada con formaciones de la derecha extrema más dura en el Parlamento europeo, de la que nada cabe esperar en lo que a la renovación de las instituciones democráticas respecta.

Con este pésimo cuadro, dibujado apresuradamente, vuelven a tomar protagonismo las palabras de un liberal decimonónico, escritor muy culto, político sin encaje y diplomático español, como fue Juan Valera, a quien he dedicado recientemente un libro biográfico en el Bicentenario de su nacimiento (Juan Valera. Liberalismo político en la España de los turrones, Athenaica, 2024). Este insigne ensayista ya advertía en el último tercio del siglo XIX que construyendo murallas (o lo que ahora se denomina el muro) este país llamado España acabaría muy mal, como así fue. Y además siempre defendió la idea de que el liberalismo político, fuera este progresista o conservador, no podía abrazarse a las expresiones ideológicas más extremas (carlistas, ultracatólicos, republicanos cantonalistas, etc.), pues al fin y a la postre ese abrazo del oso terminaría devorándoles, como así le sucedió a la (precaria y nunca asentada) derecha liberal española (que apenas consiguió emerger) o al progresismo y republicanismo liberal democrático que terminó fagocitado asimismo por sus extremos. Como decía Tocqueville, la Historia es una galería de cuadros con muy pocos originales y muchas copias.    

ADENDA: En verdad, sin que ello impugne la reflexión de Tocqueville, sí que hay algo de «original» en ese modo de proceder en la política española actual en tales órganos de control. Los partidos gubernamentales utilizan esos órganos de control no solo para dar poltronas a los suyos y a sus socios circunstanciales, sino también, y ese es el salto cualitativo, para transformar esas instituciones de control del poder en órganos de desactivación del papel de la oposición (minoría) y de autocomplacencia siempre con el poder de turno y las mayorías que le avalan. Ya no se puede hablar, por tanto, de «degradación», sino de absoluta perversión del sistema institucional. En esto de hacer trampas en el solitario y manipular las cosas, este país es único. ¡Admirable!

PDF LIBRO EN ABIERTO: Instituciones rotas. Separación de poderes, clientelismo y partidos en España RJA Instituciones rotas PDF-VERSIÓN ÍNTEGRA

LIBRO Juan Valera. Liberalismo político en la España de los turrones, Athenaica, 2024. Extracto promoción librohttps://www.athenaica.com/libro/juan-valera_158057/

lunes, 21 de octubre de 2024

Nada es gratis: La calidad institucional es un factor decisivo

Culminamos (de momento) nuestra serie de entradas sobre los galardonados con el Premio Nobel de Economía 2024 con la aportación de dos de los académicos que más han contribuido al debate sobre las deficiencias en calidad institucional en España, los profesores A. Novales y C. Sebastián. 

Por Alfonso Novales (Universidad Complutense y Real Academia de Ciencias Morales y Políticas) y Carlos Sebastián (Universidad Complutense), Nada es Gratis blog.-  Los receptores del premio Nobel en economía de 2024, D. Acemoglu, S. Johnson y J. Robinson, han proporcionado una interpretación de las diferencias que se observan en el grado de progreso económico entre distintas regiones y países, así como de su persistencia en el tiempo, apelando a la calidad de su estructura institucional como un factor determinante. A su juicio, otros factores que se han aducido como explicativos del distinto grado de desarrollo, como la localización geográfica, o los avances culturales, están relacionados con la estructura institucional de los países, pero no pueden explicar las diferencias observadas en el progreso de los países sobre periodos dilatados de tiempo.

Su investigación sobre este tema, realizada lo largo de décadas, se basó inicialmente en el examen de las experiencias de colonización de amplias regiones del mundo por parte de países europeos. Observaron que, en regiones altamente pobladas, en las cuales la resistencia a la colonización podía ser mas fuerte, el propósito de los colonizadores fue explotar la fuerza de trabajo aportada por la población indígena y extraer sus recursos naturales. La elevada densidad poblacional también favorecía la expansión de enfermedades, generando una mortalidad elevada. No pudiendo consolidar su permanencia masiva debido a la alta mortalidad, los colonizadores se asociaron con una élite local para llevar a cabo su experiencia colonizadora, basada en instituciones extractivas, y generando un beneficio para los países colonizadores durante un período relativamente corto.

En otras zonas, generalmente menos densamente pobladas, hubo menor mortalidad y mayor número de colonizadores, quienes pudieron construir sistemas económicos y políticos inclusivos, en beneficio de la población local. En estos casos, los países colonizadores obtuvieron un beneficio más duradero.

La diferencia de estructura institucional tuvo un efecto trascendental a largo plazo: las regiones más pobladas, inicialmente más ricas, prosperaron poco y son hoy regiones menos ricas; cuentan actualmente con instituciones económicas y políticas de menor calidad, y mayores niveles de corrupción. Por el contrario, las que estaban inicialmente poco pobladas y contaban con pocos recursos, son hoy algunas de las áreas más prósperas, y cuentan generalmente con instituciones económicas y políticas de mayor calidad, y menores niveles de corrupción política y legal.

Acemoglu, Johnson y Robinson también mostraron la importancia de preservar la calidad institucional, pues cuando las instituciones se deterioran, la tendencia es difícil de romper. Explicaron cómo en sociedades desiguales, algunos grupos pueden apropiarse del poder político informal (o de facto), promoviendo instituciones económicas favorables a sus intereses, en el intento de que los mecanismos de distribución perpetúen la disparidad inicial de renta y, con ello, puedan mantener su influencia sobre el poder político [Acemoglu et al. (2005)]. Es una visión de la organización social que contempla una jerarquía natural, en la que las instituciones políticas influyen sobre la naturaleza de las instituciones económicas, cuestión de la mayor trascendencia, puesto que éstas últimas determinan los resultados económicos y su distribución en la sociedad. Los grupos próximos al poder tratarán también de impedir cambios en las instituciones políticas formales (de iure), para mantener su posición de privilegio. Por tanto, en estas sociedades, las instituciones políticas serán duraderas y también lo serán las características de las instituciones económicas.

De este modo, la endogeneidad de las instituciones económicas confiere a la calidad institucional una fuerte inercia que es difícil de truncar. Los ciudadanos perciben que la estructura institucional garantiza a quienes están en el poder su continuidad en el mismo, por lo que las promesas de reformas que puedan hacer no serán del todo creíbles, y no afectarán al comportamiento de los ciudadanos, ni al modo en que toman sus decisiones, generándose una brecha creciente entre clases sociales.

En tal contexto de deficiente calidad institucional, el deterioro social puede llegar a producir un conflicto político que altere la relación de fuerzas entre los distintos grupos que configuran la sociedad; alternativamente, en algunos países el cambio se ha producido mediante un proceso de reforma aperturista por parte de la clase dirigente. También puede producirse una mejoría democrática si el mecanismo distributivo de la renta es mínimamente equitativo, permitiendo el acceso de nuevos ciudadanos a las clases dirigentes. Sus valores pueden pasar entonces a jugar un papel relevante en la evolución a través del tiempo de las instituciones políticas formales e informales, es decir, en la evolución de las normas y leyes promulgadas y en su grado de cumplimiento.

En buena parte como consecuencia de las investigaciones llevadas a cabo por los tres profesores galardonados con el Nobel, la calidad institucional es aceptada actualmente como una de las causas que explica las diferentes características que adopta el desarrollo en distintos países. [Aquíaquí y aquí se analizan algunas deficiencias en calidad institucional que pueden estar lastrando la eficiencia de la economía española]. También pusieron en lugar prominente en su análisis la calidad de las reglas y prácticas que regulan las decisiones de los agentes (las instituciones económicas de carácter informal). En particular, sabemos que el crecimiento económico puede reducir la desigualdad cuando unas adecuadas instituciones económicas redistribuyen convenientemente la riqueza generada por el mayor crecimiento. También sabemos que puede suceder que un sistema redistributivo de baja calidad provoque que el crecimiento económico beneficie a los más favorecidos, acentuando las desigualdades.

Por otra parte, aunque las estrategias de reducción de la pobreza continúan basándose, justificadamente, en impulsar el crecimiento económico, Bourgignon (2003) mostró que éste explica únicamente una cuarta parte de la reducción de la pobreza. En efecto, algunos países experimentan episodios de fuerte crecimiento sin apenas reducción de la pobreza, mientras que otros países alivian la pobreza sin disfrutar de un crecimiento económico potente. Fosu (2017) mostró que otros factores relevantes para explicar los descensos en el nivel de pobreza cuando una economía crece son el nivel de desigualdad, y la calidad institucional. [Aquí y aquí se analizan en detalle las relaciones entre crecimiento económico, desigualdad y pobreza]. Suele decirse que la reducción de la desigualdad ofrece un doble dividendo en la lucha contra la pobreza, porque una menor desigualdad favorece el crecimiento económico, y también hace que el crecimiento tenga un mayor efecto reductor de la pobreza. Exactamente lo mismo puede decirse de la mayor calidad institucional, por idénticas razones.

La investigación de Acemoglu, Johnson y Robinson ha prestado atención generalmente a periodos históricos amplios, y ha abierto grandes vías de pensamiento en el desarrollo económico. Otras áreas de pensamiento podrían favorecerse de sus aportaciones, quizá incluso en el análisis de períodos más reducidos. En particular, los análisis comparados de productividad, que tan importantes son para España, continúan sin hacer suficiente referencia a la calidad institucional como causa de las diferencias entre países, lo que, en cambio, resulta evidente a partir del análisis de los autores galardonados con el premio Nobel.

De Acemoglu, Johnson y Robinson hemos aprendido, en definitiva, que no cabe analizar las posibilidades de progreso social y económico de un país sin considerar su calidad institucional. Tampoco es riguroso anticipar los posibles resultados de una determinada política económica al margen de la calidad de sus instituciones políticas, legales y económicas, tanto de carácter formal como informal. Velar por la mayor calidad institucional debe ser tarea permanente de todo gobierno plenamente democrático, porque cualquier deterioro es difícil de revertir, pero requiere un firme convencimiento y la colaboración de muchos actores, cuya confianza todo gobierno debe saber lograr y mantener.

 

viernes, 18 de octubre de 2024

La gran desconexión: jóvenes, TikTok y el futuro de nuestras democracias

"Si el periodismo entra en crisis, la democracia también lo hará"

Por Ángela González. Agenda Pública blog.- El 23% de los jóvenes obtiene sus noticias en TikTok, una tendencia que, según Ángela González Montes, está transformando un pilar clave de nuestra democracia: la información. Para evitar que estas dinámicas impulsen a los jóvenes hacia movimientos antidemocráticos, la autora sugiere innovar en la comunicación para acercarse a ellos, regular los algoritmos de manera ética y promover el pensamiento crítico.

Hace muchos años, un profesor de mi facultad nos puso la canción Video Killed the Radio Star de The Buggles para ilustrar cómo las innovaciones tecnológicas, desde la imprenta de tipos móviles de Gutenberg hasta WhatsApp, han transformado nuestra manera de consumir información y, por lo tanto, de configurar nuestra opinión pública.

Hoy en día, un 23% de los jóvenes entre 18 y 24 años acceden a noticias a través de TikTokCon más de 2.000 millones de usuarios a nivel mundial, la aplicación más descargada del mundo en la actualidad capta la atención de millones de jóvenes (el 70% de sus usuarios tienen entre 18 y 34 años) y reconfigura el modo en que nos relacionamos con las noticias y con el mundo que nos rodea. TikTok es la nueva killer app que define toda una nueva era, la sociedad de la prisa: fragmentada, superficial e instantánea.

"Si el periodismo entra en crisis, la democracia también lo hará"

Por primera vez desde la Revolución Francesa, nuevos actores ajenos al mundo del periodismo y sus reglas vertebran la opinión pública de una generación entera. Pasamos del modelo Ciudadano Kane al modelo Elon Musk. Este cambio en el consumo tiene implicaciones profundas para nuestras democracias. Si el periodismo entra en crisis, la democracia también lo hará. La relación entre desinformación, nuevas formas de consumo de noticias y auge de ideas autoritarias entre los jóvenes no es casual. Se está creando un caldo de cultivo que pone en peligro el relevo generacional de nuestras democracias. 

La era de los influencers
La crisis de consumo de esta franja de edad siempre ha sido una constante. Basta analizar el perfil de lector de prensa generalista en los años 90, cuando no había internet, para comprobar que sigue siendo muy similar al actual; hombre clase media de entre 40 y 60 años.

Sin embargo, en la actualidad, el consumo de noticias entre la juventud ha cambiado radicalmente. Antes, leer un periódico suponía unos 30 minutos; ver un telediario, una hora frente al televisor. Había un inicio, un fin, una estructura, una clasificación de contenidos por importancia y secciones. Informarse hoy a través de redes sociales es un totum revolutum fragmentado, dirigido por un algoritmo predefinido, en gran medida, por los propios gustos del consumidor. 

Para bien o para mal, con los medios tradicionales, todas las personas pasábamos por un periodo de socialización política a través de ellos que, aunque con diferente nivel de implicación según el nivel adquisitivo y la edad, seguía unas pautas y unas reglas similares para todos.

La gran diferencia ahora es que hay una brecha digital que divide a la sociedad en dos: los nativos y los migrantes digitales. Los jóvenes prefieren consumir noticias en plataformas de vídeos cortos como TikTok o YouTube en lugar de los medios tradicionales porque no conectan ni aguantan el ritmo del periodismo de los medios de masas.

"Solo el 37% de los jóvenes confía en los medios tradicionales, comparado con el 47% en audiencias de más edad"

La audiencia juvenil tiende a evitar las noticias en televisión no solo por aburridas, sino porque las perciben como negativas. Solo el 37% de los jóvenes confía en los medios tradicionales, comparado con el 47% en audiencias de más edad.

Ojalá fuera solo un problema de formato. Nos enfrentamos a un problema mayor: una falta de confianza y descreimiento en el sistema, que se extiende a las grandes cabeceras mediáticas. Hemos pasado del modelo Oprah Winfrey —un solo apoyo suyo en prime time podía hacer tambalear a la mismísima Casa Blanca— al modelo Taylor Swift y su ya icónico apoyo a Kamala Harris firmando como Childless Cat Lady

Los menores de 30 años han sustituido a los periodistas por los influencers, que mezclan entretenimiento con política. En eventos como la Convención Nacional Demócrata de EE. UU., más de 200 creadores fueron invitados a cubrir el evento. En EE. UU., el influencer más citado es Tucker Carlson, conocido por difundir teorías de conspiración de extrema derecha. En Francia y Reino Unido, influencers como Hugo Décrypte y Dylan Page reúnen a más de 20 millones de seguidores. 

Una sociedad distraída es más fácil de manipular
Lo que alguna vez se presentó como una revolución liberadora para superar al cuarto poder ha derivado en nuevas formas de control. Román Gubern describía a la televisión como el "chicle para los ojos", pero hoy las redes sociales han ido más allá, convirtiéndose en ladrones de tiempo y destrozando nuestra capacidad de atención.

En su obra El valor de la atención, Johann Hari advierte sobre los peligros de una sociedad distraída. El scroll constante de las redes ha sustituido al antiguo zapping televisivo, y los algoritmos determinan lo que vemos, generando cámaras de eco que refuerzan nuestras ideas preexistentes. Es como si en un restaurante nos ofrecieran siempre el mismo menú porque saben que nos gusta. Es el sesgo cognitivo que activa nuestro córtex prefrontal, es decir, la parte de las emociones y la dopamina. Este es un escenario perfecto para la manipulación. 

Cas Mude destaca la relación entre el auge de los partidos de extrema derecha y el incremento de la desinformación, ya que esta alimenta el descontento, refuerza sus narrativas populistas, debilita la confianza en los medios tradicionales y facilita la creación de ecosistemas mediáticos paralelos donde sus mensajes pueden prosperar sin restricciones. 

"En España el 75% de los votantes de Alvise tienen menos de 45 años"

Este fenómeno afecta a los jóvenes de manera asombrosa. En Alemania, la AfD ha triplicado su apoyo entre los votantes menores de 24 años, pasando del 5% en 2019 al 16% en 2024. En Francia, el Rassemblement National cuenta con el 34% del apoyo de los votantes menores de 30 años. En España el 75% de los votantes de Alvise tienen menos de 45 años (con más de 700.000 seguidores en Telegram, casi el mismo número de votos que recibió en las Elecciones Europeas de 2024). 

Nostalgia y autoritarismo como elementos de atracción 
Nos encontramos en un momento en el que la sociedad mira más al pasado que al futuro. Unos para revisarlo —cultura woke— y otros para idealizarlo. De todos los relatos utilizados por la extrema derecha, la narrativa de la nostalgia y la necesidad de volver a un pasado que, en realidad, nunca fue mejor es uno de los más efectivos.

 Lo llamativo es que este relato esté calando tanto entre aquellos que ni siquiera vivieron ese pasado. Esta narrativa de la nostalgia ayuda a reforzar un sentimiento de identidad perdido entre los más jóvenes, que se une a la desafección hacia las instituciones y una rebeldía hacia lo políticamente correcto. Vídeos como el de AfD generados por IA que culpabiliza a las personas migrantes se vuelven virales.

Esta vuelta al pasado en realidad simboliza la vuelta a un lugar seguro en momentos de incertidumbre. Como explica Katharina Niemeyer, "la idealización del pasado corre el riesgo de eliminar los matices y reforzar el extremismo político". ¿Qué es "Make America Great Again" al fin y al cabo más que un relato de la vuelta al pasado glorioso de EE. UU. en medio de su pérdida de liderazgo mundial?

En EE. UU. precisamente el voto joven apoya mayoritariamente a Harris. Aquí se ve claramente cómo actúa el sesgo por razón de sexo entre la juventud, ya que el respaldo a la candidata demócrata es particularmente fuerte entre las mujeres jóvenes, con un 70% apoyándola, en comparación con el 23% que apoya a Trump. 

Esta nueva tendencia de división ideológica entre hombres y mujeres jóvenes proviene, en parte, de la segregación que el algoritmo hace entre "cerebros rosas", ellas más expuestas a narrativas de justicia social, feminismo y bienestar, y cerebros azules, ellos más expuestos a contenidos conservadores o reaccionarios, diferenciando así entre valores duros para ellos y valores blandos para ellas. Aquí cabe preguntarse quién alimenta realmente a la bestia. La venganza del algoritmo se alimenta de nosotros mismos. 

¿Qué democracia nos espera? 
Según el Democracy Index 2023, nos enfrentamos a un contexto de repliegue democrático. Solo el 7.8% de la población mundial vive en democracias plenas, mientras que el 39.4% lo hace bajo regímenes autoritarios.

Esta regresión coincide con el aumento de la influencia de las redes sociales y el descontento juvenil con las instituciones democráticas. En España, según un estudio reciente de 40dB, un 26% de los encuestados afirma que, en determinadas circunstancias, preferiría un gobierno autoritario. Con una media de edad de 40,8 años en las democracias plenas, las generaciones más jóvenes muestran un menor apoyo hacia sus sistemas democráticos, lo que pone en duda el relevo generacional de nuestras democracias. No es casualidad que la propia presidenta de la Comisión Europea haya establecido como prioridad en este mandato acercar la institución a los jóvenes europeos. 

En un contexto donde los jóvenes se alejan tanto de los medios tradicionales como de las fuentes de información fiables, las instituciones públicas tienen un papel crucial. Para ello, me gustaría destacar tres ideas clave que merecen mayor atención y profundización.

En primer lugar, la importancia de la innovación en comunicación y la búsqueda de nuevos formatos que conecten y atraigan a los jóvenes. Si existe una tendencia a confiar más en las personas que en las grandes cabeceras mediáticas, será necesaria una mayor colaboración entre influencers consolidados y nuevos talentos, instituciones y medios de comunicación para captar la atención de estas nuevas audiencias. Iniciativas como Solutions Journalism Network (SJN) o el programa Creative Europe muestran resultados positivos. Conectar a los jóvenes con el periodismo es, en esencia, conectarlos con la democracia.

En segundo lugar, es imprescindible una regulación más estricta sobre el uso de algoritmos y la transparencia de las plataformas digitales. Esto nos lleva al antiguo debate sobre la función social de los medios: informar, formar y entretener.

"En un entorno donde se premia la mentira y la exageración, es fundamental que los algoritmos se desarrollen bajo principios éticos"

La Unión Europea ha dado un paso significativo con la implementación de normativas que regularlas. La reciente victoria en la batalla contra TikTok Little es un ejemplo de cómo las instituciones pueden crear espacios que promuevan un consumo saludable de la información. Incluso el propio Elon Musk ha terminado cediendo ante el Tribunal Supremo de Brasil.

En un entorno donde se premia la mentira y la exageración, es fundamental que los algoritmos se desarrollen bajo principios éticos. Regular los algoritmos es, en definitiva, regular el espacio donde se conforma el debate público y garantizar el derecho a una información veraz y plural, pilares fundamentales de cualquier democracia avanzada.

Por último, resulta esencial fomentar el pensamiento crítico y la participación en las democracias como antídoto a la manipulación emocional. Aquí tenemos el modelo finlandés, pero en países como Austria -donde acaba de triunfar un partido fundado por nazis- se están aplicando fórmulas que buscan el contacto presencial entre jóvenes e instituciones como antídoto a las burbujas digitales. En este caso, como casi siempre, todo empieza por la educación. 

Hannah Arendt señalaba que aun en los tiempos más oscuros tenemos el derecho a esperar cierta iluminación. Esa luz somos nosotros. Lo que hagamos ahora como poderes públicos y profesionales de la comunicación determinará que, en el futuro, ningún estudiante tenga que escuchar a su profesor hablar de una canción titulada El algoritmo mató a la democracia. 

jueves, 17 de octubre de 2024

Que las instituciones son importantes no es una novedad.” Sobre el Nobel de Economía de 2024

Por su gran relevancia, extensión y variedad de temas, Nada es Gratis dedicará varias entradas a comentar la obra de los recién galardonados con el premio Nobel de economía Daron Acemoglu, Simon Johnson y James Robinson, desde distintos ángulos y en sus diferentes vertientes. Aquí, la primera de ellas.

Por Agustín Casas. Nada es Gratis blog.- El pasado lunes, Daron AcemogluSimon Johnson y James Robinson recibieron el premio Nobel de Economía por sus contribuciones al estudio de la formación de las instituciones y cómo estas afectan a la prosperidad de los países. El timing no podría haber sido más perfecto. Dos días antes había sido 12 de octubre.

Todo tiene que ver con todo.

Acemoglu se doctoró en la London School of Economics and Political Science y actualmente es profesor en el departamento de economía en MIT. Johnson es profesor en la Sloan School of Management, también en MI. Por último, Robinson, quien alguna vez se definió como un “economista en recuperación”, trabajó en los departamentos de ciencias políticas de Berkeley y Harvard antes de unirse a la Harris School of Public Policy de la Universidad de Chicago.

Los tres han publicado juntos y/o separados casi 300 artículos en revistas de economía, ciencias políticas, finanzas e historia. Entienden la economía como una ciencia social, rigurosa y multidisciplinar. La obra de estos tres premiados es inabarcable, se mire por donde se la mire. Permítanme hacer un recorrido parcial y breve por ella, inspirado en el viaje de La Niña, La Pinta y La Santa María.

¿Qué tienen en común los galardonados con el “Día de la Hispanidad”? Uno de los artículos más citados de estos autores, con más de 18,000 citas, se titula “The Colonial Origins of Comparative Development”. En él, investigan cómo las instituciones coloniales afectan la prosperidad de los países en la actualidad.

¿Pero cómo puede ser que instituciones establecidas hace 500 años tengan algún efecto hoy en día? Simplificando, los autores argumentan que hay dos tipos de instituciones: extractivas e inclusivas. Las primeras benefician económicamente a una pequeña élite que también ostenta el poder político (de jure y/o de facto). Dicha élite tiene incentivos a mantener el statu quo (es decir, las mismas instituciones) durante el mayor tiempo posible.

Por otra parte, las instituciones inclusivas reparten mejor el pastel. Con un poder económico y político menos concentrado se facilitan los acuerdos que benefician al conjunto de la sociedad, haciendo aumentar su riqueza. Típicamente, se garantizan los derechos de propiedad, lo que a su vez fomenta la inversión y el desarrollo.

En resumen, las instituciones de hoy dependen de quienes ostentaron poder (económico y político) ayer.

¿Y cuáles eran esas instituciones coloniales extractivas? Uno de los ejemplos que mencionan los autores es el de las plantaciones de azúcar en Brasil y el Caribe, cuyo objetivo era extraer la mayor cantidad de recursos posible mediante el uso de mano de obra esclava. Otro ejemplo es el de las minas del virreinato de lo que hoy es Perú. Melisa Dell, una estudiante de Acemoglu, ha demostrado el efecto persistente de la Mita, una institución utilizada por los colonos españoles que requería trabajo forzoso en estas minas. Dell cuantificó el impacto negativo de la Mita en las instituciones y el desarrollo económico de las regiones afectadas y sus alrededores.

En otro artículo, titulado “Reversal of Fortune”, Acemoglu, Johnson y Robinson fueron más allá y mostraron que la revolución industrial acentuó las diferencias generadas entre países con instituciones inclusivas o extractivas. Para poder aprovechar innovaciones “científicas”, las sociedades debían proteger la inversión en nuevas tecnologías.

Pero los ganadores del Nobel ya anticiparon nuestra siguiente preguntar: Entonces, ¿las instituciones son inmutables? Su respuesta fue “no”. En otro artículo multicitado, Acemoglu y Robinson explicaron cómo una sociedad civil organizada puedo lograr concesiones institucionales que aseguren una mejor distribución de la riqueza. Cuando la élite se enfrenta a la posibilidad de perder el poder, esta ofrece concesiones. Es decir, intenta otorgar beneficios a quienes desafían su autoridad. En el siglo XIX, las élites de muchos países occidentales introdujeron el voto universal como respuesta a la amenaza de una revolución. De esta forma, el votante decisivo dejaba de ser un miembro de estas élites y podía asegurar transferencias futuras a su clase social. Este análisis sobre el conflicto y las concesiones está desarrollado en mayor profundidad en su libro El pasillo estrecho, del que Gerard nos habló en su momento.

Hasta aquí he hablado de élites, clases sociales y poder económico y político. Con esto no he querido sugerir que los recién premiados aboguen por una revolución socialista (que yo sepa), pero sí que entienden el devenir de las sociedades a través del conflicto de intereses entre agentes con objetivos e incentivos distintos, que a su vez se ven determinados en parte por las reglas y leyes del momento. Como buenos agentes racionales, estos actores sociales también quieren cambiar las reglas y leyes para favorecerse. Independientemente del nombre que les demos a estos grupos, estudiar cómo las instituciones resuelven el conflicto de interés entre ellos es clave para entender la evolución histórica de las sociedades.

En el artículo que mencioné al principio, los tres premiados mostraron que las instituciones coloniales determinan, en parte, las instituciones actuales. En particular, utilizando la terminología anterior, las instituciones coloniales inclusivas han contribuido a aumentar la protección de la propiedad privada, disminuir el riesgo de expropiación y fomentar el crecimiento. Yendo aún más al detalle del artículo, la exogeneidad de las instituciones está dada por la mortalidad de los colonos: en aquellas regiones donde los occidentales tenían más probabilidad de sobrevivir, las instituciones fueron más bien inclusivas. En cambio, en áreas con alta mortalidad (por ejemplo, por malaria o fiebre amarilla) era más probable que las instituciones fueran extractivas. Ademas del caso Latinoamericano, los autores también exploraron las experiencias coloniales en África, como la del Rey Leopoldo de Bélgica en el Congo.

En el segundo párrafo de ese mismo artículo, los autores escriben “…que las instituciones son importantes no es una novedad”. En otras palabras: Acemoglu, Johnson y Robinson no han ganado el Nobel por decir que las instituciones son importantes. Lo han ganado por explicar, de forma sistemática, cómo y por qué las instituciones son importantes, cómo resuelven los conflictos, cómo determinan ganadores y perdedores. Y cómo eso afecta el devenir de esas mismas instituciones, del crecimiento económico y la desigualdad social. En cierto modo, han complementado el trabajo de Ronald Coase, quien recibió el Nobel por esclarecer el rol de los costes de transacción y los derechos de propiedad dentro de las instituciones y la economía. O el de Douglass North, quien compartió el galardón con Fogel por haber contribuido a explicar el cambio institucional desde un punto de vista histórico.

Acemoglu, Johnson y Robinson han escrito varios artículos sobre la experiencia colonial, pero sobre éste, que nos provee de “una estimación confiable de cuán importante son las instituciones”, Manuel Arellano ha escrito que se trata de “la regresión con variables instrumentales más importante de la historia”.

Todavía se habla de Cristóbal Colón y el nuevo mundo. De cómo ha expandido la frontera de lo conocido, borrando los límites del viejo mundo. A través de su obra, además de expandir el área de la economía política, los recién premiados nos invitan a reflexionar sobre el avance de la ciencia y la compartimentalización de la investigación, borrando los límites entre historia, ciencia política y economía.

miércoles, 16 de octubre de 2024

El dermatólogo de los famosos tiene la espera más larga en un hospital público madrileño, pero factura 17 millones en sus clínicas privadas

Pedro Jaén, jefe de dermatología en el Ramón y Cajal, encabeza el departamento de esa especialidad con la mayor demora media de la sanidad madrileña. Sanidad informa de que desde septiembre tiene permiso para no ir al trabajo, pero sus empleados no están al tanto. 17 de sus 27 médicos trabajan también para él en su negocio

Revista de prensa. El País. Fernando PeinadoNatalia Jiménez Segura. El dermatólogo Pedro Jaén tiene dos trabajos, uno privado y otro público. El primero va como un cohete. El segundo, de mal en peor. Él es un médico estrella. Aparece regularmente entre los 100 mejores de España de la lista Forbes, a menudo es entrevistado por los medios de comunicación y, según reportajes recientes, atiende a clientes de relumbrón como la Reina Letizia o el presidente, Pedro Sánchez, y su esposa, Begoña Gómez. Ha montado un imperio de la dermatología y la estética, el Grupo Pedro Jaén SA, que tiene cuatro clínicas y dos centros de cirugía en Madrid, y que ha visto crecer sus ingresos año a año desde la pandemia. Facturó 8,1 millones de euros en 2019 y, en 2023, la cifra subió a 17,8 millones. En un vídeo colgado a la página de Facebook de su empresauno de sus dermatólogos, Sergio Vañó, lo eleva a las alturas: “El grupo Pedro Jaén es a la dermatología española como el Real Madrid lo es a la historia del fútbol”.

Mientras él se ha hecho de oro, la situación se ha deteriorado mucho en el servicio de dermatología que dirige en uno de los grandes hospitales públicos de Madrid, el Ramón y Cajal, en el norte la capital. Su departamento tiene las peores cifras de espera en esa especialidad de todo el Servicio Madrileño de Salud (Sermas): en 2019, la demora media era de 72 días y en agosto de 2024, último dato publicado, era de 241 días. El colapso es tal que Comisiones Obreras denunció hace dos semanas que los médicos de Atención Primaria ya no podían derivar pacientes a este hospital porque han cerrado agendas. El calendario de 2025 se ha llenado y el sistema no les permitía citar para 2026 ó 2027.

Esta suerte dispar de su negocio y el servicio público se ha producido mientras la línea que separa uno y otro ámbito se difuminaba. Jaén ha contratado para sus clínicas a 17 de los 27 médicos que aparecen en el directorio de dermatología de ese hospital público, al que ha tenido acceso EL PAÍS. (Jaén también ha reclutado al jefe de dermatología del Hospital Severo Ochoa de Leganés, Adrián Imbernón). El pasado jueves a las diez de la mañana, Jaén se encontraba pasando consulta en una de sus clínicas madrileñas, en el extremo norte de la calle Serrano. Tenía la agenda llena de pacientes con previsión de acabar pasadas las dos de la tarde. Mientras, en el norte de la capital, los miembros de su departamento en el hospital aseguraban que no tienen noticias de él desde hace meses. “No viene apenas por aquí”, decía una empleada. “Yo llevo sin verlo desde la primavera. Debe estar en una de sus clínicas en zonas VIP”.

Lara Jaén, su hija y directora de comunicación en la empresa, desatendió el jueves una solicitud de EL PAÍS para hablar con su padre. Ese día, dio dos respuestas contradictorias sobre la situación de este. Primero, respondió al teléfono que su padre sí va al hospital, pero dos horas después, mandó un mensaje escrito en el que aseguraba que el hospital y la Universidad de Alcalá, donde imparte docencia, le habían concedido un “año sabático”.

“El Dr. Pedro Jaén, en colaboración con la Universidad Libre de Bruselas y la Universidad Tumaini de Tanzania, se encuentra investigando en cáncer de piel, además de estar en la dirección de tesis doctorales. A pesar de ello, está al día de la situación del servicio, que dispone de una estructura de gestión con tres jefes de sección”, dice su respuesta escrita.

Antes, una portavoz del Ramón y Cajal había asegurado que Jaén “sigue siendo el jefe” y que lo había visto en este centro sanitario el día anterior. Y este lunes, en respuesta a una cuestión de este periódico sobre la situación del servicio, un portavoz de la consejera de Sanidad, Fátima Matute, decía que Jaén tiene una “excedencia” que “le faculta para no estar en el hospital desempeñando su normal función”. Por escrito, respondió que “el jefe del servicio de dermatología es el doctor Pedro Jaén, que tiene reconocida la compatibilidad para el desempeño de una segunda actividad. Toda la actividad profesional y situación laboral de este profesional en este momento está respaldada y sustentada legalmente”.

Jaén sigue apareciendo como jefe de dermatología en el directorio interno del Ramón y Cajal. En marzo, la Consejería de Sanidad madrileña celebró en una nota de prensa que era uno de los 36 médicos de la sanidad pública autonómica en el top 100 de España, según la revista Forbes.

Jaén ha continuado en el hospital a pesar de haber superado la edad de jubilación. Fue nombrado jefe de dermatología en 2003, procedente del Hospital de Guadalajara. En los años noventa, había montado su propia clínica privada, cuando comenzó a crecer la dermatología estética. Su negocio ha prosperado gracias a que supo anticiparse al creciente furor por los pinchazos de bótox y otros retoques estéticos, según las fuentes del sector. Viajaba a Estados Unidos con regularidad para estar a la vanguardia de su especialidad. “Es un profesional inquieto y de gran prestigio académico”, según un dermatólogo reconocido que pide anonimato.

Entre 2014 y 2022 presidió la sociedad científica del ramo, la Academia Española de Dermatología y Venereología. El Ramón y Cajal informa en su web de que en los últimos tiempos, se ha convertido en el hospital madrileño más demandado por los futuros residentes de Dermatología para formarse en la especialidad”. En cuanto a los negocios, su mayor expansión se ha producido en los últimos cuatro años, cuando ha abierto varios centros por Madrid, entre ellos el de Serrano y La Moraleja.

El éxito de su empresa ha llevado a Jaén a descuidar su obligación en la sanidad pública, según varias fuentes con conocimiento directo. “Este hombre nunca ha cumplido su horario que, por reglamento, es de ocho de la mañana a tres de la tarde”, le recrimina Juan Antonio Molero, que fue delegado de CC OO en el hospital entre 2007 y 2019. “El problema”, continúa Molero, “es que el hospital se lo ha permitido. Deberían vigilar su horario”. El Ramón y Cajal está dirigido desde septiembre del año pasado por Carlos Mingo, que tomó el relevo de Juan José Equiza, quien llevaba desde 2014 en el cargo.

Los jefes de departamento ganan un salario base de 70.731 euros al año. Si se añaden distintos complementos, ese sueldo puede ascender hasta los 89.315 euros. Según el portavoz de Sanidad, como Jaén es docente desde hace años en una universidad pública madrileña, la de Alcalá, cobra de ese centro y no del Sermas. Un portavoz de la universidad confirma que le pagan “la mayor parte de su sueldo”, pero que también cobra un “extra” del hospital. Añade que el tipo de permiso es “sabático”. Se le concedió en junio, -cuando la demora media era de 198 días- y comenzó el 1 de septiembre.

El portavoz agrega que Jaén es funcionario de la universidad a tiempo parcial y que eso supone que sus horas de trabajo no se reducen, pero sí disminuye sensiblemente su sueldo, Aunque parezca contraproducente para Jaén, este arreglo se explica porque a cambio del permiso para desempeñar trabajo privado, los funcionarios deben renunciar a parte de su remuneración, explica. En el momento de la publicación del artículo no ha sido posible conocer su salario. Fuentes de la universidad subrayan que es una suerte contar con Jaén: ”Nos da más a nosotros de lo que le damos a él”.

Una profesional de Dermatología en el hospital dice bajo condición de anonimato para no dañar la relación con su jefe que, desde la pandemia, Jaén ha ido desapareciendo gradualmente del hospital. La tarea de gestión ha recaído sobre una jefa de sección, Bibiana Pérez, quien también es empleada del grupo Pedro Jaén. Los dos empleados del departamento con los que ha hablado EL PAÍS no tenían noticia del permiso sabático de Jaén.

Una de las trabajadoras lamenta que el servicio se haya deteriorado, “como toda la sanidad pública”. Los pacientes se quejan por las largas demoras. “Es que nos viene gente que está en espera y empeora. Acaban llegando por urgencias”. Entre otros, los dermatólogos atienden a personas con manchas sospechosas de cáncer.

Baja productividad

Es cierto que las listas de espera han empeorado de manera generalizada desde la pandemia y que Dermatología es la especialidad con más pacientes en cola del Sermas -103.768-, en parte debido a la preocupación por el cuidado de la piel y el miedo a manchas que puedan ser malignas. La demora media total en los 28 hospitales con dermatología ha empeorado en todo el sistema: en 2019 era de 37 días y ahora es de 74 días. Ha crecido el doble. Sin embargo, el deterioro ha sido mucho mayor en el departamento de Jaén (la demora media ha subido más del triple, de 72 a 241 días).

Además, otros datos oficiales muestran que su servicio no funciona tan bien como debería. En 2023, tuvo una de las tasas de productividad más bajas de los 28 hospitales con dermatología. Un dermatólogo en Madrid ve de media al año a 3.158 pacientes, pero los del Ramón y Cajal atienden a 2.608, la octava tasa más baja del sistema y la segunda más baja de los hospitales nivel III (los ocho más grandes). Los pacientes han puesto 240 quejas entre el 1 de enero y el 4 de octubre de 2024, un 87% más que en el mismo período del año pasado, según datos de la Consejería de Sanidad a los que ha tenido acceso EL PAÍS.

El portavoz de Sanidad no alude a que exista un problema de plantilla que pudiera explicar el bajo rendimiento. De hecho, explica que el hospital ha cubierto los huecos por reducciones de jornada o cuidados. Para resolver el atasco, el centro ha implementado las “e-consultas” (interconsultas clínicas entre el médico de atención primaria y el dermatólogo) que evitan la necesidad de atención presencial y agilizan la respuesta.

La ley permite que los médicos compatibilicen su trabajo público con otro en la privada. De hecho, con el crecimiento de la sanidad privada en Madrid, se ha vuelto cada vez más común que los facultativos de la pública combinen sus empleos, según José Manuel Freire, profesor en la Escuela Nacional de Sanidad-Instituto de Salud Carlos III. Esto supone unos riesgos, sobre todo en el caso de los jefes de servicio, añade. “Tienen un poder enorme sobre la carrera profesional de los suyos. Pueden disponer de mano de obra barata de sus subordinados y promocionan a los médicos en la medida en que sean serviciales en la carrera privada de tu jefe”, dice Freire. “Este parece un caso claro de monetarización en provecho privado del prestigio de profesional alcanzado en la sanidad publica”.

Además, como los controles de horarios por parte de las gerencias suelen ser laxos, este sistema favorece el absentismo en la pública para dar preferencia al negocio privado, dice el doctor Marciano Sánchez Bayle, portavoz de la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública (FADSP). Este grupo aboga desde hace tiempo por la exclusividad, aunque muchos defensores de la sanidad pública consideran utópico implantarla porque provocaría protestas y huelgas. Sánchez Bayle cree que esta doble dedicación es la causa de que no se implanten turnos de tarde en los hospitales. “Tenemos una infrautilización de la sanidad pública por culpa de estos intereses espurios”.